ATOPO
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Acta de sesión 1929/12/30_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.049/1.1929-12-30_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1929/12/30_Ordinaria

  • Data(s) 1929-12-30 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 74
    1. Reunidos en el salón de sesiones de la Diputación provincial a las once del día treinta de diciembre de mil novecientos veintinueve, bajo la presidencia del que lo es de esta Diputación Don Daniel de la Sota Valdecilla y con asistencia de los vocales directos Señores Lois Vidal; Espinosa Orrea; Sarmiento Gil; Pimentel Abeleira y Massó García; y de los corporativos Señores García Fernández; Lago González; Olmedo Reguera; Fuentes Marin; Lagarejos Rivas; y Torres Agrelo, el Señor Presidente ordena la lectura de la convocatoria inserta en el Boletin Oficial número 299 correspondiente al veintisiete del que cursa en la que se cita para el día de hoy por no haberse reunidos suficientes Señores Diputados para celebrar sesión el indicado veintisiete que era el día señalado en la primera convocatoria.
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    Folla: 74
    2. Por el Secretario se dá lectura a los articulos 91 y 195 del Estatuto provincial y al acta de la sesión anterior correspondiente al trece de septiembre pasado la que fué aprobada.

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    Folla: 74
    3. No habiendo formulado preguntas los Señores Diputados se dá cuenta por el Secretario de una comunicación del Vicepresidente del Patronato local provisional de formación profesional de Vigo en la que interesa se nombre un Diputado de la Comisión permanente para formar parte de dicho organismo; la Diputación acuerda por aclamación designar a Don Gaspar Massó García para el objeto indicado comunicándolo así al Patronato y al interesado para su conocimiento y efectos.
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    Folla: 74
    4. Seguidamente por el Secretario Diose lectura al Real Decreto del Ministerio de Economía Nacional de 13 de noviembre de 1929 número 2.423 sobre organización agro-pecuaria que se encomienda a la Diputación. De conformidad con el articulo segundo de la Diputación procede a la designación de los tres Diputados que como vocales propietarios formarán parte del Consejo provincial agro-pecuario.
    El Señor Presidente explica el alcance e importancia del servicio que se va a establecer y se suspende la sesión por unos minutos para hacer la designación de las personas para el cargo antes indicado y lo mismo de dos vocales suplentes que determina el art. 4º de la citada disposición.
    Reanudada la sesión y verificada la correspondiente votación por papeletas aparece tomado parte en la votación doce señores diputados número igual al de papeletas leídas obteniendo once votos los señores siguientes: Don Daniel de la Sota y Valdecilla, Don César Lois Vidal y Don Guillermo Sarmiento Gil. Tres candidaturas sólo contenían tres nombres.
    En virtud del resultado quedan proclamados Vocales propietarios del Consejo provincial agro-pecuario los señores citados.
    A continuación se verificó igual votación para vocales suplentes de los Señores anteriores dando el siguiente resultado: Don Alfredo Espinosa Orrea, Don Pedro Borrás Mouné y Don Joaquín Pimentel Abeleira suplentes y respectivamente y por el mismo órden en que son nombrados.
    Tomaron parte en la votación doce señores diputados obteniendo once sufragios cada uno porque tres candidaturas sólo contenían dos nombres y, en su consecuencia, quedan proclamados Vocales suplentes del Consejo provincial agro-pecuario.

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    Folla: 74,82
    5. Se dió cuenta del proyecto del presupuesto que se presenta para el año de mil novecientos treinta y que es el siguiente.

    Proyecto de Presupuesto para 1930.
    Ingresos.

    Cap. Art. Partidas Articulos Capitulos
    Ptas. Cts. Ptas. Cts. Ptas. Cts.
    1º Rentas.
    1º Propiedades: A percibir del
    Estado por alquiler de la
    parte del Palacio provincial
    ocupada por las habitacio-
    nes del Señor Gobernador
    civil y las oficinas del Gobier-
    no=3000 pesetas menos el
    1,30% del impuesto sobre
    los pagos y los 12 timbres
    de los libramientos median-
    te los cuales se percibe di-
    cho alquiler. 2.959,20 2.959,20
    2º Censos: Producto de varias
    rentas y foros procedentes
    de la Fundación del Gran
    Hospital (presupuesto es-
    pecial) y redenciones de
    los mismos. 350 350,20
    3º Intereses de efectos públi-
    cos y demás valores: Inte-
    reses de diez títulos de la
    deuda perpetua al 4% tres
    de la serie G), y siete de la
    serie A) que suman un ca-
    pital nominal de 3.800 pe-
    setas, deducción hecha
    del impuesto sobre las u-
    tilidades y timbre. 121
    Idem del donativo de Don
    Plácido Castro: 10.000 pe-
    setas nominales en Deuda
    amortizable, emisión de
    1927, libre de descuentos. 500
    Idem de cuatro inscripcio-
    nes señaladas con los nú-
    meros 3301,3302,3303 y
    161, que representan el
    total de 75.470 pesetas no-
    minales, al 4%, proceden-
    tes de la fundación del Gran
    Hospital provincial. 2.415 3.036
    4º Boletin Oficial: Por lo que
    deba ingresar el contratista
    de la impresión y publicación
    del Boletin Oficial de la pro-
    vincia como precio anual de
    su contrato. 126 126 6.471,20
    3º Subvenciones y donativos:
    1º Subvenciones del Estado:
    Para formalizar con el Banco
    de Crédito Local de España,
    por intereses debidos a dicho
    banco, lo que este percibirá
    directamente del Estado por
    cuenta de la subvención a-
    nual para caminos vecina-
    les. 127.500
    A percibir del Estado para
    reparación y conservación
    de caminos vecinales.- Im-
    porte íntegro. 11.194
    A deducir: el 1,30% del im-
    puesto s/los pagos. 145,52 11.048,48
    A percibir del Estado para
    repoblación forestal de la
    provincia. 800.000 940.542,48
    2º Subvenciones de las Corporaciones locales:
    De la Junta de partido y
    del Ayuntamiento de Pon-
    tevedra, por partes igua-
    les, para alquiler de la
    Casa audiencia provincial. 1.500
    De las entidades que, pa-
    ra construcción de cami-
    nos vecinales, ingresen en
    esta Diputación el 40% del
    importe de los correspon-
    dientes proyectos. 200.000 201.500
    3º Donativos: Producto que
    se calcula por donativos y
    limosnas recogidas en los
    cepillos del Gran Hospital
    y Capilla de las Animas. 3.490,35
    Donativos de los familiares
    de dementes recluidos en
    el Manicomio de Conxo,
    por cuenta y orden de esta
    Diputación. 5.146,50 8.636,85 1.150679,33
    7º Derechos y tasas.
