ATOPO
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Acta de sesión 1956/12/26_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.064/1.1956-12-26_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1956/12/26_Ordinaria

  • Data(s) 1956-12-26 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 39 1. Presidida por el Iltmo. Sr. D. Luis Rocafort Martínez y con asistencia del Vice- Presidente Sr. Pérez Crespo y de los Diputados Sres.: Bugallo Sineiro; Campos Paseiro; Carballal Morgade; Cerecedo Lapatza; Conde de Ponte; Fernández Alonso; González Taboada; Jurado Romero; Massó García; Muiños Iglesias; Pousa Lamas; Romay Martínez; Sierra Cordo; Vázquez de Silva y Viéitez Cortizo, celebra sesión el Pleno de esta Excma. Diputación en el Salón de Actos del Palacio Provincial siendo las diecisiete horas del día de hoy, veintiséis de Diciembre de mil novecientos cincuenta y seis, actuando el Secretario de la Corporación Sr. Posse García y el Interventor de Fondos Sr. García Álvarez. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos que figuran en el Orden del día, adoptándose los acuerdos siguientes: Se da lectura al acta de la sesión ordinaria correspondiente al día 30 de Noviembre, la que ha sido aprobada por unanimidad. ------ Folla: 39 2. Aprobar expedientes de fallidos por el Arbitrio provincial de Rodaje. De conformidad con lo informado por la Intervención de Fondos, se acuerda aprobar los expedientes de fallidos por el arbitrio de Rodaje provincial, que comprende los recibos figurados en dichos expedientes, y cuyas cantidades también se expresan en los mismos, decretándose por consecuencia la baja correspondiente pasada a los respectivos Recaudadores. ------ Folla: 39 3. Aprobar expedientes de fallidos por el Arbitrio provincial de Productos del Campo. De conformidad con lo informado por la Intervención de Fondos, el Pleno acuerda presta aprobación a los expedientes de fallidos de los padrones de productos del campo, tramitados conforme a las normas del artículo 150 del vigente Estatuto de Recaudación, cuyas cantidades figuran en los mismos, y cuya baja se decreta para eliminación en las cuentas de Rentas Públicas. ------ Folla: 39 4. Acceder a lo solicitado por Don. Domingo Lago Abalde y D.Constante, Antonio y Aurora Alonso Gómez y D. Manuel Alonso Seijo, dándoles de baja en el Padrón de contribuyentes, por Productos del Campo del Ayuntamiento de Vigo, quedando sometidos al régimen de declaración jurada. Se da cuenta de escritos formulados por D. Constante, Antonio y Aurora Alonso Gómez con domicilio en Figueiras - Cerqueiro - Cabral; Don Domingo Lago Abalde de Bagunda - Lavadores y D. Manuel Alonso Seijo de Sello - Cabral, todos ellos del Ayuntamiento de Vigo, por lo que en tiempo y forma reclaman contra la cuota que se les asigna en el Padrón de contribuyentes sujetos al arbitrio sobre la riqueza provincial por Productos del Campo, confeccionado por el mencionado Ayuntamiento y correspondiente al ejercicio de 1.956, siendo deseo de los contribuyentes reclamantes ser excluidos del citado Padrón por optar por el sistema de declaración jurada. el Pleno, de conformidad con el art. 6º de la Ordenanza Reguladora del Arbitrio de la Riqueza Provincial, y del informe emitido por la Intervención de Fondos, acuerda acceder a lo solicitado por los interesados, excluyéndoseles del mencionado Padrón, quedando en su consecuencia sujetos al sistema de declaración jurada. Se acuerda igualmente enviar a los interesados el correspondiente impreso oficial de declaración jurada, a fin de que diligenciada con los correspondientes datos, comprensivos de las cosechas habidas durante el expresado ejercicio, sea presentada en el Ayuntamiento de su vecindad, en un plazo que terminará el día 21 de Enero de 1.957. ------ Folla: 39,40 5. Desestimar instancia producida por el Jefe Provincial del Sindicato de la Construcción solicitando no se exija el pago del arbitrio provincial a la carpintería de construcción de obras. Vista la instancia producida por Don Manuel Tomé Lorenzo, Jefe del Sindicato Provincial de la Construcción, en súplica de que no se exija el arbitrio provincial que grava la riqueza de este territorio a la carpintería de construcción de empresas de obras, el Pleno acordó hacer suyo, y como contestación a la instancia referida, el informe de la Intervención que literalmente copiado dice así: " El arbitrio sobre la riqueza provincial según lo preceptuado por el artículo 623 de la Ley de Régimen Local señala el principio general de que quedan gravados los productos obtenidos naturalmente o por transformación industrial añadiendo el artículo 626 del referido cuerpo legal que la obligación de contribuir nace en el momento de producirse u obtenerse la especie o riqueza, cualquiera que fuera su destino o aplicación. Manifiesta el reclamante que el material de carpintería dedicado a edificaciones como puertas, ventanas, marcos, etc., se dedican exclusivamente a obras contratadas por la empresa, pero hay que tener en cuenta que los que producen dichos artículos de carpintería hacen objeto con los mismos de un tráfico comercial y por lo tanto, a excepción de los destinados a consumo propio, deben tributar por el arbitrio sobre la riqueza provincial. En cuanto a la alegación de que la materia prima de los productos de carpintería ya está gravada y que al gravar el producto acabado se origina una doble imposición, cabe señalar que ya la Ordenanza Fiscal preceptúa la desgravación por materia prima cuando a está ya se le ha aplicado el arbitrio. Refuerza más el criterio de que los productos de carpintería destinados a la construcción deben estar gravados, el contenido de la letra d) de la Resolución del Servicio de Inspecciones de 16 de Marzo de 1.956 que al referirse a las viviendas de renta limitada y regulando las desgravaciones de los materiales de construcción destinados a dichas viviendas dice: " En tanto esta materia no tenga el adecuado desarrollo reglamentario, las Diputaciones deberán aceptar las desgravaciones dispuestas por la Ley de 15 de Julio de 1.954 y Decreto de 24 de Junio de 1.955 sobre " viviendas de renta limitada ". Luego si para los materiales de construcción destinados a viviendas de renta limitada se establece una desgravación es señal de que para las demás rige el criterio de que deben considerarse gravados ". Contra este acuerdo podrá interponerse recurso ante el Tribunal Económico - Administrativo Provincial, en el plazo de 15 días a partir del siguiente a la notificación, conforme al artículo 377 de la Ley citada, siendo potestativo el de reposición en el mismo plazo conforme a lo prevenido en el 727 del mismo Cuerpo Legal. ------ Folla: 40 6. Elevar a definitiva la adjudicación a favor de D. Epifanio Campos Núñez el vehículo Ford (Galgo) PO.5186. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor de Don Epifanio Campos Núñez, por la cantidad de 27.000 pesetas, el vehículo propiedad de esta Diputación, Ford (Galgo) PO.5186., cuyo anuncio de subasta se publicó en el B.O. de la Provincia de 2 de Noviembre pasado, debiendo por el adjudicatario hacerse efectiva en la Depositaria de esta Diputación la cantidad importante de la adjudicación, antes de procederse a la entrega del coche motivo de esta subasta. ------ Folla: 40 7. Acceder a lo solicitado por Don José Alcántara Fernández, sobre revisión de precios en el suministro de carbón al Hospital y Hogar Provincial. Vista la instancia suscrita por Don José Alcántara Fernández, industrial, vecino de Marín ,en la que solicita la revisión de precios en el suministro de carbón de venta libre al Gran Hospital y Hogar Provincial, fundándose en que la subida de dicha articulo alcanza a un 20 % en origen, sin contar los gastos de transporte desde Gijón al puerto de Marín, por lo que de no hacerlo así se le ocasionará un grave quebranto en evitación del cual interesa el aumento en un 23% del precio 775 pesetas por Tonelada. el Pleno, teniendo en cuenta los informe emitidos por al Asesoría Jurídica y el Negociado de Fomento, y que esta petición aparece justificada en virtud de lo previsto en el párrafo 2º de la base 16, del concurso convocado en el B.O. de la Provincia de 16 de Enero del presente año, acuerda acceder a la petición del Sr. Alcántara Fernández, y que el precio de 775 pesetas Tm, en que le fue adjudicando el expresado suministro, sea aumentado a 953'55 pesetas. ------ Folla: 40 8. Acceder a la devolución de fianza depositada por D. Florentino Diz Gil por obras c.v. de Covelo a Cambeses. Interesada la devolución de la fianza por