Fondos
1954-05-29_Ordinaria. Acta de sesión 1954/05/29_Ordinaria
Acta de sesión 1954/05/29_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.061/1.1954-05-29_Ordinaria
Título Acta de sesión 1954/05/29_Ordinaria
Data(s) 1954-05-29 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 30 Señores: Presidente; Rocafort Martínez, Vicepresidente; Massó García. Diputados: Carballal Morgade, Carpintero Builla, Cerecedo Lapatza, García Martínez, González Taboada, Jurado Romero, Muiños Iglesias, Ojea Sarmiento, Vázquez de Silva, Viéitez Cortizo. 1. Presidida por el Ilmo. Sr. D. Luis Rocafort Martínez y con asistencia del Vicepresidente Sr. Massó García y de los Diputados Sres. Carballal Morgade, Carpintero Builla, Cerecedo Lapatza, García Martínez, González Taboada, Jurado Romero, Muiños Iglesias, Ojea Sarmiento, Vázquez de Silva, Viéitez Cortizo; celebra sesión el Pleno de esta Excma. Diputación Provincial en el Salón de Actos del Palacio Provincial siendo las dieseis horas treinta minutos del día de hoy, veintinueve de mayo de mil novecientos cincuenta y cuatro, actuando el Secretario Accidental D. Manuel Cabanillas Pérez, y asistiendo también el Interventor de Fondos Sr. García Álvarez. Excusan su inasistencia por causa justificada, los Diputados Sres. Conde de Ponte y Durán Gómez. ------ Folla: 30 2. Se da lectura al acta de la sesión últimamente celebrada, que corresponde al día 30 de abril de 1954, la que por unanimidad es aprobada. ------ Folla: 30 3. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos que figuran en el Orden del día, adoptándose los acuerdos que a continuación se consignan. Abono a la Superiora del Sanatorio de A Lanzada de 1.800 pesetas por una consulta con destino a la Capilla del mismo. Examinada la factura de la casa "Alsina", de Madrid, por una casulla blanca bordada, con destino a la capilla del Sanatorio de A Lanzada, cuyo importe de pesetas 1.800 ha sido suplido por la Rvda. Madre Superiora de dicho establecimiento, mediante letra que se acompaña, la Corporación acuerda satisfacer la expresada cantidad a dicha religiosa con cargo al capitulo 1º, art. 3º, partida 15 del estado de gastos del Presupuesto Provincial vigente. ------ Folla: 30 4. Abono a Faro de Vigo del importe de anuncios de distintos servicios. Es dada lectura a una carta del Sr. Administrador del diario "Faro de Vigo" fecha 25 de mayo actual, que adjunta facturas por inserción de anuncios de distintos servicios, importantes pesetas 1.833,50. La Corporación acuerda satisfacer dicho total con cargo al Cap. 1º, art. 3º, partida 5º del Estado de Gastos del vigente Presupuesto provincial. ------ Folla: 30 5. Abono a Droguería Rosendo de una factura por artículos de limpieza. Vista la factura de la Droguería "Rosendo" de esta capital, fecha 31 de agosto de 1953 por distintos artículos destinados al servicio de limpieza, importante pesetas 504,35, la Corporación de conformidad con el informe de la Intervención de fondos, acordó autorizar el pago de dicha suma, que deberá librarse con cargo al Cap. 1º, art.. 3º, partida 15º del Estado de Gastos del Presupuesto Provincial vigente. ------ Folla: 30 6. Aprobar liquidación de las obras de reparación de la carretera de Pontevedra a A Neves, al contratista D. Fernando Salgueiro García. Se da cuenta de liquidación de las obras de reparación extraordinaria de la carretera provincial de Ponteareas a As Neves, que eleva el Sr. Ingeniero-Director del Servicio de Vías y Obras Provinciales e informan favorablemente la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero y la Intervención de Fondos, de cuya liquidación resulta un saldo a favor del Contratista Don Fernando Salgueiro García de 22.833,76 pesetas; el Pleno acuerda prestarle su aprobación y que se libre la cantidad citada a favor del contratista con cargo al Capitulo 11, Art.; 3º, partido 158 del vigente Presupuesto de Gastos. ------ Folla: 30 7. Abonar a la Casa "Eiforsa" postes creosotados para las lineas de enlace telefónico Cerdedo, Forcarei y A Estrada. Dictada con fecha 12 de xaneiro último resolución presidencial aceptando la proposición de la Casa "Eiforsa" de explotaciones e impregnaciones forestales, para el suministro de pósters creosotados, con destino a la linea de enlace telefónico entre Cerdedo y Forcarei, la Estación telegráfica de A Estrada; el Pleno acuerda prestar aprobación y declarar de abono la factura que produce dicha Casa, que importa 76.145,05 pesetas y que se satisfará con cargo al art. 8º, Par. 166 del vigente Presupuesto de Gastos, y que este pago no figura incluido en el Plan de Cooperación, se resuelve sea tenido en cuenta para el momento en que tal Plan se lleve a cabo. ------ Folla: 30,31 8. Devolver la fianza constituida por el contratista de las obras de reparación extraordinaria del c.v. de O Grove a San Vicente, D. Eliseo Gulías Iglesias, cuyo apoderamiento lleva D. Juan Guillán Franco. Cumplidos los requisitos prevenidos en el art. 88 del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, en expediente instruido al efecto, se accede a lo solicitado por el contratista Don Juan Guillán Franco, como apoderado de Don Eliseo Gulías Iglesias, disponiendo le sea devuelta la fianza que fuera constituida para responder de las obras de separación extraordinaria del c.v. nº 65-C de O Grove a San Vicente, que le fueron adjudicadas, al poderdante en sesión de 30 de octubre de 1952. ------ Folla: 31 9. Conceder una subvención de pesetas 2.000, al Asilo de la Santísima Trinidad de Vigo. Vista la instancia producida por la Superiora del Asilo de la Santísima Trinidad de Vigo-Ronda de Don Bosco 50- suplicando la concesión de una subvención para ayuda y sostenimiento de la comunidad y asilados; el Pleno de conformidad con lo informado por la Comisión de Hacienda, acuerda conceder una subvención por una sola vez de 2.000 pesetas, que se satisfarán con cargo al Cap. 9º, Pat. 110 del vigente Presupuesto de Gastos. ------ Folla: 31 10. Conceder una subvención de 1.000 pesetas a la Asociación Viguesa de Atletismo. Visto el escrito de la Asociación Viguesa de Atletismo José Antonio 64- interesando auxilio económico para atender a los desplazamientos obligados por la competición interprovincial; el Pleno de conformidad con lo informado por la Comisión de Hacienda, acuerda conceder, por una sola vez, una subvención de 1.000 pesetas que se satisfarán con cargo al Cap. 10, Part.149 del Presupuesto Ordinario de Gastos. ------ Folla: 31 11. Aprobar informe conjunto de los Sres. Secretario e Interventor, sobre modelación de los presupuestos provinciales que envía la Dirección General de Administración Local. El Excmo. Sr. Gobernador Civil en oficio núm. 1009 Sección 1ª, Negociado 1º remite formato enviado por la Dirección General de Administración Local y Jefatura del Servicio de Inspección y Asesoramiento de Corporaciones Locales, sobre modelación de los Presupuestos Provinciales, a fin de que, sea estudiado y con el informe de la Secretaría e Intervención