ATOPO
Rexistros actuais: 1.617.765
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.649

Acta de sesión 1952/08/30_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.058/1.1952-08-30_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1952/08/30_Ordinaria

  • Data(s) 1952-08-30 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 36 Señores: Presidente; Rocafort Martínez. Vicepresidente; Massó García. Diputados; Carballal, Carpintero, Cerecedo, Conde de Ponte, González Taboada, Muiños Iglesias, Ojea Sarmiento, Vázquez de Silva. Secretario; Posse García. Interventor; García Álvarez. 1. Presidida por el Ilmo. Señor Don Luis Rocafort Martínez, y con asistencia del Vicepresidente Don José María Massó García y de los Diputados Sres.: Carballal Morgade, Carpintero Builla, Cerecedo Lapatza, Conde de Ponte, González Taboada, Muiños Iglesias, Ojea Sarmiento y Vázquez de Silva, celebra sesión el Pleno de esta Excma. Diputación, en el Salón de Actos del Palacio Provincial, siendo las diecisiete horas y cuarenta minutos del día de hoy treinta de agosto de mil novecientos cincuenta y dos. Excusan su inasistencia por motivos justificados los Diputados Sres.: Durán Gómez, Elorriaga Senlle, García Martínez, Jurado Romero y Vieitez Cortizo. ------ Folla: 36 2. Se da lectura al acta de la sesión últimamente celebrada, que corresponde al día 31 de julio último, la que por unanimidad es aprobada, así como de la extraordinaria de 28 del actual, que también se aprueba. ------ Folla: 36 3. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos que figuraban en el Orden del día, adoptándose los acuerdos que a continuación se consignan: Aprobar proyecto de reparación de los cc.vv. nºs 2, 41 y 87 y prolongación de los nºs 16, 52 y 90. Prestar aprobación al proyecto que eleva la Dirección de Vías y Obras Provinciales, de reparación de los caminos vecinales números 2, 41 y 87 y prolongación de los números 16, 52 y 90, por un presupuesto total de 506.838,56 pesetas, autorizando a dicha Dirección, para anunciar las subastas o concursos que procedan, para las reparaciones indicadas. ------ Folla: 36 4. Tomar en consideración solicitud de los vecinos de Ribadelouro, Tui, sobre el arreglo del c.v. nº 265, entendiéndose que dicho arreglo comprende de la Cª de Vincios al barrio de la Iglesia. De conformidad con lo informado por la Dirección de Vías y Obras, se acuerda tomar en consideración instancia que producen, varios vecinos de la parroquia de Ribadelouro, en el Municipio de Tui, solicitando el arreglo del camino vecinal nº 265 del Presupuesto Extraordinario E, disponiendo tal reparación necesaria para cuando se construya el resto de dicha vía, entendiéndose que este arreglo es, desde la carretera de Vincios al barrio de la Iglesia. ------ Folla: 36 5. Desestimar petición vecinos de Randufe, Tui, de subvención para reparar el camino de Remesar. De conformidad con lo informado por la Dirección de Vías y Obras se acuerda, lamentándolo, no ser posible acceder a la solicitud de los vecinos de Randufe, en el Ayuntamiento de Tui, que interesaban una subvención para reparar el camino de Remesar, en aquel término, toda vez que dicha vía, no figura en el Plan, sin que exista consignación en Presupuesto para estos fines. ------ Folla: 36 6. Enterarse de informe de Vías y Obras sobre modificación de curvas y pendientes del c.v. de Redondela a Negros como vía de acceso al Aeropuerto de Peinador, acordándose que aun reconociendo que esta vía no es suficiente, interesar la construcción de una nueva vía aprovechando aquella o construyendo nuevo trazado. Diose cuenta de informe de la Dirección de Vías y Obras que dice lo siguiente: "En relación con el acuerdo tomado por esa Excma. Diputación de 8 de julio del año en curso, resolviendo ofrecer al Ministerio correspondiente el camino vecinal de Redondela a Negros, figurando en el Presupuesto "D" "Paro Obrero" consignación para su terminación, Tiene unas pendientes fuertes y algunos radios de curva, muy pequeños, por lo cual esta Dirección cree que necesitará una reforma grande, aparte del ensanchamiento para que sea de utilidad como acceso a un Aeropuerto". = El Pleno quedó enterado del precedente informe y aun reconociéndose que ésta vía no es suficiente como acceso de la Zona Norte al Aeropuerto de Peinador, resolvió interesar de los Ministerios de Obras Públicas y del Aire, la construcción de un acceso, que sirva las necesidades de la Zona Norte a Peinador, bien aprovechando lo utilizable de este camino, o bien construyendo una nueva vía con otro trazado. ------ Folla: 36 7. Autorizar anuncio de subasta del proyecto modificado de precios del c.v. de Redondela a Vilar por Negros perfiles 117 a 410. De conformidad con lo propuesto por la Dirección de Vías y Obras, se acuerda autorizar el anuncio de subasta del proyecto modificado de precios del reformado, del camino vecinal nº 111-2, de Redondela a Vilar por Negros (perfiles 117 al 410), cuyo camino corresponde al Presupuesto Extraordinario "D", tiene una longitud de 3.112,90 metros y un presupuesto de 377.744,43 pesetas; debiendo darse un plazo para ejecución de las obras de 18 meses. ------ Folla: 36 8. Desestimar instancia de D. Jesús Lorenzo Rodríguez en solicitud de reposición de su cargo de Auxiliar- jornalero. Vista la instancia producida por el auxiliar-jornalero que fue, de la carretera de Arcade a Amoedo, solicitando su reposición que fundamente en tener que atender a su anciana madre y en que siempre prestó debidamente sus servicios, afirmación ésta que no coincide con los informes de sus Jefes, determinantes del acuerdo adoptado en 31 de mayo último por el que se le destituyó del cargo; el Pleno acuerda