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Acta de sesión 1966/08/26_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.073/1.1966-08-26_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1966/08/26_Ordinaria

  • Data(s) 1966-08-26 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 73 1. Presidida por el Iltmo. Sr. Don Enrique Lorenzo Docampo y con asistencia del Vicepresidente Iltmo. Sr. Don Antonio Puig Gaite, y los Diputados señores, Don José Casal Aboy, Don Luis González Taboada, Don Alejandro Hernández Zunzunegui, Don Luciano Martínez Garrido, Don Pedro Otero Rey, Don José Luis Peláez Casalderrey, Don Victoriano Piñeiro Acosta, Don Domingo Salgueiro Costas y Don Ricardo Valeiras de Tierra, celebró sesión Ordinaria el Pleno de la Excelentísima Diputación, en el Salón de Actos del Palacio Presidencial, a las dieciocho horas, treinta minutos, del día veintiséis de agosto de mil novecientos sesenta y seis, en primera convocatoria. Actúa el Secretario interino Don Luis Jofre de Villegas y asiste el Interventor de Fondos provinciales, Don Josué Dapena Mouriño. No concurren, previa excusa, los Diputados Señores, Carbón Rodríguez, Gómez Rodríguez y Masso García. Abierta la sesión, se aprueba por unanimidad el borrador del Acta de la sesión anterior, celebrada el día 28 de julio de 1966. ------ Folla: 73 2. Declarar desierta por falta de licitadores, el concurso convocado por esta Excelentísima Diputación en el Boletín Oficial de la Provincia número 155, de fecha 8 del pasado mes de julio, recabando el concurso para concretar la colaboración de una empresa en la ejecución del Plan de Mejora de Ganado Porcino de la provincia, facultando al tiempo a la Presidencia para concertar directamente con una empresa, la colaboración en este Plan de Mejora, de acuerdo con lo que determina el apartado 5º, del artículo 41, del Reglamento de Contratación de Corporaciones Locales, en las mismas condiciones que rigieron para el concurso. ------ Folla: 73 3. Se da cuenta del Acta de la Mesa de Subasta para la adjudicación de una máquina amasadora y cortadora de pan para el Hogar Provincial, cuyo concurso había sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 148 y del Estado número 165, de fechas 30 de junio y 12 de julio del corriente año, respectivamente, de la que se desprende haber sido presentada la plica suscrita por Don José Carrera Barreiros, representante de TURU, S.A., que oferta la máquina en varios tipos y diferentes presupuestos, y a tenor de lo que preceptúa la Base XII, acuerda recabar informe del industrial panadero de esta plaza Don Benigno Abilleira. ------ Folla: 73 4. Se da cuenta del Acta de actuación de la Mesa de Subasta para la adquisición de material e instrumental quirúrgico para el Hospital Provincial, de la que se desprende haberse presentado a los distintos lotes las firmas comerciales siguientes: - "A Kunne y Compañía, S.L." de Vigo, que oferta a los lotes números 1, 2, 3 y 5. - "Establecimientos Ortopédicos Prim" de Madrid, que oferta a los lotes 1, 2, 3 y 5. - "General Eléctrica Española", de A Coruña, que oferta al lote número 5. - "Material Médico Quirúrgico", de Madrid, que oferta a los lotes números 2 y 5. - "Instalaciones Clínicas", de Madrid, que oferta a los lotes números 1, 2, 3 y 5. También se entera el Pleno de no haberse presentado pliego alguno al lote número 4, por lo que se declara desierto, y de haberse pasado a informe del Señor Director del Hospital Provincial las ofertas antes mencionados para su informe a tenor de la Base XII, de las que rigieron en el concurso. El Pleno queda enterado y acuerda facultar a la Presidencia para que realice las gestiones conducentes a la contratación directa para el suministro del Lote número 4, de acuerdo con lo que determina el apartado 5º del artículo 41 del Reglamento de Contratación de Corporaciones Locales. ------ Folla: 73 5. Se da cuenta al Pleno del Presupuesto que formule el Señor Ingeniero-Director de Vías y Obras provinciales para la reparación del puente en el camino vecinal de Prado a Vilatuxe, por un importe de 99.460,62 pesetas, así como de propuesta para su ejecución por contrato directo, dada la urgencia que requieren las obras. el Pleno acuerda aprobar dicho presupuesto y facultar a la Presidencia para contratar directamente las obras, a tenor de lo que determina el apartado 6º del artículo 41 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, debiendo librarse en su día el importe de ejecución de las obras con cargo al Capítulo VI, artículo 1º, partida 17 del vigente Presupuesto Especial de Vías y Obras provinciales, previa formalización del contrato establecido y fianza de 4.000,00 pesetas, de acuerdo con el informe que al efecto emite el Señor Interventor de Fondos. ------ Folla: 73 6. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada por la Mesa designada al efecto, de las obras de reparación del camino vecinal número 94-C, de Cesantes a O Viso, a favor del contratista "José Malvar, Construcciones, S.L.", de Pontevedra, en la cantidad de 408.423,42 pesetas; debiendo constituirse por el adjudicatario dentro de los diez días siguientes al de la notificación del presente acuerdo, la fianza definitiva de pesetas 16.336,95 pesetas, de conformidad con el artículo 82 del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 73 7. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada por la Mesa designada al efecto, de las obras de reparación del camino vecinal número 98-C, de Banda do Río (Bueu)a A Portela, a favor del contratista "José Malvar, Construcciones, S.L.", de Pontevedra, en la cantidad de 411.320,04 pesetas; debiendo constituirse por el adjudicatario dentro de los diez días siguientes al de la notificación del presente acuerdo, la fianza definitiva de pesetas 16.452,80 pesetas, de conformidad con el artículo 82 del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 73 8. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada por la Mesa designada al efecto, de las obras de reparación del camino vecinal número 154-C, de Acceso a la Estación de Catoira, a favor del contratista "José Malvar, Construcciones, S.L.", de Pontevedra, en la cantidad de 220.597,71 pesetas; debiendo constituirse por el adjudicatario dentro de los diez días siguientes al de la notificación del presente acuerdo, la fianza definitiva de pesetas 8.823,80 pesetas, de conformidad con el artículo 82 del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 73 9. Se da cuenta de expediente de subasta de las obras de reparación del camino vecinal número 83-C, de Ponteareas a Padróns, 1ª Sección, con un presupuesto de 149.850,75 pesetas, anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia número 159, de 13 de julio del corriente año y de Acta de la Mesa de Subasta, proponiendo se declare desierta la misma por falta de licitadores. el Pleno, en su consecuencia, acuerda declarar desierto el concurso subasta de reparación de este camino, debiendo anunciarse nueva subasta con arreglo a las mismas bases que rigieron en la anterior. ------ Folla: 73 10. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada por la Mesa designada al efecto, de las obras de reparación del camino vecinal número 132-C, de San Salvador de Meis a O Empalme, a favor del contratista "L. Rubianes, Construcciones, S.L." de Pontevedra, en la cantidad de 836.536,68 pesetas; debiendo constituirse por el adjudicatario dentro de los diez días siguientes al de la comunicación del presente acuerdo, la fianza definitiva de 49.864,20 pesetas, de conformidad con el artículo 82 del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 73 11. Prestar aprobación y declarar de abono la última certificación y liquidación de las obras de reparación del camino vecinal 123-C, de Acceso a la Playa de Arealonga, que eleva el Señor Ingeniero Director del Servicio de Vías y Obras provinciales, que asciende a 4.306,36 pesetas, debiendo librarse dicha suma a favor del contratista de las obras "José Malvar, Construcciones, S.L." con cargo al Capítulo VI, artículo 1º, partida 21 del Presupuesto Especial de Vías y Obras Provinciales, de acuerdo con el informe que al efecto emite el Señor Interventor de Fondos. ------ Folla: 73 12. Prestar aprobación y declarar de abono la última certificación y liquidación de las obras de reparación del camino vecinal 5-C, de O Grove a A Fianteira, que eleva el Señor Ingeniero Director del Servicio de Vías y Obras provinciales, que asciende a 2.805,38 pesetas, debiendo librarse dicha suma a favor del contratista de las obras "José Malvar, Construcciones, S.L." con cargo al Capítulo VI, artículo 1º, partida 21 del Presupuesto Especial de Vías y Obras Provinciales, de acuerdo con el informe que al efecto emite el Señor Interventor de Fondos. ------ Folla: 73 13. Prestar aprobación y declarar de abono la última certificación y liquidación de las obras de reparación del camino vecinal 46-C, de Cangas a Coiro, Sección de Rodeira a Boubeta, que eleva el Señor Ingeniero Director del Servicio de Vías y Obras provinciales, que asciende a 817,41 pesetas, debiendo librarse dicha suma a favor del contratista de las obras "José Malvar, Construcciones, S.L." con cargo al Capítulo VI, artículo 1º, partida 21 del Presupuesto Especial de Vías y Obras Provinciales, de acuerdo con el informe que al efecto emite el Señor Interventor de Fondos. ------ Folla: 73 14. Prestar aprobación y declarar de abono la última certificación y liquidación de las obras de reparación del camino vecinal 65-C, de O Grove a San Vicente, que eleva el Señor Ingeniero Director del Servicio de Vías y Obras provinciales, que importa la cantidad de 4.416,00 pesetas, debiendo librarse dicha suma a favor del contratista de las obras "José Malvar, Construcciones, S.L." con cargo al Capítulo VI, artículo 1º, partida 21 del Presupuesto Especial de Vías y Obras Provinciales, de acuerdo con el informe que al efecto emite el Señor Interventor de Fondos. ------ Folla: 73 15. Prestar aprobación y declarar de abono la última certificación y liquidación de las obras de reparación del camino vecinal 151-C, de Mollavao a O Sixto, que eleva el Señor Ingeniero Director del Servicio de Vías y Obras provinciales, que importa la cantidad de 8.118,38 pesetas, debiendo librarse dicha suma a favor del contratista de las obras "José Malvar, Construcciones, S.L." con cargo al Capítulo VI, artículo 1º, partida 21 del Presupuesto Especial de Vías y Obras Provinciales, de acuerdo con el informe que al efecto emite el Señor Interventor de Fondos. ------ Folla: 73 16. Se da cuenta de relaciones de dietas y gastos de desplazamiento causados en viajes oficiales por Don Francisco Carrera Abeijón, Veterinario del Servicio de Fomento Ganadero, durante los meses de noviembre y diciembre de 1965. Autorizados estos devengos por la Presidencia y vistos los informes del Negociado de Personal y Comisión de Gobierno, se acuerda: a) Reconocer y declarar de abono a favor de dicho funcionario la cantidad de 2.590,00 pesetas, importe de gastos de locomoción, en coche propio, de 2 pesetas km, con un recorrido de 1.295 km, con distintos Ayuntamientos de la provincia. b) Reconocer asimismo y declarar de abono la cantidad de 4.250,00 pesetas, importe de las dietas devengadas por el Señor Carrera Abeijón durante los meses de noviembre y diciembre del pasado año, en los desplazamientos antes indicados. Por la Intervención de Fondos provinciales, se arbitrará la forma de pago más pertinente para atender a este gasto. ------ Folla: 74 17. Se da cuenta de liquidaciones practicadas en 21 de julio en curso pro el Negociado de Personal, relativas a las asistencias, derechos de examen, dietas y gastos de viaje devengados por los miembros del Tribunal juzgador del concurso anunciado para cubrir en propiedad una plaza vacante de Veterinario del Servicio de Fomento Ganadero de esta Diputación, concurso éste que ha sido resuelto en el pasado año. Las liquidaciones ascienden a un total de 2.360,00 pesetas. el Pleno acuerda no adoptar resolución expresa sobre este asunto, por haber sido incluida erróneamente en el Orden del día de la presente sesión ordinaria. ------ Folla: 74 18. Se da cuenta de liquidación practicada por el Negociado de Personal, referente a las horas extraordinarias trabajadas durante los meses de junio, julio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del pasado año, por el entonces Vigilante del Hogar Provincial Don Nicanor Sánchez Casal, e invertidos en arreglo del calzado de los acogidos en dicho Centro benéfico. Visto el informe de la Comisión de Gobierno, se acuerda reconocer y declarar de abono a dicho productor, la cantidad de pesetas 7.205,08 importe de las 236 horas extraordinarias trabajadas durante el tiempo indicado. Por la Intervención de Fondos provinciales, se arbitrará la forma de pago pertinente para atender a este gasto. ------ Folla: 74 19. Se dio cuenta de una comunicación de la Administración del Hogar Provincial número 495 fecha 24 del corriente, pidiendo autorización para cubrir el régimen laboral, un puesto de Vigilante de mañana de aquel Centro benéfico, vacante por haber pasado a desempeñar su anterior titular Don Nicanor Sánchez Casal, el puesto de Maestro de Mesilla. Enterada la Corporación, acuerda que informe previamente la Intervención de Fondos, sobre la posibilidad legal de atender esta petición según la situación presupuestaria. ------ Folla: 74 20. Se da cuenta de instancia elevada a la Presidencia por Don Manuel Luaces Carballido y Doña María Insua Durán, de fecha 24 de septiembre de 1963, solicitando el abono de atrasos devengados por aplicación del Convenio Colectivo Sindical de Oficinas y Despachos de la Provincia de Pontevedra, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de 5 de Octubre de 1962. Vista la liquidación practicada a estos efectos por el Negociado de Personal y estimando el Pleno los criterios sustentados por el Señor Secretario General y Comisión de Gobierno en sus respectivos dictámenes, se acuerda reconocer y declarar de abono a favor de Don Manuel Luaces Carballido la cantidad de 5.525,00 pesetas y a Doña María Insua Durán, por el concepto antes indicado 3.106,25 pesetas. Por la Intervención de Fondos provinciales se arbitrará la forma de pago más pertinente para atender a este gasto. ------ Folla: 74 21. Se da cuenta de liquidación practicada por el Negociado de Personal en 17 de mayo último, referente a las horas extraordinarias trabajadas por el personal femenino interno, contratado en régimen laboral, que presta servicios en el Hogar Provincial, por trabajos realizados fuera de la jornada legal, durante los meses de agosto a diciembre, inclusive, a razón de una hora diaria, que asciende a la cantidad total de 38.592,52 pesetas. Vistos los informes de dicho Negociado y de la Comisión de Gobierno, se acuerda reconocer y declarar de abono al indicado personal, que comprende una cocinera, quince limpiadoras y una lavadora, la cantidad de 38.592,52 pesetas por el concepto indicado. Por la Intervención de Fondos provinciales, se arbitrará la forma de pago más pertinente para atender este gasto. ------ Folla: 74 22. Se da cuenta de instancia elevada a la Presidencia por el Mozo de Clínica del Hospital Provincial, Don José Aboal Montes, que lleva fecha 12 del pasado mes de abril y ha tenido entrada en el Registro General el día 29 del propio mes, con el número 1843, en la que se solicita el reconocimiento y abono de derechos laborales. Vistos los informes del Negociado de Personal y Comisión de Gobierno, se acuerda: a) Reconocer al Señor Aboal Montes, a todos los efectos laborales, la antigüedad de 24 de noviembre de 1964. b) Reconocerle asimismo el derecho a disfrutar las vacaciones anuales reglamentarias a razón de 30 días. c) Reconocerle también el derecho al