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1924-04-19_Ordinaria. Acta de sesión 1924/04/19_Ordinaria
Acta de sesión 1924/04/19_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.048/1.1924-04-19_Ordinaria
Título Acta de sesión 1924/04/19_Ordinaria
Data(s) 1924-04-19 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 45 Presidente: Sr. de la Sota. Diputados Señores: González Fernández, Pimentel, García Fernández, Porto, Losada Diéguez, Yáñez (Vicepresidente), Alonso Lamberty (Secretario), Massó (Secretario), Trapote Legeren, Fraga Aguiar, LOis Vidal, Sarmiento Gil, Espinosa, Olmedo, Paz Martínez, Fuentes, Guissasola, Lago, Alonso Jiménez Cuenca, Losada Fernández, Buch. Reunidos a las cinco de la tarde del día de hoy, bajo la presidencia del que lo es de esta Excelentísima Corporación provincial Don Daniel de la Sota y Valdecilla, los Señores Diputados provinciales que al margen se expresan y actuando como secretarios el propietario señor Alonso Lamberty y en calidad de interino el Señor Massó, abrióse la sesión y leída el acta de la anterior, fue aprobada, por unanimidad. ------ Folla: 45 1. Seguidamente se da lectura a los acuerdos adoptados por la Comisión Permanente, desde el día cinco al catorce del mes actual, en uso de las facultades que le otorga el caso tercero del artículo noventa y ocho de la Ley provincial; y, hecha por el Señor Presidente invitación a los señores asistentes, de si deseaban impugnarlos, como ninguno lo haya verificado, se preguntó si quedaban aprobados habiéndolo sido por unanimidad. ------ Folla: 45,52 2. Por la presidencia se da lectura de la memoria reglamentaria presentando a estudio de la Corporación el proyecto de presupuesto que ha de regir en el ejercicio de 1924-25 y que dice así: "A la Excma. Diputación provincial. Excmo. Sr. La ordenación de pagos de conformidad con lo dispuesto en el artículo cuarto del Real Decreto de treinta de noviembre de 1899, presenta a la Diputación el proyecto de presupuesto formado por la Comisión para el año económico de 1924-25. Las diferencias que resultan de la comparación de ese proyecto con el presupuesto vigente están especificadas y explicadas en el adjunto estado comparativo, y en el dictamen de la Comisión de presupuestos, y por ello no insiste esta Ordenación en la explicación de las alteraciones introducidas. Al propio tiempo, que la presentación a V. E. de aquel proyecto, quiere poner esta Ordenación de manifiesto el movimiento de los fondos de esta Diputación y, la situación de algunas de sus principales cuentas: Desde el primero de enero del corriente año hasta el quince del actual, han ingresado en la Caja de esta Diputación, pesetas...............427.366,70 En el mismo lapso de tiempo del año 1923 ingresaron, ptas......334.044,11 Diferencia a favor de 1924, pesetas.............................................93.322,59 Lo cual demuestra que la reacción favorable iniciada desde la constitución del Directorio militar y que se tradujo en un aumento, en los ingresos de una media mensual de 56.139,79 pesetas hasta treinta y uno de diciembre de mil novecientos veintitrés continúa sosteniéndose si bien ha disminuido dicha media mensual por la sencilla razón de haber saldado varios ayuntamientos sus cuentas por contingente provincial. Se han pagado en los tres meses y medio a que se refieren los anteriores datos, pesetas......402.420,06. De las cuales, pesetas 127.819,25 corresponden a pagos por beneficencia y de ellas, pesetas, 44.328,90 se han satisfecho al Manicomio de Conxo quedando reducido