desestimar la petición de D. Jesús Lorenzo Rodríguez, que es el Auxiliar-jornalero separado, confirmando la resolución adoptada por el Pleno, contra la que recurre. ------ Folla: 37 9. Adjudicar a D. José Troitiño Camiña las obras de reparación con riego asfáltico en los pasos de Forcarei, Codeseda, la Consolación y acceso a A Estrada. Habiendo quedado desiertos por primera y segunda vez, los concursos anunciados para reparación extraordinaria de la carretera provincial de Vilapouca a A Estrada, consistente en riego asfáltico en los pasos de Forcarei; Codeseda, La Consolación y acceso a A Estrada; de conformidad con lo informado por el Negociado de Fomento y la Dirección de Vías y Obras, se acuerda adjudicar la ejecución de estas reparaciones, al Contratista D. José Troitiño Camina en la cantidad de 269.390,55 pesetas, y en las condiciones que se citaban en el anuncio del concurso. ------ Folla: 37 10. Aprobar liquidación del arbitrio sobre producción de energía eléctrica del ejercicio de 1951, imponiéndose las sanciones que autoriza la Ordenanza a los contribuyentes que se relacionan. Prestar aprobación a la liquidación que eleva la Dirección de Vías y Obras del arbitrio sobre producción de energía hidro-eléctrica correspondiente al ejercicio de 1951, y de conformidad con lo propuesto por el Sr. Ingeniero-Director, se acuerda imponer las sanciones que autoriza la Ordenanza, a los contribuyentes D. Gonzalo Vázquez Martínez; D. Benjamín Valladares Salgado; D. José Estévez Fernández "Eléctrica Pradense"; Manuel Suárez Marquier y "Eléctrica Pardellas", por no haber remitido sus declaraciones de energía, realizándose también visitas de inspección para comprobar la producción de los saltos, a todos los relacionados en la liquidación que se aprueba. ------ Folla: 37,38 11. Aprobar reajuste de las Becas a que se hace referencia y sacar a concurso las tituladas "Matías Montero" y "Sor Rafaela Echarte", prorrogando por un año la Beca de canto. Se da lectura a los siguientes escritos del Negociado de Cultura de esta Diputación que dicen: "A la Excma. Corporación Provincial.- La Comisión de Cultura, después de un detenido estudio, de la relación de becas instituidas por esta Diputación, acordó proponer al Pleno de la Excma. Corporación Provincial, un reajuste de las mismas, previa la supresión de las que en años anteriores quedaron desiertas por falta de aspirantes, mejorando las subsistentes en la cuantía que se expresa en el cuadro adjunto y aumentando la partida destinada a estas atenciones, hasta un total de 200.000 pesetas.- Las "becas" suprimidas son las siguientes: Una, para estudios en la Universidad Pontificia de Comillas, que estaba dotada con 6.000 pesetas.- Una, para estudios en la Escuela Media de Pesca de Vigo, con 4.550 pesetas .- Se ha suprimido también.- Se ha suprimido también una de estudio superiores que tenía la dotación de 5.000 pesetas, por haber terminado la carrera el becario que la disfrutaba. En dicho reajuste se ha dispuesto, en la proporción de 7.550 pesetas, de la partida de 22.000 pesetas, destinada a atenciones de carácter cultural y deportivo.= De merecer estas modificaciones la aprobación de la Excma. Corporación, será necesario efectuar correlativamente los reajustes presupuestarios oportunos.= Pontevedra 28 de agosto de 1952.= Por el Negociado de Cultura, H. Blanco, firmado y rubricado, = = Reajuste de las dotaciones de las becas instituidas por la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra. = 4 becas para estudios en el Seminario, de Tui (una Padre Salvado a 3.500 pesetas................................................................... 14.000,00 = 3 Idem idem, en el Seminario Diocesano de Santiago, a 3.000 pesetas............................................................................. 9.000,00 = 2 Idem idem, para estudios medios de internados en la Casa Hospicio de eta Capital, a 5.000 pesetas ...................... 10.000,00 = 1 Idem idem, para idem idem, en el Instituto de Enseñanza Media de Pontevedra ..................................................... 3.500,00 = 3 Idem idem para idem en el Colegio de 2ª Enseñanza de A Guarda a 3.500 pesetas ............................................... 10.500,00 = 4 Idem idem, para estudios superiores, a 7.500 pesetas.... 30.000,00 = 1 Idem idem, para ampliación de estudios ........................ 10.000,00 = 1 Idem idem para estudios en la Escuela Media de pesca de Vigo.............................................................................. 4.550,00 = 6 Idem idem, para artistas pintura, escultura, artes industria- les, violin, piano a 8.000 pesetas...................................... 48.000,00 = 1 Idem idem, de canto, en el Real Conservatorio de Madrid 8.000,00 = 1 Idem idem, en la Escuela de Artes y Oficios de Santiago.... 8.000,00 = 2 Idem idem con carácter extraordinario para estudios en en extranjero..................................................................... 30.000,00 = Para atenciones de carácter cultural y deportivo........... 14.450,00 Total......... 200.000,00 = A la Excma. Corporación Provincial.= Cumpliendo acuerdos de la comisión de Cultura y, por resoluciones Presidenciales del dia 18 del actual, se anunciaron en el Boletin Oficial de la provincia las becas vacantes en esta Diputación, a saber: = Una, para estudios eclesiásticos en el Seminario Diocesano de Santiago.= Una, para ampliación de estudios.= Una, para estudios en la Escuela Media de Pesca de Vigo.= = Dos para estudios de pintura.= Una para estudios de Escultura.= Una, para idem de Artes Industriales.= Una para idem de violín.= Una, para idem de piano.