ATOPO
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Acta de sesión 1959/07/09_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.067/1.1959-07-09_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1959/07/09_Ordinaria

  • Data(s) 1959-07-09 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 4 1. Presidida por el Iltmo. Sr. D. Antonio Puig Gaite, y con asistencia del Vicepresidente Sr. Pérez Crespo, y de los Diputados señores: Álvarez Rodríguez, Areses Pérez, Carballal Morgade, Fernández Alonso, González Taboada, Lombos Vidal, Massó García, Piñeiro Durán, Pousa Lamas y Rey Daviña sesión ordinaria, el Pleno de esta Excma. Diputación en el Salón de Actos del Palacio Provincial, siendo las diecisiete horas, del día de hoy, nueve de julio de mil novecientos cincuenta y nueve, actuando el Secretario de la Corporación Sr. Posse García y el Interventor de Fondos Sr. Sandoval Panasachs. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos que figuran incluidos en el Orden del día, adoptandose los acuerdos siguientes: Prestar aprobación al acta de la sesión ordinaria de 8 de mayo último, y a las extraordinarias de 13 y 24 del mismo mes y corriente año, de las que se dió lectura al Pleno. ------ Folla: 4 2. Pasar a informe de Intervención las cuentas del Servicio Forestal correspondientes al 4º trimestre de 1958. Por acuerdo de ocho de mayo último, se pasaron a la Comisión de Agricultura para informe, cuentas de gastos del 4º trimestre de 1958, que elevara el Ingeniero Director del Servicio de Repoblación y que corresponden a propuestas aprobadas por el Patrimonio e importan 4.683.181'66 pesetas, y como la expresada Comisión de Agricultura al dar cuenta de este asunto, expuso in voce que no le ha sido posible informarlas, hasta que la Intervención emita su conformidad respecto al contraido de tales cuentas; el Pleno acuerda que por el Sr. Interventor sean examinadas y se proponga si es o no procedente su aprobación o reparos. ------ Folla: 4 3. Pasar a informe de lntervención las cuentas del Servicio Forestal correspondientes al 1º trimestre del corriente año 1959. Se acuerda pasar a informe de Intervención las cuentas que eleva con fecha 30 de mayo último y oficio número 103, correspondientes al primer trimestre del corriente año, de propuestas aprobadas por el Patrimonio Forestal del Estado que importan 2.307.052'80 pesetas, a fin de que proponga al Pleno su parecer respecto de la aprobación o reparos. ------ Folla: 4 4. Pasar a informe de Intervención las cuentas del Servicio Forestal correspondientes a los reintegros de propuestas de 4º trimestre de 1958. Pasar a informe de Intervención, las cuentas de reintegros del 4º trimestre de 1958, de propuestas aprobadas por el Patrimonio Forestal del Estado y que eleva el Sr. Ingeniero del Servicio de Repoblación en su oficio fecha 6 de julio actual, número 110, e importan 184.683'37 pesetas, a fin de que proponga al Pleno su aprobación o reparos. ------ Folla: 4 5. Aprobar proyecto de carretera forestal al Monte Armada. Prestar aprobación al Proyecto de carretera forestal al Monte Armada en el Ayuntamiento de Caldas de Reis, con una longitud de 4.759'87 metros, y cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 1.087.389'31 pesetas, debiendo elevarse al Patrimonio Forestal del estado, para su sanción definitiva. ------ Folla: 4 6. Denegar instancia del Practicante D. Ángel Otero Maso, en situación de excedencia forzosa solicitando la concesión de pagas extraordinarias y Plus de Carestia de Vida. Se da cuenta de instancia del Practicante de la Beneficiencia Provincial, en situación de excedencia forzosa, Don Ángel Otero Manso, solicitando se le conceda el derecho al percibo de las dos pagas extraordinarias de julio y Navidad, y el Plus eventual de Carestia de Vida, en la cuantía que le corresponde percibir estos beneficios como funcionario excedente. Teniendo en cuenta que el solicitante ha sido declarado excedente forzoso por acuerdo de 1º de diciembre de 1958, pasando a esta situación administrativa en las condiciones que determina el artículo 57 del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local, el Pleno acuerda que no procede acceder a lo solicitado, porque en dicho precepto no se incluyen ni las gratificaciones extraordinarias ni el Plus de Carestia; aparte de que el acuerdo plenario se notifico al interesado el día 22 de diciembre último, sin que contra el mismo se hubiese recurrido, como procedía, formulando en tiempo y forma el oportuno recurso de reposición, previo al contenciosos administrativo, por cuya razón es firme y consentido, y no cabe entablar ya contra el mismo reclamación de ninguna clase. ------ Folla: 4 7. Reconocer al Jefe de Negociado D. Vicente Couceiro Amor, a efectos de jubilación el tiempo servido en el Ejército. De conformidad con lo informado por el Negociado de Personal y la Asesoria, se acuerda acceder a lo solicitado por el Jefe de Negociado Don Vicente Couceiro Amor, reconociendole los servicios prestados en el Ejército, que equivalen a 5 años, 3 meses y 12 días, solamente a efectos de jubilación. ------ Folla: 4 8. Conceder pensión a Dña. Pilar Lage Gil, viuda del Peón Caminero D. Evaristo Reboreda Táboas. Se da cuenta de instancia que suscribe Doña Pilar Lage Gil, de Mondariz - Pueblo, solicitando se le conceda la pensión que le coresponde, como viuda del fallecido peón caminero Don Evaristo Reboreda Táboas. Se acredita en el expediente que el causante falleció en su domicilio de Mondariz, el día 8 de abril de 1959; que el Sr. reboreda táboas contrajo matrimonio con la colicitante el día 27 de xaneiro de 1921, que Doña Pilar Lage Gil, reside habitualmente en la parroquia de Mondariz, constando empadronada como viuda, y que el fallecido Don Evaristo Reboreda Táboas fué nombrado Peón Caminero de esta diputación en sesión celebrada por la Comisión Provincial el 8 de noviemebre de 1921, habiendo prestado sus servicios ininterrumpidamente por un total de tiempo de 37 años, 4 meses y 26 días. Teniendo en cuenta lo que dispone el artículo 83, número 2 del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local, la Orden de 18 de diciembre de 1953; los articulos 117 y 121 del Reglamento de Funcionarios de esta Diputación aprobado en 17 de Octubre de 1950; como asimsmo la Base octava del Reglamento de la Mutualidad de Funcionarios, el Pleno tiene a bien reconocer a Doña Pilar Lage Gil, como viuda del fallecido peón caminero, Don Evaristo Reboreda Táboas, el derecho a percibir los beneficios siguientes: a).- La mensualidad integra correspondiente al mes del fallecimiento de su esposo. b).- La cantidad de 1.200 pesetas, para gastos de entierro y funeral. c).- La pensión de viudedad de 12.666'65 pesetas (doce mil seiscientas sesenta y seis pesetas con sesenta y cinco céntimos), equivalentes al 50 % del mayor sueldo disfrutado por el causante, más 6.333'32 pesetas, 25 5 del sueldo regulador, abonable por el fondo de la Mutualidad de funcionarios, totalizando una pensión anual de pesetas 18.999'97, abonables por dozavas partes, y dos pagas extraordinarias al año equivalentes a una mensualidad de sus haberes. Contra este acuerdo podrá interponerse el oportuno recurso de reposición en un plazo de un mes, contando a partir de la notificación del mismo, previo al contencioso- administrativo que habrá de entablarse ante el tribunal de esta jurisdición, en los plazos y forma prevenidos en los artículos 52,54 y 58 de la ley de 27 de Diciembre de 1956. ------ Folla: 4 9. Pasar a Asesoría a instancia de D. Aureliano Virgos, solicitando reconocimiento de servicios. Pasa a informe de Asesoría Jurídica, instancia de Don Aureliano Virgós Pérez Ferreiro, Farmacéutico del Gran Hospital, que solicita el reconocimiento de servicios, a efectos de quinquenios y derechos pasivos. ------ Folla: 4 10. Denegar instancia de D. Placido Montoto, solicitando subvención para sufragar