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Acta de sesión 1869/10/26_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.001/1.1869-10-26_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1869/10/26_Ordinaria

  • Data(s) 1869-10-26 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 150 Quiroga vicepresidente, Martinez, Cuevas, Vidal, Anciles, Alcalde, Araujo. 1. Abierta la sesión y leída el acta de la anterior quedó aprobada. ------ Folla: 150 2. Seguidamente se concedió el establecimiento de una feria en Ponteareas los días 14 de cada mes. ------ Folla: 150 3. Se dio cuenta del expediente de jubilación de José Manuel Rodriguez de la Torre, quien sirvió durante 29 años, 8 meses y 18 días, el cargo de secretario del ayuntamiento de Meis acordando éste concederle una pensión de 500 milésimas de escudos diarios, mitad del haber activo que disfrutó en dicho cargo, que desempeñó con honradez. Y se acuerda conceder dicha jubilación. ------ Folla: 150 4. La Diputación queda enterada de haberse posesionado de sus cargos los individuos que constituyen el nuevo ayuntamiento de Marín nombrado por el gobernador de la provincia en 20 del corriente. ------ Folla: 150 5. Diose cuenta de un expediente instruido a instancia de Gabriel Gestoso, vecino de Berres [A Estrada] y otros, pidiendo la excepción de la venta del suelo de la dehesa llamada Pena Corbal, sita en los lugares de Servide y Ribeira, fundados en que se halla aquella afecta a 2 foros de que son llevadores, correspondiéndoles por consiguiente el dominio util de dicha dehesa. Y se acuerda informar que es improcedente la venta o fondo de la referida dehesa, no debiendo por tanto sujetarse la tramitación de este expediente a las prescripciones de la circular de 2 de octubre de 1862. ------ Folla: 150 6. El director del Instituto de Pontevedra da conocimiento a esta Diputación del ofrecimiento hecho por los profesores de la Escuela Normal superior de maestros de esta provincia, consistente en prestarse a desempeñar sin retribución de ninguna clase la enseñanza de una Escuela de adultos, por cuya creación abogan. Y se acuerda dar las más expresivas gracias a los catedráticos por su ogrecimiento, contestándose que la Diputación se propone resolver asi en este asunto como en todos los de la Enseñanza, lo que conceptúa más beneficioso a los intereses de la misma. ------ Folla: 150 7. El alcalde de Tui remite para su aprobación un expediente de la subasta verificada para el arriendo del arbitrio municipal sobre vinos y ganado de cerda, cuyo remate resulta verificado a favor de Ambrosio Sobrino, por la cantidad de 1.675 escudos. Y se acuerda su aprobación. ------ Folla: 150,151 8. Dado cuenta de una exposición de Manuel Otero, natural de Santa Mariña de Ribeira, pidiendo se formalice el expediente de daños que le causó la alcantarilla de Fachourís, con arreglo a la ley de expropiaciones, asi como de un acta de acuerdo del ayuntamiento de A Estrada, fecha 25 de septiembre último oponiéndose al pago de las indemnizaciones del indicado puente de Fachourís. La Diputación acuerda se diga al ayuntamiento de A Estrada que se proceda a nueva tasa de perjuicios causados al referido Otero, debiendo nombrarse un perito por el ayuntamiento y otro por aquel interesado, remitiéndose las diligencias a esta Corporación a fin de que en su vista resuelva lo más procedente en justicia. ------ Folla: 151 9. Diose cuenta de que el alcalde de Ponteareas remitió al Juzgado de 1ª Instancia el expediente referente al arriendo de habitaciones para el Juzgado, así como las diligencias instruidas a continuación sobre reclamación del pago de alquileres, en atención a que José Gayoso no reintegró los 369 escudos 125 milésmas que la Junta de partido acordó habérsele satisfecho indebidamente. Y se acuerda imponer al alcalde la multa de 50 escudos, por la falta cometida en remitir al Juzgado aquella diligencias, sin conocimiento previo de su superior jerárquico, oficiándose al gobernador de la provincia para que se sirva proponer al Juez de Ponteareas que se inhiba de conocer en este asunto. ------ Folla: 151,152 10. Se dio lectura del siguiente dictamen de la Comisión Permanente: "Visto el expediente instruido en el Gobierno Civil de esta provincia a instancia