ATOPO
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Acta de sesión 1957/02/15_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.064/1.1957-02-15_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1957/02/15_Ordinaria

  • Data(s) 1957-02-15 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 66 1. Presidida por el Iltmo. Sr. D. Luis Rocafort Martínez y con asistencia del Vice-Presidente Sr. Pérez Crespo y de los Diputados Sres.: Bugallo Sineiro; Carballal Morgade; Cerecedo Lapatza; Fernández Alonso; González Taboada; Jurado Romero; Muiños Iglesias; Pousa Lamas; Sierra Cordo; y Vázquez de Silva; celebra sesión el Pleno de esta Excma. Diputación en el Salón de Actos del Palacio Provincial, siendo las cuatro y media de la tarde del día de hoy, quince de Febrero de mil novecientos cincuenta y siete, actuando el Secretario de la Corporación Sr. Posse García y el Interventor de Fondos Sr. García Álvarez. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos que figuran en el Orden del día, adoptándose los acuerdos siguientes: Se da lectura a las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria, correspondientes al día 25 de xaneiro de 1.957, las que han sido aprobadas por unanimidad. ------ Folla: 66 2. Devolver fianza a D. Cesareo Durán Álvarez c.v. nº 60 - C. Devolver a Don Cesareo Durán Álvarez, la fianza constituida para responder de las obras del c.v. núm. 60-C, de A Estrada a Vinseiro, toda vez que han quedado aclaradas las causas que motivaron su retención. ------ Folla: 66 3. Acceder a petición de Doña Palmira Pérez, sobre aumento del precio de la leche. Vista la instancia suscrita por Doña Palmira Pérez Freijeiro, adjudicataria del suministro de leche al Gran Hospital y Hogar Provincial, según concurso celebrado al efecto para el año 1956, pidiendo, de acuerdo con las bases de dicho concurso se eleve el precio a 2'75 pesetas litro dada la elevación del coste de dicho artículo; el Pleno a la vista de los informes favorables de los Administradores de dichos Centros y de la Asesoría de esta Diputación, acuerda acceder a la petición a partir de 1º de xaneiro actual, y como quiera que ha finalizado el plazo obligatorio del suministro, entre tanto por la Comisión de Beneficencia no se decida sobre la conveniencia de convocar un nuevo concurso, se autoriza la libertad de compra por los Sres. Administradores de los expresados Establecimientos. ------ Folla: 66 4. Acceder a lo solicitado por el Ayuntamiento de Lalín sobre aplicación de subvención de 180.000 ptas., con los requisitos que se citan. Vista la solicitud que formula el Ayuntamiento de Lalín para modificar la consignación del Plan Bienal de Cooperación 1.956-57, solicitando aplicar la subvención de 180.000 pesetas que corresponde a una de las cinco anualidades consignadas para obras de electrificación en dicho término, en obras de Abastecimiento de Aguas, teniendo en cuenta el informe favorable emitido por la Comisión de Cooperación se acuerda acceder a lo solicitad, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos: 1º.- La Subvención objeto de modificación será necesariamente la correspondiente a la última anualidad de la aportación aprobada. 2º.- El Ayuntamiento se comprometerá a llevar a cabo la electrificación total del Municipio como está previsto en el Plan de Cooperación. 3º.- Será necesario para la aprobación definitiva de dicha modificación tramitar el expediente reglamentario, de acuerdo con el artículo 8º del Decreto de 18 de Diciembre de 1.953. ------ Folla: 66 5. Enterarse con satisfacción de la labor desarrollada por el Servicio de Colonización. Enterarse con satisfacción de la labor desarrollada por el Servicio de Colonización durante el año 1956, el cual en dicho período tramitó 72 expedientes de obras presupuestadas en 2.158.390'73 pesetas, a las que fueron concedidos auxilios y subvenciones por importe de 1.242.000 pesetas, siendo exponente del incremento de la labor desarrollada por el indicado Servicio Provincial, que en el pasado mes de xaneiro hayan sido aprobadas por el Instituto Nacional de Colonización obras varias cuyo presupuesto asciende a 3.164.076'91 pesetas y el auxilio y subvenciones concedidas a 1.211.963'00 pesetas. ------ Folla: 66 6. Interesar del Ingeniero colaborador D. Antonia Rueda la rápida tramitación de expedientes. Interesar del Ingeniero colaborador del Instituto Nacional de Colonización D. Antonio Rueda Muñiz, acelere la tramitación de los expedientes que hayan sido promovidos por oficiales y particulares y puedan hallarse en situación pendiente de su informe, con el fin de lograr una mayor eficacia en la labor que desarrolla el Servicio de Colonización de esta Diputación. ------ Folla: 66 7. Conceder beca para estudios eclesiásticos en el Seminario de Santiago a D. Luis Gómez Sanmartín. Aceptando la propuesta del Rvdo. Sr. Arzobispo de Santiago de Compostela, de fecha 9 de Febrero, se acuerda conceder al aspirante D. Luis Gómez Sanmartín, alumno de 2º año de Filosofía, la Beca vacante en la actualidad para estudios en el Seminario Diocesano de Santiago de Compostela, cuya convocatoria fue inserta en el Boletín Oficial de la provincia, de fecha 22 de xaneiro último, dotada en el Presupuesto provincial con la consignación de 4.200'00 pesetas. ------ Folla: 66 8. Declarar admitidos como aspirantes a las dos Becas de Estudios de Magisterio a los Sres. que se relacionan. Visto el informe del Negociado de Cultura, se acuerda declarar admitidos como aspirantes a las dos Becas para estudios en la Escuela Normal del Magisterio de Pontevedra a los solicitantes siguientes: Núm. 1.- D. Manuel Vidal Bouzas, de Vigo. Núm. 2.- Doña. Albina Fernández Asorey, de Lalín. '' 3.- Don Tomás Ruibal Fernández, de Salvaterra. '' 4.- Don ramón Fernández Gerrero, de Marín. '' 5.- Don Luis Boullosa Otero, de Cangas. '' 6.- Srta. Julia Mª. del Pilar Navaza Blanco, de Lalín. '' 7.- Srta. Mª. Martina Navaza Blanco, de Lalín. '' 8.- Srta. Mª. del Carmen Fernández Ferro, de Campo Lameiro. '' 9.- Don José A. García Carballeda, de Pontevedra. '' 10.- Don Rafael Pérez Diz, de Pontevedra. ------ Folla: 66 9. Adjudicar la beca de Anestesista a D. Peregrino Ferro Di. De conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador, se acuerda adjudicar la beca de Anestesista-Reanimador del Gran Hospital Provincial, vacante en la actualidad, al único solicitante D. Peregrino Ferro Di, Licenciado en Medicina y Cirugía, natural de Romay-Portas, de esta provincia, que reúne las condiciones de las bases del concurso publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 15 de Diciembre último. ------ Folla: 66 10. Adjudicar la beca de estudios de Violín a D. Jesús Fernández-Yepes Hernández. Dada cuenta del acta del Tribunal designado para juzgar los ejercicios de los aspirantes a la Beca de estudios de Violín, vacante en la actualidad, cuyo concurso se publicó en el B.O. de la Provincia de fecha 24 de xaneiro último, y de conformidad con la propuesta de dicho Tribunal, se acuerda adjudicar la Beca de estudios de Violín, al aspirante D. Jesús Fernández de Yepes Hernández, de 16 años, vecino de Vigo. ------ Folla: 66 11. Adjudicar la beca de estudios de Violín con carácter honorífico a Dña. Flora Bermúdez Martínez. Se acuerda, por unanimidad, conceder a la aspirante a la beca de estudios de violín, Srta. Margarita Flora Bermúdez Martínez, de Vigo, la calidad de Becaria, a efectos honoríficos, por su brillante actuación ante el Tribunal examinatorio de la citada beca de violín, celebrada el día 15 del corriente mes. ------ Folla: 66 12. Declarar vacante y no convocar nuevo concurso de la Beca de Artes Industriales por el presente año. Vista el acta del Tribunal que examinó los trabajos presentados por el único aspirante a la Beca para estudio de Artes Industriales, vacante en la actualidad; se acuerda declararla desierta, de conformidad con la propuesta de dicho Tribunal, que considera que las obras presentadas por el único aspirante D. Paulino Lago Cao, vecino de Cuntis, no permiten un juicio favorable para la adjudicación de la mencionada beca de Artes Industriales, decidiendo no convocar a nuevo concurso, para su provisión, en el transcurso del presente año. ------ Folla: 66 13. Adjudicar la Beca para estudios en la Acad. Gral. del Ejercicio de Tierra a D. Carlos M. Rodríguez Salom. De conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador para la Beca de ingreso en la Academia General del Ejercicio de Tierra, anunciada en el B.O. de la Provincia de fecha 24 de Octubre último, se acuerda otorgarla al aspirante D. Carlos Manuel Rodríguez Salom, de 18 años de edad, vecino de Moaña, cuyo expediente se ajusta a las bases del concurso, reuniendo a su favor el pertenecer a familia más numerosa y posición económica más débil. ------ Folla: 66 14. Adjudicar la Beca para estudios en la Escuela Naval Militar a D. Ángel González Rodríguez. De conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador de la Beca para ingreso en la Escuela Naval Militar, anunciada en el B.O. de la Provincia de fecha 23 de Octubre