Fondos
1929-12-30_Ordinaria. Acta de sesión 1929/12/30_Ordinaria
Acta de sesión 1929/12/30_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.049/1.1929-12-30_Ordinaria
Título Acta de sesión 1929/12/30_Ordinaria
Data(s) 1929-12-30 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 74 1. Reunidos en el salón de sesiones de la Diputación provincial a las once del día treinta de diciembre de mil novecientos veintinueve, bajo la presidencia del que lo es de esta Diputación Don Daniel de la Sota Valdecilla y con asistencia de los vocales directos Señores Lois Vidal; Espinosa Orrea; Sarmiento Gil; Pimentel Abeleira y Massó García; y de los corporativos Señores García Fernández; Lago González; Olmedo Reguera; Fuentes Marin; Lagarejos Rivas; y Torres Agrelo, el Señor Presidente ordena la lectura de la convocatoria inserta en el Boletin Oficial número 299 correspondiente al veintisiete del que cursa en la que se cita para el día de hoy por no haberse reunidos suficientes Señores Diputados para celebrar sesión el indicado veintisiete que era el día señalado en la primera convocatoria. ------ Folla: 74 2. Por el Secretario se dá lectura a los articulos 91 y 195 del Estatuto provincial y al acta de la sesión anterior correspondiente al trece de septiembre pasado la que fué aprobada. ------ Folla: 74 3. No habiendo formulado preguntas los Señores Diputados se dá cuenta por el Secretario de una comunicación del Vicepresidente del Patronato local provisional de formación profesional de Vigo en la que interesa se nombre un Diputado de la Comisión permanente para formar parte de dicho organismo; la Diputación acuerda por aclamación designar a Don Gaspar Massó García para el objeto indicado comunicándolo así al Patronato y al interesado para su conocimiento y efectos. ------ Folla: 74 4. Seguidamente por el Secretario Diose lectura al Real Decreto del Ministerio de Economía Nacional de 13 de noviembre de 1929 número 2.423 sobre organización agro-pecuaria que se encomienda a la Diputación. De conformidad con el articulo segundo de la Diputación procede a la designación de los tres Diputados que como vocales propietarios formarán parte del Consejo provincial agro-pecuario. El Señor Presidente explica el alcance e importancia del servicio que se va a establecer y se suspende la sesión por unos minutos para hacer la designación de las personas para el cargo antes indicado y lo mismo de dos vocales suplentes que determina el art. 4º de la citada disposición. Reanudada la sesión y verificada la correspondiente votación por papeletas aparece tomado parte en la votación doce señores diputados número igual al de papeletas leídas obteniendo once votos los señores siguientes: Don Daniel de la Sota y Valdecilla, Don César Lois Vidal y Don Guillermo Sarmiento Gil. Tres candidaturas sólo contenían tres nombres. En virtud del resultado quedan proclamados Vocales propietarios del Consejo provincial agro-pecuario los señores citados. A continuación se verificó igual votación para vocales suplentes de los Señores anteriores dando el siguiente resultado: Don Alfredo Espinosa Orrea, Don Pedro Borrás Mouné y Don Joaquín Pimentel Abeleira suplentes y respectivamente y por el mismo órden en que son nombrados. Tomaron parte en la votación doce señores diputados obteniendo once sufragios cada uno porque tres candidaturas sólo contenían dos nombres y, en su consecuencia, quedan proclamados Vocales suplentes del Consejo provincial agro-pecuario. ------ Folla: 74,82 5. Se dió cuenta del proyecto del presupuesto que se presenta para el año de mil novecientos treinta y que es el siguiente. Proyecto de Presupuesto para 1930. Ingresos. Cap. Art. Partidas Articulos Capitulos Ptas. Cts. Ptas. Cts. Ptas. Cts. 1º Rentas. 1º Propiedades: A percibir del Estado por alquiler de la parte del Palacio provincial ocupada por las habitacio- nes del Señor Gobernador civil y las oficinas del Gobier- no=3000 pesetas menos el 1,30% del impuesto sobre los pagos y los 12 timbres de los libramientos median- te los cuales se percibe di- cho alquiler. 2.959,20 2.959,20 2º Censos: Producto de varias rentas y foros procedentes de la Fundación del Gran Hospital (presupuesto es- pecial) y redenciones de los mismos. 350 350,20 3º Intereses de efectos públi- cos y demás valores: Inte- reses de diez títulos de la deuda perpetua al 4% tres de la serie G), y siete de la serie A) que suman un ca- pital nominal de 3.800 pe- setas, deducción hecha del impuesto sobre las u- tilidades y timbre. 