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1929-12-30_Ordinaria. Acta de sesión 1929/12/30_Ordinaria
Acta de sesión 1929/12/30_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.049/1.1929-12-30_Ordinaria
Título Acta de sesión 1929/12/30_Ordinaria
Data(s) 1929-12-30 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 74
1. Reunidos en el salón de sesiones de la Diputación provincial a las once del día treinta de diciembre de mil novecientos veintinueve, bajo la presidencia del que lo es de esta Diputación Don Daniel de la Sota Valdecilla y con asistencia de los vocales directos Señores Lois Vidal; Espinosa Orrea; Sarmiento Gil; Pimentel Abeleira y Massó García; y de los corporativos Señores García Fernández; Lago González; Olmedo Reguera; Fuentes Marin; Lagarejos Rivas; y Torres Agrelo, el Señor Presidente ordena la lectura de la convocatoria inserta en el Boletin Oficial número 299 correspondiente al veintisiete del que cursa en la que se cita para el día de hoy por no haberse reunidos suficientes Señores Diputados para celebrar sesión el indicado veintisiete que era el día señalado en la primera convocatoria.
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Folla: 74
2. Por el Secretario se dá lectura a los articulos 91 y 195 del Estatuto provincial y al acta de la sesión anterior correspondiente al trece de septiembre pasado la que fué aprobada.
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Folla: 74
3. No habiendo formulado preguntas los Señores Diputados se dá cuenta por el Secretario de una comunicación del Vicepresidente del Patronato local provisional de formación profesional de Vigo en la que interesa se nombre un Diputado de la Comisión permanente para formar parte de dicho organismo; la Diputación acuerda por aclamación designar a Don Gaspar Massó García para el objeto indicado comunicándolo así al Patronato y al interesado para su conocimiento y efectos.
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Folla: 74
4. Seguidamente por el Secretario Diose lectura al Real Decreto del Ministerio de Economía Nacional de 13 de noviembre de 1929 número 2.423 sobre organización agro-pecuaria que se encomienda a la Diputación. De conformidad con el articulo segundo de la Diputación procede a la designación de los tres Diputados que como vocales propietarios formarán parte del Consejo provincial agro-pecuario.
El Señor Presidente explica el alcance e importancia del servicio que se va a establecer y se suspende la sesión por unos minutos para hacer la designación de las personas para el cargo antes indicado y lo mismo de dos vocales suplentes que determina el art. 4º de la citada disposición.
Reanudada la sesión y verificada la correspondiente votación por papeletas aparece tomado parte en la votación doce señores diputados número igual al de papeletas leídas obteniendo once votos los señores siguientes: Don Daniel de la Sota y Valdecilla, Don César Lois Vidal y Don Guillermo Sarmiento Gil. Tres candidaturas sólo contenían tres nombres.
En virtud del resultado quedan proclamados Vocales propietarios del Consejo provincial agro-pecuario los señores citados.
A continuación se verificó igual votación para vocales suplentes de los Señores anteriores dando el siguiente resultado: Don Alfredo Espinosa Orrea, Don Pedro Borrás Mouné y Don Joaquín Pimentel Abeleira suplentes y respectivamente y por el mismo órden en que son nombrados.
Tomaron parte en la votación doce señores diputados obteniendo once sufragios cada uno porque tres candidaturas sólo contenían dos nombres y, en su consecuencia, quedan proclamados Vocales suplentes del Consejo provincial agro-pecuario.
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Folla: 74,82
5. Se dió cuenta del proyecto del presupuesto que se presenta para el año de mil novecientos treinta y que es el siguiente.
Proyecto de Presupuesto para 1930.
Ingresos.
Cap. Art. Partidas Articulos Capitulos
Ptas. Cts. Ptas. Cts. Ptas. Cts.
1º Rentas.
1º Propiedades: A percibir del
Estado por alquiler de la
parte del Palacio provincial
ocupada por las habitacio-
nes del Señor Gobernador
civil y las oficinas del Gobier-
no=3000 pesetas menos el
1,30% del impuesto sobre
los pagos y los 12 timbres
de los libramientos median-
te los cuales se percibe di-
cho alquiler. 2.959,20 2.959,20
2º Censos: Producto de varias
rentas y foros procedentes
de la Fundación del Gran
Hospital (presupuesto es-
pecial) y redenciones de
los mismos. 350 350,20
3º Intereses de efectos públi-
cos y demás valores: Inte-
reses de diez títulos de la
deuda perpetua al 4% tres
de la serie G), y siete de la
serie A) que suman un ca-
pital nominal de 3.800 pe-
setas, deducción hecha
del impuesto sobre las u-
tilidades y timbre. 121
Idem del donativo de Don
Plácido Castro: 10.000 pe-
setas nominales en Deuda
amortizable, emisión de
1927, libre de descuentos. 500
Idem de cuatro inscripcio-
nes señaladas con los nú-
meros 3301,3302,3303 y
161, que representan el
total de 75.470 pesetas no-
minales, al 4%, proceden-
tes de la fundación del Gran
Hospital provincial. 2.415 3.036
4º Boletin Oficial: Por lo que
deba ingresar el contratista
de la impresión y publicación
del Boletin Oficial de la pro-
vincia como precio anual de
su contrato. 126 126 6.471,20
3º Subvenciones y donativos:
1º Subvenciones del Estado:
Para formalizar con el Banco
de Crédito Local de España,
por intereses debidos a dicho
banco, lo que este percibirá
directamente del Estado por
cuenta de la subvención a-
nual para caminos vecina-
les. 127.500
A percibir del Estado para
reparación y conservación
de caminos vecinales.- Im-
porte íntegro. 11.194
A deducir: el 1,30% del im-
puesto s/los pagos. 145,52 11.048,48
A percibir del Estado para
repoblación forestal de la
provincia. 800.000 940.542,48
2º Subvenciones de las Corporaciones locales:
De la Junta de partido y
del Ayuntamiento de Pon-
tevedra, por partes igua-
les, para alquiler de la
Casa audiencia provincial. 1.500
De las entidades que, pa-
ra construcción de cami-
nos vecinales, ingresen en
esta Diputación el 40% del
importe de los correspon-
dientes proyectos. 200.000 201.500
3º Donativos: Producto que
se calcula por donativos y
limosnas recogidas en los
cepillos del Gran Hospital
y Capilla de las Animas. 3.490,35
Donativos de los familiares
de dementes recluidos en
el Manicomio de Conxo,
por cuenta y orden de esta
Diputación. 5.146,50 8.636,85 1.150679,33
7º Derechos y tasas.