último; se acuerda otorgarla al aspirante D. Ángel González Rodríguez, de Cangas, que reúne las condiciones de las bases estipuladas en el concurso, con mejor expediente académico personal, título de familia numerosa y posición económica más débil. ------ Folla: 66 15. Adjudicar la Beca para estudios en la Academia General del Aire a favor de D. Claudio Roldán Quintana en las condiciones que se indican. Diose cuenta de propuesta formulada por el Tribunal Calificador designado para resolver el concurso anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 25 de Octubre último para la Beca de ingreso en la Academia General del Aire, a cuyo concurso se presentaron como aspirantes D. Claudio Roldán Quintana, de 21 años de edad, de A Estrada y D. Guillermo Pereira Álvarez, de 18 años de edad, de Vigo. La Corporación resolviendo dicho concurso acuerda: Que teniendo en cuenta que los ingresos en la Academia General del Aire están condicionados a un previo reconocimiento físico del aspirante, y edad tope de 21 años, como máximo; resultando con mejor expediente académico personal y posición más débil económicamente el aspirante D. Claudio Roldán Quintana, al que se otorga dicha beca condicionada a salvar felizmente la prueba de ingreso en la citada Academia General del Aire, dentro del presente año, caso contrario cesará en el disfrute de la misma, pasando automáticamente al otro aspirante D. Guillermo Pérez Álvarez, de 18 años de edad, de Vigo. ------ Folla: 66,67 16. Ratificar contrato de trabajo con el conductor del Parque Móvil D. Manuel Campos Bértolo. Ratificar el contrato de trabajo formalizado en 1º de xaneiro de 1957, entre el Iltmo. Sr. D. Luis Rocafort Martínez, como Presidente de esta Diputación y D. Manuel Campos Bértolo, de 43 años de edad, casado y vecino de Pontevedra, mediante el cual éste se obliga a prestar servicio de Conductor en el Parque Móvil Provincial, mediante un salario de 43 pesetas diarias, dos pagas extraordinarias anuales y un plus familiar cuyo porcentaje se fija en el veinte por ciento de la nómina. ------ Folla: 67 17. Reconocer servicios prestados con carácter interino a efectos de quinquenios y derechos pasivos a D. José Abeledo Pérez como Presidente del Gran Hospital. Acceder a lo solicitado por el Presidente de la Beneficencia provincial D. José Abeledo Pérez, reconociéndole los servicios interinos prestados a esta Diputación desde 1º de Febrero hasta 26 de Agosto de 1.955, con un total de tiempo de 6 meses y 25 días, entendiéndose que este reconocimiento se realiza exclusivamente a efectos de quinquenios y derechos pasivos. En lo que respecta a los servicios prestados como Maestro de Enseñanza Primaria en el Hogar Provincial, el Pleno acuerda no acceder a su reconocimiento, no solamente por no tener el mismo carácter que los que actualmente desempeña el solicitante, sino también por no existir nombramiento expreso para el desempeño de dicho cargo, ni por la Presidencia ni por esta Corporación. ------ Folla: 67 18. Conceder pensión de viudedad a Dña. Evangelina Blanco Mosteiro viuda del capataz D. Ramón Montoto Cacheda. Se da cuenta de instancia suscrita por Dña. Evangelina Blanco Mosteiro, viuda del capataz que ha sido de esta Diputación D. Ramón Montoto Cacheda, interesando se le abone su pensión de viudedad; acompaña certificaciones de las actas de matrimonio y defunción, como también su fe de vida. el Pleno, teniendo en cuenta la legislación en vigor, acuerda acceder a lo solicitado, reconociendo a Dña. Evangelina Blanco Mosteiro el derecho a percibir una pensión de viudedad de pesetas 684'37 anuales, equivalentes al 25% de 7'50 pesetas diarias disfrutadas por el causante en la fecha de su fallecimiento, ocurrido éste el 5 de Diciembre de 1.942, después de más de treinta años de servicios prestados a la Diputación. Sin embargo, como esta cantidad no alcanza a cubrir el mínimo legal establecido por Decreto de 30 de Noviembre de 1.956, promulgado para mejorar los derechos pasivos de los empleados de la Administración Local, queda fijada definitivamente la expresada pensión en la cantidad de pesetas 3.600 anuales, abonables por dozavas partes. ------ Folla: 67 19. Enterarse de estado de aplicación de las mejoras concedidas a las Clases Pasivas por Decreto de 30 Noviembre 1.956. Por Decreto de 30 de Noviembre de 1.956 se mejoran con efectos desde 1º de xaneiro del año en curso los derechos pasivos de los funcionarios de Administración Local, siendo objeto de incremento en su cuantía básica los haberes de jubilación, las pensiones de viudedad, las pensiones de orfandad disfrutados por hijos no emancipados y por hijos o hijas emancipados, siempre que sean pobres en el concepto legal y se hallen imposibilitados para el trabajo, y las pensiones disfrutadas por madres viudas pobres. enterado el Pleno en sesión celebrada el 25 de xaneiro último de la parte dispositiva de este Decreto, acordó que por el Negociado de Personal se informase sobre la aplicación de estas mejoras económicas a nuestras clases, en el adjunta estado, que complementa el presente acuerdo. En todo caso será de cuenta de cada jubilado o pensionista el pago de la Contribución sobre las Utilidades de la riqueza mobiliaria. Haberes que corresponde percibir al Personal de Clases Pasivas de esta Diputación por aplicación de las mejoras concedidas por Decreto del Ministerio de la Gobernación de 30 de Noviembre de 1.956 y Normas dictadas para su aplicación por la Dirección General de Administración Local, de fecha 13 de Diciembre último. Jubilación Mejoras Haberes Pensión con Diferencias Pensión Pensión anual Nombres y Apellidos o pensión concedidas actuales incremento En menos En más mínima a anual. anuales general mensual percibir Jubilados D. José Ramos Cerviño 14.528'00 1.089'45 15.617'45 16.707'20 1.089'75 16.707'20 D. Víctor Fernández Soler 7.264'00 2.079'64 9.343'64 9.443'20 99'56 9.443'20 D. Andrés Rivadulla Rey 3.504'00 3.638'78 7.142'78 5.256'00 1.886'78 7.142'78 D. Rudesindo Fernández 2.920'00 1.560'50 4.480'50 4.380'00 100'50 400'00 4.800'00 D. César Martínez Pereiro 34.297'42 - - 34.297'42 2.875'00 34.500'00 D. Manuel Lorenzo Rodríguez 1.460'00 3.355'75 4.815'75 2.190'00 2.625'75 4.815'75 D. José Rey Fariña 2.500'00 2.729'17 5.229'17 3.750'00 1.479'17 5.229'17 D. Bautista Sequeiros 2.607'84 1.872'16 4.480'50 3.911'76 568'74 400'00 4.800'00 D. José Gulias Gosende 2.607'84 1.872'16 4.480'50 3.911'76 568'74 400'00 4.800'00 D. Ramón Camiña Mosquera 3.474'00 944'18 4.418'18 5.211'00 792'00 5.211'00 D. Celso Castuera Gorraiz 9.311'67 9.311'67 12.105'17 2.793'50 12.105'17 D. Francisco López Pereira 8.960'00 8.960,00 11.648'00 2.688'00 11.648'00 D. Enrique Mareseat Iglesias 15.200'00 15.200'00 17.480'00 2.688'00 17.480'00 D. Luis Sobrino Buhigas 23.150'75 23.150'75 26.623'36 3.472'61 26.623'36 D. Víctor Baltasar Portela 12.666'67 12.666'67 14.566'67 1.900'00 14.566'67 Dña. Josefa Pasarín Miguelez 5.184'00 5.184'00 7.776'00 2.592'00 7.776'00 Dña. Josefina Fdez. Vidal 6.280'98 6.280'98 8.165'27 1.884'29 750'00 9.000'00 D. Enrique López Sánchez 13.463'85 13.463'85 15.483'42 2.019'57 1.300'00 15.600'00 D. Juan Iglesias Couso 6.661'65 6.661'65 8.660'14 1.998'49 750'00 9.000'00 D. José García Vidal 45.272'59 45.272'59 45.272'59 D. Félix Carbó Pérez 4.392'00 4.392'00 6.588'00 2.196'00 6.588'00 D. Carlos Feijoo Pérez 21.258'72 21.258'72 24.447'52 3.188'80 24.447'52 Dña. María Martínez Glez. 9.212'11 9.212'11 11.975'74 2.763'63 11.975'74 Dña. Carmen Fdez. Conde 9.212'11 9.212'11 11.975'74 2.763'63 11.975'74 Pensiones de Viudedad. Dña.MªCarmen del Consejo Builla 5.250'00 3.476'80 8.726'80 7.875'00 851'80 8.726'80 Dña. Andrea Garrido 1.890'00 6.945'20 8.835'20 2.835'00 6.000'20 8.835'20 Dña. Eulogia Barros 5.100'00 1.652'61 6.752'61 6.630'00 122'61 6.752'61 Dña. Eladia Vázquez López 3.180'00 3.727'87 6.907'87 4.770'00 2.137'87 6.907'87 Dña. Asunción Souto 3.400'00 3.507'87 6.907'87 5.100'00 1.807'87 6.907'87 Dña. Herminia Negreira Silva 1.590'00 5.317'87 6.907'87 2.385'00 4.522'87 6.907'87 Dña. Emilia Ochoa Rodríguez 1.900'00 4.935'20 6.835'20 2.850'00 3.985'20 6.835'20 Dña. Josefa Fdez. Cabanillas 750'00 6.230'50 6.890'50 1.125'00 5.855'50 6.980'50 Dña. Agripina Mouriño 2.565'00 2.415'50 4.980'50 3.847'50 1.133'00 4.980'50 Dña. Gxaneirosa Fernández 2.000'00 3.980'50 5.980'50 3.000'00 2.980'50 5.980'50 Dña. Adelina Fernández 670'00 2.419'56 3.089'56 1.005'00 2.084'56 300'00 3.600'00 Dña. María Reboredo 9.566'40 9.566'40 11.001'36 1.456'96 11.001'36 Dña. Carmen Alonso 7.196'96 7.196'96 8.276'50 1.079'54 8.276'50 Dña. Emilia Cordo Barreiro 6.090'65 6.090'65 7.004'24 913'59 650'00 7.800'00 Dña. Aurea Vieira Durán 7.900'00 7.900'00 9.085'00 1.185'00 9.085'00 Dña. María Carballo 6.348'87 6.348'87 7.301'20 952'33 650'00 7.800'00 Dña. Herminia Gómez Corral 5.856'40 5.856'40 7.613'32 1.756'92 7.613'32 Dña. Pilar García Portela 18590'74 18.590'74 18.590'74 Dña. María Baamonde Tomé 5.234'10 5.234'10 6.804'33 1.570'23 6.804'33 Dña. Teresa Vázquez Acuña 10.260'00 10.260'00 11.799'00 1.539'00 11.799'00 Dña. María Porto