ATOPO
Rexistros actuais: 1.625.133
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Acta de sesión 1964/02/21_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.071/1.1964-02-21_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1964/02/21_Ordinaria

  • Data(s) 1964-02-21 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 75 Presidente: Sr. Lorenzo Docampo. Viepresidente; Sr. Puig Gaite. Diputados: Sr. Areses Pérez, Blanco Fuentes, Carballal Morgade, Fernández Alonso, González Taboada, Massó García, Peñarredonda Fernández, Queimadelos Puime, Rey Daviña. Secretario; Sr. Casas Fernández. Interventor; Sr. Dapena Mouriño. 1. Presidida por el Iltmo. Sr. Don Enrique Lorenzo Docampo y con asistencia del Vicepresidente, Iltmo. Sr. Don Antonio Puig Gaite, y de los Diputados Sres: Areses Pérez, Blanco Fuentes, Carballal Morgade, Fernández Alonso, González Taboada, Massó García, Peñarredonda Fernández, Queimadelos Puime y Rey Daviña, celebra sesión ordinaria el Pleno de esta Excma. Diputación en el Salón de Actos del Palacio Provincial, siendo las diecisiete horas del día de hoy, veintiuno de febrero de mil novecientos sesenta y cuatro, actuando de Secretario el titular de la Corporación, Don Manuel Casas Fernández y asistiendo también el Interventor de Fondos, Sr. Dapena Mouriño. Previa lectura de las Actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria de 24 y 27 de enero último, respectivamente, que son aprobadas por unanimidad, se procede al despacho de los asuntos que figuran incluidos en el orden del día, adoptándose los acuerdos siguientes. ------ Folla: 75 Contribuciones 2. Pasar a informe de Intervención Liquidación definitiva practicada a Don Andrés Fondevila como Recaudador de Redondela. Se da cuenta de liquidación definitiva practicada al que ha sido Recaudador de Contribuciones de la Zona de Redondela, Don Andrés Fondevila Pampín, que cesó en sus funciones por renuncia voluntaria. el Pleno acuerda que, antes de aprobar dicha liquidación, informe este asunto el Sr. Interventor de Fondos provinciales. ------ Folla: 75 3. Pasar a informe de Intervención Liquidación definitiva practicada a Don Secundino Bernárdez González como Recaudador interino de la zona de Ponteareas. Se da cuenta de liquidación definitiva practicada al que ha sido Recaudador de la Zona de Ponteareas, Don Secundino Bernárdez González, por cese en su gestión como Recaudador interino de dicha zona. el Pleno acuerda que, antes de aprobar dicha liquidación, informe este asunto el Sr. Interventor de Fondos provinciales. ------ Folla: 75 4. Enterarse del resultado de la gestión recaudatoria del Servicio de Contribuciones durante el ejercicio de 1963. Es leída la Memoria anual que eleva el Jefe del Servicio de Contribuciones correspondiente a la gestión realizada por dicho Servicio durante el ejercicio de 1963, y en donde se refleja el movimiento habido durante dicho año, de las contribuciones del Estado, Arbitrios Municipales y cuotas de Entidades y Organismos, detallándose: A) En Contribuciones del Estado. Fueron puestas al cobro en voluntaria valores por 132.205.619,57 pesetas, de los que se recaudaron 125.901.278,26 pesetas, lográndose un porcentaje de recaudación del 95,23% en toda la provincia. En Ejecutiva, con unos cargos de 5.112.115,57 pesetas se realizaron ingresos por 4.633.006,23 pesetas que, al computarse con las diferencias en recaudación voluntaria de 1963, dan un porcentaje de recaudación en toda la provincia del 43,17%. En cobranza ejecutiva de certificaciones de débitos, se recibieron unidas a las pendientes del ejercicio anterior y fueron puestos al cobro 6.661 expedientes individuales de apremio, de los que se realizaron por ingresos 3.406, se dataron 1.300 y quedaron pendientes a final del ejercicio 1955. Los importes respectivos han sido de: 59.865.087,79; 12.638.032,98; 19.303.782,45 y 27.923.272,36 pesetas. B) Por Arbitrios Municipales, Canon de Higiene Pecuaria, Cámara Urbano, Cámara Sindical y Plagas del Campo, los cargos recibidos y puestos al cobro por recaudación voluntaria han sido de pesetas 9.226.512,68; 6.270.797,00; 612.678,00; 810.691,00 y 556.429,00, las cuales dieron unos promedios de recaudación en voluntaria del 96,35%, 87,00%, 95,83%, 97,18% y 95,40% respectivamente. C) Se da cuenta por último, de que los beneficios líquidos obtenidos por el ejercicio de 1963 han sido del orden de 997.278,36 pesetas para la Excma. Diputación; haciendo también mención, que desde 1º de enero de 1948 a 31 de diciembre de 1963, el total de beneficios líquidos a favor de la Excma. Diputación, ha sido del orden de 10.404.894,57 pesetas. El Pleno se entera con satisfacción del resultado obtenido. ------ Folla: 75,76 5. Aprobar las Bases para el concurso de provisión de la plaza de Recaudador de Contribuciones de Redondela. Vistos los oficios nums. 118 y 125 del Servicio de Recaudación de Contribuciones, éste último dando cumplimiento a resolución presidencial núm. 361 de 17 de febrero de 1964, por el que se ordena a dicho Servicio la confección de las Bases que han de regir el concurso para la provisión del cargo de Recaudador de la Zona de Redondela, vacante a consecuencia de renuncia del que fué Recaudador de dicha Zona, Don Andrés Fondevila Pampín, se acuerda lo siguiente: a) Ratificar la resolución presidencial num. 361 de 17 de febrero de 1964. b) Aprobar las Bases propuestas por el Servicio de Recaudación para la provisión del cargo vacante de Recaudador de Contribuciones e Impuestos del Estado en la zona de Redondela, debiendo procederse inmediatamente a la publicación de dichas Bases en los BB.OO. del Estado y la Provincia para dar cumplimiento a lo que ordena la norma 5ª del art. 27 del vigente Estatuto de Recaudación. Bases que han de regir para la provisión del cargo de Recaudador de Contribuciones e Impuestos del Estado en la zona de Redondela. Vacante por haber presentado la renuncia al cargo, el que fué Recaudador de la citada Zona Don Andrés Fondevila Pampín, que le fué admitida previa la oportuna liquidación, según resolución presidencial num. 7.466 de 31 de diciembre de 1963 y acuerdo plenario de 24 de enero de 1964, la Excma. Diputación Provincial, por Sesión Plenaria celebrada el dia 21 de febrero de 1964, acordó proveerla y la citada provisión se ajustará a las siguientes Bases; de conformidad con las normas del Estatuto de Recaudación . Primera.- Es objeto de concurso la Zona del Paritdo Judicial de Redondela que comprende los Ayuntamientos de Fornelos, Mos, Pazos de Borbén, Redondela y Soutomaior. Segunda.- El orden de preferencia corresponde a turno de funcionarios de Hacienda Pública, a la que podrán concurrir conforme a las disposiciones de la norma 2ª del citado art. 27 del repetido Cuerpo legal, todos aquellos funcionarios a los que asista este Derecho. Caso de no concurrir funcionarios de Hacienda, corresponderá la preferencia a funcionarios provinciales; y a falta de unos y otros se promoverá en turno libre. Para que un Recaudador funcionario provincial, pueda optar a la plaza que se trata, precisará reunir idénticas condiciones que las requeridas para el mismo caso de funcionarios de Hacienda, que también sean Recaudadores. Tercera.