ATOPO
Rexistros actuais: 1.640.541
Obxectos dixitais dispoñibles: 505.523

Acta de sesión 1868/03/01_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.000/3.1868-03-01_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1868/03/01_Ordinaria

  • Data(s) 1868-03-01 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 231
    1. En Pontevedra a 1º de marzo de 1868 reunidos los señores del margen (Mugartegui, Angel, Pardo, Ogando, Solleiro, Hermida, Sarmiento, Garrido) bajo la presidencia de su señoría el gobernador [Antonio Baena], siendo las 7 de la noche se declaró abierta la de este día y leída el acta de la anterior, quedó aprobada.
    ------
    Folla: 234
    3. También se dio cuenta del siguiente dictamen: La Comisión encargada de examinar el dividendo de los 1.110 hombres con que debe contribuir esta provincia para el cupo de los 40.000 llamados por la ley de 26 de junio del año próximo pasado para el reemplazo del ejército ha procedido a un examen y hallándolo arreglado lo somete a la aprobación de la Diputación en la forma que consta en el adjunto estado que se halla rubricado por los que suscriben.
    La Diputación no obstante acordará lo que juzgue más acertado así como el de que se proceda al sorteo de las décimas que han de dar el completo de los 30 enteros que en virtud del resultado que ofrezca aquel han de agregarse a los ayuntamientos que correspondan. Salón de sesiones 1º de marzo de 1868, Pérez Herminda, Sarmiento, Ogando.
    Reparto del cupo de hombres que han correspondido a esta provincia para el reemplazo del ejército en el año actual:
    Partidos Mozos Soldados Soldados
    judiciales Ayuntamiento sort. enteros Décimas aprontar
    1867 1868

    Caldas Barro 38 10 7
    Caldas 76 21 4
    Campo 51 14 3
    Catoira 13 3 7
    Cuntis 71 19 9
    Cotobade 58 16 3
    Lama 54 15 2
    Moraña 55 15 5
    Portas 27 7 6
    Saiar 6 1 7
    Valga 76 20 2

    Cambados Cambados 39 11 "
    Carril 16 4 5
    Grove 25 7 "
    Meaño 32 9 "
    Meis 40 11 3
    Ribadumia 24 6 7
    Sanxenxo 47 13 2
    Vilagarcía 33 9 3
    Vilaxoán 27 7 6
    Vilanova 59 16 6

    A Cañiza Arbo 49 13 8
    Cañiza 49 13 8
    Covelo 61 17 1
    Crecente 38 10 7

    Lalín Carbia 94 26 4
    Dozón 34 10 4
    Agolada 51 14 3
    Lalín 129 36 2
    Rodeiro 59 16 6
    Silleda 110 30 9

    Pontevedra Alba 42 11 8
    Bueu 82 23 "
    Cangas 45 12 6
    Xeve 25 7 "
    Marín 90 25 3
    Meira 41 11 5
    Mourente 40 11 2
    Pontevedra 55 15 5
    Poio 48 13 5
    Ponte Caldelas 84 23 6
    Ponte Sampaio 12 3 4
    Salcedo 29 8 1
    Vilaboa 35 9 8

    Ponteareas Mondaríz 67 18 8
    Ponteareas 128 36 "
    Pazos de Borbén 25 7 "
    Soutomaior 70 19 7
    Salvaterra 97 27 3
    Setados 46 12 9

    Tabeirós Cerdedo 48 13 5
    Estrada 189 53 1
    Forcarei 66 18 5

    Tui Guarda 49 13 8
    Oia 23 6 5
    Mós 64 18 "
    Porriño 52 14 6
    Rosal 49 13 8
    Salceda 35 9 8
    Tomiño 116 32 6
    Tui 99 27 8

    Vigo Baiona 42 11 8
    Bouzas 58 16 3
    Gondomar 96 27 "
    Lavadores 109 30 6
    Nigrán 69 19 4
    Redondela 104 29 "
    Vigo 82 23 "

    Totales 3.951 1.080 300

    Demostración
    Base sorteable 3.951
    Cupo 1.110

    Aplicado a los ayuntamiento enteros 1.080
    En décimas 30
    Total igual 1.110

    Estado de la combinación de décimas que han correspondido a cada ayuntamiento y que deben sortearse entre lo mismos conforme a la ley vigente de reemplazos:

