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Acta de sesión 1866/02/03_Nocturna

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.000/3.1866-02-03_Nocturna

  • Título Acta de sesión 1866/02/03_Nocturna

  • Data(s) 1866-02-03 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 8 [NOCHE] 1.En Pontevedra a 3 de febrero de 1866, siendo las 8 de la noche, se reunieron en el salón de sesiones de esta Diputación bajo la presidencia del gobernador los diputados que al margen se expresa (Javier Quiroga, José Moure, Candido Furriel, José Sieiro, Francisco Javier Mugartegui, Francisco Garrido, Ramón Maza, Eduardo Matos, Benito Limeses, Ramón Villar, Francisco Barros, José Hermida, Jovito Goyanes, Joaquín Angel). Declarada abierta la sesión se dio lectura al acta anterior que fue aprobada. 2.Seguidamente se dio cuenta del informe que literalmente dice: "Los diputados que suscriben encargados de emitir su juicio acerca de la cuenta de gastos ocasionados con motivo de la estancia de SSMM los Reyes de Portugal en Pontevedra y su paso a la de Santiago, deben hacer presente que habiéndolas examinado las hallaron arregladas, debidamente justificadas y en su sentir creen que la Diputación pueda servirse aprobarlas y atendiendo al objeto que originó dicho gasto pudiera también la Diputación servirse acordar se satisfaga su valor por cuenta de su presupuesto y capítulo de imprevistos. La Corporación no obstante acordará lo que crea más oportuno. Salón de sesiones de la Diputación a 3 de febrero de 1866, Matos, Villar." Conforme la Diputación con el anterior, acordó dispensar su aprobación a la enunciada cuenta y autorizar a SS el gobernador para que con cargo al capítulo de imprevistos pueda disponer el pago de los 893 escudos 352 milésimas a que la misma asciende. ------ Folla: 8 3. Del propio modo se dio cuenta del dictamen de la Comisión encargada de proponer lo que considerase acertado, acerca del donativo que esta Diputación pueda facilitar a la Asociación Benéfica de las Señoras de Pontevedra, con destino al sostenimiento de los desgraciados acogidos en la Casa Hospicio cuyo tenor es el siguiente: "La Comisión se ha enterado de la atenta exposición que las señoras de la Asociación benéfica de Pontevedra, por conducto de su Presidenta dirigen a la Diputación en honrosa súplica de algún donativo con que poder sufragar los gastos que actualmente pesan sobre la casa Hospicio. Nadie desconoce los filántropicos deseos de dicha Asociación y los sacrificios que viene haciendo para sostener un Asilo de Beneficencia que no tiene otros recursos más que los proporcionados por la Caridad impetrada incesantemente por las señoras que componen la indicada Asociación. Es reconocida la necesidad de la creación de casa maternidad Hospicio y Hospital provincial, pues aunque sea doloroso el consignarlo, es lo cierto que esta provincia es una de aquellas en que la clase pobre está más desheredada, careciendo por completo de establecimientos benéficos. En esta atención, nada más justo, nada más filantrópico ni nada más equitativo puede haber que el que la Diputación se digne atender al sostenimiento de las Asociaciones particulares que dedican a tan laudable propósito sus afanes; cree la Comisión que con cargo al capítulo de Beneficencia de la provincia podrá acordar la Diputación un donativo de 200 escudos para atender a las apremiantes necesidades de la Casa Hospicio indicada. No obstante la Corporación resolverá. Pontevedra 4 de febrero de 1866, Joaquín Angel, Eduardo Matos". Discutido suficientemente el dictamen que precede, la Corporación acordó destinar por una sola vez al socorro de las necesidades de la casa Hospicio de esta población la cantidad de 200 escudos, que se satisfaran con cargo al capítulo de Beneficencia del presupuesto en ejercicio, para lo que se autoriza al gobernador por conducto de quien se remitirá la expresada cantidad en nombre de la Diputación a la señora presidenta de la Asociación Benéfica de Señoras de esta capital. ------ Folla: 9 4. Incontinenti manifestó Joaquín Angel la necesidad de que se hiciesen algunos ligeros reparos en las habitaciones del gobernador los que consideraba indispensables y urgentes; y en esta atención esperaba que la Diputación se sirviese acordar que por cuenta del capítulo de imprevistos se autorizase el gasto de 2.900 reales para atender a dicho objeto. Enterada la Corporación y discutido convenientemente sobre el particular