ATOPO
Rexistros actuais: 1.625.156
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Acta de sesión 1955/05/27_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.062/1.1955-05-27_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1955/05/27_Ordinaria

  • Data(s) 1955-05-27 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 32 Asisten los Señores: Presidente: Sr. Rocafort Martínez. Vicepresidente: Sr. Massó García. Diputados: Sres. Bugallo Sineiro, Carballal Morgade, Cercedo Lapatza, Conde de Ponte, Fernández Alonso, González Taboada, Jurado Romero, Muiños Iglesias, Pousa Lamas, Romay Martínez, Sierra Cordo, Vázquez de Silva y Vieitez Cortizo. Secretario accidental: Sr. Cabanillas Pérez. Interventor: Sr. Álvarez García. Presidida por el Ilmo. Sr. D. Luis Rocafort Martínez y con asistencia del Vicepresidente Sr. Massó García y los Diputados Sres: Bugallo Sineiro, Carballal Morgade, Cercedo Lapatza, Conde de Ponte, Fernández Alonso, González Taboada, Jurado Romero, Muiños Iglesias, Pousa Lamas, Romay Martínez, Sierra Cordo, Vázquez de Silva y Vieitez Cortizo, celebra sesión el Pleno de esta Excma. Diputación en el salón de actos del Palacio provincial, siendo las diecisiete horas del día de hoy, veintisiete de mayo de mil novecientos cincuenta y cinco, actuando el Oficial Mayor Sr. Cabanillas Pérez, de Secretario y el Interventor de Fondos Sr. García Álvarez. Excusan su inasistencia por causa justificada, los Diputados Sres: Campos Paseiro y Pérez Crespo. Se da lectura del acta de la sesión últimamente celebrada correspondiente a la sesión de 29 de abril de 1955 la que por unanimidad es aprobada. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos que figuran en el orden del día, adoptándose los acuerdos que a continuación se consignan. ------ Folla: 32 1. Aceptar oferta del contratista de las obras de la carretera de Ventas de Narón a Folgoso y Doade, comprometiéndose a realizar las obras acordadas en sesión de 28 - 09 - 1954, a los mismos precios del proyecto, encargándose al mismo, D. Gumersindo Veiga, de su realización. Se da cuenta de escrito del contratista de las obras del c. v. de la carretera de Ventas de Narón a Folgoso a Doade, en virtud del cual se compromete a realizar las obras acordadas por esta Excma. Diputación provincial en sesión de 28 de septiembre de 1954, consistentes en la ampliación a un ancho de cuatro metros y la prolongación hasta la Iglesia a los mismos precios del proyecto, con aplicación de la baja obtenida en la licitación de las obras primitivas, visos los informes favorables de la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, así como, el de la Intervención de Fondos provinciales, que estima que procede aceptar la oferta de dicho contratista, existiendo en el Presupuesto Extraordinario E para atender a las mismas, la cantidad de 34.132,20 ptas. el Pleno acuerda aceptar el ofrecimiento de D. Gumersindo Veiga Crespo y encargarle la realización de las expresadas obras. ------ Folla: 32 2. Resolviendo que el ayuntamiento de Redondela realice obras en la construcción de la variante en el camino vecinal a la Portela, hasta el 50% de su importe y lo comunique después para habilitar la fórmula económica de construcción sin interrupción del resto de las obras. Interesada por el ayuntamiento de Redondela la construcción de una variante que del camino a la Portela, conduzca a la carretera general de A Coruña a la frontera portuguesa y examinado el presupuesto de dicha obra que eleva el Sr. Director de Vías y Obras provinciales, y que asciende a la cantidad de 55.792,40 ptas. el Pleno, acuerda que el ayuntamiento peticionario realice las obras hasta el 50% de su importe y, que seguidamente lo comunique a esta Excma. Diputación provincial a fin de habilitaren su día la fórmula económica para la construcción, sin interrupción, del resto de las obras. ------ Folla: 32 3. Dejar sobre la mesa, oficio del ayuntamiento de Lalín, relacionado con la contrucción de un kilómetro de camino vecinal de Vento al Castelo y de 2 kilómetros en el de Prado a Vilatuxe. Se da cuenta de oficio del ayuntamiento de Lalín, en el que transcribe copia del acuerdo adoptado por el Pleno del mismo, solicitando la construcción de un Km. del c. v. de Vento al Castrelo, en lugar de los 3 Km. que figuran a construir con cargo a la ampliación del presupuesto extraordinario E y los 2 Km. restantes emplearlos en la terminación del c. v. de Prado a Vilatuxe. El Pleno teniendo en cuenta que el costo del Km. que se propone construir de Vento al Castelo pudiera hacer variar las cifras del que se proyectara con antelación, acuerda quede este asunto sobre la Mesa para mejor estudio a cuyo efecto por el Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras e determinará la cuantía del proyecto informando la Comisión de Obras Públicas e Intervención. ------ Folla: 33 4. Aprobar propuesta sobre precios de estancias de enfermos que solicitasen ser hospitalizados en el Gran Hospital como si se tratase de un sanatorio particular, previa conformidad con las tarifas que para aquellos señala la Dirección que para las próximas ordenanzas se estudie la modificación de las tarifas. Diose cuenta de informe de la Intervención de Fondos en propuesta que elevó el Director del Hospital provincial, sobre modificación de tarifas de los enfermos pensionistas en aquel establecimiento, y como la Ordenanza reguladora de la tasa de servicios que allí se prestan no puede ser modificada durante el actual ejercicio y cualquier alteración habría de surtir efectos económicos a partir del 1º de enero del próximo año, pudieran establecerse los precios que aconseja la Dirección únicamente para los enfermos que soliciten directamente ser hospitalizados como si se tratase de un sanatorio particular, sin ficha de situación económica, sin que exista impedimento para establecer los honorarios de operaciones quirúrgicas, derechos de quirófano, y estancias al precio que la Corporación tenga a bien acordar en su día, a cuyo efecto para las próximas Ordenanzas se estudiará su modificación, aprobándose para el corriente ejercicio la propuesta de la Dirección del Hospital en las limitaciones indicadas de que sea esta percepción solamente para aquellos enfermos que acepten la conformidad de los precios señalados en su propuesta por la Dirección de aquel establecimiento. ------ Folla: 33 5. Enterarse de oficio de la Dirección General de Administración Local sobre procedimiento recaudatorio para dictar declaraciones de apremio en la gestión cobratoria de los arbitrios municipales. La Dirección General de Administración Local, como Jefatura Superior del Servicio de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales, dice al Gobierno Civil, y este traslada a la presidencia, que resolviendo consultas de diversas Corporaciones provinciales que vienen realizándola gestión cobratoria de los Arbitrios Municipales sobre riqueza urbana y sobre la rústica y pecuaria, ha dispuesto contestar a dichas consultas en el sentido de que la facultad de las Diputaciones en cuanto asuma estos servicios implica la plena atribución en orden a trámites y formalidades del procedimiento recaudatorio para dictar las declaraciones de apremio y señalar la apertura y término de periodo cobratorio. el Pleno acuerda quedar enterado. ------ Folla: 33 6. En relación con liquidación de obras de la carretera Malecones del Lérez, se acuerda pasar este expediente a Vías y Obras para que señale la obra que debe ser anulada en el plan de conservación de caminos y carreteras para 1955. Se da cuenta de liquidación practicada a las obras de reparación extraordinaria de la carretera provincial de malecones del Lérez, que eleva el Sr. Ingeniero de Vías y Obras provinciales, y que arroja un saldo a favor del contratista de 41.550,58 ptas.; el Pleno, después de examinados los informes que emiten sobre el particular la Comisión de Hacienda y Economía y la Intervención de Fondos provinciales, acuerda pasar el expediente al expresado Ingeniero, para que señale la obra que debe ser anulada en el Plan de Conservación de Caminos y carreteras provinciales para 1955, aprobado por el Pleno el día 29 de abril último, a fin de poder aplicar este gasto a los créditos del vigente presupuesto. ------ Folla: 33 7. Habilitar crédito para reparar un muro derruido en la carretera provincial de A Cañiza a Arbo. Vistas las solicitudes de autorización para reparar un muro derruido en el kilómetro 13 de la carretera provincial de A Cañiza a Arbo y el camino vecinal núm. 36-C de Campo, Fofe a A Graña, formuladas por el Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras provinciales, pro un importe de 15.500 ptas. y atendiendo asimismo a los informes de la Intervención de Fondos y de la Comisión de Hacienda y Economía, la Corporación acuerda realizar dichas obras habilitando al efecto el crédito preciso mediante transferencia con cargo al superávit de la liquidación del último ejercicio económico, cuya disponibilidad es de pesetas 39.532,77. ------ Folla: 33 8. Aprobar liquidación de obras del camino vecinal de Samieira a Picón al de Barrantes a Armenteira, con saldo a favor de D. José Malvar Figueroa. Examinada la liquidación de las obras de construcción del c.v. de la carretera de Samieira a Picón al c. v. de Barrantes a Armenteira, que arroja un saldo a favor del contratista D. José Malvar Figueroa de 22.665,74 ptas.; el Pleno teniendo en cuenta el informe favorable de la Intervención de Fondos, acuerda prestarle su aprobación debiendo librarse la expresada cantidad con cargo al Cáp. 11, Art. 2º, Part. 4ª del Presupuesto Extraordinario C. ------ Folla: 33 9. Enterarse de aprobación del presupuesto del actual ejercicio y dictamen del delegado de Hacienda, desestimando recurso interpuesto por D. Crescencio González García. Es dada lectura a una resolución del Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda, fecha 18 de abril pasado por la que se aprueba el Presupuesto Ordinario de esta Excma. Diputación para el ejercicio económico de 1955, que aparece nivelado en la cifra de 32.153.173,64 ptas., siendo asimismo resuelta en sentido denegatorio la reclamación producida contra dicha aprobación por el Médico del Gran Hospital D. Crescencio González García, la