ATOPO
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Acta de sesión 1880/08/31_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.003/1.1880-08-31_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1880/08/31_Ordinaria

  • Data(s) 1880-08-31 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 31 1. Leída el acta de la sesión última, dijo Carballido que en ella se había padecido una omisión, toda vez que en la exposición del ayuntamiento de Mondaríz, no sólo se pide la reparación o construcción del camino que se dirige a la fuente de Troncoso, sino también el que conduce a la cabeza de distrito, con esta adición se aprobó el acta. Como este asunto, osea la exposión del ayuntamiento de Mondariz, quedó sin votar en la sesión última por falta de suficiente número de 3 diputados, Carballido pidió que se resolviese definitivamente, puesto que los caminos de que se trata son convenientes, no sólo para el distrito, sino también para el público. Mugartegui le contestó diciendo que no puede alterarse el orden numérico señalado en el plan general de las carreteras provinciales, y que por lo tanto se oponía a que se hiciese obra alguna hasta que le tocase el turno a la carretera número 6 que es de la que se trata. Carballido manifestó que la reparación y construcción de las pequeñas vías de que ha hecho mérito, no alteran nada dicho orden, tanto más, cuento que está llamada la carretera número 6 a su estudio. Besada dijo que aprobado el plan de carreteras, se acordó que se consignase en presupuesto la partida precisa para 3, principiando por el número 1º, y siguiendo así correlativamente hasta la última, y no estando comprendida hasta ahora cantidad alguna en presupuesto, para la nº 6, que no puede hacerse obra alguna en ella en pequeña, nimucha parte, por más que el acuerdo de 6 de noviembre último, disponga que se proceda a su estudio; que si se quiere que se hagan esta y otras carreteras, que se formule una proposición pidiendo que se contraiga un empréstito. Neira, manifestó que si bien en otra sesión, pidió que se procediese a reparar o construir un bacheo hasta la fuente de Troncoso, que lo hiciera por que ignoraba en aquel momento que no podía alterarse el orden de las carreteras; pero que tratándose de sólo una pequeña parte de dicha vía, consideraba que podía concederse alguna subvención para estas obras. Rectificó Carballido y pidió que se leyese el acta de la sesión de 4 de noviembre, como así se ha hecho en el acto. Y se acordó que para la recomposición y ensanche de la vía desde la carretera hasta la fuente de Troncoso, se subvencionen dichas obras por la provincia con 1.500 pesetas, y que se comuniquen las órdenes convenientes al ingeniero jefe, para que dicha vía esté utilizable para la venidera temporada de tomar las aguas. En este estado, a petición de Carballido se acuerda aplazar la discusión de lo solicitado por el Ayuntamiento hasta otra ocasión. ------ Folla: 31,32 2. Dado cuenta del dictamen emitido por los vocales de la Comisión Provincial, a la que se mandara pasar el expediente y estatutos de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad, se acuerda de conformidad con el mismo, que se proceda a la instalación de dicha Caja y Monte de Piedad en los términos siguientes: 1º que a calidad de reintegro y con cargo al capítulo de imprevistos, se faciliten a dichos establecimientos la cantidad que precise para gastos de material de instalación y alquiler del local. 2º se autoriza al vicepresidente de la Comisión Provincial para que, oyendo al secretario de la Corporación, designe los empleados que provisionalmente hayan de prestar sus servicios para que funcionen dichos establecimientos, interin que los rendimientos o utilidades del último no le permiten tener vida propia, pagando los empleados que necesiten y sufragando los demás gastos que su sostenimiento exija. 3º se autoriza a la ordenación de pagos para que, a calidad de reintegro y cuando las atenciones del presupuesto lo permitan, facilite a la Caja de Ahorros el capital que en las eventualidades de falta de fondos y afluencia de empeño en el Monte de Piedad, pueda necesitar durante los 2 primeros años de su instalación no pudiendo exceder dicho anticipo de 25.000 pesetas; entendiéndose en el 1º año, sin interés alguno y fijándose en los 2 siguientes, el que la Diputación Provincial o Comisión [Provincial] Asociada considere precedente, según el estado más o menos próspero, en que dichos establecimientos se encuentren. A fin de dar cumplimiento a lo que dispone el art. 2 de los Estatutos de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad sobre nombramiento de las personas de que debe componerse la Junta de Gobierno además del presidente y vicepresidente, que lo son el gobernador civil y el vicepresidente de la Comisión Provincial, se elegieron nominadores a los señores Mugartegui y Besada, quienes después de retirarse un momento del salón, propusieron y la Corporación aceptó a los señores siguientes: Diputados provinciales: Candido Landa Perez, Ramón Romero Lopez y José Quiroga Propietarios: Francisco Riestra, Eduardo Patiño, Valentín García Escudero y Benito Limeses Industriales: Antonio Vazquez Limeses, Ramón Vazquez Garza, Juan Ramón Lopez Cubillo y Sebastián Mariño. ------ Folla: 32 3. Con el fin de solemnizar el próximo natalicio del Príncipe o Infanta que dé a luz SM la Reina (que Dios guarde) acuerda la Diputación que a los hospicios de Pontevedra, Vigo y Tui, se le entreguen a cada uno, con cargo a la partida de imprevistos 1.000 pesetas. Con igual motivo se acuerda, de conformidad con lo propuesto por el gobernador: 1º que se abra la Caja de Ahorros, imponiendo 250 pesetas para cada uno de los varones o hembras pobres que nazcan el mismo día del alumbramiento de SM la Reina, sino excedieron de 11, procurando que se otorgue esta gracia de modo que corresponda uno por cada partido judicial. 