    1º Por prestación de servicios:
    Producto de 9.110 estan-
    cias que causen los militares
    de los distintos cuerpos del
    Ejército, Marina de Guerra
    e Institutos armados a 4,50
    pesetas una, según presu-
    puesto especial del Gran
    Hospital provincial. 40.995
    Producto de 4300 estancias
    causadas en el mencionado
    hospital, por los enfermos
    pensionistas, a razón de 5
    pesetas cada estancia. 21.500
    7º 1º Producto de 150 estancias
    que causen en el mismo hos-
    pital los enfermos pensionis-
    tas de apartado, a 10 pese-
    tas por estancia. 1.500
    Producto de las estancias
    que causen en aquel hospi-
    tal, los enfermos por hechos
    criminales, que costea la jun-
    ta de Partido a razón de 4 pe-
    setas por estancia, según di-
    cho presupuesto especial. 2.875
    5% de administración y co-
    branza del impuesto de cé-
    dulas personales efectuadas
    por esta Diputación en varios
    Ayuntamientos de la provin-
    cia. 25.000 91.870 91.870
    8º Arbitrios provinciales:
    1º Arbitrios provinciales ordinarios y extraordinarios:
    Producto del arbitrio pro-
    vincial sobre la energía hi-
    droeléctrica que se produ-
    ce en la provincia. 3.873,75
    Idem idem sobre aguas mi-
    nero-medicinales. 15.000 18.873,75
    2º Imposiciones o percepciones:
    A percibir del Tesoro lo que
    a la Diputación corresponde
    con arreglo a lo dispuesto en
    el art. 1º del Real Decreto de
    26 de julio de 1926, referente
    al impuesto de rodaje; a las
    tarifas contenidas en dicho
    Real Decreto y a los datos es-
    tadísticos de la Jefatura de
    Obras Públicas de la provin-
    cia, así como también a la
    Real Orden de 16 de agosto
    de 1927 que mantiene en
    vigor la participación de las
    Diputaciones al transformar-
    se aquel impuesto en la Pa-
    tente nacional de circulación
    de automóviles, creada por
    Real Decreto de 29 de abril
    de 1927. 188.448,75 188.448,75 207.322,50
    9º Impuestos y recursos cedidos por el Estado.
    1º Contribución territorial: 5% de
    4.531.233,77 pesetas impor-
    te del cupo del Tesoro por
    la contribución sobre la rique-
    za Rústica y Pecuaria de la
    provincia. 226.561,18 226.561,18
    2º Cédulas personales: Ingreso
    bruto que se calcula produ-
    cirá el importe de las cédulas
    personales en el año 1930.
    1.000.000,18 1.000.000 1.226.561,18
    10º Cesión de recursos municipales:
    1º Aportación municipal forzosa:
    Importe de dicha aportación.
    892.249,56 892.249,56 892.249,56
    11º Recargos provinciales:
    3º Derechos Reales y trasmisión de bienes y timbre:
    A percibir del Comité Central
    de fondos provinciales por
    este concepto. 238.608 238.608 238.608
    17º Reintegros:
    2º Reintegros por otros conceptos:
    A percibir del Tesoro a
    cuenta del reintegro de
    2.024.000 pesetas, según
    sentencia del Tribunal Su-
    premo a que ascienden
    los anticipos hechos por es-
    ta Diputación al Estado para
    construcción de la carretera
    de Villacastin a Vigo. 200.000
    Reintegros probables por
    conceptos diferentes que el
    de pagos indebidos. 6.100
    A percibir del Tesoro los re-
    cargos que este haya cobra-
    do y cobre en lo sucesivo,
    sobre las contribuciones te-
    rritorial e industrial que, 17º 2º como reintegro de anticipos
    por cuenta de la subven-
    ción del Estado para cons-
    trucción de caminos vecina-
    les, hayan percibido los A-
    yuntamientos de esta pro-
    vincia conforme a lo dispues-
    to en los articulos 5º y 6º
    de la ley de caminos vecina-
    les de 29 de junio de 1911. 100.000
    A percibir del Patronato del
    Museo provincial, como pri-
    mera entrega, para amorti-
    zar en seis años el anticipo
    de 25.000 pesetas hecho
    por esta Diputación a dicha
    entidad en virtud de acuer-
    do del pleno de la misma
    de 28 de junio de 1929. 4.133,33
    A percibir del Ayuntamiento
    de Pontevedra, lo que esta
    Diputación anticipó por cuen-
    ta de dicho Ayuntamiento y
    conforme al acuerdo de la
    Corporación municipal de 20
    de noviembre de 1928 para
    construcción de alcantarillas
    en la Calle de Gregorio Her-
    nández según acuerdo de la
    Comisión provincial de 31 de
    mayo de 1929. 800
    Por reintegros de anticipos
    de haberes a funcionarios
    provinciales hechos según
    lo dispuesto por el Real De-
    creto Ley de la Presidencia
    del Consejo de Ministros,
    de 17 de diciembre de 1929. 26.000 337.033,33 337.033,33
    Total del presupuesto de ingresos 4.150.795,10

    Gastos.