121 Idem del donativo de Don Plácido Castro: 10.000 pe- setas nominales en Deuda amortizable, emisión de 1927, libre de descuentos. 500 Idem de cuatro inscripcio- nes señaladas con los nú- meros 3301,3302,3303 y 161, que representan el total de 75.470 pesetas no- minales, al 4%, proceden- tes de la fundación del Gran Hospital provincial. 2.415 3.036 4º Boletin Oficial: Por lo que deba ingresar el contratista de la impresión y publicación del Boletin Oficial de la pro- vincia como precio anual de su contrato. 126 126 6.471,20 3º Subvenciones y donativos: 1º Subvenciones del Estado: Para formalizar con el Banco de Crédito Local de España, por intereses debidos a dicho banco, lo que este percibirá directamente del Estado por cuenta de la subvención a- nual para caminos vecina- les. 127.500 A percibir del Estado para reparación y conservación de caminos vecinales.- Im- porte íntegro. 11.194 A deducir: el 1,30% del im- puesto s/los pagos. 145,52 11.048,48 A percibir del Estado para repoblación forestal de la provincia. 800.000 940.542,48 2º Subvenciones de las Corporaciones locales: De la Junta de partido y del Ayuntamiento de Pon- tevedra, por partes igua- les, para alquiler de la Casa audiencia provincial. 1.500 De las entidades que, pa- ra construcción de cami- nos vecinales, ingresen en esta Diputación el 40% del importe de los correspon- dientes proyectos. 200.000 201.500 3º Donativos: Producto que se calcula por donativos y limosnas recogidas en los cepillos del Gran Hospital y Capilla de las Animas. 3.490,35 Donativos de los familiares de dementes recluidos en el Manicomio de Conxo, por cuenta y orden de esta Diputación. 5.146,50 8.636,85 1.150679,33 7º Derechos y tasas. 1º Por prestación de servicios: Producto de 9.110 estan- cias que causen los militares de los distintos cuerpos del Ejército, Marina de Guerra e Institutos armados a 4,50 pesetas una, según presu- puesto especial del Gran Hospital provincial. 40.995 Producto de 4300 estancias causadas en el mencionado hospital, por los enfermos pensionistas, a razón de 5 pesetas cada estancia. 21.500 7º 1º Producto de 150 estancias que causen en el mismo hos- pital los enfermos pensionis- tas de apartado, a 10 pese- tas por estancia. 1.500 Producto de las estancias que causen en aquel hospi- tal, los enfermos por hechos criminales, que costea la jun- ta de Partido a razón de 4 pe- setas por estancia, según di- cho presupuesto especial. 2.875 5% de administración y co- branza del impuesto de cé- dulas personales efectuadas por esta Diputación en varios Ayuntamientos de la provin- cia. 25.000 91.870 91.870 8º Arbitrios provinciales: 1º Arbitrios provinciales ordinarios y extraordinarios: Producto del arbitrio pro- vincial sobre la energía hi- droeléctrica que se produ- ce en la provincia. 3.873,75 Idem idem sobre aguas mi- nero-medicinales. 15.000 18.873,75 2º Imposiciones o percepciones: A percibir del Tesoro lo que a la Diputación corresponde con arreglo a lo dispuesto en el art. 1º del Real Decreto de 26 de julio de 1926, referente al impuesto de rodaje; a las tarifas contenidas en dicho Real Decreto y a los datos es- tadísticos de la Jefatura de Obras Públicas de la provin- cia, así como también a la Real Orden de 16 de agosto de 1927 que mantiene en vigor la participación de las Diputaciones al transformar- se aquel impuesto en la Pa- tente nacional de circulación de automóviles, creada por Real Decreto de 29 de abril de 1927. 188.448,75 188.448,75 207.322,50 9º Impuestos y recursos cedidos por el Estado. 1º Contribución territorial: 5% de 4.531.233,77 pesetas impor- te del cupo del Tesoro por la contribución sobre la rique- za Rústica y Pecuaria de la provincia. 226.561,18 226.561,18 2º Cédulas personales: Ingreso bruto que se calcula produ- cirá el importe de las cédulas personales en el año 1930. 1.000.000,18 1.000.000 1.226.561,18 10º Cesión de recursos municipales: 1º Aportación municipal forzosa: Importe de dicha aportación. 892.249,56 892.249,56 892.249,56 11º Recargos provinciales: 3º Derechos Reales y trasmisión de bienes y timbre: A percibir del Comité Central de fondos provinciales por este concepto. 238.608 238.608 238.608 17º Reintegros: 2º Reintegros por otros conceptos: A percibir del Tesoro a cuenta del reintegro de 2.024.000 pesetas, según sentencia del Tribunal Su- premo a que ascienden los anticipos hechos por es- ta Diputación al Estado para construcción de la carretera de Villacastin a Vigo. 200.000 Reintegros probables por conceptos diferentes que el de pagos indebidos. 