- La citada zona objeto del concurso, según el promedio del último bienio, ha tenido un cargo por Valores en Recibo por Voluntaria de 3.461.000,00 pesetas, por Contribuciones del Estado. Por cuotas de Entidades y Organismos, así como Arbitrios Municipales de 968.781,00 pesetas y de Arbitrios provinciales de Rodaje y Arrastre y Productos del Campo de 352.852,00 pesetas. La fianza exigible es del 5% para el caso de reunir la condición de funcionarios de Hacienda o de la Diputación Provincial, y del 10% en caso de ser otorgada en turno libre. Su importe será depositado en la Depositaría de Fondos Provinciales de la siguiente forma: Funcionarios. 5% para responder de la gestión del Estado 182.050,00 Ptas Funcionarios. 5% para responder de la gestión de Arbitrios Municipales, Provinciales y cuotas de En- tidades y Organismos 66.081,65 " Suman las dos fianzas 248.131,65 " Turno Libre.- 10% para responder de la gestión del Estado 364.100,00 " id .- 10% para Arbitrios y Entidades 132.163,30 " Suman las dos fianzas 496.263,30 Ptas Las citadas fianzas serán constituidas en la Depositaría Provincial en metálico o valores de los reconocidos oficialmente para estos efectos y tendrá efectividad en el plazo de dos meses, contados a partir del dia siguiente a aquel en el que se publique en el B.O. de la Provincia el designado Recaudador de la citada Zona. Si el designado Recaudador, dejase transcurrir el citado plazo que se determina en el párrafo anterior sin constitutir la citada fianza (requisito sin el cual no podrá hacerse cargo de la Zona) en caso de ser funcionario de Hacienda o Provincial, incurrirá en la sanción determinada en el Estatuto de Recaudación de excedencia voluntaria por un año, aunque hubiese renunciado al cargo objeto de esta convocatoria, siendo eliminado también de todo concurso posterior, en cualquier provincia, durante un lapso de tiempo de cuatro años. Estas fianzas pueden ser revisables por la Excma. Diputación previo acuerdo Plenario, en los casos previstos en el Estatuto de Recaudación. Caso de que dicha fianza quedase reducida por responsabiliddes de gestión, será respuesta en el término de 15 dias, cesando en tanto provisionalmente en el cargo de Recaudador. Cuarta.- El premio que se asigna dicha zona por Contribuciones del Estado en Voluntaria, será del 2,58% en cobranza voluntaria. En Ejecutiva y Certificaciones de apremio, se reconocerán a favor del Recaudador los recargos de apremio que concede el Tesoro y siempre que el promedio de recaudación voluntaria anual, alcance o sobrepase el 95% del cargo; de no alcanzar el 95% y no bajar del 90%, el 75% de dichos recargos; y no pasando del 90: solamente el 50% de los mismos. De liquidarse a la Excma. Diputación el premio de buena gestión a que se refiere el art. 195 del Estatuto de Recaudación, el importe se abonará integramente al Recaudador que por su gestión diese lugar a la liquidación de la recompensa. En la Recaudación de Arbitrios Municipales de aquellos Ayuntamientos que tienen encomendada la citada cobranza a esta Diputación tanto en Voluntaria como en Ejecutiva, tendrán los mismos premios que se otorgan para las contribuciones del Estado. En la cobranza de Organismos y Entidades, percibirá el 50% de premios que dichos Organismos otorguen tanto en Voluntaria como en los recargos de apremio de Ejecutiva. En la cobranza de Arbitrios Provinciales, percibirá: en Voluntaria de Rodaje y Arrastre, el 5% y por Productos del Campo el 3,50%. La Recaudación Ejecutiva de recibos talonario y Certificaciones de apremio de Arbitrios Provinciales, se reconocerá a favor del recaudador el 50% de los recargos, tanto los cobrados en el 1º grado como los del 2º grado de apremio. También se otorgará el premio de buena gestión, consistente en el 0,25% de los ingresos, cuando en la Recaudación voluntaria por Productos del Campo se rebase el 95% en Rodaje y Arrastre, cuando se rebase el 93%. Quinta.- La Capitalidad de la zona es la villa de Redondela, donde fijará su residencia el Recaudador nombrado. Sexta.- Caso de llegarse a turno libre, la Excma. Corporación Provincial tendrá plena libertad para adjudicar la plaza y aún para declararla desierta, si lo estimase conveniente. Séptima.- Las solicitudes para tomar parte en el concurso, se presentarán en el Registro General de la Secretaria de la Excma. Diputación, durante las horas de oficina, dentro de los 30 dias hábiles siguientes, al de la publicación de estas Bases en el B.O. del Estado, debidamente reintegradas, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 6º del Reglamento de Oposiciones y Concursos de 10 de mayo de 1957, bastará que los solicitantes en sus instancias manifiesten detalladamente que reunen todas y cada una de las condiciones exigidas, especialmente, las que puedan determinar preferencia en el nombramiento, referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación así como los demás méritos que estimen convenientes. Los que a la sazón sean Recaudadores precisará reunir y justificar mediante la certificación expedida por la respectiva Tesoreria, conforme a los requisitos que establece la norma 2ª del art. 26 del Estatuto de Recaudación. De igual forma, los que ostenten la cualidad de ex-Recaudadores referida a su gestión en el último bienio en que ejercieron el cargo. Octava.- La Excma. Diputación, terminado el plazo de presentación de solicitudes y previos los informes oportunos, resolverá el concurso dentro de los dos meses al anuncio del mismo en el B.O. del Estado. Novena.- El Recaudador que resulte nombrado, se hará cargo de la zona al finalizar el respectivo período semestral. Caso de que éste concurso no esté ultimado con todos sus trámites y la fianza impuesta antes de 1º de julio próximo, la toma de posesión (sin perjuicio de realizar el depósito de la fianza dentro del plazo reglamentario de los dos meses) quedará diferida hasta el término de la gestión del 2º semestre del ejercicio, o sea 31 de diciembre que se liquida en la primera quincena del mes de enero de 1965. Realizará el Recaudador nombrado, las cobranzas en periodo voluntario y Ejecutivo de las Contribuciones e Impuestos del Estado, así como las de Arbitrios Municipales, Provinciales y cuotas de Entidades y Organismos, ajustandose a los preceptos del Estatuto de recaudación, y a todas las ordenes que emanen del ILtmo. Sr. Delegado de Hacienda, por conducto de este Servicio y mediación de la Tesoreria; tendrá el carácter de Agente Activo de la Administración de la Hacienda Pública dentro del territorio de su zona y en el ejercicio de sus funciones gozará de las preminencias anejas a la condición de Autoridad; ajustandose por lo que se refiere al nombramiento de personal Auxiliar a lo que establece la ordenación de 9 de diciembre de 1948 y a la Plantilla designada para la zona por el ILtmo. Sr. Delegado de Hacienda. Décima.