ATOPO
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Acta de sesión 1866/04/12_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.000/3.1866-04-12_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1866/04/12_Ordinaria

  • Data(s) 1866-04-12 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 37
    1. En Pontevedra a 12 de abril de 1866, siendo las 12 de su mañana se reunieron en el salón de sesiones de esta Diputación bajo la presidencia del encargado del gobierno Manuel Mosquera, los señores que al margen se expresan (Francisco Javier Mugartegui, Ramón Maza, Joaquín Yañez, Pedro Barros, Francisco Barros, José Moure, Jovito Goyanes, José Sieiro, Eduardo Matos, Benito Limeses, José Hermida).
    Por dicho gobernador se dio lectura del Real Decreto de 28 de marzo último por el que se convoca a las diputaciones a reunión extraordinaria para el día 10 del actual a fin de que las mismas aprueben el repartimiento de inmuebles, cultivo y ganadería que ha de exigirse a los pueblos par el año económico de 1866 a 1867.
    Seguidamente se declaró abierta la sesión y dado lectura por un secretario, del acta anterior, quedó aprobada.
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    Folla: 37
    2. Acto continuo Diose cuenta de la copia del acta de elección que acredita haber sido electo diputado Joaquín Yañez Rodríguez, y comprobada con la que el gobernador ha pasado a esta Corporación, resultando no haber reclamación alguna y hallandola arreglada,acordó dispensarle su aprobación; y del mismo modo, visto los comprobantes de su aptitud legal, estimó suficientemente acreditada esta y, en su consecuencia, hallándose presente dicho Yañez, por el presidente se le tomó el juramento prevenido.
    Seguidamente y conforme a lo dispuesto en el artículo 37 de la ley de Gobierno de provincia, se nombró presidente a Joaquín Yañez y representante de la provincia a Eduarto Matos.
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    Folla: 37
    3. Por Jovito Goyanes, se dirigió al presidente la pregunta siguiente: "que por dignidad de la Corporación deseaba saber si se han cumplido por el gobernador los acuerdos tomados por la misma en la anterior reunión. Mugartegui expuso algunas consideraciones terminantes a demostrar, creía innecesaria la petición de Goyanes toda vez el diputado representante de la provincia podría dar razón del estado de los asuntos pendientes. El gobernador presidente dijo, se le remita nota de aquellas por secretaría para poder, en su vista, enterar a la Corporación. Terminado este incidente, leyóse el índice de los asuntos de que debe ocuparse la Diputación, y esta acordó verificarlo de los que a continuación se expresan.
    Del repartimiento de contribución territorial ejecutado por la Administración principal de Hacienda pública en virtud de lo dispuesto en la Real Orden de 10 de marzo último y que ha remitido para su aprobación del gobernador en oficio fecha 7 del actual y es como sigue:

    Administración principal de Hacienda pública de la provincia de Pontevedra

    Repartimiento que forma esta Administración de los 786.429 escudos señalados a la provincia por cupo de la contribución territorial sobre el producto de los bienes inmuebles, cultivo y ganadería para el año económico de 1866 a 1867 en cumplimiento de la Real Orden de 10 del actual trasladada por la Dirección general de contribuciones en 17 del mismo.

