Fondos
1870-01-28_Ordinaria. Acta de sesión 1870/01/28_Ordinaria
Acta de sesión 1870/01/28_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.001/2.1870-01-28_Ordinaria
Título Acta de sesión 1870/01/28_Ordinaria
Data(s) 1870-01-28 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 21 1. Se dio cuenta de la dimisión que hace el concejal del ayuntamiento de Tui, D. Manuel Madero y Rodríguez y se acuerda no admitirla, por no ser oportuna la excusa en que la funda y en atención a que la Diputación está satisfecha del celo que por el desempeño de su cargo ha demostrado el concejal dimitente. ------ Folla: 21 2. El alcalde de Vilagarcía de Arousa remite certificación de un acuerdo del ayuntamiento solicitando un comisionado especial que ponga en claro y realice los descubiertos que resultan por los ingresos del presupuesto municipal. Y se acuerda decirle que, siendo incumbencia de los ayuntamientos la administración y representación de los intereses de sus administrados, debe el alcalde dar cuenta al de Vilagarcía de Arousa de los descubiertos, a fin de que acuerde la ejecución contra los deudores, nombrando la persona que deba desempeñar la comisión contra los mismos. ------ Folla: 21 3. Diose cuenta de un oficio del alcalde Ponte Sampaio manifestando que el Juzgado de 1ª Instancia le ha llamado para deponer sobre la forma de la expedición de cédulas de vecindad a varios electores, y que parece trata de exigírsele responsabilidad, por infracción de una ley administrativa, y prohibe facilitar cédula a los mayores de 17 años y menores de 20, y se acuerda solicitar del Juzgado testimonio de las diligencias que instruye contra dicho alcalde para venir en conocimiento del objeto que las motiva. ------ Folla: 21 4. Se aprueba el presupuesto adicional de Sanxenxo, previniéndose que se adicionen en el artículo 2º del capítulo 7º de ingresos los 168 escudos 375 milésimas que este ayuntamiento percibió por el producto de la negociación de un billete hipotecario de la segunda serie. ------ Folla: 21 5. Se acuerda la aprobación del presupuesto adicional del ayuntamiento de Meaño, fijándose los gastos del refundido en la cantidad de 5.662 escudos, 263 milésimas y el de ingresos en 5.433 escudos, 864 milésimas. ------ Folla: 21,22 6. Se dio cuenta de un oficio del alcalde de Vigo, haciendo algunas observaciones a la nota de aprobación del presupuesto adicional al del corriente ejercicio. Y se acuerda decirle que en cuanto a la primera modificación a que se refiere, está fundada en el art. 14 de la Constitución y en el decreto de 11 de agosto mediante que los expedientes de expropiación deben tramitarse por el Gobierno de provincia y Juzgado de 1ª Instancia. Que en cuanto a la segunda, procede también su ejecución, mediante que al formarse el presupuesto refundido, conocía ya el ayuntamiento que el importe del arriendo del arbitrio de puestos de calles y plazas, ascendía sólo a 3.600 escudos y por tanto era esta suma y no la de 4.000 la que debiera haber incluido en dicho documento. Y por último que no habiéndose adicionado por producto de billetes hipotecarios mas que 1.500 escudos 375 milésimas y siendo la cantidad recibida por este concepto la de 1.515 escudos 375 milésimas está en el caso de adicionar la diferencia. ------ Folla: 22 7. Diose cuenta del expediente de expropiación de terrenos ocurrida con motivo del camino de Sanxenxo a Caldas, en el trozo correspondiente al distrito de Meaño, y de lo que manifiesta el director de caminos D. León Uceda, respecto a que en atención a que en el estado en que el actual camino se halla, puede transitarse por él perfectamente, con sólo afirmarlo, ha dejado de verificar la tasa de 3 edificios en la travesía de Deza, importantes en junto 18.475 reales 23 céntimos, por creerlo innecesario. Se acuerda, respecto al primer extremo se devuelva al director indicado el expediente a fin de que procure que los propietarios de las fincas números 2, 46, 91, 99,100, 101, 103, 105, 106, 108 y 109 que no se han conformado con las tasas, pongan su conformidad o expongan en su defecto las razones que tengan para no hacerlo y respecto al segundo extremo, se acuerda se apruebe la variación que tiene por resultado la no tasación de las casas indicadas. ------ Folla: 22 8. Diose cuenta de los nuevos datos reunidos en el expediente instruido para la segregación de las parroquias de As Laxes, Traspielas, Estacas, Fornelos y Calvos, del ayuntamiento de Soutomaior, pedidos por el Excmo. señor Ministro de la Gobernación, a consulta del Consejo de Estado. Y se acuerda confirmar la resolución que sobre este asunto tomó esta corporación en 28-7-1869 respectiva a aprobar la segregación de las parroquias indicadas para formar un ayuntamiento con la denominación de Fornelos elevándose este acuerdo a la superioridad, con los documentos que contienen los datos reclamados. ------ Folla: 22 9. Se acuerda satisfacer la cuenta de material del depositario correspondiente al primer semestre del actual ejercicio económico, importante 141 escudos 350 milésimas. ------ Folla: 22 10. Se acuerda devolver a la administración económica, los antecedentes que existen en esta Diputación, respecto a la interrupción de servidumbres de una dehesa vendida por el Estado, sita en la parroquia de Lores, ayuntamiento de Meaño, denominada Brusa. ------ Folla: 23 11. La Diputación acuerda nombrar en reemplazo de D. Indalecio Armesto para formar parte de la comisión provincial de calificación de aspirantes a la condecoración concedida por la ley de de 1855 [no se especifica día ni mes] a los que tomaron parte en la sublevación de Galicia de 1846, al diputado por esta capital D. Francisco Fernández Anciles. ------ Folla: 23 12. El alcalde de [Pontevedra] esta capital comunica un acuerdo de la corporación que preside tomado a virtud de solicitud de los suprimidos porteros de los ayuntamientos de Alba y Mourente, José Blanco Dios y Jacinto Souto Rodríguez, pidiendo se les ponga a nivel del de Salcedo, en el haber que disfrutan satisfaciéndoles a razón de cuatro reales diarios, y que la corporación municipal indicada acordó tener presente dicha solicitud para el próximo presupuesto ordinario, y que si del que hoy está en ejercicio resultase cantidad sobrante de imprevistos, se les pague a razón del haber que solicitan. Y la Diputación acuerda aprobar esta resolución del citado ayuntamiento. ------
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