2º si el número fuese mayor de 1 en cada partido, se sorteará entre ellos cual deba ser el agraciado. 3º en el caso de que no ocurriera nacimiento alguno en dicho día se hará la imposición a favor del que más se aproxime a la hora en que haya nacido el Príncipe o Infanta. 4º las imposiciones con su réditos, se entregaran a los interesados o personas que legalmente corresponda, al cumplir la edad de 20 años, o anes si contrajesen matrimonio; y 5º se entiende por pobres para los efectos de este acuerdo, aquel cuyos padres no paguen por contribución territorial de subsidio, mayor cantidad que la de 1 peseta. ------ Folla: 33 4. Dado cuenta de una comunicación del gobernador de esta fecha en la que manifiesta que, deseando que llegue a plantearse en el Instituto Provincial una Escuela de Arte y Oficios a fin de poner a nuestros operarios al nivel de los conocimientos que tienen los de otros países, y que dominado por esta idea la inició y consultó con los sujetos competentes que menciona, considerando que pudiera plantearse al principio del próximo curso académico, si esta Corporación le presta como lo espera su eficaz ayuda con cuyo objeto hace una reseña de los gastos que puede causar dicha Escuela en los primeros años, que serán mayores por que hay que dotarla del material preciso; pero que sin embargo no se encontrará colocación más provechosa y reproductiva que esta, para las gastos que llegue a ocasionar, calculando que con 5.000 pesetas para gratificación a 5 profesores, dotación de un mozo o portero, gastos de alumbrado y adquisición de modelos de artes mecánicas y experimentos físicos, reparación del local y otros, hay suficiente con esta cantidad la Diputación acepta y aprueba en principio la indicación y acuerda que pase a informe de la Comisión Provincial, a fin de que después sea resuelto por la asociada de diputados residentes en Pontevedra. ------ Folla: 33 5. Queda enterada la Diputación de una comunicación del arquitecto municipal de Vigo, Justino Florez de 13 de agosto último, en la que significa que acepta la proposición que le ha hecho Lopez de Neira en nombre de la Corporación, dándose por satisfecho de la remuneración de sus trabajos empleados en la confección del plano de un Palacio Provincial por la cantidad de 3.000 pesetas y acuerda que se pague con cargo al capítulo de imprevistos; y toda vez en este asunto ha desplegado un laudable celo Antonio López de Neira, procurando desempeñarlo con acierto y economía, acuerda también que se le dé un voto de gracias. ------ Folla: 33 ,34 6. De conformidad con la siguiente proposición de los señores Lopez de Neira, Seijas Pardo y Cea sobre mejoramiento de la 3ª y 4ª curvas del camino de Peniche a Bouzas, se acuerda que se oficie al ingeniero jefe de caminos provinciales para que se sustituyan dichas curvas con una alineación recta que permita establecer las edificaciones proyectadas. La proposición aprobada es como sigue: "Los diputados que suscriben, apesar de reconocer que el trazado del camino provincial en construcción de Peniche a Bouzas fue bien estudiado, por que en el se ha procurado obtener la mayor economía posible en la expropiación aprovechando para ello el ancho del antiguo camino creen que aquel es susceptible de una ligera modificación que tiene por único objeto mejorar el aspecto delcamino en la parte correspondiente a la 3ª y 4ª curvas, sustituyendo estas por una alineación recta que permita establecer las edificaciones para allí proyectadas, de un modo tal que las líneas que se establezcan vengan a embellecer el arranque del citado camino que por su proximidad a Vigo, viene a formar la continuación de una calle de los extramuros de la ciudad. Por estas consideraciones propone a la Diputación Provincial se sirva acordar que se ordene al ingeniero jefe de caminos provinciales el estudio de dicha modificación y la ejecución de ella, toda vez que el aumento de coste que pueda ocasionar, no podrá exceder en mucho de unas 1.500 pesetas. Palacio provincial de Pontevedra. 31 de agosto de 1880, Antonio López de Neira, Benito Seijas Pardo, Eduardo Cea." ------ Folla: 34 7. A la moción verbal hecha por Mugartegui, se acuerda que se proponga para una Cruz de Carlos III libre de gastos a Navalón, director del Colegio de sordomudos y ciegos que costean las 4 provincias de Galicia por los notables adelantos de los alumnos que ha presentado en la Exposición Regional. ------ Folla: 34 8. Dada cuenta de una exposición de Octavio Lois Amado, vecino de Pontevedra, solicitando que esta Corporación se suscriba a la Guía Fotográfica de Pontevedra por el número de ejemplares que considere justo, cuyo coste es el de 1 peseta ejemplar, se acuerda suscribirse por 250 ejemplares con cargo a la partida de imprevistos. ------ Folla: 34 9. Igualmente se ha dado cuenta de otra solicitud de Nicolas Taboada y Fernandez, natural de Vigo y residente en la actualidad en Madrid, solicitando que la Diputación se suscriba por el número de ejemplares del poema histórico que lleva por título La Reconquista de Vigo, que esta Corporación considera conveniente en el caso de no preferir subvencionarle con 500 pesetas, la Diputación opta por el 1º extremo, suscribiéndose por 250 ejemplares al precio de peseta cada uno, que se pagarán del capítulo de imprevistos. ------ Folla: 34 10. Ha sido aprobada por unanimidad la siguiente proposición de los señores Mugartegui, Romero y Casal, para que se dé un voto de gracias a Feliberto Abelardo Diaz gobernador civil de la provincia por el interés y constancia con que ha llevado a cabo el pensamiento de la exposición regional y por la creación de la Sociedad de Juegos Florales. La proposición dice así: "Los diputados que suscriben, tienen el honor de proponer a la Corporación, se sirva acordar un unánime voto de gracias a Filiberto Abelardo Diaz, gobernador civil de la provincia por el interés y constancia con que ha sido exclusivo iniciados, enalteciendo así el buen nombre de esta provincial. Proponen