= El plazo para admisión de documentos, termina el día 9 del próximo Septiembre, siendo por tanto necesario designar, con antelación suficiente, a efectos de la calificación oportuna de los aspirantes, los Tribunales respectivos. Interesa también resolver sobre la situación de los becarios siguientes:= = El beneficiario de la beca para estudios superiores "Sor Rafaela Echarte", manifiesta haber perdido curso, suplicando no se le retire el beneficio de la beca. Tratase del hospiciano Antonio Iglesias Santiago, que estudia Medicina en la Universidad de Compostela.= El beneficiario de la beca "Matías Montero", Sencundino Cadavid Camiña, que cursa Ciencias Exactas en la Universidad Central, participa haber perdido curso por no haberse examinado, a causa de enfermedad. = La Señorita Raimunda Lusquiños Abal, que ha cursado "canto", en el Real Conservatorio de Música y Declamación de Madrid y solicitaba aumento en la dotación de la beca que disfruta, aumento que ha quedado comprendido en el reajuste de que se habla en oficio aparte de esta misma fecha, ha presentado calificaciones de sobresaliente en la asignatura de Canto 3ª curso y aprobado en la de Estética e Historia de la Música. = Como esta beca, no figura entre las anunciadas a concurso, habrá de decidirse por la Corporación sobre su cesación o prórroga. = Pontevedra 29 de agosto de 1952.- Por el Negociado de Cultura, H. Blanco (firmado y rubricado)."= = La Corporación aprueba el reajuste de Becas de que se hace detallada referencia en los escritos copiados y asimismo los que correlativamente deben verificarse en el Presupuesto provincial. = Asimismo acuerda declarar vacantes y sacar a concurso las becas siguientes: = La titulada "Matías Montero", dotada ahora con 7.500 pesetas anuales, y la denominada "Sor Rafaela Echarte"- para hospicianos -, dotada también con 7.500 pesetas.= = Por último acordó la Corporación, prorrogar por un año más, la beca que disfruta la Señorita Raimunda Lusquiños Abal, que realiza estudios de "Canto" en el Real Conservatorio de Música de Madrid; y autorizar a la Presidencia para la designación de los Tribunales que han de juzgar las obras y ejercicio de los concursantes a las Becas anunciadas para el curso académico 1952 - 53, así como para redactar el programa de los actos que juzgue oportuno celebrar durante la exposición que con carácter extraordinario se celebra este año, en relación con la de los becarios aludidos, de todos los artistas de la provincia, y, singularmente de los que empezaron su carrera bajo los auspicios y con el patrocinio de la Excma. Diputación, con motivo de cumplirse el vigésimo quinto aniversario de la creación de las becas de ese Organismo. ------ Folla: 38 12. Aprobar escritura de apoderamiento de favor de esta Diputación y la Alcaldía de Rodeiro, relativa a préstamo para trabajos de Amillaramiento. Examinada la escritura de apoderamiento, a favor de la Excma. Diputación de Pontevedra, otorgada, por D. Aurelio-Virgilio Fernández Civeiro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Rodeiro, con fecha 21 de agosto último, relativo a préstamo para trabajos de Amillaramiento, y, comprobado que se han observado en la misma las prescripciones establecidas en acuerdo anterior de esta Corporación, sobre el particular, de fecha 31 de julio pasado, la Corporación acordó prestarle su aprobación. ------ Folla: 38 13. Aprobar y declarar de abono certificación de trabajos de Amillaramiento en el Ayuntamiento de Rodeiro. Aprobar y declarar de abono, la certificación de trabajos de Amillaramiento del Ayuntamiento de Rodeiro de fecha 20 de agosto corriente, que importa ciento veintiséis mil (126.000) pesetas, las que se satisfarán con cargo a la cuenta de Tesorería concertada para estos fines, con el Banco de Crédito Local de España; debiendo enviarse una copia de dicho documento a la citada Institución bancaria a efectos de la oportuna provisión de fondos. ------ Folla: 38,39 14. Dar cuenta de informe de la Comisión de Gobierno en el expediente incoado para iniciar la acción supletoria a fin de establecer en los Municipios el abastecimiento de aguas y alcantarillado, acordándose encargar la confección de los proyectos para dichas obras, en los Ayuntamientos de A Guarda, Ponteareas, Redondela, Silleda, Lalín y Sanxenxo, en las condiciones que se insertan. Diose cuenta de informe de la Comisión de Gobierno, en el expediente incoado para iniciar la acción supletoria, a fin de establecer en los Municipios el abastecimiento de aguas y alcantarillado, como determina la vigente Ley de Régimen Local y que aceptaron los Ayuntamientos de A Guarda, Ponteareas, Redondela, Silleda, Lalín y Sanxenxo, y que dice, literalmente copiado, lo siguiente: = " A la Excma. Corporación Provincial.- En 21 de julio último, la Presidencia de esta Diputación se dirigió a los Ayuntamientos de Tui, Silleda, Sanxenxo, Redondela, Ponteareas, Ponte Caldelas, Tomiño, As Neves, Moaña, Marín, A Guarda, Lalín, O Grove, Gondomar, A Estrada, Cuntis, Cruces y Cambados, ofreciendo la colaboración de esta Diputación para el establecimiento en dichos Ayuntamientos, de los servicios de alcantarillado y abastecimiento de aguas potables, a fin de tramitar el expediente preciso para llevar a efecto estas obras, al amparo de los beneficios que establece el Decreto de 1º de febrero de 1952 ( M. Obras Públicas).= Hasta la fecha, solo se han recibido, la aceptación de los Ayuntamientos de A Guarda, Ponteareas, Silleda, Redondela, Lalín y Sanxenxo. = El Ayuntamiento de O Grove, por escrito de 12 del mes en curso, manifiesta que tiene en trámite el expediente para la realización de estos proyectos en la Dirección General de Obras Hidráulicas, por lo que se deduce no ha aceptado el ofrecimiento.