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Acta de sesión 1949/11/15_Extraordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.054/1.1949-11-15_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1949/11/15_Extraordinaria

  • Data(s) 1949-11-15 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 46,47 Señores: Presidente; Fontoira Peón. Diputados; Bugarín Domínguez, Carballal Morgade, Conde de Ponte, Cunqueiro Montenegro, Durán Gómez, Elorriaga Senlle, Espinosa Cervela, Estévez M-Rocafort, García Martínez, González Taboada, Massó García, Quesada Munuera y Rodríguez Cobas. Secretario; Posse García. Interventor; Alonso Pérez. 1. Bajo la Presidencia de Don Manuel Fontoira Peón y con asistencia de los Diputados Señores: Bugarín Domínguez; Carballal Morgade; Conde de Ponte; Cunqueiro Montenegro; Durán Gómez; Elorriaga Senlle; Espinosa Cervela; Estévez Martínez-Rocafort; García Martínez; González Taboada; Massó García; Quesada Munuera y Rodríguez Cobas, celebra sesión extraordinaria el Pleno de ésta Excma. Diputación Provincial en el salón de actos de éste Palacio Provincial, siendo las dieciséis treinta hora del día de hoy quince de noviembre de mil novecientos cuarenta y nueve, actuando el Secretario de la Corporación Sr. Posse García y asistiendo también el Interventor accidental de Fondos Sr. Alonso Pérez. Excusan su inasistencia por motivos justificados, los Diputados Señores: Carpintero Builla y Rodríguez Otero. Por la Presidencia, se expone a los Sres. Diputados, que como se expresaba en la convocatoria de ésta Sesión, su objeto es, estudiar y discutir el Presupuesto confeccionado como proyecto, con la asistencia del Secretario y del Interventor, y que ha dictaminado la Sección de Hacienda y Economía, conforme a lo prevenido en el artículo 225 del Decreto de Ordenación de las Haciendas Locales de 25 de enero de 1946, cuya aprobación corresponde al Pleno, según dispone el articulo 226 del referido Decreto. ------ Folla: 47,50 2. Aprobar presupuesto para el Ejercicio económico de 1950. Abierta discusión sobre el proyecto de Presupuesto para el año de 1950, intervinieron todos los Sres. Diputados asistentes, quedando aprobado por unanimidad dicho Presupuesto que aparece cifrado en su parte de ingresos y gastos; e importa 11.019.452,64 pesetas, en los ingresos; y 10.709.452,64 pesetas en los gastos; con un superávit, por tanto de 310.000 pesetas. = Resumen general De ingresos .................. 11.019.452,64 De gastos ................. 10.709.452,64 Superávit 310.000,00 = dictamen de la Comisión de Hacienda al Proyecto de Presupuesto Ordinario de esta Excma. Diputación para el año 1950= A la Excma. Corporación Provincial: A la Sección de Hacienda que suscribe, le cabe el honor de elevar a esta Excma. Corporación, el presente proyecto de Presupuesto para el próximo ejercicio de 1950.= = Trabajosa ha sido la formación del mismo ya que, por no desconocer los compañeros de Corporación el gran lastre que la economía provincial venía y viene arrastrando como consecuencia de un déficit presupuestario de liquidación, superior al millón setecientas mil pesetas, del que nos hicimos cargo; se ha tenido que luchar con grandes dificultades, a fin de dar cumplimiento al articulo 219 del Decreto de 25 de enero de 1946 en el que se dice que el Presupuesto, no solamente está destinado a consignar los pagos forzosos o voluntarios, pero precisos, sino también a enjugar el déficit de ejercicios anteriores=. = En efecto, este Presupuesto tiene una cifra global de ingresos de 11.019.452,64 pesetas, contra unos gastos totales de 10.709.452,64 pesetas, arrojando en su consecuencia un superávit inicial de 310.000,00 pesetas. Este superávit (máximo que se ha podido obtener) servirá para ir amortizando en gran parte el expresado déficit.