también se haga extensión dicho voto de gracias por la creación de la sociedad de juegos florales, cuya 1ª sesión anuncia un porvenir lisonjero a las sucesivas que aquella haya de celebrar. Palacio de sesiones 31 de agosto de 1880, Mugartegui, Romero Tomás Casal." ------ Folla: 34,35 11. Dado cuenta de una comunicación de 14 de junio último, del jefe de los trabajos estadísticos de la Provincia manifestando que a consecuencia de la complicación de trabajos, no ha sido posible terminarlos dentro del año, y en su consecuencia pide que para últimar los se adicione en el próximo presupuesto el sobrante de la cantidad destinada a este objeto: Visto el informe de la Contaduría, expresando no ser posible incluirla en dicho presupuesto por hallarse pendiente de la autorización superior, ni tampoco continuar pagando con fondos del presupuesto vigente, osea el de 1880 a 1881, por que los créditos incluidos en el mismo, caducaron en 30 de junio, pero como exista un remanente de 4.018 pesetas 65 céntimos, por más que de ella no pueda echarse mano, propone que podrá acordarse que las atenciones del personal y material que hayan de pagarse desde 1º de julio último, se libren con cargo al capítulo de imprevistos. La Diputación acuerda, de conformidad con lo propuesto por la Contaduría, que se abonen de dicho capítulo, así como el presupuesto de gastos de material que se acompaña, importante 67 pesetas 75 céntimos. ------ Folla: 35 12. Visto que no se han hecho proposiciones para contratar las obras adicionales a las del pontón de A Xunqueira en el distrito de Gondomar, según asi se hace constar por un certificado expedido por el secretario del ayuntamiento, cuya Corporación propone que se añadan 837 pesetas 82 céntimos, osea el 15% sobre la cantidad de 5.585 pesetas 53 céntimos del presupuesto, la Diputación tomando su cuenta las razones emitidas por la contaduría, acuerda que se aumente dicha cantidad, como lo pide el ayuntamiento y la subasta sea doble ante este y la Diputación provincial, a cuyo efecto remitirá una copia del presupuesto, pliego de condiciones y demás que corresponda. ------ Folla: 35 13. De conformidad con lo propuesto por el ingeniero jefe y negociado, se aprueba la liquidación de acopios para la reparación de la sección de A Estrada a Ponte Vea correspondiente a la carretera provincial de Vilapouca a Ponte Vea [EP III] y se acuerda que pase el expediente a la ordenación de pagos para que se expida el correspondiente libramiento por valor de 263 pesetas 35 céntimos que importa el saldo al favor del corriente. ------ Folla: 35 14. Solicita el ayuntamiento de Redondela que por cuenta de los fondos provinciales se ponga un peón caminero en el camino vecinal, cuyo limites son las parroquias de Redondela y Amoedo. Y la Diputación acuerda que la comunicación del ayuntamiento de 29 del corriente pase a informe del ingeniero jefe. ------ Folla: 35 15. Dado cuenta de una comunicación del presidencia de la Sociedad de Juegos Florales de Pontevedra, su fecha 30 del actual, manifestando que habiéndose concedido 500 pesetas para cooperar con sus premios a la celebración de estos juegos, se han encargado los 3 que se mencionan (lira de oro y plara, el estandarte y la Rosa de plata y oro) que en junto costaron 607 pesetas 12 céntimos y ruega que por cuenta de los fondos provinciales se abone el pequeño saldo que resulta de 107 pesetas 12 céntimos. Y así se estimó por la Corporación provincial. A propuesta del gobernador presidente de la sociedad de juegos florales, se acuerda que se dé un voto de gracias a las señoritas Sainz, por haber bordado el estandarte sin remuneración por su trabajo. ------ Folla: 36 16. De conformidad con lo propuesto por el ingeniero jefe y negociado, se acuerda aprobar el presupuesto adicional de las obras necesarias para la terminación de la sección del puente de Riobó a Oca, correspondiente al camino de Callobre a Ponte Ledesma, cuyo importe asciende a 4.695 pesetas 35 céntimos, pasando el expediente al ingeniero jefe, para los efectos correspondientes. ------ Folla: 36 17. Debiendo celebrarse dobles subastas en Madrid y esta capital ante el director general de Obras Públicas y gobernador civil de la Provincia de las obras de Vilapouca a Ponte Vea (trozo 6º y 7º) se acuerda señalar para las subastas el día 25 de octubre próximo, a la hora de una de la tarde esta, y de 2 de la 1ª y se autoriza al diputado José Quiroga para asistir a las 2 subastas. ------ Folla: 36 18. Habiendo terminado el plazo de garantía para las obras ejecutadas en el camino de Guillarei a los baños de Caldelas, se acuerda como lo propone el negociado, que se practique el reconocimiento y recepción definitiva, con asistenta del diputado Ramón Gómez Parcero. ------ Folla: 36 19. Hallándose en el mismo caso el camino de Ponteareas a Setados, se acuerda que se reconozcan y reciban definitivamente las obras del trozo 3º y ramal a As Neves, nombrándose para asistir a la recepción al diputado Marcial Carballido Bugallal. ------ Folla: 36 20. La Diputación evacuando el informe que el gobernador le ha pedido, acerca de la travesía de A Estrada, correspondiente a la carretera de 3º orden de Chapa a Carril, acuerda que se le exprese que nada tiene que objetar, puesto que el ayuntamiento de A Estrada interesado en 1º término en la construcción de dichas obras acepta el proyecto en todas sus partes. ------ Folla: 36 21. Dado cuenta de una orden de la Dirección General de Obras Públicas de 24 del corriente, manifestando que desde 1º de julio del año próximo, corren a cargo de la Diputación y ayuntamientos interesados los gastos de conservación de los puertos de carácter provincial o municipal, con arreglo a la Ley de 7 de mayo [1880] último, se acuerda que pase a informe de la Comisión Provincial. ------ Folla: 36 22. Visto el expediente de expropiación forzosa de las obras del camino vecinal de Vilaboa a la playa del Buhido, que han sido subvencinadas