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1964-10-30_Ordinaria. Acta de sesión 1964/10/30_Ordinaria
Acta de sesión 1964/10/30_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.072/1.1964-10-30_Ordinaria
Título Acta de sesión 1964/10/30_Ordinaria
Data(s) 1964-10-30 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 32 1. Presidida por el Iltmo. Sr. Don Enrique Lorenzo Docampo, y con asistencia del Vicepresidente, Iltmo. Sr. Don Antonio Puig Gaite, y de los Diputados, señores: Carbón Rodríguez, Casal Aboy, Fernández Alonso, Gómez Rodríguez, González Taboada, Hernández Zunzunegui, Legeren Campos, Martínez Garrido, Massó García, Otero Rey, Piñeiro Acosta, Salgueiro Costas y Valeiras de Tierra, celebra sesión ordinaria el Pleno de la Excma. Diputación en el Salón de Actas del Palacio Provincial, siendo las doce horas del día de hoy, treinta de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro, actuando de Secretario al titular de la Corporación, Don Manuel Casas Fernández y asistiendo también el Interventor de Fondos, Sr. Dapena Mouriño. Excusaron su inasistencia los Diputados señores Peláez Casalderrey y Queimadelos Puime. Previa lectura del Acta de la sesión ordinaria de 29 de septiembre último, que es aprobada por unanimidad, se procede al despacho de los asuntos que figuran incluidos en el Orden del Día, adoptándose los acuerdos siguientes: ------ Folla: 32 2. Aprobar Padrones del Arbitrio Productos del Campo 1963, de los Ayuntamientos que se relacionan. Arbitrios Aprobar los Padrones del Arbitrio provincial sobre Productos del Campo, correspondientes al Ejercicio de 1963, de los Ayuntamientos siguientes: Ayuntamientos Pesetas Barro 100.283'63 Nigrán 120.296'94 Portas 68.394'00 Pontecesures 8.945'00 O Grove 17.582'00 Meis 171.244'00 A Cañiza 151.900'00 Ribadumia 107.464'00 Covelo 146.699'00 Crecente 75.750'00 Cerdedo 79.288'94 Dozón 72.067'00 Bueu 31.890'00 Cangas de Morrazo 39.222'00 Moaña 19.050'00 Marin 79.564'00 Vilaboa 63.024'00 Mondaiz 149.733'00 Mondariz - Balneario 4.533'00 As Neves 59.694'00 Salvaterra de Miño 184.962'50 Ponte Caldelas 112.741'00 Cotobade 103.762'84 A Lama 64.829'00 Redondela 77.416'34 Fornelos de Montes 37.814'00 Mos 149.673'00 Pazos de Borbén 36.125'00 Soutomaior 46.233'00 A Guarda 18.083'00 Oia 35.329'33 Salceda de Caselas 76.367'00 Suma Total 2.477.965'52 El Pleno por unanimidad acuerda aprobar los Padrones mencionados. ------ Folla: 32 3. Enterarse de sentencia dictada por el Juzgado de Lalín por hurto de gravilla e interesar se promueva el pago de la indemnización. Asesoria Jurídica Se da cuenta de sentencia del Juzgado Municipal de Lalín, dictada en juicio de faltas núm. 52/64, por el que se condena a Manuel Gumersindo García Amestoy, como autor de una falta de hurto de medio metro cúbico de gravilla que se encontraba depositada en el km. 4 de la carretera local de Lalín a Ponte de San Xusto, perteneciente a esta Diputación, de la que seapropió el día 9 de julio del corriente año, siendo valorada en la cantidad de 100 pesetas. el Pleno acuerda quedar enterado de esta resolución judicial y que se interese del Juzgado Municipal de Lalín promueva el pago de la indemnización a que fué condenado en concepto de responsabilidad civil. ------ Folla: 32 4. Enterarse de la aprobación por el Ministerio de la Gobernación del Plan Adicional de Cooperación 1964/65 y que se comunique a los Ayuntamientos afectados. Cooperación Se da cuenta de resolución dictada por el Excmo. Sr. Ministerio de la Gobernación en relación con el expediente elevado para aprobación del "Plan adicional de Cooperación", por la que se aprueba el Plan propuesto y se acuerda darle la denominación de "Plan Complementario de Cooperación 1964/65. Las realizaciones del indicado Plan, se concretaban en las partidas siguientes. a) Alumbrado público, por un presupuesto total de pesetas 1.750.000'00, con una subvención provincial de 1.332.000'00 pesetas y una aportación municipal de 418.000'00 pesetas. b) Campos escolares de Deportes, por un presupuesto total de 1.000.000'00 de pesetas con una subvención provincial de 750.000'00 y aportación municipal de 250.000'00 pesetas. c) Puente en Remesquiz - Villa de Cruces, por