- El Recaudador se ajustará en un todo a las instrucciones del Jefe del Servicio Provincial de Contribuciones e Impuestos del Estado para la cobranza de las Contribuciones del Estado, Arbitrios Municipales y Organismos y las del Sr. Depositario de Fondos provinciales, en cuanto a Arbitiros Provinciales; especialmente en lo que se refiere a cuentas y liquidaciones de la recaudación voluntaria y ejecutiva, así como a todos los servicios que se inquieran de dicha zona. Tendrá asímismo el deber de residir en territorio de su zona y no podrá ausentarse del mismo, sin previo permiso del ILtmo. Sr. Delegado de Hacienda, que se tramitará por conducto de la Jefatura del Servicio de esta Diputación. Undécima.- Serán de cuenta del Recauddor, todos los gastos de personal auxiliar, material, locomoción, desplazamientos, así como todos cuantos acarree el desempeño de su función, incluso los impuestos que gravan los premios y derechos que se liquiden a su favor o perciba. Duodécima.- En todo lo no previsto en estas bases, se estará a lo dispuesto en la orden de concesión del Servicio a la Diputación de 10 de junio de 1947; en el Estatuto de Recaudación y demás disposiciones concordantes, y en ultimo término a los acuerdos de esta Excma. Diputación Provincial. El Presidente. Enrique Lorenzo. El Secretario. Manuel Casas, rubricados. ------ Folla: 76 Intervención 6. Aprobar relación de Deudores y Acreedores del Presupuesto Ordinario del ejercicio de 1963. Se da cuenta de las relaciones de Deudores y Acreedores que eleva el Sr. Interventor de Fondos, correspondientes al Presupuesto Ordinario de 1963, y que aparecen cifradas en la cuantía siguiente: Relación de Deudores 10.228.174,40 Relación de Acreedores 15.705.964,86 el Pleno, por unanimidad, acuerda prestar su aprobación a las relaciones precedentes. ------ Folla: 76 7. Aprobar relación de Deudores y Acreedores del Presupuesto Especial de Vias y Obras del ejercicio de 1963. Se da cuenta de las relaciones de Deudores y Acreedores que eleva el Sr. Interventor de Fondos, correspondientes al Presupuesto Especial de Vias y Obras de 1963, y que aparecen cifradas en la cuantía siguiente: Relación de Deudores 4.755.451,42 Relación de Acreedores 6.275.784,09 el Pleno, por unanimidad, acuerda prestar su aprobación a las relaciones precedentes. ------ Folla: 76,77 8. Aprobar relación de Deudores y Acreedores del Presupuesto Especial de Contribuciones del ejercicio de 1963. Se da cuenta de las relaciones de Deudores y Acreedores que eleva el Sr. Interventor de Fondos, correspondientes al Presupuesto Especial de Contribuciones de 1963, y que aparecen cifradas en la cuantía siguiente: Relación de Deudores 1.373.798,88 Relación de Acreedores 1.656.411,23 el Pleno, por unanimidad, acuerda prestar su aprobación a las relaciones precedentes. ------ Folla: 77 9. Aprobar relación de Deudores y Acreedores del Presupuesto Especial de Cooperación bienio 1962/1963. Se da cuenta de las relaciones de Deudores y Acreedores que eleva el Sr. Interventor de Fondos, correspondientes al Presupuesto Especial de Cooperación del bienio 1962/1963, y que aparecen cifradas en la cuantía siguiente: Relación de Deudores 5.459.103,00 Relación de Acreedores 7.467.449,53 el Pleno, por unanimidad, acuerda prestar su aprobación a las relaciones precedentes. ------ Folla: 77 10. Aprobar la liquidación del Presupuesto Ordinario de 1963. Por el Sr. Secretario se da lectura a la Liquidación del Presupuesto Ordinario correspondiente al ejercicio económico de mil novecientos sesenta y tres, y que aparace integrada por los documentos siguientes: a) Copia del acta de arqueo en 31 de diciembre de 1963. b) Relacion de Deudores y certificación de los acuerdos adoptados para dar de baja derechos reconocidos y liquidados. c) Relación de Acreedores y certificación de los acuerdos dando de baja obligaciones reconocidas y no satisfechas. d) Liquidación, por conceptos, de ingresos. e) Liquidación, por partidas, de gastos. f) Certificación de cantidades satisfechas y pendientes de pago, en 31 de diciembre de 1963, en concepto de subvención. g) Resumen de la liquidación que arroja los resultados siguientes: Existencia en Caja en 31-12-1963. 7.264.382,41 Restos por cobrar, en igual fecha 10.228.174,40 Suma 17.492.556,81 Restos por pagar, en igual fecha 15.705.964,86 Diferencia; Superavit 1.786.591,95 El Pleno de la Corporación, por el voto unánime de todos los Diputados asistentes, acuerda prestar su aprobación a la precedente Liquidación del Presupuesto Ordinario correspondiente al ejercicio económico de 1963, así como a todos los documentos comprendidos en la misma y que quedan relacionados. ------ Folla: 77 11. Aprobar la liquidación del Presupuesto Especial de Vias y Obras del ejercicio de 1963. Por el Sr. Secretario se da lectura a la Liquidación del Presupuesto Especial de Vias y Obras, correspondiente al ejercicio económico de mil novecientos sesenta y tres, y que aparece integrada por los documentos siguientes: a) Copia del acta de arqueo en 31 de diciembre de 1963. b) Relacion de Deudores y certificación de los acuerdos adoptados para dar de baja derechos reconocidos y liquidados. c) Relación de Acreedores y certificación acreditativa de no haberse producido baja alguna en obligaciones reconocidas y no satisfechas. d) Liquidación, por conceptos, de ingresos. e) Liquidación, por partidas, de gastos. f) Resumen de liquidación, que arroja los resultados siguientes: Existencia en Caja en 31-12-1963. 2.584.510,80 Restos por cobrar, en igual fecha 4.755.451,42 Suma 7.339.970,22 Restos por pagar, en igual fecha 6.275.784,09 Diferencia; Superavit 1.064.186,13 El Pleno de la Corporación, por el voto unánime de los Diputados asistentes, acuerda prestar su aprobación a la precedente Liquidación del Presupuesto Especial de Vias y Obras correspondiente al ejercicio económico de 1963, así como a todos los documentos comprendidos en la misma y que quedan relacionados. ------ Folla: 77 12. Aprobar la liquidación del Presupuesto Especial de Contribuciones de 1963. Por el Sr. Secretario se da lectura a la Liquidación del Presupuesto Especial de Contribuciones, correspondiente al ejercicio económico de mil novecientos sesenta y tres, y que aparece integrada por los documentos siguientes: a) Copia del acta de arqueo en 31 de diciembre de 1963. b) Relacion de Deudores y certificación acreditativa de no haberse producido baja alguna en derechos reconocidos y liquidados. c) Relación de Acreedores y certificación acreditativa de no haberse producido baja alguna en obligaciones reconocidas y no satisfechas. d) Liquidación, por conceptos, de ingresos. e) Liquidación, por partidas, de gastos. f) Resumen de liquidación, que arroja los resultados siguientes: Existencia en Caja en 31-12-1963. 