= = El presupuesto Ordinario de la Diputación, estaba sobrecargado de obligaciones de carácter voluntario, todas ellas necesarias, todas ellas cumplían altos fines benéficos, sociales o políticos del ámbito provincial , y, seria de desear no solamente conservarlas, sino también, puesto que no se escapa de nuestra comprensión, aumentarlas, y aun consignar nuevas dotaciones para otros Centros que lo precisan en gran extremo. Pero esta Comisión cumpliendo un penoso deber, se ha visto obligada a admitir las supresión de la mayoría de las subvenciones de carácter voluntario, al menos en el presente Presupuesto y mientras no desaparezca la causa que lo motiva y que determinó unas restricciones extremadas, a fin de que la vida económica de la Diputación sea una realidad factible y no un irreal movimiento de consignaciones presupuestas, ya que al fin y al cabo de nada serviría, como ocurrió en el presente ejercicio, disponer sobre el papel de ellas y no ser posible satisfacerlas, en virtud del déficit, por disponerlo así de manera tajante el articulo 234 del mencionado Decreto. Con todo y a pesar del gran esfuerzo llevado a cabo, del mencionado déficit, no ha sido posible más que obtener su reducción en parte; los ingresos que se consignan, son efectivos, imposible de ser aumentados, mientras que en los gastos y como consecuencia de la enorme cantidad de obligaciones que pesan sobre las Diputaciones, es imposible de todo punto el hacer mayores economías. = He aquí las alteraciones efectuadas y como consecuencia de todo lo expuesto, en los dos estados que componen este Presupuesto. = Estado de Gastos = En el Capitulo I articulo 1º, se suprime la partida de 35.000 pesetas, para dietas de los Vocales y Secretario del Tribunal Provincial de lo Contencioso Administrativo; se aumenta la partida para material de oficina de la Comisión de Mutilados en la cantidad de 8.400 pesetas destinadas a satisfacer el alquiler del local de la misma; se aumenta en 6.000 pesetas; la de mobiliario y efectos de las habitaciones del Sr. Gobernador; se suprime la de 20.000 pesetas; para obligaciones mínimas en la Base 42 de la Ley de Bases; se aumenta en 1.000 pesetas, los gastos del Servicio de Amillaramiento. En el articulo 2º se suprime la de 1.000 pesetas para seguro de incendios del asilo de Ancianos de Pontevedra, aumentándose en 4.000 pesetas, la de nuevos seguros y revisión de los existentes y entrando como nueva partida la del seguro del automóvil de la Presidencia, con 578 pesetas y del automóvil de A Lanzada con 345 pesetas. = En el articulo 3º, causa baja, como deuda la partida de 150.000 pesetas, para aparato de Rayos X del Gran Hospital satisfecha con cargo al Presupuesto Extraordinario; se aumenta en 100.000 pesetas, para pago de deudas de ejercicios anteriores, sin consignación en Resultas, y son nuevas partidas: Ángel García Arosa, por reparación en el local de Mutilados de Guerra, 7.650 pesetas; a la Delegación de Hacienda, por acta sobre pagos de 1,20 pesetas al Estado, 1.917,28 pesetas; a la misma, sobre acta por Utilidades 126.131,31 pesetas; al Ayuntamiento de Vilagarcía, para el Instituto de Higiene, según compromiso 16.152,25 pesetas; al Instituto de Investigaciones y Experiencias Forestales, por devolución de sus ingresos, dos partidas de 9.899,40 y de 9.242,47 pesetas, a A. García Arosa por reparaciones en Depositaría 6.408 pesetas; a la Sra. Viuda de Carrascal, por resto de una factura de carbón 2.562,50 pesetas.= En el articulo 5º, la cuantía de los haberes de Clases Pasivas, se aumenta en 11.549,43 pesetas y el Plus de Carestía de Vida de los mismos en 2.887,36 pesetas.= En el articulo 10º hay un aumento de 8.500 pesetas para satisfacer dictámenes de Abogados y gastos de litigios.= En el artículo 11º se aumenta en 1.000 pesetas, la Contribución Urbana sobre edificios de la Diputación; en 500 pesetas, la Contribución sobre Persona Jurídica y se hace una economía de 100 pesetas en la cuota de la Cámara de la Propiedad Urbana, suprimiéndose la consignación de 66.976,41 pesetas como aportación al Patronato Nacional Antituberculoso.= En el Capitulo II.