ATOPO
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Acta de sesión 1954/09/03_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.061/1.1954-09-03_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1954/09/03_Ordinaria

  • Data(s) 1954-09-03 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 53 Señores: Presidente; Sr. Rocafort Martínez. Vicepresidente; Massó García. Diputados; Carballal Morgade, Carpintero Builla, Cerecedo Laptaza, Conde de Ponte, García Martínez, González Taboada, Jurado Romero, Muiños Iglesias, Vázquez de Silva, Viéitez Cortizo. 1. Presidida por el Ilmo. Sr. Don Luis Rocafort Martínez, y con asistencia del Vicepresidente Sr. Massó García y de los Diputados Señores Carballal Morgade, Carpintero Builla, Cerecedo Laptaza, Conde de Ponte, García Martínez, González Taboada, Jurado Romero, Muiños Iglesias, Vázquez de Silva, y Viéitez Cortizo, celebra sesión el Pleno de esta Excma. Diputación, en el Salón de Actos del Palacio Provincial, siendo las dieciséis horas del día de hoy tres de septiembre de mil novecientos cincuenta y cuatro, actuando el Secretario de la Corporación Sr. Posse García y el Interventor de fondos Sr. García Álvarez. Excusan su inasistencia por causa justificada, los Diputados Señores Durán Gómez y Ojea Sarmiento. Se da lectura al acta de la sesión últimamente celebrada, que corresponde al día 10 de agosto de 1954, la que por unanimidad es aprobada. ------ Folla: 53 2. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos que figuran en el Orden del día, adoptándose los acuerdos que a continuación se consignan: Adjudicar definitivamente a D. José Valladares Fernández las obras del c.v. de la Cª de Chapa a Carril al Km. 12 de la de Vilapouca a A Estrada. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista D. José Valladares Fernández, en la cantidad de 240.800 pesetas, de las obras de terminación del camino vecinal de la carretera de Chapa a Carril al Km. 12 de la de Vilapouca a A Estrada, cuyo anuncio de subasta se publicó en el B.O. de la Provincia del día 14 de julio último, debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro del los diez días siguientes al de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de 9.632 pesetas de conformidad con lo dispuesto en el art. 82 del vigente Reglamento de Contratación. ------ Folla: 53,54 3. Devolver a D. Francisco Daponte Fandiño la fianza que constituyera como contratista del c.v. de la Cª de Gondar a Vilagarcía de Arousa a la Rampa del puerto de Vilanova de Arousa. Se da cuenta de instancia suscrita por D. Francisco Daponte Fandiño, en solicitud de devolución de fianza constituida en 4 de julio de 1952 por 10.730,60 pesetas, para responder de las obras de construcción del c.v. de la carretera de Gondar a Vilagarcía de Arousa a la Rampa del puerto de Vilanova de Arousa; el Pleno de conformidad con lo informado por la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero e Intervención de fondos, acuerda acceder a lo interesado por el Sr. Daponte Fandiño por haberse cumplido todos los requisitos reglamentarios a que se refiere el art. 88 del vigente Reglamento de Contratación. ------ Folla: 54 4. Denegar a D. Eliseo Gulias Iglesias la devolución de la fianza constituida para responder de las obras del c.v. número 105-C de la Cª de Pontevedra a Cangas al muelle de Aguete, por haberse presentado una reclamación. Examinado el expediente de la devolución de fianza interesada por el contratista Don Eliseo Gulias Iglesias constituida para responder de la ejecución de las obras de reparación del c.v. número 105-C del Km. 13 de la carretera de Pontevedra a Cangas al muelle de Aguete, en el término municipal de Marín; el Pleno, de conformidad con lo informado por la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero e Intervención de fondos, acuerda no acceder a lo solicitado y retener la fianza constituida por haberse presentado una reclamación formulada por el Sr. Ingeniero Director del Servicio de Vías y Obras en la que hace constar que éste tiene pendiente de liquidar la suma de 923,61 pesetas importe del 4% de la dirección de obra correspondiente a la segunda certificación. ------ Folla: 54 5. Denegar a D. Gabino Carbajal Alonso la devolución de la fianza constituida para responder de las obras del c.v. nº 2-C de la Playa de Beluso a la Cª de Cangas por haberse presentado reclamaciones. Se da cuenta de instancia suscrita por Don Gabino Carbajal Alonso interesando la devolución de la fianza constituida como contratista para responder de la ejecución de las obras de reparación del c.v. número 2-C de la Playa de Beluso a la carretera de Cangas. el Pleno, después de examinado el expediente al efecto y de conformidad con lo informado por la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero e Intervención de fondos provinciales, acuerda no acceder a lo interesado y retener la fianza mientras no justifique que liquidó totalmente las obligaciones derivadas de la construcción , toda vez que se han presentado dos reclamaciones interesando el abono de cantidad insatisfechas por el expresado contratista. ------ Folla: 54 6. Denegar a D. Gabino Carbajal Alonso la devolución de fianza constituida para responder de las obras del c.v. nº 87-C de la Cª de Cangas al Campo, por tener pendiente obligaciones contraídas para la ejecución de las obras. Se da cuenta de instancia suscrita por el