516.365,23 Restos por cobrar, en igual fecha 1.373.798,88 Suma 1.890.164,11 Restos por pagar, en igual fecha 1.656.411,23 Diferencia; Superavit 223.752,88 El Pleno de la Corporación, por el voto unánime de los Diputados asistentes, acuerda prestar su aprobación a la precedente Liquidación del Presupuesto Especial de Contribuciones correspondiente al ejercicio económico de 1963, así como a todos los documentos comprendidos en la misma y que quedan relacionados. ------ Folla: 77 13. Aprobar la liquidación del Presupuesto Especial de Cooperación del Bienio 1962/1963. Por el Sr. Secretario se da lectura a la Liquidación del Presupuesto Especial de Cooperación correspondiente al bienio 1962-63, y que aparece integrada por los documentos siguientes: a) Copia del acta de arqueo en 31 de diciembre de 1963. b) Relacion de Deudores y certificación acreditativa de no haberse producido baja alguna en derechos reconocidos y liquidados. c) Relación de Acreedores y certificación acreditativa de no haberse producido baja alguna en obligaciones reconocidas y no satisfechas. d) Liquidación, por conceptos, de ingresos. e) Liquidación, por partidas, de gastos. f) Resumen de liquidación, que arroja los resultados siguientes: Existencia en Caja en 31-12-1963. 2.008.346,73 Restos por cobrar, en igual fecha 5.459.103,00 Suma 7.467.449,73 Restos por pagar, en igual fecha 7.463.449,53 Diferencia; Superavit 0,20 El Pleno de la Corporación, por el voto unánime de los Diputados asistentes, acuerda prestar su aprobación a la precedente Liquidación del Presupuesto Especial de Cooperación correspondiente al bienio 1962-63, así como a todos los documentos comprendidos en la misma y que quedan relacionados. ------ Folla: 77 14. Aprobar Cuenta de Caja correspondiente al 4º trimestre de 1963 del Presupuesto Extraordinario "A". Visto el informe del Sr. Interventor de Fondos, el Pleno acuerda aprobar la Cuenta de Caja del Presupuesto Extraordinario "A" que, correspondiente al 4º trimestre de 1963, rinde el Sr. Depositario de Fondos y cuyo resumen es el siguiente: Importan los ingresos 10.145,66 Importan los gastos ------ Existencia en Caja para el siguiente ejercicio 10.145,66 ------ Folla: 77 15. Aprobar Cuenta de Caja correspondiente al 4º trimestre de 1963 del Presupuesto Extraordinario "C". Visto el informe del Sr. Interventor de Fondos, el Pleno acuerda aprobar la Cuenta de Caja del Presupuesto Extraordinario "C" que, correspondiente al 4º trimestre de 1963, rinde el Sr. Depositario de Fondos y cuyo resumen es el siguiente: Importan los ingresos 29.509,30 Importan los gastos 4.403,04 Existencia en Caja para el siguiente ejercicio 25.106,26 ------ Folla: 77 16. Aprobar Cuenta de Caja correspondiente al 4º trimestre de 1963 del Presupuesto Extraordinario "D". Visto el informe del Sr. Interventor de Fondos, el Pleno acuerda aprobar la Cuenta de Caja del Presupuesto Extraordinario "D" que, correspondiente al 4º trimestre de 1963, rinde el Sr. Depositario de Fondos y cuyo resumen es el siguiente: Importan los ingresos 49.717,74 Importan los gastos --------- Existencia en Caja para el siguiente ejercicio 49.717,74 ------ Folla: 77,78 17. Aprobar Cuenta de Caja correspondiente al 4º trimestre de 1963 del Presupuesto Extraordinario "E". Visto el informe del Sr. Interventor de Fondos, el Pleno acuerda aprobar la Cuenta de Caja del Presupuesto Extraordinario "E" que, correspondiente al 4º trimestre de 1963, rinde el Sr. Depositario de Fondos y cuyo resumen es el siguiente: Importan los ingresos 246.887,95 Importan los gastos 49.436,84 Existencia en Caja para el siguiente ejercicio 197.451,11 ------ Folla: 78 18. Aprobar Cuenta de Caja correspondiente al 4º trimestre de 1963 del Presupuesto Extraordinario "F". Visto el informe del Sr. Interventor de Fondos, el Pleno acuerda aprobar la Cuenta de Caja del Presupuesto Extraordinario "F" que, correspondiente al 4º trimestre de 1963, rinde el Sr. Depositario de Fondos y cuyo resumen es el siguiente: Importan los ingresos 1.205,50 Importan los gastos ------------- Existencia en Caja para el siguiente ejercicio 1.205,50 ------ Folla: 78 19. Aprobar Cuenta de Caja correspondiente al 4º trimestre de 1963 del Presupuesto Extraordinario "G". Visto el informe del Sr. Interventor de Fondos, el Pleno acuerda aprobar la Cuenta de Caja del Presupuesto Extraordinario "G" que, correspondiente al 4º trimestre de 1963, rinde el Sr. Depositario de Fondos y cuyo resumen es el siguiente: Importan los ingresos 3.009.049,20 Importan los gastos 2.859.253,72 Existencia en Caja para el siguiente ejercicio 149.795,48 ------ Folla: 78 20. Aprobar Cuenta de Caja correspondiente al 4º trimestre de 1963 del Presupuesto Especial de Vias y Obras. Visto el informe del Sr. Interventor de Fondos, el Pleno acuerda aprobar la Cuenta de Caja del Presupuesto Especial de Vias y Obras que, correspondiente al 4º trimestre de 1963, rinde el Sr. Depositario de Fondos y cuyo resumen es el siguiente: Importan los ingresos 7.445.531,71 Importan los gastos 4.861.012,91 Existencia en Caja para el siguiente ejercicio 2.584.518,80 ------ Folla: 78 21. Aprobar Cuenta de Caja correspondiente al 4º trimestre de 1963 del Presupuesto Especial de Contribuciones. Visto el informe del Sr. Interventor de Fondos, el Pleno acuerda aprobar la Cuenta de Caja del Presupuesto Especial de Contribuciones que, correspondiente al 4º trimestre de 1963, rinde el Sr. Depositario de Fondos y cuyo resumen es el siguiente: Importan los ingresos 4.757.690,27 Importan los gastos 4.241.325,04 Existencia en Caja para el siguiente ejercicio 516.365,23 ------ Folla: 78 22. Aprobar Cuenta de Caja correspondiente al 4º trimestre de 1963 del Presupuesto Especial de Cooperación. Visto el informe del Sr. Interventor de Fondos, el Pleno acuerda aprobar la Cuenta de Caja del Presupuesto Especial de Cooperación que, correspondiente al 4º trimestre de 1963, rinde el Sr. Depositario de Fondos y cuyo resumen es el siguiente: Importan los ingresos 4.989.345,39 Importan los gastos 2.980.998,66 Existencia en Caja para el siguiente ejercicio 2.008.346,73 ------ Folla: 78 23. Aprobar Cuenta de Caja del Presupuesto de Valores Independientes y Auxiliares del año 1963. Visto el informe del Sr. Interventor de Fondos, el Pleno acuerda aprobar la Cuenta de Caja de Valores Independientes y Auxiliares del Presupuesto correspondiente al año de 1963, que rinde el Sr. Depositario de Fondos provinciales y cuyo resumen es el siguiente: Existencia en Caja Valores efectivos Valores nominales Total en fin de ejercicio 3.922.842,52 2.854.853,19 6.777.695,71 ------ Folla: 78 24. Devolver a D. José Malvar Figueroa, fianza constituida para responder de obras de reparación c.v. Viascón a Carballedo. Se da cuenta de expediente incoado en virtud de instancia del contratista Don José Malvar Figueroa, solicitando la devolución de fianza constituida para responder de las obras de "Reparación del c.v. de Viascón a Carballedo". el Pleno, vistos los informes que al efecto emiten el Sr. Ingeniero-Director de Vias y Obras provinciales y la Intervención de Fondos, acuerda acceder a lo solicitado y se proceda a la devolución de dicha fianza consistente en pesetas 5.314,60, constituida por Mandamientos de ingreso nums. 1850 y 3418, de fechas 3 de julio y 5 de noviembre de 1962, al contratista Don José Malvar Figueroa. ------ Folla: 78 25. Devolver a D. José Malvar Figueroa, fianza constituida para reparación del c.v. de O Grove a San Vicente. Se da cuenta de expediente incoado en virtud de instancia del contratista Don José Malvar Figueroa, solicitando la devolución de fianza constituida para responder de las obras de "Reparación del c.v. de O Grove a San Vicente". el Pleno, vistos los informes que al efecto emiten el Sr. Ingeniero-Director