un presupuesto total de 541.166'98 pesetas y una subvención provincial de pesetas 140.636'18. el Pleno acuerda quedar enterado y que por el Servicio de Cooperación se participe la aprobación y normas a los Ayuntamientos interesados. ------ Folla: 32 5. Aprobar la Cuenta de Caja del Presupuesto Ordinario correspondiente al primer trimestre de 1964. Depositaria de Fondos Visto el informe del Sr. Interventor de Fondos, el Pleno acuerda aprobar la Cuenta de Caja del Presupuesto Ordinario que, correspondiente al primer trimestre de 1964, rinde el Sr. Depositario de Fondos, y cuyo resumen es el siguiente: Importan los ingresos 21.504.336'39 Importan los gastos 9.727.264'27 Existencia en Caja para el siguiente trimestre 11.777.072'12 ------ Folla: 32 6. Aprobar adicional sobre cantidad consignada en obras del c.v. de Achas a Franqueira, a favor de D. Porfirio Diz Baltasar. Intervención de Fondos Se da cuenta de liquidación de las obras de construcción del c.v. de Achas - A Franqueira (Perfiles 1 al 227), que eleva el Sr. Ingeniero Director de Vias y Obras provinciales, cuyo importe asciende a la cantidad de 140.215'71 pesetas, produciéndose un adicional sobre la cantidad consignada en el presupuesto, de pesetas 25.450'71. el Pleno acuerda prestar su aprobación a dicho adicional de 25.450'71 pesetas y a la liquidación de las obras, cuyo importe deberá librarse el contratista Don Porfirio Diz Baltasar con cargo al Capº VI, Articulo 1º, Partida 29 del mismo Presupuesto el adicional de 25.450'71 pesetas, de acuerdo con el informe que al efecto emite el Sr. Interventor de Fondos provinciales. ------ Folla: 32 7. Nombrar Oficial Mayor de esta Diputación a D. Luís Pérez-Jofre Villegas. Personal Aceptar la propuesta elevada al Pleno por el Tribunal calificador del concurso anunciado en los B.B.O.O. de la Provincia y del Estado de 23 de marzo y 13 de abril del año en curso, respectivamente, para cubrir en propiedade la plaza de Oficial Mayor vacante en esta Diputación. En virtud de lo anterior, el Pleno acuerda nombrar Oficial Mayor de esta Diputación a Don Luís Pérez -Jofre Villegas, por ser el concursante de más elevada puntualuación , a quién se le asigna, si bein sea con carácter provisional hasta que por la Dirección General de Administración Local el visado a las Plantillas, el sueldo base de 32.000'00 pesetas, retribución complementaria de pesetas 25.600'00, todas ellas anuales, dos pagas extraordinarias reglamentarias con motivo del 18 de julio y festividad de Navidad, y demás emolumentos que legalmente corresponden de acuerdo con las disposiciones vigentes. Don Luís Pérez - Jofre Villegas, deberá tomar posesión de su cargo ante el sr. Secretario General en el plazo de 30 días, contado éste a partir al siguiente en que le sea notificada el presente acuerdo, expidiendosele el correspondiente título administrativo que le acredite como tal funcionario. ------ Folla: 32,33 8. Declarar admitidos al concurso para provisión de la plaza de Veterinario del Servicio de Fomento Ganadero a los Sres. que se relacionan. Finalizado el plazo de presentación de instancias, se da cuenta del expediente tramitado para cubrir en propiedade la plaza de Veterinario del Servicio de Fomento Ganadero de esta Diputación mediante concurso libre, cuya convocatoria fué anunciada en los B.B.O.O. de la Provincia y del Estado de fechas 4 y 16 de septiembre del año en curso, respectivamente. A tenor de la dispuesto en el art. 7º del Reglamento General de Oposiciones y Concursos de 10 de mayo de 1957, el Pleno declarar admitidos a los siguientes concursantes: 1.- Don Jesús Lis Lorenzo. 2.- Don Francisco Carrera Abeijón 3.- Don Manuel Fernández Álvarez 4.- Don Emilio Torres Hermida 5.