gastos de entierro de su madre Dña. Evangelina Blanco por no reunir esta la condición de funcionario. Se da cuenta de instancia que suscribe Don Placido Montoto Blanco, solicitando se le conceda una indennización para coadyuvar a los gastos de entierro y funeral causados por el fallecimiento de su madre, Evangelina Blanco Mosteiro, viuda del Peón Caminero Ramón Montoto Cacheda. Se acredita en el expediente administrativo que Doña Evangelina Blanco Mosteiro falleció en la parroquia de Camposancos ( Lalín), en estado de viuda, el día 27 de abril de 1959, y siendo pensionista de esta Diputación. Teniendo en cuenta que el artículo 121 del Reglamento de Funcionarios de esta Diputación, aprobado en 17 de Octubre de 1950, dispone que la Diputación contribuirá a los gastos de entierro y funeral al fallecer cualquier funcionario, condición ésta que no reunia la causante, el Pleno acuerda denegar la petición formulada por el Sr. Montoto Blanco. Contra este acuerdo podrá interponerse el oportuno recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación del mismo, previo al contensioso-administrativo que podrá entablar ante el Tribunal de esta jurisdición en los plazos y forma prevenidos en los artículos 52, 54 y 58 de la Ley de 27 de Diciembre de 1956. ------ Folla: 4,5 11. Conceder al Auxiliar Administrativo D. Luis López Bangueses un premio de nupcialidad de 10.000 pesetas. Se da cuenta de instancia que suscribe Don José Luis López Bangueses, Auxiliar Administrativo de esta Diputación, solicitando se le conceda un premio de nupcialidad por haber contraido matrimonio. Esta Corporación en sesión de 24 de marzo de 1959, otorgó, con carácter general, premios de nupcialidad, y en tanto no se dispensen estos beneficios por la Mutualidad de Funcionarios, a todos los empleados en propiedade, que lleven más de un año de servicio, contraigan matrimonio después de esta y no rebasen los cincuenta años de edad. Se acredita en el expediente que el solicitante es funcionario en propiedade habiendo tomado posesión del cargo el 14 de diciembre de 1954; con el correspondiente Libro de Familiar, que no rebasa los cincuenta años de edad, habiendo contraido matrimonio en la villa del O Gove con Doña Purificación García Caamaño, el día 16 de mayo de 1959. el Pleno, estimando que el Sr. López Bangueses reune las condiciones exigidas por el acuerdo corporativo de referencia, tiene a bien concederle el premio de nupcialidad que solicita, en la cuantía de diez mil pesetas ( 10.000 ), con cargo a la correspondiente consignación presupuestaria. ------ Folla: 5 12. Ratificar contrato de trabajo con D. Ricardo García, Maestro panadero del Hogar Provincial. Se ratifica el contrato laboral formalizado por la Presidencia en 15 de mayo del año en curso D. Ricardo García Salgado, mayor de edad, casado y vecino de Tomeza, para prestar trabajo en el Hogar Provincial, como Maestro-encargado de Panadería, en dicho Centro benéfico, con derecho al percibo de un jornal de 48'25 pesetas, dos pagas extraordinarias al año y el correspondiente Plus Familiar, en la cuantía determinada por el artículo 7º de la Orden de 26 de octubre de 1956, fijandose la jornada legal de trabajo desde las cuatro a las once y desde las dieciocho treinta a las diecinueve treinta horas de cada día. ------ Folla: 5 13. Pasar a la C. de Beneficiencia escrito de los Funcionarios sobre el Servicio de Farmacia a los mismos. Visto el escrito de los Funcionarios de esta Excma. Diputación en el que exponene su deseo de que sean organizados los Servicios Farmáceuticos para el Funcionario, en forma de que cada uno de ellos pueda adquirir libremente los medicamentos en las Farmacias que deseen a fin de conseguir una mayor comodidad, rapidez y eficacia dentro de las mismas condiciones económicas que en la actualidad disfrutan. el Pleno acuerda pasar este asunto a la Comisión de Beneficiencia para que lo estudie y proponga lo que estime más conveniente. ------ Folla: 5 14. Establecer y afectar los recursos especiales para atender a la amortización e intereses del emprestito de 10.000.000 de ptas 3ª Fase P. Extra "G". Se da cuenta de propuesta de la Comisión de Hacienda y Economía, en la que se justifica la necesidad de establecer y afectar los recursos especiales que señala el artículos 655 y siguientes de la vigente Ley de Régimen Local, para atender a los obligaciones derivadas de la amortización e intereses de un empréstito de 10.000.000'00 de pesetas con el Banco de Crédito Local de España, que ha de nutrir la tercera Fase del Presupuesto Extraordinario "G" cuyo contrato ha sido aprobado por el Pleno Provincial, en sesión extraordinaria de 13 de mayo del corriente año. En su virtud se acuerda: 1º.- Establecer con el exclusivo fin de atender al servicio de intereses y amortización de empréstitos legalmente autorizados y taxativamente para el Presupuesto Extraordinario "G", tercera Fase, los siguientes recursos espciales, ya establecidos por los Presupuestos Extraordinarios "B", "C", "E" y 1º y 2º Fase de este mismo "G". a).- El 12'50 por 100 sobre las cuotas de la Contribución Territorial, Riqueza Rústica y Pecuaria, a que se refiere el artículo 655 de la vigente ley de Régimen Local. b).- Recargo del 10 por 100 sobre las cuotas que se liquiden por el Arbitrio sobre Rodaje y Arrastre y Derechos y Tasas provinciales, considerados más aptos para distribuir equitativamente la carga de los empréstitos, habida cuenta de que estos están destinados a cubrir los Presupuestos Extraordinarios para la ejecución de obras en todos los Municipios de la provincia y caminos vecinales. 2º.- Aprobar las Ordenanzas de aplicación de las exacciones anteriormente indicadas para que una vez obtenida en el Ministerio de Hacienda la autorización que previene el artículo 592 de la Ley de Régimen Local, sean sometidas a la aprobación de la Delegación de Hacienda de la Provincia, conforme a lo dispuesto en el artículo 723. 3º.- Que de los recursos especiales citados, se lleve contabilidad separada. 4º.- Que todos los años al formarse el Presupuesto Ordinario del ejercicio siguiente, sea revisado el rendimiento de los recursos especiales que se establezcan y si excediesen en más del 5 por 100 del importe total de las responsabilidades a que por intereses y amortización estuviesen afectados, se acuerde una reducción a prorrata y proporcional de todos los tipos de imposición o bien la inversión del excedente en una ampliación del empréstito tramitada con los mismos requisitos de un empréstito nuevo. 5º.- Que en el caso de que la imponsición extraordinaria que se establezca determine contracción de la vida económica de la provincia, se practique la reducción de tipo de que se trata en el número anterior. 6º.