    Producto liquído imposible Cuota de contribuciones
    Ayuntamiento Escudos milésimas Escudos milésimas
    Alba 57.250 " 8.061 100
    Baños de Cuntis 97.030 " 13.662 600
    Barro 54.550 " 7.680 900
    Borbén 58.720 " 8.368 400 Bouzas 87.800 " 12.363 "
    Bueu 76.000 " 10.101 400 Caldas 82.290 " 11.587 200
    Cambados 55.700 " 7.842 900
    Campo 57.670 " 8.120 200
    Cangas 33.750 " 4.752 100
    Carbia 115.860 " 16.314 100
    Carril 23.860 " 3.359 600
    Catoira 35.790 " 5.039 600
    Cerdedo 71.540 " 10.073 400
    Cotobade 107.633 300 15.155 600
    Dozón 21.110 " 2.972 400
    Estrada 304.510 " 42.877 "
    Forcarei 81.100 " 11.419 500
    Agolada 60.470 " 8.514 300
    Grove 33.000 " 4.646 800
    Xeve 52.550 " 7.399 200
    Lalín 150.400 " 21.177 300
    Lavadores 134.050 " 18.875 200
    A Lama 74.780 " 10.529 600
    Marín 87.500 " 12.320 800
    Meaño 67.690 " 9.531 400
    Meira 51.490 " 7.250 200
    Meis 78.600 " 11.067 500
    Moraña 67.650 " 9.525 500
    Mós 86.950 " 12.243 400
    Mondaríz 100.680 " 14.176 700
    Mourente 69.900 " 9.842 500
    Pontevedra 41.724 " 5.874 900
    Portas 59.140 " 8.327 300
    Poio 59.570 500 8.387 900
    Ponte Caldelas 95.470 " 13.443 "
    Ponte Sampaio 21.500 " 3.057 400
    Redondela 110.00 " 15.488 500
    Ribadumia 46.630 " 6.595 700
    Rodeiro 89.030 " 12.536 200
    Salcedo 45.900 " 6.462 900
    Sanxenxo 80.990 " 11.424 "
    Silleda 137.420 " 19.349 900
    Saiar 28.900 " 4.069 300
    Soutomaior 97.970 " 13.794 800
    Valga 85.270 " 12.006 600
    Vigo 89.190 " 12.558 600
    Vilaboa 62.900 " 8.856 700
    Vilagarcía 31.450 " 8.652 600
    Vilaxoán 22.290 " 3.138 600
    Vilanova 63.760 " 8.977 800
    3.836.977 800 540.274 100

    Partido de Tui
    Arbo 73.680 " 10.374 700
    Baiona 59.030 " 8.311 800
    Cañiza 108.680 " 15.302 600
    Crecente 87.620 " 12.337 700
    Covelo 107.686 " 15.162 700
    Gondomar 110.047 " 15.499 100
    Guarda 48.380 " 6.812 100
    Nigrán 89.800 " 12.644 600
    Oia 44.020 " 6.198 400
    Porriño 99.880 " 14.063 900
    Ponteareas 219.020 " 30.840 "
    Rosal 83.850 " 11.806 900
    Salvaterra 162.400 " 22.867 100
    Salceda 77.500 " 10.912 600
    Setados 98.100 " 12.546 100
    Tomiño 148.440 " 20.900 600
    Tui 139.040 " 19.578 "
    5.589.190 800 786.429 "
    Pontevedra 27 de marzo de 1866, Joaquín Hernández Somoza. Confrontando con el repartimiento del año anterior, y hallando arreglado al producto líquido imponible de la riqueza con que figuran los respectivos pueblos, las cuotas que a cada uno se le señalan como exigibles no teniendo observación alguna que hacer a la indicada operación de reparto acordó aprobarlo sin perjuicio de las modificaciones a que haya lugar si el Gobierno de SM alterase el cupo que debe aprontar la provincia.

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    Folla: 39
    4. Dado cuenta de la comunicación fecha 7 del actual dirigida por el gobernador, remitiendo una instancia del ayuntamiento de Ribadumia por medio de la que solicita una subvención de 800 escudos con destino al camino vecinal de Caldas a Sanxenxo, en la sección de Ponte Lois a la carretera de Cambados, cuya cantidad pide en atención a que ascendieron a más de lo que se creía las expropiaciones de los terrenos que hubo necesidad de ocupar, acordó después de discutido suficientemente este asunto, conceder la subvención que se pretende la cual se satisfará con cargo al capítulo correspondiente.
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    Folla: 40
    5. Del mismo modo se dio cuenta de la comunicación del gobernador fecha 10 del actual dando conocimiento de haberse adjudicado en subasta pública a favor de Manuel Argibay, por la suma de 1.490 escudos las obras de explanación y fábrica del camino de Caldas a Sanxenxo sección de Ponte Lois a la carretera de Cambados y la Corporación acordó se manifieste al gobernador que queda enterada.