- Don Isidro Domingo García López Asimismo se declara excluido de este concurso al aspirante Don Félix Esteban Sánchez Villajos, de Peraleda del Zaucejo (Badajoz), por no haber acompañado el justificante de abono de los derechos de inscripción reglamentariamente establecidos, infringiendose el citado Reglamento de Oposiciones y Concursos y las Bases de la convocatoria. Esta lista habrá de publicarse en los B.B.O.O. de la Provincia y del Estado para general conocimiento. ------ Folla: 33 9. Declarar jubilada por invalidez a la Auxiliares Administrativos Dna. Mª del Rosario Ballesteros Ingunza. Se da cuenta del expediente tramitado en su día para la jubilación por invalidez de la Auxiliar Administrativo de esta Diputación Doña María del Rosario Ballesteres Ingunza, interesada por esta misma, a causa de la pérdida de vista de ambos ojos; así como se entera el Pleno del escrito número 54.724 de fecha 6 de octubre, de la Oficina Provincial de la MUNPAL, en el cual se concreta que procede que por esta Excma. Corporación se adopte el acuerdo de jubilación por invalidez, y que se remite a la Oficina indicada el correspondiente modelo 301-21. Vista la Circular M-25/63 (36), el art. 20 de la Ley 11/60, de 12 de Mayo, y el art. 7º del Decreto 784/61, de 8 de mayo; el Pleno acuerda declarar jubilada por invalidez a la Auxiliar Administrativo, Doña María del Rosario Ballesteros Ingunza, que será en servicio con fecha de hoy. ------ Folla: 33 10. Adjudicar becas de ampliación de estudios para post-graduados en el Hospital. Se da cuenta del Acta autorizada por el Tribunal encargado de resolver el concursante anunciado en el B.O. de la Provincia número 199, de 3 de septiembre último, para la adjudicación de dos becas de ampliación de estudios, una de ellas en la especialidad de Cirugía General y otra de Tocoginecología y Obstetricia, entre Médicos recién licenciados. El Pleno, tiene a bien aceptar la propuesta del Tribunal calificador, que lleva con fecha 29 de octubre del año en curso, y en consecuencia, acuerda adjudicar la beca de Cirugía General a Don Rafael Cerveró Vázquez y la de Tocoginecología y Obstetricia a Don José Luís Llanes Méndez, en las mismas condiciones en que constan en la convocatoria inserta en el B.O. de referencia. Teniendo en cuenta que las dos becarios nombrados ahora el Pleno, se hallaban ya prestando servicios de esta clase en el Hospital Provincial el 1º de octubre del corriente año, el Pleno asímismo acuerda, que la beca asignada a cada uno de ellos se haga efectiva con efectos de 1º de octubre indicado. ------ Folla: 33,34 11. Aceptar contrato de prestación de Servicios en el Hospital Provincial a personal militar. Central Se da cuenta de copia del contrato de prestación de servicios sanitarios que por parte de esta Diputación, en la Sala Militar del Hospital Provincial, aprobado por el Director General de Servicios del Ministerio del Ejercito, que dice así: En Pontevedra, a uno de junio de mil novecientos sesenta y cuatro. El Ilmo. Sr.Tte. Coronel Presidente de la Junta Delegada de Adquisiciones y Enajenaciones, previamente autorizado por la Dirección General de Servicios de Intendencia - Segunda Sección - Hospitales. El Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra y del Patronato del Gran Hospital Provincial, autorizado por acuerdo del Pleno de la Corporación de 29 de Mayo de 1964. Con la representación que ostentan los indicados señores, Tte.Coronel y Presidente, convienen la celebración del presente contrato de Servicios Sanitarios en las Salas de "La Concepción" y "Santo Ángel" del Gran Hospital Provincial de Pontevedra, con arreglo a la siguiente: Estipulaciones Articulo 1º.- La Excma. Diputación Provincial de Pontevedra, pondrá a disposición del Ejercito, los locales que a continuación se describen: Salas de "La Concepción" y "Santo Ángel". La primera, dispondrá de 28 camas, 4 apartamentos independientes de una y dos camas para los Sres Jefes y Oficiales, Suboficiales y familia, un cuarto de baño y servicios higiénicos, un cuarto de estar y un despacho y una clínica para la Dirección de la Clinica Militar. La Sala de "Santo Angel", con 22 camas, un cuarto de baño y un apartamento de dos camas y una galeria comedor. Articulo 2º.- La alimentación de los hospitalizados en la Clinica Militar será de cuenta de la Diputación Provincial. El régimen alimenticio procurará en lo posible adaptarse al vigente para las enfermeras - militares. Articulo 3º.- La asistencia facultativa de estas salas será prestada por el Jefe de la Clínica Militar, y por los Sres. Oficiales Médicos con destino en la Plaza. Los Servicios quirúrgicos y de especialidades que requieran estos hospitalizados serán prestados unicamente por el personal perteneciente al cuadro facultativo de este Hospital Provincial a requerimiento del Jefe de la Clinica Militar. Articulo 4º.