por los fondos provinciales, se acuerda que pase a informe de la Comisión provincial, la que después lo someterá a la resolución de la asociada de los diputados residentes en Pontevedra. ------ Folla: 36 23. Vista la nota de precios medios para regular los suministros facilitados a las tropas en el mes actual, se aprueba, de conformidad con lo propuesto por el negociado, y se acuerda que de dicha nota, se saquen los correspondientes certificados para dirigir al comisario Guerra y para su inserción en el BOP. ------ Folla: 36,37 24. Dado cuenta del expediente de pobreza y demencia del desgraciado Antonio Luces, vecino de A Estrada, que por haberse muerto sus padres vino al estado de absoluta pobreza, habiendo gastado en el Manicomio de Valladolid, mucho más de lo que ha importado su herencia, se acuerda que sea trasladado al Manicomio oficial, a cuyo efecto se comunicarán las correspondientes órdenes a quien proceda, poniéndose este acuerdo en conocimiento de la familia del demente. ------ Folla: 37 25. Visto el expediente de demencia y pobreza de Enrique Agulla, vecino de Bueu, y hallándose justificados ambos extremos, se acuerda oficiar al gobernador civil de la provincia, para que se sirva disponer su remisión al Manicomio oficial. ------ Folla: 37 26. Visto el expediente en que se acredita la pobreza y demencia de Francisco Varela Otero, natural de A Estrada y casado con María Pereira, vecina de San Fernando de la provincia de Cádiz, la que lo reclama para asistirlo y cuidarlo, se acuerda acceder a sus deseos, y en su virtud que se remita por los transitos de la Guardia Civil al alcalde de San Fernando, para que lo entregue a la referida María Pereira. ------ Folla: 37 27. Visto lo informado por la Comisión encargada de proponer lo que considera conveniente al mejor servicio del hospitalillo de Cuntis, manifestando que en compañía del párroco de este pueblo procedieron al arrendamiento de la casa de María Cerviño en la cantidad de 800 reales anuales, por cuya suma se obliga ésta a lavar además la ropa de las camas de los acogidos y hacerles la comida, siendo de su cuenta la leña necesaria y quedando el párroco encargado de la inspección de todo, habiéndose también ofrecido a dar un rancho y pan diario a los pobres por la subvención con que contribuye la Diputación, o sean 750 pesetas, y concluye proponiendo lo siguiente: 1º que se nombre una Comisión para que gestione la adquisición de la casa de los herederos de José María Castro que está en venta. 2º que se oficie cuanto antes a la Diputación de A Coruña para que subvencione, cuando menos, una cantidad igual a la que VE presupuesta, en atención a que son en número mucho mayor los pobres enfermos que concurren de aquella provincia. 3º que se exija al alcalde de Cuntis la renta de la inscripción cobrada en 14 de abril de 1877 y otras que hubiese percibido, en atención a que sólo el cura de Santa María podía cobrarlas, según lo dispuesto por la superioridad como se ha indicado. 4º que se sirva excitar el celo del gobernador civil, pra que ponga en juego sus poderosos medios de acción, a fin de que los encargados de administrar los intereses de la casa de los pobres, cura de Santa María, alcalde y médico de baños de Cuntis, produzcan la cuenta justificada de la inversión de sus productos, de la subvención de la Diputación, limosna recogida y estado de los enseres y demás efectos que VE considere justos en la seguridad de que estos delicados e importantes trabajos habrán de ser el principio de una nueva vida para los desgraciados que buscan la salud en aquellos baños, se acuerda aprobar las medidas adoptadas por la sobredicha Comisión y que pase a la contaduría para que sobre la ejecución de dicho informe, proponga lo conveniente. ------ Folla: 37,46 28. La Comisión informadora acerca de si debe concederse subvención a la empresa o particular que tome a su cargo las obras del ferrocarril de Redondela a Pontevedra y en su caso la cuantía de esta subvención, ha presentado para la resolución del cuerpo provincial el resultado de sus importantes trabajos. El dictamen que integramente se inserta a continuación demuestra la inteligencia, celo e interés con que la Comisión ha estudiado este asunto; convienen todos sus vocales en la necesidad de alentar a los licitadores con una subvención que supla lo exigido de la que concede el gobierno y al mismo tiempo ahuyente el recelo de que no llegue a presentarse ninguna proposición, lo cual sería un grave mal para la provincia que tendría que aumentar dicha subvención; y en todo caso se aplazaría, acaso indefinidamente una 2ª subasta. En todo esto convienen los 5 firmantes del dictamen, disintiendo empeño, en la cuantía y forma de los auxilios que hayan de prestarse, y en su consecuencia se han presentado 2 proyectos, que literalmente copiados dicen así: Proyecto de Besada=1º. La cesión gratuita de las nuevas acciones de la Compañía del ferrocarril de Medina del Campo a Zamora y Ourense a Vigo, que debe cangear por las antiguas de la citada Compañía, según el convenio judicialmente aprobado y que se celebró entre los accionistas, obligacionistas y acreedores de la antigua compañía, cuyo valor aproximado, según su precio de cotización, asciende a 500.000 de reales; debiendo entregarse dichas acciones, una vez terminadas las obras en la forma que se indicará en el siguiente párrafo. Y 2º 1.000.000 de reales en metálico, pagadero, precisamente, después de terminadas las obras; siendo condición indispensable e includible que dichas obras han de darse por terminadas, incluso la estación definitiva en Pontevedra, dentro del plazo estipulado en el pliego de condiciones que ha de regir para la subasta; de forma que la vía quede desde entonces en explotación; y entendiéndose desligada la provincia de todo compromiso si, par terminarlas, solicitase el constructor alguna prórroga por corta que ella sea. Proyecto de Mugartegui= 1º 2.000.000 de reales en efectivo para suscripción en acciones de la Compañía, al tipo de cotización, si el remate recayere en alguna que tenga en curso esta clase de papel, y al de emisión si hubiera de crearle para formar su capital social. 