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1952-07-08_Ordinaria. Acta de sesión 1952/07/08_Ordinaria
Acta de sesión 1952/07/08_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.058/1.1952-07-08_Ordinaria
Título Acta de sesión 1952/07/08_Ordinaria
Data(s) 1952-07-08 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 20 Señores: Presidente: Rocafort Martínez. Vicepresidente; Massó García. Diputados; Carballal, Cerecedo, Conde de Ponte, De la Calle Sanz, Durán Gómez, Elorriaga Senlle, García Martínez, González Taboada, Jurado Romero, Muiños Iglesias, Ojea Sarmiento y Vázquez de Silva. Secretario; Posse García. Interventor; García Álvarez. 1. Presidida por el Ilmo. Señor Don Luis Rocafort Martínez, y, con asistencia del Vicepresidente Señor: Massó García y de los Diputados Sres: Carballal Morgade, Cerecedo Lapatza, Conde de Ponte, De la Calle Sanz, Durán Gómez, Elorriaga Senlle, García Martínez, González Taboada, Jurado Romero, Muiños Iglesias, Ojea Sarmiento y Vázquez de Silva, celebra sesión ordinaria el Pleno de esta Excma. Diputación, en el Salón de Actos de la misma, siendo las diecisiete horas del día de hoy ocho de julio de mil novecientos cincuenta y dos; actuando el Secretario General de la Corporación Sr. Posse García, y, asistiendo también el Interventor de Fondos Provinciales Sr. García Álvarez. Excusan su inasistencia por ocupaciones ineludibles los Diputados Sres: Carpintero Builla y Vieitez Cortizo. Se da lectura al acta de la sesión anterior, que corresponde al día 18 de junio próximo pasado, la que por unanimidad es aprobada. ------ Folla: 20 2. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos incluidos en el Orden del día, adoptándose los acuerdos siguientes: Adjudicar a D. Aparicio Fraiz Gil, las obras de construcción del c.v. de la Cª de Barbantiño a Borela, 2ª Sección de la de Puente Bora al límite de Borela. De conformidad con lo informado por la Dirección de Vías y Obras Provinciales, se acuerda: acceder a lo solicitado por el Contratista D. Aparicio Fraiz Gil, adjudicándole las obras de construcción del camino vecinal nº 141-149 de la carretera de Barbantiño a Pontevedra, a Borela -2ª Sección- de la carretera de Puente Bora, al límite de Borela, en la cantidad de 54.452,00 pesetas, y con sujeción a las bases insertas en el Boletin Oficial de la Provincia de 15 de mayo último. ------ Folla: 20 3. Adjudicar a D. Marcial Peralba Cabaleiro las del c.v. de Arcas a Guillarei, rampa a la Iglesia de Salceda. Se acuerda adjudicar las obras de terminación del camino vecinal nº 202-237 de Areas a Guillarei, rampa a la Iglesia de Salceda al Contratista D. Marcial Peralba Cabalerio, en la cantidad de 92.390,00 pesetas, en las condiciones que se señalarán en el anuncio del concurso inserto en el Boletin Oficial de esta Provincia de 16 de mayo último. ------ Folla: 20 4. Adjudicar a D. Victoriano Calvo Lombardero las del c.v. de Rubin Km. 15 de la Cª de Chapa a Carril a Olives, ramal a Pardemarin. Se acuerda adjudicar las obras del camino vecinal números 79-27 de Rubin, Km 15, de la carretera de Chapa a Carril a Olives, ramal a Pardemarin, al Contratista D. Victoriano Calvo Lombadero, en la cantidad de 112.500,00 pesetas, en las condiciones que se señalaban en el anuncio inserto en el Boletin Oficial de la Provincia de 18 de mayo último. ------ Folla: 20 5. Adjudicar a D. Porfirio Diz Baltasar las de separación extraordinaria con riego asfáltico de los Malecones del Río Lérez. De conformidad con lo informado por la Dirección de Vías y Obras, se acuerda adjudicar la reparación extraordinaria de la carretera provincial de los malecones del Río Lérez, al Contratista D. Porfirio Diz Baltasar, en la cantidad de 217.800 pesetas, y en las condiciones anunciadas en el Boletin Oficial de esta provincia de 16 de abril último. ------ Folla: 20 6. Aprobar presupuesto adicional para reparación extraordinaria con riego asfáltico de la carretera de Ponteareas a As Neves. Prestar aprobación al presupuesto de reparación extraordinaria con riego asfáltico de los primeros quinientos metros de la carretera de Ponteareas a As Neves, y cuyo presupuesto adicional del aprobado en 31 de mayo último, importa 9.623,50 pesetas. ------ Folla: 20 7. Rescindir con pérdida de fianza contrato con D. Camilo Valiñas Veiga de las obras del c.v. de A Devesa por Tomonde, Figueroa a Cerdedo, 2ª sección rampa a Vilar. De conformidad con lo propuesto por la Dirección de Vías y Obras, se acuerda, aclarando lo resuelto en 31 de mayo último, rescindir el contrato de las obras del camino vecinal de A Devesa por Tomonde, Figueroa a Cerdedo 2ª Sección, rampa a Vilar, que se celebrará con D. Camilo Valiñas Filgueira, con pérdida de fianza, toda vez que el Contratista proyecta no acometer la obra. ------ Folla: 20 8. Aprobar proyectos de reparación extraordinaria de los cc.vv. Calvario a Vincios, Calvario a A Guia y O Grove a San Vicente. Prestar aprobación a los proyectos de reparación extraordinaria de los caminos vecinales de O Calvario a Vincios, con presupuesto de 296.879,50 pesetas; de O Calvario a A Guia, con presupuesto de 89.882,52 pesetas; y, de O Grove a San Vicente, con presupuesto de 35.326,74 pesetas, como propone la Dirección de Vías y Obras, acordándose asimismo, que por la Intervención