- Que este acuerdo sea publicado en el Boletín Oficial de la Provincia a los afectos determinados en el artículo 656 de la Ley de Régimen Local y que transcurrido el plazo de exposición de 15 días se remita copia literal certificada de este acuerdo en unión de su anexos, a la Delegación de Hacienda de la provincia, para que, con su informe sea cursada al Ministerio de Hacienda a los efectos de la autorización que determina el artículo 592 de la repetida ley de Régimen Local. ------ Folla: 5 15. Enterarse de resolución del Tribunal Economico-Administrativo en reclamación interpuesta por el Sindicato del Pápel, Prensa y Artes Graficas. Diose cuenta de resolución adoptada por el Tribunal Económico-Administrativo, en sesión de treinta y uno de marzo del corriente año en la reclamación número 151 de 1958, promovida por D. Antonio Herrero Montero, por su propio derecho y como Jefe del Sindicato Provincial de Prensa, Pápel y Artes Gráficas; D. Florentino Calvo Astorga, D. Eusebio Doiro Marcos, Dña. Mará Gerboles López, D. Manuel Montero Malvar, D. Manuel Pérez Rial, D. Florentino Sánchez Gerra, D. Manuel Sanmanuel Miralles y D. José Silva Loureiro, contra liquidaciones giradas por esta Diputación, del arbitrio sobre la riqueza provincial, concepto de Artes Gráficas. En esta resolución el Tribunal estima las reclamaciones formuladas por considerar, que la Ordenanza Fiscal ni en su artículo 2º ni en el 9º hacen referencia a las Artes Gráficas o manipulación de pápel y cartón por no juzgarles sujetos al arbitrio sin perjuicio de que una posterior reforma de la Ordenanza fiscal ajustada a los trámites legales, pueda comprender estos conceptos impositivos. El Pleno queda enterado del acuerdo de dicho Tribunal, en las reclamaciones indicadas. ------ Folla: 5 16. Enterarse de resolución del Tribunal Económico-Administrativo en reclamación interpuesta por D. Antonio Pérez Lafuente. Se da cuenta de resolución del Tribunal Económico-Administrativo Provincial, en sesión celebrada el día 30 de abril del corriente año, sobre reclamación número 183 de 1958, promovida por D. Antonio Pérez Lafuente, contra liquidación girada por esta Excma. Diputación del arbitrio de riqueza provincial, correspondiente al ejercicio de 1957. El Tribunal en su fallo, desestima la reclamación de D. Antonio Pérez Lafuente y el Pleno queda enterado. ------ Folla: 5 17. Adherirse a la petición de la Medalla de Plata de la ciudad a favor de la Emisora Local E.A.J-40- Radio Pontevedra. La Dirección de " La Voz de Vigo ", Emisora Regional del Movimiento y el Consejo Procincial de falange, han acordado, con toda justificación y fundamentados motivos, solicitar del Excmo. Ayuntamiento de esta Capital, la concesión de la " Medalla de Plata de la Ciudad ", para la Emisora Local E.A.J.40-Radio Pontevedra, en ocasión de cumplirse los veinticinco años de su fundación. Tiene esta petición su mejor patrocinio en la propia labor desarrollada en favor de Pontevedra y su provincia, por nuestra emisora local, que es voz autentica de las aspiraciones, inquietudes y afanes de progreso de la Capital y los pueblos de la provincia, sin excepción, ya que, en todo momento, al servicio de la Capital y los pueblos de la provincia, sin excepción ya que, en todo momento, al servicio de los intereses generales y públicos, Radio Pontevedra alentó nuestras virtudes ciudadana, nuestras instituciones culturales, nuestros Organismos representativos y supo exaltar los valores individuales que son orgullo de la población. En tal sentido, la labor de esta emisora es justisimo sea distinguida con el reconocimiento del Consejo municipal, accedientdo a la concesión interesada. Pero esta Excma. Diputación, estima también, que al propio tiempo de otorgarse la Medalla de Plata a la emisora " Radio Pontevedra ", debería también rendirse público homenaje de simpatía y gratitud a su Director - Propietatio D. José Hermida Vidal, y a cuantos desde aquella Casa y aun desde sus puestos destacados, llevan a diario la traducción fudetisima de ideas, sentimientos y anhelos en favor del pueblo que se honra teniendoles en su preferencia merecida. Y comuniquese este acuerdo, adoptado por unanimidad, a la Alcaldía de Pontevedra, Casino Mercantil e Industrial, Consejo Provincial del Movimiento, y " Voz de Vigo " ------ Folla: 5,6 18. Desestimar recurso de reposición interpuesto por D. Dositeo Gandara Morigosa sobre liquidación de las obras del camino v.ecinalde Paradela a la Cª de A Coruña - Vigo. Visto el recurso de reposición interpuesto por D. Dositeo Gándara Morigosa, contra acuerdo adoptado por esta Excma. Diputación en 24 de marzo último, que le denegara escrito sobre liquidación de obras realizadas en la construcción del camino vecinal de Paradela a la carretera de A Coruña - Vigo, de la que es contratista D. Eliseo Gulias Iglesias. El Pleno acordó resolver este recurso del Sr. Gandar Morigosa, manteniendo el acuerdo recurrido y desestimado por tanto la petición de los suplicos formulados, por considerar de procedente aplicación el informe de la Asesoría Jurídica, de que también se dio cuenta, y que literalmente copiado dice así: " Consecuentes con el criterio sustentado en nuestro anterior dictamente de fecha 20 de marzo pasado, ratificamos el mismo, sosteniendo como primer postulado en contra de las alegaciones del recurrente, que este carece de personalidad para comparecer con el carácter de contratista de las obras adjudicadas al Sr. Gulias, ante la Corporación Provincial. Sentado esto, sobran los demás argumento. Se trata de un cesionario cuya personalidad no ha sido aceptada por la Diputación, y por lo tanto, carece de todo derecho para invocar ante ella en orden al cumplimiento de un contrato en el que no fue ni es parte, aún cuando sea dueño de la fianza o garantía que lo asegure. y a este respecto, insistimos en la doctrina sentada por nuestro Supremo Tribunal, en sentencias de 19 de junio de 1907 y 6 de julio de 1908, doctrina que encaja con admirable precisión en el caso que motiva este informe, al decir: " Las cesiones o transmisiones que hayan podido otorgarse por el contratista, no confieren derecho alguno al cesionario o transmisionario respecto a la Administración, que nada acordó con este ni le reconoció personalidad ". La existencia del poder otorgado por el Sr. Gulías a favor del Sr. Gandar indica, con claridad, que el recurrente no actuo con conciencia de su personalidad de parte. En otro caso sobraba el poder. Y lo que resulta absurdo es que habiendo firmado el propio recurrente el acta de recepción como apoderado o autorizado por el Sr. Gulias, pretende ahora - inconsecuente con sus propios actos - aparecer como contratista o parte frente a la Diputación. Tal postura implica el contrasentido del ser y no ser, al propio tiempo, y ello es inadmirable. No entramos en más detalles respecto a los presuntos razonamientos del recurso. Pero nos sorprende la alegación de que " las cosas son lo que son, al margen de como se las llame, o de las denominaciones que se les ponga ". Y lo decimos porque parece olvidar el recurrente que su situación es la que es (un tercero ajeno a la contrata), aunque pretenda bautizarse por si y ante si con la denominación de contratista. Y olvida asimismo que esta llamándose contratista con desconocimiento absoluto de lo preceptuado en el Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, que es el único - desde el punto de vista legal - que puede denominar y llamar por su nombre a las partes de un contrato administrativo. Ignora igualmente que la contratación administrativa se configura de modo distinto a la civil. Porque además de los requisitos generales, consentimiento, objeto y causa, comunes a ambas contrataciones, la administrativa requiere para su validez y eficacia, el "cumplimiento de las Formalidades exigidas por las disposiciones vigentes ". En efecto, en Derecho Local, a diferencia del Común o Civil, el cumplimiento de las formalidades es esencial. Y la falta de las mismas provoca la nulidad del pacto, resultando esté inoperante para servir de base a reclamaciones administrativas fundadas en él. Y esto lo decimos, porque en el recurso se llega a pretender que se ha consumado una novación en el contrato, no solo pasando por alto lo dispuesto en el artículo 52 del mencionado Reglamento, sino también lo preceptuado en los artículos 1203 y 1205 del Código Civil: " La novación puede hacerse sin el consentimiento del acreedor ". Y si esto dice un precepto de un Código literal, acorde y congruente con la famosa declaración del Ordenamiento de Alcalá, habrá que pensar que tampoco el legislador del Código de referencia, participaba del criterio sustentado por el recurrente en materia de novación de contratos. Concluimos ratificando en un todo nuestro anterior informe por entenderlo ajustado a Derecho, siendo parecer de la Asesoría Jurídica el que debe mantenerse el acuerdo recurrido. Contra este acuerdo, puede formular el interesado, recurso Contencioso - Administrativo, en el plazo de dos meses a partir del siguiente día de notificación del