disfrute de las gratificaciones extraordinarias de "18 de julio" y "Navidad, a razón de 30 días de salario, con antigüedad, cada una de ellas. Practicada por el Negociado de Personal la liquidación correspondiente, originada por la petición del reclamante, se acuerda reconocer y declarar de abono al Señor Aboal Montes, por atrasos y conceptos laborales que se indican, durante el tiempo que media entre el 29 de abril de 1963 y el 30 de junio de 1966, las cantidades siguientes: - 919,90 pesetas, por aumentos graduales. - 690,00 pesetas, por diferencias en gratificaciones extraordinarias. - 3.737,82 pesetas por vacaciones anuales reglamentarias no disfrutadas por exigencias del servicio. - 84,00 pesetas, por días festivos trabajados en el segundo semestre de 1965. - 115,00 pesetas por diferencias en el percibo de la gratificación extraordinaria del 18 de julio de 1966. - 336,00 pesetas, por días festivos no recuperables trabajados durante el año 1964. - 420,00 pesetas, por el mismo concepto anterior, cantidad devengada durante el 1º semestre de 1965. Por la Intervención de Fondos provinciales, se arbitrará la forma más pertinente para atender a este pago. ------ Folla: 74 23. Se da cuenta de escrito número 56.355, de 28 de julio último de la Oficina Principal de la MUNPAL, por la que se participa a esta Diputación que, visto el expediente de jubilación tramitado a favor de Don José Adonis Noya Mouriño, y dado el informe emitido por la Asesoría Médica, procede que por la Diputación se adopte el oportuno acuerda de jubilación por invalidez, que habrá de ser remitido a la citada Oficina. Vistos los artículos 20 de la Ley 11/60, de 12 de mayo, así como el 5º y 7º-1º del Decreto 784/61, de 8 de mayo y Circular M 25/63 (36), el Pleno por unanimidad acuerda declarar jubilado por invalidez ordinaria al Capataz de Vías y Obras Don José Adonis Noya Mouriño, quien será baja en el servicio activo con efectos a partir de 31 de agosto actual. Asimismo se acuerda que certificación de esta Resolución se eleve a la MUNPAL, a fin de que por ésta se asigne al jubilado su correspondiente pensión. ------ Folla: 74 24. Se da cuenta de escritos de la Oficina Principal de la MUNPAL, de 18 de mayo y 5 de agosto del año en curso, por los que se participa a esta Diputación haber sido resulto el expediente de orfandad de Doña Josefa Rivadulla Quiñoy, hija del que fue Capataz de Vías y Obras Don Antonio Rivadulla Rey, y señalando a esta Diputación como Oficina Pagadora. Se le fija a Doña Josefa Rivadulla Quiñoy, con efectos de 1º de marzo de 1965, hasta 30 de abril de 1966, una pensión mensual de 182,00 pesetas, siendo 91,00 de ellas a cargo de la Diputación y las 91,00 restantes a cargo de la MUNPAL, pero la pensión a partir de 1º de mayo último, se fija en 500,00 pesetas mensuales, siendo de ellas 409 con cargo a la MUNPAL, y 91,00 con cargo a la Diputación, en concepto de derechos adquiridos. el Pleno, presta conformidad a esta Resolución y acuerda que por el Negociado de Personal e Intervención de Fondos se lleven a cabo los trámites correspondientes para abono de la pensión a la interesada con los efectos de referencia. ------ Folla: 74 25. Vista la instancia suscrita por el Auxiliar Administrativo adscrito a la Depositaría de Fondos, Don José Manuel Rivas Asenjo, así como las correspondientes facturas que justifican el pago de 800,00 pesetas, por transfusiones de sangre practicadas a su hija menos Mª del Carmen Rivas Villanueva. Vista asimismo la instrucción 2ª para la aplicación de la Ley 108/63, signatura 5.1 y considerando como medicación las transfusiones de sangre, el Pleno acuerda reintegrar a Don Manuel Rivas Asenjo, el 80% de las 800,00 pesetas, por el suplidas, esto es, abonarle 640,00 pesetas, que serán libradas con cargo al Capítulo I, artículo 1º, partida 57, del vigente Presupuesto Ordinario de Gastos. ------ Folla: 74 26. Se da cuenta de instancia suscrita por el Vice-Interventor de Fondos de esta Diputación, Don Bernardo José Mosquera Souto, interesando se le conceda la indemnización por casa-habitación que para los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos Nacionales de Administración Local, regula la Instrucción 2ª, para aplicación de la Ley 108/63, y - Resultando que Don Bernardo José Mosquera Souto, previo concurso libre de méritos fue nombrado Vice-Interventor de Fondos de esta Diputación, habiendo tomado posesión de dicho cargo el 1º de julio último, que desempeña en la actualidad. Que en la convocatoria, Base II, inserta en el Boletín Oficial de la Provincia de 3 de diciembre de 1965, se exigía a los aspirantes "pertenecer al Cuerpo Nacional de Interventores de Fondos de Administración Local, en la categoría 2ª o superior." - Resultando que esta Excelentísima Diputación, dada su situación económica actual, tiene establecida para los funcionarios de los Cuerpos Nacionales de Administración Local, la indemnización por casa-habitación en la modalidad que regula la signatura 4.10 de la invocada Instrucción número 2. Considerando que de acuerdo con la norma a que nos venimos refiriendo, el Vice-Interventor de Fondos de esta Diputación, al pertenecer al Cuerpo Nacional de Interventores de Fondos de Administración Local, tiene derecho a indemnización por casa-habitación, siempre