6.100 A percibir del Tesoro los re- cargos que este haya cobra- do y cobre en lo sucesivo, sobre las contribuciones te- rritorial e industrial que, 17º 2º como reintegro de anticipos por cuenta de la subven- ción del Estado para cons- trucción de caminos vecina- les, hayan percibido los A- yuntamientos de esta pro- vincia conforme a lo dispues- to en los articulos 5º y 6º de la ley de caminos vecina- les de 29 de junio de 1911. 100.000 A percibir del Patronato del Museo provincial, como pri- mera entrega, para amorti- zar en seis años el anticipo de 25.000 pesetas hecho por esta Diputación a dicha entidad en virtud de acuer- do del pleno de la misma de 28 de junio de 1929. 4.133,33 A percibir del Ayuntamiento de Pontevedra, lo que esta Diputación anticipó por cuen- ta de dicho Ayuntamiento y conforme al acuerdo de la Corporación municipal de 20 de noviembre de 1928 para construcción de alcantarillas en la Calle de Gregorio Her- nández según acuerdo de la Comisión provincial de 31 de mayo de 1929. 800 Por reintegros de anticipos de haberes a funcionarios provinciales hechos según lo dispuesto por el Real De- creto Ley de la Presidencia del Consejo de Ministros, de 17 de diciembre de 1929. 26.000 337.033,33 337.033,33 Total del presupuesto de ingresos 4.150.795,10 Gastos. 1º Obligaciones generales. 1º Servicios generales del Estado: Para gastos causados por el Tribunal provincial de lo contencioso administrativo: doscientos cuarenta asis- tencias de los dos vocales no Magistrados a veinticin- co pesetas por asistencia. 6.000 Plantilla del personal de dicho Tribunal y gastos de material del mismo. 11.500 Para satisfacer las estan- cias que causen los niños sometidos a los Tribunales Tutelares. 400 Para alquiler de la Casa-Au- diencia provincial. 3.450 Para pago de una factura de mobiliario y tapicería de la Audiencia provincial pro- cedente del año ppdo. 2.000 Para material de oficina del Presidente de la Junta pro- vincial del Censo. 750 Idem idem del Inspector de Sanidad provincial. 750 Sueldo del Jefe de la Se- cción de presupuestos mu- nicipales con abono de cua- tro quinquenios. 12.000 Aumento gradual de suel- do a los Maestros de la pro- vincia. 2.122,22 Para mobiliario y efectos de la casa del Gobernador ci- vil. 4.000 Para servicio de bagajes de la provincia. 7.000 Sueldo del Secretario de la Junta provincial de Bene- ficencia. 4.000 53.972,22 2º Pactos y compromisos: Prima de seguros contra incendios del Palacio provincial. 497,65 Idem del idem del Gran Hos- pital provincial. 1.103,10 Idem del idem del Museo pro- vincial. 48,65 Idem del idem del Palacio y edificios de la Granja provin- cial "La Sota". 145,15 Resto de la parte con que es- ta Diputación contribuye a los gastos de construcción e ins- talación del Pabellón de Gali- cia en la Exposición Ibero-A- mericana de Sevilla. 17.733,33 Resto del segundo plazo de los seis en que esta Diputa- ción debe entregar 608.520 pesetas con 77 cts por la ce- sión del Gran Hospital. 95.340,14 Prima anual de la póliza del Seguro contra el robo. 2.000 116.868,02 3º Deudas: A la Diputación pro- vincial de A Coruña, el ter- cer plazo a cuenta del saldo de su cuenta. 24.000 24.000 4º Censos: Para pago de la renta de un foro de Don Rai- mundo Fernández Villaverde que gravita sobre terreno del Hospital. 12,50 Para idem de la id de otro id del mismo y por lo mismo. 8,25 Para idem de un censo que gravita sobre terreno del an- tiguo Hospital de San Juan de Dios, perteneciente al Señor Bermudez de Castro. 24 Para ide de la id de otro id sobre terreno del actual Hos- pital perteneciente a Don E- duardo Cobian. 16,50 61,25 5º Pensiones: Jubilaciones: Don Ángel Martínez Santra- dan, ex-oficial de la Diputa- ción. 3.840 Don Luciano de Dios Esca- lada, idem. 5.200 Don Luis Amado de la Rie- ga, idem. 5.200 Don Luis Gorostola Prado, idem. 5.200 Doña María Siman, ex-por- tera del Hospicio. 480 19.920 Pensiones de viudedad Doña Maria del Consejo Builla, Viuda del Sr. Don Julio Álvarez. 5.250 Doña Sabina Mathé, Viu- da del Sr. Don Moisés Gon- zález Besada. 3.000 Doña Clodonia Lois, idem del oficial Don Román Pin- tos. 2.150 Doña Encarnación Pereiro idem del Jefe de Caminos Don F. Martinez. 2.000 Doña Emilia Almazan idem del Ayudante D.V. Vázquez 2.000 1º 5º Doña Carmen Fernández idem del oficial Don Benigno L. Sanmartin. 