Fondos
1870-08-25_Nocturna. Acta de sesión 1870/08/25_Nocturna
Acta de sesión 1870/08/25_Nocturna
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.001/2.1870-08-25_Nocturna
Título Acta de sesión 1870/08/25_Nocturna
Data(s) 1870-08-25 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 83 1. Visto el proyecto de las obras que deben ejecutarse en el camino que desde el puente de Riobó conduce a empalmar con la carretera de Santiago, se aprueba y se acuerda comunicarlo al ayuntamiento de A Estrada. ------ Folla: 83 2. Dado cuenta de una solicitud del párroco de Cabral en el distrito de Lavadores en queja de agravios en el repartimiento para gastos provinciales y municipales y resultando que la cuota imponible está arreglada a la ley, la Diputación desestima la pretensión del párroco según lo propone. ------ Folla: 83 3. Vistos los presupuestos de 1870-1871 de los ayuntamientos de Gondomar y Vilaxoan, se aprueban en los términos propuestos por la sección. ------ Folla: 83 4. Enterada de la queja de agravios producida por D. Manuel Ballesteros Gil, párroco de Saiar, y resultando que se le ha comprendido en el reparto de los productos eventuales de su ministerio, difíciles sino imposibles de calcular, y tomando en cuenta las razones emitidas por la sección, se reduce el importe de los conceptos imponibles a 415 escudos. ------ Folla: 84 5. Se dió cuenta del expediente instruído a instancia de D. José Tomé, vecino de Sacos en el distrito de Cotobade, sobre apropiación de terreno comunal, y resultando que pasa de 25 años que hizo el acotamiento de terreno habiendo estado en pacífica posesión todo este tiempo. Considerando que el terreno poco o nada producía antes del acotamiento y que los vecinos tienen montes comunales suficientes a satisfacer sus necesidades, se acuerda concederle a propiedad el mismo terreno bajo la condición de satisfacer anualmente al distrito el 3% del valor líquido de la finca calculado por el tasador en 687 pesetas 50 céntimos y que en este concepto se otorgue la escritura de venta de la cual se tomará razón en el Registro de la Propiedad, ofreciéndose al efecto lo conveniente al alcalde. Se levantó la sesión. ------ Folla: 83 Leída el acta de la sesión anterior, se aprueba. (Vicepresidente José Quiroga, Anciles, Araujo, Cuevas, Martínez, Pazos y Vidal). ------
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Nota