Corporación acuerda darse por enterada. ------ Folla: 33 10. Autorizar el aumento de renta del edificio que ocupa en arriendo el Museo de Pontevedra en la calle Sarmiento. De conformidad con lo informado por la asesoría Jurídica se acuerda acceder a lo solicitado por D. Juan Manuel Sáenz Mon, propietario y administrador de la casa núm. 18 de la calle Sarmiento que lleva en arrendamiento esta Diputación destinada a Museo, concediéndole el aumento del alquiler que autoriza la Ley de Arrendamientos Urbanos de 31 de diciembre de 1946 y la de Haciendas Locales de 3 de diciembre de 1953, en relación con el Decreto de 18 del mismo mes y año, consistente en el 14,835% de la renta base, debiendo considerarse novado en dicho aspecto el contrato de arrendamiento y estipulada la renta anual en 10.335,15 pts. Y como la renta se libra según la convención celebrada con el arrendador por trimestres vencidos, la cantidad que habrá de satisfacerse por cada uno de dichos trimestres es de 2.583,78 ptas. ------ Folla: 33 11. Dejar sobre la mesa, propuesta sobre incremento de gastos por confección de proyectos incluidos en el Plan. Dejar sobre la Mesa para mejor estudio, propuesta que eleva el Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras provinciales para que, al igual que el acuerdo adoptado en sesión plenaria de 30 de abril de 1954, se incrementen los gastos que ha de satisfacer la Corporación provincial por la confección de proyectos incluidos en el Plan, a fin de compensar al personal para que imprima una mayor actividad, con jornada de trabajo extraordinaria. ------ Folla: 33 12. Enterarse de aprobación de liquidación de las obras del ferrocarril de Pontevedra a Marín y rogar a la Superioridad que actualice el proyecto. Se da cuenta de oficio de la Dirección General de Ferrocarriles, Tranvías y Transportes por Carretera del Ministerio de Obras Públicas, en el que participa que la liquidación de las obras del Ferrocarril de Pontevedra a Marín, ha sido aprobada con fecha 13 de abril de 1955. el Pleno acuerda quedar enterado, y agradecer sinceramente la deferencia que supone tal comunicación, rogar a la Superioridad que actualice el proyecto para su más pronta realización. ------ Folla: 33 13. Enterarse de oficio de la Alcaldía de O Grove sobre instalación de línea de energía eléctrica desde el transformador de La Lanzada a la finca propiedad de D. Jorge Vázquez Fernández. Queda enterado el Pleno de oficio de la Alcaldía de O Grove trasladando acuerdo de la Comisión Permanente de aquel ayuntamiento de fecha 23 de marzo último, por el que se concede a D. Jorge Vázquez Fernández autorización para que la Sociedad General Gallega de Electricidad efectúe la instalación de una línea desde el transformador de A Lanzada a su finca Pantueira de Lonxe, quedando obligada la Empresa a cambiar el emplazamiento de los postes cuando convenga a los intereses municipales sin indemnización alguna, y a instalar alumbrado público en los lugares electrificados por esta línea cuando así lo acuerde la Corporación, y tomará como base de la electrificación la colonia veraniega de A Lanzada en cuanto sea posible técnicamente. ------ Folla: 33 14. Confirmar resolución presidencial de nombramiento de procurador a D. Servando Vidal para actuar en pleito interpuesto por D. Maudilio Pol y otros vecinos de Vila de Cruces. Ratificar la resolución Presidencial de fecha 5 de mayo actual, acordando el personamiento a nombre de esta Corporación en demanda de mayor cuantía interpuesta por D. Maudilio Pol Taboada y otros vecinos de la parroquia de Oirós, en el ayuntamiento de Vila de Cruces, accionando para la comunidad que dicen propietaria del monte Oirós de la que forman parte con los demás vecinos de dicha parroquia, y contra el ayuntamiento y esta Excma. Diputación, confirmando la designación como Procurador de D. Servando Vidal de aquel Partido y la del Letrado que dirigirá el asunto. ------ Folla: 33 15. Anunciar la subasta las obras de la rampa a la feria de Mosteiro. Se da cuenta de escrito que eleva el Sr. Director accta. Del Servicio de Vías y Obras interesando que por el Negociado correspondiente se anuncie la subasta para la construcción de la Rampa a la Feria de Mosteiro, del c.v. del empalme de la carretera de Cambados a Vilagarcía, a San Salvador de Meis, con una longitud de 770 m. y un presupuesto de 120.025,52 ptas., aprobado el proyecto correspondiente, por esta Excma. Diputación en sesión de 30 de junio de 1954, el Pleno, teniendo en cuenta que en el presupuesto extraordinario F, figura la consignación de vida para atender este gastos, acuerda acceder a la petición formulada, y que se conceda un plazo de cuatro meses para la ejecución de las obras. ------ Folla: 33 16. Anunciar la subasta las obras del camino vecinal nº 142 de Cangas a Coiro, en Coiro a la iglesia de Aldán (trozo nº 1º). Visto el escrito que eleva el Sr. Director accidental. de Vías y Obras, interesando que por el Negociado correspondiente se anuncia la subasta del c. v. núm. 142, del c. v. de Cangas a Coiro, en Coiro a la Iglesia de Aldán (trozo 1º), cuya longitud es de 2.212 m. y un presupuesto de 369.320,67 ptas., habiendo sido aprobado el proyecto correspondiente por esta Excma. Diputación en sesión de 5 de marzo último, el Pleno teniendo en cuenta que en el presupuesto extraordinario F, figura la consignación debida para atender este gasto, acuerda acceder a la petición formulada y que se conceda un plazo de diez meses para la total terminación. ------ Folla: 33 17. Anunciar la subasta de las obras de construcción del camino vecinal de la carretera de Pontevedra a Camposancos, Bértola, Tomeza, a la misma carretera, 1º y 3º sesión con ramal a la iglesia de Figueirido. Visto el oficio que eleva el Sr. Director acctal, de Vías y Obras provinciales, interesando que por el Negociado correspondiente se anuncie la subasta de las obras de construcción del c. v. de la Cª. de Pontevedra a Camposancos, Bértola, Tomeza a la misma carretera, 1ª y 3ª sección, con ramal a la Iglesia de Figueirido, cuya longitud es de 5.257,04 m. y el presupuesto de las obras de 665.212,94 pts. el Pleno, teniendo en cuenta que el proyecto fue aprobado en la sesión celebrada por esta Diputación el 5 de marzo del año en curso y que, en el Presupuesto Extraordinario figura la consignación debida para atender este gastos, acuerda acceder a lo solicitado, y que se conceda un plazo de dieciocho meses para la ejecución de las obras. ------ Folla: 33 18. Anunciar la subasta de las obras de construcción del camino vecinal de la carretera de Vincios a Chenlo (sección de límites del ayuntamiento de Gondomar y O Porriño a Chenlo). Visto el oficio que eleva el Sr. Director accidental de Vías y Obras provinciales, interesando que por el Negociado correspondiente se anuncie la subasta de las obras del c.v. de la carretera de Vincios a Chenlo (sección de límites de ayuntamientos de Gondomar y O Porriño a Chenlo), cuya longitud es de 4.872,63 m. y un presupuesto de 743.204,60 ptas. el Pleno, teniendo en cuenta que el proyecto fue aprobado en sesión plenaria de 5 de marzo del corriente año y que, en el presupuesto extraordinario F figura la consignación debida para este gasto, acuerda acceder a lo interesado y que se conceda un plazo de veinte meses para la total terminación de las obras. ------ Folla: 33 19. Anunciar la subasta de las obras de construcción del camino vecinal de Ponteareas a As Neves, por Rubiós, Taboadexa a Vilacoba (1ª sección). Visto el oficio que eleva el Sr. Director accidental de Vías y Obras provinciales, interesando que por el Negociado correspondiente se anuncie la subasta de las obras del c.v. de Ponteareas a As Neves, por Rubios, Taboadexa a Vilacoba (1ª sección) perfiles 1 al 110, cuya longitud es de 2.765,48 m. y un presupuesto de 381.795,37 pts. el Pleno, teniendo en cuenta que el proyecto fue aprobado en sesión plenaria de 28 de abril de 1950 y que, en el presupuesto extraordinario F figura la consignación debida para este gasto, acuerda acceder a lo interesado y que se anuncie la subasta, concediendo un plazo de once meses para la total terminación de las obras. ------ Folla: 33 20. Aprobar proyecto del camino vecinal nº 237 - 252 de Sanxenxo por Padriñán, Laxe Renes, a la carretera de Samieira, en el ayuntamiento de Sanxenxo. Examinado el proyecto del c. v. núm. 237-252 de Sanxenxo por Padriñán, Laxe, Relles a la carretera de Samieira, en el ayuntamiento de Sanxenxo, que eleva el Sr. Director accidental de Vías y Obras, y del que resulta que tiene una longitud de 8.257,81 m. siendo su presupuesto de ejecución material de 1.061.182,75 ptas., por administración de 1.071.794,57 ptas. y por contrata de 1.220.360,16 ptas. El Pleno teniendo en cuenta el informe favorable de la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, acuerda prestarle su aprobación. ------ Folla: 33 21. Aprobar proyecto del camino vecinal de Balboa a la carretera de A Estrada a Ponte Ulla, en A Estrada. Visto el proyecto del c. v. de Balboa a la carretera de Estrada a Ponte Ulla, en el ayuntamiento de A Estrada, que eleva el Sr. Director accidental de Vías y Obras provinciales, y del que resulta que tiene una longitud e metros 2.171,15 con un presupuesto de ejecución material de 387.346,57 ptas., por administración de 391.220,03 ptas., y por contrata de 445.447,55 ptas., el Pleno de conformidad con lo informado por la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, acuerda prestarle su aprobación. ------ Folla: 34 22. Aprobar proyecto del camino vecinal de la estación costera T.S.H. al apeadero de ferrocarril eléctrico en Sayáns, ayuntamiento de Vigo. Visto el proyecto del c. v. de la Estación Costera T. S. H. Al apeadero del F. C. eléctrico en Sayáns, en el ayuntamiento de Vigo, que eleva el Sr. Director accidental del Servicio de Vías y Obras provinciales y del que resulta que tienen una longitud de 936,34 m. y un presupuesto de ejecución material de 100.995,07 ptas., por administración de 102.005,02 ptas. y por contrata de 116.144,32 ptas. El Pleno de conformidad con lo informado por la Comisión de Obras Públicas y paro Obrero, acuerda prestarle su aprobación. ------ Folla: 34 23. Aprobar proyecto del camino r. de Lavadores a Candeán en el ayuntamiento