1º Por prestación de servicios:
Producto de 9.110 estan-
cias que causen los militares
de los distintos cuerpos del
Ejército, Marina de Guerra
e Institutos armados a 4,50
pesetas una, según presu-
puesto especial del Gran
Hospital provincial. 40.995
Producto de 4300 estancias
causadas en el mencionado
hospital, por los enfermos
pensionistas, a razón de 5
pesetas cada estancia. 21.500
7º 1º Producto de 150 estancias
que causen en el mismo hos-
pital los enfermos pensionis-
tas de apartado, a 10 pese-
tas por estancia. 1.500
Producto de las estancias
que causen en aquel hospi-
tal, los enfermos por hechos
criminales, que costea la jun-
ta de Partido a razón de 4 pe-
setas por estancia, según di-
cho presupuesto especial. 2.875
5% de administración y co-
branza del impuesto de cé-
dulas personales efectuadas
por esta Diputación en varios
Ayuntamientos de la provin-
cia. 25.000 91.870 91.870
8º Arbitrios provinciales:
1º Arbitrios provinciales ordinarios y extraordinarios:
Producto del arbitrio pro-
vincial sobre la energía hi-
droeléctrica que se produ-
ce en la provincia. 3.873,75
Idem idem sobre aguas mi-
nero-medicinales. 15.000 18.873,75
2º Imposiciones o percepciones:
A percibir del Tesoro lo que
a la Diputación corresponde
con arreglo a lo dispuesto en
el art. 1º del Real Decreto de
26 de julio de 1926, referente
al impuesto de rodaje; a las
tarifas contenidas en dicho
Real Decreto y a los datos es-
tadísticos de la Jefatura de
Obras Públicas de la provin-
cia, así como también a la
Real Orden de 16 de agosto
de 1927 que mantiene en
vigor la participación de las
Diputaciones al transformar-
se aquel impuesto en la Pa-
tente nacional de circulación
de automóviles, creada por
Real Decreto de 29 de abril
de 1927. 188.448,75 188.448,75 207.322,50
9º Impuestos y recursos cedidos por el Estado.
1º Contribución territorial: 5% de
4.531.233,77 pesetas impor-
te del cupo del Tesoro por
la contribución sobre la rique-
za Rústica y Pecuaria de la
provincia. 226.561,18 226.561,18
2º Cédulas personales: Ingreso
bruto que se calcula produ-
cirá el importe de las cédulas
personales en el año 1930.
1.000.000,18 1.000.000 1.226.561,18
10º Cesión de recursos municipales:
1º Aportación municipal forzosa:
Importe de dicha aportación.
892.249,56 892.249,56 892.249,56
11º Recargos provinciales:
3º Derechos Reales y trasmisión de bienes y timbre:
A percibir del Comité Central
de fondos provinciales por
este concepto. 238.608 238.608 238.608
17º Reintegros:
2º Reintegros por otros conceptos:
A percibir del Tesoro a
cuenta del reintegro de
2.024.000 pesetas, según
sentencia del Tribunal Su-
premo a que ascienden
los anticipos hechos por es-
ta Diputación al Estado para
construcción de la carretera
de Villacastin a Vigo. 200.000
Reintegros probables por
conceptos diferentes que el
de pagos indebidos. 6.100
A percibir del Tesoro los re-
cargos que este haya cobra-
do y cobre en lo sucesivo,
sobre las contribuciones te-
rritorial e industrial que, 17º 2º como reintegro de anticipos
por cuenta de la subven-
ción del Estado para cons-
trucción de caminos vecina-
les, hayan percibido los A-
yuntamientos de esta pro-
vincia conforme a lo dispues-
to en los articulos 5º y 6º
de la ley de caminos vecina-
les de 29 de junio de 1911. 100.000
A percibir del Patronato del
Museo provincial, como pri-
mera entrega, para amorti-
zar en seis años el anticipo
de 25.000 pesetas hecho
por esta Diputación a dicha
entidad en virtud de acuer-
do del pleno de la misma
de 28 de junio de 1929. 4.133,33
A percibir del Ayuntamiento
de Pontevedra, lo que esta
Diputación anticipó por cuen-
ta de dicho Ayuntamiento y
conforme al acuerdo de la
Corporación municipal de 20
de noviembre de 1928 para
construcción de alcantarillas
en la Calle de Gregorio Her-
nández según acuerdo de la
Comisión provincial de 31 de
mayo de 1929. 800
Por reintegros de anticipos
de haberes a funcionarios
provinciales hechos según
lo dispuesto por el Real De-
creto Ley de la Presidencia
del Consejo de Ministros,
de 17 de diciembre de 1929. 26.000 337.033,33 337.033,33
Total del presupuesto de ingresos 4.150.795,10
Gastos.