2.000 Doña Emilia Ochoa, idem del id Don Ernesto Sacarre- ra. 1.900 Doña Flora Pazos idem del id Don Vicente Abeigon. 1.000 Doña Patrocinio Santurde idem del auxiliar Don Teles- foro Fonseca. 750 Doña Josefa Rivera id del sobrestante Don J. Santa- maria. 1.000 Doña Rosa Larregui idem del auxiliar Don José Arribas 750 Doña Carmen Solla id del ordenanza Don Manuel Aleu 750 Doña Josefa Fernández, id del auxiliar Don José Lois 625 Doña Victoria J. Santos id del catedrático Don Amador Ruiz. 450 Doña Concepción Peón id del oficial de J.P. Don José Yañez. 400 Doña Carmen Barros id del conserje Don Emilio Arias. 1.250 25.275 Pensiones de orfandad: Doña Encarnación y Doña Adelaida de la Peña huérfa- nas del Secretario Don Luis de la Peña. 1.500 Doña Patrocinio Fonseca id del Depositario Don T. Fon- seca García. 1.500 Doñas Carmen, Amparo y Do- lores Nuñez id del oficial Don C. Nuñez. 1.250 Doñas Carmen y Elena Quin- tana id del id Don Manuel Quin- tana. 1.000 Doñas Maria y Agueda Nuñez id del Admor. de la Inclusa Don J. Nuñez. 1.000 Doña Rosario Viñas del Mon- te id del Oficial Don José Vi- ñas. 1.000 Doña Reguia Ulloa id del De- positario Don José Ulloa. 899,78 Doña Julia F. Ruysuarez id del delineante Don Cosme Fer- nández. 750 Doña Maria del Carmen Suá- rez id del ordenanza Don R Suarez. 625 Doña Antonia Alvarez id del aspirante Don Antonio Alva- rez. 625 Doña Maria de las Mercedes del Monte id del portero J. del Monte. 562 Doña Dolores del Monte Tou- za id del id José Mª del Monte 500 Don Enrique Sotelo id del au- xiliar Don Manuel Sotelo. 500 Doña Juana de la Torre Gar- cía id del portero Ramón de la Torre. 366 Doña Josefa Nuñez id del Admor. del Gran Hospital Don Ricardo Nuñez Uruburo. 750 12.827,78 A la misma por su pensión de orfandad desde 1º de agosto de 1928 a 31 de diciembre de 1929. 1.062,50 Al inutilizado en la guerra Francisco Fernández. 182,50 1.245 59.267,78 8º Otros conceptos análogos: Para satisfacer el impuesto sobre las utilidades que gra- van los haberes del personal de esta Diputación cuya cuan- tía anual no exceda de 5.000 ptas. y un resto del año ante- rior. 13.500 Para satisfacer la contribución territorial de las fincas rústicas y urbanas de esta Diputación y el impuesto sobre persona jurí- dica. 7.007,60 Para satisfacer Derechos Reales Derechos de Registros y demás gastos de escrituraciones. 2.000 22.507,60 9º Suscripciones, anuncios, impresiones y demás gastos singulares: Suscripción a tres ejemplares de la "Gaceta de Madrid" y a uno del "Boletin Oficial del Mi- nisterio de Hacienda". 255 Idem a la "Gaceta de Admi- nistración" 19,65 Idem a la "Administración prác- tica". 30,66 Idem al "Boletin del Instituto internacional agrícola de Roma" 51,77 Idem al Diccionario de Admon. (alcubilla). 50 Para otras suscripciones que se acuerden durante el ejerci- cio. 500 907,08 10º Litigios: Para atender los gas- tos causados por los litigios promovidos por o contra esta Diputación. 5.000 5.000,08 11º Gastos indeterminados: Para energía y material eléctricos invertidos en este Palacio pro- vincial. 2.000 Para estaciones telefónicas urbanas y de interdeéndencias de esta Diputación. 852 Para conferencias telefónicas interurbanas y telefonemas. 2.880 Para la estación telefónica urbana del Gran Hospital. 216 Para conferencias y telefo- nemas del idem. 4.800 Para material y energía e- léctricos del idem. 4.800 Donativo anual al Ropero escolar de Pontevedra. 375 Para alquiler de automóviles y un resto del año anterior. 18.200 Para impresiones y encua- dernaciones. 750 Portes de objetos para el Gran Hospital. 550 Para gastos de giro, franqueo apartado de correos, telegra- mas, portes y acarreos, des- cuentos, pólizas, timbres y demás gastos similares. 2.500 Para uniformes de porteros y ordenanzas. 750 Para números extraordinarios del Boletin Oficial. 1.000 Para calefacción con carbón y leña, bencina y petróleo. 500 Cuota anual de la Cámara de la Propiedad urbana (1929 y 1930). 120 Para propaganda de prensa y demás gastos que ocasione el fomento del turismo en Ga- licia. 5.500 Para sostenimiento del cen- tro de las Diputaciones pro- vinciales, en Madrid. 300 41.337 323.960,95 2º Representación provincial. 1º Representación de la Diputa- ción y Comisión provincial. Para atender a los gastos de representación a que dé lu- gar la actuación de la Diputa- ción y la Comisión provin- cial. 5.000 5.000 2º Representación del Presidente de la Diputación y Comisión pro- vincial: Al Presidente de la Di- putación y Comisión provincial para gastos de representación. 