Don. Florentino Diz Gil, el que la había constituido para responder de las obras del c.v. núm. 139; Segunda Sección de Covelo a Cambeses y a la vista de los informes emitidos por la Dirección de Vías y Obras Provinciales e Intervención de Fondos, los que no encuentran inconveniente alguno en su devolución, así como publicado el correspondiente Edicto para oír reclamaciones, no se ha presentado alguna; el Pleno, acuerda acceder a lo interesado, ya que se han cumplido todos los trámites exigidos por el artículo 88 del vigente Reglamento de Contratación. ------ Folla: 40 9. Aprobar propuesta sobre cubrición de recibos, de contribuciones y arbitrios. Aprobar propuesta de la Jefatura del Servicio de Contribuciones, sobre cubrición de matrices y recibos del arbitrio municipal que grava las Contribuciones Territoriales, Rústica y Urbana, así como para la percepción de arbitrios provinciales que se efectúen para aquellos Ayuntamientos acogidos a la formula B) de la cobranza por mediación de esta Diputación. En consecuencia, habrá de abonarse por el total servicio de cubrición de recibos a 100 pesetas por el millar completo de matrices y recibos. Dada que la estructura de estos impresos hace más trabajoso el relleno de los recibos que el de las matrices, se abonará por el millar de recibos 55 pesetas y 45 por el de matrices Es deseo de la Corporación que este trabajo sea distribuido entre todos las Dependencias, a fin de que los funcionarios que los funcionarios que lo deseen puedan obtener de este modo un pequeño beneficio económico. En este sentido queda modificado el acuerdo adoptado a estos efectos en la sesión ordinaria celebrada el 17 de Diciembre de 1.955. ------ Folla: 40 10. Declarar admitidos como aspirantes a las Becas que se citan a los señores que se relacionan. Vista el acta de la Comisión de Cultura, declara admitidos como aspirantes a las Beca que se relacionan, a los interesados que también se expresan: Beca Escuela Naval: D. José A. Álvarez Cidranes; D. Ángel González Rodríguez; D. Joaquín Manuel Gallego Rodríguez; D. José Luis Santos Blanco; D. Félix Navaja Blanco y D. Emilio Alvares Rey. Beca Academia General del Aire: D. Guillermo Pereira Álvarez y D. Claudino Roldan Quintela. Beca Academia General de Tierra: D. Francisco M. Álvarez Carballo; D. Carlos Manuel Rodríguez Salom y D. Longines Criado Martínez. Beca Estudios Superiores Hijos de Funcionarios: D. Manuel Mucientes Durán. Beca Para Estudios Medios: D. José R. Miguel Visconti Señoráns. Beca Real Academia Bellas Artes de "San Fernando ": D. Rafael Ubeda Pineiro. Beca Artes Industriales: D. Paulino Lago Cao. ------ Folla: 40 11. Aprobar las Bases para la Beca de Violín. Vistas las bases que presentan conjuntamente la Comisión y Negociado de Cultura, de la Beca de Violín, vacante en esta Diputación, la Corporación acuerda prestarles su aprobación y que se publiquen seguidamente en el B.O. de la Provincia a efectos del concurso correspondiente. ------ Folla: 40 12. Aprobar las Bases de dos Becas para estudios en la Escuela de Magisterio de esta Capital. Vistas las Bases de dos Becas de nueva creación que elevan conjuntamente la comisión y Negociado de Educación, Deportes y Turismo, para estudios en la Escuela Normal de Magisterio de esta Capital, la Corporación acuerda prestarles su aprobación y que se publiquen seguidamente en el B.O. de la Provincia, a efectos de los oportunos concursos. ------ Folla: 40 13. Aprobar las Bases de una Beca para Vocación tardía en el Seminario de Santiago. Prestar aprobación a las Bases de una Beca para estudios tardíos en el Seminario de Santiago de Compostela, que elevan conjuntamente la Comisión y Negociado de Cultura, y que se publiquen seguidamente en el B.O. de la Provincia, a efectos del oportuno concurso. ------ Folla: 40 14. Pasar a la C. de Gobierno instancia de Auxiliar D. Julio Riveiro, solicitando reconocimiento de servicios interinos. Vista la instancia del Auxiliar Administrativo Don Julio Riveiro Franco, solicitando a efectos de quinquenios el reconocimiento del tiempo servido a la Diputación desde Abril de 1.936 a Septiembre de 1.938 a Enero de 1.954; el Pleno, antes de resolver acuerda pasar este asunto a estudio e informe de la Comisión de Gobierno. ------ Folla: 40 15. Pasar a la C. de Gobierno instancia del Ordenanza D. Manuel Álvarez Abreu. Vista la instancia del Ordenanza D. Manuel Álvarez Abreu, solicitando a efectos de quinquenios el reconocimiento del tiempo servido a la Diputación desde Septiembre de 1.945 a Junio de 1.946 y desde Mayo de 1.953 a Enero de 1.954; el Pleno antes de resolver acuerda pasar este asunto a estudio e informe de la Comisión de Gobierno. ------ Folla: 40 16. Pasar a la C. de Gobierno instancia de la Auxiliar Dña. María del Rosario Ballesteros Igunza. Vista la instancia del Auxiliar Administrativo Doña María del Rosario Ballesteros Igunza, solicitando a efectos de quinquenios el reconocimiento del tiempo servido a la Diputación desde Junio de 1.952 hasta Noviembre de 1.954, el Pleno, antes de resolver acuerda pasar este asunto a estudio e informe de la Comisión de Gobierno. ------ Folla: 40 17. Reconocer al Auxiliar D. José Luis López Bangueses Los servicios prestados con carácter interino. Acceder a lo solicitado por el Auxiliar Administrativo D. José Luis López Bangueses, reconociéndole los servicios interinos prestados a esta Diputación desde el día 2 de Marzo de 1.953 hasta el 30 de Octubre de 1.954, con un total de tiempo de un año 7 meses y 28 días, entendiéndose que este reconocimiento se realiza exclusivamente a efectos de quinquenios y derechos pasivos. ------ Folla: 40 18. Reconocer al Practicante D. Antonio Iglesias Santiago, los servicios prestados con carácter interino. Acceder a los solicitado por el Practicante de la Beneficencia Provincial, D. Antonio Iglesias Santiago, reconociéndole los servicios interinos prestados a esta Diputación desde el 1º de Febrero hasta el 27 de Agosto de 1.955, con un total de tiempo de 6 meses y 26 días, entendiéndose que este reconocimiento se realiza exclusivamente a efectos de quinquenios y derechos pasivos. ------ Folla: 40 19. Nombrar con carácter interino. Auxiliares - Administrativos a los dos Sres. que se relacionan y convocar las vacantes para proveerlas en propiedad. Por exigencias del servicio y haciendo uso de las facultades que al Pleno confiere el artículo 29 del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local, se nombran con carácter interino Auxiliares - Administrativos de esta Diputación a los Sres. siguientes: D. Ramiro Pardo Martínez y D. Francisco Javier Rial Vázquez. Los haberes anuales de cada uno de ellos se fijan en la cantidad de 9.000 pesetas de sueldo y 2.250 en concepto de Plus eventual de carestía de vida, efectuándose estos nombramientos por existir vacantes en los de su clase en la vigente plantilla y por el plazo máximo improrrogable de seis meses, transcurridos el cual dejará de acreditárseles toda remuneración. Tomarán posesión de su cargo ante el Sr. Secretario General en el plazo de cuarenta y ocho horas contando a partir del siguiente día en que se le notifique este acuerdo. Asimismo se acuerda convocar las vacantes para proveerlas en propiedad, a cuyos efectos habrán de redactarse reglamentariamente por el Negociado de personal las oportunas bases. ------ Folla: 40,41 20. Nombrar con carácter interino, Aparejador de esta Diputación a Don. Agustín Portela Paz. Por exigencias del servicio y que toda vez existe la correspondiente vacante en la vigente plantilla de Personal, haciendo uso el Pleno de las facultades que le confiere el artículo 29 del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local, acuerda nombrar con carácter interino, Aparejador de esta diputación a Don Agustín Portela Paz, asignándole el sueldo base anual de 11.000 pesetas y 2.200 pesetas de Plus eventual de carestía de vida, efectuándose este nombramiento por el plazo máximo improrrogable de seis meses, transcurrido el cual cual dejará de acreditársele toda remuneración. El designado habrá de tomar posesión de su cargo ante el Sr. Secretario General, en el plazo de cuarenta y ocho horas, contando a partir del siguiente día al en que se le notifique el presente acuerdo. ------ Folla: 41 21. Se acuerda continúe la vigencia de las Pólizas suscritas con el Igualatorio Médico Quirúrgico del colegio de médicos hasta las respectivas fechas de su vencimiento, debiendo dar cuenta con la antelación suficiente al Colegio a su vencimiento sobre la conveniencia de la prorroga y que se haga un estudio a estos efectos. Para la prestación de asistencia sanitaria a los Funcionarios provinciales la Presidencia suscribió con el Igualatorio Médico Quirúrgico del Ilustre colegio Oficial de Médicos de Pontevedra, y por delegación del Pleno, las pólizas siguientes: 1.