el saldo de esta cuenta al empezar el ejercicio era de pesetas, 103.686,50, a pesetas, 45.447,10 cantidad esta que representa el saldo aproximado en esta fecha. La existencia de Caja el día quince del actual era de 96.958,11 pesetas de las cuales pesetas 42.147,93 corresponden a lo ingresado por los ayuntamientos de la provincia por las cuotas que les fueron asignadas para establecimiento de la red telefónica provincial, y, quiere hacer notar esta Ordenación que la existencia en Caja por este concepto en treinta y uno de diciembre último era de 20.033,44 lo cual significa que en los tres meses y medio a que se contraen estos datos han ingresado pesetas 22.114,49 contra 32.833,44 pesetas ingresadas por este concepto desde primero de abril de 1919 hasta treinta y uno de diciembre de 1923, esto es durante cuatro años y nueve meses. Pontevedra 19 de abril de 1924. El Presidente: Daniel de la Sota". También se da lectura del dictamen de la Comisión de presupuestos que dice textualmente: "A la Excma. Diputación provincial. La Comisión de presupuestos que suscribe, estudió detenidamente el presupuesto hoy vigente, a fin de confeccionar el de 1924-25, manteniendo el prorrogado con las variaciones que a continuación se citan. Con ello cree, esta Comisión haber cumplido con los deberes que su Ley orgánica le dicta, ya que resultan dotados todos los servicios que corren a cargo de la Diputación, en la medida que los recursos de esta lo permiten, no en la forma, mucho más amplia, que esta Comisión deseara. Ingresos = Aumentos = Capítulo 7º. Artículo único. Se aumenta en 450 ptas. el importe del alquiler del Palacio o sea el quince por cien que la Ley autoriza. Gastos = Aumentos = Capítulo 1º. Artículo 1º. Se aumenta en 500 ptas. el sueldo del Contador por abono de un quinquenio desde primero de julio. Capítulo 2º. Artículo 2º. Se consignan 7.000 ptas. por este concepto por considerar exagerada la partida de 9.000 ptas. que figuraba en el ejercicio 1923-24. Capítulo 2º. Artículo 4º. Es alta, con respecto al prorrogado, la partida de once mil pesetas, rebajada en 250 pesetas, la que figuraba en el ejercicio 1923-24 para confección de listas electorales y otros impresos relativos a elecciones. Capítulo 3º. Artículo 1º. Se aumenta en 160,50 pesetas el haber del personal mecánico por ser el que corresponde al número de días de trabajo del año actual. Capítulo 4º. Artículo 1º. Se consignan 500 ptas. en vez de 322,50 pesetas, que figuraban en el ejercicio de 1923-24 para pago de la prima del Seguro contra incendios del Palacio provincial por si, estudiadas las condiciones de la actual póliza, se resolviese variarlas. Capítulo 4º. Artículo 2º. En atención a las circunstancias de Dª. Elisa Fernández Cabanillas, viuda del funcionario Don José Lois Sancho, se acuerda concederle la pensión anual de setecientas cincuenta pesetas por se la que, según el Reglamento, le corresponde en proporción al sueldo regulador que aquel disfrutaba. Vista la instancia presentada ante esta Comisión por Dª. María Liman y, atendiendo a que actualmente son innecesarios sus servicios, como portera de la Inclusa, se acuerda declarar su excedencia forzosa con los dos tercios de su haber, es decir con el haber pasivo anual de cuatrocientas ochenta pesetas. Capítulo 5º. Artículo 3º. Se consignan cuatro mil cuatrocientas pesetas para aumento gradual de los Maestros e igual cantidad por atrasos del ejercicio 1923-24 toda vez no se consignara en el presupuesto correspondiente cantidad alguna a tal objeto. Capítulo 5º. Articulo 4º. Se