2.500 2.500 3º Dietas de los Diputados provin- ciales: Para satisfacer las dietas devengadas por los Di- putados provinciales de asis- tencia a sesiones de las comi- siones y del Pleno de la Dipu- tación a razón de 25 pesetas cada dieta. 10.000 10.000 17.500 4º 1º Bienes provinciales: Adquisi- ción: Para adquirir un caballo, carro y coche fúnebre para el Gran Hospital provincial. 2.000 2.000 2º Mejora y custodia de bienes provinciales así como conser- vación de los mismos. Para satisfacer toda clase de obras así interiores como ex- teriores, arreglos y reparacio- nes y entretenimiento de ins- talaciones en el Gran Hospital provincial. 24.000 Sueldo de un jardinero de la Diputación provincial. 1.091,25 Gratificación al encargado de timbres y relojes de la misma. 241,25 Una jornalera a 2,25 ptas, dia- rias, incluso días festivos. 821,25 Tres jornaleras diarias a 2 ptas incluso días festivos. 2.190 Gratificación al ordenanza de intervención encargado del motor y bomba de esta Dipu- tación. 365 Para adquirir y reparar mo- biliario y utensilios, incluso máquinas de calcular y es- cribir, accesorios y una Caja de Caudales de tres llaves. 11.000 Cuota de suscripción anual para sostenimiento del Cuer- po de bomberos voluntarios de esta Capital, fijada por el número de edificios propios de esta Diputación. 200 39.908,75 41.908,75 5º Gastos de recaudación: 1º Gastos de recaudación de arbitrios, impuestos, tasas, derechos o rentas provin- ciales: Para toda clase de gastos que haya originado en ejercicios anteriores y origine en el corriente, la recaudación de los arbitrios impuestos, tasas, derechos o rentas provinciales. 150.000 150.000 150.000 6º Personal y material. 1º Personal y material de las oficinas. Sueldo del Secretario de la Diputación con tres quinque- nios. 12.960 Id del Jefe de la Sección de Beneficencia. 7.000 Un quinquenio del mismo a partir de 1º de julio de 1930. 280 Sueldo del Jefe de la Sección de Gobernación. 7.000 Un quinquenio del mismo co- mo el anterior. 280 Sueldo del Jefe de la Sección de Fomento. 7.000 Idem de seis oficiales de la clase de primeros a 5.500 ptas. 33.000 Un quinquenio de los mismos a partir de 1º julio de 1930. 1.320 Sueldo de 8 oficiales segundos a 4.500 ptas cada uno. 36.000 Un quinquenio de los mismos a partir de 1º julio del 1930. 1.440 Sueldo de otro Oficial segun- do. 4.500 Id de tres oficiales terceros a 3.500. 10.500 Un quinquenio de los mismos, a partir de 1º julio de 1930. 420 Sueldo de dos oficiales Tene- dores de libros y un quinque- nio desde 26 sept.1930. 6.063,33 Id de dos auxiliares mecanó- grafos a 2.500 ptas. 5.000 Sueldo del Interventor, con seis quinquenios. 13.500 Idem del depositario. 7.000 Un quinquenio del mismo a partir de 1º julio de 1930. 280 Sueldo del Jefe de Vias y O- bras provinciales. 10.500 Un quinquenio del mismo a partir de 1º de julio de 1930. 320 Sueldo de un Ayudante de Vias y Obras provinciales. 7.000 Un quinquenio del mismo a partir de 1º julio 1930. 220 Sueldo del Jefe técnico de recaudación. 7.000 Honorarios fijos del Arqui- tecto provincial. 2.800 Total de sueldos del perso- nal técnico y administrativo 168.883,33 Personal subalterno: Sueldo de un conserje. 3.000 Idem de un portero mayor. 2.750 Idem de un ordenanza. 2.250 Id. de un botones. 250 Para remunerar servicios ex- traordinarios del personal a propuesta de los Jefes de de- pendencia. 6.000 Material de las oficinas: De la Secretaría de la Dipu- tación. 3.500 De la Intervención. 3.750 De la Jefatura de Vias y Obras. 1.000 De la Depositaría. 750 Del Consejo de Economía. 750 De la Sección de Presupues- tos. 750 De la Presidencia de la Di- putación. 600 Del Archivo. 500 De la Junta provincial de Beneficencia. 300 De construcciones civiles 250 Del Negociado de reformas sociales. 150 207.933,33 2º Personal y material de los establecimientos provinciales Inclusa provincial: Sueldo del Administrador. 4.500 Un quinquenio del mismo desde 1º julio de 1930. 180 Gratificación al Médico de la Inclusa. 1.750 Id. del Capellán de la id. 1.000 Para material de oficinas del Administrador. 650 Gran Hospital provincial. Sueldo de cuatro médicos munerarios a 4000 ptas cada uno. 16.000 Id de dos id auxiliares o de Guardia a 3000 ptas, uno. 6.000 Sueldo de un farmacéu- tico encargado de la Bo- tica del hospital. 4.000 Idem del Aministrador. 4.000 Idem del oficial de la Administración. 3.600 Id de una matrona. 