de Vigo. Examinado el proyecto de c. r. De Lavadores a Candeán en el ayuntamiento de Vigo, que eleva el Director accidental del Servicio de Vías y Obras provinciales y del que resulta que tienen una longitud de 3.228,22 m., siendo su presupuesto de ejecución material de pesetas 344.611,36, por administración de 348.057,47 ptas. y por contrata de 396.303,01 ptas. El Pleno de conformidad con el informe favorable de la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, acuerda prestarle su aprobación. ------ Folla: 34 24. Ratificar resolución de rescisión con D. José Carballo Valcárcel de la escuela de Casal - Budiño y adjudicarla por administración al ayuntamiento de O Porriño. Acordada en sesión de 29 de abril próximo pasado la rescisión del contrato celebrado con D. José Carballo Valcárcel, como contratista de las obras de construcción de una Escuela situada en Casal -Budiño ayuntamiento de O Porriño, y transcurrido el plazo de quince días, que se le concedió al mismo para interponer recurso de reposición, conforme al Art. 377 de la Ley de Régimen Local y subsiguientemente el contencioso - administrativo, 386 del mismo, concordante con el 388. el Pleno acuerda ratificar dicha resolución y adjudicar al ayuntamiento de O Porriño la terminación de las expresadas obras por administración, previa valoración por el Sr. Arquitecto de las mismas, de la obra ya realizada, yen las mismas condiciones que figuraban en el anuncio de las subastas. ------ Folla: 34 25. Ratificar resolución de rescisión con D. José Troitiño Camiña de la escuela de Soutelo de Montes, adjudicando su terminación al ayuntamiento de Forcarei. Acordada en sesión de 29 de abril próximo pasado la rescisión del contrato celebrado con D. José Troitiño Camiña, como contratista de las obras de construcción de las Escuelas con vivienda para el Maestro, ayuntamiento de Forcarei (Soutelo de Montes) y finalizado el plazo de quince días que se le concedió al mismo para interponer recurso de reposición, conforme al Art. 377 de la Ley de Régimen Local y subsiguientemente el contencioso - administrativo del 386 del mismo, concordante con el 388. el Pleno acuerda ratificar dicha resolución, y adjudicar al ayuntamiento de Forcarei, por administración, la realización de las obras, en las mismas condiciones que figuraban en el anuncio de la subasta, previa valoración por el Sr. Arquitecto Director de las mismas de la obra ya ejecutada. ------ Folla: 34 26. Devolver fianza a D. Porfirio Diz Baltasar, que constituyera por obras lote nº 2 de reparación de caminos vecinales, del año 1951. Vista la instancia suscrita por D. Porfirio Diz Baltasar, interesando la devolución de fianza constituida para responder de las obras correspondientes al Lote núm. 2 de reparación de cc.vv. del año 1951. El Pleno teniendo en cuenta los informes favorables de la Dirección de Vías y Obras e Intervención de Fondos, acuerda acceder a lo interesado. ------ Folla: 34 27. Devolver fianza a D. Porfirio Diz Baltasar, que constituyera por obras lote nº 3 de caminos vecinales, del año 1950. Vista la instancia suscrita por D. Porfirio Diz Baltasar, interesando la devolución de fianza constituida para responder de las obras de reparación correspondientes al Lote núm. 3 de cc.vv. del año 1950 y vistos asimismo los informes favorables de la Dirección de Vías y Obras y la Intervención de Fondos provinciales, así como, que se han cumplido los requisitos que determina el actual Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, acuerda acceder a lo interesado. ------ Folla: 34 28. Devolver fianza a D. Porfirio Diz Baltasar, que constituyera por obras de lote nº 6 de caminos vecinales del año 1950. Examinada la instancia suscrita por D. Porfirio Diz Baltasar, interesando la devolución de la fianza constituida para responder de las obras de reparación del Lote núm. 6 de cc.vv. del año 1950. El Pleno teniendo en cuenta los informes favorables de la Dirección de Vías y Obras y la Intervención de Fondos provinciales, así como, que se han cumplido todos los requisitos que determina el actual Reglamento de contratación de las Corporaciones Locales, acuerda acceder a lo interesado. ------ Folla: 34 29. Devolver fianza a D. Porfirio Diz Baltasar que constituyera por obras de reparación del camino vecinal de Peitieiros a Gondar. Vista la instancia suscrita por D. Porfirio Diz Baltasar, interesando la devolución de la fianza constituida para responder de las obras de reparación del c.v. de Peitieiros a Gondar. el Pleno, teniendo en cuenta los informes favorables de la Dirección de Vías y Obras provinciales y la Intervención de fondos, así como que se han cumplido los requisitos exigidos por el actual Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, acuerda acceder a lo interesado. ------ Folla: 34 30. Devolver fianza a D. Porfirio Diz Baltasar que constituyera por obras de la 1ª sección de A Ramallosa a Praia América, del camino vecinal de Priegue a A Ramallosa. Vista la instancia suscrita por D. Porfirio Diz Baltasar, interesando la devolución de la fianza constituida para responder de las obras de construcción de la 1ª sección de A Ramallosa a Playa América, del c. v. de Priegue a A Ramallosa en Nigrán. el Pleno, teniendo en cuenta los informes favorables de la Dirección de Vías y Obras y la Intervención de Fondos, así como, que se han cumplido los requisitos que exige el actual Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, acuerda prestarle su aprobación. ------ Folla: 34 31. Devolver fianza a D. Porfirio Diz Baltasar que constituyera por obras de reparación del camino vecinal de Meder al barrio de A Lei. Se da cuenta de instancia suscrita por D. Porfirio Diz Baltasar, interesando la devolución de la fianza constituida para responder de las obras de reparación del c. v. de Meder al Barrio de La Ley. el Pleno, teniendo en cuenta los informes favorables de la Dirección de Vías y Obras provinciales e Intervención de Fondos, así como, que se han cumplido los requisitos exigidos por el actual Reglamento de Contratación de las Corporaciones locales, acuerda acceder a lo solicitado. ------ Folla: 34 32. Nombrar al concejal del ayuntamiento de A Estrada, D. Antonio López Constenla, vocal de la junta pericial. Es dada lectura a una resolución Presidencial fecha 11 del corriente, por la que, atendiendo al carácter de urgencia con que fue planteada por el Sr. Alcalde de A Estrada, la necesidad de nombrar un Vocal representante de la Excma. Diputación en la Junta Pericial de dicho ayuntamiento, se nombra para dicho cometido al Concejal del mismo Municipio D. Antonio López Constenla. La Corporación acuerda ratificar la expresada designación. ------ Folla: 34 33. Designar a D. Antonio Días Lema, médico auxiliar o de la Guardia de Beneficencia provincial, en virtud de oposición. Vista la propuesta elevada por el Tribunal Calificador del concurso - oposición anunciado en los Boletines Oficiales de la provincia y del Estado, de fechas 14 y 23 de septiembre de 1954, respectivamente, para cubrir en propiedad la plaza de Médico Auxiliar o de Guardia de esta Beneficencia, la Corporación acepta y aprueba esta propuesta, y, en consecuencia, acuerda designar a D. Antonio Dios Lema para el desempeño del referido cargo, quien percibirá en concepto de sueldo anual la cantidad de 13.500 ptas. dos pagas extraordinarias por año y demás emolumentos reglamentarios, debiendo expedírsele el correspondiente título administrativo que le acredite como funcionario provincial, y tomar posesión del cargo ante el Sr. Secretario General en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de este acuerdo al interesado. ------ Folla: 34 34. Declarar desierto el concurso - oposición para cubrir una plaza de jefe clínico oftalmólogo de la Beneficencia y que se anuncie nuevamente su provisión, cuando la Corporación lo estime oportuno. Vista la propuesta elevada por el Tribunal calificador del concurso - oposición anunciado en los Boletines Oficiales de la provincia y del Estado, de fechas 15 y 23 de septiembre de 1954, respectivamente, para cubrir en propiedad la plaza de Jefe Clínico Oftalmólogo de esta Beneficencia, la Corporación acuerda aceptar la indicada propuesta, y, en consecuencia, declara desierta la vacante de Médico anunciada, que deberá nuevamente anunciarse su provisión cuando la Corporación así lo acuerde, previa conformidad del Ministerio de la Gobernación. ------ Folla: 34 35. Expresar la gratitud de la Corporación al catedrático Sr. Echeverri y ayudantes del Instituto Anatómico, por la colaboración prestada en las oposiciones a médico de guardia. Por el Tribunal Calificador del concurso - oposición celebrado en Santiago de Compostela, a primeros del mes en curso, para cubrir en propiedad la plaza de Médico de Guardia de la Beneficencia provincial, se hizo constar en acta su gratitud al Ilmo. Sr. Decano de la Facultad de Medicina, al Catedrático D. Ángel Jorge Echeverri y Ayudantes del Instituto Anatómico por la colaboración entusiasta que le han dispensado, para llevar a cabo las pruebas de examen. el Pleno acuerda adherirse a estas manifestaciones del Tribunal, expresando, asimismo, al os colaboradores aludidos el más sincero reconocimiento de esta Corporación, por la cooperación dedicada a servir los elevados fines de esta Beneficencia. ------ Folla: 34 36. Imponer en virtud del expediente disciplinario a D. Cándido Sartier, la suspensión de empleo y sueldo por dos meses y a D. Lino Baltasar la de 4 meses, en las mismas condiciones. Por resolución Presidencial de 30 de marzo último se acordó la incoación del correspondiente expediente disciplinario a los Ordenanzas D. Lino Baltasar García y D. Cándido Sartier Rodríguez, designándose Instructor al Diputado provincial D. Frutos Cerecedo Lapatza. Finalizadas las actuaciones, se estimó como probado el hecho de haber desobedecido los inculpados en repetidas ocasiones las órdenes dadas por el Portero Mayor, D. Cándido Agis, de que saliesen a cumplimentar a la calle los servicios encomendados vistiendo el uniforme reglamentario, siendo de mayor gravedad los hechos cometidos por el primero de los inculpados, por haber desobedecido además, el día 26 de marzo último al Jefe de Negociado D. Antonio Posse de la Linde, al