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    Folla: 40
    6. Seguidamente procedióse a la lectura de las instancias producidas por Nicolás Sabino Rodríguez, oficial 2º de la Comisión de examen de cuentas municipales de esta provincia, Luis de la Riega oficial 1º de la Diputación provincial de Gerona; Juan Ramón López oficial de cuentas municipales y pósitos de la provincia de Salamanca; y Felipe Bermejo y Cortes comisario de montes y oficial de la clase de segundos de Hacienda cesantes, todas terminantes a que se les conceda lugar en la terna que debe formarse para el nombramiento de oficial mayor del Consejo contador provincial creados por el Reglamento de 20 de septiembre de 1865 y, asimismo de la comunicación del gobernador fecha 4 del corriente transcribiendo otra del director general de Administración local de 3 de febrero último con la que remite una lista de los individuos que han sido declarados aptos para el desempeño de las plazas de oficiales mayores de los Consejos y en la que recomienda a la vez que al hacerse la propuesta por las diputaciones tengan estas en cuenta las circunstancias de aptitud de los que soliciten lugar en las ternas y la preferencia que debe concederse a los que reúnan algunos de los requisitos establecidos en el artículo 119 del reglamento de 20 de septiembre de 1866, y enterada además de otra comunicación del citado gobernador, fecha 7 del presente mes, en la que transcribe un telegrama del referido director general de Administración, fecha 3, por el que encarga se verifique la propuesta de contador provincial en la presente reunión, acordó, después de haber discutido sobre este particular, que pasen todos los antecedentes a una comisión compuesta de los señores Eduardo Matos y Benito Limeses a los efectos legales. El Presidente en este acto recomienda a la Corporación se sirva activar el despacho de este asunto.
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    Folla: 40
    7. Dado cuenta de la comunicación de 21 de febrero último por medio de la cual el gobernador remite la carta geográfica de esta provincia que el director de obras públicas le ha enviado a los fines prevenidos en Real Orden aprobatoria del plan de caminos provinciales, se acordó pase a la Comisión encargada de informar acerca de dicho extremo y de las cuestiones pendientes de caminos vecinales.
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    Folla: 40
    8. De igual manera se dio cuenta de una instancia de Evaristo Antonio Mosquera, catedrático del Instituto provincial, en la que manifiesta tiene el honor de dedicar a la Diputación un ejemplar de su obra titulada: "Ábaco aritmético o nuevo sistema de cálculo numérico en gran parte mecánico" y al propio tiempo exponiendo varias razones respetuosas termina suplicando se digne la Corporación destinar la cantidad que crea conveniente a la adquisición de ejemplares de la indicada obra para dotar, al menos, de uno a cada escuela de la provincia para que los maestros la apliquen a la enseñanza del cálculo. Reconocida la utilidad de la obra a que se alude, y queriendo la Diputación dar una prueba del interés que toma siempre a favor del mérito y de la aplicación, acordó que se adquieran 180 ejemplares del Ábaco aritmético cuyo importe se satisfaga con cargo al capítulo de imprevistos y se distribuyan los indicados ejemplares uno para cada escuela completa de niños que haya en la provincia; otro a cada uno de los ayuntamientos, otro para el Consejo; otro para la Diputación provincial; otro para la Dirección de caminos vecinales, y los más se archiven en la secretaría en la Diputación para distribuirlos en la forma que en lo sucesivo se determine.
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    Folla: 41
    9. Incontinenti se dio cuenta de una comunicación del gobernador de esta provincia, fecha 21 de febrero último trasladando otra de 8 de igual mes del director general de obras públicas que inserta la Real Orden del ministerio de fomento aprobando el proyecto para la formación de un muelle embarcadero en el puerto de Vilagarcía cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 192.824 escudos 763 milésimas cuya obra habrá de ejecutarse cuando SM tenga por conveniente disponerlo, y se ordena por el director se instruya el expediente oportuno para que en el Ayuntamiento como la Diputación y demás Corporaciones interesadas en aquella obra arbitren fondos para reintegrar al Estado el 50% de su costo en el plazo de 10 años a contar de la fecha en que se empiecen a ejecutar. Enterada la Diputación, acordó, pase a una Comisión compuesta de los señores Hermida, Garrido y Saco, para que propongan lo que juzguen más acertado.