    1º Obligaciones generales.
    1º Servicios generales del Estado:
    Para gastos causados por
    el Tribunal provincial de lo
    contencioso administrativo:
    doscientos cuarenta asis-
    tencias de los dos vocales
    no Magistrados a veinticin-
    co pesetas por asistencia. 6.000
    Plantilla del personal de
    dicho Tribunal y gastos de
    material del mismo. 11.500
    Para satisfacer las estan-
    cias que causen los niños
    sometidos a los Tribunales
    Tutelares. 400
    Para alquiler de la Casa-Au-
    diencia provincial. 3.450
    Para pago de una factura
    de mobiliario y tapicería de
    la Audiencia provincial pro-
    cedente del año ppdo. 2.000
    Para material de oficina del
    Presidente de la Junta pro-
    vincial del Censo. 750
    Idem idem del Inspector de
    Sanidad provincial. 750
    Sueldo del Jefe de la Se-
    cción de presupuestos mu-
    nicipales con abono de cua-
    tro quinquenios. 12.000
    Aumento gradual de suel-
    do a los Maestros de la pro-
    vincia. 2.122,22
    Para mobiliario y efectos de
    la casa del Gobernador ci-
    vil. 4.000
    Para servicio de bagajes
    de la provincia. 7.000
    Sueldo del Secretario de
    la Junta provincial de Bene-
    ficencia. 4.000 53.972,22
    2º Pactos y compromisos: Prima
    de seguros contra incendios
    del Palacio provincial. 497,65
    Idem del idem del Gran Hos-
    pital provincial. 1.103,10
    Idem del idem del Museo pro-
    vincial. 48,65
    Idem del idem del Palacio y
    edificios de la Granja provin-
    cial "La Sota". 145,15
    Resto de la parte con que es-
    ta Diputación contribuye a los
    gastos de construcción e ins-
    talación del Pabellón de Gali-
    cia en la Exposición Ibero-A-
    mericana de Sevilla. 17.733,33
    Resto del segundo plazo de
    los seis en que esta Diputa-
    ción debe entregar 608.520
    pesetas con 77 cts por la ce-
    sión del Gran Hospital. 95.340,14
    Prima anual de la póliza del
    Seguro contra el robo. 2.000 116.868,02
    3º Deudas: A la Diputación pro-
    vincial de A Coruña, el ter-
    cer plazo a cuenta del saldo
    de su cuenta. 24.000 24.000
    4º Censos: Para pago de la
    renta de un foro de Don Rai-
    mundo Fernández Villaverde
    que gravita sobre terreno del
    Hospital. 12,50
    Para idem de la id de otro id
    del mismo y por lo mismo. 8,25
    Para idem de un censo que
    gravita sobre terreno del an-
    tiguo Hospital de San Juan de
    Dios, perteneciente al Señor
    Bermudez de Castro. 24
    Para ide de la id de otro id
    sobre terreno del actual Hos-
    pital perteneciente a Don E-
    duardo Cobian. 16,50 61,25
    5º Pensiones:
    Jubilaciones:
    Don Ángel Martínez Santra-
    dan, ex-oficial de la Diputa-
    ción. 3.840
    Don Luciano de Dios Esca-
    lada, idem. 5.200
    Don Luis Amado de la Rie-
    ga, idem. 5.200
    Don Luis Gorostola Prado,
    idem. 5.200
    Doña María Siman, ex-por-
    tera del Hospicio. 480 19.920
    Pensiones de viudedad
    Doña Maria del Consejo
    Builla, Viuda del Sr. Don
    Julio Álvarez. 5.250
    Doña Sabina Mathé, Viu-
    da del Sr. Don Moisés Gon-
    zález Besada. 3.000
    Doña Clodonia Lois, idem
    del oficial Don Román Pin-
    tos. 2.150
    Doña Encarnación Pereiro
    idem del Jefe de Caminos
    Don F. Martinez. 2.000
    Doña Emilia Almazan idem
    del Ayudante D.V. Vázquez 2.000
    1º 5º Doña Carmen Fernández
    idem del oficial Don Benigno
    L. Sanmartin. 2.000
    Doña Emilia Ochoa, idem
    del id Don Ernesto Sacarre-
    ra. 1.900
    Doña Flora Pazos idem del
    id Don Vicente Abeigon. 1.000
    Doña Patrocinio Santurde
    idem del auxiliar Don Teles-
    foro Fonseca. 750
    Doña Josefa Rivera id del
    sobrestante Don J. Santa-
    maria. 1.000
    Doña Rosa Larregui idem
    del auxiliar Don José Arribas 750
    Doña Carmen Solla id del
    ordenanza Don Manuel Aleu 750
    Doña Josefa Fernández, id
    del auxiliar Don José Lois 625
    Doña Victoria J. Santos id
    del catedrático Don Amador
    Ruiz. 450
    Doña Concepción Peón id
    del oficial de J.P. Don José
    Yañez. 400
    Doña Carmen Barros id del
    conserje Don Emilio Arias. 1.250 25.275
    Pensiones de orfandad:
    Doña Encarnación y Doña
    Adelaida de la Peña huérfa-
    nas del Secretario Don Luis
    de la Peña. 1.500
    Doña Patrocinio Fonseca id
    del Depositario Don T. Fon-
    seca García. 1.500
    Doñas Carmen, Amparo y Do-
    lores Nuñez id del oficial Don
    C. Nuñez. 1.250
    Doñas Carmen y Elena Quin-
    tana id del id Don Manuel Quin-
    tana. 1.000
    Doñas Maria y Agueda Nuñez
    id del Admor. de la Inclusa Don
    J. Nuñez. 1.000
    Doña Rosario Viñas del Mon-
    te id del Oficial Don José Vi-
    ñas. 1.000
    Doña Reguia Ulloa id del De-
    positario Don José Ulloa. 899,78
    Doña Julia F. Ruysuarez id del
    delineante Don Cosme Fer-
    nández. 750
    Doña Maria del Carmen Suá-
    rez id del ordenanza Don R
    Suarez. 625
    Doña Antonia Alvarez id del
    aspirante Don Antonio Alva-
    rez. 625
    Doña Maria de las Mercedes
    del Monte id del portero J.