Contratista Don Gabino Carbajal Alonso interesando la devolución de la fianza constituida para responder de las obras de reparación del c.v. número 87-C de la carretera de Cangas al Campo, que le fueron adjudicadas en sesión de 16 de diciembre de 1952; el Pleno después de examinado el expediente instruido al efecto y de conformidad con lo informado por la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero e Intervención de fondos, acuerda no acceder a lo interesado y retener la expresada fianza, toda vez, que se ha presentado una reclamación formulada por el Sr. Ingeniero Jefe de Obras Públicas de Pontevedra, en la que se expresa que tiene pendiente de liquidar la suma de 1.043,17 pesetas, importe de los gastos originados por el uso de una apisonadora, debiendo justificar en su día que cumplió todas las obligaciones contraídas para la ejecución de las obras. ------ Folla: 54 7. Solicitar del Ingeniero Jefe de Vías y Obras especifique el importe del excedente producido en la subasta de las obras de los cc.vv. con cargo al Presupuesto Extraordinario "E" y que proponga los caminos a los que habrá que aplicar las mejoras. Se da cuenta de escrito que eleva el Sr. Ingeniero Director del Servicio de Vías y Obras Provinciales, en el que participa que al efectuarse la subasta de las obras de construcción de cc.vv. con cargo al Presupuesto Extraordinario "E", se han obtenido bajas en casi todos los caminos, en virtud de la cual propone que esta se emplee en mejorar los trazados de los caminos en las que las hubiere, dando un ancho de 4 mts. a los proyectados con 3,50 mts., hasta done alcance, partiendo siempre de núcleos poblados y en los proyectados con 5 mts., mejorando las obras de fábrica, ampliación de curvas, etc. etc; el Pleno acuerda que por el expresado Ingeniero de Vías y Obras Provinciales, se especifique el excedente producido por las bajas en las subastas, y que proponga los caminos a los que habrán de aplicarse las mejoras con cargo al 60 por 100 del excedente citado. ------ Folla: 54 8. Acceder a lo solicitado por el Director de Vías y Obras sobre sustitución de un puente de sillería en lugar del de hormigón que figura en el proyecto de construcción del c.v. nº 92, al lugar de Formoso en el Ayuntamiento de Cerdedo. Se da cuenta de escrito que eleva el Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras Provinciales, en el que participa que se están llevando a cabo las obras de construcción del c.v. número 92 al lugar de Formoso, en el Ayuntamiento de Cerdedo, en la que figura un puente de hormigón. Como quiera que iniciados los trámites para ello no se ha conseguido la recepción de los materiales férricos y cemento necesario para ello, proponer el cambio del tramo de hormigón por un puente de sillería, ya que el contratista se compromete a hacerlo por el mismo precio, aun cuando ser el primero más económico, con lo que podrá imprimirse mayor celeridad a las obras; el Pleno, de conformidad con lo informado por la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, acuerda acceder a lo interesado, debiendo modificarse el pliego de condiciones que aceptará expresamente el contratista. ------ Folla: 54 9. Iniciar expediente de resarcimiento de contrato con D. Darío Collazo Taboas, contratista del c.v. nº 45-C del Km. 11 de la carretera de Bueu a Hio. Diose cuenta de oficio del Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras Provinciales, que dice así: "En 29 de diciembre de 1953, se adjudicó al contratista del camino vecinal número 45-C, del Km. 11 de la carretera de Bueu a Hio, sin que en esta fecha haya dado comienzo a las obras ni acopiado material alguno. Por todo ello, y toda vez que en un plazo de seis meses sería suficiente para llevar a cabo dicha reparación, es por lo que proponga a esa Excma. Diputación rescinda las obras con pérdida de fianza al citado Sr. Collazo. El Pleno de conformidad con lo prevenido en el Art. 65 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales de 9 de enero de 1953, acuerda iniciar expediente de rescisión de daños y perjuicios por el incumplimiento de sus obligaciones y de la penalidad que establece el número 5º del articulo 4º del mismo Decreto de contratación, que sanciona estos incumplimientos con incapacidad para contratar obras y servicios públicos, pudiendo el interesado mientras se sustancia este expediente, comparecer en él, y alegar en su descargo cuanto estime pertinente, según previene el articulo 296 del Decreto de 17 de mayo de 1952. ------ Folla: 54 10. Interesar de la Dirección de Vías y Obras se reproduzca la relación de los caminos para cuya terminación se ha concedido un crédito de 3.000.000, por si hubiera habido algún error y en su defecto se expliquen las causas de la modificación que se propone. Vista la relación que eleva el Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras Provinciales, de los caminos vecinales para cuya terminación se ha concedió un crédito (Paro Obrero) de 3.000.000 de pesetas, proponiendo la inversión de un remanente existente de 557.171,31 pesetas, en varios caminos que cita; el Pleno, acuerda que por el Servicio, se reproduzca la relación por si hubiera habido algún error y en su defecto se expliquen las causas de la modificación que se propone a fin de dar satisfacción a los Ayuntamientos afectados, la que se elevará a la Dirección General de Carreteras. ------ Folla: 54 11. Desestimar