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1950-10-17_Ordinaria. Acta de sesión 1950/10/17_Ordinaria
Acta de sesión 1950/10/17_Ordinaria
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Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.055/1.1950-10-17_Ordinaria
Título Acta de sesión 1950/10/17_Ordinaria
Data(s) 1950-10-17 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 39 Asisten los señores: Presidente: Fontoira Peón. Diputados: Carballal Morgade, Conde de Ponte, Durán Gómez, Elorriaga Senlle, Espinosa Cervela, García Martínez, González Taboada, Massó García y Rodríguez Cobas. Secretario: Posse García. Interventor: Alonso Pérez. Presidida por Don Manuel Fontoira Peón, y con asistencia de los Diputados Señores: Carballal Morgade, Conde de Ponte, Durán Gómez, Elorriaga Senlle, Espinosa Cervela, García Martínez, González Taboada, Massó García y Rodríguez Cobas, celebra sesión supletoria de la que debía tener lugar el día treinta de septiembre próximo pasado, el Pleno de esta Excma. Diputación, en el salón de actos de la misma y previa convocatoria para esta supletoria, siendo las diecisiete horas del día de hoy diecisiete de octubre de mil novecientos cincuenta y, leida el acta de la sesión anterior que corresponde al doce de septiembre último, por unanimidad ha sido aprobada. Actúa el Secretario de la Corporación Sr. Posse García y asiste también el Interventor Accidental Sr. Alonso Pérez. Excusan su inasistencia por motivos justificados los Diputados Sres: Bugarín Domínguez, Carpintero Builla, Cunqueiro Montenegro y Estévez Rocafort Martínez. Se procede al despacho de los asuntos incluidos en el Orden del día adoptándoe los acuerdos siguientes: ------ Folla: 39 1. Prestar aprobación a la 10ª certificación de obras, correspondiente al mes de septiembre último del camino vecinal número 174 de Torroso a Puxeiros que importa 83.432,91 pesetas, las que se librarán al contratista D. Olegario Dapresa Esmerode, con cargo al presupuesto extraordinario C. ------ Folla: 39 2. Se dio cuenta de oficio número 1.876 de la Dirección de Vías y Obras, que dice lo siguiente: "Tengo el honor de comunicar a V. E. que de la relación de asuntos elevados por esta Dirección para la sesión plenaria a celebrar en el día de hoy, han sido retirados los relacionados con los números 2, que corresponde al a quinta certificación del camino vecinal nº 255, número 9-11ª certificación del camino vecinal nº 332, 10, 15ª certificación del camino vecinal nº 64, por causas de tipo técnico ajenas a la voluntad de esta Dirección, así como el número 13, proyecto reformado de precios del camino vecinal número 359 por datar dicho proyecto del año 1945 y estar por lo tanto los precios al día y estar ya tomado el acuerdo de construcción en sesión celebrada en 14 de marzo del año actual". el Pleno, en virtud de la anterior reclamación, digo, comunicación, acuerda queden eliminados de esta sesión los asuntos que estaban incluidos en el Orden del día, con los números 2, 9, 10 y 13 y a los que se refiere la Dirección de Vías y Obras. ------ Folla: 39 3. Prestar aprobación a la 7ª certificación de obras, correspondiente al mes de septiembre último, del camino vecinal nº 269 de András a Baión - 3ª sección - que importa 105.960,60 pesetas, Bugallo Sieiro, con cargo al presupuesto Extraordinario C. ------ Folla: 39 4. Prestar aprobación a la 5º certificación de las obras correspondiente al mes de septiembre último, del camino vecinal nº 53 - de la 1ª sección - de Ameixeiras a la carretera de Ponte Poldras a Pontevedra - trozo primero -, que importa 44.972,73 pesetas, de las cuales se abonarán al contratista D. Marcial Peralba Fontáns, 44.073,258 pesetas, con cargo al presupuesto extraordinario C, después de deducidas las 899,45 pesetas que corresponden al 2% de obra a certificar para establecer la fianza definitiva. ------ Folla: 39 5. Prestar aprobación a la 16ª certificación de las obras correspondiente al mes de septiembre último del camino vecinal nº 120 de Gondomar a Chenlo - primera sección - que importa 47.788,19 pesetas, las que se librarán al contratista D. Fernando Salgueiro García, con cargo al presupuesto del Paro Obrero. ------ Folla: 39 6. Prestar aprobación a la Hª certificación de obras, correspondiente al mes de septiembre último, del camino vecinal nº 36, de la carretera de Paradela a Cuntis a la Iglesia de Baliñas, que importa 36.451,34 pesetas, de las que se librarán al contratista D. Crisanto Novoa Suárez, 35.722,31 pesetas, con cargo al presupuesto extraordinario C, después de deducidas las 729,03 pesetas, que corresponden al 2% de obra a certificar, para establecer la fianza definitiva. ------ Folla: 39 7. Prestar aprobación a la 1ª certificación de las obras, correspondiente al mes de septiembre último, del camino vecinal nº 327 de Priegue a A Ramallosa a Playa América, que importa 30.748,46 pesetas, de las que se librarán al contratista D. Porfirio Diz Baltasar 30.133,49 pesetas, con cargo al Presupuesto extraordinario C, después de deducir 614,97 pesetas, que corresponden al 2% de obra a certificar, para establecer la fianza definitiva. ------ Folla: 39,40 8. Prestar aprobación a la Hª certificación de obras, correspondiente al mes de septiembre último, del camino vecinal nº 151 de la carretera de Pontevedra a Cangas, por Campo a Piñeiro al Iglesario de Santo Tomé, que importa pesetas 40.457,37 de las cuales se librarán al contratista D. Florentino Diz Gil 39.648,22 pesetas, con cargo al presupuesto de la Mancomunidad después de deducidas las 809 pesetas que corresponden al 2% de obra a certificar para establecer la fianza definitiva. ------ Folla: 40 9. Visto el proyecto del camino vecinal número 127-73 de orden que figura en el Plan de la carretera de Ourense a Santiago a Cangas - 2ª sección de "El Vento" a Cangas - que eleva la Dirección de Vías y Obras, el Pleno acuerda pase a informe de Ilmo. Sr. Ingeniero Jefe de Obras Públicas. Y , en relación con este mismo asunto, a propuesta del Diputado Sr. González Taboada, se acuerda reconocer el extraordinario mérito de la labor realizada por el vecindario de aquella zona en favor de este camino por lo que, teniéndolo en cuenta, esta Corporación resuelve también que en el próximo presupuesto se incremente todo lo posible la subvención a otorgar a esta vía y a todos los caminos que se lleven a cabo por igual meritorio procedimiento. ------ Folla: 40 10. Pasar a informe de la Jefatura de Obras Públicas, el proyecto, modificado de precios del camino vecinal nº 123 de O Grove, San Vicente, rampa a Meloxo, cuyo presupuesto de contrata es de 33.354,42 pesetas, el de administración de 29.293,88 pesetas y el de