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Acta de sesión 1867/07/09_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.000/3.1867-07-09_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1867/07/09_Ordinaria

  • Data(s) 1867-07-09 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 148 1. En Pontevedra a 9 de julio de 1867 se reunieron en el salón de sesiones de esta Diputación, bajo la presidencia del gobernador (Daniel Moraza), los señores que al margen se expresan (Daniel Moraza, Agustín Cobián, José de Urrutia, Juan Ramón Mosquera, José Pérez Fernández, Manuel Ogando Tojo, Francisco Garrido, Pedro Pardo, Manuel Sarmiento). Diose lectura, por el indicado Gobernador, de la comunicación de convocatoria acordada en virtud de los dispuesto por Real Orden de 28 de junio próximo pasado. Seguidamente, por ausencia del secretario, la corporación acordó nombrar interinamente para desempeñar aquel cargo a José Pérez Fernández. ------ Folla: 148 2. Acto continuo, por José de Urrutia y Caballero se presentó la credencial de diputado provincial por el partido de esta capital, y la corporación nombró una comisión compuesta de los señores Cobián y Pérez para reconocer el acta del nombramiento de dicho Urrutia, oído el dictamen de la Comisión; comprobada que fue la credencial presentada por Urrutia con el acta que el gobernador pasó a la Diputación y no resultando reclamación alguna en ella ni contra ella; justificados que fueron los antecedentes de aptitud legal, la Corporación acordó declarar la validez de aquella y diputado provincial a José Urrutia y Caballero, quien con arreglo al artículo 134 de la ley de gobierno y administración de las provincias, prestó en manos del gobernador el correspondiente juramento. ------ Folla: 149 3. Seguidamente y en virtud de lo prescrito en el artículo 37 de la expresada ley, se nombró presidente a Pedro María Pardo Vilariño, así como representante a José de Urrutia y Caballero. ------ Folla: 149 4. Leída el acta de la anterior sesión quedó aprobada. Cobián de Seijas manifestó que terminadas las obras a que se refiere dicha acta, se facilite el correspondiente libramiento de 4.376 reales al ebanista Francisco Javier Rey con arreglo al presupuesto. Lo que así se acordó por la Corporación. ------ Folla: 149 6. Reparto del cupo de hombres, que han correspondido a esta provincia para el reemplazo del ejército en el año actual: Soldados Soldados deben aprontar Mozos enteros sorteadas Partido sorteados correspoden que fueron judicial Ayuntamiento en 1867 en 1867 Décimas las décimas Caldas Barro 38 10 5 10 Caldas 78 21 7 22 Campo 52 14 4 15 Catoira 13 3 6 4 Cuntis 71 19 7 19 Cotobade 58 16 1 16 Lama 55 15 3 15 Moraña 55 15 2 15 Portas 27 7 4 8 Saiar 6 1 6 1 Valga 72 20 " 20 Cambados Cambados 39 10 8 11 Carril 16 4 4 4 Grove 25 6 9 7 Meaño 32 8 8 9 Meis 41 11 3 12 Ribadumia 26 7 2 7 Sanxenxo 47 13 1 13 Vilagarcía 33 9 1 9 Vilaxoán 27 7 4 8 Vilanova 59 14 4 16 Cañiza Arbo 52 14 4 14 Cañiza 49 13 5 14 Covelo 61 17 " 17 Crecente 38 10 9 11 Lalín Carbia 94 26 1 26 Dozón 37 10 2 10 Agolada 51 14 1 14 Lalín 129 35 8 36 Rodeiro 62 17 2 17 Silleda 117 32 5 33 Pontevedra Alba 42 11 6 12 Bueu 82 22 8 23 Cangas 45 12 4 12 Xeve 25 6 9 7 Marín 90 25 " 25 Meira 41 11 3 12 Mourente 40 11 1 11 Pontevedra 59 16 3 16 Poio 48 13 3 14 Ponte Caldelas 84 23 3 23 Ponte Sampaio 12 3 3 3 Salcedo 29 8 1 8 Vilaboa 35 9 7 10 Ponteareas Mondaríz 67 18 6 18 Ponteareas 132 36 6 37 Pazos de Borbén 25 6 9 7 Soutomaior 71 19 7 20 Salvaterra 102 28 3 28 Setados 46 12 7 12 Tabeirós Cerdedo 48 13 3 14 Estrada 190 52 7 53 Forcarei 66 18 3 18 Tui Guarda 49 13 5 13 Oia 23 6 3 6 Mós 64 17 8 17 Porriño 52 14 4 14 Rosal 