Fondos
1958-05-30_Ordinaria. Acta de sesión 1958/05/30_Ordinaria
Acta de sesión 1958/05/30_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.066/1.1958-05-30_Ordinaria
Título Acta de sesión 1958/05/30_Ordinaria
Data(s) 1958-05-30 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 8 1. Presidida por el Excmo. Sr. Don Luís Suárez-Llanos Menacho y con asistencia del vicepresidente Sr. Puig Gaite y de los Diputados Sres.: Álvarez Rodríguez; Areses Pérez; Carballal Morgade; Fernández Alonso; González Taboada; Lombos Vidal; Massó García; Pérez Crespo; Piñeiro Durán; Pousa Lamas; Rey Daviña y Romay celebra sesión ordinaria el Pleno de esta Excma. Diputación en el Salón de Actos del Palacio Provincial siendo las diecinueve horas del día del hoy, treinta de mayo de mil novecientos cincuenta y ocho, actuando el Secretario de la Corporación Sr. Posse García y el Vice-Interventor de Fondos Sr. Sandoval Panasachs. Se da lectura del acta de la sesión anterior que corresponde al día ocho de mayo de 1958, la que es aprobada por unanimidad. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos que figuran incluidos en el Orden del día, adoptándose los acuerdos que a continuación se expresan. ------ Folla: 8,9 2. Aprobar Cuentas de Reintegros por sobrantes de propuestas correspondientes al 4º trimestres de 1956. Prestar aprobación a las Cuentas de Reintegros por sobrantes de propuestas, correspondientes al 4º trimestre de 1956, de las propuestas aprobadas por el Patrimonio Forestal del Estado y la Excma. Diputación y que a continuación se detallan. Propuestas Pesetas Reposición marras monte Carabela, Peñiza y otros nº 533 337,73 Reposición marras monte Costa de Morade nº 534 381,18 Reposición marras monte Cruceiro, Salueiro y otros nº 535 334,11 Reposición marras monte Setráns, monte Redondo y otros nº 537 509,80 Reposición marras monte Xiabre núm. 22 135,96 Reposición marras monte Xiabre núm. 120 52,50 Reposición marras monte Acibal nº 26 28,77 Reposición marras monte Campo do Marco nº 34 26,53 Reposición marras monte Castiñeiras nº 36 476,52 Reposición marras monte Catadoiras nº 42 497,13 Reposición marras monte Montouto nº 53 940,83 Reposición marras monte Coirego nº 352 201,90 Reposición marras monte Pé da Múa y Coto dos Lobos nº 379 1.115,83 Reposición marras monte Pé da Múa nº 380 1.540,00 Reposición marras monte Armada nº 71 1.249,43 Reposición marras monte Caeyro nº 77 608,00 Reposición marras monte Xesteiras nº 80 255,61 Reposición marras monte Xesteiras nº 81 916,68 Reposición marras monte Zó nº 89 419,99 Reposición marras monte Campo Redondo nº 540 161,32 Reposición marras monte Galiñeiro, Caldeirón y otros nº 547 198,96 Reposición marras monte Castrove nº 158- 2ª Propuesta 669,36 Reposición marras monte Castrove nº 158-4º 1.609,39 Reposición marras monte Chan da Fonte y otros nº 158-1º 1.004,63 Reposición marras monte Xaxán, Fontenla y otros nº 293-9º (4ª Propuesta) 503,25 Reposición marras monte Salgueirón y Sarmogoso nº 478 (2ª Propuesta) 623,59 Reposición marras monte Campo Outeiro y otros nº 284 505,85 Reposición marras monte Bacariza o Aren y Rega dos Agros nº 293-4º 356,91 Reposición marras monte Escusa nº 293-6º 736,93 Reposición marras monte Rega dos Agros nº 293-5º 95,38 Reposición marras monte Cotadorio nº 711 99,29 Reposición marras monte Pé da Múa y Porto Torroso nº 446 (2ª Propuesta) 640,10 Reposición marras monte Val Grande nº 728 1.619,99 Reposición marras monte Val das Tablas y Padornelos nº 454 (2ª Propuesta)614,66 Reposición marras monte Valga Mator y Las Caeyras nº 142 740,32 Reposición marras monte San Adrián, nº 293-2º (3ª Propuesta) 4,40 Reposición marras monte Bazar nº 23 704,00 Reposición marras monte Bazar nº 24 1.237,71 Reposición marras monte Común de Mane nº 25 1.027,15 Reposición marras monte Xiabre nº 22 (2ª Propuesta) 186,05 Reposición marras monte Xiabre nº 120 (2ª Propuesta) 19,74 Reposición marras monte Acibal nº 26 (2ªPropuesta) 1.506,64 Reposición marras monte Coba de Bouza nº 38 1.594,46 Reposición marras monte Conla núm. 39 1.611,92 Reposición marras monte Cotadoiras nº 42 (2ª Propuesta) 382,94 Reposición marras monte Montouto nº 53 66,50 Reposición marras monte Porrido nº 58 296,82 Reposición marras monte Xiabre nº 36 (2ª Propuesta) 838,19 Reposición marras monte Barcia y Cuesta del Batán nº 269 122,63 Reposición marras monte Campo dos Cans nº 270 1.960,02 Reposición marras monte Fonte Cardosa a Regafonda nº 274 1.761,75 Reposición marras monte de Abajo nº 277 158,18 Reposición marras monte Pedrouzos y Peña Redonda nº 280 209,78 Reposición marras monte Sontoio y Montoto nº 283 518,15 Reposición marras monte Armada nº 71 (2ª Propuesta) 62,46 Reposición marras monte Castro Samil nº 76 129,96 Reposición marras monte Xesteira nº 82 415,08 Reposición marras monte Pedicalato nº 85 146,05 Reposición marras monte Abelera y otros nº 331 753,08 Reposición marras monte Castelo y otros nº 345 350,44 Reposición marras monte Riveira y otros nº 392 312,60 Reposición marras monte Eidean, Monte de Arriba nº 283-2º 64,63 Reposición marras monte La Gándara nº 548 363,92 Reposición marras monte Ceo núm. 404 155,55 Reposición marras monte Seijo nº 421 170,46 Reposición marras monte Seijo nº 423 135,83 Repoblación monte Barcia y Cuesta de Batán nº 269 1.352,74 Repoblación monte Campo dos Cans nº 270 1.361,32 Repoblación monte Campo Lonjos nº 271 127,07 Repoblación monte Darriba nº 272 3.648,96 Repoblación monte Espiñeira nº 273 2.900,76 Repoblación monte Fonte Cardosa o Regafonda nº 274 13.318,86 Repoblación monte Limeres nº 276 3.586,16 Repoblación monte de Abajo nº 277 1.757,35 Repoblación monte Mosquera y Vilariño nº 278 2.679,82 Repoblación monte Parada nº 279 4.059,73 Repoblación monte Pedrouzos y Peña Redonda nº 280 3.081,03 Repoblación monte Porriñeiras y Sangal nº 281 2.428,27 Repoblación monte Seijo nº 282 4.243,48 Repoblación monte Sontoyo y Montoto nº 283 916,89 Repoblación monte Abeleira nº 331 798,93 Repoblación monte Castelo nº 345 (2ª Propuesta) 575,55 Repoblación monte Coirego nº 352 (2ª Propuesta) 522,57 Repoblación monte Coirego nº 353 (2ª Propuesta) 40,76 Repoblación monte Riveira nº 382 (2ª Propuesta) 653,58 Repoblación monte Pedicalato nº 85 (2ª Propuesta) 229,67 Repoblación monte Peña de Francia nº 283-B 17.963,96 Repoblación monte Sixto nº 283-A 128.604,40 Repoblación monte Ceo núm. 404 (2ª Propuesta) 606,08 Repoblación monte Seijo núm. 421 (2ª Propuesta) 2.444,57 Repoblación monte Seijo núm. 423 (2ª Propuesta) 4.695,54 Repoblación monte Suido nº 427 (2ª Propuesta) 359,13 Repoblación monte Suido nº 428 (2ª Propuesta) 865,18 Repoblación monte Suido nº 426 90,60 Repoblación monte Castiñeiras y Gorgulla nº 152 29.948,54 Repoblación monte Coba da Loba nº 144 127.456,35 Repoblación monte Mayor nº 153 38.165,51 Repoblación monte Castrove nº 158-2º (3ª Propuesta) 792,24 Repoblación monte Castrove nº 158-4º (3ª Propuesta) 1.591,44 Repoblación monte Chan da Fonte y otros nº 158-1º (3ª Propuesta) 3.794,72 Repoblación monte Fontefría, Castro Gordo y otros -comunal- 86.061,37 Repoblación monte Río de Bouzas nº 293-10º 1.571,15 