Marque 5.757'57 5.757'57 7.484'84 1.727'27 7.484'84 ------ Folla: 67 20. Enterarse de certificación expedida por el Secretario General dando cuenta de haber quedado desierto el concurso para proveer la plaza de Ingeniero del Servicio Forestal y que se anuncie nuevo concurso. Quedar enterada de certificación expedida por el Secretario General de la Diputación, acreditando que a pesar de haberse anunciado en los BB.OO. de la Provincia y del Estado, de fechas 1º y 2º de Diciembre del pasado año, respectivamente, la convocatoria del concurso para proveer la plaza de Ingeniero del Servicio Forestal, éste ha quedado desierto por falta de aspirantes. Asimismo se acuerda anunciar nuevo concurso para cubrir definitivamente en propiedade la expresada vacante, en las mismas condiciones de la anterior convocatoria, aprobándose a estos efectos las Bases redactadas por el Negociado de Personal, que habrán de insertarse en los BB.OO. para general conocimiento. ------ Folla: 67,68 21. Dar cuenta de informe de la Comisión de Gobierno sobre el sistema de prestación de servicio Médico-Farmacéutico a los Funcionarios, acordando facultar a Presidencia para negociarlo con la Caja Nacional del S. de E. así como denunciar Pólizas del Igualatorio Médico. Se da cuenta de un informe de la Comisión de Gobierno, que dice así: "Examinados los antecedentes e informes de la Intervención de Fondos y Jefe del Negociado de Personal de esta Diputación sobre el sistema a seguir en la prestación Médico-Farmacéutica de los funcionarios provinciales, esta Comisión de Gobierno en reunión celebrada en el día de hoy, es de parecer: 1º. Considerando las ventajas económicas que reporta para el Erario Provincial, debe aceptarse la prestación médico-farmacéutica a los funcionarios provinciales, a través del Seguro Nacional de Enfermedad. 2º. Teniendo en cuenta que los servicios quirúrgicos deben ser prestados en nuestro Hospital y que los subsidios económicos que concede el Seguro los ha de sufragar la propia Diputación, hace variar las características generales de este Seguro de Enfermedad y por tanto ha de ser motivo de convenio especial entre la Diputación y la Caja Nacional del Seguro de Enfermedad. 3º. Que el cálculo de la prima debe ser establecido a tanto fijo por funcionario y mes, sin tener en cuenta el volumen de sus sueldos. 4º. Por estas razones la Corporación debe facultar a la Presidencia para entrar en negociaciones con la Caja Nacional del Seguro de Enfermedad, a fin de convenir un proyecto de contrato y condiciones a establecer para el cumplimiento de este servicio de asistencia médico-farmacéutica. 5º. El importe del gasto que satisfaga la Diputación por el servicio a la Caja Nacional del Seguro de Enfermedad será repartido entre la Diputación y cada funcionario, en proporción de 2:5, que es como distribuye la Ley del Seguro las participaciones entre empresario y productor. -Pontevedra, 13 de Febrero de 1.957-. Firmado: L. Rocafort, A. Posse". el Pleno, en vista del anterior informe, acuerda facultar a la Presidencia para entrar en negociación con la Caja Nacional del Seguro de Enfermedad con el fin de suscribir el convenio de prestación sanitaria. Asimismo, se acuerda denunciar las Pólizas formalizadas con el Igualatorio Médico Quirúrgico del Colegio Oficial de Médicos de Pontevedra, para la prestación de servicios médico-quirúrgicos a los funcionarios de esta Diputación, suscritas en 27 de Mayo, 26 de Agosto y 4 de Diciembre de 1.953; 4 de Mayo de 1954 y 1º de Julio de 1.955 a fin de dar por extinguidos los contratos a las fechas de sus respectivos vencimientos. ------ Folla: 68 22. Aprobar liquidación del Presupuesto Ordinario de 1.956. Examinada la Liquidación del Presupuesto Ordinario de 1.956 que rinde el Iltmo. Sr. Presidente de esta Corporación y visto el informe de la Comisión de Hacienda , el Pleno acordó aprobar la expresada liquidación, cuyo resumen es como sigue: Exceso de ingresos reconocidos y liquidados sobre los recursos presupuestos definitivos 8.804.343'90 Suma de las economías de gastos 2.492.751'08 11.297.094'98 Exceso de los recursos presupuestos definitivos sobre el importe de los derechos reconocidos y liquidados 9.121.590'74 9.121.590'74 Superávit Liquidación 2.175.504'24 ------ Folla: 68,71 23. Aprobar relación de facturas como créditos reconocidos para el ejercicio de 1.957 y que el importe de la liquidación del Presupuesto de 1.956 se ingrese en el Capítulo 1º Art. 3º Part. 12 "Créditos Reconocidos" y la diferencia se vea la forma de habilitar el crédito correspondiente. Se da cuenta de escrito que eleva a esta Diputación la Comisión de Hacienda, que copiado literalmente dice: "A la Excma. Corporación Provincial. -El interventor que suscribe tiene el honor de elevar a V.E. los justificantes de Créditos a reconocer en el Presupuesto de 1.957, por falta de consignación en el de 1.956, a fin de que esa Excma. Corporación adopte acuerdo de aprobación, previa suplementación de crédito con cargo al superávit, aplicándose estos gastos al Capítulo 1º, Artículo 3º.-Partida 12 de aquella ordenación económica que figura en el vigente Presupuesto. Pesetas Ramón Fernández, copas 9.265'00 Hispano Olivetti, tres facturas 1.590'00 Productos Ducal, cajas grapas 1.674'00 Cesar Godo y Fonseca 1.547'70 Fenosa, recibos de Octubre, Noviembre y Diciembre 11.225'04 Soliño y Abreu, reparaciones coches 8.839'75 Andrés Rodríguez, tres facturas 17.286'30 Eléctrica Moderna 6.129'57 Artes Gráficas Hogar, B.O. dos facturas 5.718'00 ERP. Publicidad, dos facturas 286'00 Artes Gráficas, Hogar, cinco facturas 2.581'00 Luis Senn, reparación plancha, etc. 316'85 Marcelino Fernando Lago, jabón 576'00 Hospital Provincial, Santiago, tres cuentas 1.188'00 Severino Martínez, calefacción Land Rover 2.950'00 Casal y Martínez 6.179'20 Soliño y Abreu, accesorios auto 1.620'80 Artes Gráficas, Hogar, cinco facturas 10.545'20 Radio Electricidad, Hogar, nueve facturas 23.881'15 Artes Gráficas, Hogar, dos facturas. 1.032'00 Calculice S.L. 4.612'50 Artes Gráficas, Hogar, seis facturas 5.860'35 Manuel Rivas Fontenla, cuatro facturas 7.396'00 Administrador Hogar, suplidos feria campo 17.532'75 Manicomio de Conxo, Diciembre 168.788'00 Manicomio de Conxo, Noviembre 163.122'00 Despensa General, Hogar 5.011'74 Felix Escalante, gasolina 1.072'50 Barreiro Hermanos 60.583'25 Artes Gráficas, Hogar, tres facturas 968'40 Gastos suplidos, conductor Sr. Estévez 238'00 Tribunal Tutelar de Menores, Bilbao, Diciembre 153'50 Hijo de Saturnino Varela 288'24 Artes Gráficas, Hogar, once facturas 32.366'00 Relación gastos Día Hispanidad 12.221'63 Dietas y horas extras, Parque, Noviembre 8.292'69 Dietas y horas extras, Parque, Diciembre 7.939'49 Nómina Subsidio familiar, Diciembre 1.080'00 Diferencia subsidio familiar Sr. López Viaño, Diciembre 49'50 Diferencia haberes Sr. Couceiro Amor 1.431'60 Artes Gráficas, Hogar, dos facturas 7.527'00 José Paz Ruibal, dos facturas 425'00 Artes Gráficas, Hogar 130'00 Costa Giraldez, dos facturas 12.452'00 Alfonso Solá, medicamentos Lanzada 1.223'95 Leprosería Trillo, noviembre y diciembre 2.745'00 Previsión, 2º trimestre, conservadores 8.810'54 Costa Giraldez, gasolina 4.765'50 Fenosa, Diciembre, A Lanzada 1.006'36 Diputación Barcelona, Diciembre 620'00 Indalecio Viñas, una factura 2.201'50 Sanatorio Psiquiátrico Palencia, cuarto trimestre 6.624'00 Hogar Provincial Casal y Martínez, tres facturas 12.141'90 Panadería Hogar 21.496'90 Jesús Raposo y Cía, Chocolates 1.062'00 Instituto Provincial de Sanidad, sangre 300'00 Fenosa, tres recibos Diciembre 3.938'38 Comercial Nestlé, S.A. 2.668'80 A. Virgós Pintos, análisis sangre 290'00 Varquimica, S.L. 2.045'00 Suministros Frigoríficos Ltda. 366'00 Laboratorios Grifols 1.833'90 Flotián Delgado 810'95 Vicente Tamarite Hijos, literas 8.925'00 Manufacturas Textiles Cumbre 663'65 Enrique F. Saburido, calzados 405'00 Juan Rodiño Escudero, dos facturas 20.042'30 Almacenes Centrales 18.880'05 Rayman, objetos escritorio 860'90 González García, tecidos 21.317'05 Sebastián Santos Riveiro 207'00 Carpintería Hogar, tres facturas 2.641'45 Carpintería Hogar, cuatro facturas 5.578'00 Radio Electricidad, Hogar, cuatro facturas 5.516'60 Artes Gráficas Hogar, tres facturas 646'20 Zapatería Hogar, tres facturas 3.878'00 Puntos Hogar, cuatro facturas 1.388'00 Zapatería Hogar, diecisiete facturas 7.697'25 Punto Hogar, tres facturas 5.257'00 Zapatería Hogar, siete facturas 2.810'85 La Belga, tres facturas 4.459'60 Artes Gráficas Hogar, tres facturas 2.121'00 Antonio Tajes Justo 1.775'85 Luis Esteban, cuatro facturas 4.746'85 Auxiliar Construcción, tres facturas 1.070'50 Andrés Rodríguez 594'30 Muebles Morenza 6.910'00 Lorentino Ruibal 3.053'80 Bernardo López Durán 1.069'00 Valentín Maquieira, dos facturas 3.678'00 José Regojo Rodríguez, dos facturas 9.068'00 Copiaduz, S.A. 365'00 Gastos Menores Hogar 10.090'25 Bar Calixto, comida 16.578'80 Radio-electricidad, once facturas 6.826'95 Gastos menores, Hogar, Diciembre 10.804'84 Panadería Hogar, dos facturas 22.338'57 Escudero, sal 210'00 Palmira Pérez, leche 