    Ayuntamientos Décimas Enteros Ayuntamientos Décimas Enteros
    Barro 7 1 Vilanova 6 1
    Campo 3 Sanxenxo 2
    Valga 2
    Catoira 7 1
    Cotobade 3 Vilaxoán 6 1
    Carbia 4
    Portas 6 1
    Caldas 4 A Lama 2 1
    Arbo 8
    Moraña 5 1
    Carril 5 Cuntis 9 1
    Covelo 1
    Saiar 7 1
    Meis 3 Vilaboa 8 1
    Lalín 2
    Ribadumia 7 1
    Vilagarcía 3 Crecente 7 1
    Agolada 3
    Dozón 4 1
    Rodeiro 6 Ponte Caldelas 6 1
    Nigrán 4
    Silleda 9 1
    Estrada 1 Forcarei 5 1
    Oia 5
    Alba 8 1
    Mourente 2 Setados 9 1
    Salcedo 1
    Cangas 6 1
    Ponte Sampaio 4 Guarda 8 3
    Rosal 8
    Pontevedra 5 1 Salceda 8
    Poio 5 Tomiño 6

    Marín 3 1 Porriño 6 2
    Soutomaior 7 Mondaríz 8
    Lavadores 6
    Meira 5 1
    Cerdedo 5 Baiona 8 3
    Bouzas 3
    Cañiza 8
    Tui 8
    Salvaterra 3
    La Diputación después de haber hecho algunas confrontaciones acordó aprobar en todas sus partes el repartimiento por hallarlo arreglado y exactas sus operaciones.
    Y siendo hora avanzada de la noche, se levantó la sesión, disponiendo que la inmediata tenga lugar a la una de la tarde del día de mañana de que yo secretario certifico.

    ------
    Folla: 231
    2. Se dio cuenta del siguiente dictamen: "La Comisión elegida para proponer con urgencia los medios más apropósito para cubrir los gastos que ocasione la compañía de guardia rural creada en el día de ayer, tomando en cuenta la ley de 31 de enero del corriente año y el reglamento para su ejecución, la ley y reglamento de contabilidad provincial, los presupuestos adicionales al año económico corriente y ordinario para el venidero de 1868 a 1869 y otro varios datos antes de emitir su humilde opinión, tiene que elevar al reconocido criterio de los diputados algunas consideraciones preliminares. De varias maneras puede cubrir el servicio de la guardia rural, ya suprimiendo gastos voluntarios, ya echando mano de recargos legales, ya por ambos medios; ya satisfaciéndolo el presupuesto provincial sólo, ya auxiliando los ayuntamientos en la forma en que la Diputación frecuentemente a estos les auxilia.
    En el presupuesto ordinario de 1868 a 1869 tenemos de gastos voluntarios 8.000 escudos para auxiliar la construcción de establecimientos de Beneficencia, efecto de una Real Orden que no podemos menos de acatar, la de 52.750 para carreteras, sobre la que hay contraídas obligaciones con contratistas por casi la totalidad de su importe y la de 14.484 para haberes y sueldos de los jefes e individuos de la guardia rural interina, que desde luego procede aplicarla a la fija.
    De suerte que, si se cuenta con 15.000 escudos con que los ayuntamientos ofrecen contribuir voluntariamente a este servicio 15.000
    Los 14.484 presupuestados para la guardia rural interina en el ordinario de 1868 a 1869 14.484
    Y agregando lo que arroja la supresión de 4 guardas mayores forestales que tiene la provincia 1.600
    Las 3 partidas suman 31.084

    Y siendo el presupuesto anual por sueldo de un comandante jefe superior de la provincia 1.920
    Idem de oficiales 3.130
    Raciones 1.315´500
    Sueldo de sargentos 764´400
    Idem de cabos 2.784
    Idem de 72 guardas 18.346´400
    Por utensilio anual 2.052
    Por gastos de oficina 300
    Gratificaciones por remonta al jefe y oficiales 96
    30.708´300

    Con este sencillo medio tendríamos cubierto el servicio para al siguiente año de 1868 a 1869 con aquellas 3 partidas, sin tocar en nada al presupuesto formado.

    Si no se quiere admitir el donativo de los ayuntamientos cosa que no se opone al artículo 8º de la ley y que no puede prescindir de admitirse tratándose del presupuesto de una provincia cuyos ingresos no pasa de 185.291 escudos 847 milésimas habrá que hacerlo en la siguiente forma que necesariamente ha de producir algunos conflictos.
    Por lo presupuestado para la guardia rural interina 14.484
    Por el importe de la supresión de los 4 guardas mayores forestales de la provincia 1.600
    Por reducción que podrá hacerse en la consignación de calamidades públicas atendido el estado de la misma provincia 4.000
    Por la transferencia del crédito voluntario acordado para subvencionar la construcción de establecimiento de Beneficencia 8.000
    Por deducido de la partida presupuestada para carreteras si bien con esta rebaja no se cubrirán con mucho desahogo las obligaciones contraídas 2.624´300
    Total 30.708´300
    Pero la Comisión no puede menos de insistir en la conveniencia y necesidad de aceptar el donativo voluntario de los ayuntamientos a quienes directamente va a prestar sus servicios la institución creada, donativo que no afecta de modo alguno sus presupuestos según se acredita por el adjunto estado.