- La Diputación facilitará todo el instrumental, material de cura, de radiografía, de análisis, mobiliario, ropas y demás enseres, así como el material de oficina, impresos, papel, etc, hasta un máximo de 8.000 pesetas, y asimismo todo el personal necesario para el Servicio de las Salas, tal como Hermanas de la Caridad, mozos de Sala, enfermero y una enfermera para atención del personal femenino hospitalizado. Articulo 5º.- La Farmacia del Hospital Provincial, facilitara los medicamentos que percibe le personal hospitalizado en la Clinica Militar. Articulo 6º.- El personal sanitario del Destacamento en número que no exceda de 6, tendrá derecho a dormir en la Clínica Militar, pero su alimentación será a su cargo. Articulo 7º.- La Excma. Diputación Provincial se compromete a recibir en los locales a este efecto indicados y hasta donde lo permita la capacidad de los mismos, a todo el personal que con arreglo a las disposiciones vigentes tenga derecho a hospitalización en Hospitales Militares. La hospitalización del personal femenino con categoría de tropa, se efectuará en la sala de mujeres del Hospital Provincial, estando encargado de su asistencia directa, los Sres. Médicos de la Beneficencia Provincial, Jefes de las respectivas Clinicas. El ingreso en el Hospital se verificará mediante la oportuna baja de Hospital reglamentaria. Articulo 8º.- El Ministerio del Ejercito se compromete a abonar a la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra, por cada estancia causada por el personal de Tropa y asimilado a esta categoria, la cantidad de 92'00 pesetas. Por cada estancia que causen los señores Suboficiales, y asimilados a esta categoria y sus familiares 117'00 pesetas. Igualmente abonará por cada estancia que causen los Sres. jefes y Oficiales, asimilados y sus familiares 142'00 pesetas. Por los acompañantes de los enfermos hospitalizados en los locales independientes abonará el Ministerio del Ejercito una cantidad igual por estancia causada a la que corresponda según la categoría del enfermo a quien acompaña. En el precio de la estancia va incluido ya el suministro de medicamentos para el personal hospitalizado en la indicada Sala militar. El pago de estancias se efectuará con arreglo a lo dispuesto en la Orden de 29 de mayo de 1951, C.L. nº 45, o a la que estuviera vigente en la fecha de pago. Articulo 9º.- El Jefe de la Clínica Militar, procurará en lo posible, atempar sus deberes y ordenanzas militares, con el Reglamento de régimen interior del Hospital Provincial, para con esta coordinación conseguir la mejor marcha de los servicios. Tal como permisos de salida al exterior, visitas a los hospitalizados. Articulo 10º.- La Excma. Diputación Provincial se obliga a prestar los servicios de Rayos X, de quirófano y anestesia, laboratorio, a todo el personal con derecho a hospitalización por el ramo de guerra, aun cuando no se halle hospitalizado, previo pago por el interesado de dichos servicios según la tarifa que rija en el Hospital Provincial a estos efectos. Articulo 11º.- La Excma. Diputación Provincial, se compromete y obliga a consignar en el Presupuesto Ordinario de Gastos la cantidad de 30.000 pesetas anuales, para atender a la conversación del mobiliario y utillaje de las Salas de la Clínica Militar, librandose a favor del Médico Director de la misma, las cantidades necesarias para abonar las facturas de los trabajos que con motivo de ello se ocasionen. Articulo 12º.- La consignación presupuestaria indicada en el articulo anterior, lo será con carácter acumulativo a sobrantes de consignación no utilizada en ejercicios anteriores. Articulo 13º.- Este contrato entrará en vigor a partir del día 1º de xaneiro de mil novecientos sesenta y cuatro . La duración del contrato será de un año, automáticamente prorrogado por el tiempo indefinido, siempre que no sea denunciado con dos meses de anticipación por una de las partes contratantres. Articulo 14º.- Para lo no previsto en el presente contrato, se estará a lo dispuesto en el vigente Reglamento para la contratación de los Servicios del ramo de guerra. Articulo adicional.