ejecución material de 29.003,84 pesetas. ------ Folla: 40 11. Prestar aprobación y declarar de abono, la primera certificación de obras del camino vecinal nº 53-6, del Calvarioa A Guía correspondiente al mes de septiembre último, que importe 21.000 pesetas, las que se librarán al contratista D. José Troitiño Camiña, contra el presupuesto especial de Caminos. ------ Folla: 40 12. Accediendo a lo solicitado por la alcaldía de A Estrada en oficio nº 2.410 de 28 de septiembre próximo pasado, y de conformidad con lo informado por la Dirección de Vías y Obras, se acuerda autorizar la tala de dos árboles situados en los márgenes de la carretera provincial de Vilapouca a A Estrada, que obstaculizan las obras de apertura de una calle que parte de la plaza de aquel ayuntamiento, indicando a la citada alcaldía, el importe de la venta, el que se dignará disponer sea ingresado en Arcas provinciales. ------ Folla: 40 13. Acceder, de conformidad con lo informado por la Dirección de Vías y Obras, a lo solicitado por D. José García Portomeñe, contratista del camino vecinal nº 191, de la carretera de Agolada a la feria de Brantega, perfiles 1 al 338, concediéndole tres meses de prórroga para terminación de las obras. ------ Folla: 40 14. Dejar sobre la mesa para estudio, instancia del contratista de las obras del camino vecinal número 276 D. Manuel Fontao Varela en la que solicita la rescisión de contrata con devolución de fianza y liquidación de la parte de obra ejecutada con revisión de precios hasta el día de la fecha por no haber tenido a su disposición los terrenos necesarios. ------ Folla: 40 15. Vista el acta extendida en 14 de septiembre último, por la mesa designada para apertura de pliegos de concursos de destajos a fin de reparar caminos vecinales y que se anunció en el Boletín Oficial de esta provincia de 1º de dicho mes, y, visto asimismo el informe del Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras provinciales, proponiendo la adjudicación de los lotes a los mejores postores, se acuerda por unanimidad adjudicar el primer lote del camino vecinal nº 2 de Bueu a Beluso a D. Victoriano Barcala Farto, por la cantidad de 44.990 pesetas. Adjudicar el lote nº 3, del camino vecinal de Marcón a A Reigosa y del de Pontevedra a Marcón, a D. Porfirio Diz Baltasar, en la cantidad de 127.000 pesetas. Adjudicar el lote nº 4 del camino vecinal número 29, de Soutelo a Cernadelo y el nº 68 de Arca a Nigoi, a D. Cesáreo Durán Álvarez, en la cantidad de 110.000 pesetas. Adjudicar el lote nº 5 de los caminos vecinales nº 9 de Sisán a Puente Estacas, nº 50 de Cuntis a Cequeril, nº 55 de Barrantes a Vilariño, nº 62 de Portonovo a Adigna, nº 69 de Gil a Covas, nº 77 de A Illa de Arousa y nº 79 de Noalla a A Lanzada, a D. Dositeo Gándara en la cantidad de 179.000 pesetas. Adjudicar el lote nº 6 para las obras de los caminos vecinales nº 11, de Sabarís a Belesar, nº 73 de Camposancos a Seán, nº 21 de Redondela a A Galleiro, y nº 94 de Cesantes a O Viso, a D. Porfirio Diz Baltasar, en la cantidad de pesetas 167.000. Adjudicar el lote nº 7 para las obras del camino vecinal nº 32 de Achas a Mourentán, a D. Eliseo Gulías Iglesias, en la cantidad de pesetas 107.500. Declarar desierto el lote nº 2, para construcción de las obras del camino vecinal nº 53 del Calvario a A Guía, que tenía un presupuesto de 44.047,23 pesetas por no haberse presentado licitador alguno. ------ Folla: 40 16. Pasar a informe del Sr. Ingeniero Jefe de Obras Públicas de esta provincia, el proyecto modificado de precios, del camino vecinal número 162, de Troncoso (Balneario) a Vilar, con puente sobre el río Tea, que eleva la Dirección de Vías y Obras provinciales. ------ Folla: 40,41 17. Vista la instancia producida por D. Celso Taboada Gómez, contratista de las obras del camino vecinal nº 134 de Prado a Vilatuxe, (perfil 223 al final Insua a Vilatuxe) solicitando la revisión de precios con arreglo a la Ley de 17 de julio de 1945, se acuerda que esta petición se tramite con arreglo a lo que informa la Asesoría Jurídica en peticiones análogas de que se da cuenta en esta misma sesión, conforme a lo determinado en la orden de 3 de octubre del mismo año. ------ Folla: 41 18. Diose cuenta de oficio número 1.893, de la Dirección de Vías y Obras provinciales que dice lo siguiente: "En esta Dirección se recibió para informe, certificación del acuerdo del ayuntamiento de Covelo, solicitando se varíe el trazado del camino vecinal de la carretera de Maceira a A Graña, en su punto de partida. Al efecto, como Ingeniero Director de este Servicio, tengo el honor de informar, que aún cuando está aprobado el proyecto con la salida perfectamente señalada, procuraremos, si esa Excma. Diputación lo autoriza, cumplir los deseos del ayuntamiento. Dios guarde a V.E. muchos años. Pontevedra, 13 de octubre de 1950. El Ingeniero Director, Eloy Fernández Valdés. Rubricado". El Pleno resolvió de conformidad con la precedente propuesta de la Dirección de Vías y Obras. ------ Folla: 41 19. Accediendo a lo solicitado por la alcaldía de Pontesampaio, y de conformidad con lo informado por el Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras provinciales, se acuerda disponer que, por la misma se realice el estudio del camino vecinal nº 121 solicitado en primer lugar por aquel ayuntamiento y que se construirá con cargo al presupuesto extraordinario C. ------ Folla: 41 20. Visto el oficio de la alcaldía de Lalín, solicitando el estudio de un camino vecinal que pondría en comunicación las parroquias de Gresande con Botos y Donramiro, por el Puente Moas, así como su inclusión en el Plan; el Pleno acuerda incluir este camino en el Plan Adicional al de caminos y que por la Dirección de Vías y Obras provinciales se haga el estudio técnico del mismo. ------ Folla: 41 21. Disponer el anuncio por concurso de destajo de las obras de terminación del camino vecinal nº 104-168 de Xeve por el Convento de Seoane Amil a la carretera de Caldas a Cerdedo, cuyo proyecto fue aprobado en sesión plenaria de 30 de junio último y que será construido con cargo al Paro Obrero. ------ Folla: 41 22. Enterarse de informe nº 4, de la Jefatura del Servicio de Contribuciones, dando cuenta de la recaudación realizada durante el tercer trimestre del actual ejercicio de la recaudación y organismos cuya exacción tiene a su cargo; el Pleno acuerda mostrarle su conformidad. ------ Folla: 41,42 23. Diose cuenta de propuesta de la Comisión de Hacienda que literalmente dice lo siguiente: "Visto el oficio del Sr. Interventor de Fondos, en el que pone en conocimiento de esta Comisión la necesidad de suplementar diversas partidas del presupuesto ordinario de gastos del corriente