de esta Diputación elevado a dicha Jefatura Superior. En cumplimiento de lo dispuesto, los Sres. Secretario e Interventor emiten su parecer que la Diputación acordó hacer suyo en los siguientes términos: "Informe conjunto del Secretario e Interventor de esta Diputación, sobre el nuevo Formato de los Presupuestos Provinciales, en cumplimiento de lo ordenado por el Ilmo. Sr. Presidente. Las modificaciones establecidas en el nuevo formato de Presupuesto para las Diputaciones se deduce que son consecuencia de la nueva reforma de la Ley de Régimen Local y su bien a simple vista parece existen demasiados artículos dentro de cada capitulo, a nuestro juicio, queda plenamente justificado este extremo por la necesidad de conocer la Superioridad y el Servicio de Estadística el total de los gastos parciales de cada Diputación que, dejando al libre criterio de las Corporaciones un margen más amplio de clasificación, pudiera expresar resultados erróneos, al no efectuar idéntica clasificación las Corporaciones en la subdivisión por partidas. La Orden de 10 de junio de 1947 (Ministerio de Hacienda) por la que se concede la recaudación de contribuciones del Estado a esta Diputación, establece en su apartado VI como obligación para la Diputación, el realizar el servicio con absoluta independencia de todos los demás , a cuyo efecto le dotará de una estructura propia y de contabilidad especial y separada de la de su Hacienda. Esta Diputación tiene establecido un presupuesto especial para este Servicio, anexo a su Presupuesto Ordinario y solamente el rendimiento del servicio es la cantidad que se aplica al Presupuesto Ordinario (capitulo 12, articulo 2º de la parte de Ingresos). Si contabilizamos todos los gastos que ocasiona el Servicio de Contribuciones del Estado y los ingresos que con tal motivo se producen, la diferencia sería siempre el beneficio de la gestión recaudatoria, por lo que no podría establecerse cantidad alguna por tal concepto en el capitulo 3º, art.. 2º del nuevo formato de Presupuesto. A fin de reducir el número de capítulos, existe el señalado con el número 16 que recoge los gastos que pueda ocasionar la Comisión Provincial de Servicios Técnicos, que por reducirse estos gastos a las dietas que han de devengar los miembros de esta Comisión por asistencia a la sesiones, se sugiere la idea de que este concepto pudiera quedar comprendido en otro capitulo, como por ejemplo, en el capitulo 15 "Cooperación Provincial". En el estado de Ingresos, acertadamente han sido suprimido en su capitulo primero el gasto del Boletin Oficial que por tratase de un "derecho y tasa", que debe quedar comprendido en el capitulo quinto. El capitulo tercero, "rendimiento de servicios y explotaciones", se han la salvedad de la gestión recaudatoria de las Contribuciones del Estado que, a nuestro entender, debe llevarse en contabilidad separada haciendo la salvedad de que si en la contabilidad principal de la Corporación, solo contenga el movimiento de fondos y se eleve contabilidad especial auxiliar para el mejor desarrollo y conocimiento de la gestión. En el capitulo trece, "Ingresos eventuales", se destina el articulo segundo para el concepto "reintegro por pagos indebidos", que debería ser aclarado en el sentido de que estos ingresos son los correspondientes a ejercicios ya liquidados, único que a nuestro enterio tienen por este motivo la consideración de ingresos en firme. Tal es el parecer de los que suscriben, cuya opinión someten gustosos a cualquier otra que se considere más acertada. Pontevedra, 24 de mayo de 1954.- Manuel Cabanillas.- C. García". ------ Folla: 31 12. Conceder Recurso Nivelador de su Presupuesto al Ayuntamiento de Fornelos de Montes. Visto el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Fornelos de Montes a fin de obtener el recurso especial de Nivelación de su Presupuesto ordinario, para el actual ejercicio y de conformidad con lo informado por el Servicio Provincial de Inspección y Asesoramiento y la Intervención de Fondos de esta Diputación, se acuerda conceder al referido Ayuntamiento de Fornelos, en concepto de recurso nivelador, la cantidad de 11.493,07 pesetas que se librarán a ser posible dentro de los diez primeros días del último mes de cada semestre, con cargo al Cap. 1º, Art. 2º, Part. 13 del vigente Presupuesto de Gastos de esta Excma. Diputación. ------ Folla: 31 13. Conceder Recurso Nivelador de su Presupuesto al Ayuntamiento de Soutomaior. Visto el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Soutomaior interesando recurso especial de Nivelación de su Presupuesto Ordinario para el actual ejercicio de 1954 y de conformidad con lo informado por el Servicio Provincial de Inspección y Asesoramiento y la Intervención de Fondos de esta Excma. Diputación se acuerda conceder al referido Ayuntamiento de Soutomaior para nivelar su presupuesto la cantidad de 11.752,09 pesetas que se librarán a ser posible semestralmente, con cargo al Cap. 1º, art. 2º, Part. 13 del Presupuesto de Gastos de esta Corporación Provincial. ------ Folla: 31 14. Conceder Recurso Nivelador de su Presupuesto al Ayuntamiento de Mondariz-Balneario. Visto el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Modariz-Balneario interesando el recurso especial de Nivelación de su Presupuesto Ordinario para 1954, y de conformidad con lo informado por el Servicio de Inspección y Asesoramiento y la Intervención de Fondos de esta Diputación, se acuerda conceder a dicho Ayuntamiento de Mondariz-Balneario, la cantidad de 26.737,71 pesetas que se librarán a ser posible entre los diez primeros días del mes último de cada trimestre, con cargo al Cap. 1º, Art. 2º, Part. 13 del vigente Presupuesto de Gastos de esta Corporación. ------ Folla: 31 15. Denegar al Ayuntamiento de Ponte Sampaio el Recurso Nivelador que solicitaba por haber liquidado con superávit el ejercicio del año 1953. Visto el expediente incoado por el Ayuntamiento de Ponte Sampaio para obtener el recurso especial de Nivelación de su Presupuesto Ordinario, correspondiente al ejercicio de 1954 y; Considerando que el Art. 40 del Decreto de 18 de diciembre de 1953 obliga solamente a las Diputaciones a cubrir el déficit preventivo cuando los recursos autorizados por la Ley no logran la Nivelación de los Presupuestos Ordinarios, circunstancia que no concurre en este Ayuntamiento ya que ha liquidado el ejercicio de 1953 en superávit en cantidad necesaria para nivelar el vigente; el Pleno acuerda de conformidad con lo informado por el Servicio de Inspección y Asesoramiento y la Intervención de Fondos, que no es procedente conceder al Ayuntamiento de Ponte Sampaio cantidad alguna como recurso nivelador. ------ Folla: 31,32 16. Denegar al Ayuntamiento de Mos el Recurso Nivelador que solicita por no haber hecho uso de la autorización que le concede el Decreto de 18 de diciembre de 1953. Visto el expediente incoado por el Ayuntamiento de Mos para obtener el Recurso de Nivelación de su presupuesto ordinario de 1954 