- Se aumenta en pesetas 25.000, la partida para gastos de representación de la Diputación, del articulo 1º; en el articulo 2º se aumenta en 8.000 pesetas los gastos de representación del Sr. Presidente de la Diputación; en el articulo 3º hay un aumento de 20.000 pesetas para dietas de los Sres. Diputados Provinciales y gastos de locomoción para asistir a pensiones, y se suprime la gratificación al Secretario particular de la Presidencia de 3.000 pesetas.= = El Capitulo IV, en su articulo 2º, hay un aumento de 2.000 pesetas para conservación de los jardines de éste Palacio provincial.= En el Capitulo V. En el articulo 1º, aumenta en 15.000 pesetas los gastos de recaudación, administración e inspección de arbitrios y tasas.= En el Capitulo VI. - En el articulo 1º, y como consecuencia de reorganización del personal y para haberes del mismo, hay un aumento de 20.575,02 pesetas, y en la de gratificaciones al mismo, y por las mismas causas, aumenta en 2.200,40 pesetas; para material de oficina de la Diputación, y, por insuficiencia de la anterior, se aumenta e 8.000 pesetas; se traspasa éste articulo, causando acta en él, la partida para quinquenios que puedan vencer en el ejercicio por pesetas 20.000 pesetas.- la que es baja al mismo tiempo en el articulo 4º de éste mismo Capitulo. En el articulo 2º hay un aumento de 10.033,48 pesetas, para haberes del personal de la Inclusa y otro aumento de 43.700 pesetas para haberes del personal del Sanatorio de A Lanzada, por las mismas causas y como consecuencia de la reapertura.- Baja de 25.000 pesetas, por supresión de la partida de una Médica más de dicho Sanatorio y compensación de sueldos.- En el articulo 4º, aumento de 20.000 pesetas para satisfacer el impuesto de Utilidades, Tarifa 1ª; en menos 3.000 pesetas, para conferencias; en más de 5.000 pesetas para adquisición de mobiliario de oficinas; en menos, 1.000 pesetas en indemnización del Chofer de la Presidencia, por salidas; en más de 15.000 pesetas, para sostenimiento de los automóviles; en menos de 70.000 pesetas para adquisición de un automóvil; en más de 190.459,42 pesetas, para paga extraordinaria del personal en "18 de julio" y Navidad; en más de 15.000, para anticipo de pagas a funcionarios, con la contrapartida de Ingresos; en menos, 20.000 pesetas para quinquenios del personal, y que se hace referencia en el articulo 1º; nueva partida de 7.000 pesetas, para sueldo de un nuevo Chofer y 3.000 pesetas, para dietas del mismo.= En el Capitulo VIII. Baja de 10.000 pesetas, para socorros que ordena la Presidencia; en el articulo 3º, un aumento de 109.047,45 pesetas en la consignación para sostenimiento del Hospital; otro aumento de 249.960 pesetas, para sostenimiento del Sanatorio de A Lanzada; otro aumento de 50.000 pesetas, para estancias de enfermos en Leproserías, y otro aumento de 73.000 pesetas para estancias en el Hospital Municipal de Vigo.- En el articulo 4º, un aumento de 18.250 pesetas, para estancias en el Hospicio, se suprime la partida de 1.000 pesetas, para una comida extraordinaria en el mismo; son nuevas partidas, una de 25.000 pesetas, para vestuario y ajuar de los hospicianos; otra de 73.000 pesetas, para estancias en el colegio Hogar de la Caja de Ahorros de Vigo; otra de 50.000 pesetas, para instalación y sostenimiento de Escuelas en la Casa-Hospicio y otra de 9.000 pesetas para subvencionar a los Asilos de Caldas y Cambados; otra nueva partida para 10 estancias en el Patronato "Virgen del Carmen" de Panjón, de 15.512,50 pesetas.- En el articulo 5º, son baja las partidas de 2.500 pesetas, para subvención del Servicio Antivenéreo de Pontevedra, y de 500 pesetas, para el Servicio Provincial de Higiene Infantil; elevándose a aportación la que figuraba como subvención al Instituto de Higiene de Pontevedra y por la misma cuantía.= En el Capitulo IX.