- Póliza de 4 de Diciembre 1.953, para cuatro funcionarios 2.- Póliza de 4 de Mayo 1.954, para cuatro funcionarios 3.- Póliza de 27 de Mayo de 1.953, para 76 funcionarios 4.- Póliza de 1º de Julio de 1.955, para diecinueve funcionarios 5.- Póliza de 26 de Agosto de 1.953, para nueve funcionarios Estas Pólizas se estipularon por el plazo de un año, prorrogable tácitamente por años sucesivos, si quince días antes de su vencimiento no comunicase una de las partes a otra el deseo de cancelarlas. El Presidente de Igualatorio Médico Quirúrgico, en escrito del 13 de Noviembre último, se dirigió a esta Diputación manifestando el deseo de unificar en una sola póliza las parcialmente suscritas, proponiendo como fecha de unificación la de 1º de Enero de 1.957, máxime teniendo en cuenta el estudió económico del Igualatorio resolvió elevar las cuotas a razón de 75 pesetas por asegurado. el Pleno acuerda que todas las pólizas formalizadas continúen vigentes en las mismas condiciones con que han sido convencidas hasta las respectivas fechas de vencimiento, y al producirse éstas y con la antelación debida, conforme a las condiciones generales, será el momento de notificar al Igualatorio si se desea o no dar por extinguido los contratos. Asimismo, se acuerda que por el Servicio que corresponda se haga un minucioso estudio económico sobre la conveniencia o no de continuar asegurados los funcionarios en el expresado Igualatorio Médico, proponiéndose en caso negativo la solución más conveniente que proceda adoptar. ------ Folla: 41 22. Designar, por corrida de Escala, Jefe de Negociado, al Oficial de la Escala Técnica D. Vicente Couceiro Amor. Las alteraciones que durante el año en curso ha sufrido el Escalafón de Jefes de Negociado del cuerpo Administrativo son las vacantes producidas a consecuencia de haberse concedido la excedencia activa a Don José Míguez Leitón, actual recaudador de contribuciones e impuestos en la Zona de Vigo, y la excedencia voluntaria a Dña. Eloísa León Álvarez. Conforme a lo dispuesto en el artículo 234 del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local, en sesión celebrada el 30 de Julio último, acordó cubrirse la primera vacante mediante concurso restringido entre Oficiales, que fue anunciado en el B.O. de la Provincia y del Estado de fechas 9 y 18 de Noviembre último, respectivamente, concurso éste que se halla todavía en trámite sin resolver. La segunda vacante, a proveer por ascenso riguroso de antigüedad, en virtud de rotación legalmente impuesta, corresponde adjudicarla ahora al Oficial de la Escala Técnica - Administrativa que figura en cabeza del Escalafón de funcionarios de esta categoría que es D. Vicente Couceiro Amor. Por lo expuesto, y teniendo en cuenta lo ordenado en sesión de 30 de Noviembre pasado; el Pleno acuerda aprobar la correspondiente corrida de escala, designando para ocupar la vacante de Jefe del Negociado, producida por excedencia de Doña. Eloisa León Álvarez, al Oficial administrativo Don Vicente Couceiro Amor, al que se le asigna el sueldo base anual de 19.500 pesetas, dos pagas extraordinarias por años y demás emolumentos reglamentarios, debiendo tomar posesión del cargo ante el Sr. Secretario General en el plazo de cuarenta y ocho horas, contando a partir del siguiente día al en que se le notifique el presente acuerdo. Este nombramiento por ser de ascenso automático se realiza con efectos desde el 30 de Noviembre último, fecha ésta en que se declaró por el Pleno la vacante de la plaza que ahora se provee. ------ Folla: 41 23. Declarar el cese como Médico Anestesista a Don Valentín Viqueira Conde por haberse provistado de la plaza en propiedad. Cubierta reglamentariamente la plaza de Médico Anestesista - Reanimador de la Beneficencia provincial, para cuyo cago fue designado, previa oposición, Don Antonio Pérez Carbajal, por acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 31 de Octubre último, y habiendo tomado ya posesión del cargo el nuevo funcionario titular, se acuerda cese en sus funciones Don Valentín Viqueira Conde, médico que venía desempeñando la aludida plaza interinamente. ------ Folla: 41 24. Aprobar contratos de trabajo con el personal que se relaciona como consecuencia de la aplicación de la nueva Reglamentación Nacional del Trabajo. A consecuencia de las recientes modificaciones introducidas en las tablas de salarios de las vigentes Reglamentaciones Nacionales del Trabajo, aumentando las remuneraciones del personal afectado por las mismas con el fin de elevar el nivel de vida de los trabajadores, la Presidencia ha formalizado contratos de trabajo con las personas que a continuación se expresan: Parque Móvil Don Elisardo Grela López, Maestro de Taller Don Emilio Mera Lorenzo, Conductor - mecánico Don José Martínez Nieto,Conductor Don Emilio Cayo González,Conductor; Don Celestino Gómez Fuentes, Conductor Don Manuel Cidrón García,Vigilante. Hogar Provincial Don Miguel Beato Pedrosas, Regente de Taller Don Manuel Barreiro Blanco, Oficial 1º Minervista Don Isidro Lago Quinteiro, Oficial 1º Cajista Don Alejandro Beloso Vilas, Oficial 3º Minervista Don Celestino Rascado Reboreda, Oficial de 2º Cajista Don Manuel Luaces Carballido, Oficial 1º Administrativo Doña María Insua Durán, Telefonista Don Manuel Aresti Arana, Vigilante Don Acacio Espino Tola, Sereno Don Antonio Rubido Samparte, Médico interno Doña Antonia Soto vidal, Costurera - zurcidora Don Luis González Casalderrey, Oficial 1º Operario Don Celestino Cons Varela, Oficial de 1º Operario Don Rogelio Ligero Veiga, Peón especializado - carpintero Don Rafael Vázquez Fernández, Jefe de Taller de Electricidad y Radio Don Enrique Alfonsín Costas, Jefe de Taller Mecánica Don Nicanor Sánchez, Maestro de Mesilla Don Antonio Aparicio Heredia, Jefe de fabricación Gran Hospital Provincial Don Valentín Cernadas Parada, Jefe de cocina Don Avelino Cernadas Parada, Ayudante de cocina Elevados estos contratos laborales al Pleno para su conocimiento, acuerda quedar enterado de los mismos y prestarles su aprobación. ------ Folla: 41 25. Disponer el cese como Auxiliares - administrativos interinos de los Sres. que se relacionan. En cumplimiento de los que se dispone en el artículo 29 del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local de 30 de Mayo de 1.952 y en los respectivos acuerdos de nombramiento cesan como Auxiliares administrativos interinos con efectos desde el 31 del corriente mes de Diciembre, por llevar más de seis meses en el desempeño del cargo, los funcionarios siguientes: Don Carlos Casal de Juan, Don Eulogio Freire Aris, Don Juan Ramón Amo Sánchez, D. Manuel Martínez Araujo, Doña Mª Asunción Lamas Anciros, Doña Elvira Ernesto Faginas, D. Agustín Estévez Lores, D. Ramón Martínez Dios y Doña Mª Leonor González Prieto. ------ Folla: 41,42 26. Aceptar propuesta del Diputado - Delegado del Hogar Provincial en relación con la provisión de la plaza de Administrador de dicho Centro Benéfico. Se da cuenta de una propuesta que formula el Sr. Diputado Delegado en el Hogar Provincial, en la que expone que acordad por el Pleno en sesión de 25 de Abril próximo pasado, la creación de la plaza de Administrador de dicho Centro, procede y es urgente se interese de la Dirección General de Administrador Local, la necesaria autorización; propuesta en la que se sugiere que dicha plaza sea provista entre funcionarios del Cuerpo Técnico - Administrativo, y que la designación recaiga en aquel que reúna a juicio de la Corporación las mejores condiciones para el desempeño de la misma, teniendo en cuenta que mayor importancia, si cabe, la tiene la pedagógica y orientadora de los niños en el indicado Establecimiento, en relación con las diversas actividades que en él se desarrollan, lo que hace preferente una labor formativa y social, independientemente de administrativa, que requiere un funcionario de probada capacitación como tal y de especialización marcada en la misión educativa y moral. La Excma. Corporación acuerda aprobar la procedente propuesta, y en su consecuencia, crea la plaza de Administrador del Hogar Provincial, que habrá de cubrirse en propiedad mediante concurso, al que podrán concurrir los funcionarios titulares del Cuerpo Técnico - administrativo de la diputación y asimilando, siendo designado de entre ellos, el que por