Repoblación monte Costa de Galleiro y Saramagoso nº 479 1.872,90 Repoblación monte Costa de Sons y otros nº 479-4º 1.657,26 Repoblación monte Bocariza y otros nº 293-4º (3ª Propuesta) 1.601,35 Repoblación monte Bouza de Vaca y otros nº 519 128,08 Repoblación monte Costa y Carbanouro nº 318 9.653,05 Repoblación monte San Ciprián nº 322 172.985,97 Repoblación monte Cotadoiro nº 702 (2ª Propuesta) 1.271,15 Repoblación monte Cotadoiro nº 711 (2ª Propuesta) 1.456,48 Repoblación monte Pie Izquierdo o Val Grande nº 448 504,13 Repoblación monte Val Grande nº 728 (2ª Propuesta) 443,07 Repoblación monte Pé da Múa y Porto Torroso nº 446 (2ª Propuesta) 8.939,50 Repoblación monte Cabalos nº 444 6.089,81 Repoblación monte Val das Tablas y Padornelos nº 454 (3ª Propuesta) 58,72 Repoblación monte Landreira y otros nº 456 (2ª Propuesta) 3.795,16 Repoblación monte Faro, Peña Mayor y otros -comunal- 573,67 Repoblación monte Castiñeiras nº 207 24.768,51 Repoblación monte Castiñeiro nº 220 21.395,73 Repoblación monte Coba de Fontoila nº 200 11.757,44 Repoblación monte Vento y Canle nº 198 39.159,78 Repoblación monte Coto Agudo o Cabalos 9.987,09 Repoblación monte Aros, Chan de Castiñeiras y otros nº 293-3º 555,51 Repoblación monte Carreirón nº 252 94,39 Repoblación monte Campelo nº 253 1.271,94 ------ Folla: 9 3. Aprobar propuesta de una caseta e instalación de un transformador en el Arboreto de Lourizán. Prestar aprobación a la propuesta para la construcción de una caseta e instalación de un transformador en el Arboreto de Lourizán, por un total de 50.713,46 pesetas, debiendo elevarse al Patrimonio Forestal del Estado para su sanción definitiva. ------ Folla: 9 4. Aprobar propuesta de estudio y redacción proyecto de la carretera forestal al monte Galleiro. Prestar aprobación a la propuesta para el estudio y redacción del proyecto de la carretera forestal al monte Galleiro por un importe de 14.459,69 pesetas, debiendo elevarse al Patrimonio Forestal para su sanción definitiva. ------ Folla: 9 5. Declarar de interés general ocupación de terrenos en el monte nº 284 del U.P. solicitada por el Cura Párroco de S. Vicente de Cerponzóns. Acceder a lo solicitado por D. Jesús García Gómez, Cura Párroco de San Vicente de Cerponzóns y San Martín de Verducido, declarando de interés general la ocupación de terrenos del monte de U.P. núm. 284 del Catálogo, al objeto de destinarlo a enseñanzas práctico-profesionales en cuestiones forestales y agrícolas de los niños del catecismo parroquial. Esta resolución se comunicará a la Jefatura del Distrito Forestal. ------ Folla: 9,10 6. Ratificar póliza de seguros con "La Patria Hispana S.A." que cubre los riesgos de incendio en el Gran Hospital. Ratificar el contrato de seguro de incendios con "La Patria Hispana S.A.", suscrito por la Presidencia de esta Diputación en 7 de abril último, en la póliza 1348 que anula y reemplaza a la núm. 855 de la Subdirección de Pontevedra de dicha Compañía y que se refiere al riesgo de incendios de los edificios y enseres del Gran Hospital, con un capital asegurado de pesetas 8.689.000,00, declarando de abono la prima anual que importa 6.677,85 pesetas. ------ Folla: 10 7. Enterarse de sentencia dictada por el Tribunal Contencioso-Administrativo en recurso interpuesto por J. Ribas e Hijos S.L. Diose cuenta de sentencia del Tribunal Provincial de lo Contencioso-Administrativo en el pleito núm. 2928 y 81 del año 1957 promovido por D. Felipe Cons Rodríguez, en representación de "J. Ribas e Hijos S.L.", domiciliada en Vigo, contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Provincial, que desestima la reclamación núm. 55 del mismo año entablada con motivo de cuotas del arbitrio sobre la riqueza provincial exigidas por introducción de pescado procedente de otras provincias. La parte dispositiva de la sentencia del Tribunal Contencioso, que es de 10 de mayo actual, falla que en parte revocando y en parte confirmando la resolución del Tribunal Económico de 23 de octubre de 1957 y en parte acogiendo y en parte desestimando la demanda, se anula la liquidación sobre arbitrio provincial de riqueza contenida en los recibos de 14 de julio y 2, 9, 16 y 29 de agosto de 1956, por valor de 1.558,45 pts, que deben devolverse al recurrente, dejando firmes los demás recibos con alcance de 419,25 pts, sin hacer declaración de costas. El Pleno queda enterado y que se cumpla dicha sentencia en sus propios términos. ------ Folla: 10 8. Dar cuenta de oficio de la Dirección Gral. de Montes, Caza y Pesca Fluvial, participando la creación de la Jefatura Regional del Patrimonio Forestal del Estado, con sede en esta Capital y designando como Jefe de la misma al Ingeniero Sr. Marcide Odriozola. Diose cuenta de oficio núm. 6506 de la Dirección General de Montes, Caza y Pesca Fluvial, de fecha 19 del actual, en el que se participa que ha sido creada con la misma fecha la Jefatura Regional del Patrimonio Forestal del Estado, designándose para el desempeño de la misma al Ingeniero de Montes D. Ignacio Marcide Odriozola, así como de otro oficio núm. 6507 de la misma Dirección General e igual fecha en el que se señalan las funciones de aquella Jefatura Regional, que establecerá su residencia en Pontevedra, e instalando sus oficinas en los locales de que actualmente dispone la Brigada del Patrimonio Forestal del Estado. el Pleno acuerda mostrar su complacencia, por que haya recaído esta Jefatura en técnico tan prestigioso como el Sr. Marcide Odriozola y porque se señalase como sede de la misma a esta Capital y en cuanto a las funciones que se atribuyen a la Jefatura, a fin de que informe respecto de la coordinación de esta creación con las Bases que regulan el Consorcio con esta Diputación Provincial. ------ Folla: 10 9. Confirmar resolución sobre personamiento en pleito contencioso promovido por el Ayuntamiento de Pazos de Borbén. Confirmar la resolución presidencial dictada en 23 del corriente, sobre personamiento en el pleito contencioso administrativo núm. 2944 y 13 de 1958, promovido a nombre del Ayuntamiento de Pazos de Borbén, contra acuerdo de esta Diputación de 4 de septiembre de 1957 y 29 de noviembre del mismo año, sobre reconocimiento a ser resarcido del 60% de cuotas pagadas por subsidios a los trabajadores de la Agricultura en montes consorciados, así como la designación del Letrado Sr. Baltar Santaló, con el Procurador Sr. Martínez Penas para intervenir dicho pleito en representación de esta Diputación. ------ Folla: 10 10. Confirmar resolución sobre abono de gastos que ocasione a Dña. Elvira Fernández y otros vecinos de Trabancas, la apelación ante la Territorial de A Coruña, relacionado con el monte "Farelo" y "Costa da Pena". Confirmar la resolución presidencial adoptada con fecha 23 del corriente y sufragar los gastos que se ocasionen a Elvira Fernández Fraga y otros vecinos de Travancas en el pleito núm. 66 de 1957, que procedente del Juzgado de Lalín se halla en apelación ante la Territorial de A Coruña, por que tales vecinos están consorciados con esta Diputación, por lo que interesa también la dirección conjunta del letrado Sr. Iglesias Corral y del Procurador D. Cecilio Fernández Alonso, en todo lo relacionado con el monte "Farelo" y "Costa da Pena" del Ayuntamiento de Agolada, autorizándose los gastos que con motivo de esta apelación se ocasionen. ------ Folla: 10 11. Enterarse de informe del Servicio de Contribuciones sobre el resultado de la cobranza realizada durante el 1º trimestre. Fue dada lectura a un informe del jefe del Servicio de Recaudación de Contribuciones, que copiado a la letra dice: "Excma. Diputación Provincial.