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1881-04-26_Nocturna. Acta de sesión 1881/04/26_Nocturna
Acta de sesión 1881/04/26_Nocturna
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.003/2.1881-04-26_Nocturna
Título Acta de sesión 1881/04/26_Nocturna
Data(s) 1881-04-26 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 23 ( gobernador presidente, romero López, armesto, barral, casal, Fernández gándara, Nogueira, Patiño Buceta, Patiño García, Rodríguez del corral, ruza, Salgado, Sanmartín, soto, Fraga). Sesión de 26 de abril de 1881 a las 8 de la noche. 1. Leída el acta de la sesión última ha sido aprobada. ------ Folla: 24 3. Dado cuenta de dos instancias de D. Celestino Núñez Uruburo y D. Julián Rodríguez, pretendiendo la plaza de escribiente que resulte vacante, por consecuencia del nombramiento de archivero de esta Corporación, se acuerda: que pasen las instancias a la Comisión Provincial Asociada de señores diputados residentes en esta capital, para que proceda a los nombramientos interinos, y formule un proyecto de reglamento para emplear y ascender, los empleados que están a las inmediatas órdenes de la Corporación Provincial. ------ Folla: 24 4. Vista la proposición suscrita por los señores Cea y Rodríguez del Corral, pidiendo que al auxiliar de depositaría D. Ángel Martínez se le ascienda el sueldo hasta 1.250 pesetas, en consideración al mérito que contrajo con riesgo de su persona, en el día 24 de diciembre del año último, cuando se intentó robar los fondos de la caja; de conformidad con lo propuesto por la Comisión de Presupuestos, se acuerda que en remuneración del servicio prestado por el empleado de que se trata, se le entregue al mismo y por una sola vez la cantidad de 1.000 pesetas. ------ Folla: 24 5. Dado cuenta de una solicitud de D. José Villamarín, vecino de la ciudad de Santiago de Compostela, solicitando que este Cuerpo provincial, se suscriba por el número de ejemplares que tenga por conveniente a la Memoria Agrícola que presentó al jurado de la exposición regional y que fue premiada preferentemente por la junta de dicha exposición. Y, sin expresar el precio de cada ejemplar, se acuerda suscribirse por los que se puedan adquirir con 300 pesetas, según lo ha indicado el Sr. Armesto. ------ Folla: 24 6. De conformidad con el negociado, se aprueba la nota remitida por el Sr. Comisario de Guerra de los precios medios a que deben satisfacerse las especies de suministros que se facilitaron a las fuerzas del ejercito, durante el mes de marzo. En este estado, se retiró el Sr. gobernador, y ocupó la presidencia el Sr. vicepresidente de la Comisión Provincial. ------ Folla: 24,25 7. Vista una solicitud de D. Andrés Landín, D. José Alfredo Antúnez y D. Rogelio Quintáns, solicitando que al publicarse el anuncio para la subasta del BOP se exprese, que si las listas electorales, no llegan a publicarse en el mismo, por cualquier motivo, que se obligue al que llegue a ser contratista de esta impresión, a la devolución de la mitad que corresponda del importe de la impresión de estas, según se venían ejecutando en años anteriores, y que el pago de dicho BOP se verifique por mensualidades vencidas. Abierta discusión sobre este asunto dijo el Sr. Armesto que a pesar de haber pertenecido a la Comisión que informó, se ve en la necesidad de defender la petición de los impresores, por que la razón y la justicia, están de parte de los mismos, y por lo tanto, ruega a la Diputación, se sirva atender, en todas sus partes la reclamación. El Sr. vicepresidente de la Comisión Provincial dijo que en su concepto, tratándose de alterar un acuerdo de la Corporación dictado de conformidad con lo propuesto con la Comisión de Presupuestos, debía de volver a ella, para que emitiese nuevo dictamen, si así lo creía conveniente. Y, como no hubiere quien pidiese la palabra, se puso a votación si pasa a la Comisión de presupuestos