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Acta de sesión 1870/10/27_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.001/2.1870-10-27_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1870/10/27_Ordinaria

  • Data(s) 1870-10-27 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 123 1. Vista la reclamación de D. Antonio Paniceira y Caballero ayudante de marina de Vilagarcía de Arousa, quejándose de que le han comprendido para el pago de los impuestos municipales y resultando que este interesado ha sido comprendido en justicia y por lo que legítimamente le corresponde, la Diputación acuerda desestimar dicha instancia y que se comunique al ayuntamiento. ------ Folla: 123 2. La Diputación acuerda que con cargo a la partida de imprevistos, se abonen 50 pesetas a D. Antonio José dos Reyes por 20 ejemplares de la obra titulada "Glorias de Pontevedra". ------ Folla: 123 3. Enterada de la comunicación de 28-9-1870 del señor gobernador a la que acompaña el expediente instruído por el ayuntamiento de Vigo con objeto de levantar un empréstito con destino a la creación de un instituto o colegio de segunda enseñanza en dicha ciudad y considerando que el empréstito de que se trata es municipal y por lo mismo no tiene aplicación a este caso el párrafo 9º del art. 17 de la ley provincial, acuerda que así se participe al señor gobernador con devolución del expediente. ------ Folla: 124 4. Dado cuenta de la instancia producida por los tablajeros de Vigo en queja del arbitrio sobre degüello de reses y visto lo informado por el ayuntamiento; de conformidad con lo opinado por dicha corporación, se acuerda desestimar por injusta e imprertinente la solicitud de los tablajeros, procediéndose a la exacción de derechos de degüello desde primero de julio último. ------ Folla: 124 5. Enterada de la solicitud de José Paton y otros taberneros de Vigo, la Diputación de conformidad con el dictamen del ayuntamiento, desestima la pretensión de los taberneros mandando que se exija el arbitrio de 40 reales sobre pipa de vino. ------ Folla: 124 6. Vista la instancia de D. José Bajer solicitando licencia por dos meses para ocuparse de asuntos de su servicio y resultando que este concejal de Vilagarcía de Arousa no ha asistido a ninguna sesión desde que es concejal, solicitando siempre licencias temporales y siendo esto altamente reprensible, no ha lugar a lo que pretende y prevéngase al alcalde lo estreche por los medios legales a cumplir el cargo. ------ Folla: 124 7. Dado cuenta de la comunicación del alcalde de Vilanova de Arousa, participando que le asiste incompatibilidad para censurar las cuentas de los cuatro últimos años y visto que este asunto se halla resuelto en 27-5-1870, se acuerda que por contestación se reproduzca la comunicación que por conducto del señor gobernador se pasó en 10 de junio. ------ Folla: 124 8. Enterada de la solicitud de D. Simón Santos Rey, depositario del ayuntamiento de Arbo, solicitando que D. Manuel Quintela y los demás concejales les satisfagan las cantidades que por ellos ha suplido para pago de dietas devengadas por varios comisionados de apremio, y siendo este asunto de índole judicial sin que nada ataña a la administración, no ha lugar a lo que solicita. ------ Folla: 124,125 9. Se ha enterado la Diputación de un expediente instruído en el ayuntamiento de Baiona sobre venta de una casa y parte de un almacén de la beneficencia de aquel distrito y resultando que la expresada finca no produce utilidad alguna al municipio, acuerda autorizar la venta de dichas propiedades por medio de subasta pública y que sus productos se impongan en efectos del Estado o del modo que el ayuntamiento considere más oportuno. ------ Folla: 125 10. En vista de las razones emitidas por el ayuntamiento de Marín, la Diputación desestima la solicitud de Don Manuel Arrufana y otros fomentadores que se quejan del reparto para gastos municipales y provinciales, toda vez que no es justo ni conforme a razón que las fábricas que pertenecen a otros satisfagan iguales derechos que las que pertenecen en propiedad a los mismos que las utilizan. ------ Folla: 125 11. Se ha dado cuenta de una instancia de D. José Rocafort y otros fomentadores del distrito de Marín quejándose de agravio por la cuota que se les impuso para gastos municipales y resultando que en este punto ha cumplido el servicio el ayuntamiento con legalidad y exactitud, la Diputación desestima la pretensión de dichos sujetos. ------ Folla: 125 12. Vista una instancia de D. Antonio Fernández Cordero y otros comerciantes del distrito de Marín quejándose de agravio por la cuota que se les impuso para gastos municipales, y resultando en este repartimiento no se ha tenido presente lo que previene la instrucción, la Diputación acuerda prevenir a la junta municipal se atenga a las disposiciones del artículo 40 de la instrucción. ------ Folla: 125 13. Enterada de la instancia de D. Angel Casas, vecino de Marín en queja de agravio por la base que ha tenido presente el ayuntamiento para repartir el impuesto de gastos municipales y siendo como es exacto que el ayuntamiento se atuvo a la instrucción de 20 de abril último, la Diputación desestima la solicitud del indicado sujeto. ------ Folla: 125 14. A petición del señor Cuevas, se acordó facilitarle un certificado de la exposición, decreto y testimonio que obra en el expediente sobre capitación instruído a instancia de D. Juan Cobián en el cual consta la vecindad [Santiago] de este señor. ------ Folla: 126 15. Vista la cuenta de los gastos ocasionados en la habitación destinada a recepción de quintos, importante 1.166 pesetas, 50 céntimos, la Diputación la aprueba y acuerda que se pase a la ordenación de pagos para que por su importe expida el oportuno libramiento con cargo al capítulo 1º artículo del presupuesto vigente. ------ Folla: 126 16. Vista una comunicación de la Junta Provincial de 1ª Enseñanza [nota: figura "instancia"] manifestando que en el ayuntamiento de Soutomaior se han rebajado las dotaciones de los maestro faltando así a los preceptos de la ley que hacen obligatorio este servicio por la cantidad consignada en las oposiciones, y considerando que los gastos de personal y material de escuelas no pueden rebajarse ni hacerse en ellos alteración alguna, la Diputación acuerda que el importe de esta atención sea igual a lo que venía siendo en años anteriores, lo que se comunicará al ayuntamiento. ------ Folla: 126 17. Siendo de mucha importancia para esta corporación la obra titulada "Tesoro de la Administración municipal y provincial" acuerda suscribirse por cuatro ejemplares y que se haga el pedido inmediatamente cuyo importe se abonará con cargo al capítulo de imprevistos. ------ Folla: 123 Leída el acta de la sesión anterior, ha sido aprobada. (Quiroga Vicepresidente, Alcalde, Anciles, Araujo, Cuevas del Valle y Martínez) ------

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