1º Obligaciones generales.
1º Servicios generales del Estado:
Para gastos causados por
el Tribunal provincial de lo
contencioso administrativo:
doscientos cuarenta asis-
tencias de los dos vocales
no Magistrados a veinticin-
co pesetas por asistencia. 6.000
Plantilla del personal de
dicho Tribunal y gastos de
material del mismo. 11.500
Para satisfacer las estan-
cias que causen los niños
sometidos a los Tribunales
Tutelares. 400
Para alquiler de la Casa-Au-
diencia provincial. 3.450
Para pago de una factura
de mobiliario y tapicería de
la Audiencia provincial pro-
cedente del año ppdo. 2.000
Para material de oficina del
Presidente de la Junta pro-
vincial del Censo. 750
Idem idem del Inspector de
Sanidad provincial. 750
Sueldo del Jefe de la Se-
cción de presupuestos mu-
nicipales con abono de cua-
tro quinquenios. 12.000
Aumento gradual de suel-
do a los Maestros de la pro-
vincia. 2.122,22
Para mobiliario y efectos de
la casa del Gobernador ci-
vil. 4.000
Para servicio de bagajes
de la provincia. 7.000
Sueldo del Secretario de
la Junta provincial de Bene-
ficencia. 4.000 53.972,22
2º Pactos y compromisos: Prima
de seguros contra incendios
del Palacio provincial. 497,65
Idem del idem del Gran Hos-
pital provincial. 1.103,10
Idem del idem del Museo pro-
vincial. 48,65
Idem del idem del Palacio y
edificios de la Granja provin-
cial "La Sota". 145,15
Resto de la parte con que es-
ta Diputación contribuye a los
gastos de construcción e ins-
talación del Pabellón de Gali-
cia en la Exposición Ibero-A-
mericana de Sevilla. 17.733,33
Resto del segundo plazo de
los seis en que esta Diputa-
ción debe entregar 608.520
pesetas con 77 cts por la ce-
sión del Gran Hospital. 95.340,14
Prima anual de la póliza del
Seguro contra el robo. 2.000 116.868,02
3º Deudas: A la Diputación pro-
vincial de A Coruña, el ter-
cer plazo a cuenta del saldo
de su cuenta. 24.000 24.000
4º Censos: Para pago de la
renta de un foro de Don Rai-
mundo Fernández Villaverde
que gravita sobre terreno del
Hospital. 12,50
Para idem de la id de otro id
del mismo y por lo mismo. 8,25
Para idem de un censo que
gravita sobre terreno del an-
tiguo Hospital de San Juan de
Dios, perteneciente al Señor
Bermudez de Castro. 24
Para ide de la id de otro id
sobre terreno del actual Hos-
pital perteneciente a Don E-
duardo Cobian. 16,50 61,25
5º Pensiones:
Jubilaciones:
Don Ángel Martínez Santra-
dan, ex-oficial de la Diputa-
ción. 3.840
Don Luciano de Dios Esca-
lada, idem. 5.200
Don Luis Amado de la Rie-
ga, idem. 5.200
Don Luis Gorostola Prado,
idem. 5.200
Doña María Siman, ex-por-
tera del Hospicio. 480 19.920
Pensiones de viudedad
Doña Maria del Consejo
Builla, Viuda del Sr. Don
Julio Álvarez. 5.250
Doña Sabina Mathé, Viu-
da del Sr. Don Moisés Gon-
zález Besada. 3.000
Doña Clodonia Lois, idem
del oficial Don Román Pin-
tos. 2.150
Doña Encarnación Pereiro
idem del Jefe de Caminos
Don F. Martinez. 2.000
Doña Emilia Almazan idem
del Ayudante D.V. Vázquez 2.000
1º 5º Doña Carmen Fernández
idem del oficial Don Benigno
L. Sanmartin. 2.000
Doña Emilia Ochoa, idem
del id Don Ernesto Sacarre-
ra. 1.900
Doña Flora Pazos idem del
id Don Vicente Abeigon. 1.000
Doña Patrocinio Santurde
idem del auxiliar Don Teles-
foro Fonseca. 750
Doña Josefa Rivera id del
sobrestante Don J. Santa-
maria. 1.000
Doña Rosa Larregui idem
del auxiliar Don José Arribas 750
Doña Carmen Solla id del
ordenanza Don Manuel Aleu 750
Doña Josefa Fernández, id
del auxiliar Don José Lois 625
Doña Victoria J. Santos id
del catedrático Don Amador
Ruiz. 450
Doña Concepción Peón id
del oficial de J.P. Don José
Yañez. 400
Doña Carmen Barros id del
conserje Don Emilio Arias. 1.250 25.275
Pensiones de orfandad:
Doña Encarnación y Doña
Adelaida de la Peña huérfa-
nas del Secretario Don Luis
de la Peña. 1.500
Doña Patrocinio Fonseca id
del Depositario Don T. Fon-
seca García. 1.500
Doñas Carmen, Amparo y Do-
lores Nuñez id del oficial Don
C. Nuñez. 1.250
Doñas Carmen y Elena Quin-
tana id del id Don Manuel Quin-
tana. 1.000
Doñas Maria y Agueda Nuñez
id del Admor. de la Inclusa Don
J. Nuñez. 1.000
Doña Rosario Viñas del Mon-
te id del Oficial Don José Vi-
ñas. 1.000
Doña Reguia Ulloa id del De-
positario Don José Ulloa. 899,78
Doña Julia F. Ruysuarez id del
delineante Don Cosme Fer-
nández. 750
Doña Maria del Carmen Suá-
rez id del ordenanza Don R
Suarez. 625
Doña Antonia Alvarez id del
aspirante Don Antonio Alva-
rez. 625
Doña Maria de las Mercedes
del Monte id del portero J.