sus especiales condiciones de aptitud resulte más idóneo para el desempeño del cargo. En su calidad de funcionario administrativo estará asimilado a Jefe de Negociado, siéndole de aplicación y exigencia todos los derechos y obligaciones que correspondan a los funcionarios de esta Diputación. Como la creación de esta plaza administrativa implica una modificación de la vigente plantilla, habrá de remitirse certificación del presente acuerdo a la Dirección General de Administración Local, para su aprobación definitiva. ------ Folla: 41,42 27. Aprobar las Bases para provisión mediante concurso de la vacante de Aparejador. Habiéndose acordado en esta misma sesión el nombramiento de D. Agustín Portela Paz , para el cargo de Aparejador interino de esta Diputación; el Pleno, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 30 del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local, acuerda convocar esta vacante para proveerla en propiedad mediante concurso, prestándose a estos efectos aprobación a las correspondientes Bases redactadas por el Negociado de Personal, cuyo anuncio habrá de publicarse en los B.B.O.O. de la Provincia y del Estado para general conocimiento. El sueldo base anual asignado a esta vacante es el reglamentario de 11.000 pesetas, dos pagas extraordinarias al año y un plus eventual de carestía de vida de 2.200 pesetas, también anual. ------ Folla: 42 28. Declarar admitidos a examen a la oposición para cubrir en propiedad la vacante de Farmacéutico del Hospital, a los Sres. que se relacionan y dando plazo para completar documentaciones. Habiéndose anunciado en los B.B.O.O. de la Provincia y del Estado la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante oposición, la plaza de Farmacéutica de la Beneficencia Provincial y finalizado el plazo de presentación de instancias y documentos, examinados por el Pleno los expedientes de los opositores, se acuerda declarar admitidos a examen a los aspirantes siguientes: 1.- D. Aureliano Virgós Pérez, de Pontevedra 2.- Dña. María Lourdes dios Mosquera, de Pontevedra Asimismo se acuerda conceder a Dña. María Lourdes Dios Mosquera, un plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la notificación de este acuerdo, a fin de de que haga presentación en las Oficinas de Secretaría General, de la certificación de antecedentes penales y declaración jurada de no haber sido separada de ningún Cuerpo u Organismo del Estado,Provincia o Municipio, ya sea por Tribunal de Honor o por expediente gubernativo, todo ello en cumplimiento de lo que se dispone en la Base 6º de la convocatoria, y entendiéndose que la falta de presentación de los aludidos documentos en el término indicado llevará aparejada la exclusión de esta oposición. ------ Folla: 42 29. Dar cuenta de oficio del Tribunal Contencioso - Administrativo por el que se declara caducado el recurso promovido por D. Gumersindo Lamazares Vence. Diose cuenta de oficio del Tribunal Provincial de lo Contencioso - Administrativo por el que se declara caducado el recurso contencioso promovido por Don Gumersindo Lamazares Vence, contra acuerdo de esta Diputación de 23 de Julio de 1.956, en el que se mantenía en todas sus parte el de 29 de Febrero del mismo año, sobre declaración de Utilidad Pública y ocupación de terrenos para construcción del c.v. del Río a San Salvador en el Ayuntamiento de Rodeiro, y por tanto, firme y consentida la resolución recurrida, el Pleno acordó quedar enterado. ------ Folla: 42 30. Dar cuenta de la parte dispositiva de la sentencia dictada por el Tribunal Contencioso, con certificación donde se acuerda por el Tribunal Supremo tener por apartado y desistirlo al Sr. Basanta en apelación contra resolución de 20 de Mayo de 1.953. Diose cuenta de testimonio del encabezamiento y parte dispositiva de la sentencia dictada por el Tribunal Provincial de los Contencioso - Administrativo en 20 de Mayo de 1.953, en el recurso contencioso que interpusiera el Procurador Sr. Rodríguez Dios a nombre de Don Pedro Basanta del Río, sobre reintegro de cantidad, y en cuyo fallo el Tribunal declarara su incompetencia para resolver sobre el acuerdo de 18 de Abril de 1.949 y Providencia de 6 de Junio del mismo año, en la que se ordenaba el reintegro de libramientos a justificar para gastos del Servicio Forestal. El mismo Tribunal certifica que la Sala 4º del Tribunal supremo por Providencia de 14 de Noviembre de 1.956, acordó tener por apartado y desistido al Sr. Basanta de la apelación que entablara contra la resolución de 20 de Mayo de 1.953 del Tribunal Provincial de los Contencioso de Pontevedra. ------ Folla: 42 31. Dar cuenta de oficio de la Alcaldía de Oviedo dando cuenta de la fecha en que se conmemora la gesta de su liberación. Diose cuenta de oficio de la Alcaldía de Oviedo, participando que en aquella Capital tendrá lugar todos los años, terminados en seis, siendo el primero el de 1.966, actos conmemorativos de la Liberación de Oviedo por las columnas gallegas, a fin de estrechar los lazos de unión entre las los regiones. El Pleno acordó quedar enterado, con satisfacción, de este acuerdo. ------ Folla: 42,43 32. Dar cuenta de sentencia dictada por el Tribunal de Cuentas en el expediente seguido a D. Bernardino Fondevila ( hoy sus herederos). Diose cuenta de escrito de la Abogacía del Estado , como Delegación del Tribunal de Cuentas en el expediente desglosado nº 4 del general 15/1.950, por irregularidades advertidas en la administración de caudales de la Diputación provincial de Pontevedra, que copiado literalmente dice así: " En el expediente instruido por esta Delegación del Tribunal de Cuentas, contra los Herederos de Don Bernardino Fondevila de la Iglesia, Administrador, que fue del Gran Hospital de Pontevedra, con fecha 11 de Septiembre de 1.956, se ha dictado el siguiente ". Auto.- Pontevedra, 11 de Septiembre de 1.956.- Por dad cuenta por el Sr. Secretario del recibo de este expediente, al que se une la Sentencia dictada por la Sala Primera del Tribunal de Cuentas, y visto el fallo de la misma, revocando la Sentencia dictada por esta Delegación procédase a comunicar - cumpliendo lo ordenado por Sala - el contenido de la misma a los interesados: herederos de Don. Bernardino Fondevila de la iglesia, Excma. Diputación Provincial y al Registro de la Propiedad de este Partido, donde constaban las anotaciones preventivas de embargo efectuadas; dándose cuenta al Tribunal, una vez cumplimentado este Auto .- El Delegado Instructor, firmado, Juan Antonio Atienza Silvestre.- El Secretario, firmado, Luis Fernández Autrán.- Rubricados ". En su consecuencia, le comunico a continuación el fallo dictado por la Sala Primera del Tribunal de Cuentas, en el expediente que se indica: " Hay un membrete en fondo negro con el escudo de España, y el lema: tribunal de Cuentas.- Sala Primera.- Sres.: Santamaría; Cajigal; Navarro Reverter.- D. Eduardo Collar Ayaregui, Censor Letrado, Secretario de la Sala Primera de este Tribunal.- Certifico: Que en el expediente que se expresa a continuación, se ha dictado por la Sala la siguiente: Sentencia: En Madrid a catorce de Julio de mil novecientos cincuenta y seis.- En el expediente administrativo - judicial de reintegro número cuatro, desglosado del general número quince de mil novecientos cincuenta, del Ramo de Gobernación, seguido contra Don Bernardino Fondevila ( hoy sus herederos), Administrador, que fue, del Gran Hospital de Pontevedra. Resultando: Que es este, uno de los varios expedientes instruidos con motivo de las irregularidades ocurridas en varios Servicios y Centros Administrativos de la Diputación Provincial de Pontevedra, concretándose las presentes actuaciones al examen de la gestión del Administrador, que fue, del Gran Hospital de Pontevedra, Don Bernardino Fondevila (hoy sus herederos), Resultando: Que seguido el expediente administrativo de alcance y reintegro en todos sus trámites por el Instructor nombrado por el Tribunal de Cuentas, habiéndose entendido las actuaciones con los hijos y herederos del presunto responsable, por haber este fallecido, el mismo Instructor dictó sentencia por la que se declaró partida de alcance la suma de ciento dos mil cuatrocientas treinta y nueve pesetas con tres céntimos y responsable directo a Don Bernardino Fondevila, hoy sus herederos, sin que haya lugar a exigir responsabilidades subsidiarias. Resultando: Que contra está Sentencia interpusieron recurso de apelación los hijos y herederos del Sr. Fondevila: Don Rafael, Doña María Luida, Doña María del Rosario y Don Antonio Fondevila Mosquera, apelación