y, Considerando que por no haber establecido el Ayuntamiento en la parte de ingresos los arbitrios del 8% sobre el líquido imponible de la Contribución rústica y pecuaria, y el 17,20% sobre la riqueza urbana, representa una privación de ingresos por el Ayuntamiento de 155.300,90 pesetas anuales. Considerando que reduciéndose los gastos generales y revisando el cálculo de rendimiento de los ingresos anteriormente citados, puede fácilmente el Ayuntamiento de Mos presentar un presupuesto con superávit inicial haciendo uso de la autorización que de los arts. 20 al 28 del Decreto de 18 de diciembre de 1953; el Pleno de esta Diputación de conformidad con lo informado por la Jefatura del Servicio Provincial de Inspección y Asesoramiento y la Intervención de Fondos, acuerda no haber lugar a la concesión de cantidad alguna como recurso nivelador del Presupuesto municipal de Mos. ------ Folla: 32 17. Aprobar liquidación de las obras del c.v. de Vilalonga a Candelaria a favor del contratista D. Epifanio Campos. Vista la liquidación de las obras del c.v. de Vilalonga a Candelaria y carretera de Pontevedra a O Grove que eleva el Sr. Director del Servicio de Vías y Obras Provinciales y de la que resulta un saldo a favor del Contratista Don Epifanio Campos Núñez de 75.745,05 pesetas; el Pleno de conformidad con los informes de la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero y la Intervención, acuerda prestar su aprobación a la liquidación que se libre la cantidad expresada con cargo al Cap. 11, Art. 2º, del Presupuesto Extraordinario "C". ------ Folla: 32 18. Aprobar la propuesta titulada "Aprovechamiento Extraordinario de arboles derribados por el viento". Prestar su aprobación a la propuesta titulada "Aprovechamiento Extraordinario de arboles derribados por el viento", por un precio de tasación de 122.555,54 pesetas y que se eleve a la Dirección General del Patrimonio Forestal del Estado para su aprobación definitiva. ------ Folla: 32 19. Desestimar lo solicitado por D. José Dorado Tato y otros para que se les denominase Enfermeros y no Mozos de Sala. Desestimar lo solicitado por Don José Dorato Tato, Don Ramiro Almón Barros, Don Enrique Guiance Guiance, Don Ricardo Villaverde Aboal, Don Enrique Pintos Méndez, y Don Jesús Crespo García, empleados del Gran Hospital, interesando se les rectifique su denominación y que en lo sucesivo se les designe Enfermeros, y no Mozos de Sala y Servicios. ------ Folla: 32 20. Denegar lo solicitado por D. Manuel Gamallo y D. Bernardino Carballo para ser nombrados practicantes interinos. Denegar, por no considerarlo oportuno, lo solicitado por Don Manuel Gamallo Lois y Don Bernardino Carballo Rey, interesando de esta Corporación se les nombre con carácter interino, Practicantes del Gran Hospital Provincial. ------ Folla: 32 21. Aprobar convocatoria para cubrir en propiedad doce plazas de Auxiliares administrativos. Prestar aprobación a la Convocatoria redactada por el Negociado de Personal para cubrir en propiedad Doce Plazas de Auxiliares Administrativos de esta Diputación, acordando se anuncie dicha convocatoria reglamentariamente. ------ Folla: 32 22. Aprobar convocatoria para cubrir en propiedad la plaza de Director del Museo de Pontevedra. Prestar aprobación a la Convocatoria redactada por el Negociado de Personal para cubrir en propiedad, mediante concurso, la Plaza de Director del Museo de Pontevedra, acordando se anuncie dicha convocatoria reglamentariamente. ------ Folla: 32 23. Aprobar convocatoria para cubrir en propiedad la plaza de secretario Técnico del Museo. Prestar aprobación a la Convocatoria redactada por el Negociado de Personal para cubrir en propiedad, mediante concurso, la Plaza de Secretario Técnico del Museo de Pontevedra, acordado se anuncie dicha convocatoria reglamentariamente. ------ Folla: 32 24. Aprobar convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de Telefonistas. Prestar aprobación a la convocatoria redactada por el Negociado de Personal para cubrir en propiedad, mediante concurso-oposición, Dos Plazas de Telefonistas vacantes en esta Diputación, acordándose el anuncio de dicha convocatoria reglamentariamente. ------ Folla: 32 25. Enterarse de Orden de la D.G. de Carreteras librando a esta Diputación 257.081,30 pesetas para su conservación, reparación y mejora de c. vecinales. Queda enterado el Pleno de oficio núm. 3646 de la Jefatura de Obras Públicas de esta Provincia, trasladando Orden de 19 del actual de la Dirección General de Carreteras, disponiendo que en cumplimiento de la Ministerial de 17 del mismo mes se libre a las Diputaciones las subvenciones del segundo trimestre del corriente año con destino a conservación, reparación y obras de mejora y acondicionamiento de caminos vecinales, conforme a los planos aprobados, y que en este reparto ha correspondido a la Diputación de Pontevedra la cantidad de 257.081,30 pesetas. ------ Folla: 32 26. Pasar a informe del arquitecto Sr. Argenti Navajas y del Ayuntamiento de Vilanova de Arousa, recurso interpuesto por D. Francisco Daponte Fandiño, contra acuerdo de rescisión de contrata. Diose cuenta de escrito de reposición formulado por Don Francisco Daponte Fandiño, contratista de la Casa-Escuela con vivienda para Maestro, en Caleiro, del Ayuntamiento de Vilanova de Arousa contra el acuerdo de 30 de abril declaratorio de la rescisión con pérdida de fianza de la contrata y exigencia del resarcimiento de daños e indemnización de los perjuicios a que hubiere lugar. Resultando: que el interesado invoca la obligación que el Ayuntamiento de Vilanova de Arousa tenía que cumplir en cuanto al movimiento de tierra para dejar al solar con pendiente del uno por ciento, aportando la piedra de cimientos y paredes al pie de obra y realizando perfectamente la explanada, condiciones previas para la realización de las obras cuya subasta le fuera adjudicada. Resultando: que alega también la demora por parte del Ayuntamiento aportando a su vez acta notarial con fotografías de dicho solar para que se conozca el actual estado del mismo, y otra en que el aparejador D. Agustín Portela informa que examinados los planos suscritos por el Arquitecto Sr. Argenti Navajos, se hallan sin concluir las obras de explanación incluso en la parte correspondiente al edifico, y que la cantidad de piedra de mampuesto de granito para la obra es inferior a la necesaria sin que exista sillar alguna de granito que pueda ser utilizado para el necereado de huecos , como exigen el proyecto ni las piedras necesarias para la formación de escalones dinteles y columnas. Resultando: que también manifiesta el recurrente realizó ante la dificultad observada en las obras de explanación gestiones cerca del Alcalde de Vilanova de Arousa para que aceptase la realización por el contratista de tales trabajos mediante el abono de una cantidad a fin de acelerar la terminación de las obras, de cuyas gestiones dio cuenta diversas ocasiones al Sr. Arquitecto-Director y lo hizo saber así verbalmente también