- Pontevedra.- Servicio de Recaudación de Contribuciones e Impuestos del Estado.- Ejercicio de 1958.- Informe núm. 1.- El Delegado y Jefe del Servicio que suscriben tienen el honor de elevar a la Excma. Corporación Provincial, estados detallados de la cobranza realizada durante el primer trimestre del actual Ejercicio, por Contribuciones del Estado y Arbitrios Municipales de la exacción realizada en periodo voluntario, a la que hacen las siguientes consideraciones: 1ª.- Contribuciones del Estado.- En el estado explicativo y signótico de su resultado, podrá observarse que, con unos cargos de 20.984,80 pesetas, se han obtenido unos ingresos de 20.402.299,75 pesetas, que representan un porcentaje recaudatorio del 97,22%, mejorando el ya muy alto y notable del Ejercicio de 1957 por igual periodo de tiempo y que había sido de 97,16%.- Se experimentaron algunas bajas en las Zonas recaudatorias de Caldas de Reis, Ponteareas, Redondela y Tui, que no tienen la menor trascendencia y ello, debido a las nuevas reformas catastrales en contribución Rústica que, al principio de todo nuevo sistema, surgen las imponderables incidencias de la nueva confección del reparto tributario. Por el contrario, se ha observado alza en el resto de las zonas que han compensado muy holgadamente la baja anterior, si bien ésta no tiene la menor importancia y por ello, hemos recaudado en el conjunto de la provincia, con mucho mejor porcentaje que en el pasado ejercicio de 1957, por el primer trimestre.- 2ª.- Arbitrios Municipales.- Continúa esta cobranza dando un óptimo rendimiento, al mejorarse sensiblemente el porcentaje del Ejercicio anterior y consiguiéndose este primer trimestre un 97,99% de recaudación. La importancia de esta gestión queda reflejada patentemente en conseguir de forma eficaz y rápida los créditos presupuestos por los municipios que han encomendado la gestión a la Diputación y liberándoles así de la difícil y costosa misión recaudatoria en la que no lograrían de forma alguna los porcentajes que logra la Diputación a través de su Servicio Recaudatorio; pues el contribuyente también de esta forma se libera de tener que cuidar a dos sitios distintos para efectuar el pago de sus obligaciones fiscales. Es todo cuanto tienen el honor de informar los que suscriben y que someten al criterio de esa Excma. Diputación, para su conocimiento y el acuerdo que estimen procedente.- Dios guarde a la Excma. Corporación muchos años.- Pontevedra, 31 de marzo de 1958.- El Jefe del Servicio, ilegible.- Conforme: El Delegado de la Corporación en el Servicio de Contribuciones, José María Massó.- Iltmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial.- Pontevedra". La Corporación se dio por enterada del preinserto informe. ------ Folla: 10 12. Designar a Dña. María Mendoza Babiano y Méndez Núñez, Vocal del Patronato del Museo. De conformidad con lo propuesto por el Patronato del Museo de Pontevedra, en su oficio de 22 de abril último, el Pleno acuerda designar Vocal de la Junta de Patronato de aquella Institución, por sus notorios conocimientos artísticos y por los servicios que ha prestado como donante a la misma, a la Sra. Dña. María Mendoza Babiano y Méndez Núñez. ------ Folla: 10 13. Modificar el haber de jubilación del ex Director del Hospital D. Enrique Marescot y pago de los atrasos con cargo al Presupuesto 1959. En cumplimiento de lo acordado en la sesión anterior, se da cuenta al Pleno de informe emitido por la Asesoría Jurídica sobre la reforma del acuerdo de jubilación del Director que ha sido del Gran Hospital Don Enrique Marescot Iglesias. el Pleno, teniendo en cuenta lo informado por el Negociado de Personal y por la Asesoría Jurídica, acuerda: 1º.- Reformar de oficio el acuerdo adoptado en sesión de 29 de abril de 1953, en el sentido de fijar al Sr. Marescot su jubilación sobre el sueldo base de 13.500 pesetas, más 15.438,44 pesetas por ocho quinquenios, totalizando así unos haberes de 28.938,44 pesetas, cuyo 80%, equivale a 23.150,75 pesetas constituye su nuevo haber de jubilación, abonable por dozavas partes, que mejorado en virtud de los dispuesto por el Decreto de 30 de noviembre de 1956, se eleve a la cantidad de 26.623,36 pesetas. 2º.- Reconocerle asimismo, el derecho a dos pagas extraordinarias cada año, una con motivo de la Festividad del 18 de julio y otra en ocasión de la Navidad, equivalente cada una de ellas a una mensualidad de la pensión que disfruta, conforme a lo dispuesto en la Orden de 18 de diciembre de 1953. 3º.- Estos nuevos haberes comenzarán a devengarse por el Sr. Marescot Iglesias a partir de 1º de junio del año en curso. 4º.- Reconocer asimismo y declararle de abono en concepto de atrasos y por diferencias de sueldo, entre el anterior y el nuevo haber de jubilación, la cantidad de 50.155,97 pesetas, a cuyos efectos se dará traslado de este acuerdo a la Comisión de Hacienda a los efectos de declararse dicha cantidad como crédito reconocido que habrá de satisfacer con cargo a la Partida correspondiente al Presupuesto de 1959. ------ Folla: 10 14. Agradecer felicitación del Consejo Local de FET. de Mondariz-Balneario con motivo mejorar concedidas aquella Villa. Quedar enterado y agradecer al Consejo Local de FET. y de las JONS. de Mondariz-Balneario, la felicitación que formula por las mejoras concedidas a dicha villa por esta Diputación, que contribuyeron a la modernización de aquel Balneario de conocido relieve por sus salutíferas aguas. ------ Folla: 10 15. Devolver a D. José Malvar Figueroa fianza constituida para responder obras c.v. núm. 127-C. Solicitada por D. José Malvar Figueroa, la devolución de la fianza que había constituido para responder de las obras del c.v. núm. 127-C de la 1ª sección de la carretera de Cesures a Carril en Senra, a la carretera de A Coruña a Pontevedra; el Pleno, teniendo en cuenta que se han cumplido los requisitos que señala el art. 88 del vigente Reglamento de Contratación, acuerda acceder a lo interesado. ------ Folla: 10,11 16. Pasar a informe del Servicio de Vías y Obras petición del Ayuntamiento de Catoira, sobre estudio de terrenos para construcción de caminos rurales. Por el Ayuntamiento de Catoira se solicita que por el Ingeniero del Servicio de Vías y Obras de esta Diputación, se proceda a realizar el estudio de los terrenos que han de ser ocupados con la explanación de los caminos rurales, a fin de llevar a cabo la construcción de los mismos, previa gestión con los propietarios; el Pleno, a la vista del informe de la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, acuerda que por el citado