se efectúe la correspondiente transferencia de crédito para la reparación del último de los caminos citados, que es el de O Grove a San Vicente. ------ Folla: 20 9. Recomendar a la Dción. de Vías y Obras que en lo sucesivo que con el proyecto definitivo eleve el presupuesto correspondiente. Se acuerda recomendar a la Dirección de Vías y Obras Provinciales, que en lo sucesivo, con el proyecto definitivo de cada uno de los que se formen por aquella Dependencia, se eleve también el presupuesto correspondiente, a fin de acomodar los datos a las consignaciones en vigor, para cada ejercicio. ------ Folla: 20 10. Aprobar liquidación de las obras del c.v. de la Cª de Agolada a Betanzos, Km. 9 por Berredo a Puente Carmuega. De conformidad con lo informado por la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, se acuerda aprobar la liquidación de las obras del camino vecinal nº 191-111 de la carretera de Agolada a Betanzos Km. 9, por Berredo a Puente Carmuega, cuyo importe es de 23.003,87 pesetas. ------ Folla: 20,21 11. Acordar en relación con la construcción de Escuelas. En concordancia con lo resuelto, en virtud de informe del Negociado de Fomento, en sesión de 18 de junio último, el Pleno acuerda en relación con la construcción de Escuelas, lo siguiente: 1º. Autorizar a los Ayuntamientos que se citan para que las ejecuten por administración. = 1º. Autorizar a los Ayuntamientos de Pontevedra, Moaña, Redondela, Caldas de Reis, Vigo, Pazos de Borbén, Tui y Ponte Caldelas, para ejecutar las obras de construcción de las Escuelas de aquellos términos municipales por administración municipal. 2º. Enterarse de que el Ayuntamiento de A Guarda renuncia a la construcción de la Escuela. = 2º. Enterarse de que, el Ayuntamiento de A Guarda, renuncia a la construcción del edificio-escuela que había de construirse en aquel término, y cuya subasta quedó desierta. 3º. Enterarse de que los Ayuntamientos indicados solicitan la adjudicación de las obras para realizarlas por administración. = 3º. También se entera el Pleno, de que los Ayuntamientos de Pontesampaio y Tomiño, solicitan la adjudicación de Escuelas desiertas, en aquellos términos municipales para realizarlas por administración municipal directa. Resolviéndose oficiar a estos y a los Ayuntamientos que soliciten lo mismo, en el sentido de que, sus instancias son tomadas en consideración para cuando se conozcan todas las Escuelas que quedaron desiertas y las peticiones que se formulen de adjudicación, momento en el que se hará la oportuna distribución y adjudicaciones a cada término municipal. 4º. Adjudicar la subrogación por el contratista de la Escuela de Cambados al Ayuntamiento para que éste la construya. 4º. De conformidad con lo interesado por el Ayuntamiento de Cambados, el Pleno acuerda autorizar la subrogación por el Contratista a quien se adjudicaran las obras de construcción de los edificios escolares que tienen proyecto aprobado en el citado Municipio, a favor del Ayuntamiento de aquella villa, para que este pueda realizar directamente las obras por administración municipal directa, con las mismas obligaciones que tenía el Contratista a quien se adjudicaron. 5º. Tomar en consideración petición de la Alcaldía de Ribadumia interesando subvención. 5º. Vista la instancia de la Alcaldía de Ribadumia, interesando subvención , a los efectos de poder cumplir sus obligaciones, en relación con los dos edificios escolares que se le adjudicaron, con cargo al Presupuesto Extraordinario C); se acuerda tomar en cuenta esta petición para en su día resolver sobre la concesión de la subvención que interesa. 6º. Ceder al Ayuntamiento de Poio la subvención que concede el Estado para construcción de las dos Escuelas. 6º. Se acuerda ceder al Ayuntamiento de Poio la subvención de 120.000 pesetas, con que el Ministerio ayuda a la construcción de dos Escuelas en San Salvador-Porteliña, en dicho Municipio, a los efectos de su construcción por administración municipal. ------ Folla: 21 12. Resolver instancia de la Alcaldía de Gondomar en relación con la construcción del c.v. de Telleiro a Mañufe para que solicite su inclusión en el Plan. Vista la instancia de la Alcaldía de Gondomar y certificación del acuerdo del Pleno, solicitando la construcción del camino vecinal que partiendo del barrio de Tellerio, empalma con el de Mañufe a la Junquera, cruzando los barrios de Barreiras, Cruceiro, Nogueira, Barcala, Calvario, Mosteiro y Pereiro, empalmando en la terminación del de Mañufe a Nandes; el Pleno, de conformidad con lo informado por la Dirección de Vías y Obras y Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero acuerda oficiar al Ayuntamiento, a fin de que por este se solicite previamente la inclusión del citado camino en el Plan de Vías Provinciales, y una vez incluido será el momento de intentar su construcción, si así se estimase pertinente. ------ Folla: 21 13. Acceder a lo interesado para prolongar el c.v. de la Cª de Ponteareas a As Neves por Rubios; Taboeixa, Vilacoba y Cª de Salvaterra a Portela. De conformidad con la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, se acuerda acceder a lo solicitado por la Dirección de Vías y Obras autorizándola para prolongar el camino vecinal nº 93, de la carretera de Ponteareas a As Neves por