acordó autorizar al gobernador para que pueda disponer de la cantidad indicada con el destino referido. ------ Folla: 9 5. Procediose seguidamente a dar lectura de la comunicación del gobernador fecha 31 de enero último por la que expone a la Diputación que para dar cumplimiento al acuerdo que la misma ha tenido por conveniente tomar en 29 de diciembre del año último respecto a la destitución del director de caminos vecinales Manuel Uceda se digne manifestarle a que director ha de hacerse la entrega por el saliente, puesto que los nombramientos de los demás son todos de una misma fecha. En tal estado Francisco Javier Mugartegui pidió la palabra y obtenida leyó la siguiente proposición o voto particular: "A la Diputación provincial.El Diputado que suscribe tan celoso de su buen nombre y dignidad como del decoro y respetabilidad del Cuerpo provincial de que se honra en formar parte acude hoy a él con pena puesto cree que en la última reunión de la Diputación no sólo no se han tenido hacía su poco significante personalidad las amistosas y benévolas consideraciones que siempre han guardado entre si los señores diputados, sino que se ha tomado en ella en su sesión del 29 de diciembre un acuerdo muy grave y de índole tal, que por el respeto con que sabe tratar siempre a la representación de la provincia, se abstendrá de calificar con dureza. Aquellos que ocupan hoy en ella el mismo distinguido lugar que en el bienio que acaba de transcurrir, recordarán muy bien que en la reunión de 16 de agosto último se promovió un incidente, bien poco agradable por cierto, relativo a la interpretación que debía darse a la comunicación del director jefe de caminos vecinales fecha 13 de junio último transcrita a la Diputación por el gobernador de la provincia en la de 3 de julio que algunos de sus individuos juzgaron desde luego y en el 1º momento de irrespetuosa e injuriosa para la representación viva de la provincia, siendo el resultado inmediato de aquella discusión, más o menos vehemente y apasionada el acuerdo de que una Comisión de su seno la calificará convenientemente y propusiera en seguida la resolución que debiera adoptarse. Cupo al diputado que dice, y muy contra su expresa voluntad por cierto, la honra de formar parte de ella; y ajeno como sus compañeros de entonces a todo espíritu de animosa parcialidad examinó con fría calma el documento en cuestión sin hallar en todo él un sólo adjetivo que el más escrupuloso filólogo pudiera tachar de poco digno para dirigido a una persona privada y muchísimo menos a el gobernador de la provincia y a su Diputación provincial. Para esclarecer más el hecho y penetrar si era dable en el terreno de las intenciones , tuvo entonces en unión de aquellos una conferencia con el citado director, y la comisión toda adquirió desde luego el plenísimo convencimiento de que sólo una exagerada susceptibilidad o razones de otra especie, habían podido dar cuerpo y forma a lo que no tenía ni razón de ser. Esta, dio cuenta verbal en la sesión inmediata de la apreciación que el lenguaje y redacción de aquel le merecian; y tan unánimes y conformes con ella estuvieron, al parecer, los diputados que ni hubo necesidad de extender dictamen escrito, ni menos se insertó en el acta el estracto de la breve discusión a que dio origen. Olvidado ya y completamente decidido también este asunto, puesto nada se había hablado de él en la reunión del 4 de octubre, se ve promovido de nuevo en la del 27 de diciembre y en sesión del 28, merced a una proposición debida al distinguido e ilustrado celo de José Pérez Hermida, quien sin tener no obstante en cuenta la ausencia forzosa a ella del diputado que habla, la costumbre establecida de oir la opinión de todos los individuos de una Comisión "máxime de aquellos que desienten de su mayoría", y el no ser este asunto en fin de urgencia tan perentoria e inmediata que exigiera su despacho en aquella reunión, prescinde por completo de su nombre y pide y obtiene se le reemplace por otro que no había asistido a la de 16 de agosto e ignoraba los detalles expuestos. Este hecho, y las consecuencias que se le han seguido, que sin la alta y merecida idea que tiene de la dignidad personal de SS podrá creer hijos de una poco favorable prevención, colocan al que suscribe en la dura pero indeclinable necesidad de examinar minuciosa y detalladamente un acuerdo que cree injusto a todas luces, y que en su concepto al menos, lastima, no poco en