ejercicio, por tener consignación que no permite atender los pagos en el resto de su vigencia, esta Comisión de Hacienda ha procedido a efectuar un estudio de las mismas, así como de los medios para nutrir las correspondientes suplementaciones. Para estas, se dispone de un sobrante de la partida para instalación y sostenimiento de la Escuela de la Casa Hospicio, proyecto no viable en este año y con cargo a la cual se ha pagado una factura por un equipo de lavado, para dicho centro, ofreciendo un sobrante disponible de 25.000 pesetas. Del cálculo efectuado resulta que esta cantidad es insuficiente para las suplementaciones a efectuar, pudiéndose suplir el resto del exceso de consignación que ofrece la partida para estancias en el Manicomio de Conxo, exceso del que ya se dio cuenta a esa Excma. Corporación en 7 de septiembre próximo pasado, al elevar otra suplementación por transferencia, este sobrante se fijaba en 152.242 pesetas y de él se ha dispuesto en aquella fecha de 35.362,53 pesetas ofreciendo aún una disponibilidad de 116.879,47 pesetas, más que suficiente, como más adelante se detalla. En vista de estos datos y estudiadas las correspondientes partidas, esta Comisión tiene el honor de proponer a V. E. la siguiente suplementación de créditos por transferencia: Partidas a suplementar Cº Aº Pª Pesetas 1º-9º -31 Impresión del presupuesto provincial. 1.470,00 1º-10º-32 Para gastos de litigios. 5.000,00 6º-4º -54 Para pago de impuestos de utilidades. 50.000,00 6º-4º -55 Material y energía eléctrica. 1.500,00 6º-4º -56 Para gastos servicio teléfonos. 4.000,00 9º-3º -114 Para pago "subsidio familiar". 5.500,00 11º-10º-151 Conservación edificios provinciales. 20.000,00 Total a suplementar. 87.470,00 Que se transfieren de: 8º-4º-86 Para instalación sostenimiento y personal de la Escuela de la casa Hospicio. 25.500,00 8º-5º-96 Para estancias Manicomio Conxo. 61.970,00 Total a transferir. 87.470,00 Pontevedra, 5 de octubre de 1950. La sección de Hacienda. L. Rocafort, rubricado, José Mª Massó. Rubricado". La precedente propuesta de la sección de Hacienda ha sido informada favorablemente por el Sr. Interventor Accidental, acordando el Pleno, prestar aprobación a la suplementación de crédito indicada y que se exponga, anunciándola en el Boletín Oficial de la provincia, a efectos de oír reclamaciones, durante 15 días hábiles, según establece el Decreto de Ordenación de las Haciendas Locales de 25 de enero de 1946. ------ Folla: 42 24. Aprobar y declarar de abono la certificación decimocuarta de obras ejecutadas en el pabellón para sala de enfermos tuberculosos en en Gran Hospital, que eleva el Arquitecto Sr. Argenti, y corresponde al mes de septiembre último, debiendo librarse a favor del contratista D. Alberto Mella Serrano, el importe de la misma que es de 78.335,54 pesetas, con cargo al capítulo XIX artículo 1º del presupuesto de gastos vigente. ------ Folla: 42 25. Diose cuenta de instancia de D. José Suárez Carro, propietario de un automóvil de alquiler, exponiendo que tiene pendientes de cobro, servicios de locomoción prestados en los años 1947 y 1948 al Servicio Forestal que importan 4.940 pesetas y cuyos servicios ordenara el Ingeniero Director de Repoblación por lo que, solicita le sean abonados, y visto asimismo el informe de la Intervención, consignando que, dichos gastos fueron producidos sin existir propuesta, tal abono procede efectuarlo, caso de merecer la aprobación de la Comisión (o Pleno), reconociéndole el crédito en el ejercicio de 1951, por no existir consignación en el vigente. el Pleno acuerda que por el Servicio Forestal, se practique información completa sobre las facturas que el solicitante acompaña. ------ Folla: 42 26. Prestar aprobación definitiva a la suplementación de crédito por transferencia en cuantía de 35.362,53 pesetas, que fuera aprobada en sesión de 12 de septiembre próximo pasado, por no haberse formulado contra la misma reclamación alguna. ------ Folla: 42 27. Diose cuenta de oficio de fecha 19 de septiembre último número 559 de salida, del Gobierno Civil, trasladando resolución de la Dirección General de Administración Local, sobre reapertura del expediente seguido a D. Celso Sánchez Marta y que dice así: "El Ilmo. Sr. Director General de Administración Local, me dice lo siguiente: "Examinados los antecedentes relativos al expediente de depuración del ex funcionario de la Diputación D. Celso Sánchez Marta resulta, que según se expresa en la certificación del acuerdo de dicho organismo de fecha 29 de agosto de 1949, el Juez Instructor del nuevo expediente seguido, por extravío del primitivo, sin duda por estimar que no existían motivos sancionables, no formuló al interesado el pliego de cargos prevenido en el art. 5 de la Orden de 12 de marzo de 1939, y, acordado por la expresada Diputación solicitar la reapertura del expediente, fue remitido a tal efecto a este Departamento, el cual resolvió en 9 de noviembre del mismo año, desestimar la propuesta de revisión en vista de que según los informes oficiales acompañados, el Sr. Sánchez Marta fue directivo del Partido de "Unión Republicana" y gran propagandista de sus ideales. Indudablemente, ambas imputaciones, son cargos que debieron formularse al encartado para que presentara la exculpación que tuviera por conveniente, y, al no haberse hecho así, existe deficiente de actuaciones, que es uno de los motivos señalados en el párrafo 3º de la citada orden, para que proceda la revisión de oficio, y por ello, este Ministerio ha acordado que por la Diputación de esa provincia se verifique la reapertura del expediente seguido a D. Celso Sánchez Marta, para subsanar el indicado defecto, remitiéndolo después a este Departamento, para la resolución definitiva". el Pleno, para cumplimiento de lo dispuesto en la preinserta orden comunicada de la Superioridad, acuerda designar Juez Instructor, al Diputado Sr. Rodríguez cobas, y Secretario del expediente al Jefe de Negociado D. Arturo Ruibal Carballal, a fin de cumplimentar lo prevenido en el art. 5 de la orden de 12 de marzo de 1939, pasando al interesado el "pliego de cargos" y formulando la propuesta consiguiente. ------ Folla: 42 28. Pasar a la Comisión de Hacienda instancia de la Sociedad "Aguas de Mondariz Hijos de Peinador" sobre concierto económico para el arbitrio de aguas minero-medicinales. ------ Folla: 42 29. De conformidad con lo informado por la Asesoría Jurídica, se acuerda acceder a lo solicitado por Dª Dolores Villar Landín, vecina de Madrid domiciliada en la calle de Meléndez Valdés, nº 61, nombrándola para una de las vacantes de auxiliares existentes en esta Diputación, dotadas en el vigente presupuesto con el haber