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Acta de sesión 1919/04/30_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.047/1.1919-04-30_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1919/04/30_Ordinaria

  • Data(s) 1919-04-30 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 67 Señores: Otero D. Prudencio, Echeverría D. José, Otero Bárcena D. Manuel, Ruza D. Felipe, Riestra D. Francisco, Sampedro D. Casto, García Golmar D. Manuel, López Suárez, D. Bernardo, Villamarín D. Fernando, López Boullosa D. José, Lema D. Eladio, Sarmiento D. José, Puig D. Francisco Javier y Contreras D. Claudio. Abierta la sesión a las doce y media de la mañana bajo la presidencia del que lo es de la Diputación D. Antonio Pazos Fontenla y con asistencia de los señores Diputados provinciales que se expresan al margen, se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 67 1. El Sr. Presidente dedicó un sentido recuerdo al que fue digno y prestigioso compañero Excmo. Sr. D. Antonio López de Neira que durante tantos años en el desempeño de su cargo, se consagró con celo activo a la defensa de los intereses provinciales, acordándose por unanimidad consignar en acta el pesar de la corporación por el fallecimiento de tan cariñoso compañero y comunicar a la hija del finado Dª. Pilar López de Neira la más sentida expresión de pésame por tal desgracia. ------ Folla: 67,69 2. Acto seguido el Sr. Presidente manifiesta que convocó a la Diputación con objeto de celebrar las sesiones señaladas al abrir el segundo periodo semestral para posesionar al Diputado electo por el Distrito de Pontevedra D. Benito Corval Estévez y al Sr. D. José Barreras Massó Diputado electo por el Distrito de Redondela - Ponte Caldelas. Leidos los art. 58 y 59 de la vigente Ley provincial el Sr. Presidente suspendió la sesión por diez minutos a fin de que la Comisión Permanente de actas emitiese dictamen respecto de las presentadas por los Señores Corbal Estévez y Barreras Massó elegidos para cubrir las vacantes que existen en los mencionados Distritos de Ponteveda y Redondela - Ponte Caldelas respectivamente. Reanudada la sesión al transcurrir los minutos que anteriormente se indican, se dio lectura a los dictámenes que literalmente copiados dicen así: A la Excma. Diputación provincial. Los que suscriben Diputados que constituyen la Comisión Permanente de actas han examinado la del Diputado provincial D. Benito Corbal Estévez, elegido para cubrir la vacante que existía en el Distrito electoral de Pontevedra. Resultando: que la Junta provincial del Censo electoral en sesión que celebró el dia 26 de diciembre de 1918, proclamó Diputado electo por el expresado Distrito al referido D. Benito Corbal Estévez. Considerando: que la mencionada Junta se hallaba el repetido día 26 de diciembre constituida debidamente y que era de su competencia según el texto del art. 52 de la vigente Ley electoral, adaptada a las elecciones provinciales por R. D. de 9 de septiembre de 1909 declarar Diputado electo al candidato que aparecía con mayor número de votos de los escrutados y computados en el referido distrito electoral de Pontevedra, recayendo la proclamación en el Sr. D. Benito Corbal Estévez, toda vez que se trataba de elegir un solo representante por el mencionado Distrito. Considerando: que al no formularse protesta alguna en el acto de la proclamación que tuvo lugar en sesión pública, quedó firme el acuerdo de la Junta provincial del Censo electoral de Pontevedra. Considerando: que por ajustarse estrictamente la elección de que va hecho mérito al texto del art. 58 de la vigente Ley provincial el Sr. Corbal Estévez debe ingresar en las Comisiones en que figuraba el finado D. José Lino Martínez a quien viene a sustituir. La Comisión por unanimidad acordó proponer: 1º- Que se declare válidamente elegido al Diputado provincial anteriormente citado D. Benito Corbal Estévez. 2º- Que el Sr. Corbal Estévez deber entrar en el turno designado por la Diputación en 2 de mayo de 1917 para formar parte de la Comisión provincial en el año de 1920 a 1921. 