verdad, el alto nombre de la Corporación que le ha adoptado; único medio, por otra parte, de que el decoro y dignidad de esta a la vez también que el suyo propio, quedan en el lugar que se merecen. Al hacerlo, prescindirá por completo tanto de la personalidad del director jefe, con quien no le unen lazos de ninguna especie y quien no es su misión el defender aqui, como de los antagonismos y prevenciones personales "más o menos justificados", que contra él existan; rogando previamente a la Diputación se sirva considerar la expresión escrita de su opinión en todo lo relativo a tan desagradable suceso como un voto particular, o bien como una petición o proposición que espera sea discutida con toda amplitud, y con el detenimiento y meditación que por su incuestionable magnitud merece; puesto que de ser desoída, tendrá que ser forzosamente la base de un expediente judicial o gubernativo que decidirá en último término el Consejo de Estado. La nueva Comisión nombrada en la sesión de 28 de diciembre, propuso en la del 29 la separación del director jefe fundando su dictamen en las razones que siguen "tomadas literalmente de su acta": 1ª "Que enumerar los trabajos minuciosamente que exagera el director jefe en su memoria, sería faltar a las consideraciones que se merecen los diputados, por que al acordar la devolución de la memoria para que la rectificara es prueba bastante de que al examinarla reconoció sin defectos y exagerados trabajos". 2ª "Que el director jefe ha faltado por ello al decoro, al respeto y hasta al miramiento que debe un empleado a la Diputación. 3ª Que ha faltado repetidamente a sus deberes aún cuando se abstiene la Comisión de enumerar los actos y que la Diputación recordará las amonestaciones que se le hicieron y aún las conminaciones de pérdidas de sueldo, sino empleo, medios que adoptó por vía de corrección y enmienda, pero que desgraciadamente ningún efecto produjeron". Sensible es al diputado que suscribe, hallarse en oposición completa y radical con sus dignos y apreciabilisimos compañeros, en una cuestión estudiada sin duda alguna con la deplorable ligereza con que la falta de tiempo, tan escaso siempre en las reuniones de la Diputación, permite se traten las más importantes y trascendentales. Sólo así se concibe que su ilustración y rectitud les hayan hecho traición llevándoles hasta a suscribir un dictamen que ningún Tribunal ni Academia podrá jamás sancionar, pues lastimándose en él, y muy violentamente por cierto, los fueros de la Justicia indica en concepto del que habla, una prevención visible e inmotivada y como un deseo de hallar faltas de repeto, de decoro, y hasta de miramiento en una comunicación oficial dirigida a la 1ª autoridad de la provincia, "en la que en manera alguna se ofende directa ni indirectamente al buen nombre y dignidad de la Diputación y en la que tampoco podrá hallar inconveniencias de ningún género la más casuística sutileza de lenguaje, puesto que su simple y desapasionada lectura lo acredita desde luego". Muchas son las razones que para controvertirle pueden oponerse, pero por no dar a este escrito proporciones exageradas, y por no fatigar también el ánimo de la Diputación, se contentará con indicar las siguientes: 1ª Que no es faltar en manera alguna a las consideraciones debidas a los diputados, enumerar o más propiamente indicar los lunares, defectos, errores de apreciación o inexactitud de cualquier especie que contengan las obras o trabajos que hayan de juzgar con su superior criterio. Esto que se hace en todos los cuerpos colegiados como Tribunales y Academias, es un deber de que no pueden prescindir los que, como las diputaciones provinciales, tienen tan sólo el carácter económico y administrativo. Para esto, al recibirse la memoria (de que no existe sino un ejemplar manuscrito, lo que es importantísimo para la cuestión) debió haberse nombrado una Comisión que la estudiara convenientemente que apreciase sus defectos haciéndoles resaltar, poniéndoles de relieve en su dictamen; y llamar luego sobre ellos concreta y seriamente la atención del Cuerpo, y también de su autor. 2ª Que no hubo por lo tanto la falta de decoro, de respeto, y hasta de miramiento para con la Diputación que la Comisión supuso, o, mas bien, que cree existe en la comunicación del director jefe. 3ª Que ésta desconoció, o no tuvo presente, que sólo siendo así pudo haberla recibido el gobernador de la provincia y transcrito a la Diputación a quien en otro caso hubiera ofendido muy gravemente en su transmisión. 