que ha sido tramitada reglamentariamente con extenso escrito de los mismos, habiéndose reclamado por el Tribunal nuevos antecedentes de la Diputación Provincial, para mayor esclarecimiento de los hechos, los que fueron recibidos. Visto siendo Ponente, el Ministro Presidente de la Sala, Excmo. Sr. Don Santos Santamaría y Muro. Considerando: Que tanto el Inspector, Delegado Especial del Ministerio de la Gobernación, que procedió en un principio al esclarecimiento de las graves irregularidades ocurridas en los diversos Centros de la Diputación Provincial de Pontevedra, como en el Instructor, nombrado por este Tribunal de Cuentas para la tramitación de este expediente administrativo judicial de alcance y reintegro, procedieron con singular celo e inteligencia en sus difíciles trabajos, habiendo sido confirmadas sus resoluciones en otros expedientes de la misma época y provincia por este Tribunal, pero, por lo que se refiere y a concretamente a estas actuaciones contra el que fue Administrador del Gran Hospital Don. Bernardino Fondevila (hoy sus herederos), las alegaciones hechas por los repetidos hijos del Sr. Administrador y los nuevos antecedentes reclamados y enviados por la Diputación, han puesto ya claramente de manifiesto la imposibilidad de llegar con plena conciencia a precisar la existencia real de este alcance y su cuantía, ya que no resulta plenamente probada la imputación principal y base de este expediente, la que por unas mismas facturas se justificasen diversos libramientos, pus esto solo parece deducido de unas cuentas sin firmar y de las anotaciones particulares llevadas por Don Bernardino Fondevila pero estos no son documentos fehacientes, sucediendo, además, que estas mismas anotaciones, apreciadas en su conjunto y con los demás antecedentes, parecen más bien, justificar su actuación, que, precisamente, por no haber sido debidamente liquidada por los Órganos de la Diputación, encargados de hacerlo, han dado origen a estas incertidumbres acerca de la verdadera actuación del Sr. Fondevila, y, de otra parte, las cuentas del mismo, fueron aprobadas por la Diputación, y , además, existe un dictamen pericial formulado en el expediente contencioso - administrativo, que se ha traído a la vista de esta Sala, por un Perito nombrado, no por los herederos del Sr. Fondevila, sino por el mismo Tribunal Contencioso - administrativo, lo que le da mayor garantía a la imparcialidad, cuyo Perito examinó todas las cuentas y antecedentes facilitados por la Diputación, llegando a la conclusión de que el Sr. Fondevila, no le resultaba alcance alguno; la Sala se ve en el caso de absolver a este señor, y , por consecuencia, a sus herederos, con tanto mayor cuanto que se inició este expediente en el año mil novecientos cincuenta, por hechos ocurridos en los años mil novecientos cuarenta y uno y mil novecientos cuarenta y dos, lo que impide nuevas aplicaciones indagatorias para mayor esclarecimiento de los hechos. De conformidad con el Ministerio Fiscal, Fallamos: Que debemos revocar y revocamos la sentencia dictada por el Instructor de este expediente y su lugar declaramos libre responsabilidad al que fue Administrados del Hospital Don. Bernardino Fondevila, hoy sus herederos. Notifíquese al Ministerio Fiscal y trasládese al Sr. Delegado en copia certificada, para que proceda a su inmediata ejecución, levantando los embargos efectuados. Así por esta nuestra Sentencia los pronunciamos, mandamos y firmamos .- Santos Santamaría Muro.- Jesús Cajigal.- Enrique Navarro Reverter.- Y para que conste y surta los efectos ordenados por la Sala en el expediente de su razón, expido la presente - que remito a V.I. - en unión de las diligencias originales. En Madrid a diecinueve de Julio de mil novecientos cincuenta y seis.- Eduardo Collar, Rubricado.- Vº Bº. El Presidente de la Sala.- Santos Santamaría Muro.- Rubricado el Pleno, a pesar de que la presente resolución habrá sido ya trasladada a los herederos del Sr. Fondevila de la Iglesia, acuerda comunicarles que la Corporación se congratula sentidamente del contenido de aquel fallo del Tribunal de Cuentas que viene a rehabilitar plenamente la memoria de aquel funcionario del Gran Hospital. ------ Folla: 43 33. Ver con agrado el acuerdo de la Caja de Anticipos Forestales, sobre distribución de los beneficios de la caja entre los Ayuntamientos para amortización de cuotas del arbitrio sobre Productos del Campo. El Sr. Presidente da cuenta del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Caja de Anticipos y Aprovechamientos Forestales, en su sesión de 26 de Diciembre de 1.956, de proponer a la Junta General que los excedentes que puedan resultar entre las cifras previstas y las reales resultantes de las tablas que se efectúen, sean distribuidas entre los Ayuntamientos beneficiarios de dicha Caja, para que éstos destine los citados excedentes a cubrir, total o parcialmente el arbitrio provincial sobre los productos del campo, debiendo comenzarse por las cantidades inferiores ( 25, 50, 75, etc.) hasta agotar totalmente este segundo anticipo. el Pleno acuerda ver con agrado dicho acuerdo. ------ Folla: 43 34. De conformidad con los proyectos 1 y 2 del Servicio Ganadero de esta Diputación, solicitar de la Dirección General de Ganadería la creación del Libro Genealógico Provincial de la Raza "Rubia Gallega; y de dos Centros de Control Lechero. Diose cuenta de proyecto núm. 1 y 2 que elevan a la consideración del Pleno los Sres. Veterinarios adscritos al Servicio Ganadero de esta Excma. Diputación, como continuación de lo propuesto por el servicio Provincial de Ganadería, en su oficio núm. 1.858 de salida de fecha 24 de Octubre de 1.956 y del que se diera cuenta en sesión de 31 de Octubre del mismo año, en la que se acordó ratificar el acuerdo sobre creación del Servicio Provincial de Fomento Ganadero en esta Excma. Diputación y aprobar sus sugerencias respecto de la realización durante el año 1.957 de algunos de los puntos que se consignaban en el índice de posibilidades, y que se habrán de realizar en íntima y eficaz colaboración con la Jefatura Provincial de Ganadería De conformidad con los proyectos núms. 1 y 2 que elevan los Sres. Veterinarios; el Pleno acuerda por unanimidad, lo siguiente: 1º.- solicitar de la Dirección General de Ganadería se digne delegar en la Diputación de Pontevedra, y singularmente en el Servicio Provincial de Fomento Ganadero, la creación del Libro Genealógico Provincial de la Raza " Rubia Gallega " que se iniciaría en las zonas de mayor censo y pureza de la Raza Bovina denominada rubia gallega, que constituye una gran riqueza ganadera provincial, así como también el de la raza de ganado vacuno holandés, que se halla en período de difusión en las zonas bajas e industriales, para organizar el control lechero. 2º.- Crear dos Centros de control lechero que, en cuanto a los gastos de puesta en marcha correrán a cargo de la Jefatura Provincial de Ganadería, y en cuanto al sostenimiento y nombramiento de personal serán por cuenta de esta Diputación. de este control lechero llevaría la dirección el Servicio Provincial de Fomento Ganadero de esta Excma. Diputación, no sólo en los dos centros que se crean , sino en las demás que se estableciesen en la provincia de Pontevedra, para la mayor eficacia del servicio que significaría la unificación de criterio en la labor que dichos centros habían de realizar; bien entendido que estos Centros habrían de regularse con sometimiento a la supervisión de los Organismos estatales. ------ Folla: 43 35. Sufragar los gastos que ocasione la creación de dos Centros de Control Lechero con las consignaciones del Plan Agrícola de Galicia de los años 1.955, 1.956 y 1.957. el Pleno acuerda que los gastos que se ocasionasen con motivo de la creación de dos Centros de control lechero a que se refiere el acuerdo adoptado en esta misma sesión sean satisfechos con cargo a las consignaciones figuradas para el Plan Agrícola de Galicia en los años 1.955, 1.956 y 1.957 que no hayan tenido inversión. ------ Folla: 43 36. Dejar sobre la Mesa proyectos núms 3 y 4 del Servicio Ganadero de esta Diputación. Dejar sobre la Mesa los proyectos núms 3 y 4 del Servicio Ganadero de esta Diputación, sobre Plan de Mejora de Ganado Porcino y de la Avicultura rural de la provincia que se acompañaban a los proyectos núms 1 y 2 sobre control lechero de la raza gallega de la vacuna holandesa. ------ Folla: 43 37. Ratificar resolución Presidencial relativa a libramiento para satisfacer gastos por estudio fertilidad suelos P. J. Cambados, a favor de la