1.500 Id de cinco practicantes a 300 ptas cada uno. 15.000 Id de un capellán. 2.500 Id de un auxiliar de la botica 2.120 Id de un Ayudate de la id. 700 Id de cinco enfermeros a 900 ptas cada uno. 4.500 Id de un enfermero nocturno 900 Id de cuatro enfermeras a 300 ptas cada una. 2.400 Id de un carpintero. 2.120 Id de un portero. 900 Id de un pintor. 900 Id de un hortelano. 900 Id de cuatro lavanderas a 480 ptas cada una. 1.920 Id de una cocinera. 720 Id de una fregadora de co- cina. 480 Id de una pinche. 480 Remuneración de 14 Hijas de la Caridad a 40 ptas mensua- les cada una. 6.720 Gratificación al Médico ciru- jano. 2.000 Material de oficina. 500 Impresos, libros, registros, recetarios y libretas para la Botica, etc. 1.000 89.940 3º Material de la Diputación y Comisión provincial. Para papel, sobres, franqueo y demás gastos de material necesario a los Diputados provinciales. 500 500 4º Gastos generales de la Corporación: Para gastos de viajes de los Diputados provinciales cuan- do se trasladen de su resi- dencia en virtud de sus fun- ciones como tales diputados. 3.500 Para libros de actas reinte- grados. 350 Para anticipos de haberes al personal de la Diputación con arreglo al Real Decreto- Ley de 16 diciembre de 1929 26.000 29.850 328.223,33 8º Beneficencia: 1º Atenciones generales: In- demnización fija a un Médico informador. 2.600 Para impresos de estadís- ticas etc. 200 2.800 2º Maternidad y expósitos: Para los gastos que cause el sostenimiento de la In- clusa provincial. 88.970 Subvención para sosteni- miento de la "Gota de Le- che de Vigo" 1.000 Id para la id id de Lavado- res. 500 90.470 3º Hospitalización de enfermos: Gran Hospital Provincial. Para víveres y combustible 146.400 Medidas y aparatos. 52.600 Para análisis bacterioló- gicos. 3.000 Para radiografías. 8.000 Para camas, ropas, mesas de noche, sábanas, mantas, colchas, telas, vestuario de dependientes del estableci- miento, jabón, lejía y demás ingredientes para la lavado y desinfección de ropas y departamentos, para efectos de cocina y loza. 18.500 Para entlo. en la capilla. 100 Para conducción de enfer- mos al Hospital, cadáveres al cementerio y para cons- trucción de féretros. 600 Para satisfacer estancias en hospitales. 2.000 Para idem en leproserías. 10.000 Subvención al Hospitalillo de Cuntis, para su sosteni- miento. 600 Idem al idem de Mondariz, para idem. 600 Idem al idem de la Toja para idem. 600 Idem a la Casa de Socorro de la Cruz Roja de Pontevedra para id. 1.000 Idem al Hospital e Inclusa de Tui para idem. 3.750 Para viajes de las hijas de la caridad del Gran Hospital pro- vincial. 200 247.950 4º Huérfanos y desamparados: Hospicio de Pontevedra: 102.200 estancias de hospi- cianos (280 diarias) a 1,35 ptas. por estancia. 127.970 Para comida extraordinaria a los hospicianos el día 1º de mayo según condición del donativo de Don Plácido Castro. 500 Para estancias de indigentes en asilos: 150 diarias a 1,25 pesetas por estancia. 68.437,50 Subvenciones donativos. A la Casa de Caridad de Vigo 8.750 A la idem de Baiona. 500 Al Asilo Hermanitas de los Ancianos Desamparados de Pontevedra. 3.000 Al idem de idem de Vigo. 3.000 Al idem de idem de Caldas de Reis. 1.000 4º Al Asilo de Hermanitas de los ancianos desamparados de Tui. 1.000 Al idem idem de Vilagarcía. 1.000 Al Asilo benéfico de la Infan- cia de Vigo. 1.500 Al idem de Hermanas trinita- rias de id. 1.500 A las "Siervas de María" de Pontevedra. 1.500 Al Hospicio de Pontevedra. 5.120 Para limosnas y socorros que concedan la Comisión provin- cial y el Presidente de la Di- putación. 500 Para socorros domiciliarios que se concedan mientras se carezca de asilo para indigentes. 2.600 227.877,50 5º Dementes: Para satisfacer estancias de dementes en el Manico- mio de Conxo (260 estan- cias diarias a 2,35 pesetas por estancia y un resto del año anterior). 223.015 Para idem de idem en otros Manicomios. 4.000 227.015 6º Servicios especiales: Para contribuir al ensayo de una escuela de puericultura que habrá de establecerse en el pueblo de la provincia que la Diputación designe como más indicado. 10.000 Subvención para el dispen- sario antivenéreo de la pro- vincia. 2.000 12.000 9º Calamidades públicas: Para remediar las que puedan o- currir en la provincia. 5.000 5.000 813.112,50 9º Asistencia social. 1º Instituciones de crédito: Sub- vención anual al Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Pontevedra. 2.500 Idem a la Caja de Ahorros provincial. 