mismo, como previene la Ley Reguladora de la Jurisdicción, de 27 de diciembre de 1956. ------ Folla: 6 19. Resolver instancia de D. Benito Malvar González reclamando indemnización por las obras de camino vecinal de Merza a Bascuas, haciendo responsable de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse el Ayuntamiento de Vila de Cruces. Diose cuenta de instancia que suscribe D. Benito Malvar González, contratista , con domicilio en la calle de Sta Clara número 5 de esta Capital, interesando se le indemniza en la cantidad de 143.020'30 pesetas, por perjuicios ocasionados en los cuatro meses que trabajó fuera de plazo, como adjudicatorio de las obras del camino vecinal de Merza a Bascuas en el Ayuntamiento de Vila de Cruces, por falta de cesión de terreno, y Resultando que pasada su instancia a la Asesoría Jurídica, esta ha recabado por conducto de la Secretaría General la aclaración de determinados extremos de la oficina de Vías y Obras, habiendose contestado por el Sr. Ingeniero - Director que efectivamente el Sr. Malvar González dirigiera escrito en 23 de marzo de 1957, comunicando que no podía comenzar las obras por falta de cesión de terrenos, a lo que respondió dicha dependencia técnica en 17 de abril del mismo año, que no podía tenerse en consideración la instancia del Sr. Malvar González, porque este podía empezar las obras por el otro extremo ( Bascuas) como lo ha hecho posteriormente; que el camino se replanteó el 28 de noviembre de 1956 y desde 15 días después se cuenta el plazo de ejecución que se establece en 13 de diciembre de 1956; que el contratista solicitó prorroga y le fué concedida en 23 de noviembre de 1958 por once meses, con lo cual la fecha de conclusión se establece en 13 de mayo de 1959; que la Dirección de vías y Obras ignora la fecha hasta que se trabajó por no haber tenido oficialmente noticias de ello; que el número de obreros varía según las épocas y forma de llevar las obras, pero puede comprobarse por las bajas en seguros sociales ante el Instituto Nacional de Previsión y por último que de esta reclamación que hace la contrata sería responsable el Ayuntamiento de Vila de Cruces, por no facilitar los terrenos y que en la actualidad en las zonas que puede trabajas la contrata tiene tajo y le falta echar piedra en extensión grande y si bien no puede pasar los camiones por el trazado puede habilitar otros medios como carros, volquetes, etc. Considerando que según informa la Asesoría tanto el Código Cívil como el Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales de 9 de xaneiro de 1953, sujetan a la administración y a los contratistas al resarcimiento de daños e indemnización de perjuicios que se causen en el cumplimiento de las obligaciones contractuales, como consignan los artículos 1.101 del Código Cívil y 92 y 93 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, por lo que el asunto que plantea el Sr. Malvar González, hace responsable exclusivo al Ayuntamiento de Vila de Cruces, que no ha facilitado los terrenos y por ello, esta Excma. Diputación, en sesión de 8 de mayo último hizo ver a aquel Ayuntamiento el compromiso que contrajera y le recomendó, que con toda urguencia, procediese a la expropiación forzosa de los mismos, dados los cuantiosos gastos originados y los perjuicios que se causan al paralizar las obras. Considerando , que para fijar el importe de las indemnizaciones, sería procedente como dictamina la Asesoría, informarse la Dirección de Vías y Obras respecto de dicha cuantía, y las fijase rigurosamente la contrata, porque los daños y perjuicios han de probarse suficientemente en cuanto a que se dejaron de obtener ganancias, pero sin que éstas puedan ser dudosas o contingentes, o solo fundadas en esperanzas, como determinan las Sentencias del Tribunal Supremo de 3 de noviembre de 1892; 31 de xaneiro de 1916; 4 de xaneiro de 1927, y 5 de junio de 1946; el Pleno, de conformidad con lo propuesto por el Letrado Asesor acuerda recabar del Ayuntamiento de Vila de Cruces, el cumplimiento de sus obligaciones en la construcción del camino vecinal de Merza a Bascuas, haciendole responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen el contratista, aunque la relación contractual de la construcción de este camino se ha verificado entre estas Excma. Diputqación y Sr. Malvar González, sin que los términos de lo convenido, puedan incumplirse por las partes contratantes. en tal sentido se contesta la petición del Sr. Malvar González, formulada en la instancia de que queda hecha mención. ------ Folla: 6 20. Aprobar cuentas de gastos producidos en el Arboreto de Lourizán. Prestar aprobación a las Cuentas que remite el Sr. Ingeniero del centro de Investigaciones, Enseñanzas y Experiencias Forestales de Lourizán, acreditativas de los gastos producidos en el Arboreto de Lourizán, con un importe total de 577.864'91 pesetas, y que se eleven al Patrimonio forestal del estado, para su sanción definitiva. ------ Folla: 6,7 21. Enterarse de escrito de la Dción. Gral. de Admón Local, comunicando el envio de un Asesor Inspector para instruir una Memoria que ditatitva del desenvolvimiento de la Sección Provincial. El Excmo. Sr. Gobernador Cívil, en oficio número 540- Negociado 1º, de la Secretaría General de aquel gobierno, traslada escrito de la Dirección General de Administración Local, de fecha 22 de junio último, cuyo tenor literal es el siguiente: " Las circunstancias en que ha venido desarrollandose el funcionamiento de la Sección de Administración de esa provincia, hacen aconsejable el ejercicio de la facultad prevista en el párrafo 4 de la Disposición trnsitoria 5ª del Decreto de 26 de julio de 1956, que regula el funcionamiento del Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales. En virtud, esta Dirección General ha acordado: 1º.- Que se instruya una Memoria acreditativa de aquellas circunstancias en que se ha desenvuelto el funcionamiento de la Sección Provincial de Administración Local de Pontevedra, acomodandose a los trámites prevenidos en la disposición citada.- 2º.- Designar para ello al Asesor Inspector del Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales, Don Francisco Callejón González, que se desplazará a esa Capital a dicho efecto, y a quien por ese Gobierno Civil se le facilitarán los medios Auxiliares necesarios para el cumplimiento de su misión.- 3º.- Que en el momento oportuno en que se soliciten por el expresado Asesor Inspector, se emitan por ese Gobierno Civil y por la Diputación Provincial, Delegación de Hacienda, Colegio Provincial de Secretarios, Inventores y Depositarios, y Jefe de la Sección afectadas, los informes que previenen las normas de que se ha hecho mención, y que deberán emitirse a la mayor brevedad en los plazos minimos que señalan las disposiciones en vigor.-4º.