a la Presidencia de la Diputación, con motivo de visitas giradas a otras escuelas. Invoca el art. 58 del vigente Reglamento de Contratación a los efectos de prórroga del contrato, y el 66 a los efectos de resolución, para terminar suplicando al amparo del art. 309 y siguientes del vigente Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Corporaciones Locales, la reposición del acuerdo y la declaración de prórroga del contrato, dejándose sin efecto el ofrecimiento que se hiciera al Ayuntamiento de Vilanova de Arousa sobre ejecución de las obras, y subsidiariamente para el caso de que no se acceda a dicha prórroga, se le reconozca el derecho de resolución del contrato con indemnización de los daños y perjuicios que le ocasionen, conforme a los arts. 66 y 92 del ya citado Reglamento de Contratación. Considerando, que a fin de resolver lo procedente respecto de la reposición solicitada por el Sr. Daponte Fandiño, se hace necesario determinar si la demora en la realización de las obras es imputable o no al contratista, ya que la Presidencia manifiesta no recordar que el Sr. Daponte Fandiño le hiciese conocer verbalmente las dificultades con que tropezaba respecto de la explanación, por lo que; el Pleno acuerda antes de resolver definitivamente pasar el escrito del interesado a informe del Sr. Arquitecto-Director de las obras, D. Juan Argenti Navas, y del Ayuntamiento de Vilanova, y una vez recibidos dichos informes sea sometido de nuevo este asunto a la consideración de la Corporación Provincial. ------ Folla: 32 27. Pasar al Servicio de Cooperación, instancia de D. Álvaro Mourello García, sobre ayuda para dotar de agua potable la zona costera Panxón-A Ramallosa. Vista la instancia formulada por D. Álvaro Mourelle García, a la que acompaña certificación del acuerdo plenario de 27 de septiembre de 1953 solicitando ayuda para dotar la zona costera Panxón-Nigrán-Playa América y A Ramallosa de Abastecimiento de agua potable que pudiera consistir en que el personal técnico de este Organismo redactase el correspondiente proyecto; el Pleno acuerda pasar esta instancia y el informe de la Comisión de Hacienda al Negociado de Fomento-Servicio de Cooperación para que lo tenga presente al confeccionar el Plan quinquenal, y si es posible incluirlo en el mismo. ------ Folla: 32,33 28. Pasar al Servicio de Cooperación instancia del Alcalde de Salvaterra, sobre afirmado del camino de la Iglesia de Alxán al barrio de Gándara Chán. La Comisión de Hacienda cumplimentando acuerdo de 19 de xaneiro último, emite informe en la petición formulada por D, Antonio Álvarez González, Alcalde de Salvaterra, solicitando la construcción de afirmado del camino de la Iglesia de Alxan al barrio de Gándara Chán, con un ancho de 5 metros, cuyo camino ha sido construido por el Ayuntamiento y los vecinos de la parroquia citada, cuyo ensanche importaría 34.000 pesetas. el Pleno acuerda felicitar a los vecinos de Alxán por la prestación que han realizado, y pasar este asunto de conformidad con lo que propone la Comisión de Hacienda al Negociado de Fomento, Servicio de Cooperación, por si se entendiese conveniente acceder a lo que se interesa con cargo al Plan que se habrá de formar. ------ Folla: 33 29. Facultar a la Presidencia para conceder el importe de un trofeo a la Sociedad Palomas Mensajeras de Vigo. Vista la solicitud de la Sociedad Palomas Mensajeras, de Vigo, interesando se le conceda en metálico el valor del trofeo que anualmente viene otorgándose, y visto asimismo el informe favorable de la Comisión de Hacienda, la Corporación acuerda acceder a lo solicitado, facultando a la Presidencia para fijar oportunamente la cuantía de este beneficio. ------ Folla: 33 30. Autorizar la suscripción al Boletin de Información privada que publica el Laboratorio del Transporte de la Escuela de Ingenieros de Caminos. Atendiendo a la petición que formula en su escrito de 26 de diciembre de 1953 el Sr. Ingeniero-Director del Servicio de Vías y Obras Provinciales, y visto el informe favorable de la Comisión de Hacienda, la Corporación acuerda autorizar la suscripción al Boletin de Información Privada que publica el "Laboratorio del Transporte" de la Escuela Especial de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, si bien aclarando que dicha suscripción habrá de figurar a nombre de la Diputación Provincial. ------ Folla: 33 31. Conceder a D. Gaspar Carragal una subvención para la revista ilustrada Semana Santa. De conformidad con lo informado por la Comisión de Hacienda pero elevando la cuantía propuesta por la misma, se acuerda conceder a D. Gaspar Carragal, una subvención para publicidad de la revista ilustrada "Semana Santa", que se publicarán en esta capital en la obligación de insertar en página interior, un anuncio de esta Diputación, sobre Apuestas Mutuas Deportivas, debiendo librarse la cantidad acordada por el Pleno de 1.500 pesetas con cargo al Cap. 10, Art. 12, Part. 149 del Presupuesto de gastos vigente. ------ Folla: 33 32. Designar a D. Ángel García Basterre, vocal de la Junta Pericial de Lalín. A propuesta de la Alcaldía de Lalín, se acuerda designar al Perito Agrícola, vecino de aquella villa D. Ángel García Basterra, vocal representante de esta Excma. Diputación en la Junta Pericial de aquel término. ------ Folla: 33 33. Quedar enterado del nombramiento a favor de D. Daniel de la Sota, como Presidente de las Juntas Coordinadoras de los consorcios y felicitarle por tal distinción. Diose cuenta de oficio núm. 5923 de 27 de abril último de la Dirección General del Patrimonio Forestal del Estado, que dice literalmente así: "En la sesión del Pleno del Consejo del Patrimonio Forestal del Estado de 6 de abril de 1954 y a propuesta de esta Dirección General se acordó delegar en el Consejero Excmo. Sr. Don Daniel de la Sota, como Presidente de las Juntas Coordinadoras de los consorcios con las Excmas. Diputaciones de Galicia". el Pleno acuerda quedar enterado, felicitando al Sr. La Sota y Valdecilla por la merecida distinción que esta Delegación representa, y que es el reconocimiento de la entusiasta y continuada labor que desde hace más de veinticinco años viene realizando en favor de la Repoblación Forestal de esta Provincia y de las demás de Galicia. ------ Folla: 33 34. Confirmar resolución Presidencial disponiendo que el Procurador Sr. Otero Miralles bajo la dirección del Letrado Sr. Pérez González se persone en el pleito contencioso apelado por D. José Pego Castro. Se acuerda confirmar la resolución Presidencial adoptada en 12 de marzo del corriente año, disponiendo que el Procurador D. Julio Otero Miralles se persone bajo la dirección del Letrado D. Esteban Pérez González, defendiendo los derechos de la Diputación en el pleito contencioso nº 58 de 1951 y 2514, en el que recayó sentencia del tribunal de Pontevedra de 2 de marzo de 1954 declarándose incompetente y contra la que ha formulado recurso D. José Pego Castro. ------ Folla: 33 35. Autorizar a la Dirección de Vías y Obras