que a la Diputación así lo acuerde, y previa autorización de la Dirección General de Administración Local, teniendo en cuenta, asimismo, y al propio tiempo, el alto nivel de vida de esta provincia y como consecuencia de ello el elevado importe de los alquileres de las viviendas, el Pleno, por unanimidad, acuerda, en principio, conceder dos mil pesetas mensuales en concepto de indemnización por casa-habitación al Vice-Interventor Don Bernardo José Mosquera Souto, con efectos de 1º de julio último, pero previa la autorización de la Dirección General de Administración Local. ------ Folla: 75 27. Se da cuenta de oficio número 100 de la Administración del Hospital Provincial, que lleva fecha de 4 de julio último, haciendo constar que, por necesidades del servicio, sería conveniente ampliar en dos más los Puestos de Trabajo de las Ayudantes Sanitarios de dicho Centro benéfico, a fin de evitar que alguna de ellas tenga que percibir sus retribuciones con cargo a las consignaciones presupuestarias destinadas a las vacantes de Mozas de Sala de Plantilla. Vistos los informes del Negociado de Personal y Comisión de Gobierno, se acuerda crear dos puestos de trabajo de Ayudantes Sanitarios con la retribución mensual, cada una de ellas, de 1.800,00 pesetas y dos gratificaciones extraordinarias al año de 15 días de salario cada gratificación. A fin de dar cumplimiento a lo que se ordena en la Norma 8.3 de la Instrucción número 1, aprobada por Orden del Ministerio de la Gobernación de 15 de octubre de 1963, se dispone trasladar este acuerdo a la Dirección General de Administración Local, para su visado y superior aprobación. ------ Folla: 75 28. Se da cuenta de instancia dirigida a la Presidencia por el Médico Anestesista-Reanimador del Hospital Provincial, Don Manuel Loureiro Pazos, de fecha 31 de julio último, exponiendo que por haber sido destinado, con plaza fija en propiedad, a los servicios del Seguro Obligatorio de Enfermedad, en la ciudad de Vigo, se ve en la necesidad de trasladar su residencia, y por esta razón solicita se le rescinda el contrato que ha formalizado en su día con la Diputación para la prestación de sus servicios profesionales en la Beneficencia Provincial. Visto el informe del Negociado de Personal, se acuerda extinguir y dejar sin efecto alguno el contrato civil de arrendamiento de servicios, formalizado el 17 de mayo de 1960 por la Presidencia con el Doctor Loureiro Pazos, a los efectos indicados, efectos extintivos que se retrotraen al 31 de julio del año en curso. ------ Folla: 75 29. Ratificar contrato de arrendamiento de servicios formalizado por la Presidencia en 16 de agosto actual con el Médico Don José Carlos Fontoira García, para la prestación de sus servicios profesionales como Anestesista Reanimador en el Hospital Provincial. El contrato retrotrae sus efectos al 1º del corriente mes, extinguiéndose los mismos en 31 de diciembre próximo, salvo que existan otros motivos que aconsejen su prórroga, y las partes contratantes así lo convengan. El nuevo Médico contratado pasa a ocupar el puesto de trabajo vacante por renuncia voluntaria de su último titular Doctor Don Manuel Loureiro Pazos. ------ Folla: 75 30. Se da cuenta de oficios números 816 y 817, de la Administración del Hogar Provincial, que llevan fecha 22 de septiembre de 1965, indicando que los carpinteros que prestan servicio en dicho Centro benéfico, Don José Mella Peleteiro y Don Rogelio Ligero Veiga, encuadrados en la categoría laboral de Peones Especiales, deben pasar a la de Oficiales, considerando la cantidad de trabajos que realizan, Vistos los informes del Negociado de Personal y Comisión de Gobierno, se acuerda amortizar en la vigente relación de Puestos de Trabajo las dos plazas que figuran en la misma de Peones carpinteros, creando en su lugar dos de Oficiales de primera de Carpintería de Taller, encuadrados en la Reglamentación Nacional de Trabajo en la Industria Maderera de 3 de febrero de 1947, con el jornal de 110,53 pesetas diarias establecido por el Convenio Colectivo Sindical, para los Grupos de Carpintería de Taller y Mecánica, Ebanistería, etc. de las Industrias Madereras de la Provincia de Pontevedra, aprobado por Resolución del Delegado Provincial de Trabajo de 1º de febrero de 1965 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de 9 de dicho mes y año. A fin de dar cumplimiento a lo que se ordena en la Norma 8.3 de la Instrucción número 1º aprobada por Orden del Ministerio de la Gobernación de 15 de octubre de 1963, se dispone trasladar este acuerdo a la Dirección General de Administración Local para su visado y superior aprobación. ------ Folla: 75 31. Se da cuenta de escrito elevado a la Diputación con fecha 28 de julio último, por los trabajadores agrícolas que han sido de la finca "Areeiro", Antonio Recalde Otero y su esposa Purificación Peón Lores, solicitando el abono de cantidad, por diversos conceptos laborales, que se cifran por el primero en 13.780,00 pesetas, y la segunda en 5.225 pesetas. Visto el informe del Negociado de Personal, se acuerda por el Pleno: a) Aprobar y declarar de abono a favor de Antonio Recalde Otero, las cantidades siguientes: - 2395,76 pesetas, por vacaciones reglamentarias, no disfrutadas durante el tiempo que media entre el 21 de