anual de 7.200 pesetas y concediéndole un mes de plazo para su posesión. La interesada es funcionaria excedente. ------ Folla: 42,43 30. Quedar enterado el Pleno de escrito dirigido al Sr. Secretario de esta Diputación por D. Elisardo Landín Martínez, auxiliar taquimecanógrafo excedente de esta Diputación, en el que se ruega no se de curso a la instancia que produjo con fecha 27 de julio último, en la que solicitaba su reingreso y, accediendo a lo que solicita, queda sin efecto la petición de reingreso que formulara. ------ Folla: 43 31. Acceder a lo solicitado por D. Ángel Novás Montes, funcionario de esta Excma. Diputación, reconociéndole y concediéndole los beneficios del séptimo quinquenio, a partir de 1º de octubre actual. ------ Folla: 43 32. Acceder a lo solicitado por los Guardas y Sobreguadas Forestales que a continuación se relacionan, concediéndoles los quinquenios que solicitan, a partir de las fechas que también se expresan: D. José Tomé Vilaboa - 3º quinquenio a partir de 19-2-1950. D. José Almón Casas - 3º ídem. a partir de 19-6-1950. D. José Parada Carballo - 3º ídem. a partir de 19-2-1950. D. Manuel Martínez Garrido - 3º ídem. a partir de 19-2-1950. D. Antonio Troncoso Leal. 1º ídem. a partir de 10-9-1950. D. Francisco del Río Farto. 1º ídem. a partir de 1-3-1950. ------ Folla: 43 33. Diose cuenta del expediente instruido contra el empleado del Gran Hospital, Manuel Iglesias Núñez, por el Diputado Delegado en aquel establecimiento Sr. Rocafort Martínez, y que se remite a esta Diputación como Patrón de aquel centro, se acuerda prestar conformidad a la resolución adoptada por el Juez Instructor, suspendiéndole de empleo y sueldo por el plazo de dos meses. ------ Folla: 43 34. Se acuerda resolver instancia del párroco de Xanza en el ayuntamiento de Valga D. Manuel Cambeiro Fuentes, en el sentido de que, no existiendo consignación presupuestaria paa estos fines, no es posible, lamentándolo, acceder a lo que solicita sobre subvención para reparación de obras del cementerio parroquial. ------ Folla: 43 35. Pasar a la sección de Educación, oficio de la Jefatura Comarcal de Educación y Descanso, sobre instalación de una clase de Dibujo y Sala de Exposiciones, y, la instancia de la Superiora del Colegio de San José de A Guía, de Vigo, que solicita auxilio económica para un taller de formación del hogar. ------ Folla: 43 36. Visto el oficio de la alcaldía de Santiago de Compostela, solicitando se contribuya al pavimentado de la Plaza del Obradoiro de aquella ciudad, como lo efectúan ayuntamientos y Diputaciones gallegas; el Pleno acuerda cooperar a esta obra, con cargo al próximo presupuesto, a cuyo efecto se propondrá por la Comisión de Hacienda, la cantidad con que ha de contribuirse a la realización de dicho pavimentado. ------ Folla: 43 37. Resolver instancia de D. Francisco Sánchez Oliva, Teniente Coronel Jefe de la zona de Reclutamiento nº 20, de Murcia, que solicita se adquieran ejemplares de un folleto titulado "ABC la Santa Misa", en el sentido de que, no existe consignación presupuestaria por estar agotada la que se destinaba a adquisición de obras, por lo que, lamentándolo, no es posible acceder a lo solicitado. ------ Folla: 43 38. Pasar a la Comisión de Hacienda, petición de la Junta Nacional Pro-Basílica Hispanoamericana, solicitando subvención. ------ Folla: 43 39. Resolver instancia de los enfermos del Rebullón, que solicitaban ayuda para la instalación del servicio de altavoces, en el sentido de que habiéndose agotado las consignaciones para esta clase de gastos, no es posible acceder a lo solicitado. ------ Folla: 43 40. Enterarse de oficio del Excmo. y Reverendísimo Señor Obispo de Lugo, agradeciendo la concesión del donativo de esta Diputación, para la ofrenda al Santísimo Sacramento. ------ Folla: 43 41. Aprobar la propuesta de convocatoria que formula la Presidencia para oposiciones a las plazas de Taqui-mecanógrafos, vacantes en la Plantilla y dotadas con el haber anual de 7.200 pesetas, así como el programa que habrá de regir en las mismas, y, disponer se anuncien estas oposiciones en el Boletín Oficial de esta provincia y en el del Estado. ------ Folla: 43 42. Acceder a lo solicitado por la alcaldía de Barro, concediendo a aquel ayuntamiento el anticipo reintegrable de 150.000 pesetas para operaciones del amillaramiento que es preciso rectificar, a fin de corregir los errores advertidos en el señalamiento de aquel municipio, debiendo la Corporación municipal cumplir las condiciones generales de la operación a estos efectos concertada entre esta Diputación y el Banco de Crédito Local de España, y cumplimentarse este servicio por la sección de Hacienda, Negociado de amillaramiento. ------ Folla: 43 43. Prestar aprobación a informe de la Asesoría Jurídica, en solicitudes de D. Eloy Fernández Valdés, Ingeniero Director de Vías y Obras, D. José María Sánchez Rivas, ayudante; y de los Delineantes D. Ricardo García de Longoria Antúnez y D. Cándido Fernández Martínez, en solicitud de que se les abonasen remuneraciones complementarias, en el sentido de que no es procedente acceder a lo solicitado, pudiendo, si lo estiman pertinente los interesados, hacer uso de sus derechos ante los organismos competentes, para obtener una resolución análoga a la que se dictó para la Diputación de León. ------ Folla: 43,44 44. Aceptar informe y resolver, como en el mismo se propone, desestimando recurso interpuesto por D. Arturo Míguez Casqueiro, alcalde de Pazos de Borbén, que solicitaba se dejase sin efecto, acuerdo de 28 de abril de 1950 y providencia de 12 de mayo siguiente, en el expediente de reintegro por percepción indebida de cantidades contra el ayuntamiento de Pazos de Borbén y los responsables directos D. Ramón Lorente Sanjurjo y D. Rodrigo Lueiro Rey. ------ Folla: 44 45. Resolver, de conformidad con lo informado por la Asesoría en expediente de reintegro por percepción indebida de cantidades contra la Compañía Telefónica Nacional de España, disponiéndose continúe el procedimiento contra dicha Compañía, a la que se dará audiencia y, contra los responsables directos D. Máximo Garcés García y D. Ramón Lorente Sanjurjo. ------ Folla: 44 46. Resolver de conformidad con lo propuesto por la Asesoría, en el sentido de no considerarse pertinente recurrir contenciosamente ante el Tribunal Supremo, contra resolución del Económico - Administrativo - Central en la liquidación girada con el nº 242 de 1947 por la oficina de Derechos Reales de esta capital por exceso de Timbre en el contrato de cobranza de contribuciones. ------ Folla: 44 47. Resolver, de conformidad con lo informado por la Asesoría, concediendo diez mesadas de toca a la viuda del