2º el pago y adquisición de estas tendrá lugar en la forma siguiente: 1.000.000 de reales, cuando se hallen completamente terminadas en toda la línea la explanación. El otro en el momento en que terminada la Estación definitiva de Pontevedra, la vía se abra a la explotación pública. 3º es condición de todo punto ineludible, que dichas obras han de terminarse por completo, dentro del plazo estipulado en el pliego de condiciones que ha de regir para la subasta de forma que la vía quede desde entonces en explotación; entendiéndose desligada la provincia de este compromiso, si para terminarlas solicitase el constructor alguna prórroga, por corta que ella sea.=El dictamen es como sigue. A la Diputación=Próximo ya el día en que debe verificarse la subasta para la construcción del ferrocarril de Redondela a Pontevedra, la compañía que tiene a su cargo la línea de Vigo a Ourense, solicita el apoyo moral y material de la Diputación provincial, como indispensable para mostrarse licitadora. A 1ª vista parece lo más natural y lo más favotable a los intereses de la provincia, después de ofrecer a dicha compañía, como a otra cualquiera que aspire a la concesión, todo el apoyo moral que sea dable, el negarle, el negarle por el momento el material, por que es visto que si hay quien licite sin exigir sacrificio alguno a la provincia, la Diputación, ni debe comprometer los intereses que administra que en tal caso, pudiera destinar con notable ventaja al mayor desarrollo de las obras de caminos que tanto provecho deben reportar al país y a la misma vía férrea. Más si se considera que el término medio del coste de cada kilómetro de ferrocarril en este país, es el de 32.000 a 35.000 duros, si se considera que la subvención que el Gobierno ofrece alcanza a una 3ª parte de dicha suma, no siendo dable empresa seria, sin tener seguridad de la suscripción del 50% de su capital, y si se tiene en cuenta que la explotación, al menos en los primeros años, apenas producirá para cubrir sus gastos; echase de ver desde luego la necesidad de ofrecer algún estímulo a los licitadores para que se aventuren a entrar en un negocio que cuando menos, no es de éxito inmediato. Pudiera aludirse, en verda, que para llegar a tal extremo hay siempre tiempo y que es preferible, por lo tanto, esperar al resultado de la subasta ya anunciada; pero los que suscriben, no pueden prescindir de anticipar desde luego la respuesta a tal objección exponiendo que una subasta de este género, siendo disierta representa, cuendo menos, la pérdida de un largo período de tiempo y quizás el aplazamiento indefinido de una obra de tan vital interés para el país; pues no es fácil, ni dable, el calcular los muchos obstáculos de índole varia que su realización pudiera oponer el porvenir. No vacilan, pues, los que suscriben en asegurar al cuerpo provinvial, que consideran absolutamente preciso, para que el ferrocarril de Redondela a Pontevedra sea pronto un hecho el que se ofrezca a los licitadores algún auxilio eficaz que venga a mejorar las condiciones de la subasta; y animales además para emitir esta opinión, la seguridad que tienen de que tal es la creencia de la mayoría, cuando no lo sea de todos los diputados. En donde existe alguna divergencia de pareceres, en donde hay encontradas opiniones es en la forma y cuantía de dicho auxilio, y por eso las que suscriben, cumplen el deber de someter sus respectivas apreciaciones, sobre este importantísimo particular, al superior criterio de VE, satisfaciendo con ello todas las exigencias, reconociendo desde luego que el apoyo material que piden los vocales del Consejo de Administración de la sociedad del ferrocarril de Ourense a Vigo, por más y mucho que no estén conformes con él en su detalle, no es exagerado, como van a demostrarlo. La Diputación recordará por la exposición que del asunto hizo el gobernador civil y por la que oyeron muchos de los diputados de labios de Galis individuos del citado Consejo, que la compañía de Ourense a Vigo pide, como auxilio para mostrarse licitadora en la subasta 2 cosas: 1ª la cesión de las acciones nuevas que la provincia va a recoger, en equivalencia de las antiguas del ferrocarril de Medina del Campo a Zamora y de Ourense a Vigo; y 2ª que aquella tome además 2.000.000 de reales, de las nuevas acciones de la citada Compañía a la par. Esta es la exigencia que los que suscriben, se creen en el deber de reducir a sumas conocidas para que la Diputación sepa con figeza a cuanto asciende el sacrificio que va a imponerse, caso de aceptar cualquiera de los 2 pensamientos que propondremos. Según convenio celebrado con los accionistas y obligacionistas d ela antigua compañía del ferrocarril de Medina del Campo a Zamora y de Ourense a Vigo, pra la reorganización que actualmente tiene, por cada 3 obligaciaones antiguas, han de recibir los obligacionistas el título de una nueva, y los accionistas otro, por cada 6 acciones, exigiéndose además a estos el justificante de haber pagado las antiguas con metálico efectivo. Asi aparece de la circular dirigida por el gerente de la nueva compañía, que es adjunta. Ahora bien, aun cuando la provincia es dueña hoy de 3.158 acciones viejas que representan el valor de 6.200.000 reales, es un hecho indubitado, por que asi resulta de los asientos de la contabilidad provincial y de un extracto de cuanta remitido por la antigua compañía que la provincia no desembolsó para adquirirlas más que 5.066.179 reales con 57 céntimos en dinero metálico; el resto consistió en 883.037 reales 91 céntimos abonados por razón de intereses; estándose adeudando aún para el completo de dichos 6.000.000 la cantidad de 50.982 reales 52 céntimos por manera que representando los 5.076.179 reales dados en dinero