aumenta en 3.175 pesetas la partida consignada en el ejercicio 1923-24 para subvención del Colegio de Sordomudos y ciegos de Santiago, en previsión de que, de acuerdo con las otras tres Diputaciones de Galicia, se fije como tipo único para cada una la cantidad de 8.500 pesetas por año. Capítulo 6º. Artículo 2º. Encontrado justificadas las razones alegadas en la solicitud presentada ante esta Comisión por el auxiliar Don Manuel Ruysuárez, propone se aumente su haber anual en quinientas pesetas toda vez fue el único empleado de esta Diputación a quien no se aumentó el sueldo con la partida de 34.000 pesetas que a tal objeto figuró en el presupuesto 1923-24 estando actualmente nivelados, en cuanto a él, los porteros de esta Corporación. Capítulo 8º. Artículo único. La partida de diez mil pesetas que, para imprevistos, se consignaba en el presupuesto de 1923-24, que en el prorrogado se redujo a tres mil pesetas, se eleva a treinta y cinco mil cuatrocientas veintisiete pesetas con treinta y un céntimos, por considerar aquella demasiado reducida. = Bajas = Capítulo 2º. Artículo 4º. Teniendo en cuenta que el Estado municipal, en su artículo 202, dice que la Dirección general de Sanidad cederá gratuitamente a los ayuntamientos la cantidad de vacuna que necesiten, y toda vez este era el fundamento de la subvención que se venía concediendo al Instituto Vacinógeno de Pontevedra, la Comisión propone la supresión de esta partida importante de tres mil pesetas. Capítulo 4º. Artículo 1º. Se rebaja en mil quinientas pesetas la cantidad consignada en el presupuesto prorrogado para pago del impuesto de utilidades a los empleados. Capítulo 4º. Artículo 2º. Se rebaja en quinientas pesetas la pensión de la Señorita África López, toda vez solo le restan por percibir tres trimestres durante el actual ejercicio según los términos en que aquella le fue concedida. Pontevedra, 19 de abril de 1924. Martín Lago, Alvaro Losada, J. Sarmiento Gil, Joaquín Buch Carsi, M. Alonso. Rubricados". Por el Diputado Señor Losada Fernández vocal de la Comisión de presupuestos se da lectura de las instancias suscritas por Don Bernardo S. Cobián y Don José Millán en súplica, el primero, de que se incluya en el presupuesto la partida de quinientas pesetas que como indemnización fija venía percibiendo desde 1917 por no hallarse tal indemnización sujeta a revisión como las acordadas desde el año 1919, y el segundo pidiendo se deje sin efecto la rebaja acordada en la partida de mil quinientas pesetas para material de la Depositaría, de que es jefe, y quebranto de moneda, toda vez hace más de cuarenta años que viene figurando en presupuesto y porque además en los pasados aumentos de sueldos había sido inexplicablemente pospuesto a otros funcionarios, la Diputación después de oír la lectura de los escritos de referencia acordó por unanimidad su desestimación por ser criterio de la Corporación que se mantiene con carácter general la supresión de las gratificaciones o indemnizaciones que no estén expresamente mandadas por precepto de la Ley. El Señor Trapote consigna su disconformidad sobre el sostenimiento de varias pensiones que figuran en el proyecto de presupuesto presentado y que habían sido concedidas fuera del criterio establecido por el Estado y en virtud del debate iniciado por este Señor Diputado y en el que han intervenido los Señores: Losada Fernández, Fraga, Losada Diéguez, Alonso (Don Mauro), Porto y el Señor Presidente, se acuerda por unanimidad, encargar a la Comisión Provincial de la modificación, sin limitaciones de ninguna