Rubios a Taboeixa a Vilacoba, en la carretera de Salvaterra a Portela, a fin de comunicar con la Iglesia parroquial de Taboeixa, y el barrio que la circunda. ------ Folla: 21,22 14. Contestar a la Dción. Gral. de Sanidad en relación con el Reglamento del Cuerpo de Médicos de la Beneficencia Provincial, y que había sido devuelto por aquella D.G. para aclaraciones y rectificaciones sobre dicho Reglamento. Se acuerda contestar a la Dirección General de Sanidad, en relación con el Reglamento del Cuerpo de Médicos de la Beneficencia Provincial, aprobado por esta Excma. Diputación en sesión plenaria de 22 de febrero del corriente año y que fue devuelto para las aclaraciones y rectificaciones señaladas por dicha Dirección, en el sentido siguiente y por el mismo orden que en el oficio de 17 de junio se determinaba: =1ª. En el art.. 14º, ha sido modificada la denominación de "Médicos de Entrada" por la de "Médicos de Entrada o de Guardia", y sus funciones serán: las de auxiliar a los Jefes de Clínica; hacer las guardias nocturnas; reconocer a los enfermos en el momento del ingreso y proponer a la Dirección la Sala que a su juicio deben ser destinados, con arreglo a la enfermedad que padezcan. Todo ello va ahora especificado en el Reglamento que nuevamente se somete a su aprobación. Tendrá carácter permanente y su ingreso será por oposición libre en la forma que señala el art. 4º. = 2ª. La plaza de Médico-Transfusor, fue suprimida de los "Servicios Técnicos Auxiliares" y pasa a la categoría de Médico de numero, con el sueldo de ocho mil (8.000) pesetas, que disfrutan los demás Jefes de Clínica. = 3ª. Queda aclarada en el sentido de que los Médicos auxiliares o de guardia, serán nombrados en virtud de oposición, y pasarán a formar parte del Cuerpo de Médicos de la Beneficencia Provincial con carácter permanente. 4ª. La plantilla de Médicos de la Beneficencia Provincial que figura en el art. 14º, no concuerda con la del Gran Hospital, por cuanto, como se indica en el art. 1º del Reglamento, comprende tres Establecimientos, y por lo tanto dos Médicos Fisiólogos, (uno en el Gran Hospital y otro, en el Sanatario Marítimo de A Lanzada), así como dos Médicos Puericultores, (uno en dicho Establecimiento y otro en el Hogar-Cuna Provincial)- En el expresado art. 14º, se hace ahora la aclaración pertinente. = Para dar facilidades a los Médicos que deseen hacer prácticas en los distintos Establecimientos y, a fin de legalizar su situación, se crean unas plazas de Médicos Auxiliares gratuitos por una duración máxima de dos años, prorrogables a petición propia, siempre que el Director del Establecimiento a donde va destinado no ponga objeción a esta prórroga por causa justificada. = Estos nombramientos serán hechos por el Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial, y como se deja dicho, su permanencia será eventual y sin derecho alguno, toda vez que, no forman parte del Cuerpo de Médicos de la Beneficencia Provincial. Con ello, Ilmo. Señor considera el Pleno de esta Excma. Diputación, rectificadas y aclaradas las objeciones a que se hace referencia en su atento oficio, remitiéndole nuevamente el Reglamento de Médicos de la Beneficencia Provincial de Pontevedra, en el cual, fueron hechas las salvedades de que se ha hecho mención, para su aprobación definitiva. = El contenido de las aclaraciones preinsertas, se elevará literalmente a la Dirección General de Sanidad. ------ Folla: 22 15. Dirigirse a la Dirección General de Sanidad solicitando manifiesta cuales son las plazas que deben considerarse cubiertas en propiedad, y las que deben salir a oposición, a cuyo efecto se ha remitido con anterioridad el historial de los Médicos afectos al Gran Hospital o fundación "Pérez Fiota". Se acuerda dirigirse a la Dirección General de Sanidad en los términos literales que a continuación se expresan: "Con motivo de constarse oficio de fecha 17 de junio último de esa Dirección General de Sanidad y Obras Sociales, sobre aclaraciones al Reglamento del Cuerpo de Médicos de la Beneficencia Provincial, que se devolvió por ese Centro, a los indicados efectos aclaratorios; esta Excma. Diputación, en sesión plenaria de hoy, ocho de julio del corriente año, acordó por unanimidad, interesar respetuosamente el V.J. que habiéndose remitido con anterioridad el historial de los Médicos afectos al gran Hospital Provincial o Fundación "Pérez Fiota" y que también se elevó con fecha 7 del actual y oficio nº 704 de la Junta Provincial de Beneficencia a la Dirección General de este ramo, con motivo de incoarse expediente de extinción de la indicada Fundación -se hace preciso definir cuales son las plazas de Médicos, que en virtud de aquel historial- que también ahora se acompaña a este escrito- deberán considerarse cubiertas en propiedad y cuales de ellas deben ser cubiertas por oposición, a los efectos de cumplir exactamente las disposiciones emanadas del Ministerio sobre personal sanitario. Y, en tal sentido, para resolución definitiva se eleva este expediente a la Dirección General de su digno cargo, con el ruego encarecido de que, ya como resolución Superior, ya como consulta, ilustre a esta Excma. Diputación acerca de las plazas que han de estimarse cubiertas o declararse vacantes, así como el sistema de provistarse". ------ Folla: 22,23 16. Dar cuenta de informe de la Asesoría Jurídica en instancia producida por Dña. Amalia Solla Quintá, acordándose convocar oposición restringida sin que para ello sea impedimento el pleito contencioso-administrativo que ha motivado. Se acuerda asimismo el personamiento en dicho pleito del Letrado Sr. Baltar Santalo y Procurador Sr. Fabelo. Diose cuenta de informe de la Asesoría Jurídica, en instancia de fecha 10 de junio último, producida por Dña. Amalia Solla Quintá, y que se pasará por acuerdo de 18 del mismo mes a dicho técnico, el que dictamina conforme a lo que literalmente copiado se expresa a continuación: "La Excma. Diputación, en sesión del día dieciocho de junio, último acordó que, como ampliación a dictámenes emitidos anteriormente, se informe por la Asesoría, acerca de si es o no procedente acceder a lo solicitado por Dña. Amalia Solla Quintá, de que se convoque oposición restringida para poder optar a un puesto en la escala técnica de funcionarios administrativos, o si, teniendo en cuenta que se interpuso un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo en que se le reconoció este derecho, debe aplazarse hasta que se dicte sentencia. También interesa informe acerca de si la concesión del derecho a opositar, supone o no una reforma de plantilla cuya sanción aprobatoria corresponda a la Dirección General de Administración Local. Después de estudiados los antecedentes, se emite el siguiente = dictamen = El momento de anunciar la oposición restringida, es facultad discrecional de la Corporación, y, por tanto, a ella, es a la que compete determinar el oportuno para su celebración. = El pleito contencioso-administrativo, no impide la ejecución de los acuerdos que son objeto de impugnación, y, por tanto, no es motivo para que se aplace el anuncio de la oposición.= = Caso de obtener éxito en la oposición = Solla Quintá, ello traería consigo reforma de plantilla, por aumento de una plaza de Oficial, y para ello, es necesaria la aprobación de la Dirección General de Administración Local, por lo que procede se dirija consulta a esta, exponiendo las circunstancias que concurren y pidiendo autorización para ese aumento.= Esto no impide que se convoque la oposición, pero subordinando su celebración a la autorización de la Dirección, a que se alude anteriormente.= Resumiendo lo anterior, informo:= = Primero.- Que procede convocar la oposición restringida, sin que para ello sea impedimento el pleito contencioso-administrativo.= = Segundo.- Que la celebración de esta oposición y aprobación en la misma de Dña. Amalia Solla Quintá, supone reforma de plantilla, que debe ser autorizada por la Dirección General de Administración Local.= Tal es mi opinión, dada en Pontevedra a cuatro de julio de mil novecientos cincuenta y dos.= L. Ernesto Baltar Santaló.- Firmado y rubricado." = El Pleno resolvió de total conformidad con las conclusiones primera y segunda del preinserto informe de la Asesoría, acordándose también, que el Procurador D. José Fabelo Mariño, dirigido por el Letrado D. Ernesto Baltar Santaló, se personen en el pleito promovido por D. Herberto Blanco Rodríguez y otros, ante el Tribunal Provincial de lo Contencioso Administrativo, defendiendo a la Administración Provincial y solicitando se mantengan los acuerdos de 6 de febrero y 26 de abril últimos, adoptados con relación a la Sra. Solla Quintá. ------ Folla: 23 17. Acordar el personamiento del Procurador Sr. Fabelo y Letrado Sr. Baltar en el pleito contencioso-administrativo interpuesto por D. Arturo Ruibal contra acuerdo de esta Corporación sobre provisión en su día de la plaza de Asesor Jurídico. También se acuerda que el Procurador Sr. Fabelo, dirigido por el Letrado D. Ernesto Baltar Santalo, se personen en el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por D. Arturo Ruibal Carballal, contra acuerdo adoptado por esta Diptuación, sobre provisión en su día, de la plaza de Asesor Jurídico de esta Excma. Diputación, a cuyo efecto se acordará también, la reforma de los preceptos reglamentarios que determinaban la forma de cubrir dicha plaza en el caso de vacante. ------ Folla: 23 18. Acordar se amplíe en los puntos que se indican, el informe emitido en recurso de reposición interpuesto por D. Jesús Martínez Táboas, contra el acuerdo por el que se dispuso iniciar contra el mismo, procedimiento de apremio y reintegro por apropiación indebida de maderas. Diose cuenta de dictamen emitido por el Letrado adscrito a la Asesoría Jurídica D. Ernesto Baltar Santaló, en recurso de reposición, interpuesto por D. Jesús Martínez Táboas, contra el acuerdo adoptado en sesión plenaria de 26 de abril último, por el que se dispuso iniciar contra el mismo, el procedimiento de reintegro y apremio por apropiación indebida de madera procedente de la finca de Lourizán. = el Pleno, después de leídos aquel dictamen y los que acompaña a su recurso el Sr. Martínez Táboas, emitidos a su instancia por los Letrados D. Roberto González Pastoriza y D. Elías Barros Martínez, acuerda por unanimidad, interesar que el Letrado Sr. Baltar Santaló, amplíe su informe emitiendo su dictamen con relación a los puntos siguientes: = 1º. Si la adopción por el Pleno del acuerdo que el Sr. Baltar propone, en su informe de 25 de junio