ordenarle este cumplimentar un servicio. Estimados por el Instructor estos actos como constitutivos de una falta grave de indisciplina con los superiores jerárquicos, elevó a la Corporación la propuesta de sanción, consistente en tres meses de suspensión de empleo y sueldo para D. Cándido Sartier Rodríguez y seis meses de igual correctivo a D. Lino Baltasar García, todo ello al amparo de lo dispuesto en el Art. 108-3º del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local. el Pleno, examinado el aspecto formal del expediente como el contenido y resultado de las actuaciones, y modificado en sentido más benigno la propuesta del Instructor, acuerda imponer a D. Cándido Sartier Rodríguez la sanción de dos meses de suspensión de empleo y sueldo y a D. Lino Baltasar García la de cuatro meses de suspensión, también de empleo y sueldo por los mismos fundamentos legales aducidos por el Instructor. Asimismo, también acuerda revocar y dejar sin efecto alguno con todas sus consecuencias legales, la suspensión preventiva impuesta a los mismos. Por el Negociado de Personal se adoptarán las medidas necesarias para que las sanciones impuestas tengan real e inmediata efectividad, como de que conste en los respectivos expedientes personales los correctivos impuestos a los inculpados. Contra este acuerdo podrán interponer los interesados ante la Diputación el oportuno recurso de reposición, dentro de los quince días siguientes a su notificación o publicación, y el contencioso - administrativo ante el Tribunal Provincial de esta jurisdicción, en las condiciones previstas en los artículos 377 y 388 de la vigente Ley de Régimen Local de 16 de diciembre de 1950. ------ Folla: 34 37. Imponer en virtud de expediente disciplinario a D. Demetrio Riveiro Franco, la suspensión de empleo y sueldo por dos meses. Por resolución Presidencial de 13 de noviembre de 1954, se acordó la incoación de un expediente disciplinario al guarda forestal D. Demetrio Riveiro Franco, por faltas cometidas en el ejercicio de su cargo, designándose Instructor el Diputado provincial D. Juan Muíños Iglesias. Finalizadas las actuaciones, se estimó como probado: 1º. Que el inculpado usó para fines propios, en fechas no determinadas del año 1954, vehículos a su cargo del Consorcio Forestal, concretamente un tractor y una moto, que estaban afectos a los trabajos de repoblación. 2º. Que el mismo vino incluyendo en las listas de jornales correspondientes a trabajos de repoblación, nombre de personas supuestas, y si bien el importe de los jornales de estos trabajadores ficticios se desatinaba, por regla general, a satisfacer a los verdaderos el exceso de labor por ellos realizada, es lo cierto que también se destinaron cantidades en cuantía que no se determinó, a satisfacer gastos particulares del Sr. Riveiro Franco como una comida celebrada en un establecimiento de A Lama en el mes de marzo de 1953, a la que asistieron el expedientado y dos personas más. Estimados por el Instructor estos hechos como constitutivos de dos faltas graves de defectuoso cumplimiento en las funciones encomendadas, previstas en el Art. 101-4º en relación con el Art. 105-2º, ambos del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local, propuso se imponga a D. Demetrio Riveiro Franco la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión de empleo y sueldo, a razón de un mes por cada una de las dos faltas cometidas, conforme a lo dispuesto en el Art. 108 del aludido Reglamento de Funcionarios. el Pleno, examinado el aspecto formal del expediente, como el contenido y resultado de las actuaciones, acuerda aceptar la propuesta del Instructor, y en consecuencia, por los propios fundamentos legales aducidos, impone al inculpado la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión de empleo y sueldo por cada falta cometida. Asimismo, también se acuerda revocar y dejar sin efecto alguno, con todas sus consecuencias legales, la suspensión preventiva impuesta al mismo. Por el Negociado de Personal se adoptarán las medidas necesarias para que las sanciones impuestas tengan real e inmediata efectividad, como de que conste en el respectivo expediente personal el correctivo impuesto al inculpado. Contra este acuerdo podrá interponer el interesado ante la Diputación el oportuno recurso de reposición, dentro de los quince días siguientes a su notificación o publicación, y el contencioso - administrativo ante el Tribunal provincial de esta jurisdicción en las condiciones previstas en los Art. 377 y 388 de la vigente Ley de Régimen Local de 16 de diciembre de 1950. ------ Folla: 35 38. Imponer en virtud de expediente disciplinario a D. Benito Martínez Garrido, la multa equivalente a diez días de sus haberes. Por resolución Presidencial de 13 de noviembre de 1954, se acordó la incoación de un expediente disciplinario al guarda forestal D. Benito Martínez Garrido por faltas cometidas en el ejercicio de su cargo, designándose Instructor al Diputado provincial D. Juan Muíños Iglesias. Finalizadas las actuaciones, se estimó como probado se cierto que el inculpado incluyó en las listas de jornales correspondientes a la 2º quincena del mes de septiembre de 1954 a los vigilantes Maximino Peleteiro y Severino González, haciéndolos figurar con todos los días de la expresada quincena como trabajos, cuyos respectivos importes percibieron, siendo así que faltaron al trabajo seis y tres días, respectivamente, hechos que, a juicio del Instructor , no resultan desvirtuados por las declaraciones presentadas por los interesados, ya que si fueran cierto que fueron sustituidos por otras personas durante sus ausencias del trabajo con el conocimiento del inculpado, este no dejaría de consignarlo así en el escrito que dirigió al Ingeniero Jefe del Servicio Forestal en fecha 6 de noviembre de 1954, obrante del expediente. Apreciados por el Instructor estos hechos como constitutivos de una falta grave de perturbación en el servicio encomendado, con riesgo para el prestigio de su función, prevista en el Art. 105-2º en relación con el 101, ambos del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local, propuso se imponga a D. Benito Martínez Garrido la corrección disciplinaria de multa equivalente a diez días de sus haberes, como asimismo revoca y deja sin efecto alguno, con todas sus consecuencias legales, la suspensión preventiva impuesta al mismo. Por el Negociado de Personal se adoptarán las medidas necesarias para que las sanciones impuestas tengan real e inmediata efectividad, como de que conste en el respectivo expediente personal el correctivo impuesto al inculpado. Contra este acuerdo podrá interponer el interesado ante la Diputación el oportuno recurso de reposición, dentro de los quince días siguientes a su notificación o publicación, y el contencioso - administrativo ante el Tribunal provincial de esta jurisdicción, en las condiciones previstas en los Art. 377 y 388 de la vigente Ley de Régimen Local de 16 de diciembre de 1950. ------ Folla: 35 39. Iniciar expediente de jubilación forzosa por edad al recaudador de contribuciones de la zona de Vigo, D. José García Vidal. Vista la instancia suscrita por D. José García Vidal, funcionario de esta Diputación y actual recaudador de Contribuciones de la Zona de Vigo en la que solicita su jubilación reglamentaria, el Pleno, teniendo en cuenta que ha cumplido los 70 años de edad el 12 de marzo del corriente año, y que no puede cesar en sus funciones hasta el 30 de junio próximo, fecha esta del cierre de cuentas del primer semestre del actual ejercicio, acuerda inicial el expediente de jubilación forzosa del solicitante, que habrá de ser resuelto en el próximo Pleno. ------ Folla: 35 40. Pasar a informe de la Asesoría Jurídica, instancia de D. Victoriano Suárez, solicitando se le nombre recaudador interino de la zona de Vigo. Vista la instancia suscrita por D. Victoriano Suárez Novás, vecino de Vigo y Recaudador Auxiliar de contribuciones, solicitando se le nombre Recaudador de Contribuciones interino de la Zona de Vigo, al cesar en sus funciones el actual titular D. José García Vidal, el Pleno acuerda pasar a informe de la Asesoría Jurídica la referida instancia. ------ Folla: 35 41. Provistar mediante concurso un plaza de mozo de sala del Gran Hospital. Teniendo en cuenta la renuncia hecha por la Junta Calificadora de Aspirantes a Destinos Civiles a cubrir con personal militar la plaza de Mozo de Sala del Gran Hospital, que le ha sido ofrecida, esta Corporación acuerda provistar en propiedad la vacante indicada mediante concurso, previo examen de aptitud, con la dotación de 6.500 ptas. anuales de sueldo, dos pagas extraordinarias por año y demás emolumentos reglamentarios. Por el Negociado de Personal se redactará la correspondiente convocatoria para ser aprobada en el próximo Pleno. ------ Folla: 35 42. Anunciar la subasta de las obras de construcción del camino vecinal nº 127 - C, 1ª sección de la carretera de Cesures a Carril, en Senra, a la carretera de A Coruña, en Pontevedra. Dado cuenta del escrito del Sr. Ingeniero Director de Vías y obras Provinciales, interesando que por el Negociado correspondiente se anuncie la subasta para las obras de construcción de terminación del c. v. núm. 127-C 1º sección, de la Carretera de Cesures a Carril en Senra a la Carretera de A Coruña a Pontevedra, cuya longitud es de 894,32 m. de afirmado y explanación y 798,50 m. de afirmado, cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 158.655,41 ptas. El Pleno teniendo en cuenta los informes favorables de la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, así como, de la Intervención de Fondos, en el que especifica que en el presupuesto extraordinario A existe saldo suficiente para atender a la construcción de este camino, acuerda que se anuncie la subasta, dando un plazo para la terminación de las obras de diez meses. ------ Folla: 35 43. Anunciar la subasta de las obras de terminación del puente "Cabanelas" sobre el río Umia, en el camino vecinal nº 341. Se da cuente de oficio que eleva el Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras provinciales interesando que por el Negociado correspondiente se anuncien las obras de terminación del Puente Cabanelas, sobre el río Umia, en el c. v. núm. 341 de la