= = Teniendo presente, que los proyectos deben estar presentados en la Jefatura de los Servicios Hidráulicos de A Coruña en el próximo mes de septiembre, no obstante, el poco número de Ayuntamientos que han solicitado acogerse a estos beneficios, es conveniente iniciar la tramitación de los expedientes y acordar el Pleno Provincial, encargar la confección de los oportunos proyectos.= Se acompaña a este escrito un indice de los documentos que en principio deben acompañarse a la instancia que en su día se eleve por conducto reglamentario al Ministerio de Obras Públicas por cada Ayuntamiento, a fin de que no se demora la tramitación del expediente municipal una vez en poder de la Diputación, una vez en poder de la Diputación los referidos proyectos. = Como condición esencial, para que el Ministerio acepte las peticiones, es la que, las aguas que se vayan a utilizar para el abastecimiento o saneamiento, sean propiedad del Ayuntamiento, o le sean cedidas a este en propiedad, o en otro caso, es necesario proceder a su expropiación.= Igualmente se precisa un informe pericial sobre la potabilidad y pureza de las aguas, así como, en el caso que los terrenos necesarios para estas obras no sean públicos, el compromiso solemne del Ayuntamiento de entregarlos antes de comenzar las obras.= = Por todo lo expuesto, se propone al Pleno: = 1º. Encargar la confección de los proyectos de alcantarillado y abastecimiento de aguas de los Ayuntamientos de A Guarda, Ponteareas, Redondela, Silleda, Lalín y Sanxento, y, cuyo gasto será por cuenta de la Diputación Provincial y se atenderá, por medio de un Presupuesto Extraordinario que la Diputación iniciará con cargo al superávit del ejercicio de 1951, siempre que no rebase la cifra de 900.000 pesetas, importe de cada proyecto, en otro caso la diferencia de honorarios sería satisfecha con cargo al Municipio interesado. = 2º. Conceder en principio, una subvención equivalente al 10% del importe del proyecto, sin exceder en ningún caso de 90.000 pesetas para cada Ayuntamiento, que se satisfará con cargo a dicho Presupuesto Extraordinario.= = 3º. Interesar de los Ayuntamientos donde se van a realizar las obras, si se comprometen a entregar los terrenos necesarios, y si en la actualidad cuenta con agua potable suficiente para el abastecimiento y saneamiento, de su propiedad, a fin de que, en otro caso, proceder seguidamente a iniciar el oportuno expediente de expropiación.= = Tal es la propuesta que esta Comisión somete a la consideración del Pleno Provincial, el que resolverá con superior criterio."= = El Pleno resolvió de total conformidad con la preinserta propuesta de la Comisión de Gobierno en sus conclusiones nº 1º, 2º, y 3º, disponiendo la inmediata ejecución de los estudios conducentes a la realización de las obras, previa conformidad por los Ayuntamientos a la cooperación técnico-financiera, que al efecto le fuera ofrecida por esta Corporación Provincial, autorizándose también al Sr. Presidente para efectuar las designaciones de los Técnicos que haya de encargarse de la confección de los proyectos. ------ Folla: 39 15. Aprobar expediente de suplemento de crédito por transferencia, en cuantía de 60.000 pesetas. Prestar aprobación al expediente de suplemento de crédito por transferencia que formula la Comisión de Hacienda e informan la Intervención y Secretaria en cuantía de 60.000 pesetas y de conformidad con lo prevenido en el apartado 3º del art. 664 de la vigente Ley de Régimen Local, que se anuncie, para oír reclamaciones, en el Boletin Oficial de la Provincia, con plazo de 15 días para formularlas. ------ Folla: 39 16. Aprobar propuesta de la Comisión de Hacienda de suplemento de crédito, a fin de dar la necesaria amplitud al plan de conservación de cc.vv. aprobado en 21 de marzo del corriente año. Prestar aprobación a la propuesta de la Comisión de Hacienda que informa el Sr. Ingeniero-Director de Vías y Obras; la Intervención y Secretaría, de suplemento de crédito a fin de dar la necesaria amplitud al plan de conservación de caminos vecinales, aprobado en 21 de marzo del corriente año, en cuantía de 466.459,08 pesetas procedentes de cantidad en más, concedida por el Estado en el presente ejercicio, por ser urgente esta operación presupuestaria, de conformidad con lo previsto en el apartado 1º del art. 664 de la Ley de Régimen Local, debiendo anunciarse esta suplementación, en el Boletin Oficial de la Provincia, con plazo de 15 días hábiles, para oír reclamaciones. ------ Folla: 39,40 17. Aprobar propuesta del proyecto de construcción de un depósito elevado de aguas para suministro del grupo de viviendas de A Seca. Prestar aprobación al proyecto de construcción de un depósito elevado de aguas para suministro al grupo de Viviendas de A Seca que importa 101.887,75 pesetas, en cuyo importe no está incluido el de revisión de precios a que tiene derecho la contrata, con la obligación por parte de la Obra Sindical del Hogar, de deducir esta cantidad que importa el referido proyecto del 60% que tiene que, aportar la Diputación para la indicada revisión de precios y para la construcción proyectada de las Viviendas; debiendo consignarse en el contrato, para ejecución de tal depósito-elevado de aguas, que su pago se verificará como crédito reconocido y con cargo al Presupuesto de esta Diputación para el año 1953, según informa el Sr. Interventor al emitir su opinión en cuanto a la forma de pago. ------ Folla: 40 18. Aprobar y declarar de abono como crédito reconocidos las facturas por los industriales que se relacionan. Aprobar y declarar de abono como crédito reconocido del Presupuesto de gastos de esta Diputación para 1953, las facturas producidas