clase, del Reglamento aprobado por la Corporación en sesión de catorce de octubre de mil novecientos dieciséis por el Ministerio de la Gobernación a medio de Real Orden de doce de mayo de mil novecientos diecisiete y muy especialmente sus reglas séptima y décima que se refieren a jubilaciones y pensiones. El Señor Losada Diéguez hace uso de la palabra para subrayar como después del detenido estudio hecho por la Comisión de Presupuestos, con la supresión de una subvención que tenía la Sociedad de Ganados de Riobó y la desaparición de una plaza para sostenimiento del Instituto vacinogénico, se deduce que la Diputación, se va desprendiendo poco a poco de aquellas funciones que le eran propias quedando casi reducida su finalidad actual a sostenimiento del personal y pago de las obligaciones de beneficencia lo que señala para lamentarlo. Examinando detenidamente el presupuesto que habrá de regir en el venidero ejercicio y con las modificaciones propuestas, mereció la general aprobación siendo por tanto el que entrará en vigor en primero de julio el siguiente: Presupuesto para el año económico de 1924-25 Cap.art. Ingresos Partidas Art. Capit. Ptas. Ptas. Ptas 1º 2º Intereses de 8 títulos de la deuda perpetua. 88,20 88,20 88,20 4º Uº Repartimiento del déficit entre los pueblos a razón del 20% de los 5.252.433,70 ptas que los mismos pagan al Tesoro por territorial e industrial. 1.050.486,74 Idem. Idem. 7º Uº A percibir del ayuntº de la capital y Junta de Partido por partes iguales para satisfacer el alquiler de la Casa Audiencia provincial. 1.500 A percibir del Tesoro por el alquiler de la par- te que en este Palacio provincial ocupan las habitaciones particulares del Sr. Gobernador y todas las oficinas y dependencias del Go- bierno Civil = 3.000 ptas que rebajadas en el 1,20 del impuesto sobre pagos y en el impor- te de los timbres móviles de los doce libra- mientos del año se reducen a 2.962,80 A percibir del contratista del Boletín Oficial, según contrato. 126 4.588,80 4.588,80 11 1º Existencia probable en Caja en 30 de junio de 1924. 22.381,36 22.381,36 22.381,36 12 Uº A percibir de la Dirección General de Pe- nales por anticipos hechos a su instancia para satisfacer el racionado de presos a disposición de la Audiencia provincial y penados del presidio correccional duran- te los meses de octubre y noviembre de 1922. 2.519,88 2.519,88 2.519,88 Total de ingresos 1.080.064,98 Cap.art. Gastos Partidas Art. Capit. Ptas. Ptas. Ptas. 1º 1º Administración provincial Gastos de representación de Presidente. 2.500 Dietas de los diputados vocales de las Co- misiones provincial, mixta de reclutamiento. 10.000 Personal de Secretaría Sueldo del secretario. 8.000 Id. de un oficial. 4.300 Id. de otro. 4.300 Id. de otro. 4.300 Id. de otro. 4.050 Id. de otro. 3.800 Id. de otro. 3.800 Id. de un conserje. 2.500 Id. de un portero mayor. 2.500 Id. de un portero. 2.000 Personal de Contaduría Sueldo del contador con 5 quinquenios. 10.000 Id. de un oficial. 4.300 Id. de un ordenanza. 2.000 Personal de Depositaría Sueldo del depositario. 4.800 Id. de un oficial. 4.800 Id. de otro. 4.300 Id. de un auxiliar. 3.000 Personal de la sección de cuentas Sueldo del jefe con 3 quinquenios. 9.000 Personal de construcciones civiles Gratificación al arquitecto. 2.800 Sueldo de un oficial. 3.800 Personal de caminos provinciales Sueldo del Director jefe. 8.000 Personal del archivo Sueldo del archivero. 5.000 Id. de un oficial. 4.800 118.650 1º 2º Material de oficina De la secretaria de la Diputación y Comisión provincial. 