último, supondría o no la desvirtuación del espíritu y finalidad que inspiró el de la Corporación de 26 de abril último. = 2º. Si la transformación de la garantía, de personal a hipotecaria, deja a la Diputación completamente garantizada del cobro de la cantidad y caso afirmativo, fórmula para efectuarla. = 3º. Caso de que el acuerdo de 26 de abril pudiese quedar desvirtuado en virtud del que se propone o de cualquier otro, si actuaría o no, el Tribunal de Cuentas del Reino, para ordenar el resarcimiento de la cantidad, contra funcionarios y miembros de la Corporación. = y 4º Para el supuesto de que hubiese cumplido el Sr. Martínez Táboas el contrato que también se supone realizado con la Administración provincial procedía o era necesario el apremio acordado en 26 de abril, ya que la cantidad que se pretende hacerle pagar es porque se deduce que fue él quien se apropió indebidamente de la madera de Lourizán hecho que todavía está sometido a la apreciación de los Tribunales, de carácter Penal. ------ Folla: 23 19. Acceder al reingreso al servicio activo del Practicante D. Félix Carbó Pérez. Acceder a lo solicitado por D. Félix Carbó Pérez, concediéndole su reingreso al servicio activo, como Practicante del Gran Hospital Provincial o "Fundación Pérez Fiota", por existir vacante en aquel Establecimiento, de los de su clase, y con derecho al percibo de los haberes que por clasificación le corresponde. ------ Folla: 23 20. Conceder subvención al Ayuntamiento de Arbo para reparación de caminos destrozados por la tormenta del pasado 11 de junio. Vista la instancia de la Alcaldía de Arbo, interesando una subvención para reparación de los caminos destrozados por la tormenta que sufrió aquel Municipio el día 11 de junio último; el Pleno acuerda conceder al citado Ayuntamiento la subvención de 5.000,00 pesetas, que se librarán contra la consignación del Capitulo articulo de la parte de gastos del Presupuesto vigente. ------ Folla: 24 21. Iniciar expediente de jubilación por imposibilidad física a D. Francisco López Pereira, Médico del Hogar Cuna Provincial. Accediendo a lo solicitado por D. Francisco López Pereira, Médico del Hogar-Cuna Provincial, se acuerda iniciar el expediente de jubilación por imposibilidad física, previa la aportación de oficio de las certificaciones médicas resultantes de su reconocimiento. ------ Folla: 24 22. Enterarse de informe sobre resultado de la recaudación de contribuciones obtenida en el 1º y 2º trimestre. Se entera el Pleno de informe de la Jefatura del Servicio de Contribuciones, sobre el resultado de la recaudación obtenida en el primer y segundo trimestre del corriente año. ------ Folla: 24 23. Aceptar propuesta de la Presidencia sobre ampliación del Sanatorio Marítimo de A Lanzada. Se acuerda aceptar propuesta de la Presidencia sobre ampliación del Sanatorio Marítimo de A Lanzada, y que por el Arquitecto Sr. Fernández Cochón, se proceda a confeccionar el proyecto para dar una nueva planta a dicho Centro Sanatorial, y que por la Intervención, una vez conocido el proyecto, se habilite el crédito necesario. ------ Folla: 24 24. Aprobar Bases del concurso para adquisición de un aparato de Radioterapia para el Gran Hospital. Se acuerda prestar aprobación a las Bases del concurso, para adquisición de un aparato de Radioterapia superficial, media y profunda, con destino al Gran Hospital Provincial, que formula la Comisión de Beneficencia, disponiendo su publicación en el Boletin Oficial de esta provincia. ------ Folla: 24 25. Clasificar al Portero D. Manuel Serén del Rio, incluyéndole en el Escalafón de Subalternos de esta Diputación, reconociéndole los servicios prestados. De conformidad con lo informado por el Negociado Central, se acuerda, como consecuencia de lo resuelto en sesión de 31 de mayo último, clasificar al Portero D. Manuel Serén del Río, incluyéndole en el Escalafón de Subalternos de esta Diputación Provincial, reconociéndole diecinueve años y siete meses de servicio y los quinquenios correspondientes a ese período, y asignándole un número bis en el Escalafón del que tenga la misma antigüedad o menor más inmediata, con el sueldo de 10.000 (diez mil) pesetas, con que estas plazas aparecen dotadas en Presupuesto, a más de los quinquenios que le son abonables, que son tres, con cuatro años y siete meses. También acuerda el Pleno destinar al Sr. Serén del Río a prestar servicios, con la categoría de Portero Mayor, al Sanatorio Marítimo de A Lanzada, dependiente de esta Excma. Diputación Provincial, y con los derechos y deberes que se asignaron a los funcionarios de este Establecimiento. ------ Folla: 24 26. Desestimar recurso de reposición interpuesto por D. Pedro Seoane López contra acuerdo de 26 de abril último. Visto el recurso de reposición interpuesto por D. Pedro Seoane López, contra acuerdo de esta Excma. Diputación de 26 de abril último, y resultando que en sesión de 31 de mayo siguiente resolvió el Pleno personarse en el recurso interpuesto por el mismo, contra sentencia de la Magistratura de Trabajo en el expediente nº 200 de 1952 y, subsistiendo los mismos motivos determinantes de aquel acuerdo recurrido por el Sr. Seoane López, en reposición, de conformidad con lo que propone la Asesoría, se acuerda su desestimación. ------ Folla: 24 