- Si po cualquiere circunstancia de emergencia, tal como observación y revisión de mozos, epidemias, etc, la Clínica Militar precisara mayor número de camas que las estipuladas en este Contrato, la Dirección del Hospital Provincial habilitará la fórmula adecuada para satisfacer tal demanda. Y de conformidad las partes contratantes, firman el presente que aceptan integramente. Hay un sello en tinta violta que dice: Diputación Provincial de Pontevedra.- Firma.- Ilegible.- Otro sello en tinta negra que dice: Junta Local de Adquisiciones y Enajenaciones.- Firmado : Francisco Fernández de Ana: Rubricado.- Madrid, 12 de septiembre de 1964.- Aprobado: El Director General de Servicios.- Firmado: Emilio de Laguardia:- Rubricado.- Es copia del original.- El General 2º Jefe, Luis Fernández de Pinedo Alonso, firmado y rubricado.- Hay un sello en tinta violeta que dice: Gobierno Militar de la Plaza y Provincia, Pontevedra. el Pleno acuerda ratificar este contrato, aceptando en todas sus claúsulas. ------ Folla: 34 12. Dar cuenta de aprobación por la Comisión Provincial de Servicios Técnicos del proyecto de desecación de la Marisma de O Vao y disponer se estudie la fórmula para abonar la aportación de la Diputación. Se da cuenta de escrito del gobernador Civil - Presidente de la Comisión Provincial de Servicios Técnicos, de fecha 29 de septiembre pasado, que dice lo siguiente: "A propuesta de esta Comisión Provincial de Servicios Técnicos, la Comisión Delegada de Asuntos Económicos, en sesión celebrada el día 19 de agosto último tuvo a bien aprobar para es Diputación las obras que a continuación se expresan y cuyo presupuesto y financiación se indica al dorso: "Saneamiento marismas del Vao - Pontevedra".- Dichas obras forman parte del Plan Provincial de 1964, y se llevarán a cabo de acuerdo con las instrucciones que señala el Decreto de 13 de febrero de 1958. Con independencia, esa Corporación deberá cumplimentar cuanto se ordena en el escrito de esta Comisión num. 486, de fecha 9 de junio pasado, remitiendo al efecto los documentos interesados en el mismo antes del día 10 de octubre próximo, con el fin de poder tramitar con el tiempo necesario el oportuno expediente de subasta.- De conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Ministerio de Hacienda, de fecha 23 de marzo de 1963, y ante el gran retraso que se observa con respecto al ingresos de las aportaciones de las Corporaciones Locales, se hace saber a esa Excma. Diputación de la obligación en que se encuentra de hacer frente al pago de las cantidades comprometidas en la financiación de las obras en el momento de la contratación de las mismas. Como consecuencia de ello, esa Corporación viene obligada a efectuar periódicamente su ingreso en la Delegación de Hacienda dentro del plazo de ocho días contados a partir de la fecha de aprobación de las certificaciones técnicas correspondientes a cada obra y por la cuantía proporcional que en las mismas se señale.- Del presente escrito se dará cuenta al Pleno de la Corporación Provincial de su digna presidencia, debiendo acusar recibo del mismo a vuelta de correo, prestando conformidad a las instrucciones que se contienen en el mismo.- (Dorso que se cita): Presupuesto, 4.500.000; Aportación Diputación 2.250.000, Subvención del Estado 1964, 500.000; idem, idem para 1965, 1.750.000; Plazo de ejecución, 24 meses". El Pleno acuerdo aceptar esta propuesta, disponiendo se estudie la fórmula económica para abonar la aportación de esta Diputación al Presupuesto de estas obras. ------ Folla: 34 13. Agradecer a D. José Fernández López al gesto de gxaneirosidad y filantropia por donación al Museo Provincial. Se da cuenta de carta dirigida a la Presidencia por el Director del Museo de Pontevedra, que dice así: " Iltmo. Sr: - El Benefactor del Museo Don José Fernández López ha hecho entrega al Patronato de 825 mil pesetas, de las cuales 750.000 se destinarán a la larga para adquirir fincas existentes al lado de la obra que está realizándose y de una manera inmediata para abono de obras e instalaciones que están llevándose a cabo, en tanto no se perciban ayudas que se han solicitado de diversos organismo, y 75.000 pesetas para sumar a la ayuda de la adquisición de las obras de Castelao. Al ponerlo en conocimiento de V.I. hago patente la satisfacción de este Centro al verse favorecido de nuevo por la gxaneirosidad de tan ilustre paisano nuestro.