de Vias y Obras provinciales y la Intervención de Fondos, acuerda acceder a lo solicitado y se proceda a la devolución de dicha fianza consistente en pesetas 519,34, constituida por Mandamientos de ingreso nums. 2598, de 1º de septiembre de 1962, al contratista Don José Malvar Figueroa. ------ Folla: 78 26. Devolver a D. José Malvar Figueroa, fianza constituida para responder de obra de "Reparación del c.v. al Sanatorio de A Lanzada". Se da cuenta de expediente incoado en virtud de instancia del contratista Don José Malvar Figueroa, solicitando la devolución de fianza constituida para responder de las obras de "Reparación del c.v. al Sanatorio de A Lanzada". el Pleno, vistos los informes que al efecto emiten el Sr. Ingeniero-Director de Vias y Obras provinciales y la Intervención de Fondos, acuerda acceder a lo solicitado y se proceda a la devolución de dicha fianza consistente en pesetas 578,58, ingresadas por Mandamientos de ingreso nums. 2600, de 1º de septiembre de 1962, al contratista Don José Malvar Figueroa. ------ Folla: 78 27. Devolver a D. José Malvar Figueroa, fianza constituida para responder de obra de "Reparación del c.v. de la carretera de Marin al Con al Cuartel de Figueirido". Se da cuenta de expediente incoado en virtud de instancia del contratista Don José Malvar Figueroa, solicitando la devolución de fianza constituida para responder de las obras de "Reparación de la carretera de Marin al Con al Cuartel de Figueirido". el Pleno, vistos los informes que al efecto emiten el Sr. Ingeniero-Director de Vias y Obras provinciales y la Intervención de Fondos, acuerda acceder a lo solicitado y se proceda a la devolución de dicha fianza consistente en pesetas 690,00, ingresadas por Mandamientos de ingreso nums. 2599, de 1º de septiembre de 1962, al contratista Don José Malvar Figueroa. ------ Folla: 78 28. Devolver a D. José Malvar Figueroa, fianza constituida para responder de obra de "Reparación del c.v. del Calvario a A Guia trozo de acceso al Aeropuerto Peinador". Se da cuenta de expediente incoado en virtud de instancia del contratista Don José Malvar Figueroa, solicitando la devolución de fianza constituida para responder de las obras de "Reparación del c.v. del Calvario a A Guia, trozo de acceso al Aeropuerto de Peinador". el Pleno, vistos los informes que al efecto emiten el Sr. Ingeniero-Director de Vias y Obras provinciales y la Intervención de Fondos, acuerda acceder a lo solicitado y se proceda a la devolución de dicha fianza consistente en pesetas 1.327,68, ingresadas por Mandamientos de ingreso nums. 3628, de 23 de noviembre de 1962, al contratista Don José Malvar Figueroa. ------ Folla: 78 29. Devolver a D. José Malvar Figueroa, fianza constituida para responder de obra del Lote nº 2 "Reparación del c.v. del Calvario a Vincios". Se da cuenta de expediente incoado en virtud de instancia del contratista Don José Malvar Figueroa, solicitando la devolución de fianza constituida para responder de las obras del Lote nº 2 "Reparación del c.v. del Calvario a Vincios". el Pleno, vistos los informes que emiten la Intervención de Fondos provinciales y la Dirección de Vias y Obras, acuerda dar por finalizado el contrato establecido con Don José Malvar Figueroa para las obras en cuestión y autorizarle para proceder a retirar la fianza establecida para responder de las mismas. ------ Folla: 78 30. Devolver a D. José Malvar Figueroa, fianza constituida para responder de obra de "Reparación del c.v. nº 65-C de O Grove a San Vicente". Se da cuenta de expediente incoado en virtud de instancia del contratista Don José Malvar Figueroa, solicitando la devolución de fianza constituida para responder de las obras de "Reparación del c.v. nº 65-C de O Grove a San Vicente". el Pleno, vistos los informes que al efecto emiten el Sr. Ingeniero-Director de Vias y Obras provinciales y la Intervención de Fondos, acuerda acceder a lo solicitado y se procede a la devolución de dicha fianza consistente en pesetas 9.036,97, ingresadas por Mandamiento de ingreso núm. 4065 de 28 de diciembre de 1962, al contratista Don José Malvar Figueroa. ------ Folla: 78 31. Devolver a D. José Malvar Figueroa, fianza constituida para responder de obra del Lote nº 4 "Reparación del c.v. de Panxón a Monteferro y c.v. de Corujo a Canido". Se da cuenta de expediente incoado en virtud de instancia del contratista Don José Malvar Figueroa, solicitando la devolución de fianza constituida para responder de las obras del Lote nº 4 "Reparación del c.v. de Panxón a Monteferro y del c.v. de Corujo a Canido". el Pleno, vistos los informes que al efecto emiten la Intervención de Fondos provinciales y la Dirección de Vias y Obras, acuerda dar por finalizado el contrato establecido con Don José Malvar Figueroa para las obras en cuestión y autorizarle para proceder a retirar la fianza establecida para responder de las mismas. ------ Folla: 78 32. Comunicar al Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento que esta Diputación no necesita realizar operacion de Tesoreria para hacer frente a los pagos de aumento de emolumentos a funcionarios. Se da cuenta de oficio de 7 de febrero actual, dirigido a la Presidencia por la Jefatura Provincial del Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales, interesando manifieste la Diputación si necesita concertar "operación excepcional de Tesoreria", para poder liquidar sus obligaciones con el personal, correspondiente a las mejoras y periodo semestral del pasado ejercicio económico. Visto el informe emitido por el Sr. Interventor de Fondos, y de conformidad con el mismo, se acuerda que, habiendose ya habilitado y suplementado en el Presupuesto de 1963, las cantidades necesarias para atender al pago de los haberes de personal, como consecuencia de la aplicación de la Ley de 20 de julio último, sobre mejora de emolumentos a los funcionarios de Administración Local, no es necesario acertar operación alguna de Tesoreria. ------ Folla: 78,79 Cooperación 33. Enterarse de resolución del Ministerio de la Gobernación aprobando cambio de aplicación de subvención al Ayuntamiento de Cerdedo. Se entera el Pleno de resolución adoptada por el Ministerio de la Gobernación, en el sentido de autorizar el cambio de aplicación de la subvención concedida al Ayuntamiento de Cerdedo, dentro del Plan bienal de Cooperación 1962/63 por importe de 15.000 pesetas para una "Fuente en Cerdedo", al objeto de transferirlas a las obras de "Cubierta de dos lavaderos en Cerdedo", debiendo trasladarse tal resolución al Ayuntamiento interesado. ------ Folla: 79 34. Enterarse de resolución del Ministerio de Gobernación aprobando cambio de aplicación de subvención en el Ayuntamiento de Poio. Se entera el Pleno de resolución adoptada por el Ministerio de la Gobernación, en el sentido de autorizar el cambio de aplicación de la subvención concedida al Ayuntamiento de Poio, dentro del Plan bienal de Cooperación 1962/63, por importe de 160.000 pesetas para "Acondicionamiento de la Playa de Lourido", al objeto de transferirlas a las obras de construcción siguientes: Lavadero cubierto en San Salvador 23.000,00 Tres fuentes y lavaderos cubiertos en San Salvador 70.000,00 Una fuente y un lavadero cubierto en Combarro 22.000,00 Una fuente y un lavadero cubierto en Samieira 25.000,00 Un lavadero cubierto en Raxó 20.000,00 debiendo darse traslado de tal resolución al Ayuntamiento interesado. ------ Folla: 79 35. Enterarse de resolución del Ministerio de la Gobernación aprobando el Plan Bienal de Cooperación 1964/65 con las salvedades que se insertan. Se entera el Pleno de resolución dictada por el Ministerio de la Gobernación, aprobatoria del Plan bienal de Cooperación 1965/65, con las salvedades y reparos siguientes: 1º. Se aprueba el Plan, "salvo la partida de 160.000 pesetas destinadas al Centro Cultural de Mourente, en el Municipio de Pontevedra". 