administrador que fue de la inclusa D. Joaquín Núñez Vázquez, Dª Manuela Iglesias Tobío, con arreglo a lo previsto en el vigente Reglamento de Funcionarios, debiendo librarse el importe de esas diez mensualidades con cargo a la consignación del artículo capítulo del presupuesto. ------ Folla: 44 48. De conformidad con lo propuesto por la Asesoría, se acuerda reconocer a D. Raimundo Vázquez Fernández, contratista de las obras de terminación del Puente Eiras, los beneficios que solicita de revisión de precios, concediéndole iguales beneficios para las obras de que también fue adjudicatario, de terminación del Puente Aranza, y que, por la Dirección de Vías y Obras se proceda al cumplimiento de este acuerdo, con las facultades amplias que previene la Ley de 17 de julio de 1945 y orden de 3 de octubre del mismo año. ------ Folla: 44 49. De conformidad con lo informado por la Asesoría, se acuerda conceder a D. Florentino Diz Gil, adjudicatario del camino vecinal número 151, de la carretera de Pontevedra a Cangas por Campo a Piñeiro y de la carretera de Marín al Con, por Pardavila al Iglesario de Santo Tomé de Piñeiro, los beneficios que solicita de revisión de precios, y que por la Dirección de Vías y Obras provinciales se proceda a cumplimentar esta resolución con las facultades amplias que la Ley de 17 de julio de 1945 y orden de 3 de octubre del mismo año previenen. ------ Folla: 44 50. De conformidad con lo informado por la Asesoría, se acuerda conceder a D. Manuel Bugallo Sieiro, adjudicatario de las obras del camino vecinal de András a Baión - 3ª sección - los beneficios que solicita de revisión de precios, y que por la Dirección de Vías y Obras, se proceda al cumplimiento de esta resolución con las amplias facultades que la Ley de 17 de 1945 y orden de 3 de octubre del mismo año previenen. ------ Folla: 44 51. A fin de resolver instancia de D. Olegario Dapresa Esmerode, contratista de las obras del camino vecinal nº 174 de Torroso a Puxeiros y, visto el informe de la Asesoría, en cuanto a su petición, el Pleno acuerda que por la Dirección de Vías y Obras, se informe acerca de si la morosidad a que alude dicha Asesoría, es o no imputable al contratista solicitante, debiendo aplazarse la resolución de la petición de dicho Sr. Dapresa, hasta que el Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras pueda emitir su parecer. ------ Folla: 44 52. Recogiendo sugerencia de la Asesoría Jurídica en las peticiones formuladas por los contratistas D. Florentino Diz Gil, D. Manuel Bugallo Sieiro y D. Olegario Dapresa Esmerode, se acuerda, que en lo sucesivo los expedientes de revisión de precios, se tramiten por la Dirección de Vías y Obras, acomodándose los solicitantes a las normas a que alude la Asesoría en el informe que se remite adjunto. ------ Folla: 44 53. Dejar sobre la mesa, instancia de D. Pedro Basanta del Río en súplica de que se acuerde tener por comprobada la colocación del alambre con cuatro hileras en los montes Acibal y Rendal, Castiñeiras, Coba da Bouza, Conla y Montouto. ------ Folla: 44 54. Prestar aprobación al acta de recepción definitiva levantada con fecha 2 de enero de 1950, y con asistencia del Diputado Delegado del Gran Hospital y de los Sres. Diputados García Martínez Massó García, así como del Arquitecto Sr. Argenti Navajas y del contratista D. Raimundo Vázquez Fernández de las obras del pabellón de cocina y hermanas de dicho centro. ------ Folla: 44,45 55. De conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador, se acuerda adjudicar las Becas para estudios superiores a D. Secundino Cadavid Camiña y a la Señorita Celia García Alén, los que percibirán estas Becas en cuantía de 5.000 pesetas con cargo al art. 12 capítulo X del presupuesto vigente, debiendo cumplirse por los mismos las condiciones que se fijaban en las Bases del Concurso. ------ Folla: 45 56. De conformidad con lo propuesto por el Tribunal Calificador se acuerda prorrogar por un año, las Becas de pintura que disfrutan D. Javier Pousa Carrera y D. Rogelio Lorenzo Rodríguez, y la de escultura a D. Alberto Montes Barcia, los que las percibirán en cuantía de 5.000 pesetas cada uno contra la consignación del capítulo X art. 12 del presupuesto vigente. ------ Folla: 45 57. De conformidad con lo propuesto por el Tribunal Calificador, se acuerda conceder una beca para estudios de artes industriales a D. Alfonso Vilar Lamelas, en cuantía de 5.000 pesetas que percibirá de la consignación del capítulo X art. 12 del presupuesto vigente. ------ Folla: 45 58. De conformidad con lo propuesto por el Tribunal Calificador, se acuerda declarar desiertas las dos becas anunciadas para estudios de música y conceder "bolsa de viaje" para estudios de piano a D. Casiano Paredes Romero y a la Sta. Segunda Freijeiro González, con la designación de 2.500 pesetas cada una que percibirán contra la consignación del capítulo X art. 12 del vigente presupuesto. ------ Folla: 45 59. De conformidad con lo propuesto por el Tribunal Calificador, se acuerda conceder una "bolsa de viaje" para estudios de violín a D. Gerardo Gómez Casais, D. Alfonso Temes Rial y a D. Enrique Andrés Vázquez, que percibirán cada uno, en cuantía de 1.666,66 pesetas contra la consignación de una de las becas para artistas que figuran en el capítulo X art. 12 del presupuesto vigente. ------ Folla: 45 60. De conformidad con la propuesta de la Secretaría del Estudios del Seminario Diocesano de Tui, se acuerda adjudicar la beca vacante y que se anunciará en el B. O. de esta provincia de 3 de septiembre próximo pasado, al propuesto en primer lugar D. Luis Cardalda Núñez, con la dotación de 1.500 pesetas que percibirá del capítulo X art. 12 del vigente presupuesto prorrogándose la vigencia de las becas que para estudios sacerdotales ya se adjudicaran oportunamente para dicho centro. ------ Folla: 45 61. Se acuerda prorrogar todas las becas para Estudios Superiores y Canto, que concediera la Corporación en el año último y las que se otorgaron para los Centros Seminario de Santiago y Colegio de A Guardia. ------ Folla: 45 62. Diose cuenta de informe de la Sección de Fomento, en expediente incoado, a instancia de D. Diego Pazo Montes, en súplica de que sea declarado insalubre el terreno comprendido en la desembocadura del arroyo "Fonte Santa" en el lugar de los Santos de Mollavao, y que dice lo siguiente: "En consonancia con lo interesado por el Excmo. Sr. Gobernador civil de la provincia, en oficio de fecha 13 del corriente y, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Regla 6ª del Real Decreto del 21 de marzo de 1895, tengo el honor de informar a V. E. lo siguiente: "En relación con la denuncia presentada por D. Diego