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Acta de sesión 1866/08/27_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.000/3.1866-08-27_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1866/08/27_Ordinaria

  • Data(s) 1866-08-27 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 69 1. En Pontevedra a 27 de agosto de 1866, siendo las 12 de su mañana, se reunieron en el salón de sesiones de Diputación, bajo la presidencia del gobernador Juan Pérez Rey, los señores que al margen se expresan ( José Pérez Fernández, Javier Mugartegui, Pedro Barros, Ramón Saco, Ramón Maza, Eduardo Matos, Joaquín Yañez, Benito Limeses, Javier Barros Chicheri, Javier Quiroga, Joaquín Angel, José Hermida). Por el gobernador se dio lectura del oficio de convocatoria para la reunión extraordinaria del día de hoy, a fin de proceder al despacho de varios asuntos pendientes y de formar las ternas para las plazas vacantes de consejeros y otros empleados satisfechas de los fondos de la provincia. Seguidamente se declaró abierta la sesión y dado lectura por mi secretario del acta anterior, quedó aprobada. ------ Folla: 69 1. En Pontevedra a 27 de agosto de 1866, siendo las 12 de la mañana, se reunieron en el salón de sesiones de esta Diputación, bajo la presidencia del gobernador los señores que al margen se expresan ( José Pérez Fernández, Javier Mugartegui, Pedro Barros, Ramón Maza, Eduardo Matos, Joaquín Yañez, Benito Limeses, Javier Barros Chicheri, Javier Quiroga, Joaquín Angel, José Hermida). Por el gobernador se dio lectura del oficio de convocatoria para la reunión extraordinaria del día de hoy, a fin de proceder al despacho de varios asuntos pendientes y de formar las ternas para las plazas vacantes de consejeros y otros empleados satisfechos de los fondos de la provincia. Seguidamente se declaró abierta la sesión y dado lectura por mi secretario del acta anterior quedó aprobada. ------ Folla: 69 2. Acto continuo se procedió a la elección de presidente para esta reunión y resultó elegido Joaquín Angel. Igualmente, se nombró al diputado de la capital Eduardo Matos para representar a la provincia conforme a lo dispuesto en el art. 37 de la ley. ------ Folla: 69 3. Seguidamente se dio cuenta de la Real Orden de 1º de julio último por la cual SM se ha servido admitir a Manuel Mosquera la dimisión que había presentado del cargo de presidente y vocal de número del consejo de esta provincia, y habiendo acordado la Corporación de esta provincia formar la terna de la persona que debe reemplazarle, se procedió a la votación secreta que dio el resultado siguiente: José López Pérez con 9 votos. Juan Fontenla y Sotelo 9 votos. Ramón Sancho Gutierrez 9 votos. Obteniendo 1 Sebastián Martínez Chantrero, y apareciendo 3 papeletas en blanco, resultando por consiguiente propuestos los 3 primeros. ------ Folla: 69 4. Acto continuo se dió cuenta de la Real Orden de 22 del actual por la que SM tuvo a bien declarar cesante a José Barbeito del Prado, del destino de secretario de la Diputación y Consejo de esta provincia, y antes de proceder a formar la terna correspondiente. Javier Mugartegui manifestó, que habiendo sido reducido el número de consejeros de esta provincia, debía bajarse el sueldo de secretario a 10.000 reales, conforme a lo dispuesto en el art.º 75 de la ley, y abundando en estos sentimientos de Corporación, acordó se haga presente al gobernador solicite del Gobierno de SM la reducción del sueldo del secretario a la cantidad designada. Incontinenti se procedió a la votación secreta para la terna de la enunciada plaza que dió el resultado siguiente: Ramón Romero López Vazquez 7 votos. Manuel Casas Gónzalez 7 votos. Carlos Mendez Osorio 7 votos. José Barbeito del Prado 1 voto, y 3 papeletas en blanco, quedando por consiguiente formada con los 3 primeros. ------ Folla: 70 5. Acto continuo, el gobernador manifestó, que hallándose vacante la plaza de oficial auxiliar de la Junta de agricultura por fallecimiento de José Ramón Santos que la desempeñaba, debía procederse a formar la terna para cubrir la vacante y procediéndose a la votación secreta, dió el resultado siguiente: Nicanor Losada Fernández 9 votos. Rogelio García Riega 9 votos. Ricardo Puga 9 votos y 4 papeletas en blanco, quedando por lo mismo formada con los 3 primeros. ------ Folla: 70 6. Se dio cuenta de una comunicación del Rector de la Universidad de Santiago participando haber admitido la renuncia que la plaza de portero del instituto provincial de esta ciudad, había hecho José Gómez Neira, y rogando a la Corporación se sirva formar la correspondiente terna, conforme a lo dispuesto en el párrafo 5 del art.