2º. Si las obras proyectadas en los Municipios de A Estrada, Lalín, Vigo y Vilagarcia de Arousa, han de aplicar a beneficiar directamente a núcleos rurales de menos de 10.000 habitantes, la Diputación las mantendrá en el Plan y remitirá a este Ministerio la documentación acreditativa de estos extremos. En otro caso, excluirá las obras del Plan. 3º. Las economías que resulten de la aplicación de lo dispuesto en los números anteriores, pero dando cuenta a este Ministerio, en uno de los siguientes fines: para una partida destinada a revisión o reforma de proyectos de obras incluidas en el Plan; para incrementar el Capital de la Caja de Cooperación. En consecuencia, el Pleno acuerda: a) La economía de 160.000 pesetas resultante de la aplicación de lo dispuesto en el núm. 1 pasa a incrementar el capital de la Caja de Cooperación. b) Por lo que respecta a las obras proyectadas en los Municipios de A Estrada, Lalín, Vigo y Vilagarcia de Arousa, se acuerda mantenerla en el Plan por aplicarse en núcleos rurales de dichos términos que no exceden de 10.000 habitantes o beneficiar directamente a los mismos, circunstancia que habrá de justificarse documentalmente ante el Ministerio de la Gobernación, según lo dispuesto en el apartado 2 de la resolución referida. c) Que se participe a los Ayuntamientos implicados en el Plan la aprobación del mismo, especificando detalladamente las obras y demás circunstancias, a medio de la oportuna Circular. ------ Folla: 79 36. Enterarse de resolución del Plan complementario al Bienal de Cooperación 1964/65, procedente de la consignación del Recurso Nivelador. Se entera el Pleno de resolución dictada por el Ministerio de la Gobernación, aprobatoria del Plan complementario al Bienal de Cooperación 1964/65, cuyo importe se eleva a pesetas 949.578,91, procedentes de la consignación inicialmente destinada a recurso nivelador en el Presupuesto Ordinario de 1963, en cumplimiento de las normas contenidas en la orden de 9 de febrero de 1963. Al propio tiempo se acuerda participar a los Ayuntamientos beneficiarios del Plan la aprobación del mismo, especificando detalladamente las obras aprobadas a cada uno, subvención concedida y demás circunstancias a medio de la oportuna Circular. ------ Folla: 79 Arbitrios 37. Acceder a lo solicitado por el Gremio Fiscal de Tejas y ladrillos y establecer nueva cifra para concierto. Se da cuenta de escrito suscrito por el Presidente del Grupo Fiscal de Tejas, Ladrillos, Refractario y Grés, de fecha 29 de enero pasado, en el que expone que estudiada por la Junta Provincial del mencionado Grupo las condiciones establecidas para la formalización de un concierto para pago del arbitrio riqueza provincial durante el actual ejercicio de 1964, resulta que les parece muy elevada e imposible de aceptar, la cifra de 850.000 pesetas que se les asignó, pues alegan que desde hace algún tiempo se vienen importando materiales cerámicos de Portugal con la consiguiente merma en la producción y volumen de operaciones en las fábricas de la provincia. Termina proponiendo la cifra definitiva de 750.000 pesetas. Visto asimismo el informe del Jefe del Negociado de Arbitrios el Pleno acuerda establecer la cifra de 750.000 pesetas, para pago del arbitrio riqueza provincial, durante el ejercicio de 1964. ------ Folla: 79 38. Desestimar petición del Grupo de Cordelería proponiendo reducción de los componentes del Gremio y de la cifra de concierto. Se da cuenta de escrito de Secretario del Sindicato Textil, en funciones de Presidente, en nombre de los industriales del Grupo Sindical de Cordeleria, de fecha 28 de diciemrbe del pasado año, en el que expone que reunida la Junta General del mencionado Grupo, acordaron someter a la consideración de esta Diputación un nuevo estudio para pago del Arbitrio sobre Riqueza Provincial, en régimen de concierto para el año 1964. Alega que la situación de los cordeleros manuales es muy precaria, haciendo totalmente imprevisible el que estas modestísimas empresas subsistan como tales en el próximo año. Proponen que el referido Grupo quede compuesto por las Empresas, Ceferino Carnero Carnero; Pío Rey Rodríguez; Jaime Alonso Comesaña; Luciano Alonso Fernández; Albino Pampillón; Cordelería M.A.R.; Agustín Landín Pesqueira; Faustino Casado Beltrán y Diego García Moral. Visto así mismo el informe del Jefe del Negociado de Arbitrios, el Pleno acuerda no acceder a lo solicitado por el Gremio Fiscal de Cordelería. Hacer firme la cuota acordada en sesión de 9 de diciembre del pasado año de 340.000 pesetas y que en caso de no ser aceptada, pasen a tributar todos los industriales componentes del mismo con arreglo a lo dispuesto en los artículos 12, 13 y 14 de la ordenanza, que comprende a los que optan por el sistema de declaración jurada. ------ Folla: 79,80 39. Dar cuenta de memoria de la Presidencia sobre recaudación y cobranza del arbitrio, riqueza provincial durante 1963 y felicitar a la Presidencia por la atención dedicada a tal gestión. Se da cuenta de la memoria que presenta el ILtmo. Sr. Presidente, sobre recaudación y cobranza del Arbitrio Riqueza Provincial, correspodiente al año 1963, y que dice: "Al tomar posesión como Presidente de esta Diputación, en el mes de junio de 1963, uno de los problemas que más me preocupaba era poder continuar con el ritmo creciente que a la situación económica de este Organismo había impulsado mi querido antecesor en el cargo Don Prudencio Landín Carrasco, hoy Gobernador Civil de la provincia de Guadalajara, y por lo tanto mi mayor atención debía dedicarla a las dependencias que tenían a su cargo la función relacionada con los ingresos con que se nutre el presupuesto de esta Diputación. La Ley de Régimen Local, Texto refundido de 24 de junio de 1955, en su articulo 622 autorizó a las Diputaciones para establecer un arbitrio sobre la riqueza provincial. Este arbitrio que se viene percibiendo desde el año 1954, en virtud del Decreto de 18 de diciembre de 1953, es francamente audaz y ello por dos razones: primera, por la extensión de conceptos gravables casi de alcance exhaustivo mirando a las fuentes de riqueza ubicadas en la provincia; y segundo, por la novedad que implica para el contribuyente su cooperación al presupuesto provincial. Con estos medios al alcance de la Diputación, y teniendo en cuenta las directrices anteriores, comencé el estudio de un mayor rendimiento del arbitrio sobre la riqueza provincial, para