    del Monte. 562
    Doña Dolores del Monte Tou-
    za id del id José Mª del Monte 500
    Don Enrique Sotelo id del au-
    xiliar Don Manuel Sotelo. 500
    Doña Juana de la Torre Gar-
    cía id del portero Ramón de
    la Torre. 366
    Doña Josefa Nuñez id del
    Admor. del Gran Hospital Don
    Ricardo Nuñez Uruburo. 750 12.827,78
    A la misma por su pensión de
    orfandad desde 1º de agosto
    de 1928 a 31 de diciembre de
    1929. 1.062,50
    Al inutilizado en la guerra
    Francisco Fernández. 182,50 1.245 59.267,78
    8º Otros conceptos análogos:
    Para satisfacer el impuesto
    sobre las utilidades que gra-
    van los haberes del personal
    de esta Diputación cuya cuan-
    tía anual no exceda de 5.000
    ptas. y un resto del año ante-
    rior. 13.500
    Para satisfacer la contribución
    territorial de las fincas rústicas
    y urbanas de esta Diputación y
    el impuesto sobre persona jurí-
    dica. 7.007,60
    Para satisfacer Derechos Reales
    Derechos de Registros y demás
    gastos de escrituraciones. 2.000 22.507,60
    9º Suscripciones, anuncios, impresiones y demás gastos
    singulares:
    Suscripción a tres ejemplares
    de la "Gaceta de Madrid" y a
    uno del "Boletin Oficial del Mi-
    nisterio de Hacienda". 255
    Idem a la "Gaceta de Admi-
    nistración" 19,65
    Idem a la "Administración prác-
    tica". 30,66
    Idem al "Boletin del Instituto
    internacional agrícola de Roma" 51,77
    Idem al Diccionario de Admon.
    (alcubilla). 50
    Para otras suscripciones que
    se acuerden durante el ejerci-
    cio. 500 907,08
    10º Litigios: Para atender los gas-
    tos causados por los litigios
    promovidos por o contra esta
    Diputación. 5.000 5.000,08
    11º Gastos indeterminados: Para
    energía y material eléctricos
    invertidos en este Palacio pro-
    vincial. 2.000
    Para estaciones telefónicas
    urbanas y de interdeéndencias
    de esta Diputación. 852
    Para conferencias telefónicas
    interurbanas y telefonemas. 2.880
    Para la estación telefónica
    urbana del Gran Hospital. 216
    Para conferencias y telefo-
    nemas del idem. 4.800
    Para material y energía e-
    léctricos del idem. 4.800
    Donativo anual al Ropero
    escolar de Pontevedra. 375
    Para alquiler de automóviles
    y un resto del año anterior. 18.200
    Para impresiones y encua-
    dernaciones. 750
    Portes de objetos para el
    Gran Hospital. 550
    Para gastos de giro, franqueo
    apartado de correos, telegra-
    mas, portes y acarreos, des-
    cuentos, pólizas, timbres y
    demás gastos similares. 2.500
    Para uniformes de porteros
    y ordenanzas. 750
    Para números extraordinarios
    del Boletin Oficial. 1.000
    Para calefacción con carbón
    y leña, bencina y petróleo. 500
    Cuota anual de la Cámara de
    la Propiedad urbana (1929 y
    1930). 120
    Para propaganda de prensa
    y demás gastos que ocasione
    el fomento del turismo en Ga-
    licia. 5.500
    Para sostenimiento del cen-
    tro de las Diputaciones pro-
    vinciales, en Madrid. 300 41.337 323.960,95
    2º Representación provincial.
    1º Representación de la Diputa-
    ción y Comisión provincial.
    Para atender a los gastos de
    representación a que dé lu-
    gar la actuación de la Diputa-
    ción y la Comisión provin-
    cial. 5.000 5.000
    2º Representación del Presidente
    de la Diputación y Comisión pro-
    vincial: Al Presidente de la Di-
    putación y Comisión provincial
    para gastos de representación.
    2.500 2.500
    3º Dietas de los Diputados provin-
    ciales: Para satisfacer las dietas devengadas por los Di-
    putados provinciales de asis-
    tencia a sesiones de las comi-
    siones y del Pleno de la Dipu-
    tación a razón de 25 pesetas
    cada dieta. 10.000 10.000 17.500
    4º 1º Bienes provinciales: Adquisi-
    ción: Para adquirir un caballo,
    carro y coche fúnebre para el
    Gran Hospital provincial. 2.000 2.000
    2º Mejora y custodia de bienes
    provinciales así como conser-
    vación de los mismos.