Servicio de Vías y Obras, se amplíen los informes sobre el presente asunto, para resolver en su día lo más oportuno. ------ Folla: 11 17. Adjudicar a D. Julio Segade Asorey la tala de 3 piñeiros y 5 plátanos en la Cª de la A Cañiza a Pousa, debiendo sustituirlos por frutales. Por D. Julio Segade Asorey, Guarda forestal del Estado, vecino de Crecente, se solicita autorización para talar tres piñeiros y cinco plátanos, sitos a ambas márgenes del Km. 11, Hm. 1 de la carretera de A Cañiza a Pousa, alegando causarles perjuicios a fincas de cultivos de su propiedad; el Pleno, teniendo en cuenta los informes de la Dirección de Vías y Obras, así como el de la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, acuerda acceder a lo interesado, debiendo por el solicitante ingresar en Arcas Provinciales la cantidad que tase en su día el Ingeniero del citado servicio y sustituir los árboles talados por frutales. ------ Folla: 11 18. Interesar del Ayuntamiento de Nigrán el acuerdo de aquel Pleno a fin de resolver la petición del cambio de subvención que solicita. Se da cuenta de oficio del Ayuntamiento de Nigrán, en el que solicita el cambio de subvención que le había sido concedida para las obras de construcción del camino de Villameán a O Ceán y emplearla en la prolongación del de Chandebrito y terminación del de San Roque a Camos y cuyo importe ascendía a 30.000 pesetas; el Pleno teniendo en cuenta el informe de la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, acuerda que tal petición, requiere acuerdo del Pleno municipal, para en su día y previo el informe de la Dirección de Vías y Obras resolver en consecuencia. ------ Folla: 11 19. Acceder a lo solicitado por el Ayuntamiento de Vilanova de Arousa sobre cambio de aplicación de subvención para camino. Visto el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación Municipal de Vilanova de Arousa, en el que interesa el cambio de aplicación de la subvención concedida por esta Diputación en sesión de 12 de abril próximo pasado, por un importe de 60.000 pesetas con destino al camino de San Mauro a Vista Real a San Roque de Corón; el Pleno visto el informe que emite la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, acuerda acceder a lo interesado. ------ Folla: 11 20. Conceder a Construcciones Crespo S.A. 3 meses de prórroga para terminación obras c.v. de O Hio a Donón y Ramala Nerga. Por Don Benito Crespo García, en representación de "Construcciones Crespo S.A." como contratista de las obras del c.v. de O Hio a Donón y Ramal a Nerga, interesa una prórroga de tres meses para la terminación de las mismas, ya que se realizan con una longitud mayor de la prevista y tropezar con dificultades de carácter técnico; el Pleno, teniendo en cuenta el informe de la Dirección de Vías y Obras, así como el de la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, acuerda acceder a lo solicitado. ------ Folla: 11 21. Acceder a lo solicitado por D. Bernardino Durán Barros sobre rescisión de contrata de construcción del c.v. de Ponte Sampaio a Canicouva sin pérdida de fianza, en las condiciones que se indican. Vista la instancia de Don Ángel Táboas Fernández, apoderado del contratista D. Bernardino Durán Barros, adjudicatario del c.v. de Ponte Sampaio a Canicouva, en el que solicita la rescisión de las obras con liquidación de la ya ejecutada y con devolución de fianza, alegando para ello que el plazo de la ejecución de las mismas finalizó el 31 de julio del pasado año 1957, sin que la contrata pudiera terminarla al surgir dificultades respecto a la cesión de terrenos por parte de los vecinos y a pesar de los varios requerimientos al Ayuntamiento para que resolviera esta cuestión, no ha sido resuelto, motivando la paralización de las obras y la iniciación del expediente de expropiación forzosa por aquel, el cual se halla en trámite. Igualmente alega el contratista, la falta total y absoluta de mano de obra en aquella zona. el Pleno, teniendo en cuenta los informes favorables de la Dirección de Vías y Obras y Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero acuerda acceder a lo interesado teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto-Ley de 8 de febrero de 1957 y que por el Servicio de Vías y Obras se efectúe la medición y en su día la correspondiente liquidación y seguidamente se decidirá sobre la devolución de la fianza con arreglo a las estipulaciones del contrato y disposiciones en vigor. ------ Folla: 11 22. Pasar al Arquitecto Sr. Argenti, para ampliación de informe expediente de revisión de precios obras calefacción Hospital, solicitado por Benedicto y Redondo S.A. Diose cuenta del expediente de revisión de precios interesado por D. Arsenio Mesto de la Paz, en nombre y representación de "Benedicto y Redondo S.A.", como contratista de las obras de instalación de calefacción en el Pabellón principal y Pabellón de contagiosos del Gran Hospital; el Pleno acuerda pasar el citado expediente al Arquitecto Director de las obras Don Juan Argenti Navajas a fin de que su informe anterior y a la vista del mismo, resolver en su día lo más oportuno. ------ Folla: 11 23. Aprobar Padrones del arbitrio sobre Rodaje de los Ayuntamientos que se indican. Son examinados los Padrones y Altas de contribuyentes por el Arbitrio provincial sobre Rodaje y Arrastre correspondientes al Ejercicio de 1958 de los Ayuntamientos que se citan y por los totales que también se mencionan: Ayuntamientos Totales 1.- Pontevedra (carros y bicicletas) 51.962,00 2.- Tui 23.659,50 3.- Dozón 7.472,50 4.- Meis 13.910,50 5.- Pontevedra-Adicional 1957 4.812,00 6.- Vilagarcía de Arousa (Altas) 24,00 7.- A Estrada (Altas) 89,50 el Pleno, visto que los mencionados Padrones han sido expuestos al público no habiéndose producido contra los mismos, en el plazo reglamentario, reclamación alguna, acuerda aprobarlos. ------ Folla: 11 24. Aprobar Padrones de contribuyentes por arbitrio sobre Productos del Campo de los Ayuntamientos que se relacionan y estimar las reclamaciones presentadas. Se da cuenta de los Padrones de contribuyentes por el Arbitrio sobre la riqueza provincial (Productos del Campo), correspondiente a la cosecha de 1957 y a los Ayuntamientos que a continuación se relacionan: 1.- Pazos de Borbén 28.726,89 2.- Meis 76.364,64 3.- Forcarei 43.521,28 4.- Ponteareas 200.186,82 Se da cuenta asimismo de la instancia que acompaña al Padrón de Meis y que suscribe D. José Manuel Roma Hermida, quién solicita al amparo del artículo 7 de la Ordenanza que regula la exacción del referido arbitrio, se le excluya del mencionado documento cobratorio. el Pleno acuerda aprobar los Padrones de que queda hecho mérito y de conformidad con el informe del Jefe del Negociado de Arbitrios, acceder a la petición de Don José Manuel Roma Hermida, vecino del Municipio de Meis. ------ Folla: 11,13 25. Aprobar los expedientes de fallidos por arbitrio de Rodaje y sobre la Riqueza Provincial. Se da cuenta de los expedientes de fallidos correspondientes a los arbitrios, localidades y años que se relacionan: Rodaje Ayuntamiento de Redondela Año Cuota 10 por 100 Chapa 1954 480 48 46.