hacer frente a las obligaciones que nos impone la Ley 108/63 y demás disposiciones dictadas para cumplimiento de los preceptos de la misma. Siendo las Diputaciones, por su carácter representativo de las provincias; participes de la soberanía del Estado, comparten, dentro de ciertos límites que el propio Estado les señala, una de las más características manifestaciones de aquella soberanía; la potestad tributaria, la cual no es más que la facultad de establecer con carácter general, y luego aplicar y recaudar, los tributos o exacciones, nos vimos en la necesidad de marcar una pauta de prudencia, de mucho tino, de discretos tanteos y, en suma, de cautelosa meditación, al acometer las medidas que a continuación os expongo. En primer lugar, por acuerdo de sesión plenaria de 30 de agosto de 1963, se denunciaron la mayoría de los conciertos vigentes a fin de poder revisar las cifras con que venían tributando, estos conciertos de Gremios y Empresas fueron los siguientes: Gremio Fiscal de Tejas y Ladrillos, Refractario y Grés; Gremio de Maderas, leñas y resinas; Gremio de Industrias Químicas y Farmaceúticas; Gremio de Confección de Ropas; Gremio de Lejias; Gremio de Botones, Gremio de Velas y Bujias; Gremio de Cordeleria; Gremio de Calzados; Gremio de Chocolates; Gremio del Metal; Gremio Subproductos Pesca; Gremio de Gaseosas; José Ferreira, peines; Tomás Carnero Pombal, articulos de viaje; Manuel Varela, pirotecnia; Toldos Bilgo; Manuel Corbal, productos limpieza; Pedramol, productos limpieza; Ramón Diéguez, cal; Pereira Barreira, S.L., cal; Vda. Ramón Martín Vega, cal; Pinturas Glutom, pinturas; Cia. Viguesa de Pinturas; Marcelino Fernando Lago, jabones; S.A. La Barxa, cerveza; José Rodríguez, carpintero; Manuel Miguez, carpintero; Constantino Garrido, carpintero; Eladio Morenza, muebles; Massó Hermanos, S.A., hielo; El Frio Industrial, hielo; Eugenia Blanco, quesos; Senén Álvarez Andujar, carnes; José Viñas, carnes; y Victoriano Viñas Pérez, carnes. Después de amplios estudios y numerosas entrevistas con componentes de Gremios y Empresas particulares, se llegó al siguiente resultado: Conciertos que se establecieron Cuota anterior Cuota para 1964 Gremio Fiscal de Lejias 10.929,32 17.000,00 " " de Botones 30.000,00 35.000,00 " " de Calzados 20.000,00 26.000,00 " " de Metal 2.420.000,00 3.500.000,00 " " de Velas y Bujias 21.500,00 30.000,00 " " de Tejas y Ladrillos 625.000,00 750.000,00 " " de Maderas 2.600.000,00 3.400.000,00 " " de Ropas 400.000,00 600.000,00 " " de Chocolates 180.000,00 250.000,00 " " de Gaseosas 350.000,00 500.000,00 " " de Caucha " " de Bacalao " " de Subproductos Pesca 110.000,00 110.000,00 Tomás Carnero Pombal, articulos viaje 9.000,00 15.000,00 Manuel Corbal Hernández, productos limpieza 6.500,00 9.350,00 Pedramol, productos limpieza 33.000,00 38.000,00 Ramón Diéguez Carlés, cal 6.200,00 10.000,00 Pereira Barreiro, S.L., cal 6.500,00 10.000,00 Vda. Román Martín Vega, cal 6.875,00 10.000,00 Cia Viguesa de Pinturas 67.200,00 80.000,00 Cervezas de Santander, S.A. 190.000,00 300.000,00 Constantino Garrido, carpintero 5.000,00 6.500,00 Frio industrial, hielo 10.500,00 11.000,00 Eugenia Blanco Bouzas, quesos 4.000,00 5.000,00 Eduardo Rey Durán, mármol 15.000,00 Industrias Frigorificas del Louro 170.000,00 Granitos de Galicia, S.A. 27.500,00 Resumiendo, podemos decir que se renovaron los conciertos Gremiales y 11 individuales, se prorrogaron 25 concieros y se establecieron 5 nuevos conciertos, todo ello dió por resultado asegurar la cobranza del Arbitrio para el año 1964 en régimen de concierto en la cantidad de 16.125.330,00 pesetas. La recaudación del Arbitrio sobre la riqueza provincial en el año 1963, experimentó un aumento considerable en relación con los ejercicios anteriores, y sobrepasó en mucho la cantidad que se había consignado en el presupuesto, que era de 30.000.000 de pesetas. Como dato importante relacionaremos a continuación la recaudación obtenida por el Arbitrio riqueza provincial a partir del año 1958, en que este importante concepto de la economía provincial empezó a dar un verdadero rendimiento: Años Ingresos 1958 23.954.616,10 1959 24.642.247,89 1960 25.524.651,31 1961 27.973.216,08 1962 28.337.294,80 1963 33.565.064,17 No quisiera cansaros más enumerando las incidencias que se han producido en este tan importante capitulo de la economía de la Diputación; pero no debo terminar sin hacer constar mi agradecimiento a los Servicios de Intervención, Negociado de Arbitrios e Inspección de Rentas por la gran y definitiva colaboración en esta labor de recuperación de la hacienda provincial, que nos asegura el momento de prosperidad que estamos atravesando. El Pleno se manifiesta en ver con sumo agrado la labor que se refleja en la presente memoria y acuerda felicitar al Sr. Presidente por la atención dedicada a tan importante gestión recaudatoria del Arbitrio sobre Riqueza, que sirvió de base para asegurar el momento de prosperidad en que se desenvuelve la hacienda provincial. ------ Folla: 80 Personal 40. Hacer extensivo al personal procedente de la Agrupación temporal Militar la concesión del plus de residencia concedido a los funcionarios administrativos. Se da cuenta de escrito del Negociado de Personal, sobre la situación económica en que quedan, al aplicarse los nuevos emolumentos de los funcionarios de Administración Local, los Auxiliares Administrativos Don Enrique Vázquez Oubiña, Don Julián Martínez, Don José Bernal Egido y Don Mariano Gil Segovia, procedentes de la AgrupaciónTemporal Militar, que vienen percibiendo 4.800,00 pesetas anuales en concepto de gratificación y 22.000,00 de plus eventual de carestia de vida, y que al suprimirse con carácter general éste último plus, quedan reducidos sus haberes a las 4.800,00 pesetas anuales. Previa deliberación del caso, se acuerda hacer extensivo a cada uno de estos funcionarios el plus de residencia que, por importe de 9.000,00 pesetas anuales fué concedido a los funcionarios administrativos de esta Diputación, en sesión extraordinaria celebrada el dia 9 de diciembre de 1963, suprimiéndoseles, como al personal de Plantilla, el plus eventual de carestía de vida que venían disfrutando. ------ Folla: 80 41. Establecer el porcentaje a satisfacer por los funcionarios en el suministro de medicamentos. La instrucción 2º, dictada para aplicación de la Ley de 20 de julio último, reguladora de los nuevos emolumentos de los funcionarios de Administración Local, establece en su Regla 5 - 8, las aportaciones de los mismos para los gastos de asistencia farmaceútica, estableciendo los porcentajes del 20, 30 y 40% según los grados retributivos asignados a cada beneficiario, pero no alude a las aportaciones que a estos efectos han de hacer las Clases Pasivas. Como, en general, las aportaciones de los funcionarios para el pago de los medicamentos que consumen, se han rebajado en cuantía ya que antes y en virtud de acuerdo de 12 de junio de 1957, abonaban el 33,33% del precio de compra o factura, según se trate de Farmacia libre o de la del Hospital Provincial, se están en el caso de suplir por el Pleno la laguna de la Ley, rebajando al 20% el