por Industrias Vidal-Exclusivas "La Belga", y D. José García Trabazo, por obras de reparación en puertas y ventanas de la Capilla del Gran Hospital que remite el Administrador de dicho Establecimiento e informa la Intervención por su total importe de 15.895 pesetas. ------ Folla: 40 19. Aprobar y declarar de abono la factura que produce la Casa Silvent. Aprobar y declarar de abono, como crédito reconocido y con cargo al Presupuesto de 1953, la factura que produce la "Casa Silvent", por una máquina de escribir marca "Hermes" nº 609.782, suministrada a esta Diputación, y cuyo importe es de 12.000 pesetas. ------ Folla: 40 20. Anunciar a concurso las obras del puente sobre el río Deza en Lalín una vez ingresada la aportación del 50%. De conformidad con lo informado por la Intervención y lo propuesto por la Dirección de Vías y Obras, se acuerda anunciar a concurso las obras del Puente sobre el río Deza en el Ayuntamiento de Lalín, una vez se ingrese por los Ayuntamientos que la ofrecieron la aportación del 50% de dichas obras. ------ Folla: 40 21. Aprobar cuentas de Caja de los Presupuestos Ordinario y Extraordinarios "A, C, D y E", Especiales nºs 1 y 2 de Vías y Obras, Recaudación de Contribuciones y R. Forestal, 2º trimestre 1952. Prestar aprobación a las cuentas de Caja, que eleva la Depositaria e informa la Intervención de los Presupuestos, Ordinario y Extraordinarios A, C, D y E; Especiales nºs 1 y 2 de Vías y Obras y Recaudación de Contribuciones, respectivamente, y del Presupuesto Especial de Repoblación Forestal, correspondientes al segundo trimestre del corriente año 1952. ------ Folla: 40 22. Aprobar Padrones de Tasa de Rojade del actual ejercicio correspondientes a los Ayuntamientos que se relacionan. Prestar aprobación a los padrones de Tasa de Rojade, correspondientes al ejercicio actual de 1952, que ha fiscalizado la Intervención de Fondos y corresponden a los Ayuntamientos que a continuación se relacionan, con los importes que para cada uno, también se expresa: Arbo.................... 1.3801 Ptas. As Neves..... 2.840 Ptas. Baiona................ 9.370 " Nigrán......... 13.790 " Bueu .................. 4.920 " Pazos ....... 1.680 " Caldas................ 3.230 " O Porriño..... 6.860 " Cangas ............ 4.090 " Portas ........... 8.880 " A Cañiza........... 5.880 " Poio ............... 1.010 " Cotovade .......... 5.840 " Ponteareas... 11.163 " Covelo................ 1.140 " Ponte Caldelas 5.700 " Cruces ............. 7.890 " Redondela..... 2.100 " Dozón ................ 860 " Rodeiro........... 660 " Fornelos ............. 300 " O Rosal.......... 9.230 " Agolada............... 7.520 " Salvaterra....... 5.570 " Gondomar ..........15.040 " Sanxenxo........ 14.750 " O Grove............ 7.490 " Tui.................. 1.830 " Lalín ............... 7.070 " Valga ............ 6.680 " A Lama .......... 3.060 " Vilagarcía........ 1.430 " Meis ............... 1.350 " Vigo................23.210 " Moaña............ 11.270 " ------ Folla: 40,41 23. Formular consulta al Abogado del Estado, como Delegado del Tribunal de Cuentas del reino, y en relación con el expediente de apremio que se sigue al Sr. Martínez Táboas, sobre si en caso de ser absuelto este Señor puede exigir responsabilidad económica a esta Diputación o a sus funcionarios y si en caso de que se resuelva la forma de constitución de hipoteca, el Tribunal pueda exigir responsabilidades por la desviación que al expediente de apremio pudiera dársele con esta fórmula. Con fecha 22 de abril del corriente año 1952, el Sr. Abogado del Estado se dirigió a esta Presidencia en oficio nº 471, interesando se le indicase si estaba efectuado el reintegro de 328.425,63 pesetas, de una venta ilegal efectuada a principios del año 1947 de eucaliptus, en la finca de Lourizán, y de cuya venta fuera adjudicatario D. Jesús Martínez Táboas.= = En sesión de 26 de abril del mismo corriente año, el Pleno acordó iniciar un procedimiento que determina el art. 635 de la Ley de Régimen Local, contra D. Jesús Martínez Táboas, para que ingresase en el plazo de 15 días 333.790,38 pesetas a que ascendía el perjuicio económico para la Diputación procedente de aquella tala ilegal. = Contra este acuerdo interpuso el Sr. Martínez Táboas, recurso de reposición, conforme al articulo 377 de la Ley de Régimen Local, solicitando se dejase sin efecto, a resultas de la resolución que recayese en el sumario nº 421 de 1948, que instruye el Juzgado de Instrucción de Pontevedra y en el que se exigió fianza de 300.000 pesetas al Sr. Martínez Táboas.= Pasado a informe del Letrado Sr. Baltar Santaló, el recurso de reposición del Sr. Martínez Táboas, éste propuso se rectificase la cifra del apremio que se iniciara contra el Sr. Martínez Táboas en el sentido de ser la cantidad de 328.425,63 pesetas y no la de 33.790,38 pesetas que se le exigía, y, además, proponía también el Letrado, adscrito a la Asesoría Sr. Baltar, se dejase en suspenso el acuerdo de 26 de abril de 1952, durante un período de tres meses para que en este tiempo el apremiado pudiese justificar que tenía constituida fianza en el sumario indicado, por la cantidad de pesetas 328.425,63 , y que esta fianza estaba constituida gravando, precisamente, bienes inmuebles de la propiedad del Sr. Martínez Táboas, y que, por último, si no se justificaba este extremo, se continuase la tramitación del expediente ejecutivo; debiendo comenzarse a contar el período de tres meses que pudiera concedérsele a partir del siguiente a la notificación del acuerdo.