1.500 De la contaduría. 3.750 De la depositaría. 750 De caminos provinciales. 1.000 De la presidencia de la Diputación. 600 De construcciones civiles. 250 Del archivo provincial. 500 Del consejo de fomento. 750 De la sección de presupuestos. 750 Del negociado de reformas sociales del Gobierno civil. 150 10.000 128.650 2º 1º Quintas Sueldo de un oficial. 3.800 Id. de otro. 3.800 Id. de otro. 3.800 Id. de otro. 3.800 Id. de un auxiliar. 3.000 Honorarios de facultativos por reconoci- mientos. 1.800 Material e ingresos de quintas. 1.000 21.000 2º 2º Bagajes Para este servicio 7.000 7.000 2º 4º Elecciones Para impresión de listas electorales. 11.000 2º 5º Calamidades Para remediar las que ocurran en la provincia. 5.000 Para sostenimiento del Instituto "Cobián Areal" de Pontevedra. 1.750 Para id. de id. del Doctor D. Miguel Saenz de Vigo. 1.750 8.500 47.500 3º 1º Conservación de Caminos Jornales de 47 peones a 3 ptas diarias y 9 capataces a 3,50 ptas. 58.582,50 Id. del empleo de acopios, arbolado, herramientas y recomposición de ca- minos. 10.000 Para contratas de acopios. 47.659 112.241,50 3º 4º Conservación de fincas. Para personal de limpieza y conservación del Palacio provincial. 2.007,50 Gratificación al encargado de timbres y relojes. 150 Sueldo del jardinero de la Diputación y conserje del Museo. 1.000 Gratificación al encargado del grupo- motor bomba del Palacio provincial. 192 Para abono de la estación telefónica de la Diputación. 112,63 Para obras de reparación y conserva- ción de este Palacio. 15.000 18.462,13 130.703,63 4º 1º Contribuciones y seguros. Para satisfacer al Tesoro el impuesto de utilidades sobre sueldos hasta de 5.000 ptas anuales, sobre gratificacio- nes e indemnizaciones así como la contribución territorial y de persona jurídica. 12.000 Prima del seguro contra incendios del Palacio provincial. 500 12.500 4º 2º Pensiones y jubilaciones Pensionistas: Dª. Sabina Mathé. 3.000 La misma por atrasos de su pensión desde 30 de enero de 1920 a 31 de marzo de 1921. 2.333,30 Dª. Encarnación Pereiro. 2.000 Dª. Encarnación y Adelaida de la Peña. 1.500 D. Patrocinio Fonseca Buceta. 1.500 D. Antonio Medal. 1.500 Dª. Carmen, Amparo y Dolores Acuña. 1.250 D. José Acuña. 1.500 Dª. Carmen y Elena Quintana. 1.000 Dª. Flora Pazos. 1.000 Dª. Josefa Rivera Gómez. 1.000 Dª. María y Águeda Núñez Vázquez. 1.000 Dª. Benita Viñas del Monte. 1.000 Dª. Regina Ulloa. 899,98 D. Patrocinio Santurde. 750 Dª. Carlota Ruysuárez. 750 Dª. Rosa Larregui y Gastou. 750 Dª. María de los Remedios y Carmen Suárez. 625 Dª. María Luisa y Enrique Sotelo Novoa. 500 Dª. Antonia Álvarez. 625 Dª. Mª de las Mercedes del Monte. 562 Dª. Dolores del Monte Touza. 500 Dª. Victoria Josefa Santos. 450 Dª. Concepción Peón. 400 Dª Juana de la Torre García. 366 Dª. Benita Panivino. 200 Dª. Josefa Cabanillas viuda de Lois. 750 D. José Pallares. 183 D. Francisco Fernández. 183 D. Enrique Tilve. 735 Dª. África López Sanmartín. 1.500 Jubilaciones: D. Julio Álvarez Builla. 8.400 Dª. María Simán. 480 D. Cosme Rufrelo Besada. 1.600 D. Gerardo Paz Casas. 1.600 Para la Caja Regional del Retiro Obrero. 2.500 16.892,08 59.392,08 5º 1º Junta provincial de Instrucción pública Al Tesoro por haberes del personal de la sección administrativa. 9.500 Sueldo de un ordenanza. 2.000 Material de oficina de la secretaría de dicha sección. 1.000 Id. de id. de la Junta provincial de Ins- trucción pública. 250 12.750 5º 2º Atenciones de 2ª enseñanza Para ingresar en el Tesoro por este concepto. 70.128,46 Inquilinatos: De la casa Escuela Normal de maestras. 