del Monte. 562
Doña Dolores del Monte Tou-
za id del id José Mª del Monte 500
Don Enrique Sotelo id del au-
xiliar Don Manuel Sotelo. 500
Doña Juana de la Torre Gar-
cía id del portero Ramón de
la Torre. 366
Doña Josefa Nuñez id del
Admor. del Gran Hospital Don
Ricardo Nuñez Uruburo. 750 12.827,78
A la misma por su pensión de
orfandad desde 1º de agosto
de 1928 a 31 de diciembre de
1929. 1.062,50
Al inutilizado en la guerra
Francisco Fernández. 182,50 1.245 59.267,78
8º Otros conceptos análogos:
Para satisfacer el impuesto
sobre las utilidades que gra-
van los haberes del personal
de esta Diputación cuya cuan-
tía anual no exceda de 5.000
ptas. y un resto del año ante-
rior. 13.500
Para satisfacer la contribución
territorial de las fincas rústicas
y urbanas de esta Diputación y
el impuesto sobre persona jurí-
dica. 7.007,60
Para satisfacer Derechos Reales
Derechos de Registros y demás
gastos de escrituraciones. 2.000 22.507,60
9º Suscripciones, anuncios, impresiones y demás gastos
singulares:
Suscripción a tres ejemplares
de la "Gaceta de Madrid" y a
uno del "Boletin Oficial del Mi-
nisterio de Hacienda". 255
Idem a la "Gaceta de Admi-
nistración" 19,65
Idem a la "Administración prác-
tica". 30,66
Idem al "Boletin del Instituto
internacional agrícola de Roma" 51,77
Idem al Diccionario de Admon.
(alcubilla). 50
Para otras suscripciones que
se acuerden durante el ejerci-
cio. 500 907,08
10º Litigios: Para atender los gas-
tos causados por los litigios
promovidos por o contra esta
Diputación. 5.000 5.000,08
11º Gastos indeterminados: Para
energía y material eléctricos
invertidos en este Palacio pro-
vincial. 2.000
Para estaciones telefónicas
urbanas y de interdeéndencias
de esta Diputación. 852
Para conferencias telefónicas
interurbanas y telefonemas. 2.880
Para la estación telefónica
urbana del Gran Hospital. 216
Para conferencias y telefo-
nemas del idem. 4.800
Para material y energía e-
léctricos del idem. 4.800
Donativo anual al Ropero
escolar de Pontevedra. 375
Para alquiler de automóviles
y un resto del año anterior. 18.200
Para impresiones y encua-
dernaciones. 750
Portes de objetos para el
Gran Hospital. 550
Para gastos de giro, franqueo
apartado de correos, telegra-
mas, portes y acarreos, des-
cuentos, pólizas, timbres y
demás gastos similares. 2.500
Para uniformes de porteros
y ordenanzas. 750
Para números extraordinarios
del Boletin Oficial. 1.000
Para calefacción con carbón
y leña, bencina y petróleo. 500
Cuota anual de la Cámara de
la Propiedad urbana (1929 y
1930). 120
Para propaganda de prensa
y demás gastos que ocasione
el fomento del turismo en Ga-
licia. 5.500
Para sostenimiento del cen-
tro de las Diputaciones pro-
vinciales, en Madrid. 300 41.337 323.960,95
2º Representación provincial.
1º Representación de la Diputa-
ción y Comisión provincial.
Para atender a los gastos de
representación a que dé lu-
gar la actuación de la Diputa-
ción y la Comisión provin-
cial. 5.000 5.000
2º Representación del Presidente
de la Diputación y Comisión pro-
vincial: Al Presidente de la Di-
putación y Comisión provincial
para gastos de representación.