27. Acceder a lo solicitado por el Rectorado de Santiago sobre elevación de estancias y subvención al Colegio de Sordomudos de Santiago. Visto el oficio del Rectorado de Santiago, en el que traslada los acuerdos tomados en la reunión de los Presidentes de las Diputaciones, en relación con el Colegio de sordomudos y ciegos de aquella Ciudad, el Pleno, después de detenida deliberación acuerda acceder al aumento de estancias, a razón de 8,33 pesetas por alumno y día, e igualmente al aumento de la subvención anual que se cifrará, a partir de primero de enero de 1953, en 50.000 pesetas anuales, distribuidas entre todas las Diputaciones; aceptando también la condición tercera de dicho oficio de 23 de julio último nº 1.158, que establece la fijación a principios de curso del número de alumnos supernumerarios que pueden admitirse en el Colegio, teniendo en cuenta la capacidad de los locales y procurando que sea igual para todas las Diputaciones Gallegas.= Respecto de la construcción de un nuevo Colegio, Rectorado, que teniendo en estudio las soluciones para resolver el problema docente de los sordomudos en esta provincia, no puede pronunciarse definitivamente en cuanto al indicado extremo. ------ Folla: 24,25 28. Conceder al Ayuntamiento de Rodeiro, crédito solicitado para pago de atrasos de Amillaramiento en aquel término, en las condiciones que se indican. En consecuencia con la instancia del Alcalde de Rodeiro, de fecha 5 de octubre de 1951, en la que solicita un crédito de 280.000 pesetas, para atender al pago de los trabajos del Amillaramiento en dicho Municipio, son leídos los siguientes informes del Jefe del Negociado de Hacienda-Amillaramientos; = Informe = El Ayuntamiento de Rodeiro solicita en la adjunta instancia un anticipo reintegrable para satisfacer los gastos de rectificación del Amillaramiento en aquel término, al Contratista de éste Servicio.= = No existe, a juicio de este Negociado, inconveniente alguno en acceder a dicha súplica, siempre que, por la Entidad peticionaria se cumplan las condiciones siguientes: = 1ª. Que se comprometa a amortizar dicha deuda en el plazo de 15 años, como máximo, al igual que hicieron otros Municipios.= 2ª. Que afecte a este compromiso, en garantía, todos los ingresos municipales, toda vez ha perdido ya, la mitad de la participación sobre las cuotas del Tesoro que le correspondían, según la Ley de 26 de Septiembre de 1941, y es previsible pierda la otra mitad por cualquier causa; por ejemplo, por no aplicar en el término que fija la Dirección General de Propiedades y Contribución Territorial, las nuevas tablas de valores dictadas por esta Superioridad. = 3ª. Que acepte, mediante escritura, en la forma acostumbrada, las estipulaciones que el Banco de Crédito Local de España tiene establecidas para estos fines.= La Excma. Corporación, no obstante, con más ilustrado criterio, resolverá lo que estime más conveniente.= Pontevedra 1 de julio de 1952.= El Jefe del Negociado de Hacienda -Amillaramiento.= Firmado, H. Blanco, rubricado.= = Informe.= Presentada con posterioridad al informe que precede, por el Sr. Alcalde de Rodeiro, una certificación en la que acredita que la Corporación que preside acordó con fecha 5 del actual, afectar a la operación de préstamo a que aquel se refiere, además de las participaciones que le reconoce la Ley de 26 de septiembre de 1941 sobre las cuotas del Tesoro de las Contribuciones Rústica y Pecuaria; el recargo municipal sobre Consumos de Lujos y todos los arbitrios municipales establecidos y que figuran en los vigentes Presupuestos, siendo los más importantes el de carros agrícolas y el de carnes frescas y saladas, por cuyos conceptos recauda un promedio anual de 25.000 y 138.000 pesetas respectivamente, quedando en consecuencia ampliada la garantía que ya en sesión anterior de 17 de septiembre del mismo año 1951, había establecido; y, habiéndose acordado asimismo por la Corporación Municipal de Rodeiro, en la citada primera sesión de 5 del actual, que la amortización del préstamo citado no habrá de aplazarse por más de quince años, ningún inconveniente existe ya, en acceder a dicha súplica, una vez los expresados acuerdos se hagan constar a medio de escritura pública, en la forma acostumbrada, por el Ayuntamiento peticionario.= Pontevedra ocho de julio de mil novecientos cincuenta y dos.= El Jefe del Negociado de Hacienda - Amillaramiento.= Firmado H. Blanco = rubricado = En relación con este segundo informe fue leída la certificación a que en el mismo se hace referencia, fecha 7 del actual, de los acuerdos adoptados el día 5 anterior, por el Concejo de Rodeiro comprometiéndose a garantizar el crédito que interesa, en la forma y cuantía que quedan expresadas". =Vistos estos antecedentes, la Corporación, aceptando los informes transcritos, acuerda conceder al Ayuntamiento de Rodeiro, el crédito que ha solicitado de 280.000 -(doscientas ochenta mil) pesetas, para pago de los trabajos de Amillaramiento de aquel término, mediante la garantía de los recursos que se dice afectados en la certificación acreditativa del acuerdo adoptado por dicho Concejo en 5 del actual, y previa la correspondiente escritura pública en que se solemnice dicho compromiso. ------ Folla: 25,26 29. Conceder al Ayuntamiento de Pazos de Borbén, crédito para fines de Amillaramiento, en las condiciones que se indican. Se dio lectura a un informe del Jefe del Negociado de Hacienda -Amillaramiento que literalmente dice "El Ayuntamiento de Pazos de Borbén, obtuvo de la Corporación Provincial, en sesión de 9 de enero de 1951, la concesión de un anticipo para fines de Amillaramiento, que completando otra concesión anterior, asciende a 150.000 pesetas.