Carretera de Noalla a Caldas a la Iglesia de Ribadumia, a la Carretera de Pontevedra a Cambados, cuyo proyecto fue aprobado con anterioridad por la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero e intervención de Fondos, en el que especifica que puede accederse a lo propuesto con cargo al presupuesto extraordinario D, acuerda se anuncie la subasta concediendo un plazo para la terminación de las obras de seis meses. ------ Folla: 35 44. Aprobar proyecto del camino vecinal nº 331, de Malecones del Lérez a la carretera de Barbantiños a Pontevedra. Examinado el proyecto del c. v. núm. 331 de Malecones de Aguas del Lérez a la Carretera de Barbantiño a Pontevedra, que tiene una longitud de 1.725,29 m. y un presupuesto de ejecución material de 177.807,27 ptas., por administración de 179.585,34 ptas. y por contrata de 204.478,35 ptas. el Pleno de conformidad con lo informado por la Comisión de Obras Públicas y paro Obrero, acuerda prestarle su aprobación. ------ Folla: 35 45. Aprobar proyecto del camino vecinal nº 191 - 230 de Lourizán a Gandarela , por Salcedo, a la carretera de Pontevedra a Camposancos. Examinado el proyecto del c. v. núm. 191-230 de Lourizán en Gandarela por Salcedo a la Carretera de Pontevedra a Camposancos que eleva el Sr. Ingeniero Director de Vías y Obras provinciales y cuya longitud es de 4.067,37 m. y un presupuesto de ejecución material de 464.896,93 ptas., por administración de 469.545,89 ptas. y por contrata de 534.631,45 ptas. el Pleno, de conformidad con lo informado por la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero e Intervención de Fondos provinciales, acuerda prestarle su aprobación. ------ Folla: 35 46. Aprobar el Plan de Cooperación Provincial para el año 1955 por un importe de 1.642.337,83 pesetas, y facultar a la Presidencia para su desarrollo. Diose cuenta de informe de la Comisión de Hacienda que copiado textualmente dice así: "A la Excma. Corporación provincial. El Art. 7º del Decreto de 18 de diciembre de 1953, por el que se desarrolla provisionalmente la Ley de Bares del día 3 del mismo mes y año, señala que para el desarrollo de la cooperación al establecimiento de los servicios mínimos municipales, las Diputaciones redactarán, por quinquenios, planes generales o parciales por servicios o zonas que se ejecutarán anualmente. Por razones de orden económico y hasta tanto no se conozca el verdadero rendimiento del nuevo arbitrio sobre riqueza provincial, la Dirección General de Administración Local, ha dispensado transitoriamente, del cumplimiento de este precepto legal, pero ello no obsta para que la Diputación establezca una distribución que señale n línea generales la forma en que ha de llevase a cabo, durante el actual ejercicio de cooperación a nuestros municipios. Los servicios a que alcanzará la Cooperación serán los relacionados como mínimos en los Art. 102 y 103 de la Ley de Régimen Local por el siguiente orden e preferencia: a) Abastecimiento de aguas potables, abrevaderos y lavaderos. b) Alcantarillado. c) Alumbrado público. d) Cementerios. e) Matadero. f) Mercado. g) Botiquín de urgencias. h) Extinción de incendios. i) Campos escolares de deportes. j) Sanitarios e higiénicos en general. Cooperará también la provincia en la redacción de los planes de urbanismo, obligatorios en todos los municipios conforme al Art. 134 de la Ley de Régimen Local. La forma en que ha de tener efectividad esta Corporación deberá ser: a) Orientación económica y técnica. b) Ayudas de igual carácter en la redacción de estudios y proyectos. c) Subvenciones a fondo perdido. d) Ejecución total de obras e instalaciones de servicios e) Cualesquiera otras que apruebe el Ministerio de la Gobernación. La disponibilidad de crédito a nuestro presupuesto ordinario del año actual es de 1.642.337,83 pts. Conocidos estos datos y forma en que debe desarrollarse la cooperación provincial, se ha procedido al estudio de su distribución o Plan para 1955, que es como sigue: 1º. Para proyecto de abastecimiento de agua. 84.000 2º. Anteproyecto de aprovechamientos hidráulicos en distintos ayuntamientos de la provincia. 251.850 3º. Para electrificación en diversos ayuntamientos de la provincia, incluso el pago de proyectos. 200.000 4º. Para la construcción de mataderos, mercados y lonjas. 300.000 5º. Para construcción de centros sanitarios de higiene rural, con aportación del Estado y subvención del ayuntamiento. 225.000 6º. Para anticipos reintegrables sin interés al ayuntamiento de Pontecesures en 10 anualidades iguales para la construcción de obras comprendidas en las de Cooperación. 120.000 7º. Para la concesión de subvenciones a fondo perdido diferentes ayuntamientos de esta provincia, con destino a la realización de obra de carácter municipal. 136.675 8º. Para la concesión de subvenciones a fondo perdido a diferentes ayuntamientos para la realización de obras pequeñas de interés municipal. 124.812,83 Total Plan de Cooperación 1955. 1.642.337,83 Finalmente hemos de poner en el conocimiento de todos los miembros de la Corporación que la Dirección General de Administración Local, aconseja las subvenciones en forma de anticipos reintegrables, cuando la capacidad económica del ayuntamiento lo permita y así lo solicite. Por todo lo expuesto, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo: Primero. Aprobar el Plan de Cooperación provincial para 1955 por un importe de 1.642.337,83 ptas. Segundo. Facultar a la Presidencia para que desarrolle dicho Plan, dentro de las cifras establecidas en el mismo. El Pleno de esta Excma. Diputación acordó de total conformidad con el precedente informe de la Comisión de Hacienda. ------ Folla: 36 47. Dirigirse a D. Emilio Santillán Redondo, ingeniero de caminos, encargado del anteproyecto del plan de obras hidráulicas y riego, para que señale última y definitiva fecha de entrega del mismo. En sesiones plenarias de 24 de septiembre y 21 de noviembre de 1952, 29 de abril, 27 de agosto y 27 de noviembre de 1953, 30 de junio y 17 de diciembre de 1954, se adoptaron acuerdos relacionados con el anteproyecto del Plan de Obras Hidráulicas, electrificación y riego de esta provincia, Para cuyo estudio se designará al Ingeniero D. Emilio Santillán Redondo, habiéndose este encargado también para colaboración con él a los Sres. Iribarren Negro y Merino. En la sesión de 30 de junio de 1954, se dio cuenta del informe del Sr. Santillán Redondo, comunicando que la primera parte del Plan estaría terminada en el plazo de 5 meses que finalizaron en noviembre. Hondamente preocupada la Excma. Diputación por el problema que se presenta a la economía agrícola de esta provincia, que vive la actualidad de un sistema monocultivo del mías al que pueda afectar de un modo inmediato el avance que, en la mejora del campo han llevado a efecto otras provincias españolas con el generoso y decidido amparo del Gobierno, lo que se traducirá, -si no se toman medidas urgentes en las provincias gallegas -, en un descenso vertical del precio de los productos que nuestros agricultores obtienen, por lo que se hace imperiosamente necesario evitar futuros males a la riqueza campesina de esta provincia a lo que tendían desde el año 1952 los diversos acuerdos adoptados por esta Excma. Diputación que se relacionaban con el anteproyecto del Plan de Obras Hidráulicas, punto de partida de otro más ambicioso para engrandecimiento y mejora de nuestra riqueza agrícola. El retraso que ahora llevamos por no haberse conseguido aún finalizar el anteproyecto encomendado, puede producir consecuencias irreparables a la economía campesina y, por ende, a la de toda la provincia que es reflejo del desarrollo agrícola. Vigilante de esta Excma. Diputación de la trascendencia que este problema entraña acuerda dirigirse al Sr. D. Emilio Santillán Redondo, Ingeniero de Caminos, rogándole con el mayor encarecimiento se digne señalar última y definitiva fecha para entrega del anteproyecto citado, significándole también que el Pleno ha de reservarse la facultad de decidir, en última instancia para el caso de que resultase excesivo en demasía, el plazo que dicho técnico determine para realización del anteproyecto. ------ Folla: 36 48.Se nombre al Ilmo. Sr. D. Santiago Pardo Canalis, vocal del Patronato de Lourizán. A propuesta del Patronato del Centro de Enseñanzas, Investigaciones y Experiencias Forestales de Lourizán y en consideración a los altos méritos que concurren en el Ilmo. Sr. D. Santiago Pardo Canolis, se acuerda su nombramiento como Vocal del Patronato de Lourizán y representando a la Dirección de Coordinación, Crédito y Capacitación Agraria, y que se le comunique esta designación que el Pleno de la Excma. Diputación ve con toda complacencia al expresado Sr. Director General interesando su aquiescencia. ------ Folla: 36 49. Aceptar en principio la elevación de estancias de Conxo y se faculta a la Presidencia en relación con la solución definitiva de este asunto. Dada cuenta de oficio nº 416 de fecha 7 de marzo último, del Administrador del Manicomio de Conxo sobre aceptación del precio señalado por la Junta de Gobierno de aquel establecimiento a las estancias de los acogidos de esta Diputación, el Pleno acuerda aceptar en principio la elevación de estancias interesada, autorizando a la Presidencia para la resolución que estime pertinente en relación con este asunto. ------ Folla: 36 50. Se concede la excedencia voluntaria a D. Manuel Quibeo Barros, peón caminero. Acceder a lo solicitado por D. Manuel Quibén Barros, Peón caminero de esta Diputación concediéndole la excedencia voluntaria, conforme a lo dispuesto en el Art. 62 del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local de 30 de mayo de 1952, por una duración mínima de un año y máxima de diez, sin derecho al percibo de haberes ni a que se le compute a ningún efecto el tiempo que permanezca en tal situación. ------ Folla: 36 51. Aprobar propuesta de aprovechamientos forestales en las zonas 1ª y 6ª por 4.059.241,63 pesetas. Prestar aprobación a la propuesta de aprovechamientos forestales en las zonas 1ª y 6ª que eleva la Dirección del Servicio Forestal de esta Excma. Diputación por un importe total de 4.059.241,63 pts., y así como el pliego de condiciones facultativas y económicas que se acompaña, debiendo