efectivo, 2.537 acciones de las primitivas y debiendo estas reducciones a razón de una nueva por cada 6 de aquellas resultaría que una vez verificado el cange, la provincia sería dueña, tan sólo, de 422 acciones nuevas, cuyo valor en plaza al tipo de cotización actual, que es el de 66,25 céntimos %, significa 559.150 reales, osea 28.000 duros en cifras redondas. Tenemos pues averiguado, que la actual compañía del ferrocarril de Medina del Campo a Zamora y de Ourense a Vigo, pide a la provincia por este concepto un sacrificio de 28.000 duros que puediera extenderse a 35.000 cuando menos. Pide , además, que se le tornen 2.000.000 de reales en acciones nuevas de las que dicha Compañía tiene en cartera para negociar, pero al tipo de su valor nominal, y como quiera que tales acciones se cotizan, comova dicho, al 66,25 %viene a resultar que en lo que, en rigor, se pide, como verdadera subvención, es la suma de 34.000 duros, diferencia entre el valor real y el nominal de esas acciones nuevas. Por manera, que unida esta partida a la anterior, vendría a resultar que el sacrificio positivo, que el auxilio o la dadiba que la provincia vendría a hacer diferenciado en absoluto a lo que se la pide por la citada compañía, importa desde luego, 62.000 duros, que deben elevarse a 70.000 al menos. Y preciso es convenir, diputados, que no hay en tales indicaciones grande exageración, por que, si de rechazarlas en absoluto no hubiese licitadores, ¿qué menos habría de votar la Diputación para subvencionar la obra de que se trata, que 5.000 duros por kilómetro? Pues votando como subvención esos 5.000 duros y siendo 23 los kilómetros del proyecto de la vía, resultaría que la negativa de hoy, haría necesario mañana el sacrificio de 2.300.000 reales, o sean 115.000 pesos; sacrificio que, por otra parte, no llenaría, quizá, por completo, los deseos de la Diputación, de ver la locomotora en Pontevedra dentro del período de la subasta, por que sabido es, que las compañías obtienen con facilidad prórrogas y prórrogas para terminar las obras contratadas; prórrogas que por mucho que la Diputación rechace de antermano, no podría impedir, ni menos evitar, puesto no sería a ella a quien se le pidiesen, ni quien debiera otorgarlas o negarlas, ni menos le quedaría el recurso de exigir condiciones distintas de las del pliego de subasta, desde que la subvención kilométrica de la provincia constituyese parte de la total ofrecida a los licitadores. Queda, pues, sentado que, a juicio de los que suscriben, no es exagerado, lo que pide la compañía del ferrocarril de Ourense a vigo para concurrir a la subasta, como también que la comisióninformadora, celebraría que dicha compañía fuese la rematante de las obras, ya por la confianza que le merece, ya por el crédito de que goza, ya en fin, por la religiosa exactitud con que está llevando a cabo sus compromisos, respecto a las obras del ferrocarril de Ourense a Vigo. Más todas esta condiciones y muchas otras que hubiesen concurrido, no apartarían nunca a los que suscriben de su idea capital, que consiste en que el auxilio o la subvención que la Diputación otorgue, sea este en la forma que se quiera, no sea exclusión, ni en favor de una sociedad o licitador dereminado. Esto indicaría una indebida preferencia en el cuerpo provincial, que no puede ni debe hacer en materia tan grave, puesto representa miles de duros, o lo que es lo mismo, un sacrificio considerable por parte de los contribuyentes. Esta es, al mismo, la opinión clara, precisa y concreta de la Comisión informadora; opinión que está dispuesta a sostener resuelta y decididamente contra toda clase de compromisos y de exigencias. Por lo mismo, pues que un auxilio o subvención exclusión, no deben votarse, hay necesidad de armonizar la demanda de los individuos del Consejo de Administración de la sociedad del ferrocarril de Ourense a Vigo, con el pensamiento ya emitido de hacer extensivo el que haya de prestarse a otra cualquiera compañía, a cualquiera otra persona o entidad que resulte rematante de las obras. Para esto es preciso desde luego, descartar por completo toda idea de adquirir a la par accines de esta sociedad, puesto que , si fuere otro el rematante, se haría punto menos que imposible el ofrecerle un beneficio igual o parecido. Es dable sin embargo el establecer, o ofrecer al licitador que remate y cumpla luego las condiciones que más adelante se expresaran, "una cantidad fija a metálico como subvención" o dedicar otra a la suscripción de acciones al tipo de cotización o de emisión en su caso que, al par que no lastime sensiblemente los intereses de la provincia y la hace partícipe de los futuros beneficios de la más importante de sus obras públicas, sea un gran auxilio para la compañía puesto que uniendo su cifra a la que el Gobierno de SM otorga, componen en justo la de 16.500 duros por kilómetro, mitad muy aproximada del capital necesario para su construcción. La primera debería consistir en 1.000.000 de reales en metálico y las acciones del ferrocarril de Ourense a Vigo que tenemos en cartera y que se entregarían a la Compañía concesionaria. La 2ª en 2.000.000 de reales, para suscribir en acciones al de cotización, como acabamos de expresar, o al de emisión en su caso. La comisión informadora, cuya opinión es unanime respecto a todos los demás particulares que abraza este dictamen, ha estudiado muy detenidamente las ventajas e inconvenientes de ambos pensamientos y, no habiendo podido formar sobre ello una opinión fija y concreta, le somete integros a la siempre ilustrada decisión del cuerpo provincial, puesto que para ninguno de los que suscriben es ni puede ser cuestión de amor propio y mucho menos de pueril vanidad, un asunto de tan vital interés para la provincial. No es menos interesante, en ambos casos, el último detalle que falta por examinar, a saber el modo y forma en que se ha de prestar el auxilio que se solicita y que la Diputación haya de