8.126'10 Teresa Tomé, huevos 3.896'00 Vd. de José Rodríguez 1.395'00 José Seco, dos facturas 9.020'60 José Prieto Salvadores 2.650'00 Luis Buceta, una ternera 4.099'00 Celso Froiz Gallego, carne 1.890'80 V. Rial, Santiago 680'00 "Dantzig", una imagen 315'00 Hispano Olivetti, dos facturas 5.780'00 Almacenes Centrales 1.013'10 Artacor y Blanco 12.795'65 Artes Gráficas Hogar, cinco facturas 5.783'15 Lorentino Ruibal 1.740'00 Antonio Tajes Justo 1.356'90 Andrés Rodríguez, seis facturas 4.467'10 José Lois, mármoles 408'24 La Belga 1.728'00 Luis Esteban 135'00 Radio-Electricidad, Hogar, cuatro facturas 6.981'60 Radio-Electricidad, Hogar, dos facturas 53.991'15 José Malvar Figueroa 3.042'90 Casal y Martínez, tres facturas 5.004'70 Gabriel Santos, hijo 13.988'92 Luis Martínez Gendra, nueve facturas 11.310'54 Hospital Provincial H. y Kunne y Cía. Ltda, tres facturas 17.021'00 Dr. Vidal García, análisis sangre 600.00 Industrias Sanitarias 2.025'00 Angel Malvar, sangre 37.350'00 José Torres Lorenzo, huevos 12.954'00 Droguería Lino, dos facturas 2.262'20 Severino Martínez, dos facturas 3.328'00 Lorca Marín, S.L. 12.342'80 Ciba, medicamentos 959'40 Laboratorios Grifols, dos facturas 30.362'80 Industrial Farmacéutica Española 232'00 S.A. La Toja 706'38 Laboratorios Made, dos facturas 6.974'87 Sociedad General de Farmacia, dos facturas 2.449'92 Instituto Bioquímico Español 174'86 Química Comercial y Farmacéutica 3.155'00 Laboratorios Verkos 9.522'65 Laboratorios Eustaquio Frutos 3.939'00 Laboratorios Isaias Aspas 193'15 Fernández Gómez, S.A. 194'20 Industrial Farmacéutica Cantabria 273'25 Dypsa, medicamentos 2.523'00 Zeltia, medicamentos 600.73 Laboratolrios Crovyssa 832'00 Productos Agda 1.125'00 Instituto Farmacológico Latino 4.755'00 Fábrica Española Productos Químicos 8.196'00 Al mismo, cuatro facturas 7.904'75 Javier Coll e Hijo 267'20 Instituto Biología y Sueroterapia 1.091'70 Juan Martín, S.A.F. 1.390'25 Gergy, Sociedad Anónima, dos facturas 3.100'55 Comercial Ibero Danesa, S.A. 320'57 Productos Rubos, dos facturas 803'81 Antibióticos, S.A. 3.948'85 Sandoz, S.A. 2.817'10 Alter, S.A., dos facturas 20.642'90 Artes Gráficas Hogar 4.145'00 Instituto Biología Médica, veintitrés facturas 21.950'00 Industrias Doria, S.A. dos facturas 10.978'00 Vorquímica S.L., dos facturas 1.711'45 Gastos Menores Administrador, tercer trimestre 20.518'90 Gastos Menores Administrador, segundo trimestre 16.361'85 Gastos Menores Administrador, primer trimestre 12.595'20 Fenosa, Agosto a Diciembre 25.798'31 Indalecio Viñas 413'80 Productos Ducal 1.033'00 Artes Gráficas, tres facturas 3.139'00 Artes Gráficas, cinco facturas 9.533'40 Ángel Malvar, sangre 63.150'00 Pedro Suárez Seara 790'00 Valentín Maquieira, cal 313'30 Jabones Persan 1.350'00 Droguería Lino 96'00 J. Gil López, maderas 1.050'40 Laboratorios Motis 370'00 Manuel Gil, hijos, maderas 2.200'00 Hojalatería Antonio Rey 300'00 Industrias Maber, blancolin 380'00 Hispano Olivetti 75'00 El Portugués 11580 Luis Martínez Gendra 695'60 Auxiliar de la Construcción 5.278'75 Eléctrica Portela, 6 facturas 10.936'85 Luis Esteban, tres facturas 2.525'00 Luis Esteban, cuatro facturas 2.549'00 Bernardo López Durán, dos facturas 2.568'75 Enrique Moldes, dos facturas 410'00 Ferretería Eliama 5.369'45 Emilio Calvete Celada, tres facturas 561'60 Emilio Calvete Celada, tres facturas 624'00 Radio-Electricidad, Hogar, cuatro facturas 10.646'10 Pinturas Ruboco, dos facturas 2.605'00 Andrés Rodríguez, ocho facturas 2.548'40 Antonio Cortegoso, dos facturas 618'50 Química Industrial S.A., tres facturas 3.514'43 La Belga, dos facturas 1.877'60 Radio Pontevedra, cinco facturas 1.021'80 José Seco 26.807'40 Almacenes El Valenciano, cuatro facturas 33.282'35 Vd. de José Carrascal, dos facturas 1.365'00 Palmira Pérez, dos facturas 11.702'50 Casal y Martínez, cuatro facturas 23.804'90 Antonio Patiño, patatas 3.142'10 José Torres Lorenzo, huevos 11.362'00 Eloy Dapena, patatas 8.450'00 Luis Martínez Gendra 62'00 Indalecio Viñas 1.481'10 Artes Gráficas, Hogar, tres facturas 20.564'60 Emilio Calvete Celada 228'80 Electricidad Portela 737'00 Manuel Garrido Estévez 410'00 Casa cons, reparaciones máquinas 1.000'00 Luis Esteban 717'00 La Belga 637'55 Maderas Gil 2.848'50 Casal y Martínez, dos facturas 274'00 Andrés Rodríguez, dos facturas 2.169'35 Radio Pontevedra 110'90 José Lois, mármoles 1.049'88 Dr. Vidal García, análisis 600'00 Instituto Biología Médica, once facturas 7.325'00 Ángel Malvar Vilanova, sangre 51.200'00 Instituto Provincial de Sanidad, dos facturas 43.450'00 José Malvar Figueroa 3.042'90 Mueblería A. Barro 1.300'00 Industrial Médica Doria 37.600'00 H. Kunne y Cía, dos facturas 1.705'00 Fábricas Reunidas de Caucho 290'75 Suárez, joyería 1.260'00 La Modernista 642'00 Ricardo Dapena Vidal, mercería 513'00 Almacenes Tobaris 626'20 Radio-Electricidad Hogar 96'65 Alter, S.A. trece facturas 77.394'55 Zeltia, S.A. siete facturas 9.554'20 Suministros Sanitarios Santos 646'90 Laboratorio Quimpe, tres facturas 828'35 Sandoz, S.A.E., tres facturas 4.356'38 Vorquímica, S.L., 4 facturas 21.413'35 Abelló, tres facturas 5.921'60 Comercial Nestlé, dos facturas 602'70 Comercial Farmacéutica Andaluza 36.704'00 Laboratorios Grifols, dos facturas 57.521'74 Ceregumil, dos facturas 485'20 Lacer, S.A., dos facturas 1.014'50 Droguería Lino, tres facturas 15.579'71 Farmadroga, cuatro facturas 13.803'22 Bescansa, dos facturas 319'50 Industrias Farmacéutica Española 14.433'16 Faes, Bilbao, cuatro facturas 7.485'69 Natalio Sanchón, seis facturas 13.620'15 Dr. Aristegui, dos facturas 970'50 Química Comercial, 4 facturas 11.449'70 Navarra Química, siete facturas 3.136'05 Eustaquio Frutos, tres facturas 9.473'00 Instituto Farmacológico Latino 5.592'00 Laboratorios Miró, dos facturas 21.600'52 Lasa, dos facturas 887'25 Pan Química Farmacéutica, 3 facturas 10.365'00 C.H. Bochringer Schn., 3 facturas 3616'79 Ciba, dos facturas 4.629'30 Kodak Rayos X 815'50 Productos S. G. H. Ring, 2 facturas 3.462'85 Laboratorios Revi, dos facturas 729'50 Laboratorios Made, dos facturas 2.602'42 Ibys, dos facturas 2.015'50 Productos Rubocco 1.016'25 Antibióticos, 8 facturas 16.951'55 Cidsa, Madrid, 3 facturas 3.862'30 Hogar, 3 cargos 17.980'10 Laboratorios Reunidos 213'26 Luis Esteban 69'17 Inter, Barcelona 98'90 Laboratorios Arrans, Sevilla 1.037'70 Activión, S.A. 529'50 Vorquímica, S.L. dos facturas 3.878'25 Martín Cuatricasas 415'40 Textil Farmacéutica Riojana 19.200'00 Casal y Martínez 6.976'80 Ego, Valencia 1.596'50 Exclusivas Farmacia Uda, S.A. 910'65 E.P.E.Y.N. S.A. Madrid 278'00 Productos Agda 27'00 Geygy S.A. 2.576'55 Laboratorios Dovrysa 2.060'70 H. de Honorio Riesgo 72'70 Laboratorios Madariaga 736'40 Laboratorios Verkos 1.975'00 Laboratorios Andromaco 1.431'30 Productos Roche 1.692'70 Laboratorios Hubher S.L. 3.295'80 Comercial Elmu 189'60 Sociedad General de Farmacia 817'00 Dipsa 4.261'20 Luis Lorente Sanjurjo 109'70 Fernández Gómez 301'65 Llofar. Madrid 315'19 Laboratorios Vekar 1.767'90 Javier Coll e Hijo 409'10 S.A. Lasa 433'00 Instituto Bioquímico Español 291'44 Instituto Provincial de Sanidad, sangre 51.900'00 Total 2.358.449'74 La Comisión de Hacienda, ha examinado las cuentas a que se refiere la precedente relación, y por estimar procede su aprobación debe ser considerado como crédito reconocido en el Presupuesto de 1.957" El Pleno de conformidad con el informe de la Comisión de Hacienda aprueba la precedente relación de cuentas como créditos reconocidos para el actual ejercicio. Igualmente se acuerda que el importe del superávit que arroja la liquidación del Presupuesto Ordinario de 1.956 y que asciende a 2.175.504'24 pesetas, se transfiera al Capítulo 1º, Artículo 3º, Partida 12 "Créditos Reconocidos", para atender el gasto de estos créditos que se reconocen y que la diferencia de pesetas 182.945'50 que restan sin consignación, se estudie por la Comisión de Hacienda y en su día, se eleve propuesta de suplementación de crédito para atender al total de obligaciones a que se contraen estos reconocimientos de créditos. ------ Folla: 71 24. Aprobar expediente de devolución de ingreso de 7.700 ptas. a favor de D. Gonzalo Martín Giménez, en la forma que se indica Se da cuenta de expediente de devolución de ingreso por el concepto arbitrio sobre la riqueza provincial, tramitado a instancia de Don Gonzalo Martín Giménez; el Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el referido expediente y se devuelva al interesado la cantidad de pesetas 6.300, por el Cap. 8º, Art. 1º, Concepto 38 del Presupuesto vigente y por valores independientes del presupuesto "Fondo Inspección" 1.400 pesetas restantes del total ingresado por acta nº 90 del año 1.955 y que ascendía en total a 7.700 pesetas ingresadas. ------ Folla: 71 25. Devolver a D. Manuel Lois Senra la cantidad de 173'60 ingresadas por arbitrio provincial. Se da cuenta de expediente de devolución de ingresos por el concepto arbitrio sobre la riqueza provincial, tramitado a instancia de Don Manuel Lois Senra; el Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el referido expediente