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Acta de sesión 1894/11/06_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.009/2.1894-11-06_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1894/11/06_Ordinaria

  • Data(s) 1894-11-06 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 24 1. Bajo la presidencia del Sr. Fraga Mascato y con asistencia de los Sres. Diputados Otero D. Gumersindo, Garrido, Domínguez, Otero D. Prudencio, Iglesias, Salgado, Álvarez Giménez, Nine, Pereira, Alfaya, Méndez, Limeses Castro, Guerra, Besada, García Vidal, Novoa, Martínez, Gil, Álvarez Álvarez, Areal y Vázquez Limeses, se abrió la sesión a las once de la mañana. Diose lectura al acta de la sesión anterior que fue aprobada. El Sr. Álvarez Giménez usa de la palabra y refiriéndose a la protesta presentada en el dia de ayer por diez Señores Diputados y en la que se invoca como fundamento de tal protesta el hecho de haber tomado parte en dicha elección un Señor Diputado que está incapacitado para serlo por ejercer un cargo legalmente incompatible con el de Diputado provincial. Dice el Sr. Álvarez que a él se refiere la alusión que en la protesta se consigna por ejercer el cargo de Director del Instituto que no ejercía al tiempo de su elección como Diputado y que para prevenir su incapacidad acudió recientemente al Ministerio de Fomento primero, y al de la Gobernación después cuya superior autoridad resolvió su compatibilidad o inconpatibilidad, y termina rogando a la Corporación que adopte acuerdo sobre el referido extremo . El Sr. Areal sostiene que no debe la Diputación deliberar sobre la capacidad del Sr. Álvarez Giménez porque es esta cuestión resuelta por R.O. de Febrero de 1891 y que, en consecuencia, si la Diputación adopta acuerdo en este asunto, pide se consigne en acta su protesta contra un acuerdo adoptado con notoria incompetencia. Insiste el Sr. Álvarez Giménez en que la Diputación debe resolver el asunto de que se trata. Insiste igualmente el Sr. Areal en su anterior opinión. Pide el Sr. Álvarez que se lea el art.º 37 de la ley provincial vigente y sostiene que de conformidad con él, debe la Diputación declarar la compatibilidad o incompatibilidad del que habla. El Sr. Guerra Cobián dice que declarado por Real Orden del Ministerio de la Gobernación, incompatible el cargo de Diputado con el Director del Instituto y concurriendo ambos cargos en el Sr. Álvarez Giménez, no toca a esta Corporación adoptar una resolución que podría ser contraria a la letra y espíritu de la citada RO en cuyo caso sería objeto de discusión por parte de este cuerpo provincial una superior disposición que debe ser acatada y sostiene que el que habla no emitirá voto alguno porque entiende que al hacerlo incurrirá en responsabilidad. Rectifica el Sr. Álvarez Giménez. El Sr. Iglesias sostiene la procedencia de que la Corporación entienda en la aptitud legal del Sr. Álvarez Giménez sin infracción de RO que se cita, que fue dictada antes de la elección en que obtuvo su acta el Sr. Álvarez Giménez y cuando los Cargos de Directores del Instituto eran retribuídos a diferencia de lo que sucede hoy, que son gratuítos. El Sr. Presidente pregunta si la Diputación debe adoptar acuerdo referente a la compatibilidad o incompatibilidad del Sr. Álvarez Giménez y la Corpación así lo acuerda por mayoría. El Sr. Limeses propone que el asunto pase a dictamen de la Comisión permanente. La Corporación así lo acuerda y se suspende la sesión por cinco minutos. Reanudada, diose cuenta del dictamen que dice así: a la Excma.Diputación la Comisión permanente de actas, llamada a informar por acuerdo de la Diputación sobre la compatibilidad o incompatibilidad de D. Emilio Álvarez Giménez, Diputado por el distrito de la Capital y Catedrático del Instituto provincial nombrado Director con posterioridad en Febrero de mil ochocientos noventa y tres. Visto el art. 36 de la ley Provincial que declara la compatibilidad de los Catedráticos de Universidad, Escuelas superiores o Institutos con el de Diputado provincial, siempre que sus sueldos no sean satisfechos con fondos de la provincia. Visto el art.