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Acta de sesión 1866/02/01_Nocturna

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.000/3.1866-02-01_Nocturna

  • Título Acta de sesión 1866/02/01_Nocturna

  • Data(s) 1866-02-01 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 2 [NOCHE] 1. Reunidos bajo la presidencia del gobernador los señores del margen (Pedro Barros, Cándido Furriel, Eduardo Matos, Joaquín Ángel, Jovita Goyanes, José Sieiro, Francisco Javier Mugartegui, Ramón Villar, Ramón Maza, Javier Quiroga, José Moure, José Pérez Fernández, José Hermida, Melitón Suárez de Puga, Francisco Javier Barros, Benito Limeses), se continuó la sesión haciendo el presidente una exacta reseña de lo acordado en la mañana de hoy, exponiendo al mismo tiempo de acuerdo con la Diputación que no se diese lectura de la parte de acta precedente, toda vez que la sesión no se había terminado y si tan sólo suspenso. Enterado de lo expuesto Francisco Javier Mugartegui, hizo presente que no estaba conforme con lo acordado por la Diputación en cuanto a la manera con que había procedido en la aprobación y examen de las actas de los diputados electos, así como tampoco respecto a la aprobación de la aptitud legal de los señores José Sieiro y Jovito Goyanes por creerlos comprendidos en el caso 9º del art. 24 de la ley de 25 de septiembre de 1863 para el Gobierno y administración de las provincias. ------ Folla: 2 2. Explanó su opinión sobre los indicados extremos en un razonado y elocuente discurso terminante a que por lo que hace a la aprobación de actas prescindiendo de las fórmulas en que se ha verificado, se adhiere a la aprobación acordada todas vez no ha habido vicio de nulidad en los actos electorales para que puedan invalidarlas; más pide a la Diputación que se digne fijar su atención e ilustrado criterio acerca de las cualidades legales de los indicados señores Sieiro y Goyanes por que a su juicio se hallan comprendidos como ya lo indicó en el caso 9º del art. 24 de la ley protestando por tanto contra su admisión la que espera se digne acordar la Diputación sin que bajo ningún concepto se entienda que al hacer esta impugnación contra los expresados señores le guía ningún otro móvil más que el de dignidad prestigio y decoro de la Corporación puesto que cree que debe la misma ser rigurosa en la observancia de la ley sin atender a otras consideraciones. Por Eduardo Matos se impugnó la doctrina sentada por Mugartegui, apoyando su sentir en varias razones legales y casos prácticos de esta Corporación admitiendo en 1864 como diputados a los señores Ramón Martínez Saco y Ramón Villar que eran alcaldes el uno de Redondela y el otro de Carbia y especialmente en que una vez admitidos por la Corporación dichos diputados era extemporánea la protesta de Mugartegui, quien podría usar si lo tenía por conveniente de la acción que la ley le concede para acreditar la incapacidad legal de aquellos, pudiendo recurrir al intento a la superioridad en la forma que la misma ley previene en su art. 53. Ratificado por Mugartegui y discutido suficientemente este incidente la Diputación acordó no habrá lugar a tratar de él por haber sido ya admitidos dichos señores Sieiro y Goyanes y que Javier Mugartegui podía hacer uso del derecho con que se considerase asistido. ------ Folla: 3 3. Dado lectura, por mi el secretario, del art. 37 de la ley , se procedió conforme a lo dispuesto en el mismo al nombramiento de presidente de la Corporación y habiéndose verificado la votación al intento dio el resultado siguiente. Ramón Villar 16 votos, una papeleta en blanco. Quedó declarado presidente, el expresado Villar. Del mismo modo se nombró representante de la provincia Eduardo Matos. ------ Folla: 3 4. Enterada la Diputación de la comunicación del gobernador por medio de la que da conocimiento de haber cesado en el cargo de vocal de número del Consejo de esta provincia José Sierra y Duque mediante ha sido nombrado Juez de 1ª Instancia de Ponteareas cuyo cargo aceptó; acordó proceder a la votación de los señores que han de formar la terna que debe elevarse al Gobierno de SM según lo dispuesto en el caso 5º art. 55 de la ley y 146 del reglamento para su aplicación. Verificada la votación dio el siguiente resultado: Primer lugar Domingo González Nuñez 11 votos Carlos Rodal 1 voto Segundo lugar Eugenio Vicente Matos 11 votos José Antonio Araujo 1 voto Tercer lugar Rafael Ruibal 10 votos Carlos Rodal 1 voto Eugenio Matos 1 voto 4 papeletas en blanco. En su virtud queda propuesta la terna en la forma siguiente: 1º lugar Domingo González Nuñez 2º lugar Eugenio Vicente Matos 3º lugar Rafael María Ruibal Cuya terna se curse en la forma prevenida por Real Orden de 16 de agosto de 1865. ------ Folla: 4 5. La Diputación quedó enterada de la comunicación del gobernador por medio de la que dá conocimiento de haber dirigido con su apoyo al ministro de la Gobernación la exposición que esta Corporación ha formulado en solicitud de que se suprima la Escuela normal de la provincia. ------ Folla: 4 6. Diose igualmente cuenta de otra comunicación del gobernador fecha 18 de enero último trasladando la del director general de obras públicas en la que este comunica la Real Orden expedida por el Ministerio de Fomento aprobando con varias modificaciones el plan de carreteras provinciales previniendo además se le remita una carta de la provincia por aquel centro directivo y que la Diputación clasifique por grupos u orden numérico los caminos que han de ser preferidos para su construcción y que le sea devuelto a esta Corporación el plan de caminos vecinales para su reforma. Enterada la DP han pedido la palabra Francisco Javier Mugartegui y Joaquín Angel, quienes después de haber hecho algunas indicaciones sobre el contenido de la citada RO han propuesto a la DP se sirva acordar se nombre una comisión que estudiando la citada soberana disposición con el detenimiento que su contenido exige, proponga lo que juzgue más acertado a su cumplimiento o exponga las observaciones que estime procedentes en vista de los particulares que contiene la propia RO. Discutido suficientemente esta proposición se acordó nombrar dicha Comisión habiendo quedado formada con los señores Francisco Javier Mugartegui, Candido Furriel y Joaquín Angel. ------ Folla: 4 7. Enterada también la Diputación de los causales en que funda su falta de asistencia a esta reunión el diputado Ramón Martínez Saco por el partido de Redondela y visto el art. 38 de la ley de Gobierno se acordó haberle por dispensado. Siendo ya hora avanzada se levantó la sesión quedando citados los señores diputados para la que debe celebrarse el día 3 del actual a las 11 de su mañana a fin de continuar en el examen de los demás asuntos que se hallan pendientes de informe de la Diputación, de todo lo que yo secretario certifico. ------

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