y se devuelva al interesado la cantidad de 173,60 pesetas, con aplicación al Capítulo 8º, artículo 1º y concepto 38 del Presupuesto vigente. ------ Folla: 71 26. Aprobar liquidación del Presupuesto Especial del Hogar Provincial y que el superávit se ingrese a medio de transferencia en el Presupuesto Ordinario Prov. Examinada la liquidación del Presupuesto Especial del Hogar Provincial, que comprende los pagos efectuados por la adquisición de materiales con destino a los Talleres de aquel Establecimiento y los Ingresos producidos por las ventas o suministros efectuados a esta Diputación, cuya liquidación rinde el Iltmo. Sr. Presidente de esta Corporación y visto el informe de la Comisión de Hacienda, el Pleno acordó aprobar la expresada liquidación, cuyo resumen es como sigue: Superávit inicial 225.250'00 Exceso de ingresos reconocidos y liquidados sobre los recursos presupuestos definitivos 256.825'61 Suma de las economías y gastos 202.3044'46 684.380'07 Exceso de los recursos presupuestos definitivos sobre el importe de los derechos reconocidos y liquidados 181.200'87 181.200'87 Superávit de liquidación 503.179'20 Igualmente se acuerda que el superávit se ingrese en el Presupuesto Ordinario Provincial, mediante la oportuna transferencia de crédito dentro de este Presupuesto Especial y en concepto de rendimiento producido por los Talleres Escuela del Hogar Provincial. ------ Folla: 71,72 27. Aprobar Conciertos para el pago del arbitrio sobre la riqueza provincial con los Gremios Fiscales que se relacionan por la cantidad que a cada uno se le señala y con arreglo a las Bases que se insertan a continuación. Vistos los escritos producidos por los Sres. que a continuación se relacionan en representación de los Gremios Fiscales y Entidades que se indican, solicitando concierto para el pago del arbitrio sobre la riqueza provincial; el Pleno acordó prestarles aprobación a los conciertos que solicitan conforme a las Bases que a continuación se insertan y en las cantidades que a cada uno se le señalan, significando a los industriales comprendidos en cada uno de los Gremios Fiscales o Entidades que se conciertan, que se les concede un plazo que finalizará el día 7 del próximo mes de marzo para comunicar su aceptación, transcurrido el cual, si no hubiesen prestado su conformidad expresa quedarán sometidos, los industriales que comprenden el Gremio Fiscal o Entidad respectiva, al régimen de declaración jurada. Relación de Gremios o Entidades Cantidad señalada para concierto D. Luis Suárez-Llanos Menacho, representando al Gremio Fiscal de Bacalao 1.048.305'00 D. Eugenio Luis Rodríguez, en representación del Gremio Fiscal Subproductos de la pesca 17.337'60 D. Saul Vázquez-Viso Rodríguez, en nombre del Gremio Fiscal de Fabricantes de Chocolates 152.270'19 D. Saul Vázquez-Viso Rodríguez; Gremio Fiscal Subgrupo Fabricantes de Pasta para Sopa y Galletas 38.237'58 D. José Blanco Pérez. -Gremio Fiscal de Gaseosas 185.956'11 D. Ignacio Torrit Maneiro, Gremio Fiscal Oxígeno y Ácido Carbónico 73.706'00 D. Jesús Nogueira Rodríguez, Gremio Fiscal de Lejías 10.929'32 D. Bautista López Valeiras, Gremio Fiscal de Aguardientes, Compuestos y Licores 192.702'22 D. Manuel Tomé Lorenzo, Gremio Fiscal Cales y Yesos 43.641'62 D. José Campos Valiñas, Gremio Fiscal de Velas y Bujías 16.406'62 D. Alfonso Chamochin Puga, Gremio Fiscal de Materiales Plásticos 85.020'60 D. Emilio Pousa Lamas, Gremio Fiscal de Artículos de Viaje y Marroquería 45.781'83 Sr. Presidente Gremio Fiscal Fabricantes de Calzados y Cortes Aparados 11.309'30 Sr. Jefe Grupo Sindical "Comerciantes Carniceros Tablajeros" de Vido constituido en Gremio Fiscal 518.400'00 Dña. Marina Troncoso Otero, Dña. Estrella Otero Otero, Dña. Dolores Vidal Cousido y Dña. Manuela Pérez Prieto, constituidos en Gremio Fiscal de Comerciantes Carniceros Tablajeros de O Grove 20.244'30 Ayuntamiento de Poio, en nombre de los industriales Tablajeros de aquel Municipio constituidos en Gremio Fiscal de Comerciantes Carniceros Tablajeros - Poio 15.032'08 Bases del Concierto Primera.- El concierto se celebrará con el Gremio Fiscal constituido para este fin y en la forma que determina la Orden del Ministerio de la Gobernación de 21 de Diciembre de 1.954, que comprenderá a todos los industriales cuyas actividades queden comprendidas en el______________________ del Sindicato Provincial de____________________. Dicho Gremio se denomina "______________________________". Segunda. -La cifra del Concierto ha sido establecida en la cantidad de___________________ para el año 1.957. Esta cantidad concertada se entenderá líquida y no será objeto de deducción alguna por gastos de administración, fallidos o cualesquiera otra causa. Para cubrir los gastos que por este motivo deba sufragar el Gremio, puede recargar las cuotas a sus agremiados en la cuantía que en ningún caso, pueda exceder del 5 por 100 de la cifra concertada. La parte de la cifra de fallidos que no quede cubierta por el porcentaje de previsión señalado, será distribuida por derrama complementaria entre los agremiados. La cifra del concierto podrá variarse durante la vigencia si la exacción experimentase alteraciones en los tipos impositivos o si variasen los precisos sobre los que gira el concierto practicándose, en estos casos, las rectificaciones que procedan, en más o en menos. Para acordar estas rectificaciones será preciso que las expresadas variaciones supongan más de un 10 por 100 de las cifras primitivas. Tercera.- La distribución de los conciertos entre los agremiados se hará por la Junta de Reparto Gremial, que estará presidida por un Diputado Provincial, figurando como Vocales: El Presidente del Gremio y dos contribuyentes de elección en Asamblea general convocada por el Sindicato, el Secretario e Interventor de la Diputación o funcionarios en quienes deleguen, actuando por mayoría de votos, y en caso de empate será de calidad el del Presidente de la misma. Cuarta.- El reparto se expondrá al público en el domicilio legal del Gremio (Diputación Provincial) y en el fiscal de la Organización Sindical, y los recursos se resolverán conforme a lo que disponen los artículos 245 al 247 del Reglamento de Haciendas Locales de 4-8-1.952. Quinta.- El señalamiento de cuotas individuales se efectuará con arreglo a las bases acordadas, pero discriminándolas por centros o explotaciones radicados en cada uno de los Municipios en que se obtengan los productos gravados, de tal forma, que pueda precisarse la participación que corresponde a cada Ayuntamiento en el rendimiento del arbitrio. Sexta.- El Concierto entrará en vigor con fecha 1º de xaneiro de 1.957 y su duración será de un año, terminando, por último, el día 31 de Diciembre de 1.957; no obstante puede ser prorrogado de año en año por la tácita, si no se avisa su revisión o rescisión por cualquiera de las partes, con un trimestre de antelación. Séptima.- El ingreso de las cuotas concertadas se efectuará por mensualidades anticipadas y dentro de los cinco primeros días de cada mes. Octava.- Para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Concierto, el Gremio Fiscal depositará en la Caja Provincial el importe de una mensualidad, conforme determina el apartado g) del artículo 736 de la vigente Ley de Régimen Local. Novena.- La falta de pago de la cantidad concertada dentro del plazo señalado, para el ingreso de cada mensualidad, lleva consigo la rescisión del Concierto. Décima.- La rescisión del Concierto por falta de pago es motivo de pérdida de la cantidad depositada en concepto de garantía la que será ingresada seguidamente en los fondos provinciales, sin perjuicio de que la Diputación procesa al cobro de las cuotas correspondientes al mes en que se haya producido el descubierto. Estas cuotas tendrán la consideración de débito de los contribuyentes y los documentos que sirvan al Gremio para el percibo de las mismas, tales como reparto las cuotas asignadas, altas, bajas o fallidos, o cualesquiera otra que de lugar a modificaciones de aquellas, servirán de base para las certificaciones de descubierto y su realización por vía ejecutiva. Undécima.- El Gremio recaudará directamente de sus agremiados las cuotas que les hubiera señalado pudiendo ejercer contra los morosos el procedimiento ejecutivo regulado en el Estatuto de Recaudación de 24 de Diciembre de 1.948 y disposiciones complementarias respondiendo ante la Diputación del importe total de la cantidad concertada, siendo de su cuenta las partidas fallidas que pudieran resultar. El Gremio Fiscal podrá utilizar Agentes Ejecutivos propios en el cobro por vía de apremio de sus deudores morosos en aquellos casos que así convenga, a juicio del Presidente de la Diputación, con el favorable informe de la Organización Sindical. Duodécima.- Como organismo auxiliar de la Diputación el Gremio Fiscal dependerá de la Corporación y responderá a su gestión ante ella, estando sujeto a la fiscalización directa del Interventor Provincial. Decimotercera.- Los contribuyentes agremiados serán subsidiariamente responsables de la cantidad concertada. Decimocuarta.