Fondos
1870-05-27_Ordinaria. Acta de sesión 1870/05/27_Ordinaria
Acta de sesión 1870/05/27_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.001/2.1870-05-27_Ordinaria
Título Acta de sesión 1870/05/27_Ordinaria
Data(s) 1870-05-27 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 64 1. Vista la instancia de D. Jacinto Valenzuela concejal del ayuntamiento de Vigo solicitando licencia por cuatro meses para restablecer su salud se acuerda concedérsela por un mes y que se comunique alcalde. ------ Folla: 64,65 2. Dado cuenta de una comunicación del señor gobernador trasladando otra del señor alcalde de Vigo en la que participa que en la cárcel de partido se han hecho reparos necesarios para la seguridad de los presos, y que para pagarlas tiene necesidad de hacer una trasferencia de créditos, utilizando la partida consignada en el presupuesto para traslación de los presos que salen a cumplir condena, se acuerda estimarlo de la manera que propone dicho alcalde a quien se advertirá que a lo sucesivo dirija las comunicaciones directamente a la Diputación. ------ Folla: 65 3. Visto el expediente de la competencia suscitada en el Juzgado de 1ª Instancia de Cambados, entre D. Pedro Abalo como representante de D. José Sousa Rocha y D. Manuel Sánchez, vecino de Vilagarcía de Arousa interponiendo aquel el interdicto de nueva obra por creer vulnerados sus derechos en una obra que Sánchez está haciendo en un callejón que le ha vendido el ayuntamiento, resultando que según aparece por el expediente recientemente presentado por Sánchez que éste ha obrado dentro de las condiciones de la venta, cuales son la de dejar expedita la servidumbre de entrada a Rocha construir un caño para dar salida a las aguas y que en la parte enajenada del callejón unir la pared de su finca a la del expresado Rocha lo que favorece notablemente al hornato público, salubridad y decencia, y por consiguiente el interdicto se opone a un acuerdo del ayuntamiento dictado dentro de las facultades que le concede la ley de conformidad con lo dispuesto en la Real Orden de 8-5-1839 y art. 57 de la ley municipal, se acuerda decir al señor gobernador que procede la competencia, avisándolo así al Juzgado para en el caso de insistir en su opinión, remitir el expediente a la superioridad. ------ Folla: 64 Leída el acta de la sesión anterior 29-4-1870, ha sido aprobada (Vicepresidente Quiroga, Alcalde, Anciles, Araujo, Cuevas del Valle, Martínez y Vidal) ------
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Nota