= El Pleno resolvió que el Sr. Baltar, ampliase su dictamen con relación a los puntos que se concretan en la sesión de 8 de julio del corriente año, y que son los siguientes: = 1º. Si la adopción por el Pleno del acuerdo que el Sr. Baltar propone en su informe de 25 de junio último, supondría o no, la desvirtuación del espíritu y finalidad que inspiró el de la Corporación de 26 de abril último.= = 2º. Si la transformación de la garantía, de personal a hipotecaria, deja a la Diputación completamente garantizada del cobro de la cantidad, y caso afirmativo, fórmula para efectuarla.= = 3º. Caso de que el acuerdo de 26 de abril pudiese quedar desvirtuado, en virtud del que se propone o de cualquier otro; si actuaría o no el Tribunal de Cuentas del Reino para ordenar el resarcimiento de la cantidad, contra funcionarios y miembros de la Corporación.= = 4º. Para el supuesto de que hubiese cumplido el Sr. Martínez Táboas, el contrato que también se supone realizado con la Administración Provincial, procedía o era necesario el apremio acordado en 26 de abril, ya que fue él quien se apropió indebidamente de la madera de Lourizán, hecho que todavía está sometido a la apreciación de los Tribunales de carácter Penal. = Al ampliar su informe el Sr. Baltar propone que al convertirse la garantía que tiene constituida el Sr. Martínez Táboas en el sumario, de personal en hipotecaria, sobre bienes propios, e inscrita ésta por el Comisionado del expediente de apremio, se procedería al embargo de las mismas fincas hipotecadas, extendiéndose la correspondiente anotación preventiva, con lo cual, el encargado en dicho sumario evitaría el embargo de bienes que cubran por el mismo concepto doble cantidad y al propio tiempo quedaría garantizado el crédito, pues de ser condenado, ya existía garantía hipotecaria, pero si fuese absuelto, subsistiría el embargo, aunque quedase cancelada la hipoteca, y, entonces deberá continuarse el expediente hasta la subasta de bienes. Como también se preguntaba al Letrado Señor Baltar, en el nº 3º del acuerdo de 8 de julio último, si al quedar desvirtuado el acuerdo de 26 de abril, por el que proponía dicho técnico, el Tribunal de Cuentas podría actuar ordenando el resarcimiento de cantidades contra funcionarios o miembros de la Corporación desde el momento en que quedase asegurado el ingreso; más, teniendo en cuenta el oficio del Ilmo. Sr. Abogado del Estado, como Delegado del Tribunal que dice si se efectuó el reintegro o se inició éste en la vía administrativa, aconseja también se formule consulta a la Delegación del Tribunal de Cuentas, en esta Capital, explicando la situación del Sr. Martínez Tábaoas, que ya en el sumario nº 421 de 1948, procedente del Juzgado de Pontevedra responde por el mismo hecho con fianza, y, por tanto, si pudiera limitarse el acuerdo que se adopte a quedar plenamente garantizado el crédito, o es más procedente seguir el procedimiento de apremio.= = El Pleno acordó con revisión de antecedentes, formular al Sr. Abogado del Estado, como Delegado del Tribunal de Cuentas del reino, consulta concretada a los extremos siguientes: = a). Si en el caso de que se absuelva al Sr. Martínez Táboas en el sumario que se le sigue por estos mismos hechos, este reclamante puede exigir responsabilidad económica a la Diputación y a sus funcionarios por la adopción del acuerdo de 26 de abril de 1952, en que se ordenó el expediente de apremio.= = b). Si en el caso de que se resuelva por el Pleno, aceptar la fórmula propuesta por el Sr. Baltar, de constitución de hipoteca, el Tribunal puede igualmente exigir responsabilidades por la desviación que al expediente de apremio, pudiera darse con esta fórmula. ------ Folla: 41,42 24. Reconocer como servicios prestados a esta Diputación por D. Francisco López Pereira los efectuados como Médico en las distintas Clínicas del Gran Hospital. Acceder a lo solicitado por D. Francisco López Pereira, en súplica de que se le reconozcan como servicios prestados a esta Diputación, los Servicios como Médico en las distintas Clínicas del Gran Hospital durante los años 1929 y 1930 por imposibilidad física, en virtud de acreditarse este extremo en el expediente instruido por acuerdo de 8 de julio último; resolviendo el Pleno, que dicho Sr. López Pereira pase a la situación de pasivo, con reconocimiento de más de 30 años de servicios, en armonía con lo previsto en el apartado 3º del art. 112 del Reglamento de Funcionarios de esta Diputación, con derecho al percibo del 80% del haber activo que actualmente disfrutaba como Médico del Hogar-Cuna Provincial; siéndole abonable también el 20% de tal sueldo regulador, con arreglo a la base 8ª del Reglamento de la Mutualidad. ------ Folla: 42 25. Se designa Letrado para plantear las acciones prevenidas en los art.s 1.291 y 1.111 del Código Civil, contra alcanzados a esta Diputación Señores Lorente Sanjurjo, Basanta del Río y Pego Castro. Diose cuenta de oficio de la Abogacía del Estado, que actúa por delegación del Tribunal de Cuentas del Reino, número 1.037 de fecha 1º de agosto, corriente, y que dice literalmente copiado, lo siguiente: "Ilmo. Sr. - En expediente que instruyo, por orden de la Sala 1ª del Tribunal de Cuentas del Reino, por irregularidades advertidas en la Administración de Caudades de esa Diputación Provincial, con fecha 1º de agosto actual, se ha dictado la siguiente providencia: ="Visto el oficio que remite la Dirección General de lo Contencioso del Estado, contestando a consulta planteada por esta Delegación, como Abogado del Estado, Jefe de la Delegación de Pontevedra, a efectos de interposiciones posibles, de acciones de nulidad y rescisorias subsidiariamente que determina el número 3º del art. 1.291 del Código Civil, procédase a dar traslado del mismo a la Corporación interesada -Diputación Provincial- para que por la misma se proceda en consecuencia, con lo informado por la Dirección General de lo Contencioso del Estado."