4ª Que la Comisión no pudo, sin conculcar las más triviales nociones del derecho, proponer a la Diputación que usurpase las atribuciones de los Juzgados del fuero común, decidiéndo si en un escrito hay o no injuria, falta de respeto y falta de decoro; y mucho menos pedir se pasase desde luego. 5ª Que la Comisión no pudo ni debió proponer tampoco, máxime en la forma que lo hizo, la separación de un empleado cuyo sueldo exceda de 6.000 reales según lo expresamente dispuesto en el párrafo 4 del art. 54 de la ley de 25 de septiembre de 1863 para el Gobierno y Administración de las provincias que anuló sin duda al promulgarse el Real Decreto de 3 de octubre de 1853. 6ª Que en todo caso y aún suponiendo incontestables los cargos nada concretos en verdad que se hacen al director jefe, "debió haberse tenido muy en cuenta que obtuvo su destino en virtud de una oposición" y empezar por pedir la instrucción de un expediente gubernativo por persona o Comisión competente, puesto se trataba de juzgar a un empleado facultativo por el ejercicio de sus funciones como tal, fundar, concretar y particularizar aquellos, oir sus descargos o escusas, apreciar el valor de los unos y las otras, y proponer luego lo conveniente. El haber obrado de otra manera no sólo es notoriamente injusto, sino que también es poco digno en sentir del que dice, para el prestigio el buen nombre y el bien entendido decoro de la 1ª y más alta entidad moral de la provincia. 7ª Que el art. 2º del reglamento orgánico del Cuerpo de directores de caminos vecinales de la provincia consigna terminantemente "que el jefe y directores estarán a las inmediatas órdenes del gobernador" y, que por consiguiente, antes de todo procedimiento debió haberse preguntado a SS si la ausencia de la Capital del director jefe en los días de la reunión del Cuerpo provincial era con su anuencia o por exigencias del servicio, y si en todo caso se le había comunicado oficialmente que aquella iba a tener lugar. No se explica el que suscribe, como estas incontrovertibles razones y otras muchas que ya sería prolijo indicar, se ocultaron al distinguido criterio de los ilustrados miembros de la Comisión que fomentó tal dictamen, pero alcanza mucho menos como ha sido tomado en consideración por la Diputación. El respeto profundo, que como antes dijo, le merecen siempre sus acuerdos le impiden calificar debidamente los 6 considerandos en que basa el que termina "a destituir al director jefe sin que sea su ánimo ofender ni lastimar en lo más mínimo su nombre y reputación, y sólo por no convenir al buen servicio de la provincia y a los intereses que representa la Corporación".Tal es su redacción literal tomada del acta. Los diputados que le han suscrito no han tenido presente que "el destituir (y ruego a la Diputación observe se usa este verbo y no el de separar o declarar cesante) a un empleado facultativo sin que sea su ánimo ofender ni lastimar en lo más mínimo su nombre y reputación" tiene mucho de absurdo pues son ideas que se excluyen y si a esto se añade la inmensa vaguedad de la frase "de que sólo es por convenir al buen servicio de la provincia y a los intereses que representa la Diputación", sube de punto lo estraño e irregular de la idea, y de la locución que la representa. Muy seguro es también que no han calculado el horrible San Benito que tal ambigüedad en los términos, y disposición tan airada, arrojan sobre un empleado facultativo cuya rara competencia para el ejercicio de su cargo es universalmente reconocida y confesada. Menos aún se han fijado en la significación que tiene para la respetabilidad del algo Cuerpo provincial, el anunciar en su BOP y Gaceta del Gobierno, la oposición a las plazas de directores, traen de 100 o 150 leguas, para que sufra un examen siempre desagradable, a quien en ella quieren tomar parte, y destituirle luego sin un expediente gubernativo, o motivos formalmente justificados. Pero por mucho que sea su ánimo no entran en apreciaciones sobre los considerados citados no puede menos de ocuparse de su síntesis que es sin duda alguna "la falta de cumplimiento de sus obligaciones por parte del director jefe, el mal estado de los caminos puestos al cuidado del Cuerpo que dirige, y el abandono de los asuntos y trabajos cometidos a la inspección de aquel"; y para apreciarla, cual debe, no concluirá el trabajo que se ha impuesto sin tratar con