mayo de 1964 y el 18 de abril de 1966, fechas éstas de su alta y baja en el trabajo. - 1300,00 pesetas, importe de la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias de julio y Navidad del año en curso. - No procede, en cambio, el abono de domingos y días festivos no recuperables, que dice haber trabajado, por haberse observado en la finca "Areeiro" un turno de guardia, en rotación con todo el personal contratado, para cuidar el ganado en dichos días, compensándose con la inasistencia al trabajo al siguiente día laboral. b) Asimismo se acuerda aprobar y declarar de abono a favor de Purificación Peón Lores, la cantidad de 975,00 pesetas, por la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias de julio y Navidad del corriente año. En cambio no procede el pago de vacaciones ni domingos ni días festivos no recuperables, que se dicen trabajados, por haber disfrutado ya las primeras y no constar haber trabajado en días no laborables. Además, tanto el Señor Recalde Otero, como su esposa se obligaron en sus respectivos contratos de trabajo a realizar trabajos fuera de la jornada legar, en compensación del disfrute de casa-vivienda el primero y la percepción de una gratificación fija la segunda. ------ Folla: 75 32. Se da cuenta de los Padrones de los Arbitrios y Tasa de Rodaje y Arrastre, correspondiente al actual ejercicio de 1966 y a los Ayuntamientos siguientes: Ayuntamiento Cuota 10% Chapa Tasa Ayunt. Total Cambados......37.507,50....3.750,75......4.167,50.....94.020,00..139.445,75 Dozón............10.080,00.....1.008,00......1.120,00.....26.880,00....39.088,00 Total..............47.578,50.....4.758,75......5.287,50...120.900,00..178.533,75 Los Padrones reseñados han estado expuestos al público durante quince días sin que se haya producido contra los mismos reclamación alguna. El Pleno por unanimidad acuerda aprobar los Padrones mencionados. ------ Folla: 75 33. Visto el expediente de Cuentas provinciales, correspondiente al ejercicio económico de 1965, que comprende la Cuenta General del Presupuesto Ordinario y la de Propiedades o Administración de Patrimonio Provincial, en cuyos diligenciados consta el dictamen de la Comisión de Hacienda y Economía, y certificación de no haberse producido reclamaciones de ningún género. Resultando que la Cuenta General del Presupuesto Ordinario del referido ejercicio económico, aparece resumida en los siguientes términos: - Existencia en Caja en 31-12-1965.............................17.335.393,13 - Resto por cobrar, en igual fecha.................................5.611.533,50 Suma......................................22.946.926,63 - Resto por pagar, en igual fecha.................................8.067.224,05 Diferencia: Superávit......................14.879.702,58 Resultando igualmente que la Cuenta de Administración del Patrimonio, del mentado ejercicio económico, arroja los siguientes resultados: - Activo.....................................................................384.864.051,43 - Pasivo......................................................................84.391.642,11 Diferencia....................................300.472.409,32 Considerando, que con arreglo a los artículos 270 y 791 de la Ley de Régimen Local, y Reglas 81 y 82 de la Instrucción de Contabilidad, compete a la Diputación la aprobación definitiva de la Cuenta de Patrimonio y la provisional en la del Presupuesto. Considerando, que expuestas al público, por periodo legal, no se ha formulado, contra las referidas Cuentas, reparo ni observación alguna, el Pleno de la Corporación, por unanimidad de los Señores Diputados asistentes, acuerda prestar su aprobación provisional a la Cuenta General del Presupuesto Ordinario de 1965, así como, con carácter definitivo, a la de Administración del Patrimonio Provincial, correspondiente a dicho Ejercicio económico. ------ Folla: 76 34. Visto el expediente de la Cuenta General del Presupuesto Especial de Vías y Obras del ejercicio de 1965, que el Señor Interventor de Fondos, el Pleno, por unanimidad de los Señores Diputados asistentes a la Sesión, acuerda prestar su aprobación a la referida Cuenta, cuyos resultados de liquidación son los siguientes: - Existencia en Caja en 31-12-65................................5.457.867,59 - Resto por cobrar.......................................................1.958.835,61 Suma...........................7.416.703,20 - Resto por pagar........................................................5.703.180,49 Diferencia: Superávit.......................1.713.522,71 ------ Folla: 76 35. Visto el expediente de la Cuenta General del Presupuesto Especial de Contribuciones del ejercicio de 1965, que eleva el Señor Interventor de Fondos, el Pleno, por unanimidad de los Señores Diputados asistentes a la Sesión, acuerda prestar su aprobación a la referida Cuenta, cuyos resultados de liquidación son los siguientes: - Existencia en Caja en 31-12-65................................1.104.123,64 - Resto por cobrar.......................................................1.870.412,23 Suma...........................2.974.535,87 - Resto por pagar........................................................2.804.996,45 Diferencia: Superávit..........................169.539,42 ------ Folla: 76 36. Visto el expediente de