lo solicitado por el Ayuntamiento de O Covelo y varios vecinos del mismo, sobre construcción del camino de Covelo por Barcia de Mera a Gargamala y Moscoso. El Ayuntamiento de O Covelo remite instancia suscrita por varios vecinos de los lugares de Espiñeiro, Ucedo, Pazo, Casil y Alen, ambos de la parroquia de Barcia de Mera del expresado Municipio en la que se hace constar también el acuerdo adoptado por el Pleno del mismo en sesión extraordinaria celebrado el día 21 de junio del corriente año, en virtud del cual se interesa la construcción del camino de Covelo por Barcia de Mera a Gargamala y Moscoso, para la que ofrecen los vecinos expresados el 15% y el Municipio contribuir con los porcentajes íntegros de aportación municipal establecidos en la liquidación de caminos vecinales; el Pleno después de leídos los informes, que sobre el particular emiten la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero y la Dirección de Vías y Obras Provinciales, teniendo en cuenta que el c.v. a que hacen referencia es el número 26 de orden y 51 del Plan que se denomina "Covelo a Barcia de Mera c.v. núm. 314 a la carretera de Moscoso por Sabaxans y Gargamala con una longitud de 18.365 Kms, estando ya construido el trozo de Barcia de Mera a Redondo. Si se tienen en cuenta que el importe de los 3 Km. cuya construcción se solicita, costarán unas 420.000 pesetas y que la aportación reglamentaria del Ayuntamiento es del 30% y la ofrecida por los vecinos del 15% hacen un total de 45% del importe de la obra resulta el ofrecimiento importante si bien, no es posible de momento aceptarla por no haber posibilidad de acometer las obras en la actualidad, al no existir consignación disponible, debe indicarse y así se hace al Ayuntamiento de O Covelo, que cuando se redacte el nuevo Plan de Caminos vecinales, podrán hacer posteriormente ocupe uno de los primeros lugares, lamentando no poder acceder a lo interesado. ------ Folla: 54,55 12. Desestimar lo solicitado por el Alcalde de Soutomaior, sobre cesión por la Diputación de la piedra existente en los muros del c.v. antiguo que desde Arcade conduce a la parroquia de O Viso. Visto el escrito que remite el Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Soutomaior en el que comunica que el Pleno del mismo en sesión extraordinaria celebrada el día 5 del pasado mes de julio, acordó interesar de esta Diputación la cesión de la piedra existente en la parte alta de los muros del c.v. antiguo que desde Arcade conduce a la parroquia de O Viso, con objeto de invertirla en obras municipales; el Pleno, de conformidad con lo informado por el Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras Provinciales, lamente no poder acceder a lo que solicita, toda vez que lo que se desea utilizar son los pretiles y muros de sostenimiento que serán necesarios en el futuro al construir el c.v. de Arcade a Vigo, que figura entre los caminos que se construirán con cargo a la ampliación del Presupuesto Extraordinario "E". ------ Folla: 55 13. Desestimar lo solicitado por el Ayuntamiento de Rodeiro sobre variante en el camino vecinal en construcción de Feria del Río a San Salvador. Se da cuenta de oficio del Ayuntamiento de Rodeiro al que acompaña una certificación del acuerdo adoptado por el mismo, interesando se introduzca una variante en el camino vecinal en construcción de Feria del Río a San Salvador, el Pleno después de leídos los informes que emiten sobre el particular la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero y la Dirección de Vías y Obras Provinciales, lamenta no poder acceder a lo que se interesa porque hallándose en construcción con cargo al Presupuesto Extraordinario "E", el expresado camino, la introducción de una variante significaría la confección de un nuevo proyecto con los correspondientes trámites de aprobación, autorización etc. lo que originaría un retraso considerable en la marcha de las obras. ------ Folla: 55 14. Desestimar lo solicitado por D. Luciano Castelo, Párroco de Sta. María de Merza, sobre ayuda económica para reparar un camino que desde la Cª de Bandeira a Cruces conduce a la Iglesia parroquial. Se da lectura una instancia suscrita por D. Luciano Castelo Pena, Cura Párroco de Santa María de Merza, del Municipio de Cruces, interesando ayuda económica para poder acometer la reparación de un camino que, de la carretera de Bandeira a Cruces, conduce a la Iglesia parroquial; el Pleno de conformidad con los informes emitidos por la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero y la Dirección de Vías y Obras Provinciales, acuerda denegar la petición del Sr. Castelo Pena, por no figurar el expresado camino en el Plan, no procediendo por tanto hacer reparaciones en él, toda vez que ello debe ser de competencia del Ayuntamiento. ------ Folla: 55 15. Conceder los beneficios de la Ley de Revisión de Precios a D. Pedro Diego Pérez, contratista de las obras del Puente Cabanelas sobre el río Umia. De conformidad con lo informado por la Comisión de Obras Públicas y la Dirección de Vías y Obras se acuerda resolver la instancia del contratista de las obras del Puente Cabanelas sobre el río Umia, Don Pedro Diego Pérez, concediéndole el derecho de revisión de precios en relación con los aumentos habidos hasta la fecha de 19 de abril del corriente año, en que finalizaba el plazo para ejecución de las obras, previa la justificación de tales