la conveniente claridad y franqueza este tan importante particular, verdadera tela de Penélope para la Diputación muchos años hace. Es innegable y sin pesar de inmodestia puede asegurarse así, que merced al exquisito celo de los diputados se ha logrado iniciar en la provincia un favorable movimiento hacia tan importantísima mejora, y tocado ya ventajosos resultados. Pero no lo es menos, por que es también una tristísima verdad que la falta de pensamiento preconcebido de orden en los trabajos y de fijeza en las resoluciones producen entre otros muchos males, el muy grave de la pérdida de un tiempo preciso, siguiéndose de aquí que ninguno de ellos esté plenamente satisfecho sin que esto le mueva por otra parte a buscar el origen del mal y procurar su remedio. Olvidando casi siempre la Diputación "que no es ella el jefe de los directores y que estos ni están a sus inmediatas órdenes, ni pueden estudiar ningún proyecto de camino, si no por la del gobernador" (artículo 3º del reglamento vigente) discute aquí sobre la formación de uno cualquiera y así se acuerda y consigna en el acta. El director jefe adopta desde luego sus medidas para complacer al Cuerpo provincial se empiezan los trabajos, y cuando las afecciones personales, las necesidades políticas, las cabalas de partido, o las exigencias electorales han hecho sentir todo el peso de su fuerza, se previene otro y otro estudio sin tener en cuenta que con ello se inutilizan en un sólo día, todos los datos de campo adquiridos y todos los trabajos realizados en 3, 4 o 6 meses. Esto que hemos visto puesto desgraciadamente en práctica muchas veces y recientemente en el de Alba a Ponte Vea, sustituido poe el de Lalín a Carballiño, y el de Vilaboa a Cangas por otro del distrito, que el que suscribe tiene el honor de representar, es el caos, es la confusión más completa, es el no tener directores en fin; y de ello no es responsable en manera alguna su jefe que no puede negarse tampoco por su parte a ocupar 15 o 20 días en la formación "de un muy bien dibujado estado del censo electoral de la provincia" o de otro cualquiera trabajo que se le ordene por mucho que esta no tenga en el ningún género de interés. No es posible tampoco que el personal facultativo con que hoy cuenta satisfaga por mucho y mucho que se multiplique, las naturales aspiraciones y vivísimas exigencias de sus 19 representantes en la Diputación. Para probar esta verdad, bastará indicar que el celoso cuerpo de caminos que muchos años hace, tiene en estudio las 2 carreteras de 3º orden de Pontevedra a Cangas y O Grove, cuenta el suyo para este objeto y la conservación del "354 kilómetros de carretera" y más obras del Estado por 1 ingeniero jefe; 2 idem segundos; 10 ayudantes; 19 sobrestantes; 2 pagadores; 5 escribientes; 20 capataces y 140 peones camineros, auxiliares importantes para los trabajos de campo. El nuestro se compone, por junto, de 4 directores y 1 escribiente para el estudio de más de 700 kilómetros de vía, con sus 2 copias de planos, inmensa documentación, replanteos y expedientes de expropiación; para los innumerables reconocimientos provinciales y municipales; para el despacho de la numerosa y excesiva correspondencia que afluye a su oficina que registró "570 comunicaciones" en el año próximo pasado; para las visitas mensuales a las obras en construcción; para sus recepciones y liquidaciones y para cuanto se le mande, en fin, por el gobernador de la provincia, además de todo esto que no sería poco para 50 individualidades muy laboriosas. ¡Comparen ahora los diputados, con su reconocida buena fe, personal con personal, exigencias con exigencias, resultados con resultados! Esto no obstante, los prácticos y tangibles obtenidos en el año que acaba de transcurrir han sido que la junta consultiva de caminos, canales y puertos y la de obras públicas de la provincia aprobaron a su vez los proyectos de "5 kilómetros estudiados por el director jefe Manuel Uceda; 17 por León Uceda; 2 y medio por Benigno Losada, teniendo estudiados de campo Antonio Lage, 19". Estos datos oficiales son la mejor defensa que el director jefe podrá hacer de su conducta en el cumplimiento de su deber; y cree la Diputación que sometidos a la censura de una Comisión de ingenieros aún sin comparar sus trabajos con los escasisímos del director Losada es de todo punto indudable que merecerían una calificación completamente diferente de aquella con que tan ligeramente se le ha