2.500 2.500
3º Dietas de los Diputados provin-
ciales: Para satisfacer las dietas devengadas por los Di-
putados provinciales de asis-
tencia a sesiones de las comi-
siones y del Pleno de la Dipu-
tación a razón de 25 pesetas
cada dieta. 10.000 10.000 17.500
4º 1º Bienes provinciales: Adquisi-
ción: Para adquirir un caballo,
carro y coche fúnebre para el
Gran Hospital provincial. 2.000 2.000
2º Mejora y custodia de bienes
provinciales así como conser-
vación de los mismos.
Para satisfacer toda clase de
obras así interiores como ex-
teriores, arreglos y reparacio-
nes y entretenimiento de ins-
talaciones en el Gran Hospital
provincial. 24.000
Sueldo de un jardinero de la
Diputación provincial. 1.091,25
Gratificación al encargado de
timbres y relojes de la misma. 241,25
Una jornalera a 2,25 ptas, dia-
rias, incluso días festivos. 821,25
Tres jornaleras diarias a 2 ptas
incluso días festivos. 2.190
Gratificación al ordenanza de
intervención encargado del
motor y bomba de esta Dipu-
tación. 365
Para adquirir y reparar mo-
biliario y utensilios, incluso
máquinas de calcular y es-
cribir, accesorios y una Caja
de Caudales de tres llaves. 11.000
Cuota de suscripción anual
para sostenimiento del Cuer-
po de bomberos voluntarios
de esta Capital, fijada por el
número de edificios propios
de esta Diputación. 200 39.908,75 41.908,75
5º Gastos de recaudación:
1º Gastos de recaudación de
arbitrios, impuestos, tasas,
derechos o rentas provin-
ciales: Para toda clase de
gastos que haya originado
en ejercicios anteriores y
origine en el corriente, la
recaudación de los arbitrios
impuestos, tasas, derechos
o rentas provinciales. 150.000 150.000 150.000
6º Personal y material.
1º Personal y material de las
oficinas.
Sueldo del Secretario de la
Diputación con tres quinque-
nios. 12.960
Id del Jefe de la Sección de
Beneficencia. 7.000
Un quinquenio del mismo a
partir de 1º de julio de 1930. 280
Sueldo del Jefe de la Sección
de Gobernación. 7.000
Un quinquenio del mismo co-
mo el anterior. 280
Sueldo del Jefe de la Sección
de Fomento. 7.000
Idem de seis oficiales de la
clase de primeros a 5.500
ptas. 33.000
Un quinquenio de los mismos
a partir de 1º julio de 1930. 1.320
Sueldo de 8 oficiales segundos
a 4.500 ptas cada uno. 36.000
Un quinquenio de los mismos
a partir de 1º julio del 1930. 1.440
Sueldo de otro Oficial segun-
do. 4.500
Id de tres oficiales terceros
a 3.500. 10.500
Un quinquenio de los mismos,
a partir de 1º julio de 1930. 420
Sueldo de dos oficiales Tene-
dores de libros y un quinque-
nio desde 26 sept.1930. 6.063,33
Id de dos auxiliares mecanó-
grafos a 2.500 ptas. 5.000
Sueldo del Interventor, con
seis quinquenios. 13.500
Idem del depositario. 7.000
Un quinquenio del mismo a
partir de 1º julio de 1930. 280
Sueldo del Jefe de Vias y O-
bras provinciales. 10.500
Un quinquenio del mismo a
partir de 1º de julio de 1930. 320
Sueldo de un Ayudante de
Vias y Obras provinciales. 7.000
Un quinquenio del mismo a
partir de 1º julio 1930. 220
Sueldo del Jefe técnico de
recaudación. 7.000
Honorarios fijos del Arqui-
tecto provincial. 2.800
Total de sueldos del perso-
nal técnico y administrativo 168.883,33
Personal subalterno:
Sueldo de un conserje. 3.000
Idem de un portero mayor. 2.750
Idem de un ordenanza. 2.250
Id. de un botones. 250
Para remunerar servicios ex-
traordinarios del personal a
propuesta de los Jefes de de-
pendencia. 6.000
Material de las oficinas:
De la Secretaría de la Dipu-
tación. 3.500
De la Intervención. 3.750
De la Jefatura de Vias y
Obras. 1.000
De la Depositaría. 750
Del Consejo de Economía. 750
De la Sección de Presupues-
tos. 750
De la Presidencia de la Di-
putación. 600
Del Archivo. 500
De la Junta provincial de
Beneficencia. 300
De construcciones civiles 250
Del Negociado de reformas
sociales. 150 207.933,33
2º Personal y material de los establecimientos provinciales
Inclusa provincial: Sueldo del
Administrador. 4.500
Un quinquenio del mismo
desde 1º julio de 1930. 180
Gratificación al Médico de
la Inclusa. 1.750
Id. del Capellán de la id. 1.000
Para material de oficinas del
Administrador. 650
Gran Hospital provincial.