º 41 de la misma ley, que dispone que las Diputaciones bajo su responsabilidad examinarán y resolverán los casos de incapacidad de los Diputados en una de las dos sesiones que celebre después de haber llegado la incapacidad a su conocimiento. Vista la R.O. de 17 de Febrero de 1891 que declaró incompatible en aquella época el cargo de Diputado provincial con el Director del Instituto con aplicación a D. Emilio Álvarez Giménez y sin que conste su inserción en la Gaceta, fundándose para ello entre otros extremos en que los Directores por más que no cobrasen sueldo tenían gratificación y ajercían funciones de verdaderos empleados. Vista la ley vigente de presupuestos que suprimió las gratificaciones que hasta entonces venían disfrutando los Directores de Instituto. Considerando que no hay incompatibilidad entre las funciones de Catedrático Director de Instituto y las de Diputado provincial, que puedan motivar la que es objeto de este dictamen y Considerando que la R.O. de 17 de Febrero de 1891 como decisiva unicamente de un caso concreto, no puede servir de fundamento para la resolución actual dado que no sólo variaron las circunstancias y consideraciones que la motivaron, sino que se trata de una elección o renovacion posterior por lo que hace al Diputado D. Emilio Álvarez Giménez. Proponen a la Excma. Diputación se sirva declarar que el cargo de Diputado provincial es compatible con el de Director de Instituto que ejerce el Sr. D. Emilio Álvarez Giménez. Palacio provincial Pontevedra, 6 de noviembre de 1894. Puesto a votación el anterior dictamen votaron por su aprobación los Sres. Fraga, Otero D. Gumersindo, Domínguez, Iglesias, Otero D. Prudencio, Salgado, Nine, Pereira, Alfaya, Méndez, Vázquez Limeses y Limeses Castro. Votaron en contra los Sres. Areal, Álvarez y Álvarez, Gil, Martínez, García Viidal, Guerra y Garrido. El Sr. Guerra pide se consigne en el acta la RO que declaró la incompatibilidad del Sr. Álvarez Giménez y la comunicación en que el referido Sr. Álvarez Giménez participó a la Comisión haberse posesionado del cargo de Director del Instituto. El Sr. Presidente no accede a la súplica formulada por el Sr. Guerra Cobián, fundándose en que la aprobación del dictamen puso fin a toda discusión sobre el asunto de que se trata. ------ Folla: 26 2. Diose cuenta del dictamen de la Comisión de Hacienda que dice a la Excma. Diputación la Comisión de Hacienda ha examinado los acuerdos adoptados por la Comisión provincial en lo relativo a este ramo de la administración desde primeros de Abril a fin de Octubre del año actual en uso de las atribuciones que le confiere el párrafo 3º art.º 98 de la ley Provincial y hallándolos arreglados a las prescripciones legales, tiene el honor de proponer a VE. se digne prestarle su superior aprobación. Palacio de sesiones Pontevedra, 6 de noviembre de 1894. La Diputación acuerda aprobar el anterior acuerdo. ------ Folla: 26,27 3. Diose cuenta del dictamen de la Comisión de presupuestos que dice a la Excma. Diputación la Comisión de presupuestos ha examinado los acuerdos adoptados desde primeros de Abril a fin de Octubre del corriente año, por la Comisión provincial en uso de las atribuciones que le confiere el párrafo 3º art.º 98 de la ley provincial en los que se refiere a esta ramo de administración y considerando dichos acuerdos ajustados a las prescripciones legales, tiene el honor de proponer a VE. se digne prestarle su superior aprobación. Palacio de sesiones, Pontevedra 6 de Noviembre de 1894. La Diputación acuerda aprobar el anterior dictamen. ------ Folla: 27 4. Diose cuenta del dictamen de la Comisión de Beneficencia que dice: a la Excma. Diputación: la Comisión de Beneficencia ha examinado los acuerdos adoptados por la Comisión provincial en lo relativo a este ramo de administración desde primeros de Abril a fin del año actual en uso de las atribuciones que le confiere el párrafo 3º art.