elevarse al Patrimonio Forestal del Estado para su sanción definitiva. ------ Folla: 36 52. Aprobar propuesta de aprovechamiento extraordinario para la campaña 1955 - 1956 que eleva el Servicio Forestal, por un importe de 446.001,59 pesetas. Prestar aprobación a la propuesta de aprovechamiento extraordinario para la campaña 1955-56, que eleva la Dirección del Servicio Forestal de esta Diputación, con un importe total de 446.001,59 pts. así como el pliego de condiciones facultativas y económicas que se proponen y que son las mismas que regularán los aprovechamientos de las zonas 1ª y 6ª debiendo elevarse dicha propuesta al Patrimonio Forestal del Estado para su sanción definitiva. ------ Folla: 36 53. Ratificar la solicitud de reapertura de cuenta de Tesorería con el Banco de Crédito Local de España por 1.500.000,00 pesetas. Es dada lectura al escrito que con fecha 14 del corriente fue dirigido por la Presidencia al Sr. Director del Banco de Crédito Local de España interesando la reapertura de la cuenta de Tesorería de 25 de enero de 1946, que se halla en suspenso desde el 5 de noviembre de 1954, por un total de 1.500.000 ptas. cantidad que no excede del 30% de lo consignado en el presupuesto de la Diputación por el 41% de recargo sobre la Contribución Industrial y dentro de las estipulaciones vigentes para esta clase de contratos. La Corporación acuerda ratificar la expresada solicitud. ------ Folla: 36 54. Crear 3 becas de médicos recientemente licenciados para ampliación de estudios en el Gran Hospital, con la dotación de 6.000 pesetas, con carácter temporal, por un tiempo mínimo de tres años. Previa declaración de urgencia se adoptaron también, los siguientes acuerdos: La Diputación, en el deseo de contribuir a la formación técnica de Médicos recién licenciados, acuerda crear tres Becas de Ampliación de Estudios, dotada cada una de ellas con la asignación anual de 6.000 ptas. Los beneficiarios quedaron adscritos en calidad de Médicos internos, dos de ellos a los Servicios Quirúrgicos del Gran Hospital provincial y el tercero a los de Tocoginecología del mismo Centro benéfico. Tendrán derecho de opción preferente para el disfrute de estas becas los postgraduados naturales de esta provincia, y a la de Tocoginecología, los licenciados femeninos. Estos becarios quedarán sujetos a la disciplina y Reglamento de Régimen Interior del Gran Hospital provincial, tendrán la obligación de residir en este Centro, a cargo del cual correrá su alojamiento y manutención y cooperarán con los Médicos Auxiliares de plantilla en los turnos de guardia. Estas becas se otorgan con carácter temporal, por un tiempo mínimo de tres años, prorrogable por un año más cuando el becario se hiciese acreedor a ello. Por el Negociado correspondiente se redactarán las Bases del concurso, que habrán de publicarse en el B. O. de la Provincia para general conocimiento. ------ Folla: 36 55. Dejar sobre la mesa, propuesta sobre compensación de quebranto de moneda a Depositario. Se acuerda quede sobre la Mesa propuesta sobre compensación de quebranto de moneda a la Depositaria Provincial. ------ Folla: 36 56. Rectificar error material sobre señalamiento de la cifra con que han de contribuir al arbitrio de riqueza provincial los tablajeros de Agolada que se expresan. Rectificando error material padecido en la adopción del acuerdo de 18 de febrero último, sobre el concierto para la exacción del arbitrio con los tablajeros del Municipio de Agolada, D. Facundo Blanco Fernández y Amador Vázquez Méndez, se acuerda señalar la cifra con que deben contribuir por dicho concierto de 2.000 pts. para el Sr. Blanco Fernández y de 1.000 para el Sr. Vázquez Méndez. ------ Folla: 36 57. Señalar cuota de arbitrio provincial a D. Manuel García Tourís, del ayuntamiento de Portas. Vista la propuesta que presenta la Intervención de Fondos, para el pago del arbitrio sobre ganado y venta de carnes de consumo, por el cual ha de regularse la exacción del arbitrio sobre la riqueza provincial que afecta al sacrificio de ganado producido en la provincia, entre el industrial D. Manuel Grela Tourís, del ayuntamiento de Portas y la Excma. Diputación provincial, en la cifra de mil cuatrocientas pesetas anuales, la Corporación acuerda prestarle su aprobación para el año de 1955. ------ Folla: 36 58. Resolver sobre el Igualatorio Médico Quirúrgico que la Diputación tiene concertado con el Colegio Médico, prorrogando su vigencia. Para dar cumplimiento a lo que dispone el vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local de la Diputación ha suscrito en los años 1953 y 1954 con el Igualatorio Médico Quirúrgico del Ilustre Colegio Médico de Pontevedra, cuatro pólizas de igualado para la prestación de asistencia médica a sus empleados. Por acuerdo de 18 de febrero del corriente año se acordó denunciar las Pólizas suscritas, anulando y dejando sin efecto alguno del compromiso contraído con el Colegio Médico, y ello con el objeto de que este servicio fuese prestado por el Cuerpo de Médicos de la Beneficencia provincial. Pero el no hallarse todavía los servicios sanitarios de esta Diputación en condiciones de prestar con eficacia la debida asistencia a los empleados provinciales, el Pleno acuerda dejar sin efecto lo acordado en sesión de 18 de febrero último y prorroga la vigencia de las Pólizas formalizadas con el citado Igualatorio Médico. ------ Folla: 37 59. Aprobar padrones de rodaje de diversos ayuntamientos, correspondientes al ejercicio actual. Examinados los Padrones del Arbitrio provincial sobre Rodaje que presenta el Negociado de Arbitrios y que a continuación se relacionan, todos ellos correspondientes al ejercicio económico de 1955, la Corporación acuerda aprobarlos por las cantidades que se especifican. Barro 13.269 Caldas 24.193 Cambados 18.965 Campo Lameiro 13.363 Cangas do Morrazo 6.365 A Cañiza 16.552 Catoira 8.411 Cerdedo 21.473 Cotobade 33.621 Covelo 13.663 Dozón 10.166 O Grove 8.492 A Guarda 8.077 Mondariz 18.430 Mondariz-Balneario 793 Moraña 16.096 As Neves 17.490 O Porriño 14.538 Portas 10.287 Poio 11.811 Ponteareas 29.540 Pontesampaio 3.427 Ponte Caldelas 22.807 Rodeiro 11.083 O Rosal 10.442 Salceda de Caselas 11.900 Salvaterra 17.467 Tomiño 9.018 Valga 19.993 Vigo 26.778 Vilagarcía de Arousa 20.240 Vila de Cruces 29.770 Baiona 10.559 Cuntis 27.307 Oia 12.622 ------ Folla: 37 60. Aprobar informe y denegar la petición de reposición formulada por D. José Ruiz Gómez, en nombre y representación de "Matadero de O Porriño", que impugnaba acta de aceptación levantada por los inspectores de rentas y exacciones. En relación con el recurso de reposición que a medio de escrito fecha 29 de abril pasado fue interpuesto por D. José Ruiz Gómez en nombre y representación de D. José Fernández López, titular de "Mataderos de O Porriño", impugnando el acta de aceptación levantada por los Inspectores de Rentas y Exacciones provinciales el día 13 del referido mes, fue dada lectura al siguiente informe: "Vista la instancia que presenta D. José Ruiz Gómez, en nombre y representación de D. José Fernández López titular de os "Mataderos de O Porriño", impugnando el acta núm. 19 (de aceptación) levantada por esta Inspección con fecha 13 de abril de 1955, hemos de informar a V. I., en consideración a los hechos que dieron lugar a la omisión de la citada Empresa y los motivos pertinentes lo actuado, lo siguiente: Hechos Primero. Cumplimentado la providencia dictada por el Jefe del Servicio de la Inspección de fecha 11 de abril de 1955, esta Inspección procedió a constituirse en el local que ocupa "Mataderos de O Porriño", sito en la avenida de Buenos Aires, en el ayuntamiento de O Porriño y se dio comienzo a la inspección y comprobación del ejercicio de 1954, y en vista de los datos y antecedentes que obraban en aquella oficinas y los que esa Inspección poseía, se levantó el acta amarilla núm. 19, con la conformidad y aceptación de la Empresa recurrente por las bases sujetas al Arbitrio provincial que en las mismas se indican. Teniendo que realizar la citada Empresa, como consecuencia de dicho acto administrativo, un ingreso en Arcas provinciales por valor de 83.398,75 pesetas incrementadas con el 10% que previene la Ley. Segundo. Esta Inspección había realizado un estudio previo de las declaraciones juradas que fueron presentadas por la Empresa recurrente correspondientes al ejercicio de 1954, que con toda minuciosidad y detalle había dado el siguiente resultado que figura en el cuadro que se ilustra a continuación. Nº reses Clases de productos Cant. Promedio Promedio Declar. obtenidos Decl. Por res precio dec. 2577 Carne refrigerada y congelada 205.402 kg. 75,820 kg. 19,76 kg. 2577 Cueros (pieles) 39.656 kg. 11,500 kg. 14,75 kg. 2577 Sebos 6.203 kg. 2,400 kg. 10,75 kg. 2577 Jugo de huesos 2.455 kg. 0,920 kg. 11,00 kg. 2577 Harina de carnes 12.040 kg. 4,670 kg. 5,50 kg. 2577 Tripa seca o salada 74.055 kg. 28,730 kg. 1,10 kg. 2577 Despojos frescos: callos, hígado, corazón, riñones, pulmón, etc. 27.940 kg. 10,840 kg. 4,50 kg. Tercero. Estas cantidades obtenidas y precios medios que se reflejan en el cuadro anterior, le fueron advertidas a la citada empresa, como muy bajas y falta de realidad, ya que tanto la producción por res, y el precio medio declarado, eran en extremo muy bajos comparados con la producción real que se obtiene. Cuarto. Revisados los antecedentes y demás elementos de comprobación que existían en la citada Empresa, se notó también, la falta de declaración de las reses procedentes de otras provincias, cuyo número - en datos de ferrocarril - ascendía a unas 6.300 cabezas. Recabados los oportunos justificantes que acreditaran el pago del Arbitrio por estas reses, no fueron presentadas a esta Inspección en ningún momento, puesto que "Mataderos de O Porriño" no los había abonado. Quinto. Se procedió pues, a levantar el acta nº 19, con las bases propuestas por esta Inspección y que aceptadas por el contribuyente no revistieron penalidad alguna, al extenderse por omisión en el modelo amarillo que previene la Ley. Teniendo en cuenta alegatos de indudable fondo moral, la complejidad del arbitrio que aún no estaba encauzado ni comprendido por la citada Empresa, el que se pudieran justificar cantidades que decían aportadas en otras