= "Se ha recibido el oficio de esa Abogacía de 11 de julio, por el cual consultaba la procedencia de interponer acciones de nulidad y subsidiariamente las rescisoria del nº 3º del art. 1.291 del Código Civil, así como las acciones criminales que procedieran contra D. Ramón Lorente Sanjurjo, Interventor de Fondos Provinciales en la Diputación de Pontevedra, y, desde luego, si todas las irregularidades advertidas en la administración de Caudales encomendados a dicho Interventor por la Diputación Provincial de Pontevedra, son de la pertenencia de dicha Corporación provincial, es evidente la falta de personalidad y de toda clase de acción en el Estado para esa propuesta de ejercicio de acciones que incumbirá al Organismo perjudicado con la actuación de D. Ramón Lorente Sanjurjo, sin que por esa Abogacía existan otras obligaciones que las que dimanen de su calidad de Delegado del Tribunal de Cuentas en el expediente por alcance, lo que sin duda ha motivado el sumario que en su consulta alude V.S.= Ahora bien, en casos análogos, si llegaran a presentarse, habrán de tenerse presentes que para el ejercicio de acciones civiles o criminales ante los Tribunales, se ha de dar cumplimiento al art. 15 del Reglamento Orgánico de esta Dirección General y Cuerpo de Abogados del Estado de 27 de julio de 1943, y conforme a él tiene que ser un Centro Ministerial o directivo el que ha de remitir el expediente a este de lo Contencioso del Estado, para en su vista proponer al Ministerio la resolución que corresponda.= -Lo que tengo el honor de trasladar a V.S. para su conocimiento y a los efectos que esa Corporación estime procedentes adoptar.- Dios guarde a V.J. muchos años.- Pontevedra 1 de agosto de 1952.- El Delegado del Tribunal de Cuentas del Reino.= Ilegible = rubricado."= = el Pleno acuerda resolver en el sentido de que incumbe a esta Diputación el planteamiento de las sanciones prevenidas en el nº 3º del art. 1.291 del Código Civil y la pauliana que determina el 1.111, contra los alcanzados D. Ramón Lorente Sanjurjo; D. Pedro Basanta del Río y D. José Pego Castro, designándose al Letrado Sr. Baltar Santaló, para que ejercite ante los Tribunales estas acciones de nulidad y rescisoria, con toda urgencia y asistido por el Procurador D, José Fabelo Mariño, autorizándose los gastos judiciales que se ocasionen en el planteamiento y curso de estas acciones. ------ Folla: 42 26. Aprobar providencia de 3 de junio de 1952 dictada por el comisionado de apremio en expediente seguido a D. Salvador Fontán Varela y declarar fallida la partida que se reclamaba. Prestar aprobación a la providencia dictada en 3 de junio del corriente año 1952, por el Comisionado de apremio, en el expediente seguido contra el deudor directo D. Salvador Fontán Varela, que se dispusiera por resolución Presidencial de 16 de abril de 1951, y declarar fallida la partida que se le reclamaba; debiendo ponerse en conocimiento del Ilmo. Sr. Delegado del Tribunal de Cuentas, a los efectos que previenen la Ley Orgánica de dicho Organismo. ------ Folla: 42 27. Abonar a la Sta. María López Álvarez el Plus de carestía de vida, a partir de 18 de julio de 1952. Acceder a lo solicitado por la Auxiliar del Servicio de Amillaramiento Sta. María Vega López Álvarez, disponiendo se le abonen, a partir de 18 de junio de 1952, fecha de su nombramiento, como a los demás Auxiliares de plantilla, el plus de carestía de vida en la cuantía que le corresponda y se le satisfagan sus haberes, como tal Auxiliar, sin el descuento que por utilidades se le hacia, en consideración a que todos los funcionarios en activo disfrutan de tales ventajas. ------ Folla: 42 28. Conceder al Ayuntamiento de Mondariz el derecho a construir por administración las Escuelas de Escobeiro y Vilar. Acceder a lo solicitado por el Ayuntamiento de Mondariz, concediéndole derecho a construir las Escuelas de Escobeiro y Vilar, por administración que quedaran desiertas en segunda subasta y, con arreglo a las mismas condiciones que determinaba el anuncio de dicha subasta. ------ Folla: 42,43 29. Nombrar Practicante del Hospital con carácter interino a D. Eugenio Pérez Vidal. Acceder a lo solicitado por D. Eugenio Pérez Vidal y de conformidad con lo propuesto por el Director técnico del Gran Hospital, nombrar a dicho peticionario, Practicante interino de la Beneficencia Provincial, con el haber consignado en Presupuesto a los de entrada de su clase; entendiéndose este nombramiento, sin derecho a preferencia alguna, a los efectos de provisión en propiedad de tal plaza, que deberá anunciarse a oposición para la Beneficencia provincial, pudiendo el designado ser adscrito a cualquiera de los Centros benéficos dependientes de esta Diputación. ------ Folla: 43 30. Dejar sobre la Mesa el asunto referente a los empleados de la Farmacia del Gran Hospital. A propuesta del Diputado Delegado del Gran Hospital Sr. Vázquez de Silva, se acuerda dejar sobre la Mesa, para resolución ulterior el asunto referente a los empleados de la Farmacia de dicho Establecimiento. ------ Folla: 43 31. Dar cuenta de escrito de la Federación de Pesca, agradeciendo la subvención concedida para el Concurso de Pesca. El Presidente de la Federación Provincial de Pesca D. Rodrigo Alonso, en oficio de 22 del actual nº 310, contesta al que con el nº 2.160 de esta Diputación, se le comunicó la subvención de 10.000 pesetas, concedida por el Pleno, en sesión de 31 de julio último, para el concurso de Pesca Deportiva, y, agradece tal concesión. ------ Folla: 43 32. Designar Ayudante del Servicio de Vías y Obras Provinciales a D. Salvador Merino Gómez. Diose cuenta del acta que eleva el Tribunal designando para calificar el concurso de provisión de la plaza de Ayudante de Vías y Obras, convocada en los Boletines Oficiales de la Provincia y del Estado correspondientes a 23 de marzo y 14 de abril último, y que literalmente copiada dice lo siguiente: "Acta del Tribunal Calificador del Concurso para provisión de la plaza de Ayudante de Vías y Obras Provinciales.