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Acta de sesión 1869/04/14_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.001/1.1869-04-14_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1869/04/14_Extraordinaria

  • Data(s) 1869-04-14 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 54 1. Reunidos los Sres. que al margen se expresan, (gobernador, Quiroga, Oca, Armesto, Anciles, Saco, Cuevas del Valle) previa convocatoria y bajo la presidencia del Sr. gobernador (Eugenio ¿ Alau), se leyó y aprobó el acta de la anterior. ------ Folla: 54 3. Dada cuenta de una comunicación del alcalde de [Pontevedra] esta capital en la que solicita que las Diputacion Provincial se sirva entregar los 10.000 escudos acordado por la Junta Provincial de Gobierno al depositario municipal. Se acordó facilitar al ayuntamiento de la capital, con destino a la mejora de su casa de sesiones, la expresada cantidad, que la Diputación le entregará sin interés alguno previa fijación del plazo para su reintegro, cuando el estado hoy precario de los fondos provinciales se lo permita. ------ Folla: 54 4. La Diputación quedó enterada de una comunciación de la Junta Directiva de la Congregación de la Divina Peregrina tributándole gracias por la subvención de 400 escudos que la misma había acordado para las funciones públicas que en este año han de celebrar en obsequio de aquella. ------ Folla: 54,55 5. Vista una comunicación de la Dirección General de Obras Públicas, Agricultura, Industria y Comercio previniendo que por el Ministerio de Fomento han de nombrarse y separarse por ahora los empleados de las Juntas de aquellos 3 últimos ramos. Se acordó elevar una exposición al poder ejecutivo para que en vista de los que dispone la ley orgánica provincial vigente y demás anteriores que tratan de nombramientos de estos empleados, se sirva dejar sin efecto dicha órden, y que ínterin el mismo poder ejecutivo no resulta dicha exposición se suspenda el abono de sus haberes al oficial primero de la Junta de esta provincia, D. Arturo al oficial primero de la Junta de esta provincia, D. Arturo Feijó. ------ Folla: 55 6. Vista una comunicación del Sr. gobernador para que se entreguen en la secretaría del Gobierno Civil todos los antecedentes y documentación de la Junta revolucionaria de esta capital que en la Diputación existan, se acordó hacerlo así. ------ Folla: 55 7. La Diputación, en vista de una comunicación del Sr. Director General de Administración Local, remitida por el Sr. gobernador a la que se adjunta una instancia elevada al Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación por el ayuntamiento de Ponteareas, solicitando quede sin efecto el nombramiento de diputado provincial de dicho partido, hecho por la Junta de Gobierno de esta provincia de conformidad con la regla segunda de la circular de 13-10-1868 expedida por dicho Sr. Ministro, acordó informar que habiendo sido nombrado D. Indalecio Armesto, diputado provincial de dicho partido, con arreglo a la citada circular y dimitido después, el cargo de secretario de esta Gobierno Civil, por hallarse comprendido en la disponsición 4ª de la de 12-11-1869, no se está en el caso de elegir otro con arreglo a la misma, según lo solicita el ayuntamiento y máxime cuando se halla próxima la elección de diputados provinciales, según lo detalla el informe evacuado por la comisión nombrada al efecto, del cual se remitirá copia al Sr. gobernador con devolución de la instancia que lo motiva. ------ Folla: 55 8. Se acordó nombrar una comisión compuesta de los Sres. Armesto y Cuevas para que se sirvan informar acerca de si la certificación de obras hechas en el 2º trozo del camino vecinal de Ponteareas a Mondariz; importante 1.534 escudos y 930 milésimas, ha de pagarse de los fondos provinciales o por cuenta de los que el ayuntamiento de Ponteareas debe tener destinados para el camino de que se trata. ------ Folla: 55 9. Se dio cuenta del presupuesto adicional de ayuntamiento de Mourente formado para el corriente año económico y, visto el dictamen de la comisión, se acordó aprobar dicho presupuesto en todas sus partes. ------ Folla: 55 10. Dada cuenta asimismo de un oficio del alcalde de Nigrán solicitando autorización para satisfacer los gastos ocasionados con motivo de la formación del repartimiento del impuesto personal. Se acordó autorizarle para que de la partida de imprevistos satisfaga los expresados gastos, justificando la inversión en la cuenta respectiva que en su día debe rendir. ------ Folla: 55 11. A propuesta del Sr. Armesto y teniendo en cuenta la necesidad de que la biblioteca provincial sea pronto una verdad, se acordó consignar 400 escudos en el capítulo respectivo del presupuesto actual al refundirse en el adicional, del año económico próximo pasado, además de los 800 escudos anteriormente acordados para dicho objeto. ------ Folla: 55,56 12. Hecha por el Sr. Cuevas una moción para que inmediatamente se proceda por el Director D. Antonio Lage al estudio del trozo de Caldas a Fefiñáns, camino vecinal de Saiar á Caldas, y del de Ponte Arnelas a Saiar en el mismo camino y a la reparación del de Fefiñáns a Ponte Arnelas camino de Fefiñáns a Caldas, y que se prevenga al contratista del de Vilagarcía a Cambados, Francisco García, que, puesto que hace más de un año que ha rematado dicho camino proceda a la ejecución de las obras. Se acordó oficiar al Sr. gobernador para que se sirva adoptar todas las disposiciones que juzgue conducentes al objeto de dicha moción. ------ Folla: 54 2. Se dio cuenta del acuerdo tomado por el ayuntamiento de O Grove en 24-3-1869 con motivo de la oposición de los concejales electos D. Blas Benavides, D. Domingo Antonio Gondar, D. Francisco García y D. Bernardo Leiro a tomar posesión de su cargo, fundados en que debieran fomarla también D. Manuel Boullosa y D. José Domínguez Germade, nombrados como ellos por el sufragio universal. Y se acordó oficiar al alcalde para que prevenga a los citados concejales que inmediatamente se presenten a tomar posesión de sus cargos, a cuyo desempeño les obliga el art. 58 de la ley municipal vigente, bajo un apercibimiento de que, de no hacerlo así, se les impondrá la multa de 20 escudos a cada uno sin perjuicio de las demás providencias a que halla lugar. ------

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