Sueldo de cuatro médicos
munerarios a 4000 ptas
cada uno. 16.000
Id de dos id auxiliares o
de Guardia a 3000 ptas,
uno. 6.000
Sueldo de un farmacéu-
tico encargado de la Bo-
tica del hospital. 4.000
Idem del Aministrador. 4.000
Idem del oficial de la
Administración. 3.600
Id de una matrona. 1.500
Id de cinco practicantes a
300 ptas cada uno. 15.000
Id de un capellán. 2.500
Id de un auxiliar de la botica 2.120
Id de un Ayudate de la id. 700
Id de cinco enfermeros a
900 ptas cada uno. 4.500
Id de un enfermero nocturno 900
Id de cuatro enfermeras a
300 ptas cada una. 2.400
Id de un carpintero. 2.120
Id de un portero. 900
Id de un pintor. 900
Id de un hortelano. 900
Id de cuatro lavanderas a
480 ptas cada una. 1.920
Id de una cocinera. 720
Id de una fregadora de co-
cina. 480
Id de una pinche. 480
Remuneración de 14 Hijas de
la Caridad a 40 ptas mensua-
les cada una. 6.720
Gratificación al Médico ciru-
jano. 2.000
Material de oficina. 500
Impresos, libros, registros,
recetarios y libretas para la
Botica, etc. 1.000 89.940
3º Material de la Diputación y Comisión provincial.
Para papel, sobres, franqueo
y demás gastos de material
necesario a los Diputados
provinciales. 500 500
4º Gastos generales de la Corporación:
Para gastos de viajes de los
Diputados provinciales cuan-
do se trasladen de su resi-
dencia en virtud de sus fun-
ciones como tales diputados. 3.500
Para libros de actas reinte-
grados. 350
Para anticipos de haberes
al personal de la Diputación
con arreglo al Real Decreto-
Ley de 16 diciembre de 1929 26.000 29.850 328.223,33
8º Beneficencia:
1º Atenciones generales: In-
demnización fija a un Médico
informador. 2.600
Para impresos de estadís-
ticas etc. 200 2.800
2º Maternidad y expósitos:
Para los gastos que cause
el sostenimiento de la In-
clusa provincial. 88.970
Subvención para sosteni-
miento de la "Gota de Le-
che de Vigo" 1.000
Id para la id id de Lavado-
res. 500 90.470
3º Hospitalización de enfermos:
Gran Hospital Provincial.
Para víveres y combustible 146.400
Medidas y aparatos. 52.600
Para análisis bacterioló-
gicos. 3.000
Para radiografías. 8.000
Para camas, ropas, mesas de
noche, sábanas, mantas,
colchas, telas, vestuario de
dependientes del estableci-
miento, jabón, lejía y demás
ingredientes para la lavado
y desinfección de ropas y
departamentos, para efectos
de cocina y loza. 18.500
Para entlo. en la capilla. 100
Para conducción de enfer-
mos al Hospital, cadáveres
al cementerio y para cons-
trucción de féretros. 600
Para satisfacer estancias
en hospitales. 2.000
Para idem en leproserías. 10.000
Subvención al Hospitalillo
de Cuntis, para su sosteni-
miento. 600
Idem al idem de Mondariz,
para idem. 600
Idem al idem de la Toja para
idem. 600
Idem a la Casa de Socorro de
la Cruz Roja de Pontevedra
para id. 1.000
Idem al Hospital e Inclusa de
Tui para idem. 3.750
Para viajes de las hijas de la
caridad del Gran Hospital pro-
vincial. 200 247.950
4º Huérfanos y desamparados:
Hospicio de Pontevedra:
102.200 estancias de hospi-
cianos (280 diarias) a 1,35
ptas. por estancia. 127.970
Para comida extraordinaria
a los hospicianos el día 1º
de mayo según condición
del donativo de Don Plácido
Castro. 500
Para estancias de indigentes
en asilos: 150 diarias a 1,25
pesetas por estancia. 68.437,50
Subvenciones donativos.
A la Casa de Caridad de Vigo 8.750
A la idem de Baiona. 500
Al Asilo Hermanitas de los
Ancianos Desamparados de
Pontevedra. 3.000
Al idem de idem de Vigo. 3.000
Al idem de idem de Caldas
de Reis. 1.000
4º Al Asilo de Hermanitas de los
ancianos desamparados de
Tui. 1.000
Al idem idem de Vilagarcía. 1.000
Al Asilo benéfico de la Infan-
cia de Vigo. 1.500
Al idem de Hermanas trinita-
rias de id. 1.500
A las "Siervas de María" de
Pontevedra. 1.500
Al Hospicio de Pontevedra. 5.120
Para limosnas y socorros que
concedan la Comisión provin-
cial y el Presidente de la Di-
putación. 500
Para socorros domiciliarios
que se concedan mientras
se carezca de asilo para
indigentes. 2.600 227.877,50
5º Dementes:
Para satisfacer estancias
de dementes en el Manico-
mio de Conxo (260 estan-
cias diarias a 2,35 pesetas
por estancia y un resto del
año anterior). 223.015
Para idem de idem en otros
Manicomios. 4.000 227.015
6º Servicios especiales: Para
contribuir al ensayo de una
escuela de puericultura que
habrá de establecerse en el
pueblo de la provincia que
la Diputación designe como
más indicado. 10.000
Subvención para el dispen-
sario antivenéreo de la pro-
vincia. 2.000 12.000
9º Calamidades públicas: Para
remediar las que puedan o-
currir en la provincia. 5.000 5.000 813.112,50
9º Asistencia social.