Pazo Montes para que sea declarado insalubre el terreno pantanoso comprendido en la desembocadura del arroyo denominado "Fonte Santa", en el lugar de Mollavao, de este término municipal de Pontevedra. En efecto, la solicitud del Sr. Pazo Montes, comprometiéndose a sanear la zona insalubre de que se trata, constituye una mejora de orden sanitario de muy acusado relieve, evitando con ello emanaciones en las horas de baja mar, peligrosas para la salud pública, por los hedores que producen por la corrupción de materias orgánicas, haciéndose muy sensibles cuando se dejan sentir vientos del tercer cuadrante, siendo insoportable la permanencia en aquellas proximidades, de tanto atractivo, sin que, por otra parte, tenga utilidad alguna, la referida marisma, dando solamente cauce a las aguas del citado arroyo y las residuales de la estación depuradora, en malas condiciones de funcionamiento. Por ello, el Jefe de sección que suscribe, tiene el honor de informar a V. E. en sentido favorable a la solicitud del Sr. Pazo Montes, con las obligaciones y beneficios que para el denunciante concede el art. 63 de la Ley de Aguas". el Pleno, de conformidad con la precedente propuesta de la sección acuerda declarar insalubre la zona a que se refiere en su instancia el solicitante D. Diego Pazo Montes, debiendo remitirse el expediente al Excmo. Sr. Gobernador Civil, en cumplimiento de lo que interesaba en su oficio nº 557 del Negociado 1º sección 1ª de aquella Dependencia de fecha 13 de septiembre último. ------ Folla: 45 63. Prestar aprobación al acta de apertura de pliegos, para venta de una motocicleta afecta al Servicio Forestal, que se adjudicó por la Presidencia en 20 de septiembre próximo pasado a D. José Acuña Penela, en la cantidad de 8.425 pesetas. ------ Folla: 45 64. Tomar en consideración la instancia que produce el Médico de la Beneficencia provincial D. Luis Sobrino Buhigas, sobre creación del cargo de Decano de la Beneficencia provincial, y que por la sección de Beneficencia y Obras Sociales, se proponga la forma de creación de dicho cargo y si lo considera también pertinente, la de establecer la Inspección Médica General de los establecimientos benéficos dependientes de esta Diputación. ------ Folla: 45,46 65. Diose cuenta de oficio de la Dirección de Vías y Obras provinciales, que dice lo siguiente: "Con motivo de la reparación de la carretera de Callobre a Ponte Ledesma y terminación de la rampa a Berres, autorizada por resolución presidencial de 22 de julio de 1950, y a fin de conservar la obra hecha, se ve la necesidad de afirmar la totalidad de la rampa, para lo quese precisan 500 metros cúbicos de piedra, que importan 20.000 pesetas, a los precios normales en la zona". El Pleno acordó autorizar la reparación de esta rampa, de Callobre a Ponte Ledesma, como propone la Dirección de Vías y Obras e informa la Intervención, autorizando este gasto que importarán las expresadas 20.000 pesetas, las que se librarán contra la consignación del capítulo art. del presupuesto vigente. ------ Folla: 46 66. Diose cuenta de avance de presupuesto de obras de seguridad en el Museo de Pontevedra que remite el Arquitecto Sr. Fernández Cochón en cumplimiento de la orden de la Presidencia de esta Diputación, que lo es a la vez del Patronato de dicho Museo, acordándose aprobar dicho avance de presupuesto, y, por carecerse de consignación para la realización de estas obras, se acuerda interesar del Ministerio de la Gobernación la concesión de subvención para las mismas, así como de los Departamentos Ministeriales que la Dirección del Museo proponga, debiendo formularse dichas instancias por la Sección de Educación, Deportes y Turismo, asistida por el funcionario adscrito a la misma. ------ Folla: 46 67. Se enteró el Pleno de escrito presentado al Juzgado con fecha 12 de octubre actual, en el sumario nº 421 de 1948 del Juzgado de Pontevedra, en el que es parte acusadora esta Diputación, sobre la elevación de fianza para la libertad provisional del ex-Interventor de Fondos provinciales D. Ramón Lorente Sanjurjo, que se pide se exija en cuantía de 500.000 pesetas metálicas para decretar la libertad provisional solicitada por su defensa, acordándose ratificar plenamente aquel escrito. ------ Folla: 46 68. Diose cuenta de oficio dirigido al Juzgado de Instrucción de esta capital por la Presidencia que dice lo siguiente: "Tengo el honor de remitir a V. J. expediente iniciado en esta Diputación como consecuencia de instancia promovida por D. Manuel Nogueira López, en el que figuran informes de la Intervención de Fondos y de la Asesoría Jurídica. Y, como según expresa el último de los referidos técnicos, procede el envío a V. J. de los expresados escritos y del oficio de la Caja de Ahorros explicativo del movimiento de una Cuenta indebidamente abierta, con el propósito, sin duda, de defraudar a esta Excma. Diputación en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo comunico a ese Juzgado, a fin de que se digne resolver acerca de si procede incoar nuevo sumario o unir esta denuncia al que se tramita con el número 421 de 1948, como consecuencia de visita de inspección girada a esta Excma. Diputación provincial, todo ello, sin perjuicio de dar cuenta en su día a la Corporación que me honro en presidir". el Pleno acuerda ratificar lo contenido en el preinserto oficio de la Presidencia y que para esclarecimiento del movimiento de fondos de dicha cuenta y la comprobación de los ingresos que de la misma se han efectuado en Arcas provinciales, se continúe el expediente iniciado por la Presidencia, a cuyo efecto se nombre Juez Instructor al Diputado D. Luis Rocafort Martínez, y, Secretario del mismo al funcionario D. José Míguez Leitón, debiendo servir este expediente para justificar el de alcance y reintegro, si a ello hubiere lugar y fuese procedente su tramitación. ------ Folla: 46 69. En este momento, se retira del Salón de Actos el Secretario de la Corporación Sr. Posse García, en tanto se trata del siguiente asunto que le afecta, actuando en su lugar el Oficial Mayor D. Manuel Cabanillas Pérez. ------ Folla: 46 70. Se da cuenta de escrito que suscriben los Sres. Secretario y Depositario de esta Diputación interesando que, previas las tramitaciones y dictámenes que se juzguen procedentes, se resuelva favorablemente propuesta que la Intervención formulara e informara favorablemente la Asesoría Jurídica, sobre reconocimiento de 2.815 pesetas al Sr. Secretario y 533 pesetas al Sr. Depositario que les corresponden para completar el porcentaje de remuneración a que tienen derecho por el desarrollo y confección del presupuesto extraordinario B. el Pleno acuerda que por la Intervención