    Para satisfacer toda clase de
    obras así interiores como ex-
    teriores, arreglos y reparacio-
    nes y entretenimiento de ins-
    talaciones en el Gran Hospital
    provincial. 24.000
    Sueldo de un jardinero de la
    Diputación provincial. 1.091,25
    Gratificación al encargado de
    timbres y relojes de la misma. 241,25
    Una jornalera a 2,25 ptas, dia-
    rias, incluso días festivos. 821,25
    Tres jornaleras diarias a 2 ptas
    incluso días festivos. 2.190
    Gratificación al ordenanza de
    intervención encargado del
    motor y bomba de esta Dipu-
    tación. 365
    Para adquirir y reparar mo-
    biliario y utensilios, incluso
    máquinas de calcular y es-
    cribir, accesorios y una Caja
    de Caudales de tres llaves. 11.000
    Cuota de suscripción anual
    para sostenimiento del Cuer-
    po de bomberos voluntarios
    de esta Capital, fijada por el
    número de edificios propios
    de esta Diputación. 200 39.908,75 41.908,75
    5º Gastos de recaudación:
    1º Gastos de recaudación de
    arbitrios, impuestos, tasas,
    derechos o rentas provin-
    ciales: Para toda clase de
    gastos que haya originado
    en ejercicios anteriores y
    origine en el corriente, la
    recaudación de los arbitrios
    impuestos, tasas, derechos
    o rentas provinciales. 150.000 150.000 150.000
    6º Personal y material.
    1º Personal y material de las
    oficinas.
    Sueldo del Secretario de la
    Diputación con tres quinque-
    nios. 12.960
    Id del Jefe de la Sección de
    Beneficencia. 7.000
    Un quinquenio del mismo a
    partir de 1º de julio de 1930. 280
    Sueldo del Jefe de la Sección
    de Gobernación. 7.000
    Un quinquenio del mismo co-
    mo el anterior. 280
    Sueldo del Jefe de la Sección
    de Fomento. 7.000
    Idem de seis oficiales de la
    clase de primeros a 5.500
    ptas. 33.000
    Un quinquenio de los mismos
    a partir de 1º julio de 1930. 1.320
    Sueldo de 8 oficiales segundos
    a 4.500 ptas cada uno. 36.000
    Un quinquenio de los mismos
    a partir de 1º julio del 1930. 1.440
    Sueldo de otro Oficial segun-
    do. 4.500
    Id de tres oficiales terceros
    a 3.500. 10.500
    Un quinquenio de los mismos,
    a partir de 1º julio de 1930. 420
    Sueldo de dos oficiales Tene-
    dores de libros y un quinque-
    nio desde 26 sept.1930. 6.063,33
    Id de dos auxiliares mecanó-
    grafos a 2.500 ptas. 5.000
    Sueldo del Interventor, con
    seis quinquenios. 13.500
    Idem del depositario. 7.000
    Un quinquenio del mismo a
    partir de 1º julio de 1930. 280
    Sueldo del Jefe de Vias y O-
    bras provinciales. 10.500
    Un quinquenio del mismo a
    partir de 1º de julio de 1930. 320
    Sueldo de un Ayudante de
    Vias y Obras provinciales. 7.000
    Un quinquenio del mismo a
    partir de 1º julio 1930. 220
    Sueldo del Jefe técnico de
    recaudación. 7.000
    Honorarios fijos del Arqui-
    tecto provincial. 2.800
    Total de sueldos del perso-
    nal técnico y administrativo 168.883,33
    Personal subalterno:
    Sueldo de un conserje. 3.000
    Idem de un portero mayor. 2.750
    Idem de un ordenanza. 2.250
    Id. de un botones. 250
    Para remunerar servicios ex-
    traordinarios del personal a
    propuesta de los Jefes de de-
    pendencia. 6.000
    Material de las oficinas:
    De la Secretaría de la Dipu-
    tación. 3.500
    De la Intervención. 3.750
    De la Jefatura de Vias y
    Obras. 1.000
    De la Depositaría. 750
    Del Consejo de Economía. 750
    De la Sección de Presupues-
    tos. 750
    De la Presidencia de la Di-
    putación. 600
    Del Archivo. 500
    De la Junta provincial de
    Beneficencia. 300
    De construcciones civiles 250
    Del Negociado de reformas
    sociales. 150 207.933,33
    2º Personal y material de los establecimientos provinciales
    Inclusa provincial: Sueldo del
    Administrador. 4.500
    Un quinquenio del mismo
    desde 1º julio de 1930. 180
    Gratificación al Médico de
    la Inclusa. 1.750
    Id. del Capellán de la id. 1.000
    Para material de oficinas del
    Administrador. 650
    Gran Hospital provincial.