para formular el oportuno proyecto de reparación del pretil del puente sobre el río Umia y que se averigüe los autores de los daños ocasionados. Se da cuenta de oficio que eleva el Sr. Ingeniero-Director del Servicio de Vías y Obras Provinciales comunicando que en la carretera provincial de Noalla a Caldas entre Caldas y Portas, existe un puente sobre el río Umia en el que el pasado día 5 de mayo debido a un accidente automovilista se deshicieron trece metros de pretil, solicitando autorización para redactar el oportuno proyecto de ensanche al objeto de prevenir en lo sucesivo accidentes de esta índole; el Pleno acuerda conceder la autorización solicitada para la redacción del oportuno proyecto, y que por la Dirección del Servicio después de las averiguaciones pertinentes se informe a la Presidencia sobre quien produjo los daños en el Puente Umia. ------ Folla: 33 36. Aprobar informe de la Dirección de Vías y Obras sobre variante en el trazado del camino de Loureza a Burgueira, recabándose previamente la conformidad del contratista y siguiendo los trámites de información pública para dicho proyecto. La Dirección de Vías y Obras al informar instancia de los vecinos de Loureza, en el Ayuntamiento de Oia, solicitando se introduzca una variante en el trazado del c,v. de Loureza a Burgueira dice que, "el c.v. núm. 94-185 de Loureza a Burgueira tiene estudio, hecho el proyecto en 1º de septiembre de 1953 y aprobado por el Pleno de la Excma. Diputación de 27 de noviembre de 1953. Este camino se estudió siguiendo una de las soluciones posibles y evitando las dificultades de terrenos que entonces se presentaban. La variante que solicitan introducir es razonable, ahora bien, como el camino esta ya estudiado y subastado haciéndose adjudicado provisionalmente en 29 de abril del año en curso a D. Victoriano Barcala Farto, no se puede introducir variantes sin que se haga un reformado del proyecto, dando previamente el contratista la conformidad para realizar, y siguiendo luego los trámites reglamentarios de aprobación e información pública del proyecto. Ahora bien como el estudio lo ha hecho Diputación es parecer de esta Dirección, que de acceder a lo solicitado deben ser los vecinos o el Ayuntamiento los que abonen el nuevo estudio. el Pleno acuerda de conformidad con el precedente informe del Sr. Ingeniero-Director de Vias y Obras, pero disponiendo se recabe del contratista D. Victoriano Barcala Farto la necesaria conformidad para introducir las variantes indicadas, y siguiéndose los trámites reglamentarios de aprobación e información pública del proyecto, siendo obligación de los vecinos el satisfacer los gastos del nuevo estudio de la variante. ------ Folla: 33 37. Enterarse de las expresiones de gratitud a esta Corporación del Colegio Herbón, la Hermandad de nuestra señora de A Guía Junta de Aeropuerto de Vigo, Ayuntamiento de Ponteareas y por el Decano de la Facultad de Ciencias de Granada. Queda enterado el Pleno de oficio del Colegio Seráfico de San Antonio de Herbón, expresando su gratitud por la ayuda que se ha prestado para la publicación de un folleto de que es autor Fr. José Costoya de la Hermandad de Nuestra Señora de A Guía por la subvención de 25.000 pesetas que se le concedió para los accesos al monte; de la Junta Técnica administrativa del Aeropuerto de Vigo por la adopción del acuerdo de 12 de febrero último concediendo 300.000 pesetas para las obras del mismo; del Ayuntamiento de Ponteareas trasladando acuerdo de 29 de noviembre último, en el que agradece la construcción de caminos vecinales a la parroquia de Nogueira y barrio del Couso; y del Decano de la Facultad de Ciencias de Granada, Dr. Gallas Novas testimoniando su reconocimiento por la adhesión que se envió al homenaje que en el pasado mes de abril le tributó aquella Universidad. ------ Folla: 33 38. Enterarse de comunicación de la Tesorería de Hacienda trasladando resolución de la Dirección General del Tesoro, sobre escritura de sustitución de fianza. Es leída una comunicación fecha 12 del actual, de la Tesorería de Hacienda de la provincia, trasladando la resolución adoptada por la Dirección General del Tesoro Público en relación con la escritura de sustitución de la fianza que la Caja de Ahorros provincial tenía prestada para responder de la gestión del Servicio de Contribuciones de esta Excma. Diputación, escritura autorizada en 11 de febrero pasado por el Notario de esta Capital D. José Ignacio González del Valle y Llaguno, que fue remitida por la Excma. Diputación a la citada Superioridad a efectos de su aprobación. La Dirección del Tesoro Público, conformándose con lo propuesto por la Sección de Recaudación y lo informado por la Intervención General y la Dirección General de lo Contencioso del Estado, se ha servido aprobar la referida escritura de sustitución de fianza, disponiendo al propio tiempo que por la Caja General de Depósitos se ponga a la libre disposición de su legítimo propietario, previo pago de los devengos inherentes al Impuesto de Derechos reales y si cualquiera otra causa o motivo legal ajenos al fin para que fueron constituidos no lo impidiere, los valores que integraban la primitiva fianza y que junto importan pesetas 5.672.500 nominales. La Corporación provincial acuerda darse por enterada. ------ Folla: 33 39. Devolver a D. José Malvar Figueroa la fianza que constituyera para responder de las obras de la Carretera de Redondela al Galleiro. Cumplidos los requisitos prevenidos en el art. 88 del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, en expediente instruido al efecto, se accede a lo solicitado por el contratista Don José Malvar Figueroa, disponiendo le sea devuelta la fianza que constituyera para responder de las obras del camino vecinal nº 21 de la carretera de Redondela al Galleiro, que le fueron adjudicadas en sesión de 26 de junio de 1953. ------ Folla: 33,34 40. Elevar a definitiva la adjudicación de las obras del c.v. Narón-Folgoso a Doade, en el Ayuntamiento de Lalín a D. Gumersindo Veiga. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista Don Gumersindo Veiga Crespo, por la cantidad de 234.186 pesetas de las obras de construcción del c.v,, de la carretera Ventas de Narón-Folgoso a Doade, en el Ayuntamiento de Lalín, cuyo anuncio de subasta se publicó en el B.O. de la Provincia del día 1º de abril último, debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro de los diez días siguientes al de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de 9.367,44 pesetas más la complementaria de 2.692,13 pesetas de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 y números 1 y 5 del 82 del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 34 41. Elevar a definitiva la adjudicación de las obras del c.v. de Loureza a Burgueria a D. Victoriano Barcala. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista Don Victoriano Barcala Farto, por la cantidad de 582.044,87 pesetas, de las obras de construcción del c.v. de Loureza a Burgueira, en el Ayuntamiento de Oia, cuyo anuncio de subasta se publicó en los BB.OO. de la provincia y del Estado de 24 de marzo y 1º de abril últimos, debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro de los diez días siguientes al de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de 23.281,79 pesetas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 concordante con el 82, del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 34 42. Elevar a definitiva la adjudicación de las obras del c.v. de Cerquido a Ribadelouro en el Ayuntamiento de Tui a D. Marcial Peralba Fontáns. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista Don Marcial Peralba Fontáns, por la cantidad de 193.500 pesetas, de las obras construcción del camino vecinal de Cerquido a Ribadelouro, en el Ayuntamiento de Tui, cuyo anuncio de subasta se publicó en el B.O. de la provincia del día de 2 de abril último, debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro de los diez días siguientes al de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de 7.740 pesetas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 concordante con el 82, del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 34 43. Elevar a definitiva la adjudicación de las obras del c.v. de Río a San Salvador, en Rodeiro a D. Gumersindo Veiga Crespo. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista Don Gumersindo Veiga Crespo, por la cantidad de 615.100 pesetas de las obras de construcción del c.v. de Río a San Salvador en el Ayuntamiento de Rodeiro, cuyo anuncio de subasta se publicó en los BB.OO. de la Provincia y del Estado de los días 31 de marzo y 8 de abril últimos respectivamente, debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro de los diez días siguientes al de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de 24.6014 pesetas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 46, concordante con el 82, del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 34 44. Elevar a definitiva la adjudicación de las obras del c.v. a la Playa de Silgar en Sanxenxo a favor de D. Epifanio Campos Núñez. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista D. Epifanio Campos Núñez por la cantidad de 120.000 pesetas, de las obras de construcción del c.v. de la carretera de Pontevedra a O Grove a la Playa de Silgar, en el Ayuntamiento de Sanxenxo, cuyo anuncio de subasta se publicó en el B.O. de la Provincia del día 9 de abril último, debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro de los diez días siguientes al de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de 4.800 pesetas, más las complementaria de 7.357,30 pesetas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 y números 1 y 5 del 82, del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 34 45. Elevar a definitiva la adjudicación de las obras del c.v. de Xende a A Xesta a favor de D. Marcial Peralba Fontáns. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista D. Marcial Peralba Fontáns, por la cantidad de 188.000 pesetas, de las obras de construcción del c.v. de Xende a A Xesta, en el Ayuntamiento de A Lama, cuyo anuncio de subasta se publicó en el B.O. de la Provincial del día 11 de abril último, debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro de los diez días siguientes al de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de pesetas 7.520,09 más la complementaria de 870,64 pesetas de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 y números 1 y 5 del 82, del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 34 46. Elevar a definitiva la adjudicación de las obras del c.v. de Viascón a Carballedo a favor de D. Eliseo Gulias Iglesias. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista D. Eliseo Gulias Iglesias, por la cantidad de 389.000 pesetas, de las obras de construcción del c.v. de Viascón a C. Carballedo, en el Ayuntamiento de Cotobade, cuyo anuncio de subasta se publicó en el B.O. de la Provincia del día 10 de abril último, debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro de los diez días siguientes al de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de 15.560 pesetas más la complementaria de 902,87 pesetas de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 y números 1 y 5 del 82, del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 34 47. Elevar a definitiva la adjudicación de las obras del c.v. de Priegue a A Ramallosa en Nigrán a D. Fernando Salgueiro García. Enterar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista D. Fernando Salgueiro García, por la cantidad de 155.000 pesetas de las obras de construcción del c.v. de Priegue a A Ramallosa, en el Ayuntamiento de Nigrán, cuyo anuncio de subasta se publicó en el B.O. de la Provincia del día 13 de abril último, debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro de los diez días siguientes al de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de 6.200 pesetas de conformidad con lo dispuesto en el art. 46, concordante con el 82, del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 34 48. Elevar a definitiva la adjudicación de las obras del c.v. de Fontao a Anzo en el Ayuntamiento de Cruces a D. Perfecto Palmou González. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista D. Perfecto Palmou González, por la cantidad de 591.000 pesetas, de las obras de construcción del c.v. de Fontao a Anzo, en el Ayuntamiento de Vila de Cruces, cuyo anuncio de subasta se publicó en los BB.OO. de la Provincia y del Estado de los días 4 y 14 de abril último, respectivamente, debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro de los diez días siguientes al de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de 23.640 pesetas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 46, concordante con el 82 del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 34 49. Elevar a definitiva la adjudicación de las obras del c.v. de Xustáns a Taboadelo en Ponte Caldelas a D. José Portela Vilanova. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista D. José Portela Vilanova, por la cantidad de 291.452 pesetas de las obras de construcción del c.v. de Xustáns a Taboadelo, en el Ayuntamiento de Ponte Caldelas, cuyo anuncio de subasta se publicó en el B.O. de la Provincia del día 15 de abril último debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro de los diez días siguientes al de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de 11.558,08 pesetas más la complementaria de 8.229,92 pesetas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 y números 1 y 5 del 82 del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 34 50. Elevar a definitiva la adjudicación de las obras del c.v. de Cesantes a Catapeixe a D. José Santiso Alba. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista D. José Santiso Alba, por la cantidad de 52.919 pesetas de las obras de construcción del c.v. de la playa de Cesanes a Catapeixe, en el Ayuntamiento de Redondela, cuyo anuncio de subasta se publicó en el B.O. de la Provincia del día 14 de abril último, debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro de los diez días siguientes al de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de 2.116,76 pesetas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 46, concordante con el 82, del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 34 51. Elevar a definitiva la adjudicación de las obras del c.v. de A Graña a Ermelo en el Ayuntamiento de Bueu a D. Joaquín Suárez Marquier. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista D. Joaquín Suárez Marquier, por la cantidad de 600.000 pesetas, de las obras de construcción del c.v. de A Graña a Ermelo, en el Ayuntamiento de Bueu, cuyo anuncio de subasta se publicó en los BB.OO. de la Provincia y del Estado de los días 6 y 14 de abril último, respectivamente, debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro de los diez días siguientes al de la notificación de este acuerdo la fianza definitiva de 24.000 pesetas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 46, concordante con el 82, del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 34 52. Elevar a definitiva la adjudicación de las obras del c.v. de Achas a la Franqueira en A Cañiza a D. Eliseo Gulias Iglesias. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista D. Eliseo Gulias Iglesias, por la cantidad de 628.500 pesetas, de las obras de construcción del c.v. de Achas a la Franqueira, en el Ayuntamiento de A Cañiza, cuyo anuncio de subasta se publicó en los BB.OO. de la Provincia y del Estado de los días 4 y 19 de abril último respectivamente debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro de los diez días siguientes al de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de 25.140 pesetas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 46, concordante con el 82, del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 34,35 53. Aprobar propuesta del Negociado de Hacienda, sobre Circular referente a las operaciones de Amillaramiento. Fue dada lectura a la propuesta de la Comisión Especial del Amillaramiento, que copiada a la letra dice: "La Comisión Especial de Amillaramiento que suscribe, en sesión celebrada el día catorce del actual, en vista de haberse dispuesto por la Dirección General de Propiedades y Contribución Territorial, la confección de nuevas tablas de valores en los Municipios de Barro, Cotobade, Forcarei, A Lama, Moraña, As Neves, Oia, Portas, Ponteareas, Ribadumia, Salceda de Caselas, Salvaterra de Miño, Sanxenxo, Tui y Vilanova de Arousa, según consta de oficio que con fecha 14 del pasado marzo dirigió a la Presidencia la Inspección de Amillaramiento de la Delegación Provincial de Hacienda, considera la conveniencia de fijar las condiciones de los auxilios con que la Excma. Diputación debe contribuir a dicho servicio a tenor de lo que prescribe la Ley de 26 de septiembre de 1941, vigente en la materia.- Considerando que dicha aplicación ha de tener vigencia fiscal en 1º de xaneiro de 1955, urge comunicar a los Ayuntamientos afectados las indicadas condiciones, las cuales, recogiendo las enseñanzas de anteriores experiencias en el mismo servicio, deben ser a juicio de la Comisión que suscribe, las siguientes: Primera.- La Diputación Provincial concederá a cada uno de los expresados municipios, una subvención de un tercio del total importe de los gastos que origine la aplicación de nuevas Tablas de Valores.- A los que carezcan de recursos para llevar a término esta aplicación, les anticipará los dos tercios de los referidos gastos, mediante poder otorgado a favor de este organismo, en que aquellos autoricen a la Diputación para percibir en su nombre en las oficinas de Hacienda, sus participaciones sobre cuotas del Tesoro de las contribuciones rústica y pecuaria, hasta soldar íntegramente dicho préstamo. Para ambos auxilios, la Diputación apreciará libremente en cada caso la situación económica de los Ayuntamientos y el estado de sus respectivas cuentas con el erario provincial a consecuencia de anteriores concesiones análogas; y en el supuesto de hallarse comprometidas a largo plazo las mencionadas participaciones, los municipios afectarán cualquier otra clase de ingresos a satisfacción de la Excma. Diputación Provincial.- Segunda. Los Ayuntamientos realizarán por sus propios medios el servicio de referencia, contratando personal idóneo para realizarlo si no lo tuviera en número suficiente; más si, por carecer de él o por otra causa, resolviesen no encargarse de tales operaciones, lo comunicarán por escrito a la Excma. Diputación Provincial, a fin de que ésta adopte sobre el particular la resolución que estime procedente. En cualquier caso los Ayuntamientos deberán participar a la Diputación al recibo de la presente circular, si efectúan o no por sí mismos el servicio de que se trata, entendiéndose que los que no contesten en el término de quince días naturales a partir de la fecha, renuncian a los beneficios ofrecidos, y en esta eventualidad, la Diputación asumirá plenamente el cometido de los mismos, sustituyéndoles en la responsabilidad inherente, pero también en los derechos que correlativamente establece la mencionada Ley de 26 de septiembre de 1941.- Queda taxativa establecido que los Ayuntamientos no podrán contratar directamente el trabajo de aplicación de nuevas Tablas de Valores. Habrán de realizar por si mismos como queda dicho, esta labor, y por ello con la máxima escrupulosidad, de modo que rinda la eficacia fiscal propuesta no solo por lo que respeta al plazo de su terminación, que no deberán exceder de 31 de diciembre del año en curso, sino también por lo que concierne a la exactitud de las operaciones que implica. La Diputación no hará efectivos los repetidos auxilios, sin certificación del respectivo Secretario acreditando la eficiencia de la expresada realización. En ningún caso el promedio de gastos que origine este servicio, excederá de 0,70 pesetas finca. Es asimismo indispensable la confección de tres indices de riqueza por cada Ayuntamiento, destinándose uno a la Administración de Propiedades, otro a la Diputación Provincial y otro al propio municipio.- Tercera.