30.000 32.500 2º Otras instituciones de carácter social: Subvención anual a la ins- titución "Sindicato femenino de previsión". 500 Para distribuir libretas de la Caja de Ahorros entre inclu- seros y niños pobres de las escuelas públicas. 500 Subvención para sostenimien- to de la Caja foral. 7.000 Idem de la "Cocina económi- ca de Pontevedra". 1.000 9.000 3º Obligaciones impuestas por las leyes: Para ingresar en la Caja Re- gional del retiro obrero por las cuotas de jornaleros de esta Diputación. 2.500 2.500 44.000 10º Instrucción pública: 1º Atenciones generales: Para viáticos o dietas, gastos de viaje de las personas que se desplacen por cuenta y orden de esta Diputación para efectuar es- tudios especiales o para a- sistir a cursillos. 5.000 10º 1º Para atender a los gastos que ocasionen las exposi- ciones de las obras de arte de los pensionados de la Di- putación y de los aspirantes a pensión, así como también a los que ocasione la cons- titución y funcionamiento de los tribunales que han de juzgar las obras y proponer los becarios. 700 5.700 5º Escuelas de sordomudos y ciegos: Para satisfacer 13.140 estancias que causen en el "Colegio de Sordomu- dos y ciegos de Vizcaya, en Deusto (Bilbao) 36 anormales de esta provincia que en él reciban enseñanza por cuenta y orden de esta Diputación a razón de 2,65 ptas por estan- cia. 34.821 Para equipo de cinco anorma- les a razón de cien pesetas ca- da uno. 500 Para gastos de viajes de anor- males y sus acompañantes. 3.000 Subvención anual al "Colegio de sordomudos y ciegos de Santiago". 8.500 Para pago a dicho Colegio de las estancias causadas por los alumnos Luis Trigo Costa y Car- men Nuñez Fondevila que in- gresaron en 25 de octubre de 1929 y 17 de marzo de 1926 respectivamente desde estas fechas hasta el 31 de diciem- bre de 1929=1528-1385-2913 estancias a 1,30 ptas por es- tancia. 3.786,90 Subvención al mismo para sostenimiento de un sordo- mudo natural de esta provin- cia designado por el Rector de la Universidad de Santiago para enseñar dibujo, modelado y talla a los alumnos sordo- mudos. 2.000 55.345,40 9º Bibliotecas: Para adquirir libros y revistas. 750 750 10º Otros establecimientos e institutos de cultura pública: Indemnización fija anual al Cronista de Pontevedra. 2.500 Subvención anual a la So- ciedad de Amigos del Pais de id. 1.750 Idem id a los Exploradores de España de id. 1.000 Idem id a la escuela de pár- vulos de Cantoarena (Marin) regentada por las Hijas de San Vicente. 500 Idem id a la Junta de Señores que regentan y sostienen la Escuela gratuita nocturna o- brera de Pontevedra. 500 Subvención anual a la Socie- dad Arqueológica de Ponte- vedra para su sostenimiento. 1.000 Idem id al Patronato del Mu- seo provincial. 10.700 Idem id para mejora de los locales de las escuelas na- cionales. 15.000 10º 10º Subvención para constru- cción de escuelas munici- pales. 30.000 Idem id para Colonias es- colares que se organicen en toda la provincia. 5.000 Idem id para sostenimiento del Seminario de Estudios Gallegos. 1.000 Cuota anual que correspon- de satisfacer a esta Diputa- ción como socio protector de dicho seminario (años 1929 y 1930). 24 Jornal -incluso días festivos- de una Ayudante del Maestro de la Prisión de Pontevedra a razón de 1,75 ptas diarias 638,75 69.612,75 11º Monumentos artísticos e históricos: A la "Sociedad Pro-Monte de Santa Tecla de A Guarda para invertir en la citania. 500 500 12º Subvenciones o becas: Becarios: Don Manuel Colmeiro Guimaras-Pintura. En el ejer- cicio. 2.250 Don Lino Martínez Villafines- idem. En el ejercicio. 2.250 Don Arturo Souto Feijoo- idem. En el ejercicio. 2.250 Don Eugenio Souto Campos Escultura. En el ejercicio. 2.250 Don Narciso Pérez Rey- idem. En el ejercicio. 2.250 Don Manuel Longa Campos Talla. En el ejercicio. 1.125 Para una beca de Harmonía y Composición. 3.000 Para satisfacer a los beca- rios que la Comisión provin- cial designe en el año 1930 los tres primeros meses del año académico octubre, no- viembre y diciembre el impor- te de sus becas. 3.187,50 Cinco becas para cinco alum- nos de la Escuela industrial de Vigo. 10.000 Becas para asilados. 3.200 Indemnización fija para su residencia en Madrid al Aca- démico Don Ramón Cabani- llas. 3.000 Para subvencionar misiones culturales y conferenciantes. 4.000 Para monumentos, premios y homenajes. 2.000 Subvención anual para sos- tenimiento de la Sociedad Coral Polifónica de Ponte- vedra. 2.000 42.762,50 174.670,65 11º Obras públicas y edificios provinciales. 