- Se suprimen las siguientes subvenciones: = Cocina Económica de Pontevedra, 2.000 pesetas; ídem de Vilagarcía, 2.000 pesetas; ídem de Vigo, 2.000 pesetas; Junta de Socorros Domiciliarios de Pontevedra, 1.000 pesetas; ídem ídem de Vilagarcía, 1.000 pesetas; Conferencia de San Vicente de Paul de Pontevedra S.S. 2.000 pesetas; Idem, ídem, S.H., 1.000 pesetas; Idem, ídem de Tui, S.S. 1.000 pesetas; Idem, ídem de Marín S. Mixta, 1.000 pesetas; Roperillo de San Vicente de Paul de Pontevedra 1.000 pesetas; Escuela Nocturna Obrera y Doctrina Social de Pontevedra, 1.000 pesetas; Hermanitas Trinitarias de Vigo, 1.000 pesetas; Instituto Social de la Marina, 1.000 pesetas; Instituto de Pesca de Pontevedra, 3.000 pesetas; A Dª. Gala Murgía de Castro, 1.500 pesetas; a la Viuda del Maestro D. Baldomero Baldomir, 1.500 pesetas; a la Casa del Pescador de Vigo, 3.000 pesetas; a las Damas de la Caridad de Vigo 1.000 pesetas; al Patronato de Protección a la Mujer 2.500 pesetas; a la Cocina Económica de Tui 2.000 pesetas; a las Escuelas de la Hermandad de Lérez 3.000 pesetas; a la Obra Social de Nuestra Señora de Vigo 2.000 pesetas; A la Asociación de Damas de la Caridad de la Inmaculada de Vigo 2.000 pesetas; Gota de Leche de Vigo 2.000 pesetas; Hospitalillo de Cuntis 3.000 pesetas; Hospitalillo de Mondariz 3.000 pesetas; Comida extraordinaria a Auxilio Social de Pontevedra 1.500 pesetas y Siervas de Maria de Pontevedra 3.000 pesetas.- Se economizan 20.000 pesetas, en la aportación al Frente de Juventudes; 5.000 pesetas en la aportación a la Junta provincial del Turismo. =Hay un aumento de 1.500 pesetas al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Pontevedra, y otro aumento de 30.000 pesetas para suscripciones de carácter benéfico-social que acuerde la Corporación.- Son nuevas partidas: una de 5.000 pesetas para el Colegio de la Divina Infantita de Aldán, y, otra de 50.000 pesetas para aportación a la Zona Franca del Puerto de Vigo.= En el Capitulo X.- En el articulo 5º, hay un aumento de 4.375 pesetas, en la partida para estancias de alumnos en Escuelas de sordomudos y ciegos.- En el articulo 9º se economizan 2.500 pesetas en adquisición de volúmenes.= = En el articulo 10º, causa baja la partida de 3.000 pesetas para excavaciones arqueológicas en la provincia.- En el articulo 12º, son baja las siguientes consignaciones: a la Escuela Obrera, aneja a la de Formación Profesional de Pontevedra 2.250 pesetas; a la Escuela de Parbulos de Cantoarena de las Hijas del Colegio de la Concepción de Marín 750 pesetas; al Patronato Provincial de Archivos, Bibliotecas y Museos 2.000 pesetas; a la Filarmónica de Vigo, 5.000 pesetas; a la Filarmónica de Pontevedra 2.500 pesetas; a la Sociedad Artística Musical de Pontevedra 500 pesetas; A los Amigos del Arte de Pontevedra 2.000 pesetas; a la Comisión de Monumentos Históricos y Artísticos 1.000 pesetas; a la Estación Meteorológica de Pontevedra 1.000 pesetas; a D. Ramón Cabanillas, miembro de número de la Real Academia Gallega, 3.000 pesetas.= Se aumenta en 10.000 pesetas, la consignación para atenciones de carácter cultural o deportivo previo acuerdo de la Presidencia.= En el Capitulo XI.= En el articulo 1º, se economizan 11.000 pesetas en los emolumentos del personal de Vías y Obras provinciales.- En el articulo 5º son baja las partidas para material de campo y oficinas 20.000 pesetas; para estudios de caminos 5.000 pesetas y se economizan 25.000 pesetas, por reducción de la partida para contratos de acopios y empleo de materiales en carreteras provinciales.- En el articulo 9º se suprime la partida de 500.000 pesetas para ampliación del edificio de A Lanzada.- En el articulo 10º no se registran variaciones.= En el Capitulo XIII.- En el articulo 1º, hay un aumento de 4.360 pesetas, siendo la mayor parte de la consignación, reintegrable del Patrimonio Forestal del Estado.= En el Capitulo XIV.- En el articulo 2º, hay una economía, por reducción en la partida de semillas y subvenciones de 3.000 pesetas. Lo mismo y también de 3.000 pesetas para difundir la enseñanza agrícola. En el articulo 5º, de 1.000 pesetas en economías para reparto de sementales y subvenciones a paradistas. = En el Capitulo XV.