º 55 de la ley. ------ Folla: 70 7. Igualmente se dio cuenta de una comunicación del director del Instituto, remitiendo una solicitud del mozo de aseo de aquel establecimiento Andrés Bermúdez Méndez, solicitando se le dé lugar preferente en la terna que debe formarse para provistar la plaza de portero del referido establecimiento, y habiéndose acordado proceder a formar la indicada terna se verificó la votación secreta que dio el resultado siguiente: Mariano López Medina 8 votos. Andrés Bermúdez Mendéz 8 votos. Juan Pereira 8 votos. Manuel Pravia Costas 1 voto y 3 papeletas en blanco, quedando por consiguiente formada con los 3 primeros. ------ Folla: 71 8. Asimismo se dio cuenta de 2 comunicaciones de José María Moure y Vázquez, Melitón Suárez de Puga, diputados por los partidos de A Cañiza y Vigo, excusando su asistencia a las sesiones por desgracias de familia; la Corporación quedó enterada. ------ Folla: 71 9. Se dio cuenta de una instancia producida por varios electores para diputados a Cortes por el distrito de la capital, manifestando que hallándose ejerciendo Eduardo Matos el destino de sustituto del promotor fiscal de esta ciudad al tiempo de verificarse la elección del mismo para diputado provincial, y con posterioridad a aquel nombramiento, según lo acreditaban las certificaciones del juzgado y de la contaduría de Hacienda de esta provincia en que constaba haber percibido sueldo, las diferentes veces que sustituirá al propietario, esperaban se declarase incompatible el cargo de diputado con la plaza que desempeñaba, conforme a lo dispuesto en el párrafo 10 del art.º 24 de la ley, y se proclamase diputado al que hubiese reunido más votos para el referido cargo. Puesto a discusión este asunto, y habiendo tomado parte de los señores Francisco Javier Mugartegui en pro, y en contra los señores Yañez, Saco y el interesado, se procedió a la votación, de si era o no compatible el cargo de diputado con el de sustituto de promotor fiscal y se declaró incapacitado Matos para ejercer el 1º de dichos cargos, por 9 votos, habiéndo salvado los suyos los señores Ramón Martínez Saco, Joaquín Yañez y Benito Limeses conforme a lo dispuesto en el art.º 51 de la ley. ------ Folla: 71 10. Los diputados que en la sesión de esta mañana salvaron su voto al acordar la Diputación lo conveniente sobre la reclamación presentada contra la aptitud legal de Eduardo Matos, tienen la honra de consignar su opinión diciendo, que en su concepto, el cargo de sustituto fiscal, no debe considerarse como empleo público en activo servicio, por cuanto sobre no proceder su nombramiento del Gobierno de SM y si del Fiscal de la Audiencia del Territorio, no tiene sueldo fijo asignado, ni necesita para la posesión, casos de ausencia y dejación de dicho cargo impuesto a la calidad de abogado, llenar los requisitos que requieren los empleados públicos. Pero prescindiendo de esto; cuando Matos fue electo diputado y presentó su acta a la Corporación nadie hubo que impugnase su aptitud, siendo admitido como tal diputado, continuando en el cargo, reclamándose ahora su exclusión, precisamente cuando el interesado aseguró haber renunciado la sustitución de la promotoría, y serle admitida con nombramiento de otro abogado en su lugar. Por todo lo expuesto opinan los que suscriben, que la Diputación, no está en el caso de estimar la reclamación presentada contra Matos, ni resolver cosa alguna en contra de su aptitud aprobada por la Corporación, pues que aun siendo aquella susceptible de tomarse en consideración, sólo al Gobierno de SM competiría su conocimiento conforme al art.º 53 de la ley de 25 de septiembre de 1863. Para entonces creen los infrascritos que convendría solicitar por conducto del gobernador que bien el Juez de 1ª Instancia, o en su caso el fiscal de SM en la Audiencia del territorio se sirvan manifestar en que fecha fue presentada y admitida la renuncia de sustituto final del expresado Matos. Mientras tanto creen los que suscriben debe continuar desempeñando Eduardo Matos el cargo de diputado provincial de que esta legalmente invertido, sin perjuicio de la resolución a que haya lugar y terminan pidiendo a la diputación en uso del derecho que les concede el art.º 140 del Reglamento para la ajecución de la citada ley que conste este voto o manifestación en el acta de acuerdo respectivo, Pontevedra 27 de agosto de 1866, Joaquín Yañez y Rodríguez, Ramón Martínez Saco, Benito Limeses. Siendo hora avanzada se suspendió la sesión que ha de continuar a las 9 de la noche para que quedan citados todos los señores diputados de que yo secretario certifico. ------

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