aumentos. ------ Folla: 55 16. Iniciar expediente de rescisión de contrato con D. Ignacio Azurmendi Artano, contratista de las obras de la Escuela con vivienda de Maestro en D. Ramiro, Lalín. Diose cuenta de oficio del Arquitecto Director de las obras de la Escuela que se está construyendo en D. Ramiro (Lalín), que literalmente copiado dice así: "Tengo el honor de comunicar a V.I. que habiendo transcurrido con exceso el plazo de terminación de las obras de la Escuela y vivienda de Maestro que esta Excma. Diputación está construyendo en la Villa de Lalín (Don Ramiro), sin que no solamente este terminada sino que el estado de abandono llega a un punto que puede causar perjuicios a la obra a pesar de las visitas ejecutadas, oficios y conversaciones particulares, con el contratista, entiende el que suscribe ser procedente la rescisión de la contrata a la que esa Excma. Diputación está autorizada por el pliego de condiciones, lo que consiguientemente tengo el honor de proponer a V.I.". El Pleno de conformidad con lo prevenido en el art. 65 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales de 9 de enero de 1953, acuerda iniciar el expediente de rescisión del contrato con D. Ignacio Azurmendi Artano, previniéndole respecto al resarcimiento de sus obligaciones, y a la penalidad que establece el número 5 del articulo 4º del mismo Decreto de Contratación, que sanciona tales incumplimientos con la incapacidad para contratar obras y servicios públicos, pudiendo el interesado, mientras se sustancia este expediente, comparecer en él, alegando en su descargo lo que estime pertinente, según previene el art. 296 del Decreto de 17 de mayo de 1952. ------ Folla: 55 17. Iniciar expediente de rescisión de contrato con D. Adolfo López Barros, contratista de las obras de Escuelas con vivienda de Maestro en Soutelo de Montes Forcarei. Diose cuenta de oficio del Arquitecto Director de las Escuelas de Soutelo de Montes en el Ayuntamiento de Forcarei, que dice así: "Tengo el honor de comunicar a V.I. que habiendo transcurrido con exceso el plazo de terminación de las obras de las escuelas y viviendas de Maestro que esa Excma. Diputación está construyendo en la Villa de Forcarei (Soutelo de Montes), sin que no solamente estén terminadas, ni se hayan hecho en ellas las modificaciones ordenadas por esta Dirección facultativa, sino que permanecen en un estado de abandono a pesar de las visitas ejecutadas, de los numerosos oficios y conversaciones particulares con el que suscribe, entiendo es procedente ejecutar la rescisión de la contrata a la que esa Excma. Diputación está autorizada por el Pliego de Condiciones, y en ese sentido tengo el honor de proponerlo a V.I.". El Pleno de conformidad con lo prevenido en el articulo 65 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales de 9 de enero de 1953, acuerda iniciar el expediente de rescisión del contrato con Don Adolfo López Barros, vecino de Soutelo de Montes previniéndole respecto al resarcimiento de daños y perjuicios por el incumplimiento de sus obligaciones y de la penalidad que establece el número 5 art. 4º del mismo Decreto de Contratación que sanciona estos incumplimientos con incapacidad para contratar obras y servicios públicos, pudiendo el interesado, mientras se sustancia este expediente, comparecer en él y alegar en su descargo cuanto estime pertinente según previene el articulo 296 del Decreto de 17 de mayo de 1952. ------ Folla: 55 18. Iniciar expediente de rescisión de contrato con D. Francisco Otazu López, contratista de las obras de dos Escuelas en el Ayuntamiento de A Cañiza. Diose cuenta de oficio del Arquitecto Director de las Escuelas de A Cañiza que dice así: "Tengo el honor de comunicar a V.I. que habiendo transcurrido con exceso el plazo de finalización de las obras de construcción de dos escuelas en el Ayuntamiento de A Cañiza, sin que estén totalmente terminadas y sin que se hayan ejecutado en las mismas las obras de modificación que por mala construcción se le indicaron a la contrata, estimo que esa Excma. Corporación debe proceder a la rescisión de la contrata a la que está autorizada por el Pliego de Condiciones, con pérdida de fianza, lo que en este sentido tengo el honor de proponer a V.I. El Pleno de conformidad con lo prevenido en el art. 65 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales del 9 de enero de 1953, acuerda iniciar el expediente de rescisión del contrato con Don Francisco Otazu López, como cesionario del contratista, vecino accidentalmente de Mareen y legal de Pamplona-Avda. de Carlos III, núm 43-2º al que se prevendrá respecto del resarcimiento de daños y perjuicios por incumplimiento de sus obligaciones así como de la penalidad que establece el núm. 5 del art. 4º del mismo Decreto de contratación, que sanciona estos incumplimientos con incapacidad para contratar obras y servicios públicos, pudiendo el interesado mientras se sustancia este expediente, comparecer en él y alegar en su descargo cuanto estime pertinente, según previene el art. 296 del Decreto de 17 de mayo de 1952. ------ Folla: 55 19. Iniciar expediente de rescisión de contrato con D. José Carballo Valcarcel, contratista de las obras de la Escuela de Pontecesures. Diose cuenta de oficio del Arquitecto Director de las obras de la Escuela de Pontecesures, que dice así: "Tengo el honor de comunicar a V.I. que habiendo transcurrido con exceso