- Que una vez evacuados los trámites de referencia, se eleve propuesta de resolución por el Servicio Central de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales ". El Pleno queda enterado de lo ordenado por la Dirección General de Administración Local, así como de haberse dando las máximas facilidades al Sr. Callejón González para cumplimiento de la misión que se encomendara. ------ Folla: 7 22. Enterarse de la publicación de la Hoja de Divulgación sobre alimentación de terneros y felicitar al Servicio de Fomento Ganadero. Se da cuenta de oficio de 3 del actual, del Servicio de Fomento Ganadero, al que se acompaña copia de la Hoja de Divulgación sobre alimentación de terneros hasta los 15 días, con solo leche y de los 15 en adelante, según detalle el cuadro que figura en la misma hoja así como consejos complementarios para el ganadero, que le serán de evidente utilidad práctica. El Pleno se da por enterado y acuerda felicitar a los Señores Veterinarios del Servicio, por la labor celosa, eficiente y educadora que viene realizando. ------ Folla: 7 23. Dar cuenta de oficio dirigido al Ingeniero de los Servicios Hidráulicos de N. de España manteniendo acuerdo de 7-5-1957, sobre aprovechamiento del Río Ulla. Diose cuenta al Pleno de oficio número 3.278, que se ha dirigido con fecha 30 de junio último por la Presidencia, al Sr. Ingeniero Director de los Servicios Hidráulicos del Norte de España, con motivo de la exposición al público, a fin de formular alegaciones con relación a los solicitados aprovechamientos del Ulla y sus afluentes, y en cuya comunicación se mantenía lo acordado por esta Excma. Diputación en 7 de mayo de 1957. La Corporación quedó enterada, ratificando el contenido del oficio cursado el treinta de junio último. ------ Folla: 7 24. Enterarse de informe con resultado de la cobranza de Contribuciones durante el segundo trimestre del corriente año. Queda enterado el Pleno del informe número 2 y fecha 3 del actual, que eleva a la Presidencia el Servicio de Recaudación de Contribuciones, al que acompaña estados - resúmenes de la cobranza, del segundo trimestre del actual ejercicio, de Contribuciones e Impuestos del Estado y arbitrios provinciales y municipais ------ Folla: 7 25. Pasar a la C. de Agricultura escrito de la jefatura de la Zona 6º del Servicio Nacional del Cultivo de Tabaco para que fije la cuantía de la subvención que solicita y autorizar a la Presidencia para librarla por resolución. Diose cuenta de escrito de la Jefatura de la Zona Sexta del Servicio Nacional de Cultivo y Fermentación del Tabaco, número 40 de salida a dicha dependencia en Gijón, solicitando una subvención anual, y más concretamente para el actual ejercicio, que en el futuro pudiera - según los resultados obtenidos - mantenerse, anularse o aumentarse, a fin de construir semilleros para algunos agrícultores cultiven esta solarácea y cuya labor protectora se considera pudiera llevarla a cabo la diputación porque afectaría muy favorablemente a la economía de la provincia. El Pleno estimando debe ser atendida la petición de la Jefatura de la Zona Sexta del Cultivo del Tabaco, por la importancia que representa, acuerda pasar dicho escrito a la Comisión de Agricultura, Ganadería y Repoblación Forestal, a fin de que determine la cuantía en que podría concederse dicha subvención en el presente ejercicio y una vez informado tal asunto por los Señores Diputados que integran aquella Comisión, se autoriza a la Presidencia para que por resolución presidencia disponga sea librada la cantidad que se fije al Sr. Ingeniero Jefe que la interesa. ------ Folla: 7 26. Enterarse de escrito de la Dcion. de Admón. Local autorizando al Ayuntamiento de Fornelos para el cambio de aplicaciones de subvención del Plan bienal de 1956-1957 y 1958-1959. Se da cuenta de escrito que dirige el Iltmo. Sr. Director General de Administración Local, trasladando la resolución adoptada por el ministerio de la Gobernación, accediendo al cambio solicitado por el Ayuntamiento de Fornelos de Montes, en la aplicación de la subvención asignada en los planes de Cooperación para los bienios 1956-57 y 1958-59, importantes 125.000 y 100.000 pesetas respectivamente para las obras de abastecimiento de aguas, al objeto de que sean invertidos en las obras de terminación del Mercadillo Municipal, camino rural de Rial y camino rural de Oitavén a Traspielas, pasando por San Vicente. el Pleno acuerda quedar enterado y que se de traslado al Ayuntamiento de referencia. ------ Folla: 7 27. Elevar a definitiva la adjudicación a D. José Santiso de las obras del c.v. de paradela a Cuntis a la Estación de Portela e Igrexa de Valiñas ( Seca Igrexa de Valiñas). Elevar a definitiva el acta de adjudicación provisional de las obras de construcción del c.v. de Paradela a Cuntis a la Estación de Portela e Igrexa de Valiñas, sección de Valiñas a Igrexa, a favor del contratista D. José Santiso Alba, por importe de 199.732'53 pesetas, concediendole un plazo de diez días, a partir de la fecha de notificación de este acuerdo, para la constitución de la fianza definitiva. ------ Folla: 7 28. Aprobar liquidación del Presupuesto Especial del Hogar Provincial del Ejercicio de 1958. Aprobar la cuenta general y liquidación del Presupuesto Especial del Hogar Provincial correspondiente al ejercicio económico de 1958, que arroja un superávit de liquidación de 566.510'88 pesetas, con carácter provisional. ------ Folla: 7 29. Aprobar liquidación de obras del c.v. de Feria del río a S. Salvador a favor de D. Gumersindo Veiga y disponer la forma de abono. Aprobar la liquidación correspondiente a las obras del camino vecinal número 221-103 de la Feria del Río a San Salvador, en el Ayuntamiento de Rodeiro, que arroja un saldo a favor del contratista, D. Gumersindo Veiga Crespo de 60.890'32 pesetas, declarando de abono la cantidad de 11.216'02 pesetas, con cargo al Capitulo 11º, Articulo 2º, Partida 3º del Presupuesto Extraordinario " E " y el resto de 49.674'30 pesetas deberá tenerse en cuenta para ser abonado con cargo al Presupuesto Ordinario de 1960. ------ Folla: 7 30. Aprobar liquidación de obras del c.v. de Lagos - A Portela, en la Cº de Bueu a Cangas a favor de D. Adolfo Quintela. Aprobar la liquidación correspondiente a las obras del camino rural de Lagos - A Portela, a la carretera de Bueu a Cangas, por la costa, en Bueu, que arroja un saldo a favor del contratista D. Adolfo Quintela Abalde de 10.761'35 pesetas, declarandolo de abono con cargo al Capítulo 11º, Artículo 3º, Partida 7º del Presupuesto Extraordinario " G ". ------ Folla: 7 31. Aprobar liquidación de obras del c.v. del Km. 4 de la Cª da Virxen do Camiño - A Abelenda al km.22 de la Cª da Guardia a Redondela, a favor de D. Marcial Peralba Fontans. Aprobar la liquidación correspondiente a las obras de construcción del camino vecinal del km.4 de la carretera da Virxen do Camiño - A Abelenda, al km.22 de la carretera de A Guarda a Redondela, en el municipio de Tui, y que arroja un saldo de 46.452'54 pesetas a favor del contratista D. Marcial Peralba Fontáns, declarando de abono la cantidad de 12.579'25 pesetas, con cargo al Capítulo 11º, Artículo 2º, Partida 3 del Presupuesto Extraordinario " E " y el resto de 33.873'29 pesetas deberá tenerse en cuenta para ser abonado con cargo al Presupuesto Ordinario de 1960. ------ Folla: 7 32. Aprobar liquidación de obras del c.v. de Portela a la Cª de Chapa a Carril a favor de D. Bernardino Durán Barros. Aprobar la liquidación correspondiente a las obras de construcción del c.v. de Portla a la carretera de Chapa a Carril, que arroja un saldo de 18.879'78 pesetas a favor del contratista D. Bernardino Durán Barros, declarandolo de abono con cargo al Capítulo 17º, Artículo 3º, Partida 7º del Presupuesto Extraordinario "G". ------ Folla: 7 33. Aprobar última relación de gastos de las obras de construcción de un Gimnasio en el Hogar Provincial. Examinada la tercera y última relación de gastos de las obras de construcción de un gimnasio en el Hogar Provincial, que presenta el Administrador de dicho Centro, toda vez que dichas obras se han llevado a cabo " por administración "; visto el informe favorable de la Intervención de Fondos, el Pleno acuerda prestar su aprobación y declarar de abono la cantidad de 45.789'55 pesetas a que asciende dicha relación con cargo al Capítulo 4º, Artículo 1º, Partido 1º de la primera fase del Presupuesto Extraordinario "G". ------ Folla: 7,8 34. Aprobar Habilitación y Suplemento de Crédito dentro del Presupuesto Ordinario de 1959. Dios cuenta de propuesta de la Comisión de hacienda y economía, en la que se somete a consideración del Pleno, suplementación y habilitación de crédito por transferencia dentro del vigente Presupuesto Ordinario, por importe de 898.631'87 pesetas, y que a continuación se detalla: Suplemento y Habilitación de Crédito Cap art. Part Concepto Pesetas 1º 1º 16- bis Créditos reconocidos.- Para pago deudas Ejercicios anteriores sin consignación en resultas. 700'00 1º 1º 46 Sanidad y Beneficiencia.