- Serán de aplicación los conceptos de la Ordenanza del Arbitrio, y la Orden del Ministerio de la Gobernación de 21 de Diciembre de 1.954, y en su defecto, las disposiciones contenidas en la vigente Ley de Régimen Local y demás legislación complementaria para todo cuanto no sea previsto en las presentes Bases". Igualmente se acuerda declarar firmes las cifras establecidas como importe de los expresados Conciertos, no volviendo este Pleno a considerar contra propuesta alguna modificativa de la cantidad señalada a cada Gremio. De este acuerdo se dará cuenta, por duplicado, a cada uno de los solicitantes y en la parte que respectivamente le corresponde. ------ Folla: 72 28. Ofrecer Concierto para pago del arbitrio sobre la riqueza Provincial por transacciones de Pescado en las Lonjas a las Entidades que se relacionan, en la cantidad que a cada una se le señala. A propuesta de la Comisión de Conciertos del Arbitrio sobre la Riqueza Provincial, el Pleno acuerda ofrecer un Concierto para el pago del Arbitrio sobre la riqueza provincial, concepto Pesca, que comprenda a todas las transacciones efectuadas en las Lonjas de los Ayuntamientos y Cofradías de Pescadores que a continuación se relacionan, durante el año 1.957 y por el importe que a cada uno se le señala de pesetas anuales. A tal efecto, se concede un plazo que finalizará el día 7 del próximo mes de Marzo para que comuniquen su aceptación, transcurrido el cual si no hubiesen prestado su conformidad expresa, continuará percibiéndose el arbitrio por liquidación directa a los contribuyentes. Relación de Ayuntamientos o Cofradías de Pescadores Cantidad señalada para concierto Cofradía de Pescadores de Cambados 6.500'00 Ptas. Ayuntamiento de O Grove 6.000'00 '' Ayuntamiento de Cangas 120.000'00 '' Cofradía de Pescadores de Baiona 7.500'00 '' Cofradía de Pescadores de Nigrán 5.250'00 '' Cofradía de Pescadores de Vilaxoán 37.500'00 '' Cofradía de Pescadores de Portonovo 37.500'00 '' Cofradía de Pescadores de Sanxenxo 3.000'00 '' Cofradía de Pescadores de A Guarda 7.500'00 '' Cofradía de Pescadores de Tui 3.000'00 '' El pago de este Concierto se efectuará por mensualidades anticipadas y el contrato se formalizará en la forma establecida por la Ordenanza reguladora de este arbitrio y disposiciones contenidas en la vigente Ley de Régimen Local". Igualmente se acuerda declarar firmes las cifras establecidas como importe de estos Conciertos, no volviendo este Pleno a considerar contra propuesta alguna modificativa de la cantidad señalada. ------ Folla: 72 29. No acceder a formación de Concierto para pago del Arbitrio provincial con el Ayuntamiento de O Grove para el año 1.956. Se da cuenta de escrito que formula el Patrón Mayor de la Cofradía de Pescadores de O Grove, solicitando un Concierto para el pago del arbitrio sobre la riqueza provincial, que grava la pesca, moluscos y crustáceos. el Pleno, por unanimidad, acuerda no acceder a la formación de Concierto para el año 1.956, toda vez que matemáticamente puede conocerse el valor de la pesca capturada e introducida por la Lonja del Ayuntamiento de O Grove durante el pasado año y es más justo satisfacer el impuesto fundamentado en cifras efectivas. Igualmente acuerda manifestar al Patrón Mayor de la Cofradía de Pescadores de O Grove que el hecho de que el Ayuntamiento de Vigo exija el pago del 0'50 por 100 sobre el valor total de la pesca capturada y que se subasta en la Lonja del Berbés, obedece a que aquel Ayuntamiento tiene legalmente establecido un arbitrio extraordinario del 2'50 por 100 y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 628 de la Ley de Régimen Local, las Diputaciones sólo pueden gravar la diferencia entre estos arbitrios municipales y el de la riqueza provincial. Que no se le alcanza la cita que hace del artículo 619 de la vigente Ley de Régimen Local, ya que la Diputación Provincial, en todos sus arbitrios, derechos y tasas, ha dado a la obligación de contribuir la extensión y generalidad que señala la Ley de Régimen Local, sin más limitaciones que las por ella establecidas. ------ Folla: 72,73 30. Dar cuenta de sentencia de la Sala 4ª del Tribunal Supremo en recurso interpuesto por la Sociedad Estaños de Silleda y que para su debido cumplimiento se remita a la Drción. de Vías y Obras. Diose cuenta de sentencia de la Sala 4ª del Tribunal Supremo, Sección de lo Contencioso-Administrativo de 24 de Octubre de 1.956, en recurso de apelación contra la del Tribunal Provincial de la Jurisdicción de esta Capital de 1º de Febrero de 1.954, recurso que se interpusiera a nombre de la Sociedad Estaños de Silleda contra acuerdos de esta Diputación, en virtud de los cuales se exigía el abono a dicha Sociedad de 183.919'04 pesetas por gastos del expediente de expropiación de terrenos para la construcción de la carretera de Prado a Camanzo, Sección de Bodaño a Merza. El Supremo en su fallo da lugar al recurso de apelación interpuesto y revoca la sentencia del Tribunal Provincial de Pontevedra de 1º de Febrero de 1.954, ya citada, y estimando el recurso promovido por la Sociedad Estaños de Silleda, declara la nulidad del expediente en que tales acuerdos recayeron a partir de la diligencia de 8 de Septiembre de 1.950 de la Dirección de Vías y Obras, y reponiendo las actuaciones al expresado momento procesal para que, con audiencia de la Sociedad nombrada y con vista de las alegaciones y documentos que en ejercicio de su derecho de defensa, pueda aportar, y con cumplimiento de los demás trámites legales pertinentes, adopte la Diputación de Pontevedra aquellos acuerdos que juzgue más procedentes en Derecho. El Pleno queda enterado de la expresada sentencia y para su debido cumplimiento se acuerda pasar a la Dirección de Vías y Obras de esta Diputación dicha sentencia. ------ Folla: 73 31. Quedar enterado de sentencia del Tribunal Supremo en recurso interpuesto por D. Ramón Lorente Sanjurjo. Diose cuenta de sentencia del Tribunal Supremo de 7 de Noviembre de 1.956, en recurso interpuesto por D. Ramón Lorente Sanjurjo contra acuerdo de la Excma. Diputación por el que se declaró su responsabilidad directa como ex-Interventor de la misma, en expediente de reintegro instruido y por el que se le exigió la suma de 389.429'12 pesetas. El Supremo confirma la sentencia dictada en 24 de Septiembre de 1.952 por el Tribunal Provincial de Pontevedra que declarara la incompetencia de dicha jurisdicción para conocer de este recurso. Y como este asunto pende del Tribunal de Cuentas del Reino, según expediente número 15 de la Sala 1ª de dicho Tribunal, el Pleno acuerda quedar enterado de la resolución de la Sala 4ª de lo Contencioso, en este asunto. ------ Folla: 73 32. Agradecer al Delegado de Hacienda la felicitación por el resultado de la Recaudación de Contribuciones y que se traslade al Jefe de Servicio y funcionarios. La Delegación de Hacienda en oficio núm. 164 de 22 de xaneiro último, a la vista de los resultados obtenidos en la Recaudación de Contribuciones del Estado, durante el Ejercicio, se complace en poner de relieve la brillante gestión realizada por esta Diputación a la que está encomendada la cobranza, y que mejora sensiblemente en general, la de los ejercicios anteriores, particularmente en las Zonas de Caldas, Lalín, Pontevedra, Ponteareas, Ponte Caldelas, Redondela y Tui, rogando se haga presenta la felicitación de dicha autoridad económica a todos los Recaudadores de Zona y colaboradores del Servicio, y muy especialmente al Jefe del mismo. el Pleno acuerda agradecer al Iltmo. Sr. Delegado de Hacienda su felicitación, y trasladarla al Jefe del Servicio, funcionarios adscritos al mismo y Sres. Recaudadores de Zona. ------ Folla: 73 33. Agradecer a D. Francisco Labordeta donativo de llanta al Hogar. Agradecer a D. Francisco Labordeta, industrial de esta plaza, el donativo hecho de goma de llanta para reparación del calzado de los alumnos del Hogar Provincial, cuyo reconocimiento se ha formulado en diversas ocasiones con motivo de donativos hechos por el mismo industrial. ------ Folla: 73 34. Enterarse de carta del Sr. Sánchez Cantón agradeciendo acuerdo nombrándole Hijo Predilecto. Se entera el Pleno de atenta carta al Sr. Sánchez Cantón, agradeciendo el acuerdo sobre nombramiento de Hijo Predilecto de esta Provincia, así como de oficios de las Reales Academias de Bellas Artes de San Fernando y de la Historia, consignando su satisfacción por dicho acuerdo provincial. ------ Folla: 73 35. Dar cuenta de la labor de la Casa de Caridad de Vigo y poner en conocimiento de la Drción. Gral. de Beneficencia los nombres de los gxaneirosos donantes que la hacen posible. Por la Presidencia se informa al Pleno de la insuperable labor que viene realizando la Casa de Caridad de Vigo, cuya gestión benéfico-social es acreedora de los más cálidos elogios. Con toda minuciosidad detalla el Iltmo. Sr. Presidente la ejemplar acción formativa que en aquella Casa se realiza gracias a las gxaneirosas aportaciones que a la misma hacen diversos protectores de esta Institución modelo, y hace resaltar que estas