otorgar. La Comisión al emitir su unanime criterio sobre él será tan breve como explícita pues la simple enunciación de su pensamiento basta a explicarse. No debe en su sentir darse un sólo céntimo al rematante sino al concluir la explanación y obras de fábrica en toda la línea (caso se opte por la suscripción de acciones) y al abrir esta a la explotación pública, concluída que sea la estación definitiva de Pontevedra, siendo condición ineludible que todo ello tenga lugar precisamente, dentro del plazo señalado en el pliego de condiciones para la subasta. La provincia, pues, caso se opte por la suscripción de acciones, entregará a la Compañía concesionaria, sease cual ella fuere y en el supuesto de que cumpla su compromiso sin prórrogas de ninguna clase, 1.000.000 de reales en efectivo, que cambiará por accines de su sociedad en la forma antedicha, en el momento que se hallen del todo terminadas la explanación y obras de fabrica en toda la vía. El 1.000.000 restante cuando terminada que sea la estación definitiva en Pontevedra, silve en ella la locomotora. Entonces será también cuando haya de hacerse la entrega de las acciones del ferrocarril de Ourense a Vigo y de los 50.000 duros de subvención, si este medio fuera el adoptado. Para estas fechas y paraestos días que tanto y tanto anhelamos lleguen, todo: antes de ellos ni más tarde absolutamente nada. Reasumiendo, diputados; los que suscriben son de opinión, por las razones expresadas, y por otras varias que expondrán en el curso del debate a que este informe debe dar lugar, que la Diputación se sirva resolver previamente, sobre cual de los 2 medios de auxilio que se indican, cree más conveniente a los intereses de la provincia, en cuyo caso, tendrán el honor de presentar en el acto el oportuno poryecto de acuerdo, sobre el importantísimo asunto que no ocupa. Este es nuestro sentir: la Diputación resolverá como siempre lo más acertado. Salón de sesiones del Palacio provincial de Pontevedra 31 de agosto de 1880, Francisco Javier de Mugartegui y Parga, Sabino González Besada, Aquilino Buhilla, Candido Landa, Pérez, Ramón G. Parcero. Después de esto se abrió discusión y Besada dijo que esperaba que Mugartegui hiciese antes que él una exposición de los hechos; pero que viendo su silencio había pedido la palabra para sostener su opinión principiando por significar a la Corporación que tratándose de un asunto que entraña tanta importancia, no había amor propio, ni consideraciones personales, y por lo tanto sólo apetecía el acierto, por lo que no estrañaría que los diputados desechasen su proyecto y lo sustituyesen con otro de más ventajosas condiciones. Demostró seguida la necesidad en que se halla la provincia de hacer algún sacrificio se desea oir el silbido de la locomotora en Pontevedra en el plazo de subasta; se ocupó de la demandade auxilios que en una conferencia privada manifestaron deseos de obtener los representantes de la sociedad constructora del ferrocarril de Vigo a Ourense para el caso de que ella fuese la que tomase a su cargo la vía de Redondela a Pontevedra, y manifestó su opinión de que por su voto jamás se otorgaría subvención a determinada empresa, concediéndosela únicamente a cualquiera que a su favor obtenga el remate y contal de que cumpla exactamente todas las condiciones de su proyecto; que el de Mugartegui es sin duda más ventajosa para la provincia y lo aceptaría desde luego, a no recelar fundadamente de que será ineficaz como lo demostrará en el curso de esta discusión, después de hablar Mugartegui a quien como siempre, oirá con mucho gusto. Mugartegui dijo: que cumpliendo su deber de cortesanía alque no le gusta faltar, se levantaba para contestar la alusión que le había hecho Besada dándole gracias por las afectuosas palabras y benévolas frases que le había dirigido que respeta muchísimo a SS cuendo dilucida cuestiones de derecho en las que es seguramente una verdadera competencia pero que en otras, como la presente, se permite debatir con él, doliéndose de que una cuestión de tamaña importancia la 1º, seguramente de cuantas pueden interesar a la provincia, se tratan con tan excaso número de diputados que sólo componían la mayoría legal. Entrando a tratar de la materia, empezó por abundar y convenir con Besada en la suprema necesidad de que la provincia subvencione a la empresa constructora y aceptó también lo manifestado por el mismo señor, respecto a que no debe entregarse cantidad alguna hasta después de terminada completamente la vía, con su estación definitiva en Pontevedra, todo ellos, sin solicitar ni obtener del Gobierno, bajo pretexto alguno prórroga de ninguna clase. Trató, después detenida y minuciosamente la cuestión en el terreno de los números y manifestó que la sociedad de crédito catalana, según se le había asegurado, desea obtener como subvención, las acciones del ferrocarril de Ourense a Vigo, de que es propietaria la Diputación, y que además, adquiera esta, a la par, 2.000.000 de las de la nueva empresa. Examinó luego el esado de la cotización que estas alcanzan en Barcelona; y en vista de todo ello aseguró terminantemente, que tanto el proyecto de Besada, como la proposición de la citada empresa, ofrecen resultados, muchísimo menos favorables para la provincia que los que indica SS en el artículo 1º de su proyecto. Analizó en seguida en todos sus detalles el proyecto de Besada para deducir que lo que este propone está reducido a dar una prima a la sociedad constructora; y que a su entender tal generosidad no es dable por el sólo hecho de cumplir las condiciones de contrata, y que sólo sería disculpable su adopción, en el caso de que se ultima en todas las obras en un año en lugar de los 3 que marca el pliego de condiciones para la subasta. Significó luego que la Diputación debía tener muy presente que detrás de la vía de Redondela está la de Carril a Pontevedra, para la que será forzoso destinarse una subvención mayor, que para la primera