- Ayuntamiento de Soutomaior 1954 160 16 9.- Ayuntamiento de Mos 1954 540 54 41.- Ayuntamiento de Fornelos de Montes 1954 300 30 15.- Ayuntamiento de Ribadumia 1951 360 - 24.- Ayuntamiento de Vilaboa 1956 285 28,5 19.- 1957 195 19,5 13.- Totales 480 48,00 32.- Ayuntamiento de Cerdedo 1956 360 36,00 24.- 1957 300 30,00 20.- Totales 660 66,00 44.- Ayuntamiento de Ponte Sampaio 1955 100,00 10,00 5,00 Ayuntamiento de Mondariz 1953 20,00 - 1,00 1954 110,00 11,00 6,00 1955 160,00 16,00 10,00 Totales 290,00 27,00 17,00 Ayuntamiento de Marín 1951 65,00 - - 1952 50,00 - - 1953 70,00 - 4,00 1954 990,00 99,00 86,00 1955 340,00 34,00 25,00 1956 180,00 18,00 15,00 1957 120,00 12,00 10,00 Totales 1.815,00 163,00 140,00 Ayuntamiento de As Neves 1952 10,00 - - 1953 120,00 - 10,00 1954 1.060,00 106,00 64,00 Totales 1.190,00 106,00 74,00 Ayuntamiento de Salvaterra de Miño 1952 20,00 - - 1953 30,00 - 2,00 1954 150,00 15,00 8,00 1955 170,00 17,00 9,00 Totales 370,00 32,00 19,00 Ayuntamiento de Ponteareas 1953 30,00 - 2,00 1954 200,00 20,00 17,00 1955 210,00 21,00 16,00 Totales 440,00 41,00 35,00 Ayuntamiento de Cotobade 1954 520,00 52,00 27,00 Ayuntamiento de A Estrada 1955 300,00 30,00 25,00 1956 895,00 89,50 78,00 Totales 1.195,00 119,50 103,00 Ayuntamiento de Moaña 1953 20,00 - 2,00 1954 30,00 3,00 3,00 Totales 50,00 3,00 5,00 Ayuntamiento de Poio 1953 25,00 - - 1955 40,00 4,00 2,00 1956 55,00 5,50 5,00 1957 10,00 1,00 1,00 Totales 130,00 10,50 8,00 Ayuntamiento de Vilanova de Arousa 1952 230,00 - 14,00 1953 140,00 - 9,00 1954 1.250,00 125,00 82,00 Totales 1.620,00 125,00 105,00 Ayuntamiento de Crecente 1952 20,00 - 2,00 1954 80,00 8,00 6,00 1955 80,00 8,00 6,00 1956 20,00 2,00 2,00 Totales 200,00 18,00 16,00 Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa 1954 170,00 17,00 12,00 1955 10,00 1,00 1,00 1956 10,00 1,00 1,00 1957 10,00 1,00 1,00 Totales 200,00 20,00 15,00 Ayuntamiento de Covelo 1954 40,00 4,00 2,00 1955 40,00 4,00 2,00 1956 30,00 3,00 2,00 1957 30,00 3,00 2,00 Totales 140,00 14,00 8,00 Ayuntamiento de Vigo 1954 8.710,00 817,00 582,00 Ayuntamiento de Bueu 1953 60,00 - 6,00 1954 190,00 19,00 15,00 1956 10,00 1,00 1,00 1957 10,00 1,00 1,00 Totales 270,00 21,00 23,00 Ayuntamiento de Silleda 1951 15,00 - - 1952 40,00 - - 1954 340,00 34,00 25,00 1955 360,00 36,00 33,00 1956 225,00 22,50 15,00 Totales 980,00 92,50 73,00 Ayuntamiento de Tui 1954 130,00 13,00 11,00 1955 110,00 11,00 10,00 1956 235,00 23,50 22,00 1957 150,00 15,00 13,00 Totales 625,00 62,50 56,00 Ayuntamiento de Vila de Cruces 1952 300,00 - 20,00 1953 50,00 - 3,00 1954 860,00 86,00 49,00 Totales 1.210,00 86,00 72,00 Ayuntamiento de Arbo 1954 40,00 4,00 2,00 1955 150,00 15,00 8,00 1956 45,00 4,50 3,00 1957 55,00 5,50 4,00 Totales 290,00 29,00 17,00 Productos del Campo Ayuntamiento de Meaño 1954 102,82 Ayuntamiento de Dozón 1954 178,62 1955 124,96 Totales 303,58 Ayuntamiento de O Grove 1955 44,80 Ayuntamiento de Vilanova de Arousa 1954 178,62 1955 124,96 Totales 303,58 Ayuntamiento de A Lama 1956 378,35 Ayuntamiento de Caldas de Reis 1955 591,64 1956 297,76 Totales 889,40 Ayuntamiento de A Cañiza 1955 25,40 1956 25,40 Totales 50,80 Ayuntamiento de Fornelos de Montes 1955 106,40 1956 106,40 Totales 212,80 Ayuntamiento de Barro 1956 369,74 Ayuntamiento de Moaña 1956 241,85 Ayuntamiento de Cerdedo 1955 51,10 1956 35,70 Totales 86,80 Ayuntamiento de Rodeiro 1955 272,30 1956 507,46 Totales 779,76 Ayuntamiento de Marín 1954 6,49 1955 9,26 Totales 15,75 Ayuntamiento de Cangas 1955 11,74 1956 26,24 Totales 37,98 Arbitrio sobre la Riqueza Provincial Año Nombre e Industria Cuota 1956 Martín Franco Caride.- Pirotecnia.- Vigo 990,00 1954/56 Manuel Galiñanes Álvarez.- Sanxenxo 11.550,00 1954/56 Alejandro Justo Rodríguez.- Canteras.- Ayuntamiento de Poio 11.880,00 1954/56 Romana Millán Arias.- Carnes.- Cambados 8.360,00 El Pleno provincial acuerda aprobar, por unanimidad, los fallidos mencionados. ------ Folla: 13 26. Fijar la cifra y bases de concierto para pago del arbitrio provincial solicitado por Dña. Regina Delfín de Morillo, por su fábrica de Toldos Bilgo. Se da cuenta de escrito formulado por Dña. Regina Delfín de Morillo, con domicilio en S. Francisco, 73, Vigo, en solicitud de Concierto para el pago del arbitrio sobre la riqueza provincial que grava la producción de su industria de Fábrica de Toldos Bilgo, enclavada en el Ayuntamiento de Vigo. el Pleno acuerda aceptar la celebración del referido concierto en la cantidad anual de siete mil pesetas (7.000), con arreglo a las Bases aprobadas en sesión de 3 de marzo del corriente año. ------ Folla: 13 27. Proponer a los industriales "Conserveros de Pescados" la realización de concierto individual por la misma cantidad que abonaron en 1957, por declaración jurada e inspección. Se da cuenta de una propuesta formulada por la Comisión de Hacienda de esta Diputación exponiendo que se ha observado que el sistema de declaración jurada que en general se ha seguido para el cobro del Arbitrio sobre la Riqueza Provincial por lo que respeta a "conservas de pescados" durante el ejercicio de 1957, ha dado buen resultado ya que completadas las declaraciones juradas con las visitas de Inspección correspondientes y agregando a todo ello algunos conciertos individuales formalizados, se observa que el total a recaudar por el mencionado concepto fluctuará en las 1.700.000,00 pesetas. Como las inspecciones practicadas, sigue diciendo la Comisión de Hacienda, han sido realizadas durante los meses de abril y mayo y las características de pesca del presente año de 1958 se presentan con gran analogía a las habidas el pasado año de 1957, se propone ofrecer a los distintos fabricante de conservas un concierto individual por un total semejante a la cantidad que cada uno ha satisfecho en el Ejercicio de 1957 por declaración jurada e Inspección. El Pleno en un todo de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Hacienda, resuelve por unanimidad, se comunique a cada uno de los industriales afectados por el arbitrio sobre la riqueza provincial de la actividad "conservas de pescados" pueden si lo creen conveniente formalizar concierto individual por el total ingresado por cada uno de ellos durante el año 1957, exaccionándoles por el sistema de declaración jurada en el caso de que no acepten los conciertos. ------ Folla: 13 28. Resolver de acuerdo con propuesta de la Comisión de Cultura y como homenaje al P. Fernando Muñóz Arosa, se acuerda crear una beca que llevará su nombre para Estudios Superiores, para naturales de Baiona. Diose cuenta de propuesta de la Comisión de Cultura que dice así: "La actuación del P. Fernando Muñóz Arosa, en la villa de Baiona, ha sido ejemplar y su apostolado acudió a todos y las clases más humildes encontraron en él su apoyo y su entrega total. Su labor benéfica ha sido muy destacada y su muerte, ocurrida hace unos días, en circunstancias dramáticas ha dado ocasión a que Baiona entera llorara ante el cadáver del hombre bueno y generoso que consagró su vida a llevar el consuelo a los huérfanos de alegría y bienestar. Por ello, esta