Misión Biológica de Galicia. Por acuerdo de 23 de Julio del corriente año, se interesaba de la Misión Biológica se manifiesta si contaba con personal para realizar el Estudio de Fertilidad del Suelo en el Partido de Cambados, y en sesión de 31 de Agosto se dio cuenta, de oficio de la Dirección de aquella Institución Científica, agradeciendo el ofrecimiento y rogando se esperase conformidad del Patronato " Alonso Herrera ", sobre el presupuesto para tales trabajos. En oficio de 16 de Octubre de 1.956, la Misión formuló un cálculo aproximado por Partido Judicial de 100.500 pesetas. que para los Partidos Judiciales de Cambados, Caldas de Reis y A Estrada, totalizaría 301.500 pesetas, y que si se realizara al mismo tiempo la ordenación de cultivos, tales cantidades habrían de incrementarse en unas 40.000 pesetas por partido judicial, sumando un total de 421.500 pesetas. Por último, en oficio núm. 1.210 de fecha 26 de Diciembre actual, la Misión anuncia a la Presidencia haber hecho los preparativos y adquisición de material por la forma de muestras, y que el trabajo comenzará inmediatamente, por lo que solicitaba se le librase una primera cantidad para gastos de desplazamiento. Y en resolución presidencial, atendiendo aquella indicación de la Misión Biológica se dispuso de oficio núm.. 5286 de salida la aprobación del presupuesto de gastos formulada por la Misión Biológica en su oficio núm.. 1.198, que ha tenido entrada en esta Diputación con el número 4.343, y que se librasen 30.000 pesetas a favor de Don Cruz Gallastegui Unamuno para los trabajos de fertilidad del suelo, del Partido de Cambados. el Pleno acuerda ratificar la indicada resolución presidencial, fecha 15 del corriente, de la que se dio cuenta. ------ Folla: 43 38. Dar cuenta de la aprobación por el Delegado de Hacienda del Presupuesto Ordinario para el bienio 1.957 - 1.958. Diose cuenta de oficio del Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda, de esta provincia de fecha 20 del actual, núm. 570 de salida de la Sección Administrativa Local, participando que por Provincia dictada al efecto ha sido aprobado el Presupuesto Ordinario de esta Excma. Diputación para el bienio 1.957-1.958, que aparece nivelado en la cifra de 48.525'00 pesetas. El Pleno acordó declarar su vigencia desde 1º de Enero de 1.957, para los dos períodos anuales, a cuyo fin ha sido formado, debiendo cerrarse y liquidarse separadamente cada anualidad como previene el apartado 3º del artículo 675 de la vigente Ley de Régimen Local. ------ Folla: 43,44 39. Nombrar Hijo Predilecto de esta Provincia al Excmo. Sr. D. Francisco Javier Sánchez Cantón y elevar a la Superioridad este acuerdo para su sanción aprobatoria. La Real Academia de la Historia, en sesión de 14 del actual y por el voto unánime de los Sres. Académicos, ha elegido Director al Excmo. Sr. D. Francisco Javier Sánchez Cantón de cuya altísima institución era ya miembro de número, como lo es de las demás Reales Academias de la Lengua y las Bellas Artes. Es el Sr. Sánchez Cantón, por sus prestigiosas dotes personales de bondad, por su trayectoria triunfal como universitario, por sus trabajos y publicaciones como Catedrático, investigador, historiador y critico, un valor de la más respetable significación cultural y humana que, con sus obras, ha traspasado las fronteras para adquirir relieves Plenos de merecimientos y honores internacionales. Sin dudas, ni posibles parangones, es la figura de este preclaro hijo de Pontevedra, la que enaltece con máximo rango en el mundo del saber, la relación ya numerosa de nuestros valores de privilegio intelectual. Tres veces galardonado justamente con palmas académicas, condecorado con la Gran Cruz de Alfonso X el Sabio, Comendador de número de las Ordenes de Isabel la Católica, del Gran Oficilato y de San Thiago da España de Portugal, Caballero de la Orden Jerifiana Uixam Alavi, y Oficial de la Legión del Honor francesa, su consejo, asesoramiento y colaboración en el Ministerio de Educación Nacional, Patronato Menéndez Pelayo, Consejo superior de Investigaciones Científicas, Instituto Padre Sarmiento, Museo de Pontevedra, Instituciones diversas de altos estudios españoles y extranjeros y su relevante actuación en el Museo del Prado del que es digno Subdirector, como sus publicaciones libros y trabajos que han cobrado la general estimación respetuosa de las gentes cultas de todos los países, hacen que su nombre ilustre, sea conocido en bibliotecas, museos y centros de enseñanza y considerando en su magisterio de suprema erudición. Desde el Decanato de la Facultad de Letras, de la Universidad Central, la profundidad de su preparación científica es norte y guía de las juventudes estudiosas. Para Pontevedra y c cuanto se relaciona con la elevación de su nivel cultura y artístico, con su progreso moral o material, sus continuadas dedicaciones y preferencias, de óptimos resultados, patentizan el calor amoroso de este verdadero ejemplo de buenos hijos. Cuando esta Excma. Diputación obtuvo por su protección a los artistas noveles, la primera de las medallas de oro que la Academia de San Fernando se dignara otorgarle, el Sr. Sánchez Cantón que como miembro destacado de la misma ha sido el encargado de hacerla ofrenda de aquel premio en acto solemnísimo al que también asistió nuestra Central Polifónica, de la que es fundador y alentador constante para nuestro pueblo que ha sido editado por la Academia, y en cuyas páginas de singular belleza podrán aprender las generaciones futura como se entrega una vida de honor, de bien y de saber en perpetua dedicación a España y Galicia. La Excma. Diputación de Pontevedra, que sabe caminar siempre por sendas de debida gratitud y expreso reconocimiento para sus naturales que la enaltecen, quieren y prestigian; acuerda por aclamación nombrar Hijo Predilecto de la Provincia al Excmo. Sr. Don. Francisco Javier Sánchez Cantón y que se eleve a la Superioridad esta resolución unánime del Pleno para su Sanción aprobatoria que significará, más que un privilegio para el designado, un honor para los Sres. Diputados que se complacen proponiendo tan justísimo nombramiento y para la Capital y su provincia, plenamente enorgullecidos de haberle visto nacer y elevarse en vuelo normal y dirigido al mayor florecimiento, esplendor y gloria de las Letras y las Artes. ------ Folla: 44 40. Enterarse de texto de telegramas cursados en súplica de que se mantenga en esta Capital una Sala de lo Contencioso-Administrativo. Se entera el Pleno del Texto de los telegramas cursados por la Presidencia al Ministerio de Justicia y a la Secretaría General del Movimiento en súplica de que se mantengan en esta Capital una Sala de lo Contencioso-Administrativo con jurisdicción a varias provincias gallegas, en uso de las facultades excepcionales que la Ley recientemente prevé. ------ Folla: 44 41. Enterarse del resultado global de la cobranza del 4º trimestre de 1.926 que formula el Servicio de Contribuciones. Queda enterado el Pleno de informe del Servicio de Contribuciones, de fecha 21 del actual, dando cuenta del resultado global de la cobranza del 4º trimestre de 1.956, de los arbitrios provinciales, municipales y cuotas de Entidades y Organismos en el indicado período con un resumen de todo el ejercicio, en el que según se expresa en dicho informe se han obtenido porcentajes no logrados desde 1.948, a pesar del enorme incremento de los cargos que dicho Servicio de Recaudación se le hiciera. ------ Folla: 44 42. Enterarse de Altas producidas en el Padrón de Productos del Campo del Aytº de A Estrada. Quedar enterado de las Altas producidas en el padrón del arbitrio provincial sobre productos del campo, del Ayuntamiento de A Estrada, que eleva la Intervención de Fondos provinciales y que son las siguientes: Doña Dolores Rozado Pardal, de Riveira Pesetas 8'81 Don Andrés Otero Garabatos, Forasteros " 19'06 Hros. Felisa Matos Matalobos. " 6'30 ------ Folla: 44 43. Hacer constar en acta la satisfacción por la concesión del Premio Nacional "Francisco Franco" a D. José Mª. Castroviejo. El Pleno de la Excma. Corporación Provincial, por unanimidad, hace constar en acta la viva satisfacción que le produjo la concesión del Premio Nacional de Periodismo "Francisco Franco" hecha al ilustre escritor Don José María Castroviejo y Blanco Cicerón, que viene a premiar justamente una alta tarea de relevante valoración cultural y de preparación profundamente universitaria, las que unidas a su agilidad mental y a su refinado criterio estético y acendrado amor a España, le hacen figura señera del periodismo Pleno de virtudes morales y ciudadanas. ------ Folla: 44,45 44. Dar cuenta por la Presidencia de Resoluciones designando Vicepresidente al Sr. Pérez Crespo en sustitución del Sr. Massó y del acoplamiento de las distintas Comisiones y Delegaciones que quedan constituidas como se indica. El Ilmo. Sr. Presidente da cuenta a sus compañeros de Corporación de la resolución núm. 5.073 de fecha 11 del actual, por la que se nombró Vice - Presidente de esta Corporación al Diputado D. Francisco Pérez Crespo, Alcalde de la villa de Marín, cuya capacidad cultural, política y militante hace destacar con merecidos elogios; el que vino a sustituir a D. José Mª Massó García; dando cuenta también la Presidencia del acoplamiento que como consecuencia de esta designación ha hecho de las Comisiones y Delegaciones que establece el artículo 235 de la Ley de Régimen Local, y que quedan constituidas de la siguiente forma: siguiente forma: Delegaciones Vicepresidente.