- Para pago deudas Ejercicios anteriores sin consignación en resultas. 2.094'89 1º 1º 72 Para pago gratificaciones Director Misión Biológica. 500'00 1º 2º 83 Para pago de seguros sociales. 50.000'00 2º II 113 Créditos reconocidos.- Para pago deudas Ejercicios anteriores sin consignación en resultas. 113.010'05 2º II 137 Créditos reconocidos.- Para pago deudas Ejercicios anteriores sin consignación en resultas. 547.981'74 5º 4º 173 Subvención a la Junta Provincial de Ordenación económico- social. 30.000'00 6º 1º 236-bis A D. Ángel García Aroso, liquidación del c.v. num. 18952 de la prolongación del de Pontevedra a Tomeza por el Cementerio al lugar de Marcón. 63.230'29 6º 1º 237-bis "Benedicto y Redondo, S.A.", certificación de obras de instalación de calefacción en el Hospital Provincial. 91.114'90 Suman los Aumentos 898.631'87 Bajas Cap art. Part Concepto Pesetas 1º 1º 2 Sueldos y pagas extras personal Oficinas Centrales. 40.000'00 1º 1º 35 Haberes 24 Hermanas Caridad y personal doméstico Hogar Provincial. 50.000'00 1º 1º 55 Para haberes y pagas extras personal Vías y Obras. 60.000'00 2º 1º 126 Estancias en el Colegio San Roque de Vigo. 210.067'00 5º 3º 174 Subvención coadyuvar construcción cc.vv. 374.800'00 5º 5º 194 Subvención de carácter benéfico - social. 100.000'00 6º 1º 228 Mobiliario y material inventariable. 50.000'00 6º 1º 234 Revisión precios " Noalla a Caldas ". 13.764'87 Suman la Bajas 898.361'87 el Pleno, teniendo en cuenta el informe favorable emitido por la Intervención de Fondos y Secretaria General, acuerda prestar aprobación a la propuesta de referencia y que por el Negociado correspondiente se le de la tramitación que proceda a este Expediente de Suplementación y Habilitación de crédito. ------ Folla: 8 35. Aprobar y declarar de abono justificantes de créditos a reconocer en el Vigente Presupuesto Ordinario. Aceptando propuesta del Sr. Interventor de Fondos provinciales y a la vista del informe emitido por la Comisión de Hacienda y Economía, la Corporación acordó aprobar y declarar de abono los justificantes de créditos a reconocer en el vigente Presupuesto de 1959 por falta de consignación en el de 1958, con cargo al Capítulo 2º, Artículo 11º, Partida 113 de la Ordenación Económica para el Ejercicio de 1959, y cuyo detalle es como sigue: Conceptos Pesetas Sanatorio de A Lanzada, medicamentos 46.511'90 Cargo Administrador Hospital al Hogar, medicamentos 119.494'50 A. Malvar, transfusiones sangre 138.700'00 Tribunal Tutelar de Menores, Madrid, diciembre 1958 868'00 Fernando G. Durán, patatas Hogar 12.751'85 Palmira Pérez, leche, octubre, noviembre y diciembre 21.280'00 Casal y Martínez, viveres 30.811'60 Casal y Martínez, viveres 29.822'15 Concepción Sansilvestre, frutas 6.753'05 " Fenosa ", agosto a diciembre inclusive, Hospital 48.880'87 Laboratorios Made, medicamentos 368'00 Farmacia Luis Lorente, medicamentos 277'00 Farmacia Adelaida Herreros, medicamentos 275'60 Farmacia Adelaida Herreros, medicamentos 952'13 Laboratorios Zeltia, medicamentos 325'25 J. Uriachs, medicamentos 1.102'05 Química Comercial y Farmacéutica, medicamentos 2.590'57 Javier Coll e Hijo, laboratorios 2.071'60 Instituto Llorente 108'90 Alter, S.A. 620'30 Vorquímica 258'50 Farmadroga 7.469'86 C.H. Boheringer Shn y S.A. 3.712'39 Hijos de Honorio Riesgo 590'40 Rocador, medicamentos 1.299'00 Instituto Biologia y Sueroterapia Ibis 3.023'30 Sociedad A. Ecube, medicamentos 2.490'80 Laboratorios Madariaga 679'30 Farmacia Trinidad Mosquera, medicamentos 414'10 Abelló, laboratorios, medicamentos 250'78 Eduardo Cartelle, viajes 6.668'25 tecidos, González García 2.502'20 Fenosa, diciembre, Hogar 5.534'48 Luis Martínez, material Hogar 3.165'30 Juan Rodiño, material Hogar 17.576'10 Fenosa, noviembre, Hogar 5.109'35 Fenosa, octubre, Hogar 4.339'81 Auxiliar de la Construcción, material Hogar 674'35 Andrés Rodríguez, material Hogar 678'15 Confiteria Prieto, Hogar 1.346'00 José Alcantara, carbón 4.000'00 Laboratorios Valieri 1.334'00 Total 574.981,'74 ------ Folla: 8 36. Aprobar y declarar de abono justificantes de créditos a reconocer en el vigente Presupuesto de 1959. Aceptando propuesta del Sr. Interventor de Fondos provinciales y a la vista del informe emitido por la Comisión de Hacienda y Economía, la corporación acordó aprobar y declarar de abono los justificantes de créditos a reconocer en el vigente Presupuesto de 1959 por falta de consignación en el de 1958, con cargo al Capítulo 2º, Artículo 11º, Partida 113, de la Ordenación Económica para el Ejercicio de 1959 y cuyo detalle es como sigue: Conceptos Pesetas Ramón Tajes, reparaciones 1.368'50 Ramón Tajes, reparaciones 2.138'75 Profirio Diz Baltasar, leña 3.296'10 Luis Senn, reparaciones 19.229'60 Castañón y Cía, material de oficina 3.545'40 Florián Delgado, material de oficina 2.320'00 Transportes N.A. 2.470'00 Transportes Pardal 2.505'00 Andrés Rodríguez, material 2.746'20 Andrés Rodríguez, material 3.970'60 B.O. del Estado 396'00 Hogar Provincial, Taller A. Gráficas 1.640'00 Hogar Provincial, Taller A. Gráficas 115'00 Hogar Provincial, Taller A. Gráficas 1.835'00 Hogar Provincial, Taller A. Gráficas 425'00 Hogar Provincial, Taller A. Gráficas 150'00 Hogar Provincial, Taller A. Gráficas 125'00 Hogar Provincial, Taller A. Gráficas 5.145'00 Cargo Parque Móvil 59.589'00 Total 113.010'05 ------ Folla: 8 37. Aprobar y declarar de abono a favor de " Seifer y Bienzobas, S. A. ", importe de la revisión de precios de las obras de instalación de montacamillas en el Hospital. Examinando el expediente de revisión de precios de las obras de suministro y montaje de montacamillas eléctricas para el Hospital Provincial, adjudicadas a la Casa " Seifer y Bienzobas, S.A. ", de Vigo e importante en pesetas 11.184'10; visto el informe favorable de la Intervención de Fondos, el Pleno acuerda aprobar dicha revisión de precios debiendo percibir la Casa "Seifer y Bienzobas, S.A. ", la cantidad de 8.784'10 pesetas, con cargo al Capítulo 2º, Artículo 11º, Partida 113 del vigente Presupuesto Ordinario, toda vez que en su día les fueron abonadas ya 2.400 pesetas con cargo al Presupuesto Extraordinario " G ". ------ Folla: 8,9 38. Aprobar los Padrones de Productos del Campo, ejercicio 1958, y Ayuntamientos que se relacinan y reclamaciones de Vilanova de Arousa. Se da cuenta de los Padrones del Arbitrio sobre la Riqueza Provincial de Productos del Campo, correspondientes a la cosecha de 1958 y a los Ayuntamientos que a continuación se relacionan: 1 Mos 121.218'26 2 Silleda 245.068'00 3 Salvaterra de Miño 161.943'11 4 Salceda de Caselas 57.234'49 5 Rodeiro 174.969'00 6 Porriño 101.274'03 7 As Neves 41.424'70 8 Moraña 51.843'12 9 Mondariz 120.516'30 10 Lalín 411.731'63 11 Covelo 68.659'48 12 Dozón 56.175'10 13 A Cañiza 93.301'75 14 Vilanova de Arousa 116.257'81 Se da cuenta asimismo de las reclamaciones que acompaña al Padrón de Vilanova de Arousa y que suscriben D. Manuel Farto Portas, Doña María Hermida Pérez, Doña Dolores Pérez Navia y D. Juan Hermida Pérez, quienes solicitan, al amparo del artículo 7º de la ordenanza que regulala exacción del referido Arbitrio, se les excluya del mencionado documento cobratorio. El Pleno Prrovincial acuerda aprobar los Padrones de que queda hecho mérito, y de conformidad con el informe del Jefe del Negociado de Arbitrios, acceder a la petición de los mencionados contribuyentes del Ayuntamiento de Vilanova de Arousa. ------ Folla: 9 39. Aprobar Padrones del arbitrio sobre Rodaje del presente ejercicio y Ayuntamientos que se relacionan. Se da cuenta de los Padrones del Arbitrio de Rodaje correspondientes al ejercicio de 1959, que se han confeccionado hasta la fecha y que corresponden a los Ayuntamientos y por las cantidades que a continuación se indican: Ayuntamiento Cuota Diputación Cuota Ayuntamiento 1 Pontesampaio 3.303'50 1.820'00 2 Rodeiro 7.997'50 3 Pontevedra 43.458'50 4 Salvaterra 13.470'50 