1º Atenciones generales: Indem- nización fija al Director Jefe de Vias y Obras provinciales. 3.000 Id id al Ayudante de id. 2.000 Id del personal facultativo por visitas y trabajos de cam- po. 7.000 Al pagador de Vias y Obras por gastos de giro y correo. 500 Para material de estudios, re- planteos etc. 2.000 14.500 2º Construcción de caminos vecinales: Intereses debidos al "Banco de Crédito local de España" a razón del 5,10% sobre la operación de crédito concer- tada con éste para la constru- cción de caminos vecinales. 127.500 Para dietas y gastos de loco- moción del personal faculta- tivo de Obras públicas. 1.994 Gratificación al Director de Vias y Obras provinciales. 1.000 Idem de una peseta diaria al peón caminero como or- denanza de las oficinas de Vias y Obras. 365 Para satisfacer las diferen- cias entre el 40% con que los Ayuntamientos contribu- yen a la construcción de ca- minos vecinales y el tanto por ciento con que deben contribuir según la tabla con- tenida en el articulo 5º del Reglamento de 23 de julio de 1911. 100.000 230.859 3º Reparación y conservación de caminos vecinales: Para esta clase de gastos. 11.048,48 11.048,48 4º Construcción de otros caminos y carreteras provinciales: Construcción del trozo pri- mero del camino provincial de Agolada al límite de la provincia. 20.000 Idem del idem segundo del idem id de Callobre a Puente- Ledesma. 40.000 Para pago de terrenos ex- propiados para construir el camino provincial de A Cañiza a A Pousa. 25.000 Para id id para id id del id de Callobre a Puente-Ledes- ma. 25.000 Para id id para id id el id de Agolada al límite de la pro- vincia. 15.000 125.000 5º Reparación y conservación de otros caminos y carreteras provinciales. Jornales de capataces y peo- nes camineros a razón de 4 ptas, diarias los primeros y 3,50 ptas, diarias los segun- dos. 65.802,55 Para contratas de acopios efectuados dentro del ejer- cicio y para satisfacer un resto del ejercicio anterior. 200.000 Para reparación de cami- nos provinciales, maquina- ria, herramientas, arbolado y viveros. 30.000 Para invertir en la conserva- ción de caminos provinciales en caso de que se haga efec- tivo el 25% de lo recaudado en la provincia por la patente nacional del automóvil. 188.448,75 484.251,30 10º Reparación y conservación de edificios provinciales: Para esta clase de gastos. 20.000 20.000 885.658,78 13º Montes y Pesca: 2º Fomento de la riqueza fo- restal. Para atender a todos los gastos que origine la repobla- ción forestal de la provin- cia. 800.000 800.000 3º Piscicultura: Para fomentar la riqueza pis- cicola de los ríos de la pro- vincia. 2.000 2.000 802.000 14º Agricultura y ganadería. 1º Atenciones generales: Sub- vención al Consejo provin- cial agro-pecuario. 45.000 45.000 3º Granjas y campos de ex- perimentación: Subvención para sostenimiento de la Mi- sión biológica de Galicia. 5.000 Para satisfacer la anualidad de arrendamiento de la Gran- ja de experimentación de di- cha Misión. 1.300 6.300 51.300 15º Crédito provincial. Únic. Operaciones de crédito provincial. Para el servicio de amorti- zación e intereses de los préstamos o empréstitos que hayan de contratarse por esta Diputación durante el ejercicio. 100.000 Intereses correspondientes al préstamo hipotecario con- tratado con la "Caja de Aho- rros y Monte de Piedad mu- nicipal de Vigo". 30.000 Para amortización del prés- tamo anterior. 50.000 180.000 180.000 17º Devoluciones. 2º Por otros conceptos: Para efectuar las formaliza- ciones a que diere lugar lo preceptuado en el apar- tado A) del articulo 232 del Estatuto provincial. 103.889,56 Para devoluciones por otros conceptos. 65.020,72 Al Tesoro en concepto de anualidad para amortización del 50% de lo que el Estado anticipa a esta provincia para repoblación forestal. 117.938,75 286.849,03 286.849,03 18º Imprevistos: Únic. Imprevistos: Para gastos im- previstos en el presupuesto especial del Gran Hospital provincial. 2.000 Para gastos no previstos en el presente presupuesto 20.000 22.000 22.000 Total del presupuesto de gastos: 4.121.183,99 Resúmen: Importa la parte de ingresos de éste presupuesto, pesetas: 4.150.795,10 Importa la parte de gastos de éste presupuesto, pesetas: 4.121.183,99 Superavit: 29.611,11 No habiendo ningún Señor Diputado que hiciera uso de la palabra quedó aprobado el preinserto presupuesto para el año mil novecientos treinta, en votación extraordinaria. Se levantó la sesión. ------
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