3º- Que el repetido Sr. Corbal Estévez formará parte de las Comisiones Permanentes de actas, de Hacienda y Hospicio e Inclusa. Palacio de la Diputación a 30 de abril de 1919. Firmado y rubricado. Felipe Ruza. Claudio Contreras. Bernardo López Suárez. La Diputación prestando su asentimiento al dictamen que precede acordó posesionar del cargo al Diputado provincial por el Distrito de Pontevedra al referido D. Benito Corbal Estévez. En este momento entró en el salón en que la Corporación deliberaba el expresado Sr. Corbal. Seguidamente procediose a la lectura del dictamen que copiado literalmente dice así: A la Excma. Diputación. Los Diputados que suscriben que componen la Comisión Permanente de actas, han examinado la del Diputado provincial D. José Barreras Massó, elegido para cubrir la vacante que existía en el Distrito electoral de Redondela - Ponte Caldelas. Resultando: que presentó su acta ateniéndose a lo preceptuado en el art. 45 de la vigente Ley provincial. Resultando: que la Junta provincial del Censo electoral en sesión que celebró el día 20 de de los corrientes, proclamó Diputado definitivamente elegido por el mencionado Disrito al citado D. José Barreras Massó. Considerando: que la mencionada Junta se hallaba el expresado día 20 debidamente constituida y que era de la competencia de aquella, según el texto del art. 29 de la vigente Ley electoral adaptadas las elecciones provinciales por el R. D. de 9 de septiembre de 1909 declarar Diputado definitivamente elegido al candidato que hubiese sido proclamado si nadie solicitaba la expresada condición toda vez que se trataba de elegir un solo representante por el mencionado distrito. Considerando: que al no formularse protesta alguna en el acto de la proclamación que tuvo lugar en sesión pública, quedó firme el acuerdo de la Junta provincial del Censo electoral de Pontevedra. Considerando: que por ajustarse estrictamente la elección de que va hecho mérito al texto del art. 58 de la vigente Ley provincial, el Sr. Barreras Massó debe ingresar en las Comisiones en que figuraba el finado Excmo. Sr. Antonio López de Neira a quien viene a sustituir. La Comisión por unanimidad acordó proponer: 1º- Que se declare válidamente elegido al Diputado provincial anteriormente citado D. José Barreras Massó y 2º- Que el Sr. Barreras Massó debe entrar en el turno cuarto de la Comisión provincial que designó esta Excma. Diputación en sesión de 1º de mayo de 1915. Palacio de la Diputación a 30 de abril de 1919. Firmado y rubricado. Felipe Ruza. Claudio Contreras. Bernardo López Suárez. La Diputación prestando su asentimiento al dictamen preinserto acordó posesionar del cargo de Diputado provincial por el Distrito de Redondela - Ponte Caldelas al referido Sr. Barreras Massó, el cual entra en este momento en el salón en que la Corporación delibera. El Sr. Presidente les dedicó un cariñoso saludo expresándoles la satisfacción con que veía la corporación que entrasen a formar parte de la misma personas de tan relevantes condiciones que permitían asegurar que su concurso había de resultar altamente beneficioso para la mejor administración de los intereses que la Ley encomendaba a este organismo provincial. Los nuevos Diputados dieron gracias al Sr. Presidente por las frases lisonjeras que les dirigiera con motivo de su ingreso en esta Corporación haciendo constar que pondrían de su parte la mayor solicitud para secundar a sus dignos compañeros en la gestión honorable que venían realizando en pro de los intereses de esta provincia. ------ Folla: 69 3. Quedó enterada la Corporación de la R. O. de Gobernación aprobando el presupuesto votado para regir durante el año 1919 a 1920. ------ Folla: 69 4. El Sr. D. Francisco Riestra pide la palabra y concedida por la Presidencia manifiesta dicho Sr. que ya que la Diputación teniendo en cuenta el encarecimiento de la vida el elevado precio de las subsistencias y otras razones análogas acordó elevar los sueldos a sus empleados, al igual de lo que hicieron otras entidades con los suyos y como quiera que las circunstancias persisten y persistirán y a los empleados de esta Diputación se les ha consignado en acta ciertas restricciones para el percibo de sus haberes, pide que desaparezcan las limitaciones consignadas y se haga constar que se entiende el aumento como definitivo y para lo sucesivo sin las restricciones expresadas al igual de lo que hizo el Estado para sus empleados, a cuyas plantillas se ajustó esta Diputación para asignarles los sueldos quedando por lo tanto estos equiparados a aquellos, pues de lo contrario sería hacer de peor condición a los empleados provinciales, toda vez que las circunstancias anormales lo son para todos. El Sr. Presidente pregunta si se aprueba lo dicho por el Diputado Sr. Riestra y por unanimidad fue aprobado. Se levantó la sesión. ------

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