Comisión estima que debe honrarse su memoria creando una beca que llevará su nombre y que se destinará a sufragar los gastos de estudios superiores, con preferencia eclesiásticos, a los naturales de Baiona, escenario de la actividad sacerdotal del Padre Fernando, dotando esta beca con 7.500 pesetas anuales y a fin de que pueda optarse a ella en el curso 1958-59, se propone que en el Presupuesto para el próximo Ejercicio se consigne la cantidad de 10.000 pesetas para esta beca, que se otorgará de conformidad con las condiciones que señale esta Comisión y apruebe el Pleno de esta Diputación". La Corporación acordó resolver de total conformidad con lo propuesto por la Comisión de Cultura. ------ Folla: 13 29. Enterarse de escrito del Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento accediendo a la modificación del Plan Bienal de Cooperación 1956-57 en los Municipios de Cangas y Tui. Darse por enterado del escrito recibido del Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales, accediendo a la solicitud formulada por esta Excma. Diputación para modificar el Plan Bienal de Cooperación 1956-57, en los Municipios de Cangas y Tui, a instancia de los mismos y que por el Servicio de Cooperación se comunique a los Ayuntamientos interesados esta resolución. ------ Folla: 13,14 30. Enterarse de escrito de la Dirección. Gral. de Régimen Fiscal de Sociedades y Corporaciones en relación con el expediente de habilitación de crédito por transferencias dentro del Presupuesto Extraordinario "G" y en consecuencia se acuerda suprimir las aportaciones al mismo de los Presupuesto Ordinarios de 1950-1960-61 y 62 y fijando los gastos a realizar con cargo a la 2ª Fase del expresado P. Extraordinario. Se da cuenta de un escrito del Iltmo. Sr. Delegado de Hacienda de esta Provincia en el que se traslada otro de la Dirección General de Régimen Fiscal de Sociedades y Corporaciones, de veintiocho de mayo de mil novecientos cincuenta y ocho, en el que se comunica a esta Corporación que examinada por el mencionado Organismo el expediente de Habilitación de Créditos por Transferencia dentro del Presupuesto Extraordinario "G" aprobado por Orden Ministerial de veintisiete de marzo de mil novecientos cincuenta y seis, se observa que entre las partidas de aumento de ingresos, figura un total de cinco millones doscientas ochenta mil quinientas ochenta pesetas con setenta y cuatro céntimos como aportación de los Presupuestos Ordinarios correspondientes a los Ejercicios 1959-1960-1961- y 1962 y si bien el artículo 695 de la Ley de Régimen Local, Texto refundido de 24 de junio de 1955 admite como ingreso de los Presupuestos Extraordinarios "los procedentes de cantidades expresamente consignadas en los Presupuestos Ordinarios para gastos de primer establecimiento, siempre que se cumpla la condición impuesta en el párrafo 2º del artículo 675 de la Ley" no cabe admitir tales ingresos hasta tanto que los correspondientes presupuestos ordinarios de que proceden no hayan sido aprobados por la Corporación para los ejercicios correspondientes y sancionados en forma legal por la Delegación de Hacienda. Atendiendo a lo señalado, sigue diciendo la Dirección General de Régimen Fiscal de Sociedades y Corporaciones, como quiera que en la mencionada transferencia no se cuenta con otros ingresos que la suma de pesetas diez millones de préstamos del Banco de Crédito Local de España y un millón del superávit correspondiente al Ejercicio de 1957, es cierto que existe un exceso en gasto de cinco millones doscientas ochenta mil quinientas al Ejercicio de 1957, es cierto que existe un exceso en gasto de cinco millones doscientas ochenta mil quinientas ochenta pesetas con setenta y cuatro céntimos que deberá suprimir esta Corporación provincial, toda vez que los Presupuestos Extraordinarios han de ser nivelados. El Pleno de esta Diputación, a la vista de lo dispuesto por el Iltmo, Sr. Director General de Régimen Fiscal de Sociedades y Corporaciones acordó por unanimidad de los catorce miembros asistentes de los diecisiete que componen la Corporación, suprimir de la parte de gastos del Presupuesto Extraordinario "G" la suma de pesetas cinco millones doscientas ochenta mil quinientas ochenta con setenta y cuatro céntimos, suprimiendo a la vez en la parte de ingresos igual cantidad de cinco millones doscientas ochenta mil quinientas pesetas con setenta y cuatro céntimos, que totalizaban las aportaciones de los Presupuestos Ordinarios 1959-1962 al Presupuesto Extraordinario "G"; quedando con estas reducciones de ingresos y gastos nivelado este Presupuesto Extraordinario "G" y el detalle de los gastos a realizar con los ingresos totales que quedan en once millones de pesetas, de las que un millón de pesetas representa la aportación al Presupuesto Extraordinario "G" del superávit del Ejercicio Ordinario de 1957 y los otros diez millones de pesetas se obtendrán del préstamo del Banco de Crédito Local de España, siendo los citados gastos a realizar los siguientes: Cap. art. Part. Concepto Pesetas 11 8 12 Importe proyecto de ampliación de la Piscifactoria de Carballedo, formulado por el Ingeniero de Montes D. Maximiliano Elegido, comprendidos los honorarios por la confección del mismo 766.941,79 11 8 12 Modificado de precios en el proyecto de ampliación de la Piscifactoria de Carballedo formulado por el Ingeniero Sr. Elegido, cuyo modificado de precios fue aprobado por acuerdo plenario de 12-4-57 229.756,33 996.698,12 11 8 10 Revisiones de precios de las obras realizadas en el Hospital Provincial, según proyecto confeccionado por el Arquitecto Sr. Argenti, cuya revisión fue aprobada por acuerdo plenario de 12-4-57 134.779,57 11 3 9 Para las obras de modernización y mejora de las carreteras provinciales, según proyecto formulado por el Sr. Ingeniero 7.344.527,54 11 3 9 Modificado de precios en los proyectos del Plan de reparación extraordinaria de carreteras, formulado por el Sr. Ingeniero Provincial 1.723.994,77 15 4 15 Para gastos de la operación 800.000,00 Total 11.000.000,00 ------ Folla: 14,15 31. Modificar los artículos 4º, 5º y 9º de la vigente Ordenanza para la percepción de tasas por Servicios que se presten en el Gran Hospital. Diose cuenta de propuesta de la Comisión del Hospital, que copiada literalmente dice así: "Esta Comisión ha estudiado detenidamente el actual desenvolvimiento de los diversos servicios del Hospital, percatándose del incremento sucesivo de los gastos originados por el alza sufrida en los últimos veinte meses, tanto en los artículos alimenticios como en combustible y ropas. Conviene, por tanto, acordar una modificación en los precios de estancia en el Hospital y asimismo señalar una pequeña tasa a todos los enfermos que ingresen en dicho Establecimiento y que no sean pobres de solemnidad. Por lo expuesto, esta Comisión tiene el honor de proponer al Pleno la modificación de los artículos 4º, 5º y 9º de la vigente Ordenanza para la percepción de tasas por servicios que se presten en el Hospital Provincial, cuyos artículos quedarán, en lo sucesivo, redactados de la siguiente forma: art. 4º.