donaciones suelen quedar siempre en el más cerrado anónimo, lo que ensalza y prestigia más esta colaboración callada que económicamente hace posibles los resultados verdaderamente prodigiosos que la Casa de Caridad de Vigo obtiene. Añade la Presidencia, que en fecha bien reciente los protectores de esta Institución han donado un millón de pesetas y aunque ellos no permiten se hagan públicas sus aportaciones, considera que la Diputación enterada de estos gestos de verdadera y auténtica caridad, debe felicitar y agradecer esta ayuda cuantiosa que se presta a aquel Centro, lamentando no poder comunicar a la Prensa diaria para reconocimiento general estos sentimientos de expreso reconocimiento a los indicados señores. el Pleno acuerda poner en conocimiento de la Dirección General de Beneficencia los nombres de estos gxaneirosos donantes y las cantidades que concedieron a la Casa de Caridad de Vigo, cuya relación es como sigue: Don Joaquín Davila 420.000 pesetas Don Eugenio Fadrique 280.000 pesetas Don Públio Mateo 90.000 pesetas Don Eduardo Vieira 90.000 pesetas Don Eduardo González Alonso 125.000 '' ------ Folla: 73 36. Dirigir al Ministerio de Obras Públicas y S.E. el Jefe del Estado, para que se ponga en servicio el trazo Zamora-Carballiño del F.C. Zamora-Ourense. Atenta la Corporación Provincial a todo lo que afecta al mejoramiento de las vías de comunicación, y muy singularmente a las que enlazan nuestra economía con el resto de España, y conocedora de las preferencias merecidas que el Ministerio de Obras Públicas ha mostrado en la construcción de la línea Zamora-Ourense que tantos beneficios reportará a nuestra región; el Pleno a propuesta de la Presidencia acuerda dirigir respetuoso ruego al Excmo. Sr. Ministro de dicho ramo, a fin de que se digne disponer la entrada en servicio del trozo Zamora-Carballiño, y la aceleración de las obras de terminación del tramo Carballiño-Santiago. Esta misma súplica se formulará a S.E. el Jefe del Estado, a través de la Jefatura de su Casa Civil. ------ Folla: 73 37. Conceder tres meses de prórroga a la Empresa "Seifer y Bienzobas S.A." para instalación de montacamillas en el Hospital. Se da cuenta de instancia suscrita por D. Teodoro Fernández Senra, apoderado de la Empresa "Seifer y Bienzobas S.A." en súplica de que se le conceda una prórroga de tres meses para la instalación de los montacamillas en el Hospital Provincial; el Pleno, teniendo en cuenta el informe favorable del Sr. Arquitecto-Director de las obras, y que las causas que la motivan no son imputables al peticionario, acuerda acceder a lo solicitado. ------ Folla: 73 38. Elevar a 60.000 ptas. la asignación de la Junta de Ayuda a Municipios y que se estudie la forma de legalizar la situación del personal de la misma. En sesión Plenaria de 18 de Junio de 1.952 y en virtud de oficio de 17 del mismo mes del Gobierno Civil, se adoptó el acuerdo de aceptar la propuesta de la primera autoridad civil de la provincia manteniendo los servicios administrativos de la Junta de Ayuda a Municipios con cargo al Presupuesto provincial, y el de dejar la vigilancia y control debidos para la más eficaz ordenada actuación de dicha Junta, con la obligación por su personal de desarrollar las funciones que la Diputación le encomendase en conexión con el Servicio de Cooperación Provincial que previene la vigente legislación de Régimen Local, a cuyo efecto en el indicado acuerdo plenario se ordenaba la habilitación del crédito necesario para pago de estas atenciones. Haciendo referencia los indicados escritos y acuerdo del año 1.952, de nuevo el Excmo. Sr. Gobernador Civil de esta provincia al elogiar la labor realizada por el personal de aquella Junta, tanto en Cooperación Provincial como en el Servicio de Colonización que también lleva a cabo eficazmente, solicita de esta Diputación se eleve a 60.000 ptas. la subvención consignada para la Junta de Ayuda a Municipios con el fin de que dicho personal pueda disfrutar del aumento de sueldos habido recientemente, beneficio al que se han hecho acreedores los funcionarios de los Servicios de Cooperación y Colonización. el Pleno acuerda acceder a la elevación solicitada consignando la subvención de 60.000 pesetas, que interesa el Excmo. Sr. Gobernador Civil. También se acuerda que al hacer próximamente al estudio general del reajuste de plantilla de la Diputación, teniendo en cuenta que los funcionarios de referencia, de la plantilla de la Junta de Ayuda a Municipios vienen desde hace años cooperando con los Servicios provinciales de Cooperación y Colonización, se estudie la forma de legalizar su situación con relación a la misma, integrándolos, si legalmente fuese posible, en la plantilla de funcionarios provinciales con los derechos y deberes de los mismos. ------ Folla: 73 39. Autorizar a la Presidencia para suscribir una póliza de seguro de la Ambulancia DKW. Autorizar a la Presidencia para suscribir con la Compañía "Preservatrice", una póliza de seguro contra la responsabilidad civil por accidentes causados a terceros, de la ambulancia D.K.W., propiedade de esta Diputación, cuyo importe de la primera priva de 1.235'10 pesetas deberá abonarse con cargo al Cap. Art. del Presupuesto vigente. ------ Folla: 73 40. Solicitar de la Drción Gral. de Admón. Local se informe sobre las normas que han de regular la cesión de camas al Patronato Nacional Antituberculoso que solicitan. Diose cuenta de oficio del Gobierno Civil núm. 124 de fecha 12 del actual - Sección 1ª, Negociado 1º.- , en el que se traslada escrito de la Dirección General de Administración Local, interesando se le indique las posibilidades de dedicar y ceder al Patronato Nacional Antituberculoso camas para combatir la endemia hasta llegar a su desaparición, mediante la aplicación de medidas profilácticas y sistemas clínicos y terapéuticos adecuados, según se acordó en fecha reciente por la Junta Central. Las condiciones en que debería efectuarse la cesión se estipularían por dicha Junta Central. el Pleno acuerda solicitar de la Dirección General se digne indicar las normas que habrían de regular tal concesión para a la vista de las mismas resolver el Pleno en definitiva. ------ Folla: 73,74 41. Aceptar las condiciones impuestas por los Sres. de Saez Mon, para realizar obras en el edificio del Museo de Pontevedra, de su propiedade. Se da cuenta de oficio del Sr. Secretario del Patronato del Museo de Pontevedra, en el que se da cuenta que informado éste de comunicación de los Sres. Saez Món sobre obras a realizar por cuenta de esta Diputación en el edificio García Flores de aquel Museo, que posee en parte, no ve inconveniente en que se lleven a efecto y que el importe de dichas obras no influya en ningún sentido a los efectos de indemnizaciones, compra, etc., ya que se realizan por interés de la Institución que hoy ocupa el inmueble y para su seguridad e interés; el Pleno, acuerda aceptar la propuesta de los Señores de Saez Mon, y que se realicen las obras en dichas condiciones. ------ Folla: 74 42. Facultar a la Presidencia para que de acuerdo con el Ayuntamiento fije la cantidad que ha de abonarse por plantas y materiales para el arreglo de los jardines del Palacio Provincial. Diose cuenta de oficio de la Alcaldía de Pontevedra trasladando acuerdo de la Comisión municipal Permanente, de dicho Ayuntamiento, con referencia a la propuesta formulada por esta Diputación en su sesión de 12 de Febrero de 1.954, de que se hiciese cargo del cuidado, conservación y vigilancia de los jardines del Palacio Provincial, y en cuya resolución municipal se acepta el cometido indicado bajo la condición de que la Diputación abone una cantidad que se fijará de común acuerdo para gastos de plantas y materiales necesarios. El Pleno queda enterado de la aceptación del Ayuntamiento de Pontevedra, facultando a la Presidencia para que de acuerdo con el Ayuntamiento fije la cantidad que ha de abonarse por gastos de plantas y materiales necesarios para este servicio. ------ Folla: 74 43. Dejar constancia del deseo de la Corporación de que se sitúe en los Jardines del Palacio Provincial un busto del Sr. La Sota Valdecilla. A propuesta de la Presidencia se acuerda dejar constancia en acta del deseo de la Diputación de que, al arreglarse los jardines se sitúe en los mismos un busto del Excmo. Sr. D. Daniel de la Sota y Valdecilla, a fin de perpetuar el reconocimiento de la provincia a quien ha realizado una labor de verdadero resurgimiento de la economía campesina, a cuyo efecto se faculta al Iltmo. Sr. Presidente de esta Corporación Provincial para iniciar las gestiones encaminadas a la confección de dicho monumento. ------ Folla: 74 44. Resolver de conformidad con lo propuesto por la Drción. Gral. de Montes, Caza y Pesca sobre vinculación del Arboreto de Lourizán. Diose cuenta de oficio de 5 del actual de la Dirección General de Montes, Caza y Pesca Fluvial que dice así: "En la Base 4ª de las convenidas entre la Corporación de su digna presidencia y el Patrimonio Forestal del Estado, del Consorcio entre estos dos Organismos para la creación de