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1895-02-23_Extraordinaria. Acta de sesión 1895/02/23_Extraordinaria
Acta de sesión 1895/02/23_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.010/1.1895-02-23_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1895/02/23_Extraordinaria
Data(s) 1895-02-23 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 4 (Sres. Fraga Vicepresidente, Iglesias, Noboa, Nine, Gil. Mendez, Otero D. Prudencio, Alfaya, Matos, Garrido. Vázquez, Besada, Alvarez, Guerra, Limeses.) 1. Bajo la presidencia del Sr. D. Eugenio Fraga Mascato, Presidente de esta Diputación encargado del Gobierno civil de la provincia y con asistencia de los Sres. designados al margen se abrió la sesión a las once de la mañana. [NOTA: NO ESTÁ FIRMADA] ------ Folla: 4,5 2. Diose lectura a la circular nº 27 del Gobierno de provincia inserta en el BOP correspondiente al día trece de los corrientes y por la cual se convoca a la Corporación a sesión extraordinaria con objeto de acordar por el Gerente de la Compañía concesionaria del ferrocarril de Pontevedra a Carril en súplica de prorroga de la subvención concedida a la referida empresa. Diose cuenta de la instancia de referencia y se suspendió la sesión para que emitiese dictamen la Comisión de Fomento sobre la pretensión formulada. Reanudada la sesión diose cuenta del dictamen que dice así " A la Diputación provincial. La comisión de Fomento ha examinado la instancia presentada por el Gerente de la Compañia concesionaria del Ferrocarril de Pontevedra a Carril; en súplica de que se le prorrogue por tres años la subvención encendida a dicha empresaen sesión de 16 de Febrero de 1882 ampliafa en la de 15 de Mayo de 1888 y prorrogada en la de 2 de Abril de 1892; y considerando atendibles las razones expuestas por el suplicante y vista la ley de 15 de Junio de 1894 por la que se prorrogó por tres años el plazo concedido para la construcción de las obras del ferrocarril de Pontevedra al puerto del Carril; a la Excelentísima Diputación propone, se sirva acordar la concesión de una prorroga de tres años que empezar ván a contarse desde el día quince de Junio de 1894, fecha de la promulgación de la ley de prorroga del Estado, declarando en consecuencia a la compañía concesionaria con derecho al percibo de la subvención de quinientas mil pesetas que habrán de satisfacerse en los plazos y formas acordados en sesión de 15 de Mayo de 1888, simpre y cuando se hallen ejecutadas las obras subvencionadas dentro del plazo que por este nuevo acuerdo se concede. Palacio provincial. Pontevedra 23 Febrero 1895. Eduardo Iglesias. Augusto G. Besada." La Corporación acuerda aprobar el anterior dictamen. El Sr. Limeses vota en contra del anterior dictamen y el Sr. Guerra Cobián pide se congine su voto favorable al dictamen pero con la condición de que la concesión de la prorroga se sujete en un todo a la concedida por la ley de ocho de Julio de mil ochocientos noventa y dos. Y no habiendo mas asunto de que tratar Se levantó la sesión. ------
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Nota