porcentaje con que las Clases Pasivas han de atender a este gasto. ------ Folla: 80 42. Aplicar al personal comprendido el convenio colectivo del Sindicato Provincial del Metal. Se acuerda aplicar al personal encuadrado en la Reglamentación Nacional de Trabajo en la Industria Siderometalúrgica, que presta servicio en los Talleres de Electricidad y Radio del Hogar Provincial, el Convenio Colectivo Sindical del Sindicato Provincial del Metal, para las empresas de menos de cien trabajadores, aprobado por la Delegación Provincial de Trabajo de 31 de enero de 1964, e inserto en el B.O. de la Provincia nº 29, de 6 de febrero actual. ------ Folla: 80 Asesoría Jurídica 43. Enterarse de sentencia dictada por el Juzgado de 1º instancia de Pontevedra en juicio de mayor cuantía promovido por D. José Fortunato Graña Amigo. Se da cuenta de Sentencia de 10 de enero del corriente año, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia de Pontevedra, resolviendo autos de juicio declaratorio de mayor cuantía promovidos por el Procurador de los Tribunales, Don Jacinto Mosquera Trapote, en nombre y representación de Don José Fortunato Graña Amigo, Don Carlos Romay García, Casa Hospicio y Hospital Provincial de Pontevedra y otros demandados más, declarando la nulidad por preterición del autor a las instituciones de herederos hechas por Don Angel Bugallo Camiña en su testamento de 10 de septiembre de 1956 a favor de las personas que se determinan en la Cláusula 4ª de dicho testamento. el Pleno acuerda quedar enterado. ------ Folla: 80 Central 44. Enterarse de escrito de la Dción. Gral. de Ganaderia agradeciendo acuerdo de cesión en principio de la finca "Cabanas". Se da cuenta de oficio de 24 de enero último de la Dirección General de Ganaderia, agradeciendo el acuerdo adoptado por este Pleno en sesión de 25 de noviembre pasado, por el que se dispuso en principio, la cesión de la finca "Cabanas", sita en la parroquia de Salcedo, al Ministerio de Agricultura, con destino a la construcción de un Centro Primario de Inseminación Artificial Ganadera, con sus laboratorios, viviendas y dependencias anejas. el Pleno acuerda quedar enterado. ------ Folla: 80 45. Enterarse de telegramas expresando agradecimiento. Enterarse: a) De telegramas de 12 de febrero actual dirigidos a la Vicepresidencia del Gobierno y Subsecretaría del Ministerio del Ejército, expresando la condolencia por el fallecimiento del Ministro de dicho Departamento, Teniente General Don Pablo Martin Alonso, como asímismo de telegrama de agradecimiento dirigido a la Presidencia con este motivo, por el Capitán General Don Agustín Muñoz Grandes. b) De telegramas de 25 de enero últimos dirigidos por la Presidencia a la Casa Civil de S.E. el Jefe del Estado y al Gobierno, agradeciendo la concesión del Polo de Desarrollo Industrial en esta provincia, como asímismo de telegrama y carta de contestación del Vicepresidente del Gobierno y del Director General de Administración Local. ------ Folla: 80,81 46. Expresar sentimiento por fallecimiento de D. César López Canabal. c) Hacer constar en Acta el sentimiento de la Corporación por el fallecimiento del Subjefe Provincial del Movimiento Don Cesar López Canabal, con expresión de esta condolencia a su familia. ------ Folla: 81 47. Expresar satisfacción por la designación de D. Camilo Menéndez Tolosa para Ministro del Ejército. Hacer constar igualmente en Acta la satisfacción del Pleno por el nombramiento de Ministro del Ejército a favor del Excmo. Sr. Don Camilo Menéndez Tolosa, hasta ahora Jefe de la Casa Civil de S.E. el Jefe del Estado, enterándose la Corporación de telegrama de 21 de febrero actual, de felicitación cursada por la Presidencia al nuevo ministro. ------ Folla: 81 48. Hacer constar satisfacción por designación de D. Prudencio Landin Carrasco para Gobernador de Córdoba. Por último, hacer constar en acta la satisfacción por el nombramiento hecho a favor del ilustre pontevedrés, Excmo. Sr. Don Prudencio Landin Carrasco, para el cargo de Gobernador Civil de Córdoba, enterándose asimismo el Pleno de telegrama de 15 de febrero corriente cursado por la Presidencia con este motivo al Sr. Landin Carrasco, y de otro enviado por el mismo correspondiente a la felicitación. ------ Folla: 81 Asuntos declarados de urgencia. 49. Ratificar resolución sobre personamiento en recurso presentado por cuatro funcionarios sobre denegación tácita de ejecución del Reglamento del Servicio de Inspección. Se da cuenta de resolución presidencial de fecha 19 de febrero actual, que dice así: "En cumplimiento de lo acordado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en el recurso 36/1964, interpuesto por Don Alfonso Otero Besada y tres más, contra acto administrativo recaido en el expediente sobre denegación tácita de la petición formulada interesando la ejecución del Reglamento del Servicio de Inspección de Rentas y Exacciones, se dispone el envío del expediente administrativo, acordandose el personamiento de esta Diputación, como parte demandada y con carácter de urgencia, designandose a estos efectos para su representación y defensa, respectivamente, al Procurador de los Tribunales del Ilustre Colegio de A Coruña, Don Arsenio Ouro Vázquez, y el Abogado Don José Rodríguez Pérez. De esta resolución se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre. el Pleno acuerda su ratificación. ------ Folla: 81 50. Aprobar convocatoria para provisión de la plaza de Oficial Mayor. Se da cuenta de la convocatoria redactada por el Negociado de Personal para cubrir en propiedad la plaza vacante de Oficial Mayor de esta Diputación, mediante concurso entre Secretarios de Administración Local de primera categoria, de conformidad con lo dispuesto en el vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local de 30 de mayo de 1952. el Pleno acuerda prestar su aprobación, disponiendo se inserte en los BB.OO. de la Provincia y del Estado para general conocimiento. ------ Folla: 81 51. Disponer se convoque concurso para provistar una plaza de ayudante de Vias y Obras. Vacante en plantilla una plaza de Ayudante del Servicio de Vias y Obras Provinciales, se acuerda cubrirla en propiedad mediante concurso, a cuyos efectos se dispone que por el Negociado de Personal se redacte la oportuna convocatoria, en la que se fijarán los emolumentos con arreglo a los nuevos sueldos de los nuevos sueldos de los funcionarios de Administración Local, que deberán insertarse en los BB.OO. de la Provincia y del Estado para general conocimiento. ------ Folla: 81 52. Conceder subvención para trabajos de mejora de producción de pasta y forrajes en la provincia. Se da cuenta de instancia dirigida a la Presidencia de esta Diputación por el Director del Centro de Edafología y Biología Vegetal, Don Ernesto Vieitez Cortizo, solicitando una subvención para trabajos de mejora en la producción de pastos y forrajes de la provincia de Pontevedra. el Pleno acuerda considerar esta petición, disponiendo se consigne a estos efectos la cantidad de 25.000 pesetas en el Presupuesto Ordinario de Gastos de 1964. Se levantó la sesión. ------

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