    Sueldo de cuatro médicos
    munerarios a 4000 ptas
    cada uno. 16.000
    Id de dos id auxiliares o
    de Guardia a 3000 ptas,
    uno. 6.000
    Sueldo de un farmacéu-
    tico encargado de la Bo-
    tica del hospital. 4.000
    Idem del Aministrador. 4.000
    Idem del oficial de la
    Administración. 3.600
    Id de una matrona. 1.500
    Id de cinco practicantes a
    300 ptas cada uno. 15.000
    Id de un capellán. 2.500
    Id de un auxiliar de la botica 2.120
    Id de un Ayudate de la id. 700
    Id de cinco enfermeros a
    900 ptas cada uno. 4.500
    Id de un enfermero nocturno 900
    Id de cuatro enfermeras a
    300 ptas cada una. 2.400
    Id de un carpintero. 2.120
    Id de un portero. 900
    Id de un pintor. 900
    Id de un hortelano. 900
    Id de cuatro lavanderas a
    480 ptas cada una. 1.920
    Id de una cocinera. 720
    Id de una fregadora de co-
    cina. 480
    Id de una pinche. 480
    Remuneración de 14 Hijas de
    la Caridad a 40 ptas mensua-
    les cada una. 6.720
    Gratificación al Médico ciru-
    jano. 2.000
    Material de oficina. 500
    Impresos, libros, registros,
    recetarios y libretas para la
    Botica, etc. 1.000 89.940
    3º Material de la Diputación y Comisión provincial.
    Para papel, sobres, franqueo
    y demás gastos de material
    necesario a los Diputados
    provinciales. 500 500
    4º Gastos generales de la Corporación:
    Para gastos de viajes de los
    Diputados provinciales cuan-
    do se trasladen de su resi-
    dencia en virtud de sus fun-
    ciones como tales diputados. 3.500
    Para libros de actas reinte-
    grados. 350
    Para anticipos de haberes
    al personal de la Diputación
    con arreglo al Real Decreto-
    Ley de 16 diciembre de 1929 26.000 29.850 328.223,33
    8º Beneficencia:
    1º Atenciones generales: In-
    demnización fija a un Médico
    informador. 2.600
    Para impresos de estadís-
    ticas etc. 200 2.800
    2º Maternidad y expósitos:
    Para los gastos que cause
    el sostenimiento de la In-
    clusa provincial. 88.970
    Subvención para sosteni-
    miento de la "Gota de Le-
    che de Vigo" 1.000
    Id para la id id de Lavado-
    res. 500 90.470
    3º Hospitalización de enfermos:
    Gran Hospital Provincial.
    Para víveres y combustible 146.400
    Medidas y aparatos. 52.600
    Para análisis bacterioló-
    gicos. 3.000
    Para radiografías. 8.000
    Para camas, ropas, mesas de
    noche, sábanas, mantas,
    colchas, telas, vestuario de
    dependientes del estableci-
    miento, jabón, lejía y demás
    ingredientes para la lavado
    y desinfección de ropas y
    departamentos, para efectos
    de cocina y loza. 18.500
    Para entlo. en la capilla. 100
    Para conducción de enfer-
    mos al Hospital, cadáveres
    al cementerio y para cons-
    trucción de féretros. 600
    Para satisfacer estancias
    en hospitales. 2.000
    Para idem en leproserías. 10.000
    Subvención al Hospitalillo
    de Cuntis, para su sosteni-
    miento. 600
    Idem al idem de Mondariz,
    para idem. 600
    Idem al idem de la Toja para
    idem. 600
    Idem a la Casa de Socorro de
    la Cruz Roja de Pontevedra
    para id. 1.000
    Idem al Hospital e Inclusa de
    Tui para idem. 3.750
    Para viajes de las hijas de la
    caridad del Gran Hospital pro-
    vincial. 200 247.950
    4º Huérfanos y desamparados:
    Hospicio de Pontevedra:
    102.200 estancias de hospi-
    cianos (280 diarias) a 1,35
    ptas. por estancia. 127.970
    Para comida extraordinaria
    a los hospicianos el día 1º
    de mayo según condición
    del donativo de Don Plácido
    Castro. 500
    Para estancias de indigentes
    en asilos: 150 diarias a 1,25
    pesetas por estancia. 68.437,50
    Subvenciones donativos.
    A la Casa de Caridad de Vigo 8.750
    A la idem de Baiona. 500
    Al Asilo Hermanitas de los
    Ancianos Desamparados de
    Pontevedra. 3.000
    Al idem de idem de Vigo. 3.000
    Al idem de idem de Caldas
    de Reis. 1.000
    4º Al Asilo de Hermanitas de los
    ancianos desamparados de
    Tui. 1.000
    Al idem idem de Vilagarcía. 1.000
    Al Asilo benéfico de la Infan-
    cia de Vigo. 1.500
    Al idem de Hermanas trinita-
    rias de id. 1.500
    A las "Siervas de María" de
    Pontevedra. 1.500
    Al Hospicio de Pontevedra. 5.120
    Para limosnas y socorros que
    concedan la Comisión provin-
    cial y el Presidente de la Di-
    putación. 500
    Para socorros domiciliarios
    que se concedan mientras
    se carezca de asilo para
    indigentes. 2.600 227.877,50
    5º Dementes:
    Para satisfacer estancias
    de dementes en el Manico-
    mio de Conxo (260 estan-
    cias diarias a 2,35 pesetas
    por estancia y un resto del
    año anterior). 223.015
    Para idem de idem en otros
    Manicomios. 4.000 227.015
    6º Servicios especiales: Para
    contribuir al ensayo de una
    escuela de puericultura que
    habrá de establecerse en el
    pueblo de la provincia que
    la Diputación designe como
    más indicado. 10.000
    Subvención para el dispen-
    sario antivenéreo de la pro-
    vincia. 2.000 12.000
    9º Calamidades públicas: Para
    remediar las que puedan o-
    currir en la provincia. 5.000 5.000 813.112,50
    9º Asistencia social.