provincias y demás extremos, esta Inspección demostró bastante benignidad y con el único fin de ilustrar al contribuyente en sus obligaciones fiscales procedió a levantar el acta descrita con las bases que en la misma figuran y que este aceptó de plena conformidad. Consideraciones a los hechos expuestos por el recurrente y a los que plantea esta Inspección. Primero. No es cierto por ningún momento, que esta Inspección hubiese mostrado "la más absoluta concordancia - como dice el recurrente - con las relaciones juradas que en su día habías producido y, si es bien cierto, que fueron expuestos a la citada Empresa, la forma ñeque resaltaban los precios y producciones obtenidos, que esta Inspección consideraba muy bajas. Tampoco es cierto en la declaración efectuada por "Mataderos de O Porriño" se incluyesen en la misma, la totalidad de reses obtenidas en la provincia de Pontevedra, cuando se ha omitido en su caso totalidad (entraron por ferrocarril 21.274 y declararon 2.577) en renglón tan importante como es, la entrada de reses procedentes de ferias y mercados de esta provincia, que por no tener comunicación por ferrocarril, o por considerarlo más conveniente, son enviadas en camiones de gran tonelaje, que todos conocemos, y que pueden cifrarse sin tener gran error en unas 2.000 cabezas, ya que actualmente se comprobó por esta Inspección, en el mismo día de su visita, la descarga de un camión de unas 7 u 8 toneladas. Segundo. En cuanto al alegato segundo de la parte recurrente, hemos de insistir afirmativamente, que en efecto, se les hizo ver la no justificación del pago del arbitrio - como era verdad - de las reses entradas procedentes de otras provincias, pero el acta no es por el citado número de cabezas, y para esto no hace falta hacer ninguna clase de cálculos, pues si "Mataderos de O Porriño" de motu propio, por 2.577 reses declaradas había ingresado en la Diputación -y por eso con los promedios que se aclaran en el cuadro expuesto 97.054,42 pesetas, mal podían tener que ingresar por 6.300 reses de otras provincias, solamente 83.398,75 pesetas, que es el principal del acta, ya que esta tendría que ser superior a las 200.000 pesetas, y no ha sido así. El acta - con la aceptación y conformidad del contribuyente - ha sido y es, un fiel reflejo de poner en orden la verdadera situación tributaria y fiscal que le incumbe a la citada Empresa, y que, si en realidad esta Inspección - como ya dijimos anteriormente, mostró benignidad en cuanto a que pudiera ser mucho más alta la cifra y poderla considerar incluso como defraudación con las penalidades que lleva parejas, no es menos cierto que la Administración provincial tiene sentado el criterio amplio y desinteresado de lograr el encauzamiento de los recursos de la riqueza provincial, por las maneras más suaves y plácidas, y con el intento de dulcificar - en lo posible - el amargo trago de los impuestos para los contribuyentes sujetos a los mismos. Tercero. Consideramos correcto en todo momento, los alegatos de derecho y consideraciones con que ilustra la parte recurrente su reposición y no entramos en discusión de la verdadera finalidad del arbitrio provincial de la riqueza radicante y transformada, pues su propia denominación deja demostrado - sin lugar a dudas - su propia extensión, y huelga reforzar con consideraciones fiscales o de tipo jurídico, las normas del buen sentido común. Pero aún es más, hemos de dejar sentado de una manera definitiva y que no ofrezca la menor duda, el criterio que esta Inspección tiene sobre las reses entradas en "Mataderos de O Porriño", procedentes de otras provincias, y llamamos la atención de V. I., sobre el tan importantísimo "escape fiscal" que puede producirse de prosperar la reclamación de la parte recurrente, sabido es por V. I. y por toda la provincia, que las reses que se facturan en las estaciones de Padrón y Pontecesures - que se dicen como procedentes de la provincia de A Coruña - son en su mayor parte, procedentes de las ferias que se celebran en dicha s villas y en toda la cuenca del Ulla, y no cabe duda que hay un porcentaje muy elevado de ganado que se produce en la provincia de Pontevedra y se vende en dichas feria, que ciframos sin error de ninguna clase en más del 50%. Cuarto. No hay tampoco doble imposición por cuanto "Mataderos de O Porriño" no justificó ni justifica el haber abonado el arbitrio de la Riqueza provincial sobre las reses entradas procedentes de otras provincias, ni presentó ante esta Inspección, conforme a las pertinentes disposiciones que preceptúa el artículo 10 de la Ordenanza los documentos acreditativos de la desgravación. A mayor abundamiento, hemos de refutar totalmente - por no ser verdadera prueba - las certificaciones que por la parte recurrente se une a su escrito de reposición y a ello vamos a exponer lo siguiente: A) Negamos todo valor oficial a las certificaciones que se envía, y que expide el Jefe de Estación de Ferrocarril de O Porriño, sobre las personas que efectúan las operaciones de facturación, ya que esta Inspección a comprobado personalmente, que para efectuar dicho trámite no se exige ni necesita acreditar la personalidad del remitente, y muy bien cualquier persona interpuesta - como son los compradores en ferias - puede facturar por nombre de otra. Ello basta para que dichas certificaciones carezcan del menor efecto. B) Por otra parte se adjuntan de las respectivas Diputaciones de Ourense y Lugo - y no así de la de A Coruña, por falta de tiempo - en donde consta que D. Antonio Dacrúz Santás, abonó a la primera, la cantidad de 5.000 pesetas como exportador de ganado en el ejercicio de 1954, que D. Manuel Fernández López, abonó a la segunda por el ejercicio de 1954, 49.500 pesetas, y asimismo dos certificaciones del Secretario del Gremio de exportadores de ganado, una de A Coruña y otra de Lugo, en la que constan: D. José López Viñas de Santiago realizó depósito de fianza en el Banco de A Coruña por valor de 11.400 pesetas para el ejercicio de 1954 y 1955, y que D. Manuel Fernández López de Lugo, abonó 49.500 pesetas por el concierto del ejercicio de 1954 y 1955. (Aclaración: donde dice que la Diputación de Lugo certificó sobre el ingreso de 49.500 pesetas de D. Manuel Fernández López, debe decirse que certifica que D. Manuel Fernández López, figura incluido en el Grupo de tratantes de Ganado vacuno como concertado). Suman todas ellas - aún teniendo en cuenta la de D. José López Valiñas de Santiago por 11.400 pesetas - la cantidad de 65.900 pesetas, y aunque fuesen admisibles que no o son, por no presentarse en el momento de la Inspección, y tener todas ellas posterioridad al acta levantada. Y por otro lado el aprovechamiento industrial (transformación) sujeto al 1,50% de estas reses es indudable que ha de satisfacer el arbitrio en esta provincia. Sexta. Por todo lo expuesto - y aún a pesar de habernos extendido considerablemente - para mejor comprensión de lo que debía haber sido la declaración de "Mataderos de O Porriño", vamos a ilustrar con unos datos - que no se acercan a lo real - el cuadro de promedios que se hace figurar en el hecho segundo de este informe. A) La carne refrigerada o congelada, se declara en 2.577 reses (que en su mayoría son vacas) por un promedio de 75.820 Kg. Por cabeza, cuando la realidad es superior a los 100 kilos. Asimismo el precio medio resulta en las tres fases de la declaración (terneras, vacas refrigeradas y carne congelada) por 19,76 ptas., siendo su realidad bastante más superior y no es aventurado cifrar una media de 25,00 pesetas para estos tres tipos, aún quedándonos cortos en esta apreciación. B) Los cueros o pieles, han sido declarados también en forma que no se ajusta a la realidad, pues los 39.656 Kg. por los que tributó en declaración dan un promedio (teniendo en cuenta el gran número de vacas que se sacrifican) debe ser entre los 18 y 20 kilos. En este producto, sale fuera de lo real el promedio del precio asignado 14,75 pesetas, y es lo real - pues esta Inspección lo ha comprobado en anteriores visitas a almacenistas de pieles que la verdadera media oscila entre 17 y 20 pesetas -. C) El sebo - que aunque sufre desperdicios por parte de las vacas - lo hacer figurar con una media de 2,400 Kg. por res, resultado de la declaración de 6.203 Kg. que hicieron, y sin excedernos - mas bien bajo - hemos de considerar una media de producción por cabeza de ganado de 4 kilos. No estando conformes tampoco, con la media de precios, que figura en 10,75 ptas., cuando oscila entre las 13 y las 14 pesetas. D) En menos cuantía influyen el jugo de huesos, harinas de carne y tripa seca y salada, pero no obstante los precios de venta asignados son muy bajos. E) Llama poderosamente la atención el precio medio de despojos en fresco (callos, hígado, pulmón riñones, corazón, etc.) que se hace figurar aun precio de 4,50 pesetas, cuando para esto no hace falta ser un técnico en la materia, pues está en el ambiente diario que todos vivimos - recientes campañas de ABC etc.- y sabemos lo que cuesta adquirir los llamados despojos y, aunque los márgenes de asentadores, entraderos, etc., sean altos, entre los que suministran y venden al público podemos cifrar -¡y sería ideal!