pusto es también mayor su trayecto, y como SS Besada, hubiera dicho a media voz "esa es la cuestión" contestó a SS que en efecto lo era para el y de 1ª imprtancia puesto que teniendo el honor de representar en la Diputación los intereses del partido de Cambados, no podía en manera prescindir de tener muy presente la cuestión de ferrocarril que es el 1º de todos ellos para aquel país. Continuando un discurso añadió que para esta eventulidad era indispensble conservar en cartera, no sólo papel, sino capital disponible, lo que se consignaría, sin ningún género de duda aceptando su proyecto que interesa, y hace participe a la provincia en la 1ª y más importante de sus obras públicas. Demostró igualmente que suscribiendo 2.000.000 de reales en acciones al precio de emisión o cotización, según fuese la empresa que haya de realizar las obras, el verdadero auxilio que esta recibiría para su construcción, serían 4, puesto que sobre el capital suscrito, podría emitir obligaciones con lo que elevaría este a dicha cifra. Dijo luego que en su entender la nueva empresa de Ourense a Vigo, será la que haga las de Redondela y cree muy posible que su propio interés la llevaría hasta realizarlas, sin otra subvención que la del Estado; pero que no desea se corra el riesgo de que puede diserta la subasta, y que por lo mismo propone lo que consta en su proyecto. Dicho esto y concretando sus ideas sobre este importante particular se preguntó, ¿cual es lo que conviene más a la provincia? ¿desprenderse de 75.000 o 80.000 duros, sin otra utilidad que favorecer la construcción de que se trata, o tener sin sacrificios sensibles, papel y dinero para con el hacer frente, sin nuevo gravamen para la provincia, a la necesaria subvención de Carril a Pontevedra. Termina, en fin reproduciendo el dictamen que suscribió con Besada, consignando clara y explicitamente que, sea cual fuere la opinión de la Diputación respecto a la cifra o modo y forma del auxilio, no debe hacerse entrega de cantidad alguna hasta que se halle terminada la vía y estación definitiva de Pontevedra en el plaza señalado en el pliego de condiciones y sin pedir ni obtener prórroga alguna, puesto que cite sólo hecho libraría desde luego a la provincia de todo género de compromisos. Besada rectificó y dijo; que Mugartegui indica que el auxilio de la provincia sea unicamente para la empresa catalana lo cual jamás aceptará SS por que no quiere privilegios para nadie, que su proyecto, aunque parezca menos económico, es sin embargo el que ofrece más resultados prácticos que es a lo que aspira; que Mugartegui no puede alagar a nadie, a la empresa catalana por que nada se la dá, supuesto que comprar las acciones al precio de cotización, según están en el mercado lo hace cualquiera, y esto ningún aliciente la puede prestar; y si fuese otra que necesitase reunir capital, tendría que darsela mucho mayor de los 2.000.000 lo que sería un grave mal para la provincia; que en su opinión lo que en su día haya de subvencionarse a quien se adjudiquen las obras del ferrocarril de Pontevedra a Carril debe ser muchomenos que lo que ahora se dá a la de Redondela por que hecha esta vá, necesariamente debe estar interesada la de Ourense a Vigo en hacer la de Carril; y tanto es así que cree muy fácil la llegue a construir si subvención. Rectificando Mugartegui, empezó por decir admiraba el talento de Besada, punto que había pronunciado el largo discurso que acababan de oír los diputados, fundando todo él en un supuesto completamente inexacto, lo que se hacía creer que sus observaciones, cuya sanción experaba del tiempo, eran completa y absolutamente debatibles. Que Besada le había supuesto, equivocadamente celoso defensor de los intereses de la sociedad catalana, cuando todos los señores diputados han oído que él no se había declarado partidario de ninguna empresa, ni sociedad en particular, por más y mucho que crea es a aquella a quien conviene la adquisión del negocio para llevar cuanto antes un importante movimiento a su línea general de Vigo a Ourense. Que tiene el sentimiento de que las observaciones de Besada, no hayan llevado a su ánimo el convencimiento de la bondad de su proyecto. Que cree hoy, como creerá siempre, que es muchísimo más ventajoso para la provincia suscribir 2.000.000 de reales tomando con esto una importante participación en una obra de indudable porvenir, que regalar a la empresa que haya de construirla 8.000 duros, por el solo hecho de cumplir las condiciones con que contrate. Que para el tampoco es este asunto cuestión de amor propio, ni de pueríl vanidad y que sólo el convencimiento profundo que le asiste de que su pensamiento es muchísimo más conveniente a los intereses de la provincia que el que acaricie Besada, ha sido la causa del calor con que se ha expresado, puesto que cuando se encariña con una idea, no sabe defenderla sino con entusiasmo. Usó también de la palabra Guerra, para contestar a una alusión de Mugartegui. Después de varias rectificaciones se declaró el punto suficientemente discutido y se procedió a la votación nominal que dio el siguiente resultado: Votaron por la aprobación Votaron por la aprobación del del proyecto de Besada proyecto de Mugartegui Parcero Carballido Bugallal Posada Galis Camba Alvarez Builla Sanmartín Limeses Landa Quiroga Casal Seijas Pardo Romero López Guerra Mugartegui Eugenio Matos Besada Cea Naharro Pérez de Castro Presidente Total 12 Total 7 En su consecuencia y visto el resultado de esta votación queda aprobado el proyecto de Besada y se acuerda que se comunique al gobernador para los efectos correspondientes. ------ Folla: 31 (gobernador Filiberto Abelardo Diaz, Perez de Castro, Mugartegui, Romero López, Cea Naharro, González Besada, Casal, Eugenio Matos, Guerra, López de Neira, Seijas Pardo, Landa, Quiroga, Sanmartín, Camba, Limeses, Alvarez Builla, Posada Galis, Carballido, Gómez Parcero) ------

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