- Pero, no dispuso hasta ahora de cantidad alguna a cuenta de estas concesiones, porque al firmar la correspondiente escritura, se le exigió afectase todos sus ingresos en garantía.= Ahora presenta certificación acreditativa de acuerdo en tal sentido, y, por propia iniciativa, además limita dicho crédito a 75.000 pesetas.- La Corporación puede por tanto, si lo estima conveniente, confirmar sin inconveniente alguno, los acuerdos de que queda hecha referencia.= Pontevedra 7 de julio de 1952. = El Jefe del Negociado de Hacienda= Amillaramiento, H. Blanco, rubricado.= En relación con el precedente informe, fue dada lectura a una certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento de Pazos de Borbén, en la cual se acredita que en sesión extraordinaria celebrada el día 2 de enero del año actual, dicho Concejo acordó, ratificar en todas sus partes el acuerdo que había adoptado el día 12 de junio anterior, en relación con el anticipo que tenía solicitado de la Excma. Diputación Provincial, además, afectar a la amortización de dicho débito de 150.000 pesetas, la participación del 40% de la venta de maderas y mondas en los montes comunales de la propiedad de dicho Municipio, repoblados por este Organismo provincial, haciendo constar, que en ningún caso la amortización del préstamo que la Diputación hace a dicho Ayuntamiento, deberá aplazarse por más de 15 años, por lo que, caso de resultar insuficientes los recursos que a la operación de referencia quedan afectados, responderán del descubierto todos los demás ingresos municipales." = La Corporación, vistos estos antecedentes, acordó ratificar sus acuerdos anteriores respecto del particular, y , en consecuencia acceder al pago, que solicita el Ayuntamiento de Pazos de Borbén, de las 75.000 pesetas que importan los trabajos de Amillaramiento realizados hasta la fecha en las parroquias de Junqueiras, Moscoso y Borbén de dicho Municipio, una vez, la ampliación de garantía que se le exigió y de queda hecho mérito sea incluida en la correspondiente escritura pública. ------ Folla: 26 30. Consignar en acta la satisfacción por la labor realizada por el Sr. Gobernador Civil por la labor realizada en el primer año de su mandato. Con motivo de cumplirse el aniversario de la toma de posesión del Excmo. Señor Don Mario Elias Palao Martialay, como Gobernador Civil de esta provincia, el Pleno de la Corporación, por unanimidad acuerda consignar en Acta su satisfacción, por la eficaz labor realizada por nuestra primera Autoridad, en el ejercicio de su mando felicitándole sentida y expresivamente con tal motivo, a la vez que se formulan votos porque su actuación se prolongue mucho tiempo en bien de la Administración y gobierno de la provincia que tan acertadamente rige. ------ Folla: 26 31. Resolver de conformidad con lo propuesto por Intervención, sobre liquidación y justificación de gastos efectuados con cargo a los fondos remitidos por el P. Forestal del E. para atender a las propuestas de repoblación y el sistema de contabilidad y pago que se habrá de observar en los sucesivo. Se acuerda resolver, de conformidad, y en los mismos términos que se propone, la iniciativa de la Intervención que literalmente copiada dice lo siguiente: "En el acuerdo de 6 de febrero, por el que se establecía el mecanismo administrativo a seguir en el sistema de contabilidad y pago, por los gastos que ocasionan el Servicio de Repoblación Forestal en régimen de Consorcio con el Patrimonio Forestal del Estado, no se ha tenido en cuenta si al presentar al Patrimonio Forestal del Estado la justificación de los gastos efectuados con cargo a los fondos remitidos por el mismo, y para atender a las propuestas de Repoblación Forestal autorizadas por dicho Organismo, se habían de remitir los documentos originales o sus duplicados, toda vez que, por razón de esta dualidad de Instituciones que intervienen en el Servicio, la contabilidad y justificantes se establece por duplicado.= Entiende esta Intervención que sería más conveniente efectuar estas justificaciones en firme, y por consiguiente remitir al rendir las cuentas trimestralmente al Patrimonio Forestal del Estado los documentos originales que la justifican. De este modo, el Patrimonio Forestal del Estado, tendría la obligación de otorgar a esta Diputación la conformidad y aprobación de las cuentas trimestrales, sin tener más tarde esta Diputación que someterlas a la censura del Tribunal de Cuentas, como las de sus Presupuestos ordinarios y extraordinarios, hasta tanto se cree el Servicio de Inspección y Asesoramiento, a cuyo Organismo corresponderá la aprobación definitiva de toda clase de cuentas provinciales.