la primera parte de la exposición, o si se aprueba, se acuerda aprobarla, variando en esta parte el acuerdo anterior, y que se de conocimiento a la contaduría, para que tenga presente esta variación al anunciarse la subasta, así como la de los pagos de la impresión del BOP, será como en el corriente año, por mensualidades vencidas. ------ Folla: 25 8. Dado cuenta de una solicitud de varios jóvenes de esta capital, que pertenecen al Orfeón Helénico [música coral], en la que manifiestan que deseando tomar parte en el certamen que debe tener lugar en la ciudad de A Coruña entre los orfeones de Galicia, con motivo de solemnizar el aniversario de María Pita, y deseando el orfeón a que pertenecen, concurrir a dicho certamen, ruegan a la Diputación conceda al mismo la suma de 500 pesetas, para auxiliar los gastos que le origina el viaje a A Coruña. Pidió la palabra el Sr. Ruza, para defender, como lo hizo, la petición de dichos jóvenes y rogó a la Corporación se sirviese acceder a lo solicitado. El Sr. Armesto dijo que sin oponerse a lo que acaba de manifestar el Sr. Ruza, antes bien, deseando que se atienda con mayor cantidad la indicada petición, entiende que, habiendo como hay dos orfeones en esta capital, que se consigne la cantidad de 1.000 pesetas para entregarlas a uno de ellos que sea de mejores condiciones a juicio de una comisión de inteligentes que pueda juzgarlos. El Sr. Ruza, volvió a defender el ruego de Orfeón Helénico, toda vez que fue el único que pretende la subvención; puesto este asunto a votación, resultó que no estaba presente el número suficiente de señores diputados. Y el Sr. vicepresidente levantó la sesión diciendo que para la primera que llegue a celebrarse, se acordará a domicilio. ------ Folla: 23,24 2. Dado cuenta del dictamen de la Comisión de Hacienda relativo a la gracia de 250 pesetas concedidas por la Diputación a los niños que han nacido el día que dio a luz SM la Reina, se abrió discusión: El Sr. Armesto pide que se lea el acuerdo de la Comisión Asociada, aprobarlo por esta Corporación; y después de enterado de este acuerdo dijo: que no está conforme con lo que se propone en el dictamen que acaba de leerse porque en su concepto, el niño al nacer adquirió esa cantidad la que si llega a morir antes de cumplir los 20 años debe pasar a sus parientes, sin que jamás pertenezca a otros niños. El Sr. Fraga dijo: que el niño, adquiere el perfecto derecho a percibir dicha cantidad, en el momento de cumplir 20 años o casarse y si fallece antes, debe volver esa cantidad a los fondos provinciales, y pide que así se entiende el acuerdo. El Sr. Armesto manifestó que la Diputación no expreso lo que el Sr. Fraga asegura: que el sentido del acuerdo es que el niño adquirió el derecho a aquella cantidad desde el momento de nacer, sin que sea equitativo que por su muerte pase la repetida cantidad a dichos fondos; pero que esto no pasa de ser su opinión, pidiendo sin embargo, la Corporación provincial, modificar el expresado acuerdo. El Sr. Fraga expresó, que, en su concepto, el niño antes de cumplir los 20 años, no tiene perfecto derecho para hacer suya la repetida cantidad, y por lo tanto, no puede trasmitirla a otro, debiendo, en su consecuencia, si falleció antes de aquella edad, volver a los fondos provinciales. El Sr. Armesto rectificó diciendo: Que si se atiende a la indicación del Sr. Fraga, podía tacharse a la Corporación de inconsiderada, y repitió lo que antes había dicho, que es bien claro que la Diputación quiere atender a los niños, y que tratándose de favorecer a los pobres, que su señoría acepta cualquiera modificación que tienda a estos. Se indicó por último, que debía pasar el asunto a una comisión de señores diputados letrados y la Corporación acuerda, que pase a la Comisión Provincial, que se compone de letrados, para que emita dictamen. ------
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