la Cuenta General del Presupuesto Especial de Cooperaciones del bienio 1964/65, que eleva el Señor Interventor de Fondos, el Pleno, por unanimidad de los Señores Diputados asistentes a la Sesión, acuerda prestar su aprobación a la referida Cuenta, cuyos resultados de liquidación son los siguientes: - Existencia en Caja en 31-12-65................................9.469.274,55 - Resto por cobrar.....................................................................0,00 Suma...........................9.469.274,55 - Resto por pagar........................................................9.468.483,41 Diferencia: Superávit.................................791,14 ------ Folla: 76 37. Se da nuevamente cuenta del expediente administrativo tramitado para la reapertura del Taller de Zapatería del Hogar Provincial y consiguiente creación del puesto de trabajo de Mesilla, autorizada por Resolución de la Dirección General de Administración Local de 20 de mayo último. Visto que por acuerdo del día 28 de julio último pasó este asunto a informe de la Intervención de Fondos para determinar el procedimiento de pago de sus haberes al productor Don Nicanor Sánchez Casal, contratado mediante Resolución Presidencial, para ocupar dicho puesto, y que la Intervención informa en este acto sobre el particular, el Pleno de conformidad con el expresado informe, acuerda que el pago de los haberes de dicho productor se realizará con cargo al Capítulo I, artículo 1º, partida 42, del vigente Presupuesto Ordinario de Gastos. ------ Folla: 76 38. Se presta aprobación al informe que eleva el Jefe del Servicio de Contribuciones con la conformidad del Señor Interventor de Fondos en el que como consecuencia de las cuentas recibidas por el primer semestre de 1966 y la referencia a los asuntos de esta Diputación de 25 de febrero y 28 de octubre de 1965, como el de 25 de febrero de 1966 al que fue Recaudador de la Zona de A Cañiza Don Gerardo Santos Pedrosa, hoy sus herederos, los valores que estaban incursos en las prevenciones del artículo 199 y siguientes del Estatuto y que reflejaba el acuerdo de 25 de febrero de 1966 han quedado reducidos a las siguientes cuantías: - Por Contribuciones del Estado...........................................17.320,62 - Por arbitrios provinciales del Campo....................................3.497,39 Suman los valores todavía afectados por retención.............20.818,01 Como quiera que la cantidad retenida en la Depositaría Provincial por acuerdo de 25 de febrero de 1966, era de 48.297,02 pesetas procede la devolución de la diferencia a los herederos de Don Gerardo Santos Pedrosa, debiendo quedar todavía retenidas en la Depositaría provincial las 20.818,01 pesetas a que alcanzan los valores todavía pendientes de ultimar y que están afectados por las prevenciones del Estatuto de Recaudación. ------ Folla: 76 39. Se acuerda prestar aprobación al informe que eleva el Jefe del Servicio de Contribuciones, previamente ratificado por el Señor Interventor de Fondos provinciales, en el que como consecuencia de las cuentas, rendidas por el primero y segundo semestres de 1965 y primer semestre de 1966, y con referencia a los términos del acuerdo de 30 de abril de 1964 y 25 de febrero de 1965, al que fue Recaudador de la Zona de Redondela, Don Andrés Fondevila Pampín, se le tenían retenidas 12.592,38 pesetas, para responder de los valores que estaban incursos en perjuicio conforme a las normas del artículo 199 y siguientes del vigente Estatuto de Recaudación. Dichos valores como resultado de los periodos de cuenta que se citan han quedado reducidos a las siguientes cifras: - Contribuciones del Estado................................................5.390,23 - Arbitrio Provincial Productos del Campo..............................338,08 Suman los valores que continúan afectados.......................5.728,31 Por todo ello de la cifra retenida por acuerdo de 25 de febrero de 1965 que importaba 12.592,38 pesetas, depositadas en la Caja de Ahorros Provincial, según cartilla 12.199 de 9 de enero de 1953, puede devolverse al Señor Fondevila Pampín la diferencia liquidada por importe e 6.864,07 pesetas, debiendo quedar todavía pendientes de devolución las 5.728,31 pesetas que responden a los valores que todavía no están liquidados. ------ Folla: 76 40. Fue examinada la liquidación definitiva practicada al que fue Recaudador de la Zona de Tui, Don Alberto Ballesteros Ballesteros, el cual cesó por renuncia al cargo a petición propia. Con tal motivo el Pleno presta aprobación a dicha liquidación a la que se une los estados y cuentas que rindió dicho Recaudador y que fueron aprobados por la Tesorería de Hacienda y esta Diputación, reflejando la situación de la indicada Zona, solvencia total. Como consecuencia de ello se acuerda que las fianzas que dicho Recaudador tenía prestadas para responder de su gestión le sean devueltas. Dichas fianzas estaban constituidas de la siguiente forma: - Libreta de la Caja de Ahorros Provincial número 6.854 por pesetas 97.784,20, constituida en 16 de enero de 1948. - Poliza número 2.722 de la Compañía Española de Seguros de Crédito y Caución por pesetas 97.000,00. ------ Folla: 76 41. Se da cuenta de escrito elevado a la Presidencia por la Administración del Sanatorio de Conxo, de