1.825 De la dirección de la id. maestros. 600 De la casa de la directora de maestras. 600 De la id. del conserje y portero de la de maestros. 500 De la id. de la portera de la de maestras. 365 De la id. de la conserje de la id. 240 74.258,46 5º 3º Atenciones de 1ª Enseñanza Sueldo de un auxiliar de la Inspección. 3.000 Aumento gradual de sueldo a los ma- estros de la provincia incluso el corres- pondiente a 1923-24. 8.800 11.800 5º 4º Colegio de Sordomudos y ciegos Subvención al de Santiago. 8.500 8.500 5º 5º Bibliotecas Para sostenimiento de la Nacional. 250 Para suscripción a la revista de archi- vos y bibliotecas, diccionario de la administración, revista de la adminis- tración local, Gaceta y Boletín Oficial del Ministerio de Guerra. 200 450 5º 6º Museos Para sostenimiento de la Sociedad Arqueológica de Pontevedra. 1.000 1.000 108.758,46 6º 1º Atenciones generales de beneficencia Sueldo del secretario de la Junta provincial de beneficencia. 4.000 Id. del oficial auxiliar de la comi- sión provincial. 3.800 Id. de otro oficial. 4.800 Material de oficina de la Junta. 300 Para satisfacer estancias de demen- tes en el Manicomio de Conxo. 99.687 112.587 6º 2º Hospitales Sueldo de un oficial encargado de la tramitación de expedientes de enfer- mos. 3.800 Id. de un auxiliar. 2.500 Indemnización fija al médico que informa los expedientes de enfermos. 2.600 Para satisfacer estancias de enfer- mos en el Hospital. 168.000 Para id. id. de asilados en el Hos- picio de Pontevedra. 67.525 Para id. id. en los asilos de ancia- nos desamparados incluso pesetas mil doscientas treinta y siete con cincuenta céntimos saldo a favor del asilo de Vigo por el año de mil nove- cientos veintidos. 18.439,50 Subvenciones: Para sostenimiento de la Casa de Caridad de Vigo. 8.000 Para id. de la id. de Baiona. 500 Para id. del hospitalillo de Cuntis. 562,50 Para id. del id. de Mondariz. 500 Para id. del Asilo de ancianos de- samparados de Tui. 500 Para id. del id. de Pontevedra. 2.500 Para id.del id. de Caldas. 500 Para id. del id. de Vilagarcía. 500 Para id. del id. de Vigo. 1.250 Para id. del Monte de Piedad de Pontevedra. 2.500 Para id. de las Siervas de María de id. 1.500 Para id. del Asilo benéfico de la Infacia de Vigo. 1.500 A la Junta de Sras. que regenta la Es- cuela gratuita nocturna para obreros de Pontevedra. 500 Para el Asilo de Hermanitas Trinita- rias de Vigo. 750 Para sostenimiento de la Escuela de párvulos de Cantoarena - Marín regen- tada por las Hijas de la Caridad. 500 Para id. del Hospital e inclusa de Tui. 3.750 Para id. de la casa de la Cruz Roja de Pontevedra. 1.000 289.677 6º 4º Inclusa provincial Según presupuesto especial. 82.822 82.822 485.086 7º 1º Gastos cárcelarios Jornal de una auxiliar del maestro del presidio. 547,50 547,50 547,50 8º Uº Imprevistos Para los gastos imprevistos que ocu- rran durante el ejercicio. 35.427,31 35.427,31 35.427,31 10º 2º Carreteras Personal: Sueldo de un ayudante. 4.800 Id. de un oficial administrativo. 3.800 Id. de un sobrestante. 4.300 Id. de un delineante. 3.800 Id. de un id. 3.000 Id. de un ordenanza. 2.000 Indemnizaciones fijas: Al director jefe. 2.000 Id. a justificar por el ayudante y sobrestante. 2.000 Al pagador de caminos para gas- tos de giro y correo. 500 Obras nuevas: Expropiación y obras de la tercera sec- ción del camino de Callobre a Ponte Ledesma. 13.500 Id. id. del trozo 1º del id. de Agolada al límite de la provincia. 15.000 Id. id. del id. de A Cañiza a A Pousa. 15.000 69.700 69.700 11º Uº Obras diversas: Al ayuntº de O Porriño 8º plazo para construcción de una plaza de abastos. 1.500 Al id. de Caldas 8º id. para id. de una id. 1.500 Al id. de Vigo 6º plazo para id. de un Hospital. 5.000 8.000 8.000 12º Uº Otros gastos. Para la energía eléctrica que se utilice en este palacio provincial. 800 Indemnización fija al cronista de la pro- vincia. 2.500 Para uniformes de porteros y ordenanzas. 250 A la Sociedad de "Amigos del País" de Pontevedra para su sostenimiento. 1.750 Al Comité provincial de los Explorado- res de España para id. 1.000 6.300 6.300 Total gastos 1.080.064,98 Resumen Importan los ingresos: 1.080.064,98 pesetas. Id. los gastos: 1.080.064,98 pesetas. Por último, se dio cuenta de moción que presenta la Comisión provincial y que literalmente copiada dice así: "La Comisión permanente de la Diputación provincial de Pontevedra, tiene el honor de proponer a la Diputación provincial la siguiente moción: Después del estudio tan detenidamente hecho por la Comisión de presupuestos y de una labor de investigación de tres meses alrededor de las funciones e ingresos de la Diputación provincial, reflejo exacto de lo que en la totalidad de las Diputaciones sucede, con excepción de las Vascongadas y Navarra, apareciendo evidente que, con excepción de las funciones beneficencia, todas las demás son nominales y que las fuentes de ingresos aparecen limitadas con una dependencia absoluta de los municipios sin que el porvenir de las Diputaciones ofrezca más amplios horizontes, hemos llegado a las conclusiones siguientes: Primera.- Las Diputaciones provinciales, en la organización actual del régimen local son perfectamente inútiles. Segunda.- Urge una reorganización del régimen local provincial, siguiendo el espíritu de la reunión de los representantes de las Diputaciones gallegas en Santiago, sobre la base del reconocimiento de la personalidad regional. Tercera.- En tal sentido, debe hacerse una exposición para ser entregada al Señor Calvo Sotelo, en su próxima visita a Santiago. Cuarta.- Sin pérdida de tiempo esta Diputación debe dirigirse a las restantes Diputaciones gallegas para establecer definitivamente las bases de la organización regional. Cree esta Comisión, que si la gestión de los actuales Diputados ha de tener un verdadero valor y un hondo significado, están obligaos estos a contribuir también a la transformación de los Organismos del Estado pues una mera labor de enmiendas administrativas poco es por si sola, ya que todo camino de renovación ha de ser inspirado por ideales que, tras si, llevan la destrucción de todo lo inútil y caduco y el despertar de las fuerzas espirituales y económicas capaces de concretarse en Organismos Plenos de vitalidad. Palacio provincial, 19 de abril, 1924. Antonio Losada Diéguez, César Lois, G. Massó, Daniel Fraga, J. Sarmiento Gil, V. Trapote Legeren. Todos rubricados. Apoyada la anterior moción, por el Señor Losada Diéguez, es objeto de diversas aclaraciones, siendo, en definitiva, tomada en consideración con el voto particular de los Señores Losada Fernández y Lago que piden se haga constar su opinión de que: la inutilidad de las Diputaciones no puede afirmarse como un concepto absoluto y rotundo, sino de una manera relativa; y, se designan a los Señores Presidente, Espinosa y Losada Diéguez para que redacten la exposición que ha de entregarse al Señor Calvo Sotelo ejecutando así la conclusión "tercera" del escrito-moción presentado por la Comisión permanente. Y no habiendo más asuntos de que tratar. Se levantó la sesión. ------
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