- Dios guarde a V.I. muchos años.- Pontevedra, 14 de octubre de 1964.- El Director.- Firmado: José Fernando Filgueira Valverde". Una vez más, el Pleno se complace en agradecer a Don José Fernández López este gesto de gxaneirosidad y filantropía, que demuestra, a la vez que una exquisitez de espíritu, el decidido afán de procurar el enaltecimiento de nuestro ya afamado Museo Provincial, que tan valiosas obras de arte encierra. ------ Folla: 34 14. Dar cuenta de carta de D. González Fernández de la Mora declarando prescrito la opción de compra de un solar en la Calle General Mola para vivienda de funcionarios. Se da cuenta de carta dirigida a la Presidencia, que dice así: "Madrid, 7 de octubre de 1964.- Excmo. Sr. Presidente de la Diputación Pontevedra.- Mi distinguido amigo: Como Vd sabe, cuando me visitó el Diputado Provincial, Sr. Portela, le di como último plazo la fecha de 15 de junio de 1964, para firmar la escritura de compra- venda del solar propiedade de mi madre. Posteriormente respondiendo a una petición personal de Vd por teléfono fijamos, de común acuerdo, la última semana de julio como fecha tope. El pasado día 25 de septiembre fui a visitarle en Pontevedra para comunicarle que, como es lógico, ante el silencio de esa Diputación me consideraba en absoluta libertad para disponer del solar. No tuve el gusto de encontrarle. Hoy le confirmo que considero como totalmente prescrita la opción de compra que le fue concedida. Aprovecho esta ocasión para saludarle muy atentamente y ofrecerme s.s. y amigo. Firmado: Gonzalo Fernández de la Mora, rubricado.- Hay un sello en tinta que dice: Diputación Provincial de Pontevedra.- Registro de Entrada, nº 4.832, Día 16 octubre de 1964". el Pleno acuerda quedar enterado. ------ Folla: 34 15. Trasladar al Instituto Provincial de Psicología Aplicada y Psicotécnica carta de la Cámara de Comercio de Vigo, en relación con el establecimiento de dicho Servicio en aquella ciudad. Enterarse de carta de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Vigo, que dice así. " Nos es grato acusar recibo a su atenta comunicación de 7 de los corrientes, relacionada con el antiguo proyecto de esta Cámara de que fuese habilitado en nuestra ciudad el examen psicotécnico para concesión de carnets de conducir. Con el fin de poder concretar lo extremos a que hace referencia en su escrito, es preciso que el Sr. Director del Instituto Provincial de Psicología Aplicada y Psicotécnica de esa capital se ponga en contacto con esta Cámara para concretar acerca del local de que disponemos, material y adquirir y fijar las dictas y gastos de desplazamientos. en espera de nueva información sobre el particular le anticipamos nuestro reconocimiento saludándole muy atentamente.- Dios guarde a V.I. muchos años.- Vigo, 17 de octubre de 1964.- Firmado.- El Presidente. Fernando Conde de Ponte.- El Secretario General: Manuel Posada Tapias". el Pleno acuerda trasladar esta resolución plenaria al Instituto Provincial de Psicología Aplicada y Psicotécnica, a los efectos que se indican en la carta anteriormente transcrito. ------ Folla: 34 16. Enterarse de comunicaciones de felicitación y agradecimiento de distintas autoridades. Por el Sr. Secretario General se da cuenta: a) De telegrama dirigido por la Presidencia en 3 de octubre actual a S.E. El Jefe del Estado, felicitándole por su fiesta onomástica y expresándole inquebrantable adhesión; así como de telegrama de la Casa Civil de S.E., agradeciendo la felicitación. b) De telegrama dirigido a S.E. El Jefe del Estado en 30 de septiembre último expresándole inquebrantable adhesión con motivo del XXVIII aniversario de su exaltación a la Jefatura del Estado Español; y de telegrama de la Casa Civil de S.S. expresando agradecimiento. c) De carta del Cónsul General de la República Argentina en Vigo, D. Adolfo Marcial Ibáñez, agradeciendo el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación en 29 de