- En la partida para intereses y comisión del empréstito con el Banco de Crédito Local de España por 17.000.000 de pesetas, se efectúa una economía de 350.000 pesetas; se suprime la partida de 300.000 (trescientas mil) pesetas, a la Caja de Ahorros Provincial para amortización de la fianza constituida por la misma para garantizar el Servicio de Recaudación de Contribuciones a cargo de ésta Diputación.= En el Capitulo XVIII. Se efectúa una economía, en la consignación para gastos imprevistos de 45.594,28 pesetas, ya que era excesiva la consignación en el anterior presupuesto.= =Estado de Ingresos= =En el Capitulo I.- En el articulo 1º, hay un aumento de 5,60 pesetas, en el alquiler al Estado de las habitaciones que ocupa en éste Palacio Provincial.= En el Capitulo II.- En el articulo 2º, aumento de 50.000 pesetas, en aprovechamientos de bienes privativos.= En el Capitulo V.- En el articulo 1º, hay un aumento de 30.000 pesetas, en productos a obtener por ingresos de rebaje de rancho de sanitarios, venta de cerdos, de cueros y despojos, etc., en el Gran Hospital.- En el articulo 2º figura como nueva partida con 150.000 pesetas lo que puede corresponder a ésta Diputación por Apuestas Mutuas Deportivo - Benéficas.= = En el Capitulo VII.- En el articulo 2º hay los siguientes aumentos: de 1.000 pesetas, en estancias de pensionistas de Sala en el Hospital; de 2.500 en estancias de pensionistas de cuarto individual en el mismo Centro y de 500 pesetas en cuotas de enfermos de pobreza relativa, en dicho Establecimiento.= En el Capitulo VIII.= En el articulo 1º, aumentos en la siguiente cuantía; 25.000 pesetas, en producto de la imposición del Timbre provincial; 2.000 pesetas, en Tasas sobre vías provinciales y de 1.000 pesetas en Arbitrios sobre producción de energía hidroeléctrica.= =En el Capitulo IX.- En el articulo 1º hay una baja de 135.876,06 pesetas, en el recargo del 20% de Rústica y Pecuaria, participación de ésta Diputación, debido a que: una pequeña cantidad a la asignación de la Administración de Renta Públicas y la principal por haberse descontado sobre la anterior consignación el 5% que retiene la Delegación de Hacienda por Administración y cobranza del Impuesto.= En el Capitulo XI.-En el articulo 2º, hay un aumento de 115.000 pesetas, por el beneficio líquido que se calcula producirá el Servicio de Contribuciones.= En el Capitulo XIV.- En el articulo 1º, mengua la consignación en 84.922,63 pesetas, en el 12,50% sobre Rústica y Pecuaria, para amortización de empréstitos, por las mismas causas expuestas en el Capitulo IX (9º) al tratar del 20% de Rústica.- Aumenta 300 pesetas, en el 10% de la Imposición provincial para el mismo fin que la anterior partida y como consecuencia de aumento de consignaciones en las exacciones provinciales, que se detallan en el articulo 1º del Capitulo VIII.= En el Capitulo XVIII.- En el articulo 2º, se aumenta en 15.000 pesetas, la cantidad a percibir de los funcionarios que percibieren pagas anticipadas reintegrables.- Aumenta en 18.212,87 pesetas, la cantidad a percibir del personal por descuentos de seguros sociales, ateniéndose a la nueva reglamentación del Trabajo para el del Hospital Provincial.= Con lo expuesto, estima ésta Sección de Hacienda informar debidamente a sus compañeros de Corporación sobre los que, conjuntamente con los que suscriben, les cabe la responsabilidad de aprobación de éste Presupuesto y para lo cual, cuantos datos y asesoramientos, opiniones y discusión sobre el mismo, nunca serán excesivas, ya que de todo ello saldrá la luz que nos oriente, a fin de conseguir la formación de un desarrollo económico en la economía provincial, lo más perfecto posible, cual es el deseo de todos los componentes de ésta Diputación, ya que sobre nosotros pesa tan ardua labor.= =Pontevedra 12 de noviembre de 1949.= Por la Sección de Hacienda= José M. Massó; R. Bugarin; y L. Rocafort.