1º Instituciones de crédito: Sub-
vención anual al Monte de
Piedad y Caja de Ahorros de
Pontevedra. 2.500
Idem a la Caja de Ahorros
provincial. 30.000 32.500
2º Otras instituciones de carácter social:
Subvención anual a la ins-
titución "Sindicato femenino
de previsión". 500
Para distribuir libretas de la
Caja de Ahorros entre inclu-
seros y niños pobres de las
escuelas públicas. 500
Subvención para sostenimien-
to de la Caja foral. 7.000
Idem de la "Cocina económi-
ca de Pontevedra". 1.000 9.000
3º Obligaciones impuestas por las leyes:
Para ingresar en la Caja Re-
gional del retiro obrero por
las cuotas de jornaleros de
esta Diputación. 2.500 2.500 44.000
10º Instrucción pública:
1º Atenciones generales:
Para viáticos o dietas,
gastos de viaje de las
personas que se desplacen
por cuenta y orden de esta
Diputación para efectuar es-
tudios especiales o para a-
sistir a cursillos. 5.000
10º 1º Para atender a los gastos
que ocasionen las exposi-
ciones de las obras de arte
de los pensionados de la Di-
putación y de los aspirantes
a pensión, así como también
a los que ocasione la cons-
titución y funcionamiento de
los tribunales que han de
juzgar las obras y proponer
los becarios. 700 5.700
5º Escuelas de sordomudos y
ciegos: Para satisfacer
13.140 estancias que causen
en el "Colegio de Sordomu-
dos y ciegos de Vizcaya, en
Deusto (Bilbao) 36 anormales
de esta provincia que en él
reciban enseñanza por cuenta
y orden de esta Diputación a
razón de 2,65 ptas por estan-
cia. 34.821
Para equipo de cinco anorma-
les a razón de cien pesetas ca-
da uno. 500
Para gastos de viajes de anor-
males y sus acompañantes. 3.000
Subvención anual al "Colegio
de sordomudos y ciegos de
Santiago". 8.500
Para pago a dicho Colegio de
las estancias causadas por los
alumnos Luis Trigo Costa y Car-
men Nuñez Fondevila que in-
gresaron en 25 de octubre de
1929 y 17 de marzo de 1926
respectivamente desde estas
fechas hasta el 31 de diciem-
bre de 1929=1528-1385-2913
estancias a 1,30 ptas por es-
tancia. 3.786,90
Subvención al mismo para
sostenimiento de un sordo-
mudo natural de esta provin-
cia designado por el Rector de
la Universidad de Santiago para
enseñar dibujo, modelado y
talla a los alumnos sordo-
mudos. 2.000 55.345,40
9º Bibliotecas: Para adquirir
libros y revistas. 750 750
10º Otros establecimientos e institutos de cultura pública:
Indemnización fija anual al
Cronista de Pontevedra. 2.500
Subvención anual a la So-
ciedad de Amigos del Pais
de id. 1.750
Idem id a los Exploradores
de España de id. 1.000
Idem id a la escuela de pár-
vulos de Cantoarena (Marin)
regentada por las Hijas de
San Vicente. 500
Idem id a la Junta de Señores
que regentan y sostienen la
Escuela gratuita nocturna o-
brera de Pontevedra. 500
Subvención anual a la Socie-
dad Arqueológica de Ponte-
vedra para su sostenimiento. 1.000
Idem id al Patronato del Mu-
seo provincial. 10.700
Idem id para mejora de los
locales de las escuelas na-
cionales. 15.000
10º 10º Subvención para constru-
cción de escuelas munici-
pales. 30.000
Idem id para Colonias es-
colares que se organicen
en toda la provincia. 5.000
Idem id para sostenimiento
del Seminario de Estudios
Gallegos. 1.000
Cuota anual que correspon-
de satisfacer a esta Diputa-
ción como socio protector de
dicho seminario (años 1929 y
1930). 24
Jornal -incluso días festivos-
de una Ayudante del Maestro
de la Prisión de Pontevedra
a razón de 1,75 ptas diarias 638,75 69.612,75
11º Monumentos artísticos e históricos:
A la "Sociedad Pro-Monte de
Santa Tecla de A Guarda para
invertir en la citania. 500 500
12º Subvenciones o becas:
Becarios: Don Manuel Colmeiro
Guimaras-Pintura. En el ejer-
cicio. 2.250
Don Lino Martínez Villafines-
idem. En el ejercicio. 2.250
Don Arturo Souto Feijoo-
idem. En el ejercicio. 2.250
Don Eugenio Souto Campos
Escultura. En el ejercicio. 2.250
Don Narciso Pérez Rey-
idem. En el ejercicio. 2.250
Don Manuel Longa Campos
Talla. En el ejercicio. 1.125
Para una beca de Harmonía
y Composición. 3.000
Para satisfacer a los beca-
rios que la Comisión provin-
cial designe en el año 1930
los tres primeros meses del
año académico octubre, no-
viembre y diciembre el impor-
te de sus becas. 3.187,50
Cinco becas para cinco alum-
nos de la Escuela industrial
de Vigo. 10.000
Becas para asilados. 3.200
Indemnización fija para su
residencia en Madrid al Aca-
démico Don Ramón Cabani-
llas. 3.000
Para subvencionar misiones
culturales y conferenciantes. 4.000
Para monumentos, premios
y homenajes. 2.000
Subvención anual para sos-
tenimiento de la Sociedad
Coral Polifónica de Ponte-
vedra. 2.000 42.762,50 174.670,65
11º Obras públicas y edificios provinciales.