- Estos servicios serán gratuitos para todos los enfermos que lo precisen, salvo que tengan derecho al Seguro de Enfermedad y por caso de accidente con tercera persona responsable natural o jurídica, compañía de seguros, empresa particular Estado o Municipal y reúna las siguientes condiciones: a) Los que tengan jornal o sueldo por único recurso de ingresos familiares en cantidad inferior a mil pesetas mensuales. b) Los que por contribución, Rústica, Urbana o Industrial figuren con las cantidades que siguen y no tengan otros recursos propios o de familiares que con el convivan: Por Rústica, con un líquido imponible no superior a 900 pesetas. Por Urbana, con un líquido imponible no superior a 800 pesetas. Por Industrial, que satisfagan cuotas al Terreno cuyo conjunto anual no pase de 300 ptas. c) Los que por otros conceptos de signos de riqueza, que no sean contribuciones o jornales, no tengan renta material superior a 1.000 pesetas. Todos los enfermos que reúnan las condiciones señaladas en los apartados a), b) y c) satisfarán a su ingreso en el Hospital la suma de 200 pesetas, para nutrir el fondo de mejora de las instalaciones del Establecimiento. Los enfermos pobres de solemnidad, carentes de toda clase de recursos, quedan exceptuados del pago de la expresada cantidad. art. 5º.- Caso de que los jornales propios, que perciban mensualmente, o de los familiares que con él convivan, pasen de 1.000 pesetas, pagarán las siguientes cuantías: De 1.000 pesetas a 1.500, el 20% de las Tarifas aprobadas. De 1.000 pesetas a 1.500, con 2 hijos, el 10% de las Tarifas aprobadas. De 1.000 pesetas a 1.500, con 3 hijos, exento de pago. De 1.500 pesetas a 2.000, el 40% de las Tarifas aprobadas. De 1.500 pesetas a 2.000, con 2 hijos, el 30% de las Tarifas aprobadas. De 1.500 pesetas a 2.000, con 3 hijos, el 20% de las Tarifas aprobadas. De 1.500 pesetas a 2.000, con 4 hijos, el 10% de las Tarifas aprobadas. De 1.500 pesetas a 2.000, con más de 4 hijos, exentos. De 2.000 pesetas a 3.000, el 100% de las Tarifas. De 2.000 pesetas a 3.000, con 2 hijos, el 80% de las Tarifas. De 2.000 pesetas a 3.000, con 3 hijos, el 70% de las Tarifas. De 2.000 pesetas a 3.000, con 4 hijos, el 60% de las Tarifas. De 2.000 pesetas a 3.000, con 5 hijos, el 50% de las Tarifas. De 2.000 pesetas a 3.000, con 6 hijos, el 30% de las Tarifas. De 2.000 pesetas a 3.000, con 7 hijos o más, exentos. Cuando los jornales sobrepasen de 3.000 pesetas y no excedan de 5.000 pesetas, abonarán el 100% de las Tarifas, con la deducción del 10% por cada hijo que tengan. Al pasar de 5.000 pesetas de ingresos mensuales, no tendrán derecho a bonificación alguna. En los casos de abonar por contribución Rústica, Urbana o Industrial, líquidos imponibles superiores a los que figuran en el artículo 4º, las cantidades que les corresponderán abonar, son: Por Rústica o urbana, imponible anual de 900 a 1.200 pesetas, el 40% de las Tarifas. Por Industrial, imponible anual de 300 a 500 pesetas el 40% de las Tarifas. Experimentará un descuento del 10% por cada uno de sus hijos, el comprendido en estos casos. Abonando de 1.200 pesetas a 1.500 por Urbana o Rústica y de 500 a 800 pesetas por Industrial, abonarán el 80% de las Tarifas, con el mismo descuento del 10% por cada uno de los hijos. Al pasar de 1.500 pesetas de líquido imponible por Rústica o Urbana, o de 800 por Industrial o de Comercio, abonarán el 100 por 100 de las Tarifas con el 5% de deducción por cada hijo. Al abonar 2.000 pesetas o más en Rústica o Urbana y 1.300 por Industrial, no tendrán derecho a bonificación alguna. Todos los enfermos a que se refiere este artículo declarados como exentos de pago o que devenguen del 10% al 30% inclusive, de los precios de las Tarifas, deberán satisfacer a su ingreso la suma de 200 pesetas para nutrir el fondo de mejora de las instalaciones del Hospital. art. 9º.- Mientras exista turno de ingresos de enfermos de la Beneficencia, no podrán ser ocupadas las camas de las Salas Generales con enfermos pensionistas y en tanto no se disponga de apartados para graves de Beneficencia, cada Servicio retendrá para esta finalidad uno de los destinados a pensionistas, tanto en hombres como en mujeres. El precio de las estancias por día, en cuartos de una cama, 75 pesetas; por apartamentos de dos camas, 65 pesetas y por Sala General 60 pesetas, aparte de los honorarios médicos, gastos de farmacia, análisis, radiografías, etc. En los departamentos de una plaza podrá acompañar al enfermo un familiar, cuando lo autorice el Médico del Servicio y el importe de esta estancia será de 75 pesetas por día; igualmente podrán ser permitidos en departamentos de dos camas cuando lo autoricen conjuntamente el Médico del Servicio y el Director del Centro, siendo en este caso el importe del día 100 pesetas. En ningún caso el acompañante del enfermo gozará de las bonificaciones que se establecen en esta Ordenanza. El Pleno acordó las modificaciones de los artículos 4º, 5º y 9º de la vigente Ordenanza de Tasas por Servicios en el Hospital Provincial en los mismos términos propuestos por la Comisión de dicho Centro benéfico. ------ Folla: 15 32. Denunciar el contrato establecido para asistencia en el Gran Hospital del Personal Militar, con la modificación del art. 9 del contrato. El Gobierno Militar de esta Provincia, en oficio núm. 6356, de fecha 6 de octubre de 1955, se ha dignado participar a esta Diputación que la Capitanía General de la VIII Región Militar en escrito de 30 de septiembre del mismo año recibiera debidamente aprobado el contrato establecido con esta Corporación provincial para la asistencia en el Hospital de Pontevedra del personal militar y que con igual fecha se le comunicaba igualmente al Excmo. Sr. General Subinspector con inclusión de copia del contrato, para que se disponga entre en vigor lo que en el mismo se estableció. Vienen rigiendo, por tanto, este contrato, cuya duración es de un año prorrogable por tiempo indefinido siempre que no sea denunciado con dos meses de antelación por una de las partes contratantes. El incremento sucesivo de los gastos en el Hospital Provincial, originado por el alza sufrida en los precios de los artículos alimenticios y en el de los combustibles y ropas, aconseja la reforma de aquella convención de servicios sanitarios, suscrita con la Capitanía General de la VIII Región Militar, para que a partir de su vencimiento, 30 de septiembre próximo, se establezcan nuevos precios para las estancias en dicho Establecimiento. Por las consideraciones expuestas y de conformidad con lo propuesto por la Comisión de Diputados del Hospital, el Pleno acuerda se notifique al Excmo. Sr. Capitán General de la VIII Región Militar la denuncia del contrato actualmente en vigor, manifestándole que esta Excma. Diputación Provincial entiende debe ser renovado a partir de su vencimiento que, como queda indicado es en 30 de septiembre de 1958, con la modificación de su artículo 9º que quedará redactado de la siguiente forma: "art. 9º.