    1º Instituciones de crédito: Sub-
    vención anual al Monte de
    Piedad y Caja de Ahorros de
    Pontevedra. 2.500
    Idem a la Caja de Ahorros
    provincial. 30.000 32.500
    2º Otras instituciones de carácter social:
    Subvención anual a la ins-
    titución "Sindicato femenino
    de previsión". 500
    Para distribuir libretas de la
    Caja de Ahorros entre inclu-
    seros y niños pobres de las
    escuelas públicas. 500
    Subvención para sostenimien-
    to de la Caja foral. 7.000
    Idem de la "Cocina económi-
    ca de Pontevedra". 1.000 9.000
    3º Obligaciones impuestas por las leyes:
    Para ingresar en la Caja Re-
    gional del retiro obrero por
    las cuotas de jornaleros de
    esta Diputación. 2.500 2.500 44.000
    10º Instrucción pública:
    1º Atenciones generales:
    Para viáticos o dietas,
    gastos de viaje de las
    personas que se desplacen
    por cuenta y orden de esta
    Diputación para efectuar es-
    tudios especiales o para a-
    sistir a cursillos. 5.000
    10º 1º Para atender a los gastos
    que ocasionen las exposi-
    ciones de las obras de arte
    de los pensionados de la Di-
    putación y de los aspirantes
    a pensión, así como también
    a los que ocasione la cons-
    titución y funcionamiento de
    los tribunales que han de
    juzgar las obras y proponer
    los becarios. 700 5.700
    5º Escuelas de sordomudos y
    ciegos: Para satisfacer
    13.140 estancias que causen
    en el "Colegio de Sordomu-
    dos y ciegos de Vizcaya, en
    Deusto (Bilbao) 36 anormales
    de esta provincia que en él
    reciban enseñanza por cuenta
    y orden de esta Diputación a
    razón de 2,65 ptas por estan-
    cia. 34.821
    Para equipo de cinco anorma-
    les a razón de cien pesetas ca-
    da uno. 500
    Para gastos de viajes de anor-
    males y sus acompañantes. 3.000
    Subvención anual al "Colegio
    de sordomudos y ciegos de
    Santiago". 8.500
    Para pago a dicho Colegio de
    las estancias causadas por los
    alumnos Luis Trigo Costa y Car-
    men Nuñez Fondevila que in-
    gresaron en 25 de octubre de
    1929 y 17 de marzo de 1926
    respectivamente desde estas
    fechas hasta el 31 de diciem-
    bre de 1929=1528-1385-2913
    estancias a 1,30 ptas por es-
    tancia. 3.786,90
    Subvención al mismo para
    sostenimiento de un sordo-
    mudo natural de esta provin-
    cia designado por el Rector de
    la Universidad de Santiago para
    enseñar dibujo, modelado y
    talla a los alumnos sordo-
    mudos. 2.000 55.345,40
    9º Bibliotecas: Para adquirir
    libros y revistas. 750 750
    10º Otros establecimientos e institutos de cultura pública:
    Indemnización fija anual al
    Cronista de Pontevedra. 2.500
    Subvención anual a la So-
    ciedad de Amigos del Pais
    de id. 1.750
    Idem id a los Exploradores
    de España de id. 1.000
    Idem id a la escuela de pár-
    vulos de Cantoarena (Marin)
    regentada por las Hijas de
    San Vicente. 500
    Idem id a la Junta de Señores
    que regentan y sostienen la
    Escuela gratuita nocturna o-
    brera de Pontevedra. 500
    Subvención anual a la Socie-
    dad Arqueológica de Ponte-
    vedra para su sostenimiento. 1.000
    Idem id al Patronato del Mu-
    seo provincial. 10.700
    Idem id para mejora de los
    locales de las escuelas na-
    cionales. 15.000
    10º 10º Subvención para constru-
    cción de escuelas munici-
    pales. 30.000
    Idem id para Colonias es-
    colares que se organicen
    en toda la provincia. 5.000
    Idem id para sostenimiento
    del Seminario de Estudios
    Gallegos. 1.000
    Cuota anual que correspon-
    de satisfacer a esta Diputa-
    ción como socio protector de
    dicho seminario (años 1929 y
    1930). 24
    Jornal -incluso días festivos-
    de una Ayudante del Maestro
    de la Prisión de Pontevedra
    a razón de 1,75 ptas diarias 638,75 69.612,75
    11º Monumentos artísticos e históricos:
    A la "Sociedad Pro-Monte de
    Santa Tecla de A Guarda para
    invertir en la citania. 500 500
    12º Subvenciones o becas:
    Becarios: Don Manuel Colmeiro
    Guimaras-Pintura. En el ejer-
    cicio. 2.250
    Don Lino Martínez Villafines-
    idem. En el ejercicio. 2.250
    Don Arturo Souto Feijoo-
    idem. En el ejercicio. 2.250
    Don Eugenio Souto Campos
    Escultura. En el ejercicio. 2.250
    Don Narciso Pérez Rey-
    idem. En el ejercicio. 2.250
    Don Manuel Longa Campos
    Talla. En el ejercicio. 1.125
    Para una beca de Harmonía
    y Composición. 3.000
    Para satisfacer a los beca-
    rios que la Comisión provin-
    cial designe en el año 1930
    los tres primeros meses del
    año académico octubre, no-
    viembre y diciembre el impor-
    te de sus becas. 3.187,50
    Cinco becas para cinco alum-
    nos de la Escuela industrial
    de Vigo. 10.000
    Becas para asilados. 3.200
    Indemnización fija para su
    residencia en Madrid al Aca-
    démico Don Ramón Cabani-
    llas. 3.000
    Para subvencionar misiones
    culturales y conferenciantes. 4.000
    Para monumentos, premios
    y homenajes. 2.000
    Subvención anual para sos-
    tenimiento de la Sociedad
    Coral Polifónica de Ponte-
    vedra. 2.000 42.762,50 174.670,65
    11º Obras públicas y edificios provinciales.