= Este sistema de justificar las cuentas ante Patrimonio con sus documentos originales, es el establecido con otras Diputaciones, y por tanto, considera el Interventor que suscribe, no existiría dificultad alguna para ser aceptado por el Patrimonio Forestal del Estado. ------ Folla: 26,27 32. Conceder al Ayuntamiento de Vigo, subvención para pago de expropiaciones para construcción del Aeropuerto de Peinador y poner a disposición del Ministerio de O.P. la carretera de Redondela a Negros a Vilar. De conformidad con lo propuesto por la Comisión de Hacienda y Economía se acuerda resolver petición de la Alcaldía de Vigo, solicitando una subvención, como aportación provincial, para atender al pago de las expropiaciones del Aeropuerto de Peinador, en el sentido de que, dentro del Presupuesto vigente no es posible efectuar transferencia alguna en la cuantía que se interesa, sin dejar desatendidas las demás obligaciones que gravan el presupuesto, por lo que se acuerda conceder a la Alcaldía de Vigo una subvención, con la finalidad solicitada de 50.000 pesetas que se satisfarán con cargo al Presupuesto ordinario de 1953, sin perjuicio de que oportunamente se estudie la posibilidad de mejorar esta concesión.= También se resuelve, a fin de facilitar la entrada en servicio de este Aeropuerto y su desenvolvimiento futuro, ofrecer al Ministerio correspondiente de Obras Públicas la carretera de Redondela a Negros a Vilar, propiedad de esta Diputación por si se quisiese aceptar y utilizar como vía de acceso al Aeropuerto de Peinador; debiendo formularse por la Dirección de Vías y Obras la instancia, a nombre de esta Diputación en la que se expongan las consideraciones de tipo general y técnico que puedan servir de base a esta oferta. ------ Folla: 27 33. Enterarse de la aprobación por la Superioridad de la Plantilla del Cuerpo Médico del Gran Hospital, especificándose la distribución de Médicos por especialidades. Diose cuenta de oficio nº 882 del Negociado 1º del Gobierno Civil (Sección 1ª) trasladando escrito de 30 de junio último, de la Subsecretaría del Ministerio de la Gobernación, que literalmente dice lo siguiente: "Ilmo. Señor: = El Excmo. Señor Subsecretario de la Gobernación, en escrito de fecha 30 de junio próximo pasado dice a este Gobierno Civil lo que sigue: "Excmo. Sr.; Vista la Plantilla del Cuerpo Médico y Personal Técnico del Hospital Provincial de Pontevedra, aprobada por la Excma. Diputación Provincial en sesión plenaria, celebrada el día 22 de febrero último, que aquella Corporación presenta a la aprobación de este Ministerio.= Considerando que la referida plantilla se ajusta en ordenación, proporcionalidad de categorías administrativas y sueldos, a lo determinado en el Reglamento para ingreso y provisión de plazas y ordenación de plantillas del personal Médico de los Servicios Sanitarios Provinciales de 25 de mayo de 1945 y Ordenes de este Ministerio de 14 de enero y 7 de octubre de 1946.= Visto el informe emitido por el Consejo Nacional de Sanidad, éste Ministerio, de conformidad con el mismo, y a propuesta de la Dirección General de Sanidad, ha tenido a bien aprobar la referida plantilla del Cuerpo de Médicos y personal técnico del Hospital Provincial de Pontevedra, aprobada por la Excma. Diputación en 22 de febrero último pero suprimiendo de la plantilla del Cuerpo Médico la plaza de Farmacéutico, por ser distinta facultad." = Lo que, con devolución de un ejemplar de la referida plantilla, traslado a V.J. para su conocimiento y efectos.= Dios guarde a V.J. muchos años.- Pontevedra 5 de julio de 1952.= El Gobernador Civil -interino- L. Rocafort = rubricado.= Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial - Plaza." = el Pleno acuerda quedar enterado de la aprobación por la Superioridad de la plantilla del Cuerpo Médico del Gran Hospital Provincial de Pontevedra, que se había elevado, en cumplimiento de acuerdo de 22 de febrero último, y cuya plantilla queda fijada con las plazas y dotaciones que a continuación se relacionan y determinan: = Un Profesor de Sala, de Cirugía General ......................... 10.000 Ptas. = Un Profesor de Sala de Medicina General ....................... 10.000 " = Un Profesor de Sala, Médico Fisiólogo ............................ 10.000 " = Un Profesor de Sala, Tocoginecólogo .............................. 10.000 " = Un Jefe Clínico de Cirugía General .................................. 8.000 " = Un Jefe Clínico-Traumatólogo........................................... 8.000 " = Un Jefe Clínico de Dermatología, Venereología y Sifiligrafía y Encargado del Pabellón de infecciosos .......................... 8.000 " = Un Jefe Clínico Puericultor ............................................. 8.000 " = Un Jefe Clínico Otorrinolaringólogo ............................... 8.000 " = Un Jefe Clínico Oftalmólogo .......................................... 8.000 " = Un Jefe Clínico Radiólogo .......................................... 8.000 " = Un Jefe Clínico Odontólogo ......................................... 8.000 " = Un Analista Transfusor ............................................... 6.000 " = Un Médico de entrada ................................................. 6.000 " = Otro Médico de entrada ............................................. 6.000 " = Otro Médico de entrada .............................................. 6.000 " No firman los Sres.: Carpintero y Vieitez C. Se levantó la sesión. ------
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