fecha 8 de julio último, interesando se arbitren los medios económicos necesarios para efectuar el pago de las diferencias de estancias causadas por el internamiento de enfermos mentales en dicho Manicomio, nacidos de la promulgación de disposiciones laborales elevando las retribuciones del personal adscrito a los Establecimientos Sanitarios de Hospitalización y Asistencia de la Provincia de A Coruña. Traslado este asunto a la Asesoría Jurídica, se interesa por este servicio quede pendiente de resolución, a fin de reunir todos los antecedentes necesarios para informar en derecho sobre el particular. el Pleno acuerda dejar este asunto sobre la Mesa. ------ Folla: 76 42. Queda enterado el Pleno, de comunicación del Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales, fecha 8 del corriente mes y año, haciendo saber a la Corporación que por el Ministerio de la Gobernación, se ha creado la Delegación Regional del Servicio, que actuará en las provincias de A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra. Igualmente se entera el Pleno, de telegrama cursado por la Presidencia al ex-Diputado Provincial Don Salvador Fernández Alonso, felicitándole en el día de las fiestas de la Virgen Peregrina, y de otro del Señor Fernández Alonso agradeciendo esta felicitación. ------ Folla: 76 43. Se da cuenta de Moción de la Presidencia, proponiendo al Pleno la adopción del oportuno acuerdo, que autorice la compra del inmueble número 33 de la calle Joaquín Costa de esta Capital, propiedad de Doña Concepción Fernández Sansilvestre, y del expediente tramitado al efecto del que forma parte dicha moción; deduciéndose del expediente y propuesta, que el objeto de la compra es la ampliación del terreno donde está emplazado el Gran Hospital Provincial para ejecución del Proyecto de Reforma de este Centro benéfico, aprobado por acuerdo de 31 de marzo último. Visto que el párrafo a) del artículo 25 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, autoriza la compra directa de los terrenos cuya ocupación es necesario para la ejecución de proyectos de obras, y que a la misma conclusión podría llegarse por aplicación del párrafo b) del artículo 311 de la Ley de Régimen Local, la Corporación, con el voto unánime de todos los señores miembros de la misma que asisten a esta sesión, acuerda: 1º.- Comprar a Doña Concepción Fernández Sansilvestre el inmueble número 33 de la calle Joaquín Costa de esta Capital, formado por una edificación de planta baja y piso, construida de cantería, con la finalidad de ampliar el terreno donde está emplazado el Hospital Provincial, ejecutando, según se expresa en la propuesta de la Presidencia, el Proyecto de reforma de este Centro benéfico, aprobado por acuerdo de 31 de marzo último. Este inmueble tiene su frente a la calle de Joaquín Costa, y limita al Norte y Oeste con el terreno donde está enclavado el Hospital Provincial, por el Sur con la calle de Joaquín Costa, y por el Este con casa de Don José Córdoba Piñeiro. Forma parte del inmueble un pequeño terreno contiguo que da acceso directo a la vía pública, cercado con muro bajo de mampostería. La superficie total es de 52 metros cuadrados. 2º.- Como precio de compra, la Diputación pagará a la vendedora la cantidad de doscientas treinta y cinco mil pesetas, valor asignado en tasación por el Aparejador Provincial, de cuyo precio se entregarán al contado 149.795,45 pesetas que serán libradas con cargo al Presupuesto Extraordinario "G", en vigor, y el resto, es decir, 85.204,55 pesetas, dentro del próximo ejercicio 1967, a cuyo efecto se reconoce a la vendedora el oportuno crédito por esta cantidad, para su efectividad, en el plazo dicho, una vez ejecutado el contrato. 3º.- El precio de compra se entiende líquido, por lo cual se hace cargo la Diputación de los gastos e impuestos que recaigan sobre el contrato, incluso el impuesto de Plusvalía y los gastos de formalización de la correspondiente escritura. 4º.- Se faculta a la Presidencia para que, en representación de la Corporación, concurra al otorgamiento de la oportuna escritura notarial de compra. ------ Folla: 77 44. Prestar aprobación a los presupuestos que formula el Señor Aparejador Provincial de "Reforma del Cuarto de Aseo de Niñas en el Hogar Provincial", por un importe de 112.671,11 pesetas; de "Reconstrucción del Frontón del Hogar Provincial", con un importe de 37.744,20 pesetas; de "Instalación de Cuarto de Aseo para Niños en el Hogar Provincial", con un importe de 191.628,99 pesetas; y "Terminación de las obras de construcción de un Gimnasio en el Hogar Provincial", con un importe total de pesetas 144.991,15, los cuales han sido informados favorablemente por la Intervención de Fondos. Asimismo, el Pleno acuerda se anuncien a subasta estas obras en un solo lote, a cuyo efecto se aprueban las Bases que habrán de regir en la misma, a la que se aplica la excepción que determina el artículo 19 del Reglamento de Contratación de Corporaciones Locales, dada la urgencia que requieren las obras por la proximidad del curso escolar. Con lo que, cumplido el objeto de esta sesión, se da por terminada la misma por el Señor Presidente, siendo las veinte horas, de todo lo que, como Secretario, certifico. ------

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