ATOPO
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Acta de sesión 1871/01/23_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.001/3.1871-01-23_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1871/01/23_Ordinaria

  • Data(s) 1871-01-23 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 3 1. Leída el acta de la sesión anterior fue aprobada. (Quiroga vicepresidente. Anciles, Cuevas del Valle, Martínez y Vidal.) ------ Folla: 3 2. Enterada de una exposición de D. Juan Avendaño y otros concejales del ayuntamiento de Caldas de Reis quejándose del alcalde porque convocó a una reunión extraordinaria sin expresar el objeto y porque personas extrañas tenían parte en las discusiones, estando además el Ayuntamiento servido por un secretario interino cuyo anuncio de la vacante también reclama. En su vista y considerando que no pueden adoptarse medidas enérgicas en el período electoral; considerando que es ilegal toda sesión extraordinaria en que pongan al despacho negocios de los cuales no se hace mérito en la convocatoria (art. 62). Considerando que es atentatorio a los fueros del municipio el que personas extrañas a la Corporación tomen una parte activa en las discusiones: Considerando que en las actas debe insertarse los de cuanto conduzca a ilustrar las cuestiones, no debe en ningún caso omitirse proposición o indicación que al efecto se haga por los que tienen derecho a tomar parte en la sesión. Considerando que servida interinamente la secretaría es siempre perjudicial al Ayuntamiento según así se lo consignó en acta de octubre último, la Diputación acuerda se diga al alcalde que siempre que convoque a sesión extraordinaria exprese los asuntos que ha de tratarse; que por ningún concepto permita ni tolere que extraños a la Corporación tomen una parte directa o indirecta por mas que siendo esta pública no les impida la asistencia a ella, procurando que en las actas se inserten las proposiciones atinentes que se hagan toda vez son la historia de cuanto ocurra, por último que para el día 06/02 próximo se anuncie en la Gaceta y BOP la vacante de la secretaría; y en el caso de que no se cumpla contó va dispuesto se adoptaron las providencias convenientes cuando sea oportuno. ------ Folla: 3 3. Vista la cuenta de gastos de material de la secretaría correspondiente al mes de diciembre último de la que resulta un salto de 1.102 pesetas 23 céntimos, se acuerda aprobada y que por el importe del saldo se expida libramiento con cargo a la partida de imprevistos cuando haya fondos disponibles, toda vez que no es conveniente ni decente que se estén debiendo artículos que han venido ya para la Diputación. ------ Folla: 3,4 4. Enterada de una instancia producida por Isidro Martínez vecino de Mourente quejándose de que con motivo de la construcción de la carretera de esta capital [Pontevedra] a A Seca se perjudican sus propiedades sin que puedan entrar y salir en ellas por falto de las rampas convenientes. Y visto lo informado por el director, se acuerda que se ponga libre expedita la vía y que se construyan las rampas a fin de que en las obras que luego deben ejecutarse no sean perjudicados los propietarios. ------ Folla: 4 5. Vista la instancia de D. José Domínguez arrendatario de los arbitrios provinciales y municipales de Caldas de Reis, en la que solicita la rescisión del contrato mediante a que no puede recaudar por haberse prohibido el reconocimiento y aforos en las casas en que se introducen artículos de consumos. Considerando que las prohibiciones hechas por el Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación con posterioridad al arriendo son perjudiciales al arrendatario que no puede cobrar los derechos que arrenda: Considerando que por igual motivo y razones se rebajó una tercera parte al arrendatario de aceites y aguardientes siendo igual el pliego de condiciones: Considerando que es un principio de derecho que ambas partes han de cumplir lo estipulado, la Diputación acuerda declarar rescindido el contrato con tal de que la Junta municipal no halle términos hábiles para rebajar la cantidad del arriendo a medida que son los perjuicios calculados al arrendatario. ------ Folla: 4 6. Enterada de la reclamación que Ramón Méndez Carbajal vecino del distrito de Meaño hace para que el ayuntamiento le permita continuar en el cierre de una propiedad que ha adquirido en la parroquia de Simes: Considerando que según manifiesta el Ayuntamiento se perjudica notablemente el servicio público con el cierre de la finca por cuanto se angosta el servicio de carro a que tienen derecho los vecinos, cogiendo además un camino de servicio público. Considerando que el interesado se ha aquietado con la providencia del Ayuntamiento dejando transcurrir el término que contra la providencia gubernativa le concede la ley, la Diputación acuerda confirmar el acuerdo del Ayuntamiento y que se comunique esta resolución. ------ Folla: 4 8. Vista la comunicación del Sr. gobernador en la cual consulta quien debe hacer el nombramiento de celadores de dehesas de común y resultando que el ingeniero de montes manifiesta que estos nombramientos deben hacerse por el Sr. gobernador: Considerando que no está bastante clara la legislación del ramo no solo para saber a quien corresponde dicho nombramiento sino también para averiguar si debe haber tales empleados y en su caso si han de ser retribuidos o si por ellos se hallen exentos de otras cargas, la Diputación acuerda que se eleve una consulta al Excmo. Sr. Ministro de Fomento. ------ Folla: 4 9. Enterada de las cuentas municipales del ayuntamiento de Lavadores de los años 1866-1867 y 1867-1868, 1868-1869 y 1869-1870 se acuerda aprobar toda vez ningún reparo han ofrecido. 10. Se apunta también las cuentas de Agolada de los años de 1865-1866, 1866-1867 y 1867-1868 porque tampoco ofrecen reparos. ------ Folla: 3 1. Visto el expediente de deslinde los montes comunes de las parroquias de Chapela, Trasmañó y Canden de los ayuntamientos de Redondela y Lavadores practicado por el ingeniero del ramo con el objeto de evitar las continuas contiendas que venían sucediéndose con motivo de la oscuridad de mojones y demás señales que determinasen los límites de aquellos: Considerando que por falta de avenencia de los vecinos ha tenido que deslindarse por la parte oficial la que propone que se practique desde el punto de Pedras Negras a la fuente de Bebedoiro, y de este pasando por el punto mas elevado que se halla entre Pedrouzos y Pedracabalza al coto Ferreiros donde termina, y la Diputación aprueba el deslinde tal como lo propone el ingeniero lo que se comunique con devolución del expediente al sr. gobernador, y sin perjuicio de recurso. ------ Folla: 4 7. Visto que el ayuntamiento de Bueu ha satisfecho las obras del cementerio por las que se le ha preguntado, acuerda la Diputación que se archive el expediente. ------

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