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    Folla: 41
    10. Seguidamente dio se lectura de un escrito del gobernador, fecha 10 del actual, por medio del que se hace presente a la Diputación es indispensable se digne fijar el tipo para la subasta del servicio de bagajes en toda la provincia en el próximo año económico de 66 y 67, según lo dispuesto en Real Orden de 17 de enero del año próximo pasado; y expresa también que en el año económico en ejercicio se adjudicó aquel a Manuel Pérez en 48.900 reales, tipo que había marcado la Diputación. Enterada esta y acordó nombrar una Comisión compuesta de los señores Limeses, Barros y Goyanes, para que proponga lo que entienda más acertado acerca del particular, objeto de la precedente comunicación.
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    Folla: 42
    11. Dado cuenta de la comunicación del gobernador fecha 23 de febrero último en la que transcribe la Real Orden del Ministerio de Fomento de 9 del indicado mes desestimando la solicitud de esta Diputación por la que pretendía la supresión de la Escuela Normal acordó se guarde y cumpla la soberana disposición de que queda hecho mérito.
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    Folla: 42
    12. Quedó enterada de una comunicación del gobernador fecha 26 de febrero último por medio de la que participa haberse adjudicado las obras de 750 metros de 2º trozo del camino de Bouzas a Agustín Davila en 1.869 escudos.
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    Folla: 42
    13. También se enteró de otra comunicación de la misma autoridad y de igual fecha que la anterior por la que hace presente se adjudicó a Juan Ríos la construcción del camino de Ponte Toedo a la alcantarilla de Baloira en la cantidad de 1.200 escudos.
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    Folla: 42
    14. Leída la comunicación de la Real Sociedad económica mallorquina de Amigos del Pan incluyendo una copia de la exposición que ha dirigido a SM pidiendo remedio para que se minoren los derechos de hipotecas respecto a las liquidaciones que verifican los registradores y terminando por rogar a esta Diputación coadyuve por su parte al mismo intento si lo halla acertado, se acordó nombrar una comisión compuesta de los señores Moure y Barros, don Pedro, para que proponga lo que entienda más acertado y conveniente.
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    Folla: 42
    15. Se dio cuenta de una exposición del ayuntamiento de Ponte Caldelas fecha 9 de diciembre del año último por medio de la que solicita se subvencione el camino de 3º orden que desde la cabeza de partido de aquel distrito conduce a la capital de la provincia; discutido este asunto suficientemente se acordó concederle la subvención de 4.000 escudos con cargo al capítulo correspondiente del presupuesto en ejercicio.
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    Folla: 42
    16. Seguidamente leyose una instancia de José María del Monte, portero de esta Diputación y Consejo, en solicitud de que se le aumente a 400 escudos el sueldo de 300 que actualmente disfruta, fundándose para ello en las consideraciones que tiene la honra de enunciar. Vista la Real Orden de 14 de diciembre del año último, fijando las reglas que han de observarse para el aumento de sueldos al personal dependiente de las diputaciones; reconociendo, como desde luego se reconoce, la necesidad del aumento de 100 escudos al sueldo del portero pues no ofrece duda alguna el recargo de trabajo que sobre el mismo pesa, así como la creciente carestía de los artículo de 1º necesidad; y atendiendo, además, al buen concepto que por sus servicios merece a la Corporación, acuerda la misma el aumento indicado de los 100 escudos, previa la aprobación del Gobierno de SM a cuyo efecto se dirija al gobernador el expediente oportuno que se compondrá de la instancia de interesado; copia certificada de este acuerdo e informe del Consejo Provincial que deberá reclamarsele por conducto de dicho gobernador, certificando, además, la secretaría respecto al número de años que lleva de servicio, y una vez haya recaído la aprobación que se indica, se consigne la cantidad necesaria en el presupuesto adicional.
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    Folla: 43
    17. Enterada la Corporación de un oficio del gobernador fecha 7 del actual con el que remite el expediente formado a instancia del ayuntamiento de Silleda para declarar camino vecinal el que partiendo de (la) Bandeira empalme con la carretera de Lalín a Carril a fin de que lo tenga presente al dar cumplimiento a la Real Orden de 21 de diciembre del año último por la que se aprobó el plan general de carreteras provinciales, acordó pase a la Comisión encargada de emitir dictamen sobre la citada Real Orden y otros asuntos relativos a la misma.
    En tal estado y siendo hora avanzada, se levantó la sesión, quedando citados los señores para la que ha de celebrarse a las 9 de la noche de hoy, de todo lo que yo secretario certifico.
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