de Fondos se verifique la comprobación de los datos a que aluden los solicitantes, para resolver en su día. ------ Folla: 46,48 71. La necesidad de atender a la conservación y mejoramiento de las vías provinciales y el creciente aumento de las obligaciones presupuestarias que están a cargo de la Excma. Diputación, han movido a la Corporación provincial a un estudio detenido de las posibilidades de incrementar los recursos del erario provincial, siguiendo la norma ya iniciada y en vigencia de otras Diputaciones gallegas. A pesar de la contrariedad que al Libro de actas del Pleno produce arbitrar nuevas formas de imposición, el examen del desarrollo del presupuesto hasta el día, aconseja la creación de una nueva tasa de rodaje y arrastre por vías provinciales, pero condicionando este sacrifico que se impone a los contribuyentes de toda clase de vehículos excepto los de motor que circulan por las vías provinciales, a que los productos de esta tasa reviertan a la construcción y mejoramiento de los caminos vecinales y vías provinciales. Por tales consideraciones y previa amplia deliberación, el Pleno acuerda, a propuesta de sección de Hacienda y Economía, crear la tasa de rodaje, a que se refiere la Ordenanza que suficientemente discutida también ha merecido la aprobación del Pleno y regirá a partir del 1º de enero de 1951. Por el Negociado de Hacienda se tramitará el expediente de creación de esta tasa, hasta su aprobación definitiva. A continuación se inserta la Ordenanza de esta nueva imposición, en acta y que dice lo siguiente: "Ordenanza para la exacción y cobranza de la tasa de rodaje o arrastres por vías provinciales de toda clase de vehículos, excepto los de motor". Artículo 1º. En uso de las facultades que le concede el apartado J del nº 3 del art. 183 captº 3º del Decreto del 25 de enero de 1946, la Diputación provincial de Pontevedra, crea una tasa de rodaje para toda clase de vehículos sin motor, tales como coches, carros, carretas, volquetes, bicicletas, etc., que circulen en vías provinciales, en razón del uso, desgaste y depreciación que estos producen en su circulación por dichas vías. Artículo 2º. La obligación de contribuir por esta exacción, nace de la circulación de vehículos sin motor por vías provinciales. Artículo 3º. Los ayuntamientos de la provincia, formarán los padrones de los vehículos sin motor inscritos en sus respectivos registros con arreglo a la clasificación que se indica en el artículo 5º de esta ordenanza, los cuales, una vez confeccionados, se expondrán al público por un plazo de quince días hábiles en los municipios correspondientes, y, ante ellos se formularán las oportunas reclamaciones de inclusión o exclusión, en los mismos o de la clasificación que se les haya asignado, en vista de las cuales ratificarán o rectificarán el padrón confeccionado. Transcurrido dicho término, los Secretarios de los ayuntamientos remitirán a la Diputación los padrones correspondientes por duplicado, constituyendo estos la base del documento cobratorio de la misma. Artículo 4º. Los Secretarios de los ayuntamientos, vendrán obligados a dar cuenta a la Diputación de todas las altas y bajas de vehículos sin motor que en los registros de los municipios se produzcan. En premio de los trabajos que se les encomiendan en esta ordenanza percibirán de la Diputación un cinco por ciento de las cuotas que se recauden por esta Tasa en sus Términos municipales. Artículo 5º. En razón o importancia de los menesteres a que se dediquen los vehículos sin motor y al número de ruedas de que estén dotados se establece la siguiente clasificación y tarifa: Carruajes de cuatro ruedas: 50 pesetas. Carros de dos ruedas: 25 pesetas. Bicicletas: 15 pesetas. Artículo 6º. Quedan exceptuados de la tasa de rodaje todos los vehículos de la propiedad del Estado, Diputación y ayuntamientos de la provincia así como los carros de mano propiedad de los particulares. Artículo 7º. La tasa de rodaje se establece por años naturales y su recaudación se efectuará de una sola vez por medio de recibos talonarios anuales, y su cobro, por medio de los recaudadores de las contribuciones del Estado. En el momento de satisfacer el pago de la Tasa, se entregará con el recibo correspondiente, una placa metálica a cargo del contribuyente, cuyo importe se fijará por medio del Boletín Oficial de la provincia oportunamente. Artículo 8º. Los vehículos sujetos a esta tasa obstentarán en su lado izquierdo y en sitio preferentemente visible, la placa a que se refiere el artículo precedente. Artículo 9º. Las altas que se produzcan por adquisición de nuevos vehículos devengarán en el mismo ejercicio, la cuota que por su clasificación les corresponda, con arreglo a la tarifa del artículo 5º. Artículo 10º. Las altas que se produzcan en virtud de la inspección y fiscalización, sea cualquiera la época del año que su inscripción tenga lugar, pagarán además de la cuota anual que les corresponda, la sanción máxima que se determina en el artículo 15º de la presente ordenanza. Artículo 11º. La baja del vehículo, una vez satisfecha la anualidad correspondiente en concepto de Tasa de Rodaje, no dará derecho al interesado a reclamación alguna sobre devolución de la cantidad satisfecha. Artículo 12º. Las transferencias de propiedad de todo vehículo, deberán manifestarse en los ayuntamientos respectivos, viniendo obligados los Secretarios municipales, a dar cuenta a la Diputación Provincial a los efectos de la oportuna rectificación en los asientos de inscripción de dichos vehículos en el padrón de la tasa de rodajes de esta ordenanza. De la recaudación. Artículo 13º. La Diputación realizará directamente la recaudación de la Tasa de Rodaje y organizará el Servicio de la forma que estime más conveniente, reservándose la facultad de señalar el plazo para la confección de los padrones. Artículo 14º. A los efectos de percepción de esta tasa, la Diputación fijará un plazo voluntario de cobranza, cuya duración no será inferior a dos meses, para que en el transcurso del mismo, puedan ponerse al corriente del pago todos los contribuyentes, dicho plazo se anunciará en el Boletín Oficial de la provincia y por medio de edictos que se fijarán en las Casas Consistoriales de los ayuntamientos realizándose su exacción en los municipios con arreglo al número de días que se fijan en el vigente Estatuto de Recaudación, transcurrido el mencionado periodo voluntario, el pago de la tasa de rodaje, quedará sujeto al recargo del 20% (veinte por ciento), sin más excepción que si los afectados por la misma liquidan sus débitos en el plazo de diez días siguientes a la terminación del referido periodo voluntario, satisfarán tan solo el 