5 Tui 24.121'50 39.975'00 6 Vilanova 18.022'50 7 A Lama (alta) 12'00 12'00 El Pleno por unanimidad acuerda aprobar los Padrones de Rodaje mencionados. ------ Folla: 9 40. Aprobar expedientes fallidos correspondientes a los arbitrios, años y localidades que se citan. Se da cuenta de los expediente Fallidos correspondientes a los Arbitrios, localidades y años que a continuación se relacionan: Rodaje Ayuntamiento de Tui Año Cuota 10% Chapa 1958 60'00 6'00 5'00 1957 50'00 5'00 4'00 1956 15'00 1'50 1'00 1955 20'00 2'00 1'00 1954 20'00 2'00 1'00 Totales 165'00 16'50 12'00 Ayuntamiento de A Guarda 1958 40'00 4'00 4'00 1957 50'00 5'00 5'00 1956 40'00 4'00 4'00 Totales 130'00 13'00 13'00 Ayuntamiento de Porriño 1958 10'00 1'00 1'00 1957 10'00 1'00 1'00 Totales 20'00 2'00 2'00 Ayuntamiento de Salceda de Caselas 1958 10'00 1'00 1'00 1957 10'00 1'00 1'00 Totales 20'00 2'00 2'00 Productos del Campo Ayuntamiento de A Estrada 1957 18'50 Ayuntamiento de Pontevedra 1954 3.596'24 1955 2.738'00 1956 2.974'00 Total 9.308'49 Ayuntamiento de Barro 1956 156'15 1957 152'65 Total 308'50 Ayuntamiento de Valga 1954 35'02 1955 24'52 1956 50'17 1957 98'16 Total 207'87 Ayuntamiento de Pontevedra 1957 11.790'66 1956 18'17 1955 18'17 Total 11.827'00 El Pleno Provincial, por unanimidad acuerda aprobar los fallidos mencionados. ------ Folla: 9 41. Enterarse de haberse firmado contrato de concierto para pago del arbitrio con las Cofradias de Pescadores que se relacionan. Queda enterada la Corporación, de haberse firmado el contrato de concierto para el pago del arbitrio sobre la riqueza provincial, para el eña 1959, con las Cofradías de Pescadores que se relacionan, y en la cantidad que a cada una se señala: Cofradía de Pescadores de Cambados, Portonovo, Sanxenxo, O Grove, Vilaxoán e Raxó. 55.000'00 Cofradía de Pescadores de Panxón (Nigrán). 3.000'00 La aprobación de estos contratos de conciertos, se realizan de acuerdo con las bases que se aprobaron en sesión de 1º de diciembre de 1958. ------ Folla: 9 42. Entererarse de haberse firmado con Dña. Encarnación Pablo Orio por su industria de pastilllas de café y leche. Queda enterada la Corporación, de haberse firmado el contrato de concierto para el pago del arbitrio sobre la riqueza provincial, para el año 1959 con Dña. Encarnación Pablo Orio, por su industria de pastillas de café y leche, en la cantidad 612'50 pesetas anuales, y con arreglo a las bases que se aprobaron en sesión de 1º de diciembre de 1958. ------ Folla: 9,10 43. Emitir informe sobre funcionamiento de la Sección Provincial de Admón Local, recomendadndo la organización del Servicio Provincial de Inspección y Asesoramiento. El Iltmo. Sr. Director General de Administración Local, en Orden comunicada de 22 de junio último, dispuso, en vista de las circunstancias en que venia desarrollandose el funcionamiento de la Sección Provincial de Administración Local, que un Asesor - Inspector del Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales, se desplazase a esta Capital, a fin de instruir diligencias acreditativas del desenvolvimiento de dicha Dependencia provincial. Al efecto, dicho Sr. Inspector, D. Francisco Callejón González, redactó unas diligencias de las que envia copia a esta Excma. Diputación, recabando del Pleno el informe que previene la Disposición transitoria 5º- 4, sobre la procedencia de organizar el Servicio Provincial de Inspección y Asesoramiento en la provincia, dado el defectuoso funcionamiento de nuestra Sección en la actualidad. La Excma. Corporación Provincial, que ya conoce por sus anteriores relaciones con la Jefatura de la Sección, la marcha experimentada por dicha oficina, y que tuvo como consecuencia un acuerdo adoptado por el Pleno en 30 de septiembre de 1955 - folios 61 vuelto al 64 del correspondiente Libro de Actas - coincide totalmente con la conclusión que establece en su escrito el Señor Asesor - Inspector, en el sentido de declarar que " un conjunto de circunstancias, llevan a la convicción de considerar probado el defectuoso funcionamiento de aquella Oficina, y por ende, la necesidad de- aplicar el número 4 ya indicado de la Disposición transitoria 5º del Decreto de 26 de julio de 1956, organizando el Servicio de Inspección y Asesoramiento en esta Provincia, que redundará en beneficio de los intereses comunes a las Corporaciones Provincial y municipais ------ Folla: 10 44. Designar a D. Luis Fontaiña Serrapio, Decano Jefe de la Beneficiencia Provincial, con carácter interino y provistarla en propiedade mediante concurso restringido una vez se apruebe por la Superioridad el Reglamento de los Servicio de la Beneficiencia Provincial. En sesión de 24 de marzo del corriente año, se diera cuenta de resolución de la Dirección General de Administración Local, que formulara reparos al Reglamento de Servicios Benéfico-sanitarios de esta Excma. Diputación, y se acordó modificar dicha reglamentación, en el sentido indicado por la Superioridad, a la que habrá que remitirse nuevamente para aprobación definitiva. El expresado Reglamento de Servicios Benéfico-sanitarios de está Diputación, se redactó para cumplimiento de los dispuesto en el articulo 4º del Decreto de 27 de noviembre de 1953, que manda regular, dentro de las prescripciones generales de las Leyes de Sanidad y las de Régimen Local, las finalidades atribuidas a las Corporaciones Provinciales, como obligaciones mínimas, así como, aquellas otras que voluntariamente - atienda. Dicha reglamentación previene, en su articulo 51, la posible creación de la plaza de Decano Jefe del Cuerpo Médico de la Beneficencia Provincial, en su artículo 51 de la misma, cuya previsión interina debe recaer en Médico de la Beneficiencia que pertenezca al primer tercio del escalafón, según el artículo 55, concordante del 10 del Reglamento de Sanitarios Locales. El vario y amplio desenvolvimiento de los Servicios Benéfico-sanitarios de esta Excma. Diputación y el creciente prestigio de los Establecimientos que se sostienen con fondos provinciales, la necesidad imperioso de ordenar y unificar con criterio coordinador y ponderada disciplina los cometidos - que al personal técnico y técnico auxiliar señalan las disposiciones vigentes y la conveniencia de que las relaciones con aquellos técnicos lo sean a través del Decano Jefe, como órgano más idóneo determinado en el artículo 10 del Reglamento citado de 27 de noviembre de 1953, aconsejan la designación con carácter interino de un Médico de la Beneficiencia provincial, con más de quince años de servicios, al que, por su experiencia y conocimiento especifica de la vida hospitalaria y de la de los demás Establecimientos se ecomiende el cometido especifico que la Reglamentación de esta Diputación, previene. Y concurriendo estas especiales circunstancias en D. Luis Fontaíña Serrapio, Médico del Gran Hospital; el Pleno, por unanimidad, acuerda nombrarlo Decano Jefe de la Beneficencia Provincial, con carácter interino, debiendo provistarse la plaza en propiedade y por concurso restringido de méritos, una vez sea sancionada definitivamente por la Superioridad, la reglamentación de los Servicios Benéfico-sanitarios de esta Excma. Diputación. ------ Folla: 10 45. Ampliar acuerdo esta sesión reorganización del servicio de suministro de Farmacia a los Funcionarios, dando entrada al Decano Jefe y otros en la Junta organizadora. También se acuerda, como ampliación de lo resuelto en esta misma sesión, sobre pase a la Comisión de Beneficencia y Obras Sociales, del escrito de los Funcionarios que solicitan la reorganización del Servicio Farmacéutico, que el Sr. Decano interino que se designa en el día de hoy, poniéndose previamente en contacto con la Comisión de Beneficencia y oyendo a la Dirección y Administración del Gran Hospital, así como al Farmacéutico de aquel Centro y a una representación de los funcionarios de esta Diputación, proponga un nuevo régimen de suministro