juzgado. Mucho más deseará, sin embargo el que suscribe, mucho más anhela la Diputación, pero es una verdad que lo que hoy se hace se hace muy bien, y no se ven con tanto disgusto como asombro, los escándalos que han tenido lugar en algún distrito de la provincia en donde, y apesar de tener un director fijo, se han caído varios puentes recientemente construídos y malgastado más de 40.000 duros. Lo mejor es casi siempre enemigo de lo bueno y aunque en este particular como en otros muchos, es su opinión concreta" el correr despacio, no duda en asegurar que con todo cuanto se dice a propósito del abandono del director jefe, es lo cierto, ciertísimo, que ninguna de la 3 provincias gallegas está hoy a nuestro nivel en este importantísimo ramo de la administración pública. Dicho esto, comprenderá la Diputación que se está en el caso obrando en justicia de revocar el acuerdo por el que se destituye a Manuel Uceda del cargo de director jefe de caminos vecinales de la provincia como el que suscribe ruega "teniendo presente tan solo" los intereses bien entendidos de la misma y la importancia y dignidad de su más genuína representación, disponiendo en otro caso que por su secretario se le facilite testimonio literal de esta petición y documentos que la acompañan para los efectos oportunos. Salón de sesiones de la Diputación provincial de Pontevedra, 3 de febrero de 1866, Javier de Mugartegui y Parga. Terminada su lectura Joaquín Angel, propuso que una vez lo expuesto por Mugartegui contenía varios particulares todos importantes y delicados para poder apreciarse en el momento con el debido acierto, era de sentir se acordase, que el voto particular, proposición o excitación aducida por dicho señor pasase a una comisión, a fin de que estudiando aquel con el detenimiento posible, proponga lo que en su juicio entienda más procedente. Eduardo Matos pidió como cuestión previa "que ante la Diputación acordase si había o no lugar a deliberar sobre lo manifestado por Mugartegui"; rectificó Angel y luego Matos lo mismo que Mugartegui y Garrido y declarado suficientemente discutida así la proposición de Angel como la de Matos, la Diputación acordó se nombre una Comisión a quien se pasen todos los antecedentes relativos a este asunto para que proponga lo que crea acertado, quedando constituída con los señores Matos, Villar y Moure. ------ Folla: 18 6. En seguida se dio cuenta de una instancia de Manuel Uceda exponiendo que se le había dado conocimiento del acuerdo por el cual esta Corporación tuviera por conveniente destituirle de su destino, por considerarle irrespetuoso para con la Diputación y falta de cumplimiento en los deberes y trabajos que le están encomendados, y que no habiendo sido su ánimo en ninguna ocasión el oponerse a los acuerdos de la Diputación ni menos dejar de guardarle la mayor consideración, suplica que en este concepto se digne resolver lo que estime más conveniente. Enterada la Diputación, acordó se pase esta instancia a la Comisión encargada de emitir dictamen sobre el voto particular de Mugartegui para que se sirva informarla. ------ Folla: 18 7. Se dio también cuenta de otra comunicación del gobernador fecha 31 de enero último por medio de la cual remite los estados quincenales de los trabajos que han ejecutado los directores de caminos vecinales desde 1º de octubre al 31 de diciembre del año último. ------ Folla: 19 8. Asimismo, de la dirigida al gobernador por el director de caminos vecinales Manuel Uceda, a la que acompaña la memoria de los trabajos ejecutados por la dependencia de su cargo desde 1º de enero al 31 de diciembre del año próximo pasado a fin de que SS se sirviese ponerla en conocimiento de la Diputación provincial. Asi bien se dio lectura de otra comunicación del gobernador remitiendo los estados quincenales de los trabajos ejecutados durante el mes de enero último por los directores de caminos vecinales; la Diputación enterada de las precedentes comunicaciones acordó que se pasasen todas a la Comisión ya indicada y compuesta de los señores Sieiro, Furriel y Angel para que tenga a bien proponer en su vista lo que estime conveniente. En tal estado se levantó la sesión quedando citados los señores para la que ha de tener lugar el día 5 a las 12 de la mañana a fin de continuar el examen de los demás asuntos que se hallan a informe de la Diputación de todo lo que yo secretario certifico. ------

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