1º Atenciones generales: Indem-
nización fija al Director Jefe
de Vias y Obras provinciales. 3.000
Id id al Ayudante de id. 2.000
Id del personal facultativo
por visitas y trabajos de cam-
po. 7.000
Al pagador de Vias y Obras
por gastos de giro y correo. 500
Para material de estudios, re-
planteos etc. 2.000 14.500
2º Construcción de caminos vecinales:
Intereses debidos al "Banco
de Crédito local de España"
a razón del 5,10% sobre la
operación de crédito concer-
tada con éste para la constru-
cción de caminos vecinales. 127.500
Para dietas y gastos de loco-
moción del personal faculta-
tivo de Obras públicas. 1.994
Gratificación al Director de
Vias y Obras provinciales. 1.000
Idem de una peseta diaria
al peón caminero como or-
denanza de las oficinas de
Vias y Obras. 365
Para satisfacer las diferen-
cias entre el 40% con que
los Ayuntamientos contribu-
yen a la construcción de ca-
minos vecinales y el tanto
por ciento con que deben
contribuir según la tabla con-
tenida en el articulo 5º del
Reglamento de 23 de julio
de 1911. 100.000 230.859
3º Reparación y conservación de caminos vecinales:
Para esta clase de gastos. 11.048,48 11.048,48
4º Construcción de otros caminos y carreteras provinciales:
Construcción del trozo pri-
mero del camino provincial
de Agolada al límite de la
provincia. 20.000
Idem del idem segundo del
idem id de Callobre a Puente-
Ledesma. 40.000
Para pago de terrenos ex-
propiados para construir el
camino provincial de A Cañiza
a A Pousa. 25.000
Para id id para id id del id
de Callobre a Puente-Ledes-
ma. 25.000
Para id id para id id el id de
Agolada al límite de la pro-
vincia. 15.000 125.000
5º Reparación y conservación de otros caminos y carreteras
provinciales.
Jornales de capataces y peo-
nes camineros a razón de 4
ptas, diarias los primeros y
3,50 ptas, diarias los segun-
dos. 65.802,55
Para contratas de acopios
efectuados dentro del ejer-
cicio y para satisfacer un
resto del ejercicio anterior. 200.000
Para reparación de cami-
nos provinciales, maquina-
ria, herramientas, arbolado
y viveros. 30.000
Para invertir en la conserva-
ción de caminos provinciales
en caso de que se haga efec-
tivo el 25% de lo recaudado
en la provincia por la patente
nacional del automóvil. 188.448,75 484.251,30
10º Reparación y conservación de edificios provinciales:
Para esta clase de gastos. 20.000 20.000 885.658,78
13º Montes y Pesca:
2º Fomento de la riqueza fo-
restal.
Para atender a todos los
gastos que origine la repobla-
ción forestal de la provin-
cia. 800.000 800.000
3º Piscicultura:
Para fomentar la riqueza pis-
cicola de los ríos de la pro-
vincia. 2.000 2.000 802.000
14º Agricultura y ganadería.
1º Atenciones generales: Sub-
vención al Consejo provin-
cial agro-pecuario. 45.000 45.000
3º Granjas y campos de ex-
perimentación: Subvención
para sostenimiento de la Mi-
sión biológica de Galicia. 5.000
Para satisfacer la anualidad
de arrendamiento de la Gran-
ja de experimentación de di-
cha Misión. 1.300 6.300 51.300
15º Crédito provincial.
Únic. Operaciones de crédito provincial.
Para el servicio de amorti-
zación e intereses de los
préstamos o empréstitos que
hayan de contratarse por
esta Diputación durante el
ejercicio. 100.000
Intereses correspondientes
al préstamo hipotecario con-
tratado con la "Caja de Aho-
rros y Monte de Piedad mu-
nicipal de Vigo". 30.000
Para amortización del prés-
tamo anterior. 50.000 180.000 180.000
17º Devoluciones.
2º Por otros conceptos:
Para efectuar las formaliza-
ciones a que diere lugar
lo preceptuado en el apar-
tado A) del articulo 232 del
Estatuto provincial. 103.889,56
Para devoluciones por otros
conceptos. 65.020,72
Al Tesoro en concepto de
anualidad para amortización
del 50% de lo que el Estado
anticipa a esta provincia para
repoblación forestal. 117.938,75 286.849,03 286.849,03
18º Imprevistos:
Únic. Imprevistos: Para gastos im-
previstos en el presupuesto
especial del Gran Hospital
provincial. 2.000
Para gastos no previstos
en el presente presupuesto 20.000 22.000 22.000
Total del presupuesto de gastos: 4.121.183,99
Resúmen:
Importa la parte de ingresos de éste presupuesto, pesetas: 4.150.795,10
Importa la parte de gastos de éste presupuesto, pesetas: 4.121.183,99
Superavit: 29.611,11
No habiendo ningún Señor Diputado que hiciera uso de la palabra quedó aprobado el preinserto presupuesto para el año mil novecientos treinta, en votación extraordinaria.
Se levantó la sesión.
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