- La Diputación se reserva el derecho de inspeccionar la marcha de los referidos trabajos, a fin de comprobar se llevan a un ritmo que permita su terminación en el plazo previsto, y se verifican con la precisión y lealtad que el respeto a los intereses del contribuyente y de la Hacienda pública demandan. El reajuste de imponibles correspondiente a rústica se efectuará parcela por parcela y el de Pecuaria cabeza por cabeza, precisamente sobre fichas individuales que se ajustarán al modelo establecido por la Diputación, y que se totalizarán y cuadrarán, vaciando los resultados en un nuevo índice extendido por riguroso orde alfabética de contribuyentes, índice del cual se harán los tres ejemplares arriba mencionados. Es inexcusable que todas las alteraciones de dominio habidas con posterioridad a la rectificación general del Amillaramiento, se reflejen en el citado índice de riqueza, es decir que las fichas recojan el contenido de los apéndices, así de Rústica como de Pecuaria. Si examinados los documentos cobratorios rectificados, resultasen contener errores, la subsanación de los mismos se pagará con cargo a la subvención que ofrece la Diputación Provincial, rebajándose en consonancia proporcionalmente el importe de aquella. En el índice de riqueza deberán figurar los montes de utilidad pública y de libre disposición de las parroquias respectivas, con el liquido imponible correspondiente. Si algún Ayuntamiento considera que el modelo de impresos de la Excma. Diputación es insuficiente por existir en el término municipal más cultivos que los que figuran en dicha pauta, solicitarán la autorización del organismo provincial para utilizar el formulario que considere más adecuado. Cuarta.- El pago de la subvención de que queda hecho mérito, así como el del anticipo en su caso, se efectuará una vez por la Diputación Provincial, se reciben el citado índice de riqueza y las fichas correspondientes y apéndices, y por la Delegación de Hacienda se aprueben todos los documentos fiscales rectificados a tenor de las nuevas Tablas de Valores.- Tales son las condiciones de realización del servicio de aplicación de nuevas Tablas de Valores en los Ayuntamientos arriba citados, que la Comisión Especial de Amillaramiento que suscribe, tiene el honor de someter a la Excma. Corporación Provincial.- Pontevedra 24 de mayo de 1954.- Firmado. José María Massó García.- Cesar García.- Manuel Cabanillas Pérez, Secretario Acctal. - Rubricados. La Corporación aprobó en todas sus partes la anterior propuesta acordando que por el Negociado de Hacienda-Amillaramiento se redacte con sujeción a la misma, la oportuna circular con destino a todos los Ayuntamientos afectados de que queda hecha referencia. ------ Folla: 35 54. Aprobar convocatoria para cubrir vacantes en los Seminarios de Tui y Santiago de becarios de estudios eclesiásticos. Es leído un informe del Negociado de Cultura dando cuenta de haber quedado vacantes en el Seminario diocesano de Tui y en el Conciliar de Santiago las Becas que venían disfrutando, respectivamente los estudiantes Manuel Viéitez Soto y Miguel Botana Vaamonde, por lo que procede anunciar ambas a concurso. La Corporación resuelve en consonancia con el mencionado informe, aprobando las convocatorias que al efecto lo acompañan. ------ Folla: 35 55. Aprobar los Padrones de Rodaje de O Grove, Tui, A Lama, Cambados, Tomiño, Cerdedo, Poio, Crecente, Campo Lameiro y Nigrán. Visto el informe de la Intervención de Fondos, la Corporación acordó aprobar los Padrones del Arbitrio de Rodaje correspondientes al ejercicio económico de 1954 que a continuación se relacionan: Ayuntamientos Contribuyentes Pesetas O Grove 478 7.370 Tui 1.615 26.460 A Lama 956 18.340 Cambados 993 16.580 Tomiño 598 7.770 Cerdedo 805 5.610 Poio 576 9.960 Crecente 134 2.060 Campo Lameiro 553 11.060 Nigrán 784 13.470 Total 118.680 ------ Folla: 35,36 56. Solicitar de los propietarios de la finca "Monteporreiro", un plazo para estudiar sobre la adquisición de dicha finca por la Diputación, para fines de Enseñanza Agrícola y alimentación de Establecimientos Benéficos. Estimando la Corporación la necesidad de adquirir una finca en las proximidades de esta capital que permita preparar a la juventud y singularmente a los acogidos del Hogar-Cuna Provincial en el cultivo de la tierra y al propio tiempo que sea centro de enseñanzas agrícolas, pueda producir también los primeros alimentos para los Centros benéficos que sostienen esta Excma. Diputación, y teniendo noticias de que los Sres. propietarios de la finca "Monteporreiro", que se estima por los Sres. Diputados adecuadísima para el cumplimiento de estos fines, proyectan enajenarla; se acuerda solicitar de dichos señores propietarios un plazo para resolver sobre la adquisición de la misma de ocho meses, autorizando a la Presidencia para realizar las gestiones oportunas y conocer al alcance de las pretensiones de los propietarios, cuyo plazo se señala por el indicado período a fin de preparar los trámites del correspondiente presupuesto extraordinario y superior autorización que es pedir para llevar a cabo tal adquisición, conforme a las normas que establece el vigente Reglamento de Contratación de obras provinciales. Y al propio tiempo se comunicará a los señores propietarios el ruego de esta Corporación de que toda modificación en la finca, como carta de arboles o cualquier medida que pueda alterar su estructura la pongan previamente en conocimiento de la Excma. Diputación Provincial. ------ Folla: 36 57. Comunicar a la Dirección del Servicio de Repoblación el cumplimiento de lo acordado en sesión de 29 de diciembre de 1953 y que se investigue sobre supuesto extralimitaciones en los montes de Cernedo, Insua, Tourón, Gradin, Caldelas, Lagioso, Esfarrapada y otros de la Zona de Ponte Caldelas. Previo un cambio de impresiones de los Sres. Diputados en relación con la Labor Forestal que se está realizando, y dada la trascendencia que para el buen éxito de la misma representa el cumplimiento estricto de las directrices de carácter técnico y político, adoptadas por la Corporación en sesión ordinaria de 29 de diciembre de 1953, en cuyo acuerdo se dictaron las disposiciones siguientes: a). Las repoblaciones se realizarán partiendo de un estudio de las necesidades de pastos y esquilmos de los vecinos, fijando los límites de la zona repoblada. b). Para que estos límites sean los más cercanos posibles a los que técnicamente determinarla las condiciones del monte, se iniciarán simultáneamente trabajos de formación y mejoras de pastizales de secano y mejora de esquilmes. c). Seguir paralelamente una política de aprovechar al máximo las aguas tanto para riegos como para abrevaderos de ganado. d). Trata de implantar los más rápidamente posible la Caja Reguladora de Aprovechamientos y Anticipos Forestales. el Pleno acuerda por unanimidad reiterar al Sr. Ingeniero-Director del servicio de Repoblación el deber que tiene de atenerse textualmente al cumplimiento de lo ya resuelto en 29 de diciembre de 1953, en todos y cada uno de los extremos indicados previniéndole que al cumplimiento de estas normas será exigido por la Corporación Provincial. También se acuerda que por la Dirección del Servicio Forestal se investigue acerca de supuestas extralimitaciones que conculcan el acuerdo de 29 de diciembre de 1953, adoptado por esta Corporación, habidas en los montes de Cernedo, Insua, Tourón, Gradin Caldelas, Lagioso, Esfarrapada y otros de la zona forestal de Ponte Caldelas, debiendo elevar el Sr. Ingeniero-Director informe detallado de este asunto al próximo Pleno proponiendo las sanciones a que haya lugar para el caso de que existiesen las anormalidades aludidas. Se levantó la sesión. ------
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