el plazo de finalización de las obras de la escuela de Pontecesures, sin que estén terminadas y si en cambio en un estado de abandono desde hace mucho tiempo, a pesar de las visitas ejecutadas a la misma por el que suscribe de los numerosos oficios puestos al contratista y de conversaciones particulares con el mismo, es procedente ejecutar la rescisión de contrata a la que esa Excma. Diputación está autorizada por el pliego de condiciones y en ese sentido tengo el honor de proponerlo a V.I." El Pleno de conformidad con lo prevenido en el art. 65 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales de 9 de enero de 1953, acuerda iniciar el expediente de rescisión del contrato con Don José Carballo Valcarcel, vecino de esta Capital, previniéndole respecto al resarcimiento de daños y perjuicios por incumplimiento de sus obligaciones y de la penalidad que establece el núm. 5 del art. 4º del mismo Decreto de Contratación, que sanciona estos incumplimientos con incapacidad para contratar obras y servicios públicos, pudiendo el interesado mientras se sustancia este expediente, comparecer en él, y alegar en su descargo cuanto estime pertinente según previene el articulo 296 del Decreto de 17 de mayo de 1952. ------ Folla: 55,56 20. Iniciar expediente de rescisión de contrato con D. José Carballo Valcarcel, contratista de una casa Escuela en Casal-Budiño en el Ayuntamiento de O Porriño. Se da cuenta del expediente instruido sobre concesión al Contratista D. José Carballo Valcarcel de las obras de construcción de una casa-escuela situada en Casal-Budiño, en el Ayuntamiento de O Porriño y como resulta del mismo que dicha construcción se encuentra en un estado de abandono a pesar de las visitas giradas a la misma y de los numerosos oficios puestos al contratista con grave perjuicio para la economía de esta Excma. Diputación Provincial; el Pleno de conformidad con lo prevenido en el art. 65 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales de 9 de enero de 1953, acuerda iniciar el expediente de rescisión de contrato con Don José Valcarcel, vecino de esta Capital, previniéndole respecto al resarcimiento de daños y perjuicios por el incumplimiento de sus obligaciones y de la penalidad que establece el número 5 del art. 4º del mismo Decreto de Contratación que sanciona estos incumplimientos con incapacidad para contratar obras y servicios públicos, pudiendo el interesado, mientras se sustancia este expediente comparecer en él, y alegar en su descargo cuanto estime pertinente según previene el articulo 296 del Decreto de 17 de mayo de 1952. ------ Folla: 56 21. Iniciar expediente de rescisión de contrato con D. José Carballo Valcarcel, contratista de las obras de una casa-escuela en Canicouva Ayuntamiento de Ponte Sampaio. Examinado el expediente instruido sobre la concesión al Contratista D. José Carballo Valcarcel de las obras de construcción de una casa-escuela en Canicouva, Ayuntamiento de Ponte Sampaio, y como resulta del mismo que dicha construcción se encuentra muy atrasada a pesar de haber transcurrido con exceso el plazo para la terminación de las obras y de las visitas giradas a la misma, con grave perjuicio para la economía de esta Diputación Provincial; el Pleno de conformidad con lo prevenido para la economía de esta Diputación Provincial; el Pleno, de conformidad con lo prevenido en el art. 65 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales de 9 de enero de 1953, acuerda iniciar el expediente de rescisión del contrato con Don José Carballo Valcarcel, vecino de esta Capital, previniéndole respecto al resarcimiento de daños y perjuicios por el incumplimiento de sus obligaciones y de la penalidad que establece el núm. 5 del art. 4º del mismo Decreto de Contratación, que sanciona estos incumplimientos con incapacidad para contratar obras y servicios públicos pudiendo el interesado, mientras se sustancia este expediente, comparecer en él, y alegar en su descargo cuanto estime pertinente según previene el articulo 296 del Decreto de 17 de mayo de 1952. ------ Folla: 56 22. Iniciar expediente de rescisión de contrato con D. José Carballo Valcarcel, contratista de las obras de una casa escuela en Mangueiro-Sta. Cristina Ayuntamiento de Vilaboa. Examinado el expediente instruido con motivo de la concesión al contratista Don José Carballo Valcarcel, de las obras de construcción de una casa-escuela en Mangueiro-Santa Cristina, Ayuntamiento de Vilaboa, y como resulta del mismo que dicha construcción se encuentra muy atrasada a pesar de haber transcurrido con exceso el plazo para terminación de las obras, y de las visitas giradas y oficios cursados, con grave perjuicio para la economía de esta Diputación Provincial; el Pleno, de conformidad con lo prevenido en el art. 65 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales de 9 de enero de 1953, acuerda iniciar el expediente de rescisión del contrato con Don José Carballo Valcarcel, vecino de esta Capital, previniéndole respecto al resarcimiento de daños y perjuicios por el incumplimiento de sus obligaciones y de la penalidad que establece el núm. 5 del articulo 4º del mismo Decreto de Contratación, que sanciona estos incumplimientos con incapacidad para contratar obras y servicios públicos, pudiendo el interesado, mientras se sustancia este expediente, comparecer en él, y alegar en su descargo cuanto estime pertinente según previene