49 13 5 14 Salceda 39 9 7 10 Tomiño 118 32 8 33 Tui 101 28 " 28 Vigo Baiona 43 11 9 11 Bouzas 58 16 1 16 Gondomar 96 26 7 27 Lavadores 110 30 5 31 Nigrán 69 19 2 19 Redondela 104 28 9 29 Vigo 84 23 3 20 TOTAL 3.994 1.077 300 1.107 DEMOSTRACIÓN Base sorteable 3.994 Cupo 1.107 Aplicado a los ayuntamientos enteros 1.077 Idem de décimas 30 Total 1.107 ------ Folla: 150 7.Estado de la combinación de décimas que han correspondido a cada ayuntamiento y que deben sortearse entre los mismos conforme a la ley vigente de reemplazos: Ayuntamientos Décimas Enteros/ Ayuntamientos Décimas Enteros Caldas 7 2 Arbo 4 2 Cuntis 7 Cañiza 5 Catoira 6 Crecente 5 Mondaríz 6 Moraña 2 1 Lama 3 Lalín 8 3 Cotobade 1 Bueu 8 Campo 4 Alba 6 Mos 8 Saiar 6 1 Portas 4 Dozón 2 2 Agolada 1 Cambados 8 2 Rodeiro 2 Carril 4 Silleda 5 Meaño 8 Pontevedra 3 Poio 3 Grove 9 2 Ponte Caldelas 3 Meis 3 Carbia 1 Barro 5 Ribadumia 2 Cangas 4 2 Sanxenxo 1 Xeve 9 Vilaboa 7 Vilanova 4 1 Vilaxoán 4 Ponte Sampaio 3 1 Vilagarcía 1 Meira 3 Mourente 1 Salcedo 1 Vigo 3 Setados 7 3 Salvaterra 3 Borbén 9 2 Soutomaior 7 Porriño 4 Ponteareas 6 Salceda 4 Estrada 7 Rosal 5 1 Baiona 9 3 Guarda 5 Redondela 9 Gondomar 7 Cerdedo 3 2 Lavadores 5 Forcarei 3 Oia 3 Tomiño 8 Bouzas 1 Nigrán 2 La Diputación, después de haber hecho algunas confrontaciones, acordó aprobar en todas sus partes el repartimiento por hallarlo arreglado y exactas sus operaciones. Del mismo modo, acordó que el sorteo de décimas tenga lugar a la 1 del día de mañana en sesión pública, previo el bando de costumbre, a cuyo intento se dirija oficio por conducto del gobernador al alcalde de esta capital. Seguidamente la Corporación acordó no tratar demás asuntos en la presente reunión que los referentes a la quinta. Con lo cual se levantó la sesión, disponiéndose que la inmediata tenga lugar a las 12 del día de mañana, de todo lo cual yo secretario certifico. ------ Folla: 149 5.Acto continuo, por mi secretario, se dio cuenta de los asuntos de que debe ocuparse la Diputación y esta acordó se diese lectura de la ley de 26 de junio próximo pasado relativa al llamamiento de 40.000 hombres para el reemplazo del ejército procedentes del alistamiento y sorteo del corriente año, así como de la Real Orden de 28 del propio mes para la ejecución de aquella y verificado que fue, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Regla 2ª de dicha Real Orden y el párrafo 2º del artículo 55 de la ley vigente de gobiernos de provincia, se procedió al nombramiento de una comisión para que examine el repartimiento formulado por la secretaría del contingente de los 1.107 hombres que corresponde aprontar a esta provincia habiéndose constituido aquella con los señores Mosquera y Garrido, se suspendió la sesión por una hora con objeto de que pudiese dedicarla dicha Comisión al trabajo enunciado. Abierta nuevamente, se dio cuenta del dictamen concedido en los términos siguientes: La Comisión encargada de examinar el dividendo de los 1.107 hombres con que debe contribuir esta provincia para el cupo de los 40.000 llamados por la ley de 26 de junio próximo pasado para el reemplazo del ejército, ha procedido a su examen y hallándolo arreglado, lo somete a la aprobación de la Diputación en la forma que consta en el adjunto estado que se halla rubricado por los que suscriben. La Diputación, no obstante acordará lo que juzgue más acertado, así como el de que se proceda al sorteo de las décimas que han de dar el completo de los 30 enteros que en virtud del resultado que ofrezca aquel, han de agregarse a los ayuntamientos que correspondan. Salón de sesiones, Pontevedra, 9 de julio de 1867. ------

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