º 98 de la ley orgánica provincial y hallándolos arreglados a las prescripciones legales, tiene el honor de proponer a VE. se digne prestarle su superior aprobación. Palacio de sesiones Pontevedra 6 de Noviembre de 1894 La Diputación acuerda aprobar el anterior dictamen ------ Folla: 27 5. Diose cuenta del dictamen de la Comisión de la Biblioteca que dice: a la Excma. Diputación: la Comisión de la Biblioteca ha examinado los acuerdos que en lo relativo a este ramo de administración adoptó la Comisión provincial desde primeros de Abril a fin de Octubre del año actual en uso de las atribuciones que le confiere el párrafo 3º art.º 98 de la ley Provincial y hallándolos arreglados a las prescripciones legales, tiene el honor de proponer a VE. se digne prestarle su superior aprobación, Palacio de sesiones Pontevedra, 6 de noviembre de 1894. La Diputación acuerda aprobar el anterior dictamen. ------ Folla: 27,28 6. Diose cuenta del dictamen de la Comisión de Fomento que dice: a la Excma. Diputación: la Comisión de Fomento ha examinado los acuerdos adoptados por la Comisión provincial en lo relativo a este ramo de administración, desde primeros de Abril a fin de Octubre último, en uso de las atribuciones que le confiere el párrafo 3º art.º 98 de la ley orgánica provincial, y unicamente respecto de el acuerdo de 4 de Abril el que trata de la segregación del barrio del Sarrapio en el Ayuntamiento del Campo y su anexión al de Cerdedo, no aparece de antecedentes suficientemente esclarecido que la mayoría de los vecinos de dicho barrio hubiesen solicitado la segregación, y siendo este extremo de esencial importancia conforme al art.º 5º de la ley municipal para acordar sobre tal pretensión, parece conveniente que se subsane esta falta, haciendo constar de manera indubitada la autentidad de las firmas que suscriben la solicitud iniciada, a cuyo efecto podría por cuenta de ambos Ayuntamientos interesados y por ante Notario hacerse la comprobación referida, quedando entretanto en suspenso los efectos del acuerdo adoptado por la Comisión. En los demas que son objeto de este dictamen, tiene el honor la Comisión que suscribe de proponer a VE. se digne prestarle su superior aprobación. Palacio de sesiones, 6 de Noviembre de 1894 La Diputación acuerda aprobar el anterior dictamen. ------ Folla: 28 7. Diose cuenta del dictamen emitido por la Comisión del Palacio Provincial que dice así: a la Excma. Diputación la Comisión provincial desde primero de Abril a fin de Octubre del año actual en uso de las atribuciones que le confiere el párrafo 3º art.º 98 de la ley provincial y hallándolos arreglados a las prescripciones legales, tiene el honor de proponer a VE. se digne prestrarle su aprobación. Palacio de sesiones Pontevedra, 6 de Noviembre de 1894. La Diputación acuerda de conformidad a dicho dictamen. ------ Folla: 28 8. Diose cuenta de la proposición que dice a la Excma. Diputación Los Diputados que suscriben, teniendo en consideración los buenos servicios que prestan los empleados de Secretaría, Contaduría, Depositaría, Archivo, Cuentas municipales y los asignados al despacho de expedientes de quintas, enfermos pobres y dementes, así como el demás personal subalterno, incluso la fregadora del Palacio, tienen el honor de proponer a VE. se digne concederles con cargo al capítulo de imprevistos, la gratificación acostumbrada del importe de los sueldos íntegros de una mensualidad, para con ello compensarles de los descuentos que se les hace en sus haberes. Palacio provincial, 6 de noviembre de 1894. La Diputación acuerda de conformidad con la proposición anterior que si en el próximo mes de Diciembre hubiese fondos bastantes, se satisfaga una paga extraordinaria a todos los empleados que en la anterior proposición se citan, y que en otro caso se les satisfaga solamente media paga, quedando al criterio de la ordenación de pagos decidir si en dicha época existen o no fondos bastantes para satisfacer dicha atención ------ Folla: 28,29 9. Diose cuenta de la proposición que literalmente dice a la Excma. Diputación Los Diputados que suscriben a la Excma. Diputación tienen el honor de proponer se sirva designar una comisión de dos Diputados, que examine la Biblioteca que perteneció al finado Sr. Ruivasadre, propiedad hoy de Don Elisardo Domínguez, quien se propone cederla a la Corporación por el 10% de su valor y consignando el importe en dos, tres ó cuatro presupuestos, y trátase de una Biblioteca compuesta de obras escogidas y de excepcional importancia y es innecesario encarecer la conveniencia de su adquisición, pues no se le oculta a la ilustración de los Sres. Diputados, con tanta más razón, cuanto que aplicada la partida de adquisición de libros a la de esas obras, se evitaría que nuestra Biblioteca provincial no tuviese por ingresos esos modestísimos trabajos perfectamente inútiles muchos de ellos, que a diario se vienen adquiriendo. Palacio provincial de Pontevedra, Noviembre, 6 de 1894. El Sr. Besada apoya la anterior proposición. La Corporación acuerda aprobar el dictamen designando a los Sres. Don José Salgado y Don Emilio Álvarez Gímenez para que examinen la biblioteca de referencia y emitan informes del que juntamente con el catálogo de obras se de cuenta a esta Diputación para la resolución de proceda ------ Folla: 29 10. Diose cuenta de la proposición que dice: a la Excma. Diputación: Los Diputados que suscriben, en vista del crecido número de peticiones que en demanda de auxilios pecuniarios se han producido y de que no es posible dado el estado actual de fondos existentes en la Caja provincial atenderlas, ni aun en la proposición más reducida, y teniendo en cuenta no obstante que sino todas, una gran parte de las mismas están inspiradas en verdaderas causas de necesidad o utilidad públicas que aconsejan sean estimadas en principio, proponen al cuerpo provincial se sirva tomarlas en cuenta reservando resolver en concreto sobre cada cual tan pronto se conozca el próximo presupuesto, sin perjuicio de que si la urgencia aconseja y los fondos lo permitiesen, la Comisión provincial tomase el acuerdo provisional que la ley autoriza y en la medida que la prudencia le aconseje. Palacio de sesiones 6 de Noviembre de 1894. La Diputación acuerda aprobar el anterior dictamen. Y no habiendo más asuntos de que tratar se levantó la sesión señalando para la próxima el día de mañana y hora de once de la mañana ------ Folla: 29 11. Diose cuenta de la proposición que dice a la Excma. Diputación, los Diputados que suscriben, en vista del crecido número de peticiones que en demanda de auxilios pecuniarios se han producido y de que no es posible dado el estado actual de fondos existentes en la Caja provincial atenderlas ni aún en la proposición más reducida, y teniendo en cuenta no obstante que sino todas, una gran parte de las mismas están inspiradas en verdaderas causas de necesidad o utilidad públicas que aconsejan sean estimadas en principio, proponen al cuerpo provincial se sirva tomarlas en cuenta reservando resolver en concreto sobre cada cual tan pronto se conozca el próximo presupuesto, sin perjuicio de que si la urgencia aconseja y los fondos lo permitiesen, la Comisión provincial tomase el acuerdo provisional que la ley autoriza y en la medida que la prudencia le aconseje. Palacio de sesiones 6 de noviembre de 1894. La Diputación acuerda aprobar el anterior dictamen. Y no habiendo más asuntos de que tratar se levantó la sesión señalando para la próxima el día de mañana y hora de once de la mañana. ------

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