el articulo 296 del Decreto de 17 de mayo de 1952. ------ Folla: 56 23. Aprobar propuesta de la Comisión de Educación, Deportes y Turismo, sobre prórroga de becas a la Sta. Celia García Alen, D. Emilio García Rodríguez y D. Javier Ríos Graña, la propuesta del Rector del Seminario de Tui a favor de D. Germán García Muiños y dejar pendiente de resolución, las instancias de D. Luis Torres Martínez, D. Juan Piñeiro y D. Manuel Quintana. Fue leída el Acta de la reunión celebrada por la Comisión de Educación, Deportes y Turismo del día 27 de agosto ppado., que copiada a la letra dice: "En el Palacio de la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra, a las trece horas del día veintisiete de agosto de mil novecientos cincuenta y cuatro, se reúne la Comisión de Educación, Deportes y Turismo con asistencia de los Sres. D. José Jurado Romero, D. Ernesto Viéitez Cortizo y el Secretario que suscribe, adoptando los acuerdos siguientes: Prorrogar por un año más la beca que disfruta la Sta. Celia García Allen, de estudios universitarios. Prorrogar asimismo la denominada "Matías Montero", de que es titular D. Emilio García Rodríguez que se prepara para el ingreso en la Escuela Especial de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, con la reserva de que dicho auxilio le será retirado si en el año próximo no ha logrado superar la referida prueba. Examinada la instancia del pianista becario D. Javier Ríos Graña, prorrogarle para el curso 1954-55, este beneficio, con la aclaración de que, si al final de este curso ha realizado progresos que lo justifiquen, la Comisión le propondrá para la bolsa de viaje que solicita. En cuanto a la instancia del pintor D. Luis Torres Martínez, que por la Presidencia se le invite a exponer con concreción el plan de trabajo que se propone realizar antes de resolver sobre la petición que formula. La instancia de D. Juan Piñeiro, actual becario de Escultura, quedará supeditada a la propuesta que oportunamente formule el Jurado de la exposición inaugurada el día 8 del actual, y por lo que respeta a la de D. Manuel Quinteiro Mosteiro, habrá de esperarse también a lo que proponga dicho Jurado, por si de esta propuesta resultase alguna vacante que permitiese atender dicha súplica. Elevar al Pleno de la Corporación la propuesta del Rector del Seminario de Tui, en cuanto a la beca para estudios en dicho Centro que fue anunciada últimamente. Y, en fin, por lo que afecte al escrito del Rector del Colegio de San Francisco Javier, de A Guarda, anunciar las becas que resulta haber vacantes en el mismo. Tales los acuerdos que la Comisión de Educación, Deportes y Turismo somete al Pleno de la Excma. Corporación Provincial.- Firmado: Ernesto Viéitez Cortizo, José Jurado Romero. El Pleno acordó de conformidad con dicha propuesta y que por el Presidente de la mencionada Comisión de Educación, Deportes y Turismo, D. Ernesto Viéitez Cortizo, se estudien, con la mayor urgencia, las convocatorias de concursos. En cuanto a la beca de estudios eclesiásticos del Seminario de Tui, la Corporación ratifica la propuesta del Rector de dicho Seminario, concediéndole el auxilio económico a D. Germán García Muiños. ------ Folla: 56 24. Facultar al Sr. Presidente para otorgar el oportuno poder al Banco de Crédito Local de España para que este perciba directamente las cantidades en la Delegación de Hacienda procedentes de la participación de 5% sobre la Contribución Rústica, facultando al citado Banco para gestionar la liquidación y percibir en su caso, el importe de dichos recursos directamente de la Administración Civil. En cumplimiento de acuerdo corporativo recaído en sesión celebrado el día 30 de junio último, esta Diputación acordó sustituir las garantías del préstamo concedido por el Banco de Crédito Local de España, según contrato celebrado en 15 de mayo de 1943 por escritura pública ante Notario del Ilustre Colegio de A Coruña D. Alberto Campos Prorrata, el recargo del 24 por 100 sobre la Contribución Rústica y Pecuaria por la participación del 5 por 100 sobre la Contribución Rústica que ha de percibir esta Diputación de la Delegación de Hacienda y cuyo ingreso figura en el Capitulo XI y Articulo 1º de su Presupuesto Ordinario, el Pleno, por unanimidad de los Sres. miembros asistentes acuerda: Facultar al Ilmo. Sr. Presidente para el otorgamiento del oportuno poder, tan amplio y bastante como en derecho se requiera, a favor del Banco de Crédito Local de España, para que dicha Institución perciba directamente las cantidades que sean liquidadas en la Delegación de Hacienda de la provincia, procedentes de la Participación del 5 por 100 sobre la Contribución Rústica. Iguales facultades se confieren al Banco para gestionar la liquidación y percibir, en su caso, el importe de dichos recursos directamente de la Administración Central. Este Poder, tendrá carácter irrevocable hasta que la Diputación cancele las obligaciones derivadas del citado contrato y consignará, asimismo, la facultad a favor del Banco de Crédito Local de España de sustituirlo total o parcialmente a favor de la persona natural o jurídica, que dicha Institución de Crédito estime conveniente. ------ Folla: 56 25. Enterarse de las reclamaciones presentadas contra la Ordenanza Reguladora del Arbitrio Provincial por D. Eugenio Fadrique y otros, D. Celso Candeira y Alvarez e Hijos y que se remita la Ordenanza y reclamaciones