de Benito Rodriguez y Domingo Carracedo sobre pastores y aprovechamiento de los monte nombrados Fouxe, Baladiño y Mexadoura, sito en la parroquia de Picoña del distrito municipal de Salceda. Resultando que recibida información a los denunciantes y denunciados por una comisión de dicho ayuntamiento sobre la posesión del pastoreo y aprovechamiento referidos, se alegó por aquel, en vista de las pruebas por unos y otros presentadas, ser inexacto lo expuesto por Rodriguez y Carracedo, cuyo dictamen hizo suyo la Corporación. Resultando que en virtud de instancias producidas por Ramón, Juan, María y Antonio Boullosa y Francisco Lorenzo, se les admitió por el Ayuntamiento de Salceda justificación testifical acerca de su derecho de propiedad sobre los montes mencionados y la no existencia del pastoreo comunal que se pretende. Resultando que el ingeniero de este distrito florestal, Miguel Colina, informó que la propiedad de los expresados montes se hallaba legalmente acreditada por parte de Ramón Boullosa y Francisco Lorenzo, y no así el pastoreo por la de los denunciantes cuyos testigos eran parientes unos y tenían otros interés directo en la cuestión. Resultando que elevadas instancias a VE por ambas partes en apoyo de sus respectivas pretensiones, se acordó para mejor conocer el derecho de unos y otros reclamantes que se ampliase la información ofrecida por Benito Rodriguez y su consorte, nombrando y comisionando para la instrucción de las nuevas diligencias al licenciado Telmo Alvarez Mera, vecino de la ciudad de Tui. Resultando que en los días 8 y 9 del corriente se recibió por dicho Alvarez Mera la información ordenada por VE previa citación en forma de los denunciados. Considerando que lo que en este expediente se ventila no es el dominio o propiedad de los citados montes, si no la servidumbre de pastoreo comunal a que los denunciantes manifiestan hallarse muy de antiguo afectos. Considerando, por tanto, que la exhibición de títulos de propiedad por Ramón Boullosa y Francisco Lorenzo, es de todo punto improcedente y a ningún afecto legal conduce. Considerando que aún cuando dicha propiedad se hallase plenamente justificada, en nada se opondría a la servidumbre referida, ni destruiría su legitimidad, por que semejantes cargas no implican negación de aquel derecho, antes bien, van a el anejas con frecuencia. Considerando que el acotamiento total o parcial de los repetidos montes, no es, no puede ser de ningún modo obstáculo al pastoreo y aprovechamiento de los mismos, puesto que tanto valdría poner el respetabilísimo derecho de todos a merced de la ambición desmedida de unos pocos. Considerando por último que los 17 testigos presentados por Benito Rodriguez y Domingo Carracedo afirman, sin discrepancia ni contradiciones, que siempre vieron pastorear los ganados en los montes en cuestión, ejercitandose por los vecinos hace largo tiempo este derecho a ciencia y paciencia de los denunciadores y que tan unánime afirmación tiene un valor legal indubitable y constituye una prueba acabada en favor de los denunciantes. Esta Comisión cree que VE se halla en el caso de declarar el derecho de pastoreo y aprovechamento comunales reclamado por Benito Rodriguez y Domingo Carracedo, expidiendo las órdenes oportunas para que se les mantenga en su pacífica posesión, y libre uso y sea esta providencia fielmente cumplida y acatada por los denunciados. VE, sin embargo, acordará lo que considere más justo. Pontevedra, 26 de octubre de 1869. Cuevas del Valle. Martínez". Y la Diputación acuerda de conformidad con el dictamen de la Comisión. ------ Folla: 152 11. Se dio cuenta del informe evacuado por el ayuntamiento de Covelo, relativamente a la reclamación hecha por los facultativos de aquel distrito, pidiendo el pago de las asignaciones de que están en descubierto. Y se acordó prevenirlo así, puesto que el contrato celebrado debe considerarse vigente, mientras tanto no se presenten médicos que obtengan las plazas que hoy desempeñan los cirujanos reclamantes. ------ Folla: 152 12. Se acordó aprobar la cuenta de gastos de material de la secretaría, correspondiente al mes de septiembre último, importante 108 escudos 796 milésimas. Y Se levantó la sesión. ------

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