- D. Francisco Pérez Crespo Hospital Provincial.- Delegado: D. Evaristo Vázquez de Silva Asilos de Cambados y Vilagarcía.- Delegado: D. Frutos Cerecedo Lapatza Asilo de Caldas de Reis.- Delegado: D. José Sierra Cordo Asilo de Pontevedra.- Delegado: D. Apolinar Bugallo Sineiro Leprosería San Lázaro, Colegio de Sordomudos de Santiago y Manicomio de Conxo. Delegado: D. Manuel Campos Paseiro Hogar cuna Provincial y Hogar Provincial.- Delegado: D. Ernesto Viéitez Cortizo Asilo y Centros Benéficos de Vigo.- Delegado: D. Emilio Pousa Lamas Asilo de Tui.- Delegado: D. José Jurado Romero Misión Biológica de Galicia.- Delegado: Presidente: D. Luis Rocafort Martínez ; Suplente: D. José María Massó García Plan Agrícola de Galicia.- Vocal: D. Ernesto Viéitez Cortizo Centro de Enseñanzas, Experiencias e Investigaciones Forestales de Lourizán.- Delegado. Don Fernando Conde de Ponte Patronato de Formación Profesional y Escuelas de Trabajos.- Representantes: de Vigo, D. Emilio Pousa Lamas; de Pontevedra, D. Ernesto Viéitez Cortizo Consejo Provincial de Fomento Pecuario, Cámara Oficial Sindical Agraria y Junta de Carnes, Cueros y Derivados.- Representante: D. Gerardo Carballal Morgade Servicio de Contribuciones.- Delegado:D. José María Massó García Parque Móvil.- Delegado: D. Evaristo Vázquez de Silva Caja de Ahorros Provincial.- Consejeros: D. José María Massó García, D. Francisco Pérez Crespo y D. Frutos Cerecedo Lapatza Comisión de Indemnizaciones a los Maestros para Viviendas.- Delegado: S. Carlos Romay Martínez Comisiones Beneficencia y Obras Sociales Presidente: D. Evaristo Vázquez de Silva Vocal: D. José María Massó García Vocal: D. Emilio Pousa Lamas Sanidad, Urbanismo y Vivienda Presidente: D. Juan Muiños Iglesias Vocal: D. Gerardo Carballal Morgade Vocal: D. Manuel Campos Paseiro Agricultura, Ganadería y Repoblación Forestal Presidente: D. Fernando Conde de Ponte Vocal: D. Ernesto Viéitez Cortizo Vocal: D. Apolinar Bugallo Sineiro Educación, Deportes y Turismo Presidente: D. Ernesto Viéitez Cotizo Vocal : D. José Jurado Romero Vocal: D. Carlos Romay Martínez Obras Públicas y Paro Obrero Presidente: D. Emilio Pousa Lamas Vocal: D. Luis González Taboada Vocal: D. Juan Muiños Iglesias Hacienda y Economía Presidente: D. Francisco Pérez Crespo Vocal: D. Frutos Cerecedo Lapatza Vocal: D. José Sierra Cordo Cooperación y Colonización Presidente: D. Salvador Fernández Alonso Vocal: D. Luis González Taboada Vocal: D. Apolinar Bugallo Sineiro Comisión de Gobierno Presidente: Iltmo. Sr. D. Luis Rocafort Martínez Vocal: D. Evaristo Vázquez de Silva Vocal: D. Juan Muiños Iglesias Vocal: D. Fernando Conde de Ponte Vocal: D. Ernesto Viéitez Cortizo Vocal: D. Emilio Pousa Lamas Vocal: D. Francisco Pérez Crespo Vocal: D. Salvador Fernández Alonso ------ Folla: 45 Asuntos Declarados de Urgencia 45. Acceder al aumento de salarios solicitada por los Auxiliares Jornaleros de Vías y Obras. Vista la instancia que suscriben los Auxiliares Jornaleros dependientes del Servicio de Vías y Obras Provinciales, interesando se les aumente el jornal a 22 pesetas diarias, concediéndoseles además un plus eventual de carestía de vida equivalente al 25 % del mismo: el Pleno, en el deseo de mejorar su situación económica, elevándoles el nivel de vida, acuerda a lo solicitado, y con el efectos a partir del 1º de Enero de 1.957. ------ Folla: 45 46. Conceder subvención a la Sociedad Gimnástica de Pontevedra. A propuesta de la Comisión de Cultura, se concede una subvención de 6.000 pesetas a la Sociedad Gimnástica de Pontevedra, debiendo librarse, en su día, dicha subvención con cargo al Presupuesto Ordinario de 1.957. ------ Folla: 45 47. Conceder subvención a la Escuela Nocturna Obrera de esta Capital. Vista el acta de la reunión celebrada por la Comisión de Educación, Deportes y Turismo el día 26 del corriente, y atendiendo a las razones expuestas en la misma; la Corporación acuerda conceder al próximo ejercicio económico de 1.957. ------ Folla: 45 48. Conceder subvención a las Escuelas Nieto de Vigo. Vista el acta de la sesión celebrada el día 26 del corriente, por la comisión de Educación, Deportes y Turismo, y asimismo las razones expuestas en la misma; la Corporación acuerda conceder a las Escuelas Nieto de Vigo, una subvención de 2.500 pesetas; debiendo librarse la misma con cargo a la partida de 25.000 pesetas que figura en Presupuesto de 1.957, para subvenciones de carácter cultural o deportivo. ------ Folla: 45,46 49. Dar cuenta de Propuesta de Diputado Sr. Massó García sobre aumento de sueldo a los Funcionarios. Se da lectura a propuesta de D. José María Massó García, sobre mejora de sueldos a los Funcionarios provinciales, que literalmente copiada dice: " Ponencia - Ilmo. Sr. Presidente y Sres. Diputados: Me dirijo a todos los presentes y os pido un voto unánime para el siguiente acuerdo: Remuneraciones del Personal. No hace falta que os pida que me atendáis y prestéis la mayor consideración, por que sé, que está en el ánimo de todos la resolución del agudo problema de las percepciones que se abonara a los funcionarios y demás personal de esta Diputación. Problema éste, que nos afecta a todos nosotros de forma particular, por ser cosa de nuestros administrados. Ha llegado el momento, de que sin la menor dilación, se ataque con la mayor resolución este agudo mal; y hemos de ponerle inmediato remedio. Las atenciones son muchas, es cierto, pero ésta es de las más importantes, porque si todos sabemos que administramos bienes, patronatos, asilos, beneficencias y hospitales; y realizamos obras y construimos caminos y carreteras... Sres., también tenemos a nuestro cargo, numerosísimas familias de todos nuestros funcionarios y empleados, y, es un alto deber por nuestra parte velar por su bienestar y pureza. Los sueldos que perciben en su inmensa mayoría el personal de esta Diputación, han quedado muy por bajo de la realidad actual, y con ellos no pueden hacer frente a las mínimas atenciones del decoro y las subsistencia. Ello, da lugar a que todos tengamos que oír un continuo mendigueo (muy justificado esta vez ) para resolver tan candente situación. ¿ Conque fuerza moral podemos exigirle al personal que no está bien retribuido el cumplimiento de sus deberes....? ¿ Como hemos de hacer frente a toda la intensa labor que pesa sobre nuestra Administración, si el personal está descontento y por ende, no rinde toda su eficiencia a la misma.....?. Pues bien, lo cierto es que, poniéndonos en la situación de muchos de ellos, no cabe duda que la preocupación económica ( la más intensa de todas las preocupaciones), ha de invadir sus cuerpos y espíritu y restar en mucha cuantía la labor a desarrollar. ¡ Anticipémonos - al igual que lo hicieron otras Corporaciones Españolas - a las normas que en su día, han de llegar de la Superioridad y vivamos la realidad del momento, atacando el mal con el espíritu cristiano que nos caracteriza a todos! Por haberlo vivido muchas veces -pues aquí no hay ningún bisoño- todos sabemos que uno de los escapes casuísticos de la Administración es: "el ir dejando los asuntos sobre la Mesa " para que ellos solos, se vayan enfriando o resolviendo..... Aquí no caben esperas, o se resuelve el mal, o no se hace otra cosa que el " increscendo " del descontento del personal. Todos conocemos su situación. Hemos consultado estados; hemos aportado soluciones; hemos hecho cálculos; hemos - en fin - intentado llegar a la solución práctica y no lo conseguimos. Un día por otro, y el asunto está sin resolver y sin llegarse al quid d la cuestión. No podemos aducir la pobre disculpa de que , La