al Delegado de Hacienda para aprobación. Quedar enterados de las reclamaciones presentadas contra la Ordenanza reguladora del Arbitrio sobre riqueza provincial formuladas por los Sres. D. Eugenio Fadrique González y otros, D. Celso Candeira Pérez y la Empresa Manuel Alvarez e Hijos de Vigo, durante el plazo de exposición al público para oír reclamaciones que finalizó el día 1º del mes en curso, así como que se remita la expresada Ordenanza y reclamaciones a la Superior aprobación del Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda de esta provincia, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 695 de la vigente Ley de Régimen Local. ------ Folla: 56,57 26. Interesar del Ayuntamiento de Pontevedra la incoación de expediente de expropiación de tres casas sitas en la calle de Joaquín Costas, inmediatas al Pabellón de infecciosos del Gran Hospital. En la calle de Joaquín Costas de esta Capital, y dentro del área que ocupa el Gran Hospital, se halla sitas tres casas distantes solamente tres metros del Pabellón de Infecciosos de aquel Centro Hospitalario, y a las cuales, por hallarse fuera de la linea con arreglo al Plano de Población, aprobado por el Excmo. Ayuntamiento, alcanza lo que dispone el art. 143 y siguientes de la Ley de Régimen Local, de 16 de diciembre de 1950. Tanto para los fines de instalaciones complementarias de aquel Centro benéfico, como para las municipales de urbanización, aparece plenamente justificada la utilidad pública de la expropiación de las mismas, conforme a lo dispuesto en los artículos 143 y 289 de la citada Ley de Régimen Local, y habiéndose propuesto por el Sr. Arquitecto Director de las Obras del Gran Hospital, la necesidad de estas expropiaciones, para mayor rapidez en la tramitación del expediente, el Pleno acordó interesar del Excmo. Ayuntamiento la incoación de estas actuaciones, comprometiéndose la Diputación al abono del importe de las casas expropiadas, indemnización legal a los inquilinos, 3 por 100 de afección y los honorarios del proyecto que se calculan por dicho Técnico en unas 150.000 pesetas. Las casas a expropiar se describen así: Casa número 1.- Propietaria: Doña Josefa San Silvestre Vázquez. Nº de Registro Fiscal 3446. Líquido Imponible 1.710 pesetas. Rentas Declaradas:Bajo 480 pesetas año. Piso 1.800 Superficie verdad: 37 metros cuadrados. Inquilino del Bajo: D. Eliseo Pérez Aboal, paga 480 pesetas. Inquilino del Piso: D. Ramón Rial, paga 1.800 pesetas. Casa número 2.- Propietario: Don Manuel Piñeiro Solla (Hoy Doña Josefa García). Nº de Registro Fiscal: 3434. Liquido imponible 540 pesetas. Rentas Declaradas: Bajo 360 pesetas año. Piso 360 pesetas. Superficie verdad: 52,07 metros cuadrados. Inquilino del bajo: D. Francisco Javier Expósito-paga 480 pesetas. Inquilino del piso: D. Armando Sieiro Cabaleiro-paga 912 pesetas. Casa número 3.- Propietario: D. Manuel Piñeiro Solla (Hoy Doña Josefa García). Nº de Registro Fiscal 2186. Liquido imponible 810 pesetas. Rentas Declaradas: Bajo 540 pesetas. Piso 540 pesetas. Superficie verdad: De la casa 47,25, del cobertizo 15,67. Inquilino del Bajo: Doña María Barredo López (Abacería) paga 1.560 pesetas. Inquilino del piso: Don Perfecto Alvarez Fariña-paga 600 pesetas. ------ Folla: 57 28. Rectificar los acuerdos de 30 de abril y 29 de mayo últimos, sobre provisión de dos plazas de telefonistas, en el sentido de que es una y no dos las plazas a cubrir en dicho concurso. Rectificar los acuerdos de 30 de abril y 29 de mayo últimos, por los que se ordenó cubrir en propiedad, mediante concurso-oposición, dos plazas de Telefonistas, y en el sentido de ser una sola plaza, y o dos, como por error se dijo en los citados acuerdos, debiendo anunciarse inmediatamente en el Boletin Oficial la oportuna convocatoria, para su provisión reglamentaria. ------ Folla: 57 29. Acceder al reingreso solicitado por la Auxiliar-administrativo Doña Mª del Socorro Fernández Autrán. Habiéndose solicitado por Doña María del Socorro Fernández Autrán, Auxiliar Administrativo excedente de esta Diputación, el reingreso al servicio activo; teniendo en cuenta que se le concedió la excedencia voluntaria por acuerdo de 27 de noviembre de 1945, en cuya situación lleva más de un año, y que actualmente existe vacante de su clase en la plantilla de funcionarios; esta Corporación, al amparo de lo dispuesto en el art. 63 del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local, acuerda acceder a lo solicitado por Doña María del Socorro Fernández Autrán, asignándosele el sueldo reglamentario anual de 8.000 pesetas dos pagas extraordinarias y el plus eventual de carestía de vida que la Corporación tiene concedido con carácter general en favor de sus empleados, y debiendo tomar posesión del cargo en la Secretaria General una vez que sea notificada de este acuerdo. ------ Folla: 57 30. Aprobar y declarar de abono recibos de suministro de agua al Parque Móvil de junio, julio, septiembre y noviembre de 1953. Prestar aprobación y declarar de abono los recibos de suministro de agua al Parque Móvil, durante los meses de junio, julio, septiembre y noviembre del pasado año, cuyo importe total de 175,60 pesetas, serán satisfechos con cargo al Capitulo 1º, Art. III y Partida XV "Deudas de Ejercicios Anteriores" del Vigente Presupuesto. ------ Folla: 57 31. Enterarse de telegrama del Alcalde de Vigo, agradeciendo la felicitación cursada con