septiembre del año en curso, haciendo constar en acta el sentimiento de la Corporación por su traslado al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de dicha República. d) Oficio del Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de A Cañiza, de fecha 26 de octubre actual, comunicando que el Alcalde - Presidente de dicho Ayuntamiento y diputado Provincial D. Cesáreo Queimadelos Puime, se halla imposibilitado para todo trabajo debido a enfermedad que padece. ------ Folla: 34 Asuntos declarados de urgencia 17. Enterarse de las fincas adquiridas para el Servicio del Museo Provincial y llevarlas al "Libro de Invendario de Bienes". Se da cuenta de las tres escrituras de compravenda que seguidamente se relacionan, otorgadas por Doña Concepción Tapia Seoane, a favor de esta Diputación, para la adquisición de las fincas que también se mencionan, a fin de destinarlas al servicio del Museo de Pontevedra: Un solar anejo a la casa nº 8 de la calle de Gregorio Hernández, de esta capital, de 152 metros cuadrados. Asimismo de la casa de planta baja y un piso, con buhardilla, sita en la calle indicada, señalada con el nº 8, con una franja de terreno unida a su parte norte, en un ancho a todo lo largo de la misma, de 2 metros, midiendo todo ello, 258 metros, 70 decímetros cuadrados. Los lindes ambas fincas, se concentran en las escrituras de compravenda, otorgadas de ellos, ante el Notario de esta Capital, Don José Pablo Enrique Villalba el 28 de febrero de 1961 y el 3 de abril de 1964; y la otra, ante Don Luis Conde Fidalgo, el 7 de abril de 1962. el Pleno, acuerda quedar enterado de las fincas adquiridas para el servicio del meso de Pontevedra, y que, por formar parte del Patrimonio provincial, se lleve a cabo la inscripción de los mismos en el "Libro de Invendario de Bienes", con la calificación jurídica de "Bienes de Servicio Público". ------ Folla: 34 18. Enterarse del incremento de 5 ptas en las pólizas de seguro Médico quirúrgico de funcionarios y que se satisfaga con cargo a fondos provinciales. Se da cuenta de escrito Igualatorio Médico de 15 de junio último, que dice: "Siendo obligatorio, en virtud de recientes disposiciones, cubrir el riesgo de "Supercirugía" a todos los asegurados y beneficiarios de las compañías de seguro libre de enfermedad, "la Junta de Gobierno de este igualatorio acordó dar cumplimiento a las citadas disposiciones a partir del día primero de julio próximo, por lo que se gravará en cinco pesetas mensuales todas las pólizas concertadas con esta Sociedad, rogándole tomen nota de ello, para las próximas facturas. el Pleno acuerda quedar enterado, y que el incremento de las cinco pesetas de referencia se satisfagan con cargo a Fondos provinciales. ------ Folla: 34,35 19. Pasar a la Comisión de Agricultura propuesta de la Presidencia para incluir en las Bases del Consorcio con el Patrimonio Forestal la creación de pastizales. Por la Presidencia se expone que en el Consorcio establecido entre el Patrimonio Forestal del Estado y la Diputación Provincial de Pontevedra para la repoblación de la provincia no se ha previsto explicitamente la creación, conservación y regeneración de pastizales, trabajos estos que el Patrimonio está realizando en los últimos años en montes consorciados directamente, y considerando que es altamente conveniente realizar trabajos de esta índole en los montes consorciados a través de esta Diputación, estima que debe solicitarse del Patrimonio que estos trabajos sean considerados mejoras del monte, y , como tales, puedan ser realizados con cargo al fondo retenido en los aprovechamientos, según se estipula en la Base 4ª del Consorcio. A fin de resolver este asunto con los debidos asesoramientos, se acuerda por el Pleno pasarlo a estudio previo de la Comisión de Agricultura, y a la vista del informe que emita, resolver lo precedente. ------ Folla: 35 20. Pasar a informe de vías y Obras propuesta de camino vecinal de A Lanzada a San Vicente. Se da cuenta de escrito y plano del Sr. Aparejador Provincial,. sobre construcción de un ramal que una la carretera de A Lanzada a San Vicente. el Pleno acuerda pasar este asunto a informe del Sr. Ingeniero - Director de Vías y Obras