Superioridad no autoriza los aumentos de sueldo, que, si bien e cierto, no lo es menos que nada dice, si estos aumentos se remuneran de otra forma, y Sres.: no estamos administrando a personal sin conocimientos, y todos y cada uno de ellos, saben y conocen esta solución. Si ello fue así, compensémoselo - pero en medida general - a todos y cada uno de ellos. No quiero extenderme más pues se podría escribir y decir mucho para llegar siempre a la misma solución ¡ Obras son amores!, propongo la siguiente solución. Reconocer un aumento general de sueldos al Personal que se distriburá en la siguiente forma, aproximadamente: a) Auxiliares administrativos, u aumentando del 70 %. b) Jefes de Negociado o Servicio con categoría de Jefes de Negociado, un aumento del 50%, y c) Personal de mayor categoría que Jefes de Negociado, un aumento del 20% ( en que este caso son los del Cuerpo Nacional de Secretarios, Interventores y Depositarios y los demás cargos que giren su remuneración a la par de éstos). Si estos aumentos no fuese posible repercutirlos en el sueldo, que se hiciese una distribución equiparándola a su resultado, pudiendo ser abonada: Bien en Plus de carestía de vida, pagas extraordinarias u otra forma que resultase del oportuno estudio. Como caso reciente y reconocido por la Diputación, tenemos el siguiente: Los Técnicos facultativos. A los cuales tubo de reconocérsele los aumentos legales conforme a las normas dictadas por el Estado. Anteriormente, y en acuerdo de Marzo último, se reconoció a los Recaudadores de Contribuciones que dependen de esta Diputación, un aumento de premio de cobranza sobre el que venían percibiendo, habida cuenta del aumento de gastos que les suponía a los mismos el personal auxiliar de Contribuciones dependiente de aquellos. Recientemente, y en el Boletín del Estado del 27 de Noviembre han sido aumentadas nuevamente, las remuneraciones del personal auxiliar de Contribuciones, acogido a legislación laboral, y a guía de ejemplo pondremos el siguiente: Un auxiliar de Contribuciones de 1ª, en la zona de Vigo, tenía asignado por la reglamentación de 1.948, el sueldo mensual de 1.240 ptas. La nueva reglamentación de 1.956, le reconoce 2.395 " O sea, casi un 100 % y además el 20% en concepto de Plus de cargas familiares, y las dietas de salidas que se elevan de 40 a 80 pesetas. No cabe duda que, desde Madrid, se han de dictar normas por el Ministro de Hacienda, para enjugar los premio de cobranza a las Diputaciones, y éstas a su vez, han de repercutirlo a los Recaudadores a su cargo. Cosa que esta Diputación ya vino haciendo en los aumentos de 1.950 y 1.956. A mayor abundancia, todo el personal de esta Diputación que disfruta legislación laboral, verá aumentada sus consignaciones y la Corporación no tiene más remedio que reconocérselas. Pues bien: Si hemos de reconocer, o ya lo hemos hecho, los aumentos a los Técnicos facultativos, Recaudadores y demás personal, ampliamos esta medida para el resto de todos nuestros funcionarios; pues si aquellos son administrados nuestros, éstos por la razón de su convivencia mas intima, viven con nosotros mas que los otros. Por todo lo expuesto, pido a todos los presentes un voto unánime para estos aumentos de sueldo que solicito y que desde hoy, quede resuelto tan agudo problema .- Firmado José María Massó García.- Diputado Provincial. Hace presente el Sr. Presidente, que momentos antes de iniciarse la sesión le comunicó el Sr. Diputado D. José María Massó, su deseo de presentar una ponencia sobre Remuneraciones del Personal y que no obstante desconocer los términos en que está concebida, dada la transcendencia del problema y las manifestaciones que sobre el mismo asunto iba a efectuar la Presidencia, ésta propone se dé lectura a dicha ponencia. El Sr. Presidente, al finalizar la lectura de la ponencia, expresa que la Corporación en general y la Presidencia en particular, desea resolver definitivamente este problema, que no se plantea hoy por vez primera, ya que, recogiendo una petición de los funcionarios, la Presidencia lo había incluido en la sesión celebrada el 31 de Agosto de 1.936, y que por tanto al decretar tal inclusión había hecho suya esta aspiración. Discrepa de la manifestación de que este asunto haya sido dejado sobre la Mesa para que se vaya "enfriando o resolviendo", pues para solucionarlo nombró una Comisión que encargó la confección de unos estólidos; dicha Comisión se reunió para examinarlos, y por no encontrarlos completos se pidió ampliación de datos. Asimismo se recabó del Ministerio de la Gobernación una plantilla de haberes de su personal para estudio comparativo, que obra en nuestro poder, y en los primeros días de Diciembre el Director General de Administración Local se dirigió en carta a esta Presidencia exponiéndole sus puntos de vista sobre el asunto y pidiendo se pospusiera toda resolución definitiva hasta una reunión que con tal objeto celebraríamos los Procuradores representantes de Corporaciones Locales en Madrid la víspera de la sesión de Cortes. Me encarecía la máxima reserva y me pedía su opinión sobre unas sugerencias que a este fin acompaña. Sobre ellos me informó a petición mía y con carácter particular el Sr. Interventor. Esta fue la causa de que se paralizasen las reuniones de la Comisión encargada de resolver la petición de nuestros funcionarios, sin que hubiese recaído acuerdo ni llegado a establecerse conclusiones. Nuestra Corporación no ha tenido nunca temor a resolver ningún problema por trascendente que fuera y si alguna vez un asunto ha quedado sobre la Mesa, - no ha sido así en el caso que se debate - fue siempre para mejor proveer. Si la Presidencia no estuviera conforme en resolver de la manera más acertada este problema no lo hubiera incluido en la fecha que se indicó en el Orden del día de la citada sesión. Deseo también hacer presente, que con motivo de la reunión que en Madrid hemos celebrado y a lo que asistieron más de cien Procuradores, representantes de otras tantas Corporaciones Locales, comprobé que nuestra Diputación se anticipó a mejoras que allí se debatieron como son el Plus de Carestía de Vida, incluso en cuantía superior a la que se proponía, y los premios a la actividad de los servicios. Podéis tener la seguridad de que nuestra Diputación se encuentra entre las que mejor se han sabido comportar con sus funcionarios, y así ha sido hasta esta fecha, aún hacer muy pocos meses que conseguimos la mejora para ellos de equipararnos a capitales de 100.000 habitantes, así seguirá en lo sucesivo. En la reunión de Madrid se llegó a una total unanimidad y conformidad en el fondo de la cuestión, elevación de haberes, pero hubo grandes discrepancias en lo que se refiere a cuantía y forma, y en vista de ellos se constituyó una Comisión que preside el Director General de Administración Local, y de la que forman parte varios Alcaldes y Presidentes de Diputación, para en un brevísimo plazo lograr una fórmula a la que todos nos someteremos y por ello entiendo no podemos tornar en consideración la solución definitiva que propone el Sr. Massó, aunque para tranquilidad de nuestros funcionarios les doy plena seguridad de que sus justas aspiraciones serán rápidamente atendidas. el Pleno, por unanimidad, en vista de las manifestaciones del Ilmo. Sr. Presidente y de la moción preinserta del Sr. Massó, ambas coincidentes con el deseo de la Corporación de lograr la realización de mejoras económicas de los funcionario, acuerda consignar en acta que vería con toda complacencia se llegase en el más breve plazo posible a poder atender, como manifestó la Presidencia, las justas aspiraciones del funcionario de esta Diputación. ------ Folla: 46 50. Enterarse de la conclusión del informe de las gestiones realizadas en Madrid por el Diputado Sr. Fernández Alonso, iniciados en la sesión plenaria del 30 de Noviembre. Se entera la Corporación con toda complacencia de la conclusión de su amplio informe que el Sr. Diputado Don Salvador Fernández Alonso iniciaría en la sesión última sobre el desarrollo de los planes de Cooperación, Colonización y Electrificación rural, como Presidente de la Comisión de Cooperación y de cuyas conclusiones entrega resumen en este acto a sus compañeros de Diputación; el Pleno acuerda expresar al Sr. Fernández Alonso su reconocimiento por la labor eficaz que realiza en su cometido en unión de los Señores que la integran la expresada Comisión, Sres. González Taboada y Bugallo Sineiro, felicitándoles cordialmente. Se levantó la sesión. ------

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