- que este precio de venta oscila entre las 12 y 15 pesetas. Y finalmente, por todo lo expuesto, considera esta Inspección que debe desestimarse el recuro promovido por "Mataderos de O Porriño" en atención a lo que se deja informado y, que a mayor abundamiento la Ley de Régimen Local en su artículo 722 rechaza la impugnación de las actas de invitación y conformidad al quedar el contribuyente excluido de impugnarlas, salvo que las liquidaciones que se produzcan no sean consecuencia legal de las bases aceptadas en la misma. Es todo cuanto tienen Leonor de informar los Inspectores que suscriben que con la conformidad del Jefe del Servicio elevan a V. I. para la resolución que estime más procedente del recurso de reposición de que se hizo mérito D. José Ruiz Gómez, en nombre y representación de D. José Fernández López, titular de "Mataderos de O Porriño", Dios guarde a V. I. muchos años. Pontevedra 9 de mayo de 1955. Los Inspectores". La Corporación, haciendo suyo el preinserto informe, acordó denegar la petición que D. José Ruiz Gómez había formulado en su escrito de 29 de abril último, en nombre y representación de D. José Fernández López titular de "Mataderos de O Porriño". ------ Folla: 38 61. Disponer el anuncio por lotes, de la subasta de obras para reparación de carreteras y caminos vecinales. Aprobado en sesión plenaria de 29 de abril último, el Plan General de Reparaciones de Carreteras y cc. vv. para el año 1955, y solicitada por el Sr. Ingeniero Director del Servicio de Vías y Obras provinciales, autorización para que sea anunciada la subasta por el Negociado correspondiente; el Pleno así lo acuerda, debiendo hacerse por Lotes, teniendo en cuenta al confeccionarlos la situación geográfica de los cc. vv. y tránsito. ------ Folla: 38 62. Contribuir con 25.000,00 pesetas al homenaje nacional que se tributa en toda España al protomártir de la Cruzada, Excmo. Sr. D. José Calvo Sotelo. Convocado el concurso para erección de monumento al glorioso promártir de la Cruzada Española Excmo. Sr. D. José Calvo Sotelo, insigne patriota que vivió y ha muerto en servicio de España; el Pleno de esta Excma. Diputación por unanimidad, acuerda adherirse al homenaje nacional que habrá de rendírsele, contribuyendo con la cantidad de 25.000 pesetas a la suscripción abierta por la Junta Nacional con tal elevado fin. ------ Folla: 38 63. Consignar en acta el sentimiento de la Corporación por la muerte de D. Prudencio Landín Tobío. Consignar en acta el sentimiento de la Corporación por la muerte del Ilustre hijo de esta capital Excmo. Sr. D. Prudencio Landín Tobío, Catedrático, Decano honorario del colegio de Abogados, publicista y cronista de esta ciudad, cuya labor en el Foro, en la prensa y en el libro ha sido una consagración constante a los valores pontevedreses y un ejemplo de vida fecunda en su docencia, de la que quedan testimonios meritísimos, debiendo comunicar a su respetable viuda y familiares este sentimiento de condolencia. ------ Folla: 38 64. Consignar el sentimiento que produjo la muerte de la superiora del sanatorio de A Lanzada, sor Mercedes Sánchez Parra. Consignar en acta el sentimiento de la Corporación por la marcha de la Superiora del Sanatorio de A Lanzada, Sor Mercedes Sánchez Parra, la que en obediencia a sus Superiores pasó a desempeñar otro cargo en la comunidad a que pertenece, agradeciéndole vivamente la labor en extremo meritoria que ha llevado a cabo en el Sanatorio Marítimo de A Lanzada, donde su recuerdo será perdurable y la gratitud de los enfermos siempre viva, ya que su obra de caridad y de bien es merecedora de los mayores elogios. ------ Folla: 38 65. Admitir la renuncia del diputado, don Ernesto Viéitez Cortizo, como vocal de la Caja de Ahorros y se nombra para dicho cargo al diputado Sr. Pérez Crespo. Habiéndose expuesto por el Diputado D. Ernesto Vieitez Cortizo la imposibilidad de atender el cargo de Vocal de la Caja de Ahorros que venía desempeñando en representación de esta Excma. Diputación, sea cuerda admitir con todo sentimiento su renuncia, designando Vocal de aquella institución con igual representación de esta Corporación, al Diputado y Alcalde de Marín D. Francisco Pérez Crespo. ------ Folla: 38 66. Felicitar a D. Antonio Puig Gaite por su elección como consejero nacional de F.E.T. Consignar en acta la viva satisfacción del Pleno por la merecida elección como Consejero nacional de Falange D. Antonio Puig Gaite, Inspector provincial de Servicios de FET y de las JONS, y cuyos prestigios y cualidades justifican plenamente al acierto de su designación. ------ Folla: 38 67. Elevar ruego al Patrimonio forestal del Estado, sobre declaración de zonas de repoblación forzosa, rogando lo pongan en conocimiento de esta Corporación para exponer su criterio. el Pleno acuerda elevar a la Dirección General del Patrimonio Forestal del Estado, el ruego de que en el caso que considere conveniente declarar zonas a perímetros de repoblación forzosa en nuestra provincia, lo ponga en conocimiento de esta Corporación con antelación suficiente, para expresarle su criterio en armonía con los planes generales que e están estudiando. ------ Folla: 38 68. Se aprueba moción del diputado, presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Repoblación Forestal, tendente a que por la dirección del Servicio de Repoblación se regularice la situación del consorcio con el Patrimonio desde su iniciación hasta 1954. Por el Diputado Sr. Conde de Ponte se expone la necesidad de que sea regularizada la situación del Consorcio, Patrimonio - Diputación, desde su iniciación hasta el año 1954, con la redacción de una detallada Memoria a rendir por el Servicio Forestal, como reiteradamente se le había pedido. Señala asimismo, el Sr. Conde de Ponte, la conveniencia de que se puntualice rigurosamente la labor a realizar, a partir de la citada fecha, con las consecuencias de índole económica que atañen al Patrimonio Forestal y a la Diputación, a fin de que en cualquier momento pueda la Corporación provincial conocer su alcance y estado. Por ello propone: 1º. Que por el Servicio Forestales reproduzca la liquidación efectuada en 1953, haciéndola extensiva al año 1954. 2º. Que por la Intervención de Fondos e tramite dicha liquidación con toda urgencia. 3º. Que sea elevada seguidamente al Patrimonio Forestal del Estado para su aprobación definitiva. 4º. Redacción de una Memoria de la labor realizada. 5º. Confección de carpetas, que habrán de contener los siguientes documentos: a) Cesión del suelo al Patrimonio. b) Plano del monte. c) Proyecto de repoblación. d) Documentos a que de lugar el desarrollo del proyecto. e) Concierto con ayuntamiento s concediendo poder o autorización para incluirlos en el Consorcio. f) Informe de la Junta Coordinadora sobre: 1º. Concierto con el municipio. 2º. Proyecto de repoblación. 3º. Documento de cesión del suelo. 4º. Lugar de desarrollo del proyecto de repoblación. 5º. Lugar de explotación y conservación. g) Inscripción en el Registro de la Propiedad. En la cubierta de estas carpetas deberá expresarse: Interior. Aspecto administrativo. Año convenio Bases. Número expediente. Ayuntamiento propietario suelo. Proyecto repoblación Servicio Forestal, fecha. Costo previsto para el proyecto. Informe Junta Coordinadora, fecha y naturaleza. Aprobación Diputación, fecha y observaciones. Liquidación gastos anuales. Fecha informe Junta Coordinadora. Fecha aprobación Diputación y observaciones. Valoración beneficios. Fecha y observaciones Junta Coordinadora. Fecha aprobación Diputación y observaciones. Fecha inscripción en el Registro de la Propiedad. Tapa frontal. Aspecto técnico o contractual. Número de Has. a repoblar. Número de Has. repobladas. Saldo en Has. pendientes de repoblación. Estado de la masa arbórea (Has en régimen de limpia, poda, clareo, y Has. en aprovechamiento regularizado). Especias forestales que constituyen la masa, tanto por ciento. Aspecto económico. Costo del usufructo sobre la masa arbórea. Invertido en la repoblación (por la Diputación, Patrimonio y total). Cantidad anticipada por el Patrimonio. Número de limpias, podas y clareos ya efectuados y productos obtenidos. Costo conservación con cargo a cada monte. Costo para la Diputación de los repoblados. Tapa posterior. Producto obtenido del usufructo. Has. de rodales en explotación ordenada. Productos obtenidos. Reparto (40% propietario del suelo, 35% Diputación provincial y 25% Patrimonio Forestal). Aplicación del usufructo correspondiente a Diputación. Ingreso en presupuesto Diputación. Amortización anticipos patrimonio. 6º. Que toda ejecución de obra se subordine al cumplimiento de lo expuesto en los números anteriores de lo que deberá dar cuenta en la última sesión extraordinaria que al efecto celebrará la Corporación en el actual ejercicio. En cuanto a la exposición relativa a los trabajos o labor realizada a partir del año 1955, propone se efectúe a medio de rendición de los datos contenidos en los cuadros que se detallan al final de este acuerdo. El Servicio Forestal debe formular cada trimestre la cuenta de gastos y someterla a informe de la Junta Coordinadora para su aprobación posterior por el Consejo Patrimonio-Diputación. En el mes de febrero de cada año deberá liquidar los gastos del Consorcio correspondientes al año anterior. La Memoria anual y la liquidación practicada deberá ser aprobada por el Consejo Patrimonio-Diputación. Asimismo el Servicio deberá puntualizar con la Dirección General del Patrimonio la fórmula susceptible que permita reunir en el Consorcio Patrimonio-Diputación las masas repobladas en consorcio directo por dicha dirección, habida cuenta de la necesidad de formar una unidad para la explotación de las masas de repoblación artificial. El Pleno hace suyo el informe del Sr. Conde de Ponte y acuerda se cumplimente en su totalidad, significando al Sr. Ingeniero-Director del Servicio Forestal de esta Diputación que, si considera conveniente alguna ampliación o cambio en la exposición efectuada por el Sr. Presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Repoblación Forestal, tendrá que ser sometida a la previa consideración de dicha Presidencia para seguidamente trasladarla al Pleno a los fines de su ratificación. Cuadros anexos al acuerdo (1) Monte Total Has. Años Has. a Has. Has. pendien- Has. Km. Estado de la masa lograda repoblar repobla- tes de repo- logra- vías Régimen Régimen Régimen Aprovec. das blación das saca limpieza de poda de clareo regularizado (2) Costo del usufructo que sobre la masa arbórea tiene la Diputación Años Invertido por Inversión Incrementos Dedución por Costo para la Diputación Patrimonio Total en limpias, conservación Diputación De su Anticipos podas y rareos masas presu- Patrimonio logradas puesto (3) Importe del usufructo Importe de Años Has. de Productos obtenidos productos vendidos Total Costo Líquido Reparto roda- Madera Leña Hojas Madera Leña Hoja de obte- Mu- Pa- Dipu- les en ramas conser- nido ni- tri- tación explo- vación ci- mo- tación pio nio (4) Liquidación usufructo Fechas Año de Municipio Patrimonio Diputación . Día Mes Año usufructo Por Por amor- Reembolso Ingreso beneficios tización anticipos presupuesto anticipos Se levantó la sesión. El Secretario: El Interventor de Fondos: ------

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