    1º Atenciones generales: Indem-
    nización fija al Director Jefe
    de Vias y Obras provinciales. 3.000
    Id id al Ayudante de id. 2.000
    Id del personal facultativo
    por visitas y trabajos de cam-
    po. 7.000
    Al pagador de Vias y Obras
    por gastos de giro y correo. 500
    Para material de estudios, re-
    planteos etc. 2.000 14.500
    2º Construcción de caminos vecinales:
    Intereses debidos al "Banco
    de Crédito local de España"
    a razón del 5,10% sobre la
    operación de crédito concer-
    tada con éste para la constru-
    cción de caminos vecinales. 127.500
    Para dietas y gastos de loco-
    moción del personal faculta-
    tivo de Obras públicas. 1.994
    Gratificación al Director de
    Vias y Obras provinciales. 1.000
    Idem de una peseta diaria
    al peón caminero como or-
    denanza de las oficinas de
    Vias y Obras. 365
    Para satisfacer las diferen-
    cias entre el 40% con que
    los Ayuntamientos contribu-
    yen a la construcción de ca-
    minos vecinales y el tanto
    por ciento con que deben
    contribuir según la tabla con-
    tenida en el articulo 5º del
    Reglamento de 23 de julio
    de 1911. 100.000 230.859
    3º Reparación y conservación de caminos vecinales:
    Para esta clase de gastos. 11.048,48 11.048,48
    4º Construcción de otros caminos y carreteras provinciales:
    Construcción del trozo pri-
    mero del camino provincial
    de Agolada al límite de la
    provincia. 20.000
    Idem del idem segundo del
    idem id de Callobre a Puente-
    Ledesma. 40.000
    Para pago de terrenos ex-
    propiados para construir el
    camino provincial de A Cañiza
    a A Pousa. 25.000
    Para id id para id id del id
    de Callobre a Puente-Ledes-
    ma. 25.000
    Para id id para id id el id de
    Agolada al límite de la pro-
    vincia. 15.000 125.000
    5º Reparación y conservación de otros caminos y carreteras
    provinciales.
    Jornales de capataces y peo-
    nes camineros a razón de 4
    ptas, diarias los primeros y
    3,50 ptas, diarias los segun-
    dos. 65.802,55
    Para contratas de acopios
    efectuados dentro del ejer-
    cicio y para satisfacer un
    resto del ejercicio anterior. 200.000
    Para reparación de cami-
    nos provinciales, maquina-
    ria, herramientas, arbolado
    y viveros. 30.000
    Para invertir en la conserva-
    ción de caminos provinciales
    en caso de que se haga efec-
    tivo el 25% de lo recaudado
    en la provincia por la patente
    nacional del automóvil. 188.448,75 484.251,30
    10º Reparación y conservación de edificios provinciales:
    Para esta clase de gastos. 20.000 20.000 885.658,78
    13º Montes y Pesca:
    2º Fomento de la riqueza fo-
    restal.
    Para atender a todos los
    gastos que origine la repobla-
    ción forestal de la provin-
    cia. 800.000 800.000
    3º Piscicultura:
    Para fomentar la riqueza pis-
    cicola de los ríos de la pro-
    vincia. 2.000 2.000 802.000
    14º Agricultura y ganadería.
    1º Atenciones generales: Sub-
    vención al Consejo provin-
    cial agro-pecuario. 45.000 45.000
    3º Granjas y campos de ex-
    perimentación: Subvención
    para sostenimiento de la Mi-
    sión biológica de Galicia. 5.000
    Para satisfacer la anualidad
    de arrendamiento de la Gran-
    ja de experimentación de di-
    cha Misión. 1.300 6.300 51.300
    15º Crédito provincial.
    Únic. Operaciones de crédito provincial.
    Para el servicio de amorti-
    zación e intereses de los
    préstamos o empréstitos que
    hayan de contratarse por
    esta Diputación durante el
    ejercicio. 100.000
    Intereses correspondientes
    al préstamo hipotecario con-
    tratado con la "Caja de Aho-
    rros y Monte de Piedad mu-
    nicipal de Vigo". 30.000
    Para amortización del prés-
    tamo anterior. 50.000 180.000 180.000
    17º Devoluciones.
    2º Por otros conceptos:
    Para efectuar las formaliza-
    ciones a que diere lugar
    lo preceptuado en el apar-
    tado A) del articulo 232 del
    Estatuto provincial. 103.889,56
    Para devoluciones por otros
    conceptos. 65.020,72
    Al Tesoro en concepto de
    anualidad para amortización
    del 50% de lo que el Estado
    anticipa a esta provincia para
    repoblación forestal. 117.938,75 286.849,03 286.849,03
    18º Imprevistos:
    Únic. Imprevistos: Para gastos im-
    previstos en el presupuesto
    especial del Gran Hospital
    provincial. 2.000
    Para gastos no previstos
    en el presente presupuesto 20.000 22.000 22.000
    Total del presupuesto de gastos: 4.121.183,99

    Resúmen:
    Importa la parte de ingresos de éste presupuesto, pesetas: 4.150.795,10
    Importa la parte de gastos de éste presupuesto, pesetas: 4.121.183,99
    Superavit: 29.611,11
    No habiendo ningún Señor Diputado que hiciera uso de la palabra quedó aprobado el preinserto presupuesto para el año mil novecientos treinta, en votación extraordinaria.
    Se levantó la sesión.
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