= = Siendo las doce horas del día de hoy, veinte de agosto de mil novecientos cincuenta y dos, y, previamente convocado al efecto, se ha reunido, presidido por el Diputado-Presidente de la Comisión de Obras Públicas de esta Excma. Diputación D. Rafael García Martínez, el Tribunal Calificador del Concurso, para provisión de la plaza de Ayudante de Vías y Obras Provinciales, con asistencia de los Vocales D. Eloy Fernández Valdés, Ingeniero-Director de Vías y Obras; D. Ramón Dios Vidal Catedrático del Instituto de Enseñanza Media; D. Godofredo Gutiérrez Anta, Jefe de Negociado del Gobierno Civil, que representa a la Dirección General de Administración Local; y actuando como Secretario del Tribunal, el que lo es de esta Corporación Don Antonio Posse García.= = Ya completadas las documentaciones de los aspirantes a quienes se les reclamara; se procede por el Tribunal a examinar detenidamente los expedientes de los tres aspirantes en este concurso, D. Salvador Merino Gómez, D. Arturo Hidalgo Muiños y D. Manuel González García Gutiérrez, así como a deliberar con vista de la convocatoria inserta en el Boletin Oficial del Estado de 14 de abril de 1952 y en el de esta provincia nº 70 de 23 de marzo, anterior, resolviéndose por unanimidad del Tribunal, en uso de las facultades que le confiere la base 9ª de la convocatoria, y, en atención a las circunstancias que concurren en el mismo y excelentes referencias que sobre su capacidad y condiciones sociales y morales reúne el aspirante D. Salvador Merino Gómez, proponer a la Excma. Diputación, el nombramiento para la plaza de Ayudante de Vías y Obras, a favor del expresado concursante, Sr. Merino Gómez.= Y, de total conformidad, los señores que integran el Tribunal, firman la presente Acta, agradeciendo también a la Excma,. Diputación, la confianza en ellos depositada para resolver justamente el anunciado concurso, de todo lo que, como Secretario actuante doy fe." -Rafael García Martínez, Ramón Dios, G. Gutiérrez, Eloy Fernández Valdés, Antonio Posse, todos rubricados." = el Pleno, de conformidad con la propuesta unánime del Tribunal calificador del concurso anunciado acuerda nombrar Ayudante de Vías y Obras de esta Excma. Diputación a D. Salvador Merino Gómez, con el sueldo anual de 12.000 pesetas y 8.000 de indemnización fija, y, con los derechos y deberes que determina el vigente Reglamento de Funcionarios de esta Excma. Diputación, debiendo expedirse a su favor el correspondiente titulo y posesionarse dentro del plazo de 30 días, contados a partir del recibo de la notificación. También se resuelve devolver a los otros aspirantes su documentación, cuando lo soliciten y testimoniar al Tribunal, la gratitud de la Corporación, por la justificación con que actuó. ------ Folla: 43,44 33. Consignar un expresivo voto de gracias al Arquitecto Provincial Sr. Fernández Cochón por su destacada labor. A propuesta del Ilmo., Sr. Presidente de la Corporación, se acuerda por unanimidad, consignar en acta, un expresivo voto de gracias para el Arquitecto Provincial D. Robustiano Fernández Cochón por su valiosa colaboración al mejoramiento de las instalaciones del Museo de Pontevedra, cuyas obras de reforma y conservación viene dirigiendo con tanto acierto como desinterés, revelando en su actuar entusiasta, una competencia especializada en cuantos asuntos se le encomiendan, que merecen los mayores elogios de la Administración provincial, resolviéndose que esta labor destacada se haga constar en el expediente personal de este culto y prestigioso técnico. ------ Folla: 44 34. Consignar en acta el agradecimiento al Sr. D. Casto Sampedro Mon por sus donaciones al Museo y adherirse al justo homenaje que acaba de rendírsele por la concesión de la Gran Cruz de Alfonso X. A propuesta del Ilmo. Sr. Presidente, se acuerda por unanimidad, consignar en acta el reconocimiento de la Corporación Provincial a Don Casto Sampedro Mon, por sus importantísimos donativos bibliográficos, hechos a favor del Museo de Pontevedra, y que constituyen una contribución valiosísima al enriquecimiento del patrimonio artístico de dicho Centro.= =También se resuelve con todo afecto y entusiasmo, adherirse esta Corporación al justísimo homenaje que acaba de rendirse al Sr. Sampedro Mon, por el Patronato del Museo de Pontevedra, con motivo de la concesión por el Gobierno, de la Gran Cruz de Alfonso X, a su favor, y cuya distinción es tan merecida por él, como satisfactoria para la provincia, de la que es distinguido hijo. ------ Folla: 44 35. Disponiendo se reintegre al cargo de Médico de la Inclusa D. Luis Sobrino Buhigas en situación de excedente. Declarada la jubilación, por imposibilidad física del Médico del Hogar-Cuna Provincial y, producida su vacante, es forzoso designar el técnico que ha de cubrir dicha plaza, y, hallándose excedente forzoso D. Luis Sobrino Buhigas, se acuerda se reintegre a su cargo de Médico de la Inclusa, a partir del día de hoy; debiendo posesionarse inmediatamente de dicha plaza en el día en que le sea comunicado este acuerdo, y cesándolo la excedencia en que se hallaba, acordada en sesión de 5 de diciembre de 1950. No asistieron los Señores: Durán González, Elorriaga, García Martínez, Jurado y Vieitez. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición