ATOPO
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Acta de sesión 1924/04/19_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.048/1.1924-04-19_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1924/04/19_Ordinaria

  • Data(s) 1924-04-19 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 45
    Presidente: Sr. de la Sota.
    Diputados Señores: González Fernández, Pimentel, García Fernández, Porto, Losada Diéguez, Yáñez (Vicepresidente), Alonso Lamberty (Secretario), Massó (Secretario), Trapote Legeren, Fraga Aguiar, LOis Vidal, Sarmiento Gil, Espinosa, Olmedo, Paz Martínez, Fuentes, Guissasola, Lago, Alonso Jiménez Cuenca, Losada Fernández, Buch.
    Reunidos a las cinco de la tarde del día de hoy, bajo la presidencia del que lo es de esta Excelentísima Corporación provincial Don Daniel de la Sota y Valdecilla, los Señores Diputados provinciales que al margen se expresan y actuando como secretarios el propietario señor Alonso Lamberty y en calidad de interino el Señor Massó, abrióse la sesión y leída el acta de la anterior, fue aprobada, por unanimidad.

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    Folla: 45
    1. Seguidamente se da lectura a los acuerdos adoptados por la Comisión Permanente, desde el día cinco al catorce del mes actual, en uso de las facultades que le otorga el caso tercero del artículo noventa y ocho de la Ley provincial; y, hecha por el Señor Presidente invitación a los señores asistentes, de si deseaban impugnarlos, como ninguno lo haya verificado, se preguntó si quedaban aprobados habiéndolo sido por unanimidad.
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    Folla: 45,52
    2. Por la presidencia se da lectura de la memoria reglamentaria presentando a estudio de la Corporación el proyecto de presupuesto que ha de regir en el ejercicio de 1924-25 y que dice así: "A la Excma. Diputación provincial. Excmo. Sr. La ordenación de pagos de conformidad con lo dispuesto en el artículo cuarto del Real Decreto de treinta de noviembre de 1899, presenta a la Diputación el proyecto de presupuesto formado por la Comisión para el año económico de 1924-25. Las diferencias que resultan de la comparación de ese proyecto con el presupuesto vigente están especificadas y explicadas en el adjunto estado comparativo, y en el dictamen de la Comisión de presupuestos, y por ello no insiste esta Ordenación en la explicación de las alteraciones introducidas. Al propio tiempo, que la presentación a V. E. de aquel proyecto, quiere poner esta Ordenación de manifiesto el movimiento de los fondos de esta Diputación y, la situación de algunas de sus principales cuentas:
    Desde el primero de enero del corriente año hasta el quince del actual, han ingresado en la Caja de esta Diputación, pesetas...............427.366,70
    En el mismo lapso de tiempo del año 1923 ingresaron, ptas......334.044,11
    Diferencia a favor de 1924, pesetas.............................................93.322,59
    Lo cual demuestra que la reacción favorable iniciada desde la constitución del Directorio militar y que se tradujo en un aumento, en los ingresos de una media mensual de 56.139,79 pesetas hasta treinta y uno de diciembre de mil novecientos veintitrés continúa sosteniéndose si bien ha disminuido dicha media mensual por la sencilla razón de haber saldado varios ayuntamientos sus cuentas por contingente provincial. Se han pagado en los tres meses y medio a que se refieren los anteriores datos, pesetas......402.420,06.
    De las cuales, pesetas 127.819,25 corresponden a pagos por beneficencia y de ellas, pesetas, 44.328,90 se han satisfecho al Manicomio de Conxo quedando reducido el saldo de esta cuenta al empezar el ejercicio era de pesetas, 103.686,50, a pesetas, 45.447,10 cantidad esta que representa el saldo aproximado en esta fecha. La existencia de Caja el día quince del actual era de 96.958,11 pesetas de las cuales pesetas 42.147,93 corresponden a lo ingresado por los ayuntamientos de la provincia por las cuotas que les fueron asignadas para establecimiento de la red telefónica provincial, y, quiere hacer notar esta Ordenación que la existencia en Caja por este concepto en treinta y uno de diciembre último era de 20.033,44 lo cual significa que en los tres meses y medio a que se contraen estos datos han ingresado pesetas 22.114,49 contra 32.833,44 pesetas ingresadas por este concepto desde primero de abril de 1919 hasta treinta y uno de diciembre de 1923, esto es durante cuatro años y nueve meses. Pontevedra 19 de abril de 1924. El Presidente: Daniel de la Sota".
    También se da lectura del dictamen de la Comisión de presupuestos que dice textualmente: "A la Excma. Diputación provincial. La Comisión de presupuestos que suscribe, estudió detenidamente el presupuesto hoy vigente, a fin de confeccionar el de 1924-25, manteniendo el prorrogado con las variaciones que a continuación se citan. Con ello cree, esta Comisión haber cumplido con los deberes que su Ley orgánica le dicta, ya que resultan dotados todos los servicios que corren a cargo de la Diputación, en la medida que los recursos de esta lo permiten, no en la forma, mucho más amplia, que esta Comisión deseara.

    Ingresos
    = Aumentos =

    Capítulo 7º. Artículo único. Se aumenta en 450 ptas. el importe del alquiler del Palacio o sea el quince por cien que la Ley autoriza.

    Gastos
    = Aumentos =

    Capítulo 1º. Artículo 1º. Se aumenta en 500 ptas. el sueldo del Contador por abono de un quinquenio desde primero de julio.
    Capítulo 2º. Artículo 2º. Se consignan 7.000 ptas. por este concepto por considerar exagerada la partida de 9.000 ptas. que figuraba en el ejercicio 1923-24.
    Capítulo 2º. Artículo 4º. Es alta, con respecto al prorrogado, la partida de once mil pesetas, rebajada en 250 pesetas, la que figuraba en el ejercicio 1923-24 para confección de listas electorales y otros impresos relativos a elecciones.
    Capítulo 3º. Artículo 1º. Se aumenta en 160,50 pesetas el haber del personal mecánico por ser el que corresponde al número de días de trabajo del año actual.
    Capítulo 4º. Artículo 1º. Se consignan 500 ptas. en vez de 322,50 pesetas, que figuraban en el ejercicio de 1923-24 para pago de la prima del Seguro contra incendios del Palacio provincial por si, estudiadas las condiciones de la actual póliza, se resolviese variarlas.
    Capítulo 4º. Artículo 2º. En atención a las circunstancias de Dª. Elisa Fernández Cabanillas, viuda del funcionario Don José Lois Sancho, se acuerda concederle la pensión anual de setecientas cincuenta pesetas por se la que, según el Reglamento, le corresponde en proporción al sueldo regulador que aquel disfrutaba.
    Vista la instancia presentada ante esta Comisión por Dª. María Liman y, atendiendo a que actualmente son innecesarios sus servicios, como portera de la Inclusa, se acuerda declarar su excedencia forzosa con los dos tercios de su haber, es decir con el haber pasivo anual de cuatrocientas ochenta pesetas.
    Capítulo 5º. Artículo 3º. Se consignan cuatro mil cuatrocientas pesetas para aumento gradual de los Maestros e igual cantidad por atrasos del ejercicio 1923-24 toda vez no se consignara en el presupuesto correspondiente cantidad alguna a tal objeto.
    Capítulo 5º. Articulo 4º. Se aumenta en 3.175 pesetas la partida consignada en el ejercicio 1923-24 para subvención del Colegio de Sordomudos y ciegos de Santiago, en previsión de que, de acuerdo con las otras tres Diputaciones de Galicia, se fije como tipo único para cada una la cantidad de 8.500 pesetas por año.
    Capítulo 6º. Artículo 2º. Encontrado justificadas las razones alegadas en la solicitud presentada ante esta Comisión por el auxiliar Don Manuel Ruysuárez, propone se aumente su haber anual en quinientas pesetas toda vez fue el único empleado de esta Diputación a quien no se aumentó el sueldo con la partida de 34.000 pesetas que a tal objeto figuró en el presupuesto 1923-24 estando actualmente nivelados, en cuanto a él, los porteros de esta Corporación.
    Capítulo 8º. Artículo único. La partida de diez mil pesetas que, para imprevistos, se consignaba en el presupuesto de 1923-24, que en el prorrogado se redujo a tres mil pesetas, se eleva a treinta y cinco mil cuatrocientas veintisiete pesetas con treinta y un céntimos, por considerar aquella demasiado reducida.

    = Bajas =

    Capítulo 2º. Artículo 4º. Teniendo en cuenta que el Estado municipal, en su artículo 202, dice que la Dirección general de Sanidad cederá gratuitamente a los ayuntamientos la cantidad de vacuna que necesiten, y toda vez este era el fundamento de la subvención que se venía concediendo al Instituto Vacinógeno de Pontevedra, la Comisión propone la supresión de esta partida importante de tres mil pesetas.
    Capítulo 4º. Artículo 1º. Se rebaja en mil quinientas pesetas la cantidad consignada en el presupuesto prorrogado para pago del impuesto de utilidades a los empleados.
    Capítulo 4º. Artículo 2º. Se rebaja en quinientas pesetas la pensión de la Señorita África López, toda vez solo le restan por percibir tres trimestres durante el actual ejercicio según los términos en que aquella le fue concedida. Pontevedra, 19 de abril de 1924. Martín Lago, Alvaro Losada, J. Sarmiento Gil, Joaquín Buch Carsi, M. Alonso. Rubricados".
    Por el Diputado Señor Losada Fernández vocal de la Comisión de presupuestos se da lectura de las instancias suscritas por Don Bernardo S. Cobián y Don José Millán en súplica, el primero, de que se incluya en el presupuesto la partida de quinientas pesetas que como indemnización fija venía percibiendo desde 1917 por no hallarse tal indemnización sujeta a revisión como las acordadas desde el año 1919, y el segundo pidiendo se deje sin efecto la rebaja acordada en la partida de mil quinientas pesetas para material de la Depositaría, de que es jefe, y quebranto de moneda, toda vez hace más de cuarenta años que viene figurando en presupuesto y porque además en los pasados aumentos de sueldos había sido inexplicablemente pospuesto a otros funcionarios, la Diputación después de oír la lectura de los escritos de referencia acordó por unanimidad su desestimación por ser criterio de la Corporación que se mantiene con carácter general la supresión de las gratificaciones o indemnizaciones que no estén expresamente mandadas por precepto de la Ley.
    El Señor Trapote consigna su disconformidad sobre el sostenimiento de varias pensiones que figuran en el proyecto de presupuesto presentado y que habían sido concedidas fuera del criterio establecido por el Estado y en virtud del debate iniciado por este Señor Diputado y en el que han intervenido los Señores: Losada Fernández, Fraga, Losada Diéguez, Alonso (Don Mauro), Porto y el Señor Presidente, se acuerda por unanimidad, encargar a la Comisión Provincial de la modificación, sin limitaciones de ninguna clase, del Reglamento aprobado por la Corporación en sesión de catorce de octubre de mil novecientos dieciséis por el Ministerio de la Gobernación a medio de Real Orden de doce de mayo de mil novecientos diecisiete y muy especialmente sus reglas séptima y décima que se refieren a jubilaciones y pensiones.
    El Señor Losada Diéguez hace uso de la palabra para subrayar como después del detenido estudio hecho por la Comisión de Presupuestos, con la supresión de una subvención que tenía la Sociedad de Ganados de Riobó y la desaparición de una plaza para sostenimiento del Instituto vacinogénico, se deduce que la Diputación, se va desprendiendo poco a poco de aquellas funciones que le eran propias quedando casi reducida su finalidad actual a sostenimiento del personal y pago de las obligaciones de beneficencia lo que señala para lamentarlo.
    Examinando detenidamente el presupuesto que habrá de regir en el venidero ejercicio y con las modificaciones propuestas, mereció la general aprobación siendo por tanto el que entrará en vigor en primero de julio el siguiente:

    Presupuesto para el año económico de 1924-25

    Cap.art. Ingresos Partidas Art. Capit.
    Ptas. Ptas. Ptas
    1º 2º Intereses de 8 títulos de la deuda perpetua. 88,20 88,20 88,20
    4º Uº Repartimiento del déficit entre los pueblos a
    razón del 20% de los 5.252.433,70 ptas que
    los mismos pagan al Tesoro por territorial
    e industrial. 1.050.486,74 Idem. Idem.
    7º Uº A percibir del ayuntº de la capital y Junta de
    Partido por partes iguales para satisfacer
    el alquiler de la Casa Audiencia provincial. 1.500
    A percibir del Tesoro por el alquiler de la par-
    te que en este Palacio provincial ocupan las
    habitaciones particulares del Sr. Gobernador
    y todas las oficinas y dependencias del Go-
    bierno Civil = 3.000 ptas que rebajadas en el
    1,20 del impuesto sobre pagos y en el impor-
    te de los timbres móviles de los doce libra-
    mientos del año se reducen a 2.962,80
    A percibir del contratista del Boletín Oficial,
    según contrato. 126 4.588,80 4.588,80
    11 1º Existencia probable en Caja en 30 de junio
    de 1924. 22.381,36 22.381,36 22.381,36
    12 Uº A percibir de la Dirección General de Pe-
    nales por anticipos hechos a su instancia
    para satisfacer el racionado de presos a
    disposición de la Audiencia provincial y
    penados del presidio correccional duran-
    te los meses de octubre y noviembre de
    1922. 2.519,88 2.519,88 2.519,88
    Total de ingresos 1.080.064,98


    Cap.art. Gastos Partidas Art. Capit.
    Ptas. Ptas. Ptas. 1º 1º Administración provincial
    Gastos de representación de Presidente. 2.500
    Dietas de los diputados vocales de las Co-
    misiones provincial, mixta de reclutamiento. 10.000
    Personal de Secretaría
    Sueldo del secretario. 8.000
    Id. de un oficial. 4.300
    Id. de otro. 4.300
    Id. de otro. 4.300
    Id. de otro. 4.050
    Id. de otro. 3.800
    Id. de otro. 3.800
    Id. de un conserje. 2.500
    Id. de un portero mayor. 2.500
    Id. de un portero. 2.000
    Personal de Contaduría
    Sueldo del contador con 5 quinquenios. 10.000
    Id. de un oficial. 4.300
    Id. de un ordenanza. 2.000
    Personal de Depositaría
    Sueldo del depositario. 4.800
    Id. de un oficial. 4.800
    Id. de otro. 4.300
    Id. de un auxiliar. 3.000
    Personal de la sección de cuentas
    Sueldo del jefe con 3 quinquenios. 9.000
    Personal de construcciones civiles
    Gratificación al arquitecto. 2.800
    Sueldo de un oficial. 3.800
    Personal de caminos provinciales
    Sueldo del Director jefe. 8.000
    Personal del archivo
    Sueldo del archivero. 5.000
    Id. de un oficial. 4.800 118.650
    1º 2º Material de oficina
    De la secretaria de la Diputación y
    Comisión provincial. 1.500
    De la contaduría. 3.750
    De la depositaría. 750
    De caminos provinciales. 1.000
    De la presidencia de la Diputación. 600
    De construcciones civiles. 250
    Del archivo provincial. 500
    Del consejo de fomento. 750
    De la sección de presupuestos. 750
    Del negociado de reformas sociales
    del Gobierno civil. 150 10.000 128.650
    2º 1º Quintas
    Sueldo de un oficial. 3.800
    Id. de otro. 3.800
    Id. de otro. 3.800
    Id. de otro. 3.800
    Id. de un auxiliar. 3.000
    Honorarios de facultativos por reconoci-
    mientos. 1.800
    Material e ingresos de quintas. 1.000 21.000
    2º 2º Bagajes
    Para este servicio 7.000 7.000
    2º 4º Elecciones
    Para impresión de listas electorales. 11.000
    2º 5º Calamidades
    Para remediar las que ocurran en la
    provincia. 5.000
    Para sostenimiento del Instituto "Cobián
    Areal" de Pontevedra. 1.750
    Para id. de id. del Doctor D. Miguel
    Saenz de Vigo. 1.750 8.500 47.500
    3º 1º Conservación de Caminos
    Jornales de 47 peones a 3 ptas diarias
    y 9 capataces a 3,50 ptas. 58.582,50
    Id. del empleo de acopios, arbolado,
    herramientas y recomposición de ca-
    minos. 10.000
    Para contratas de acopios. 47.659 112.241,50
    3º 4º Conservación de fincas.
    Para personal de limpieza y conservación
    del Palacio provincial. 2.007,50
    Gratificación al encargado de timbres
    y relojes. 150
    Sueldo del jardinero de la Diputación
    y conserje del Museo. 1.000
    Gratificación al encargado del grupo-
    motor bomba del Palacio provincial. 192
    Para abono de la estación telefónica
    de la Diputación. 112,63
    Para obras de reparación y conserva-
    ción de este Palacio. 15.000 18.462,13 130.703,63
    4º 1º Contribuciones y seguros.
    Para satisfacer al Tesoro el impuesto
    de utilidades sobre sueldos hasta de
    5.000 ptas anuales, sobre gratificacio-
    nes e indemnizaciones así como la
    contribución territorial y de persona
    jurídica. 12.000
    Prima del seguro contra incendios del
    Palacio provincial. 500 12.500
    4º 2º Pensiones y jubilaciones
    Pensionistas:
    Dª. Sabina Mathé. 3.000
    La misma por atrasos de su pensión
    desde 30 de enero de 1920 a 31 de
    marzo de 1921. 2.333,30
    Dª. Encarnación Pereiro. 2.000
    Dª. Encarnación y Adelaida de la Peña. 1.500
    D. Patrocinio Fonseca Buceta. 1.500
    D. Antonio Medal. 1.500
    Dª. Carmen, Amparo y Dolores Acuña. 1.250
    D. José Acuña. 1.500
    Dª. Carmen y Elena Quintana. 1.000
    Dª. Flora Pazos. 1.000
    Dª. Josefa Rivera Gómez. 1.000
    Dª. María y Águeda Núñez Vázquez. 1.000
    Dª. Benita Viñas del Monte. 1.000
    Dª. Regina Ulloa. 899,98
    D. Patrocinio Santurde. 750
    Dª. Carlota Ruysuárez. 750
    Dª. Rosa Larregui y Gastou. 750
    Dª. María de los Remedios y Carmen
    Suárez. 625
    Dª. María Luisa y Enrique Sotelo Novoa. 500
    Dª. Antonia Álvarez. 625
    Dª. Mª de las Mercedes del Monte. 562
    Dª. Dolores del Monte Touza. 500
    Dª. Victoria Josefa Santos. 450
    Dª. Concepción Peón. 400
    Dª Juana de la Torre García. 366
    Dª. Benita Panivino. 200
    Dª. Josefa Cabanillas viuda de Lois. 750
    D. José Pallares. 183
    D. Francisco Fernández. 183
    D. Enrique Tilve. 735
    Dª. África López Sanmartín. 1.500
    Jubilaciones:
    D. Julio Álvarez Builla. 8.400
    Dª. María Simán. 480
    D. Cosme Rufrelo Besada. 1.600
    D. Gerardo Paz Casas. 1.600
    Para la Caja Regional del Retiro Obrero. 2.500 16.892,08 59.392,08
    5º 1º Junta provincial de Instrucción pública
    Al Tesoro por haberes del personal
    de la sección administrativa. 9.500
    Sueldo de un ordenanza. 2.000
    Material de oficina de la secretaría de
    dicha sección. 1.000
    Id. de id. de la Junta provincial de Ins-
    trucción pública. 250 12.750
    5º 2º Atenciones de 2ª enseñanza
    Para ingresar en el Tesoro por este
    concepto. 70.128,46
    Inquilinatos:
    De la casa Escuela Normal de
    maestras. 1.825
    De la dirección de la id. maestros. 600
    De la casa de la directora de maestras. 600
    De la id. del conserje y portero de la de
    maestros. 500
    De la id. de la portera de la de maestras. 365
    De la id. de la conserje de la id. 240 74.258,46
    5º 3º Atenciones de 1ª Enseñanza
    Sueldo de un auxiliar de la Inspección. 3.000
    Aumento gradual de sueldo a los ma-
    estros de la provincia incluso el corres-
    pondiente a 1923-24. 8.800 11.800
    5º 4º Colegio de Sordomudos y ciegos
    Subvención al de Santiago. 8.500 8.500
    5º 5º Bibliotecas
    Para sostenimiento de la Nacional. 250
    Para suscripción a la revista de archi-
    vos y bibliotecas, diccionario de la
    administración, revista de la adminis-
    tración local, Gaceta y Boletín Oficial
    del Ministerio de Guerra. 200 450
    5º 6º Museos
    Para sostenimiento de la Sociedad
    Arqueológica de Pontevedra. 1.000 1.000 108.758,46
    6º 1º Atenciones generales de beneficencia
    Sueldo del secretario de la Junta
    provincial de beneficencia. 4.000
    Id. del oficial auxiliar de la comi-
    sión provincial. 3.800
    Id. de otro oficial. 4.800
    Material de oficina de la Junta. 300
    Para satisfacer estancias de demen-
    tes en el Manicomio de Conxo. 99.687 112.587
    6º 2º Hospitales
    Sueldo de un oficial encargado de la
    tramitación de expedientes de enfer-
    mos. 3.800
    Id. de un auxiliar. 2.500
    Indemnización fija al médico que
    informa los expedientes de enfermos. 2.600
    Para satisfacer estancias de enfer-
    mos en el Hospital. 168.000
    Para id. id. de asilados en el Hos-
    picio de Pontevedra. 67.525
    Para id. id. en los asilos de ancia-
    nos desamparados incluso pesetas
    mil doscientas treinta y siete con
    cincuenta céntimos saldo a favor del
    asilo de Vigo por el año de mil nove-
    cientos veintidos. 18.439,50
    Subvenciones:
    Para sostenimiento de la Casa de
    Caridad de Vigo. 8.000
    Para id. de la id. de Baiona. 500
    Para id. del hospitalillo de Cuntis. 562,50
    Para id. del id. de Mondariz. 500
    Para id. del Asilo de ancianos de-
    samparados de Tui. 500
    Para id. del id. de Pontevedra. 2.500
    Para id.del id. de Caldas. 500
    Para id. del id. de Vilagarcía. 500
    Para id. del id. de Vigo. 1.250
    Para id. del Monte de Piedad de
    Pontevedra. 2.500
    Para id. de las Siervas de María de id. 1.500
    Para id. del Asilo benéfico de la Infacia
    de Vigo. 1.500
    A la Junta de Sras. que regenta la Es-
    cuela gratuita nocturna para obreros
    de Pontevedra. 500
    Para el Asilo de Hermanitas Trinita-
    rias de Vigo. 750
    Para sostenimiento de la Escuela de
    párvulos de Cantoarena - Marín regen-
    tada por las Hijas de la Caridad. 500
    Para id. del Hospital e inclusa de Tui. 3.750
    Para id. de la casa de la Cruz Roja
    de Pontevedra. 1.000 289.677
    6º 4º Inclusa provincial
    Según presupuesto especial. 82.822 82.822 485.086
    7º 1º Gastos cárcelarios
    Jornal de una auxiliar del maestro
    del presidio. 547,50 547,50 547,50
    8º Uº Imprevistos
    Para los gastos imprevistos que ocu-
    rran durante el ejercicio. 35.427,31 35.427,31 35.427,31
    10º 2º Carreteras
    Personal:
    Sueldo de un ayudante. 4.800
    Id. de un oficial administrativo. 3.800
    Id. de un sobrestante. 4.300
    Id. de un delineante. 3.800
    Id. de un id. 3.000
    Id. de un ordenanza. 2.000
    Indemnizaciones fijas:
    Al director jefe. 2.000
    Id. a justificar por el ayudante y
    sobrestante. 2.000
    Al pagador de caminos para gas-
    tos de giro y correo. 500
    Obras nuevas:
    Expropiación y obras de la tercera sec-
    ción del camino de Callobre a Ponte
    Ledesma. 13.500
    Id. id. del trozo 1º del id. de Agolada al
    límite de la provincia. 15.000
    Id. id. del id. de A Cañiza a A Pousa. 15.000 69.700 69.700
    11º Uº Obras diversas:
    Al ayuntº de O Porriño 8º plazo para
    construcción de una plaza de abastos. 1.500
    Al id. de Caldas 8º id. para id. de una
    id. 1.500
    Al id. de Vigo 6º plazo para id. de un
    Hospital. 5.000 8.000 8.000
    12º Uº Otros gastos.
    Para la energía eléctrica que se utilice
    en este palacio provincial. 800
    Indemnización fija al cronista de la pro-
    vincia. 2.500
    Para uniformes de porteros y ordenanzas. 250
    A la Sociedad de "Amigos del País" de
    Pontevedra para su sostenimiento. 1.750
    Al Comité provincial de los Explorado-
    res de España para id. 1.000 6.300 6.300
    Total gastos 1.080.064,98

    Resumen
    Importan los ingresos: 1.080.064,98 pesetas.
    Id. los gastos: 1.080.064,98 pesetas.

    Por último, se dio cuenta de moción que presenta la Comisión provincial y que literalmente copiada dice así: "La Comisión permanente de la Diputación provincial de Pontevedra, tiene el honor de proponer a la Diputación provincial la siguiente moción:
    Después del estudio tan detenidamente hecho por la Comisión de presupuestos y de una labor de investigación de tres meses alrededor de las funciones e ingresos de la Diputación provincial, reflejo exacto de lo que en la totalidad de las Diputaciones sucede, con excepción de las Vascongadas y Navarra, apareciendo evidente que, con excepción de las funciones beneficencia, todas las demás son nominales y que las fuentes de ingresos aparecen limitadas con una dependencia absoluta de los municipios sin que el porvenir de las Diputaciones ofrezca más amplios horizontes, hemos llegado a las conclusiones siguientes:
    Primera.- Las Diputaciones provinciales, en la organización actual del régimen local son perfectamente inútiles.
    Segunda.- Urge una reorganización del régimen local provincial, siguiendo el espíritu de la reunión de los representantes de las Diputaciones gallegas en Santiago, sobre la base del reconocimiento de la personalidad regional.
    Tercera.- En tal sentido, debe hacerse una exposición para ser entregada al Señor Calvo Sotelo, en su próxima visita a Santiago.
    Cuarta.- Sin pérdida de tiempo esta Diputación debe dirigirse a las restantes Diputaciones gallegas para establecer definitivamente las bases de la organización regional.
    Cree esta Comisión, que si la gestión de los actuales Diputados ha de tener un verdadero valor y un hondo significado, están obligaos estos a contribuir también a la transformación de los Organismos del Estado pues una mera labor de enmiendas administrativas poco es por si sola, ya que todo camino de renovación ha de ser inspirado por ideales que, tras si, llevan la destrucción de todo lo inútil y caduco y el despertar de las fuerzas espirituales y económicas capaces de concretarse en Organismos Plenos de vitalidad. Palacio provincial, 19 de abril, 1924. Antonio Losada Diéguez, César Lois, G. Massó, Daniel Fraga, J. Sarmiento Gil, V. Trapote Legeren. Todos rubricados.
    Apoyada la anterior moción, por el Señor Losada Diéguez, es objeto de diversas aclaraciones, siendo, en definitiva, tomada en consideración con el voto particular de los Señores Losada Fernández y Lago que piden se haga constar su opinión de que: la inutilidad de las Diputaciones no puede afirmarse como un concepto absoluto y rotundo, sino de una manera relativa; y, se designan a los Señores Presidente, Espinosa y Losada Diéguez para que redacten la exposición que ha de entregarse al Señor Calvo Sotelo ejecutando así la conclusión "tercera" del escrito-moción presentado por la Comisión permanente.
    Y no habiendo más asuntos de que tratar. Se levantó la sesión.





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