10% (diez por ciento), de conformidad con el vigente Estatuto de Recaudación. Defraudación, penalidades y procedimiento. Artículo 15º. Transcurrido el plazo voluntario para la exacción de la tasa, se iniciará la inspección e investigación del tributo, y, todo propietario de vehículo denunciado por circular o transitar por una vía provincial sin poseer la placa y el recibo acreditativo del pago, será considerado como defraudador de dicha exacción y, satisfará, además de la cuota correspondiente, la sanción del duplo de la misma, de acuerdo con el artículo 308 del Decreto de 25 de enero de 1946 y demás disposiciones concordantes. Artículo 16º. Se considerarán incursos en la misma sanción los propietarios cuyos vehículos fuesen denunciados por llevar placa y recibo distintos del servicio que realizan, salvo que la liquidación de la nueva cuota fuera penalidad superior al importe de la cuota sobre la tasa a devengar, de conformidad con el número 2 del art. 308 del Decreto de 25 de enero de 1946, ya mencionado. La reincidencia se castigará con multa del duplo de las cantidades defraudadas. Artículo 17º. La falta de colocación de la placa en el lado izquierdo del vehículo, y en sitio preferentemente visible, así como no llevar consigo el conductor de aquel, recibo justificativo del pago, será considerada como infracción de la ordenanza y será sancionado con multa impuesta por el Sr. Presidente de la Excma. Diputación, dentro de la cuantía señalada en el nº 5 del art. 308 del citado Decreto. Artículo 18º. Las multas que se impongan por defraudación o infracción de esta ordenanza se harán efectivas en metálico. Artículo 19º. En todo expediente por infracción o defraudación de esta ordenanza, se dará vista al denunciado para que pueda comparecer en el término de diez días, y aportar dentro del mismo, la prueba de descargo que crea conveniente. Si, iniciado el expediente y dentro del plazo antes señalado, los interesados se aviniesen a ingresar la tercera parte de la sanción correspondiente, se sobreseerá aquel. Artículo 20º. Contra los acuerdos que dicte la Diputación en los expedientes de defraudación e infracción, procederán los recursos que se establecen en el art. 273 y siguientes del Decreto de 25 de enero de 1946, con aplicación del 283 del mismo Decreto. Artículo 21º. La inspección e investigación de la percepción de la Tasa de rodaje, se efectuará por los capataces de línea, peones camineros de la Diputación así como por el personal administrativo que designe la Corporación. Artículo 22º. La presente ordenanza comenzará su vigencia una vez aprobada, en el ejercicio de 1951 y sucesivos, hasta tanto no se acuerde por la Corporación la modificación de la misma. ------ Folla: 48,49 72. Visto de nuevo el Reglamento de Funcionarios de esta Diputación y plantilla de los mismos aprobados en sesión de 26 de noviembre de 1948, el oficio del Excmo. Sr. Gobernador Civil nº 283, de 29 de abril del corriente año, el acuerdo adoptado en sesión de 30 de junio último, por el que se pasaba a dictamen del Letrado Sr. Baliño Ledo, así como también el referido dictamen que emite con fecha 2 de septiembre próximo pasado expresando que la fecha de 6 de diciembre de 1949, en que se aprobó definitivamente por el Gobierno Civil este Reglamento, constituye la condición impuesta por la Comisión Gestora en 28 de noviembre de 1948, que subordina la vigencia del Reglamento a la aprobación por la Superioridad; el Pleno acuerda de conformidad con lo ordenado por el Gobierno Civil, y lo dictaminado por dicho letrado, ratificar definitivamente la aprobación del Reglamento de Funcionarios de esta Diputación provincial de 26 de noviembre de 1948, y disponer que su vigencia sea a todos los efectos legales a partir de 6 de diciembre de 1949. El citado Reglamento de Funcionarios de esta Excma. Diputación provincial que ha sido impreso y uno de cuyos ejemplares obra en la Secretaría, consta de ciento ochenta y cinco artículos, una Disposición final, otra derogatoria y seis transitorias, desenvolviéndose en tres títulos, que a su vez se desarrollan en los capítulos siguientes: Título 1º - Capítulo 1º. De los servicios provinciales (art. 1º). Ídem. Ídem. 2º. De las dependencias provinciales (art. 2º). Ídem. Ídem. 3º. De la Secretaría. (art. 3 al 28). Ídem. Ídem. 4º. De la Intervención de Fondos (del 29 al 35). Ídem. Ídem. 5º. De la Depositaría (del 36 al 38). Ídem. Ídem. 6º. De la sección provincial de Admón. Local (39 y 40). Ídem. Ídem. 7º. Del Servicio de Vías y Obras (41 y 42). Ídem. Ídem. 8º. Id. Id. Construcciones Civiles (43 y 44). Ídem. Ídem. 9º. Id. Id. Repoblación F. (45 al 47). Ídem. Ídem. 10º. Id. Id. Recaudación C. (48 al 50). Título II - Ídem. I. Del personal d. g. (del 51 al 53). Ídem. Ídem. II. Del Secretario (del 54 al 59). Ídem. Ídem. III. Del Interventor (60 y 61). Ídem. Ídem. IV. Del Depositario (62 al 64). Ídem. Ídem. V. Del ayudante de caja (65 y 66). Ídem. Ídem. VI. Del Jefe de la S. de A. L. (art. 67). ídem. Ídem. VII. De las exacciones provinciales (art. 68). Ídem. Ídem. VIII. De los Jefes de Negociado y auxiliares (69-74). Ídem. Ídem. IX. De los Funcionarios Administrativos (75-121). Ídem. Ídem. X. De los Funcionarios Técnicos. (122-137). Ídem. Ídem. XI. Deberes y derechos de los funcionarios (138-160). Ídem. Ídem. XII. De los subalternos. (161-169). Título III - Ídem. I. Del procedimiento (170 al 173). Ídem. Ídem. II. De la tramitación. (174 al 185). Este Reglamento de Funcionarios cuyo resumen antecede, además de ser impreso, como queda indicado, consta de un original rubricado en todas sus páginas por los Señores Presidente y Secretario de esta Diputación, que se archiva en la Secretaría. La plantilla del personal de esta Diputación, aprobada, es la siguiente: Cargos especiales Secretario de la Excma. Diputación provincial. Interventor. Depositario. Ingeniero Director de Vías y Obras. Ayudante de Vías y Obras. Delineante Topógrafo de Vías y Obras. Delineante Topógrafo General (se crea). Ingeniero Director de Repoblación Forestal. Delineante de Repoblación Forestal. Ayudante de Depositaría. Cuerpo Administrativo Oficial Mayor (se crea). Un Jefe de sección (a amortizar). Cinco Jefes de Negociado de 1ª (uno a amortizar). Un Jefe de Negociado de 2ª (a amortizar). Cuatro oficiales. Tres auxiliares de 1ª clase. Dos auxiliares de 2ª clase. Tres auxiliares de 3ª clase. Subalternos Un Conserje. Un Portero Mayor. Un Portero Segundo (se crea). Un Ordenanza. Cuatro Botones (se crean). Una telefonista (a amortizar). Y no habiendo mas asuntos de que tratar, más que los que figuraban en el Orden del día. Se levantó la sesión. ------
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