    Y para cubrir las atenciones de los 4 meses que faltan del corriente año, vestuario y equipo y utensilio fijo podrá hacerse en la forma siguiente:
    Por tercera parte anual de haberes y sueldos 10.234´100
    Por vestuario y equipo 2.800
    Para jergones, sábanas y más necesario de utensilio fijo 3.034
    13.068´100
    Hay para esto en el presupuesto corriente:
    Por sueldos no devengados de la guardia rural interina 4.800
    Para uniformes de la misma 3.000
    Pueden tomarse de sobrantes de servicios cuyas consignaciones no se agotan 8.268´100
    Total igual al anterior 16.068´100

    Con lo cual queda cubierto por completo el servicio de la guardia rural creada. Pontevedra 1º de marzo de 1868, Joaquín Angel, Solleiro Negrete, Pedro Mª Pardo.
    Estado de lo que corresponde a cada ayuntamiento, según la base de su población para concurrir al pago de 15.000 escudos para auxiliar el presupuesto de la guardia rural.
    Cantid proporc
    Partidos judiciales Ayuntamientos Nº habitantes corresponde Totales
    Caldas Baños de Cuntis 6.410 222,300
    Barro 3.766 130,244
    Caldas 6.192 212,900
    Campo 4.771 162,724
    Catoira 1.929 66,010
    Cotobade 9.192 314,528
    A Lama 6.472 222,048
    Moraña 5.313 183,018
    Portas 3.120 108,310
    Saiar 1.494 50,969
    Valga 5.855 201,030 1.874´081

    Cambados Cambados 4.889 186,580
    Carril 2.452 73,320
    Grove 2.438 82,793
    Meis 4.920 171,763
    Meaño 4.037 141,818
    Ribadumia 2.952 107,577
    Sanxenxo 6.135 211,024
    Vilagarcía 4.621 159,114
    Vilanova 5.784 167,656
    Vilaxoán 2.520 87,858 1.396,503

    A Cañiza Arbo 5.383 189,022
    A Cañiza 8.138 278,692
    Crecente 5.568 191,312
    Covelo 8.340 289,560 940,586

    Lalín Dozón 2.867 97.478
    Carbia 9.826 235,084
    Agolada 5.681 195,154
    Lalín 15.833 540,322
    Rodeiro 6.312 216,608
    Silleda 12.452 445,368 1.730,014

    Pontevedra Alba 4.463 153,742
    Bueu 8.943 306,740
    Cangas 4.942 170,028
    Xeve 3.288 112,092
    Marín 8.298 264,132
    Meira 4.827 166,118
    Mourente 4.562 157,108
    Pontevedra 6.718 230,412
    Poio 5.129 176,386
    Ponte Caldelas 8.563 293,142
    Ponte Sampaio 1.117 39,978
    Salcedo 3.254 112,636
    Vilaboa 3.870 113,580 2.316,094

    Ponteareas Borbén 2.835 98,390
    Mondaríz 7.751 269,534
    Ponteareas 14.282 487,588
    Salvaterra 9.319 318,846
    Setados 6.360 218,240
    Soutomaior 6.058 207,972

    Tabeirós Cerdedo 5.121 176,114
    A Estrada 22.807 777,438
    Forcarei 7.071 241,414

    Tui Guarda 6.028 206,952
    Mós 6.008 206,272
    Oia 3.229 111,789
    Porriño 7.083 242,822
    Rosal 6.126 210,284
    Salceda 3.827 132,488
    Tomiño 11.687 399,358
    Tui 11.774 402,316 1.912,248

    Vigo Baiona 4.817 169,778
    Bouzas 6.818 234,152
    Gondomar 8.772 300,248
    Lavadores 11.360 388,240
    Nigrán 6.404 219,736
    Redondela 10.306 352,404
    Vigo 11.070 378,380 2.038,938

    Resumen por prtidos judiciales
    Cantidad
    Nº habitantes correspon.
    Caldas 54.514 1.874,081
    Cambados 40.498 1.396,503
    A Cañiza 27.429 940,586
    Lalín 52.971 1.730,014
    Pontevedra 67.924 2.316,094
    Ponteareas 46.609 1.596,570
    Tabeirós 34.999 1.194,966
    Tui 55.772 1.912,248
    Vigo 59.547 2.038,938
    Total 440.259 15.000.000
    Pontevedra 1º de marzo de 1868, Joaquín Angel, Solleiro Negrete, Pedro Mª Pardo. Cuyo dictamen fue aprobado por la Diputación que lo hizo suyo por unanimidad en todas sus partes.

    ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición