Fondos
1870-09-07_Ordinaria. Acta de sesión 1870/09/07_Ordinaria
Acta de sesión 1870/09/07_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.001/2.1870-09-07_Ordinaria
Título Acta de sesión 1870/09/07_Ordinaria
Data(s) 1870-09-07 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 109,113 [ nota: la fecha de esta acta es dudosa por no estar ordenada con respecto a la anterior ni tampoco con la posterior] 1. Dada cuenta de la circular del Excmo. señor ministro de la gobernación, fecha de 23 de agosto anterior, en la que manifiesta, que sancionadas las leyes provincial, municipal y electoral, cumple al Gobierno adoptar las disposiciones necesarias, a fin de que planteándolas lo más pronto posible, pueda verificarse la elección de diputados provinciales, acompañando a aquella el proyecto de la división de esta provincia en distritos electorales, para que la Diputación informe en el plazo de ocho días cuanto estime oportuno acerca de dicha división, a fin de que las nuevas corporaciones se organicen con estricta sujección a los preceptos que dichas leyes establecen. Esta corporación en vista de los datos estadísticos de la población en la provincia y atendiendo a la mayor cantidad de electores para la emisión del sufragio, acuerda señalar para distritos electorales, en la forma que se expresa, los pueblos que a continuación se designan: Partido de Caldas. Distrito de A Lama?, compuesto de las parroquias del municipio del mismo nombre. Cotobade?, compuesto de las parroquias del ayuntamiento de Cotobade. Caldas, con las del municipio de Caldas y la parroquia de Saians, del de Moraña, y la de Troans del de Cuntis que se agregan a este distrito. Cuntis con los el municipio de Cuntis y Moraña excepto la parroquia de Troáns en el primero y la de Saiáns en el segundo que se segregan para unir al distrito de Caldas. Barro, compuesto de los municipios de Barro y Campo y las parroquias de Romai y Lantaño que se segregan del de Portas. Valga, de los municipios de Valga, Catoira y Saiar y las parroquias de Briallos y Portas que se segregan del municipio de este nombre. Partido de Cambados. Distrito de Vilagarcía de Arousa, compuesto de los municipios de Vilagarcía de Arousa, Vilaxoan y Carril. Distrito de Sanxenxo, de los municipios de Sanxenxo y O Grove y las parroquias de Santa Eulalia de Xil y Simes que se segregan del de Meaño. Distrito de Cambados, compuesto de los municipios de Cambados y Vilanova de Arousa. Distrito de Ribadumia, de los municipios de Ribadumia, Meis y Meaño, excepto las parroquias de Xil y Simes correspondientes a este último que se segregan para unir al distrito de Sanxenxo. Partido de A Cañiza. Distrito de A Cañiza, compuesto de los pueblos del municipio de este nombre. Distrito de Covelo, compuesto de los pueblos del ayuntamiento del mismo nombre. Distrito de Arbo, que se compone de los municipios de Arbo y Crecente. Partido de A Estrada. Distrito de este nombre, compuesto de las parroquias de Baloira, S. Salvador, Barcala, S. Miguel, Barcala S. Mariña, Vea S. Xulian, Vea S. Cristina, Bea San Xurxo, Bea San Andrés, Couso Santa María, Cora San Miguel, Frades S. Mariña, Santelles S. Xoan, Toedo S. Pedro, Barbude S. Martiño, Moreira S. Miguel, Aguións S. María, Callobre S. Martiño, Guimarei S. Xulian, Lagartóns S. Estevo, Figueiroa, S. Pelaio, Matalobos, S. Eulalia, Ouzande S. Lourenzo, Tabeirós Santiago, Parada S. Pedro y Somoza S. André, pertenecientes todas al ayuntamiento de A Estrada. Distrito de Forcarei, compuesto con todas las parroquias del municipio del mismo nombre y las de Lamas San Verísimo, Pardemarín S. Eulalia, Liripio S. Xoan y Ribela S. María, que corresponden a A Estrada. Distrito de Cerdedo que se compone de las parroquias del ayuntamiento de este nombre y las de Codeseda S. Xurxo, Sabucedo S. Lourezo, Souto S. Andrés y Arca S. Miguel del de Estrada. Distrito de O Foxo formado con el resto del ayuntamiento de A Estrada, compuesto de las parroquias de Agar S. Mariña, Ancorados S. Pedro, Ancorados S. Tomé, Arnois S. Xulián, Berres S. Vicenzo, Castro S. Miguel, Loimil S. María, Oca S. Estevo, Olives S. María, Orazo S. Pedro, Remesar S. Cristovo, Riobo S. Martiño, Rubin S. María, Cereixo S. Xurxo, Vinseiro S. Cristina, Ribeira S. Mariña, Paradela S. María y Curantes S. Miguel. Partido de Pontevedra. Distrito de Pontevedra compuesto de los pueblos del municipio de Pontevedra y las parroquias de Alba, Lérez y Cerponzóns que antes pertenecían al extinguido ayuntamiento de Alba. Distrito de Marín. Todo el municipio de Marín y la parroquia de Lourizán perteneciente al suprimido ayuntamiento de Salcedo. Distrito de Xeve. Todo el municipio de Xeve y la parroquia de Campañó del suprimido ayuntamiento de Alba. Distrito de Vilaboa. Todo el municipio de este nombre y las parroquias de Salcedo, Bora, Tomeza, Marcón y Mourente, pertenecientes la primera al suprimido ayuntamiento de Salcedo y las cuatro últimas al de Mourente, también extinguido. Distrito de Ponte Caldelas, compuesto de los municipios de Ponte Caldelas y Ponte Sampaio. Distrito de Bueu, compuesto del municipio de Bueu, excepto las parroquias de Beluso y O Hío, agregándole la población íntegra del ayuntamiento de Meira. Distrito de Cangas, que se compone del municipio de Cangas y las parroquias de Beluso y O Hío, segregados del de Bueu. Partido de Ponteareas. Distrito de Ponteareas, compuesto del municipio de este nombre excepto las parroquias de Guillade, Cumiar, Celeiros, Fontenla, Arcos, Moreira, Oliveira San Lourenzo, Oliveira San Martiño y Oliveira Santiago que se segregan para unir al distrito de Setados. Distrito de Fornelos, compuesto de los municipios de Fornelos, Soutomaior y Borbén. Distrito de Setados, compuesto del municipio de este nombre y las parroquias de Guillade, Cumiar, Celeiros, Fontenla, Arcos, Moreira, Oliveira San Lourenzo, Oliveira San Martiño y Oliveira Santiago segregadas del ayuntamiento de Ponteareas. Distrito de Mondariz, compuesto del ayuntamiento de este nombre. Distrito de Salvaterra, compuesto del ayuntamiento de Salvaterra. Partido de Lalín. Distrito de Lalín, compuesto del ayuntamiento de Lalín con exclusión de las parroquias que se segregan para añadir al distrito de Agolada según se refiere a continuación. Distrito de Agolada, se compone de las parroquias que forman este ayuntamiento y las de Alemparte, Alperiz, Albarellos, Castro, Cadrón, Muimenta, Cangas, Rodís, Palio, Galegos, Camposancos, Cercio, Val, O Cello, Palmou, Parada, Fontecabalos, Bermés, y Erbo, segregadas del ayuntamiento de Lalín. Distrito de Dozón. Este distrito se forma con todas la parroquias del mismo ayuntamiento y las del de Rodeiro. Distrito de Silleda, se forma con las parroquias que componen el ayuntamiento, excepto las que se segregan para añadir al de Carbia. Distrito de Carbia, formado con las parroquias de este municipio, y con las segregadas al de Silleda que son Carboeiro, Ancemil, Alemparte, Pazos y Manduas. Partido de Tui. Distrito de Tui, compuesto de todo el municipio de Tui excepto las parroquias de Guillarei y Paramos que se segregan para unirse al de Salceda. Distrito de A Guarda, los municipios íntegros de A Guarda y Oia. Distrito de O Rosal, compuesto del ayuntamiento de este nombre y las parroquias de Goián y Figueiró, segregadas del de Tomiño. Distrito de Tomiño, todo el distrito municipal de Tomiño excepto las parroquias de Goián y Figueiró que se segregan para unir al distrito de O Rosal. Distrito de Salceda, compuesto del municipio de Salceda y las parroquias de Guillarei, Paramos, San Salvador de Budiño, Atios, Chenlo y Mosende segregadas las dos primeras des distrito municipal de Tui y las cuatro últimas del de O Porriño. Distrito de Mos. Todo el distrito municipal de Mos y las parroquias de O Porriño, Pontellas y Torneiros, segregadas del de O Porriño. Partido de Vigo. Distrito de Vigo. se compone del municipio de Vigo, excepto las parroquias de Freixeiro y Castrelos, que se segregan para unir al distrito de Bouzas. Distrito de Bouzas. Compuesto de los pueblos del municipio de Bouzas y las parroquias de Freixeiro, Castrelo y Valladares que se segregan las dos primeras del municipio de Vigo y la última de Lavadores. Distrito de Gondomar. Compuesto del municipio de este nombre y la parroquia de Camos, que se segrega del de Nigrán. Distrito de Baiona. Se compone de los pueblos del municipio de Baiona y los de Nigrán excepto la parroquia de Camos que se agrega al distrito de Gondomar. Distrito de Redondela, compuesto del municipio de este nombre. Distrito de Lavadores, compuesto del municipio del mismo nombre, excepto la parroquia de Valladares, que se segrega para unir al distrito de Bouzas. ------ Folla: 109 Leída el acta de la sesión anterior, fue aprobada. (Vicepresidente José Quiroga, Alcalde, Anciles, Araujo, Cuevas del Valle, Martínez, Pazos, Vidal). ------
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