- El Ministerio del Ejército se compromete a abonar a la Excma. Diputación por cada estancia causada por el personal de tropa y asimilado a esta categoría, la cantidad de 55 pesetas. Por cada estancia que causen los Sres. Suboficiales y asimilado a esta categoría y sus familiares, 70 pesetas. Igualmente abonará por cada estancia que causen los Sres. Jefes y Oficiales, asimilados y sus familiares, 75 pesetas. El pago de estas estancias se efectuará con arreglo a lo dispuesto en la Orden de 29 de mayo de 1951, Colección Legislativa núm. 45 y a la que estuviera vigente en la fecha de pago. ------ Folla: 15 33. Reconocer a D. Carlos Pino Álvarez, a efectos de quinquenios y derechos pasivos, los servicios prestados en propiedad en la Beneficencia Provincial de A Coruña. Se da cuenta de instancia del Profesor de Sala Tocoginecólogo de esta Beneficencia D. Carlos Pino Álvarez, solicitando a efectos de quinquenios y derechos pasivos, el reconocimiento de los servicios prestados en propiedad como Médico de la Beneficencia Provincial de A Coruña. Se informa este asunto favorablemente por el Negociado de Personal, acreditándose en el expediente que el solicitante, previo concurso oposición fue nombrado por la Diputación de A Coruña en 15 de marzo de 1946 Médico interno de su Beneficencia, habiendo tomado posesión del cargo el día 1º de abril del mismo año, cesando a petición propia el 7 de abril de 1949. Teniendo en cuenta lo que disponen los artículos 330 de la Ley de Régimen Local de 24 de junio de 1955 y el 81 del Reglamento de Funcionarios de Administración Local de 30 de mayo de 1952; el Pleno tiene a bien reconocer a D. Carlos Pino Álvarez, a efectos de quinquenios y derechos pasivos, los tres años y 6 días servidos como Médico titular del Gran Hospital de Santiago de Compostela, Establecimiento benéfico éste, dependiente de la Diputación Provincial de A Coruña. ------ Folla: 15 34. Reconocer al Jefe del Negociado D. Manuel Crespo Alfaya los servicios prestados en la Junta de Ayuda a Municipios y Servicio de Colonización a efectos de quinquenios y derechos pasivos. Acceder a lo solicitado por el Jefe del Negociado D. Manuel Crespo Alfaya, reconociéndole a efectos de quinquenios y derechos pasivos los servicios prestados en la Junta de Ayuda a Municipios y en el Servicio de Colonización, económicamente atendidos por esta Diputación y por el tiempo que media entre 1º de enero de 1950 y el 10 de septiembre de 1953, con un total de 3 años, 8 meses y 9 días. ------ Folla: 15 35. Reconocer a D. Alejandro Pérez Rey a efectos de quinquenios y derechos pasivos los servicios interinos prestados en el Ayuntamiento de Pontevedra. Acceder a lo solicitado por D. Alejandro Pérez Rey, Auxiliar administrativo de esta Diputación, reconociéndole los servicios prestado con carácter interino en el Ayuntamiento de esta Capital desde el 26 de febrero de 1944 al 31 de agosto de 1949 por un total de 5 años, 6 mese y 5 días, entendiéndose que este reconocimiento se realiza exclusivamente a efectos de quinquenios y derechos pasivos, conforme a lo dispuesto por el artículo 330 de la Ley de Régimen Local y 81 en relación con el 2º del Reglamento de Funcionarios de 30 de mayo de 1952. ------ Folla: 15 36. Reconocer a D. José Tomé Vilaboa los servicios prestados como vigilante de la repoblación forestal a efectos de quinquenios y derechos pasivos. Acceder a lo solicitado por D. José Tomé Vilaboa, Guarda forestal de esta Diputación, reconociéndole a efectos de quinquenios y derechos pasivos los servicios prestados como vigilante de la repoblación forestal, desde el 5 de abril de 1930 a 19 de febrero de 1935, por un total de tiempo de cuatro años, 10 meses y 14 días. ------ Folla: 15 37. Reconocer a D. Claudio Ramírez Veloso a efectos pasivos y quinquenios el tiempo servido con carácter interino en el Hospital P. Acceder a lo solicitado por el Mozo de Sala del Gran Hospital D. Claudio Ramírez Veloso, reconociéndole a efectos de quinquenios y derechos pasivos los servicios de su clase prestados en dicho Centro benéfico, desde 1º de junio de 1955 a 1º de julio de 1957, por un total de tiempo de dos años y un mes. ------ Folla: 15 38. Pasar a estudio y dictamen de la Comisión de Hacienda instancia de los Oficiales D. José Picallo y D. Manuel Blanco, solicitando el sueldo base anual de 21.000 pesetas. Se da cuenta de instancia de los Oficiales administrativos D. José Picallo Baños y D. Manuel Blanco Filgueira, solicitando se les abone el sueldo base anual de 31.000 pesetas que actualmente disfrutan todos los funcionarios de su clase. Visto el informe favorable del Negociado de Personal, el Pleno acuerda trasladar esta asunto a la Comisión informativa de Hacienda, para que con más elementos de juicio y oyendo su dictamen resolver en definitiva. ------ Folla: 15 39. Pasar a dictamen de la Comisión de Hacienda recurso de reposición interpuesto por el Auxiliar D. Narciso Raposo contra el acuerdo en el que se le fijan sus haberes al causar baja en la Agrupación Temporal para Destinos Civiles. Por el Auxiliar administrativo D. Narciso Raposo Fernández, se formula recurso de reposición contra acuerdo adoptado en sesión de 11 de abril del año en curso, en el que se fijan sus nuevos haberes al causar baja en la Agrupación Temporal Militar y alta en el Escalafón general del Cuerpo de Auxiliares Administrativos de esta Diputación. Por el Negociado de Personal se informa debe confirmarse el acuerdo recurrido; y el Pleno, para revolver con más elementos de juicio, acuerda trasladar este asunto a la Comisión informativa de Hacienda, a fin de que emita su dictamen. ------ Folla: 15 40. Facultar al Sr. Secretario General para que halle la fórmula de atender a mejorar económicamente a las Encargadas del Servicio de Limpieza. Por la Presidencia se expone el deseo de atender económicamente a las Encargadas del Servicio de Limpieza en este Palacio Provincial, dada la actual carestía de vida. Tratándose de personal contratado, que se rige por normas especiales, el Pleno tiene a bien facultar al Sr. Secretario General para que halle la fórmula más adecuada a fin de que la mejora económica alcance equitativamente a todas ellas. ------ Folla: 15,16 41. Enterarse de resolución de la Presidencia de la forma en que a partir de su toma de posesión se ha de distribuir el Fondo de Inspección de Rentas y Exacciones. Por el Excmo. Sr. Presidente, se da cuenta al Pleno de que a partir de su toma de posesión, la distribución del Fondo de Inspección de Rentas y Exacciones se efectuará de la siguiente manera: 50% Inspectores 15% Coadyuvantes 15% Junta Administrativa, cuyo fondo percibirán los Sres. Secretario General; Interventor y Viceinterventor de Fondos. 5% Servicio Central de Inspección. 5% Montepío Nacional de Administración Local. 5% Montepío de Funcionarios Provinciales. 5% Material. El Pleno queda enterado de la indicada distribución del Fondo de Inspección de Rentas y Exacciones. Se levantó la sesión Diligencia: Hago constar que durante el mes de junio del corriente año de 1958, no se ha celebrado sesión ordinaria ni extraordinaria, por no haber sido ordenado su celebración por la Presidencia. ------
Ãrea de notas
Nota