- rubricados. Hay un sello en tinta que dice: Diputación Provincial-Pontevedra. =Resumen General del Presupuesto= =Ingresos= = Rentas ....................................................... 19.470,65 = Bienes provinciales .................................... 60.000,00 = Subvenciones y donativos ........................ 275.488,77 = Eventuales, extraordinarios e indemnizaciones.... 218.000,00 = Derechos y tasas ................................................ 360.100,00 = Arbitrios provinciales ....................................... 411.000,00 = Impuestos y recursos cedidos por el Estado....... 6.928.921,37 = Cesión de recursos municipales.................... 450.500,00 = Traspaso de obras y servicios ....................... 415.000,00 = Recursos especiales ..................................... 1.499.425,76 = Multas .............................................................. 5.000,00 = Reintegros....................................................... 376.546,09 = Total general de ingresos...... 11.019.452,64 =Gastos= = Obligaciones generales........................ 849.478,47 = Representación provincial ............................... 173.500,00 = Bienes provinciales ........................................ 28.878,00 = Gastos de recaudación.................................. 28.000,00 = Personal y material......................................... 1.348.572,01 = Beneficencia.................................................. 5.027.286,50 = Asistencia social ........................................... 241.000,00 = Instrucción pública ....................................... 341.804,80 = Obras públicas y edificios provinciales ............ 899.000,00 = Montes y pesca ............................................... 495.343,50 = Agricultura y ganadería .................................. 46.700,00 = Crédito provincial ........................................... 1.214.734,50 = Imprevistos...................................................... 15.154,86 = Total general de gastos. 10.709.452,64 =Resumen= =Ingresos .................................. 11.019.452,64 =Gastos .................................... 10.709.452,64 = Superávit ................... 310.000,00 ------ Folla: 50,51 3. Acceder a lo solicitado por D. Luis Casais Pardiñas, Director del Sanatorio de A Lanzada, consignándole en los próximos presupuestos una indemnización de 2.700 pesetas. También se dio cuenta de instancia promovida por D. Luis Casais Pardiñas, Director del Sanatorio "Miguel Gil Casares" de A Lanzada, en súplica de que se le reconociese el derecho al percibo de una compensación por tres raciones alimenticias que disfrutaba con anterioridad a la nueva Reglamentación en cuantía de 2.700 pesetas.- El Pleno de ésta Excma. Diputación acordó resolver dicha instancia, en el sentido de que éste derecho ya se respeta al solicitante en el Presupuesto aprobado en el día de hoy, puesto que, en el apéndice 5º "Personal del Sanatorio "Gil Casares" se consigna como indemnización a D. Luis Casais Pardiñas, una cantidad de 2.700 pesetas, para pago de ésta atención presupuestaria. ------ Folla: 51 4. Declarando vigentes durante el ejercicio de 1950 las Ordenanzas que regulan los arbitrios y tasas que se citan. Por último, se acuerda que continúen vigentes para todos los efectos recaudatorios, durante el ejercicio de 1950, las Ordenanzas que regulan los siguientes arbitrios y tasas: Energía hidroeléctrica; aprovechamientos y servicios en las carreteras; timbre provincial y custodia de depósitos; aprovechamiento madeirables del arbolado; aprovechamientos de manantiales minero-medicinales; producción minera y extracción de piedra, arena, gravas y gravillas, a reserva de lo que por la Dirección General de Contribuciones y Régimen de Empresas del Ministerio de Hacienda se resuelva en el expediente de convalidación de las referidas Ordenanzas que ha sido elevado a dicha Superioridad. No asistieron los Sres.: Carpintero Buílla y Rodríguez Otero. Se levantó la sesión. ------

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