de medicamentos a empleados y subalternos, para que se sirvan en lo sucesivo sin entorpecimientos los medios de curación de dichos funcionarios y beneficiarios. ------ Folla: 10 46. Enterarse de escritos de agradecimiento de la Real Academia gallega; Rector Universidad de Santiago Dña. Evarista Brandao y Alcalde de Vigo. Diose cuenta de escritos de la Real Academia, acusando recibo de la subvención correspondiente al año actual, que agradece profundamente aquella institución cultural; del Magnifico y Excmo. Señor Rector de la Universidad compostelana, agradeciendo felicitación; de la Señora Doña Evarista Brandao de Molina, agradeciendo acuerdo de pésame, que se le trasladó con cocasión del fallecimiento de su hijo Don Alfonso, Alcalde de A Coruña; y del Iltmo Sr. Don Tomás Pérez Lorente, Alcalde de Vigo, testimoniando su reconocimiento por el acuerdo de felicitación de 8 de Mayo último, que se le cursará. ------ Folla: 10 47. Anunciar concurso restringido para provistar una plaza de Jefe de Negociado vacante por jubilación de D. Herberto Blanco Rodríguez. Habiendose producido una vacante de Jefe de Negociado, del Cuerpo Técnico Administrativo de esta Diputación, al jubilarse el funcionario Don Herberto Blanco Rodríguez, mediante acuerdo adoptado en sesión de 24 de marzo de 1959, y teniendo en cuenta que la última vacante de esta clase, cubierta por D. Vicente Couceiro Amor lo ha sido por el turno de antigüedad rigurosa, corresponde ahora anunciar el correspondiente concurso restringido, conforme se dispone en el artículo 234 del vigente Reglamento de Funcionario de Administración Local de 30 de mayo de 1952, para provistarse esta nueva vacante entre Oficiales del Cuerpo Administrativo que cuenten por lo menos en su escalafón respectivo con dos años de servicios. A estos efectos se presta aprobación a la convocatoria de concurso redactada por el Negociado de Personal, disponiendo su inmediata inserción en los B.B.O.O. de la Provincia y Estado, con los trámites reglamentarios. La plaza de Jefe de Negociadom cuya provisión se anuncia, se halla dotada en presupuesto con el sueldo base anual de 27.000 pesetas, y demás emolumentos reglamentarios. ------ Folla: 10 Asuntos declarados de urgencia 48. Ofrecer a la Sra. viuda e hijos del fallecido Presidente Excmo. Sr. D. Luis Suarez- Llanos Menacho el fajín y medalla que ostentaba en su cargo. En sesión extraordinaria de 24 de mayo, que el Excmo. Sr. Gobernador Civil convocara y presidiera, para adoptar acuerdos urgentes en relación con el triste motivo del fallecimiento inesperado del Excmo. Señor Don Luis Súarez-Llanos Menacho, se concentraron los honores y dedicaciones que esta Excma. Diputación consagraba a la memoria de su inolvidable Presidente; pero entre aquellos particulares extremos, que constan en acta, no se hizo mención para no aumentar el dolor de sus familiares, de una iniciativa exclusivamente sentimental e íntima que ahora expone a sus compañeros de Corporación el Señor Puig-Gaite, consistente; en que se ofrezcan a la Sra. Vda e hijos el fajín y medalla que su ilustre esposo y padre, ostentaba, como miembro destacado de la Corporación Provincial, a la que durante su breve mandato supo jerarquizar señaladamente elevando su prestigio y categorizando altamente sus funciones propias. La Diputación, por unanimidad, resuelve prestar su aprobación sentida a la propuesta del Sr. Puig Gaite. ------ Folla: 10 49. Dar cuenta de los testimonios de pésame recibidos con motivo fallecimiento Presidente, agradeciendo pruebas de condolencia. Conoce el Pleno de los númerosos testimonios de pésame cursados a esta Excma. Diputación, con el triste motivo del fallecimiento del Excmo. Sr. D. Luis Suárez- LLanos Menacho, a los que ya se han contestado individualmente, expresando la gratitud de esta Corporación por tanta pruebas de condolencia. ------ Folla: 10 50. Declarar de interés general la ocupación de una parcela en el monte "Campo Redondo ", nº 540, solicitando por D. Lino Rodríguez, para industria de machaqueo de piedra. De conformidad con el informe del Sr. Ingeniero del Servicio de Repoblación Forestal de esta Excma. Diputación, se acuerda declarar de interés general la ocupación de una parcela de terreno en el monte de la parroquia de Vincios del Ayuntamiento de Gondomar, que se denomina "Campo Redondo", número 540 del Catálogo de Utilidad Pública y que ha sido solicitada por Don Luciano y Don Lino Rodríguez Piñeiro, vecinos de Valladares, (Vigo), para instalar una industria de machaqueo de piedra, debiendo comunicarse esta resolución al Sr. Ingeniero jefe del Distrito Forestal de esta provincia, con remisión de antecedentes. ------ Folla: 10 51. Encomendar a la C. de Agricultura formule propuesta de lo que haya de interesarte del Patrimonio F. E., sobre abono a los Ayuntamientos por cuotas del Tesoro por montes consorciados. Encomendar a la Comisión de Agricultura, formule propuesta de lo que haya de interesarse del Patrimonio Forestal del estado, en cuanto al abono a los Ayuntamientos de las entidades que estos saatisfacen al Tesoro, por los terrenos que están consorciados con la diputación y aquel Patrimonio, a fines de repoblación. ------ Folla: 10 52. Enterarse del cese por motivo profesionales, como Alcalde de covelo y por tanto como Diputado de D. Carlos Romay y hacer contar el sentimiento de verse privados de su colaboración. Se entera el Pleno de que por motivos profesionales y en virtud de su nuevo destino a otro Ayuntamiento, ha cesado como Alcalde de Covelo, el diputado Provincial d. carlos Romay Martínez, y como consecunecia en el cargo que ostentaba tan prestigiosamente en esta Corporación, lamentando por unanimidad sus compañeros el verse privado de la colaboración caballerosa, inteligente y honorable que les ha prestado durante su permanencia en este Organismo provincial. ------ Folla: 10,11 53. Conceder a los Auxiliares Administrativos interinos el plus especial en la misma cuantía que disfrutan los propietarios. Se da cuenta de instancia que suscriben D. Manuel Martínez Araujo, D. Eulogio Freire Aris, Sta. Elvira Armesto Faginas, D. Agustín Estévez Lores, D. Ramón Martínez Dios, D. Francisco Rial Vázquez, D. Juan Covelo Neira y D. Ramiro Pardo Martínez, Auxiliares Administrativos con carácter interino, solicitando se les conceda el beneficio ecónomico del plus especial en la misma cuantía que vienen percibiendo los Auxiliares en propiedade. Teniendo en cuenta que los solicitantes hacer varios años, que vienen prestando servicios de carácter administrativo; que en sesión de 25 de xaneiro de 1957 se concedió a los Auxiliares titulares del Cuerpo Administrativo un plus especial de 500 pesetas mensuales, que también percibieron los solicitantes, hasta que al aplicarse los nuevos sueldos minimos establecidos por Decreto de 12 de abril de 1957, fué reabsorvido este plus por los nuevos haberes, percibiendo a partir de esta fecha y por este concepto solamente la cantidad de 1.000 pesetas anuales; considerando que los solicitantes desempeñen análogos cometidos que los Auxiliares Administrativos en propiedade, y que por sus bajos emolumentos les afecta más sensiblemente la actual carestia de vida. el Pleno acuerda con efectos a partir de 1º de junio próximo pasado, equiparar los haberes de los solicitantes a los que perciben los Auxiliares Administrativos en propiedade; con la excepción de los aumentos graduales o quinquenios, ya que por no obstentar la condición de funcionarios titulares, no les asiste el derecho a disfrutarlos. A fin de normalizar definitivamente la situación administrativa de estos empleados y asimismo la de todos aquellos que no disfrutan de nombramiento normal, se dispone que se proceda al inmediato estudio y formación de la plantilla condicionandola a las necesidades reales de los servicios. Se levantó la sesión. ------

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