motivo de la concesión al mismo de la Encomienda de la Orden del Mérito Civil. La Corporación queda enterada de atento telegrama del Alcalde de Vigo, Sr. Pérez Lorente, haciendo presente a la Presidencia y Diputación, su reconocimiento y gratitud por la felicitación que se le cursó con motivo de la merecida concesión de la Encomienda de número de la Orden de Mérito Civil, que le fue concedida por el Gobierno. ------ Folla: 57 32. Aprobar expediente de habilitaciones de crédito y suplementos. Aceptando propuesta de la Comisión de Hacienda, y vistos los informes emitidos por la Intervención de fondos y la Secretaría General, acordó aprobar el expediente de habilitaciones y suplementos de créditos, que se relacionan a continuación: Habilitaciones de Crédito. Cap. Art. Part. Concepto Pesetas 6º 1º 52 Gratificación pract. Lanzada S. 29-3-54 1.000 6º 4º 56 Restaura. mobiliario Audiencia (Prep. Vda. Martínez) (30-4-54) 38.750 11º 2º 157-B Proyecto reformado c.v. carret. Pontevedra a O Grove a la Playa de Silgar en Sanxenxo, parte ordinario y el resto al extra "E". S.29-3-54. 49.478,15 11º 2º 157-C Cam.v. de Berredo a Branteza a Bahiña, parte ordinario y el resto extra "E", sesión 29-3-54. 77.485,39 11º 11º 171-B Por exceso gasto consignación del extra "E" y proyecto obra Museo Provincial, sesión 29-3-54. 4.718,80 11º 11º 171-C Revisión precios pabellón contagiosos Hospital S. 30-4-54. 36.347,68 11º 11º 171-D Revisión precios pabellón Cocina y Her- manas Gran Hospital S. 30-4-54 26.954,52 11º 11º 171-E Reconstrucción escalera y parte piso Gran Hospital presupuesto adjudicación sesión 30-4-54. 406.186,05 13º 3º 175-B Por exceso proyecto Piscifactoria sobre la consignación extra "E" sesión 29-3-54. 1.- 13º 3º 175-B Acondicionamiento Lago Figueirido para estanque reproductor truchícola, sesión de 30-6-54. 52.500 Total Habitaciones de Crédito 693.421,59 Suplementos de Crédito Cap. Art. Part. Concepto Pesetas 1º 9º 26 Para impresión Presupuesto provincial 710,00 4º 1º 38 Gastos imprenta provincial. 3.000,00 6º 4º 69 Personal eventual Parque Móvil. 40.000,00 6º 4º 74 Gastos telar Hogar Provincial. 30.000,00 9º 2º 110 Subvenciones benéfico-sociales. 30.000,00 10º 12º 144 Premio escolar becarios Ramón Rivas García y Fernando Pintos Domínguez, ambos de Pintura a razón de 2.000 ptas. 4.000,00 11º 1º 154 Resto adquisición tres motos servicio Vías y Obras. 150,00 11º 1º 157 Gastos sostenimiento Parque Móvil. 52.986,61 Total Suplementos de Crédito 160.846,61 ------ Folla: 57 33. Aprobar propuesta para construcción de una rampa a la Iglesia de Ribadumia con cargo al Paro Obrero, destajandola directamente al contratista D. Nemesio Méndez Pérez. Diose cuenta de propuesta del Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras que dice así: "Al construirse el c.v. núm. 341 de la carretera de Pontevedra a Cambados a la de Noalla a Caldas queda sin comunicación y a una distancia de 500 metros de dicho camino, la Iglesia de Ribadumia. Por ello propongo a esa Excma. Diputación, adopte el acuerdo de construir una rampa a dicha Iglesia, que será de unos 500 metros y costará aproximadamente unas 50.000 pesetas a los precios del proyecto, destajandose directamente la obra al contratista que llevó a cabo la construcción del camino Nemesio Méndez Pérez. Esta obra se llevará a cabo con cargo al Paro Obrero y a la misma consignación que tenía el camino, en el que quedó una partida sobrante por desglose el puente "Cabanelas". El Pleno resolvió de conformidad con la preinserta propuesta. ------ Folla: 57,58 34. Designando a los Sres. Diputados D. José Mª Massó García, D. Fernando Conde de Ponte, D. Frutos Cerecedo y D. Gerardo Carballal para formar parte de la Comisión de Gobierno de la Caja Reguladora de Anticipos y Aprovechamientos Forestales. A fin de cumplir lo dispuesto en el art. 9º del Estatuto de la Caja Reguladora de Aprovechamientos y Anticipos Forestales, se acuerda designar a los Señores Diputados Don José María Massó García, Don Fernando Conde de Ponte, D. Frutos Cerecedo Laptaza y D. Gerardo Carballal Morgade, para que formen parte de la Comisión de Gobierno de dicha Caja, en unión con los restantes a que dicho precepto se refiere. Este acuerdo se comunicará a los interesados para su conocimiento. ------ Folla: 58 35. Denegar lo solicitado por D. Eloy Fernández-Valdés, D.Salvador Merino y D. José Mª Sánchez sobre concesión de los beneficios de "Ayuda Familiar". Vistas las instancias suscritas por D. Eloy Fernández-Valdés Rodríguez, Don Salvador Merino Gómez y Don José María Sánchez Rivas, interesando se les concedan los beneficios de "Ayuda Familiar", otorgados por Ley de 15 de julio de 1954 a favor de los funcionarios civiles de la Administración del Estado, esta Corporación acuerda no acceder a lo que se interesa toda vez que los solicitantes tienen el carácter de funcionarios de esta Diputación y a tenor de lo dispuesto en el articulo 86 del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local, es facultativo para las Corporaciones establecer con cargo a sus presupuestos, pluses eventuales de carestía de vida y por cargas familiares, medida esta que en caso de concederse, siempre sería con carácter general a todos los funcionarios provinciales y previo estudio de los medios económicos necesarios para cubrir estas atenciones. Se levantó la sesión. ------

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