provinciales. ------ Folla: 35 21. Dejar sin efecto lo adjudicación del consorcio para adquisición de solar para viviendas de funcionarios adoptada en sesión de 16-3-64 y facultara la Presidencia para compra de otro. Se da cuenta de moción de la Presidencia, por la que, en síntexis, se propone dejar sin efecto la adjudicación del concurso anunciado en los Boletines Oficiales de la Provincia y del Estado números 25 y 31, de fechas 1 y 5 de febrero del corriente año, respectivamente, anulando en su virtud el acuerdo adoptado en sesión de 16 de marzo del propio año, por el que se resolvió comprar en firme el solar ofrecido por Doña Mercedes Mon y Landa, sito en la esquina de las calles Riesta y General Mola de esta ciudad, con destino a la construcción de un bloque de viviendas para funcionarios provinciales. Tal propuesta se funda en el hecho de que dicho solar se halla afectado por un proyecto de prolongación de la calle de García Camba, objeto de múltiples reclamaciones, lo que impide al menos mientras aquellas no se resuelvan, acometer la construcción de las viviendas, que fueron aprobadas por el Ministerio de la Vivienda dentro del ejercicio económico de 1964. Así como en la circunstancia de que la propietaria del solar denunció el compromiso de venda, ante la tardanza en formalizar la escritura de compra correspondiente. Al propio tiempo y con base en la urgencia de la adquisición del solar y en que, legalmente, ha de entenderse desierto el concurso de que se deja hecho mérito, propone la adquisición de un nuevo solar por el sistema de concierto directo, a cuyo fin, deberá facultarse a miembro de la la Corporación Provincial, tan ampliamente como sea posible, para realizar cuantas gestiones y formalidades sean precisas para al compra del mismo, con la mayor urgencia. el Pleno, teniendo en cuenta que el Sr. Secretario General informa en el sentido de estar justificada la excepción del concurso, siendo del parecer que procede la adjudicación o compra del solar por el sistema de concierto directo, por unanimidad, acuerda: 1º.- Dejar sin efecto la adjudicación del concurso anunciado, anulando, en consecuencia, el acuerdo adoptado en sesión de 16 de marzo de 1964 por el que se resolviera comprar el solar ofertado por Doña Mercedes Mon y Landa. 2º.- Acordar la adquisición de nuevo solar por el sistema de concierto directo, facultandose a la Presidencia, con la mayor amplitud, para, en nombre de la Excma. Diputación realizar cuantas gestiones y formalidades precisas para la compra del mismo, con la mayor urgencia. ------ Folla: 35 22. Prorrogar para 1965 las gratificaciones y mejoras económicas concedidas a los funcionarios por acuerdo de 29-5-64 con excepción de las que se indican. Se da cuenta del acuerdo adoptado en sesión del día 29 de mayo próximo pasado, por el que se concedieron determinadas gratificaciones y demás mejoras a los funcionarios de esta Diputación. Asimismo, se entera el Plen de la Resolución de la Dirección General de Administración Local de 13 de junio de dicho año, que autorizó expresamente el establecimiento de las referidas gratificaciones y mejoras, en la forma y cuantía que se detalla en el acuerdo de 29 de mayo apuntado. Visto el articulo 676-d, de la vigente ley de régimen Local, en concordancia con el 187-c del Reglamento de Haciendas Locales; el Pleno acuerda prorrogar para el próximo ejercicio 1965 las gratificaciones y mejoras que se establecen a favor de sus funcionarios por acuerdo de 29 de mayo citado autorizadas ya por la Dirección General en la fecha referida, a excepción de las siguientes: a) La establecida a favor de un Jefe de Guardería Forestal por importe de 6.000 pesetas anuales, se acuerda ahora fijarla para el próximo año 1955 en 2.000'00 pesetas anuales, en razón de que, al asignarle un grado superior al proyectado en principio al propietario de la plaza, su sueldo y gratificación complementaria experimenta aumento, con absorción de la gratificación que nos ocupa. b) Se suprimen las gratificaciones de 6.000'00 pesetas anuales que figuran en el mentado acuerdo, a favor de "Dos Ayudantes del Servicio Forestal". Se levantó la sesión. ------
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