un Arboreto en la finca de Lourizán, se especificaba que la dirección técnica y administrativa de los trabajos que se hicieron en dicho Arboreto, podría ser delegada por el Patrimonio Forestal del Estado en el personal del Patronato que administra dicha finca de Lourizán. De acuerdo con ello y en oficios de 11 de Mayo y 10 de Junio de 1.953, se delegó de común acuerdo dicha gestión en el Ingeniero D. Fernando Molina, encargado de la Administración del Centro de Lourizán, Ingeniero que a su vez pertenece a la plantilla del Instituto Forestal de Investigaciones y Experiencias y creyendo esta Dirección que los trabajos que realiza este Ingeniero podrían ganar en importancia y efectividad si se vieran respaldados y asesorados por toda la organización científica del Instituto Forestal, me complazco en proponer a V.I. que aquella delegación a que hace referencia la Base 4ª del Consorcio- se vincule al propio Instituto Forestal que podrá seguir manteniendo al frente de los trabajos que en el Arboreto se realicen al mismo Ingeniero que actualmente los dirige. Ruégole pues, que en caso de conformidad sea así notificado a esta Dirección para los efectos oportunos". El Pleno resolvió de total conformidad con lo propuesto por la Dirección General de Montes, y que se le comunique a los efectos que interesa. ------ Folla: 74 45. Informar en los términos que se expresa al Sr. Gobernador en relación con escrito que formula la Cofradía de Pescadores de Portonovo interesando la reducción del tipo de gravamen del arbitrio provincial sobre la pesca desembarcada en el puerto de Portonovo. Se da cuenta de oficio del Excmo. Sr. Gobernador Civil de esta provincial, al que acompaña escrito del Patrón Mayor de la Cofradía de Pescadores de Portonovo, interesando se reduzca el tipo de gravamen establecido en la Ordenanza reguladora del arbitrio sobre la riqueza provincial y que corresponde satisfacer por la pesca capturada y que desembarque en el puerto de Portonovo, a fin de que por la Corporación se emita informe; el Pleno, por unanimidad, acuerda informar en los siguientes términos: Que el Ministerio de la Gobernación, al autorizar a las Diputaciones Provinciales para gravar con el Arbitrio sobre la riqueza provincial a la pesca de mar, crustáceos y moluscos, fijó el tipo de gravamen en el 1,50 por 100 con obligatoriedad de ser exigido en dicha cuantía por aquellas Diputaciones que gravan esta clase de producción. Que el artículo 719 de la Ley de Régimen Local determina que la obligación de contribuir es siempre general en los límites que marca la Ley y en su consecuencia ni las Corporaciones ni el Gobierno podrán declarar otras exenciones que las concretamente previstas y autorizadas en ella, debiendo tenerse por expresamente derogada toda otra exención actualmente en vigor, aunque se funde en razones de equidad, analogía o equivalencia o en especial consideración de clase o fuero. Que el artículo 632 de la repetida Ley de Régimen Local contiene una exención en la aplicación del arbitrio sobre la riqueza provincial, al establecer: "La coexistencia de arbitrios municipales especiales, tradicionales o extraordinarios con el arbitrio sobre la riqueza provincial, que recaiga sobre las mismas bases impositivas no implicará aumento del tipo de gravamen autorizado por el artículo 628 y, en consecuencia, la suma de los tipos de ambos arbitrios no excederá, en ningún caso de los Límites máximos que señala dicho precepto". Que a la vista de los preceptos anteriormente citados, las Diputaciones Provinciales - forzosamente tienen que aplicar el tipo impositivo del 1.50 por 100 al concepto pesca del arbitrio sobre la riqueza provincial, y sólo en los casos de coexistencia de arbitrios municipales, especiales, tradicionales o extraordinarios, vienen obligadas a reducir el tipo impositivo hasta alcanzar la suma de ambos el 3 por 100, máximo autorizado por el artículo 628 de la tan repetida Ley de Régimen Local. Por esta razón no puede la Diputación Provincial reducir el tipo impositivo del 1.50 aplicado, por no tener establecido el Ayuntamiento de Sanxenxo arbitrio municipal extraordinario sobre la pesca. Pretender establecer un concierto para reducir este tipo impositivo, equivaldría a desnaturalizar el mandato del legislador contenido en los artículo 719 y 632 de la vigente Ley de Régimen Local e infringir lo dispuesto por el Ministerio de la Gobernación respecto a la uniformidad de la aplicación de los diferentes tipos de gravamen que ha establecido para cada concepto tributario del arbitrio sobre la riqueza provincial. Si la diferencia de impuestos que grava la pesca en el Puerto de Portonovo es superior a la que se satisface en conjunto por impuestos y derechos en otras Lonjas, es la Cofradía de Pescadores de Portonovo la llamada a reducir el importe de sus derechos por el servicio de Lonja de aquel puerto, ya que como propietaria de la Lonja puede hacerlo y por otra parte le corresponde a aquella entidad el velar por los intereses de sus administrados y nunca pretendiendo que la Diputación Provincial infrinja la Ley, aunque sea en favor de clase tan digna de atención como los Pescadores de Portonovo. ------ Folla: 74 46. Aprobar las Cuentas de Recaudación que rinde el Servicio de Recaudación de Contribuciones correspondientes al 1º y 2º semestre de 1.956. Tras detenido examen, de conformidad con los informes de la respectiva Comisión Liquidadora y de la Intervención de Fondos, la Corporación aprobó las Cuentas de Recaudación que rinde el Servicio de Recaudación de Contribuciones por valores de arbitrios provinciales y certificaciones de Débitos, correspondientes al primero y segundo semestre de 1.956, y cuyo resumen general es como sigue: Valores pendientes, de cuanta anterior 782.751'59 Cargos formulados en 1.956 5.581.520'06 Total 6.364.271'65 Ingresos en voluntaria 5.218.227'85 Recaudación pendiente de ingreso ------ Ingresos en ejecutiva 359.126'56 Fallidos presentados 61.378'69 Valores pendientes a cuenta nueva 725.538'55 Total 6.364.271'65 Certificaciones de Débitos Valores pendientes cuenta anterior 6.880'40 Cargos formulados en 1.956 192.039'80 Total 198.920'20 Ingresos realizados 51.942'74 Fallidos por certificaciones descubierto procedentes de otras Diputaciones 2.098'00 Valores devueltos 9.528'50 Valores expedientes a cuenta nueva 135.350'96 Total 198.920'20 ------ Folla: 74 47. Facultar a la Presidencia para formalizar convenio de suministro de plasma y sangre con la Jefatura de Sanidad. Se acuerda facultar a la Presidencia para estudiar la formalización de un convenido con la Jefatura Provincial de Sanidad para suministro de sangre y plasma humano al Gran Hospital Provincial en virtud de oficio de fecha 12 del actual de la indicada Jefatura de Sanidad. ------ Folla: 74,75 48. Enterarse con complacencia del informe sobre actividades del Servicio Ganadero. el Pleno acuerda quedar enterado con toda complacencia de detallado informe que el Diputado Sr. Bugallo hace con relación a las actividades que vienen desarrollando el Servicio de Mejora Ganadera de esta Excma. Diputación. ------ Folla: 75 49. Dar cuenta de Memoria Estadística del Gran Hospital y hacer constar en acta la satisfacción por la labor desarrollada y felicitar a la Dirección y personal del mismo. La Presidencia da cuenta a la Corporación de la Memoria-Estadística y de los servicios realizados y enfermos atendidos en el Gran Hospital Provincial durante el año 1.956. Como cifras significativas de la progresión ascendente de aquel Establecimiento, destacan las de que frente a 2.699 enfermos hospitalizados en 1.955, el pasado año lo fueron 4.195, sobrepasando también de 4.000 el número de consultas, y de 140.000 el de estancias causadas. El total de gastos fue el de 4.089.095'19 pesetas, cantidad de la que corresponden a víveres y combustibles, 1.468.669'82 pesetas; 1.542.159'62 a farmacia; 506.597'98 a radio diagnóstico, terapia, análisis y transfusiones; 248.976'30 pesetas a mobiliario y ropas; 98.473'63 a cargas del establecimiento; 36.633'06 pesetas a material e impresos; 5.856'00 a locomoción y transportes; 1.587'00 a adquisición de libros y revistas; 172.716'78 a reparaciones y conservación; y 7.425'00 al servicio de enterramientos, único capítulo que se cerró con superávit, pese a que siendo el mismo su presupuesto en 1.955 que en 1.956, el número de enfermos atendidos en el último de dichos años excedió en más de un 50% al de hospitalizados en el anterior, lo que señala elocuentemente el descenso habido en la mortalidad y el alto nivel clínico de nuestro Gran Hospital. El Pleno hace constar en acta su satisfacción por la labor llevada a cabo en aquel Establecimiento hospitalario, acordando felicitar al Director del mismo, D. Bernardo Salóm de la Hoz, a la plantilla de facultativos, a la Comunidad de Hermanas de San Vicente de Paúl y al personal administrativo y de servicios por la eficacia de sus actividades en dicho Centro que permitieron tan halagüeños resultados. Se levantó la sesión ------

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