Fondos
1973-02-22_Extraordinaria. Acta de sesión 1973/02/22_Extraordinaria
Acta de sesión 1973/02/22_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.076/1.1973-02-22_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1973/02/22_Extraordinaria
Data(s) 1973-02-22 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 56 1. En el Palacio Provincial de Pontevedra, siendo la hora de las diecinueve del día veintidos de febrero de mil novecientos setenta y tres, se reunieron los miembros de la Corporación que al margen se expresan, bajo la Presidencia del Iltmo. Sr. Don José Luis Peláez Casalderrey, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria convocada para este día y que ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número cuarenta y uno de fecha diecinueve de febrero anual. Asiste a la sesión el Sr. Interventor de Fondos, Don Bernardo José Mosquera Souto, y da fe del acto el Secretario titular de la Corporación, Don Pascual Rosón Pérez. Ha excusado su asistencia, por causa justificada, el Diputado Provincial Don Juan Alcántara Rocafort. Abierto el acto por la Presidencia, se pasó a tratar de los asuntos expresamente consignados en la convocatoria, cuyo resultado es el siguiente: Concesión de mejoras y complementos al personal de esa Excma. Diputación Provincial. Con efectos económicos de 1º de enero de 1973 y aún cuando los funcionarios provinciales vienen percibiendo gratificaciones superiores a las que se señalan en la Orden del Ministerio de la Gobernación de 26 de julio último, estableciendo un régimen de complemento de destino a los funcionarios de plantilla de la Administración Local, se tiene en cuenta que por no rebasarse los porcentajes de gastos de personal que señalan las disposiciones vigentes y toda vez que los recursos económicos de la Hacienda provincial, así lo permite, la Corporación acuerda conceder, de conformidad con lo dictaminado por las Comisiones respectivas, el expresado complemento de destino, equivalente al 50% del correspondiente sueldo base a que alude la Orden de refencia. Asimismo y a fin de que por análogas funciones no se produzcan diferencias esenciales o notables en las retribuciones, se aplicará igualmente a los que ocupen plazas de plantilla, proponiéndose para el personal contratado una gratificación individual y voluntaria en cuantía semejante a la que corresponde al personal de plantilla de idéntica o similar función, con la observación de que esta mejora graciable será absorvible por cualquier mejora de retribución que las respectivas Reglamentaciones de Trabajo, Convenio Colectivos o normas de obligado cumplimiento, establezcan para este personal, con las excepciones que señala dicha Orden. Se aumenta a Don Manuel Dios Rodríguez, y por los servicios de mayor dedicación de Taquígrafo de la Corporación, 4.000 pesetas al año, con lo cual la gratificación por este concepto queda así cifrada en 20.000 pesetas. Al Portero Don Manuel Álvarez Abreu, se le aumenta la gratificación hasta 8.000 pesetas anuales, por los trabajos que realiza en la máquina fotocopiadora; y a Don Manuel Docal García, hasta 5.000 pesetas anuales, por los trabajos que presta en la máquina de realizar planos. Estas gratificaciones se conceden con efectos de 1º de enero de 1973. Vista la petición formulada por Jefes de Sección, el Negociado y otros, de la Escala Técnico Administrativa, que carecen de título superior, interesando se les compense a fin de percibir las mismas retribuciones que disfrutan los que ostentan tal título, la Corporación, de conformidad con los dictámenes de las Comisiones respectivas, acuerda: 1º) No procede compensación por diferencia de grados retributivos, ya que cada funcionario tendrá el emolumento básico, según el grado que le corresponda a la plaza que tiene adjudicada en propiedad, y sobre él girarán los quinquenios y pagas extraordinarias reglamentarias, quedando así confirmado el acuerdo de 31 de marzo de 1970. 2º) Se informa favorablemente la identidad de la gratificación voluntaria para cargos de igual función, tengan a no títulos los funcionarios que lo desempeñen (columna 1ª Emolumentos, gratificaciones 175%, concedidos por el Pleno en 31 de marzo de 1970) y, siendo así, con efectos de 1º de enero de 1973 se concede una gratificación voluntaria por dedicación a los funcionarios siguientes: Jefes de Sección sin título de 11.500 pesetas año; Jefes de Negociado, Sub-cajero, Administrador Hogar, Administrador Hospital y Jefe Servicio de Contribuciones, 11.655 pesetas años y al Ayudante de Caja, 10.605 pesetas, también al año. Todas estas asignaciones y gratificaciones se conceden previa la autorización de la Dirección General de Administración Local. Aprobación de los Presupuestos Ordinario y Especial de Contribuciones, para el Ejercicio de 1973. Al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 681 y siguientes de la vigente Ley de Régimen Local y 188 del Reglamento de Haciendas Locales, se somete a la consideración de la Corporación la aprobación del Presupuesto Ordinario que ha de regir en el corriente año de 1973, y una vez examinadas y discutidas las consignaciones que se expresan en el anteproyecto y proyecto respectivo, la Corporación, por unanimidad y con el voto favorable de la mayoría del número legal de sus miembros, introduce las siguientes variaciones: A) Gastos La Partida nº 3, del Capº I, art. 1º, se incrementa en 60.000 Ptas. En la Partida 13, del Capº Iº, art. 1º, se suprime la indemnización de casa-habitación del Sr. Interventor por facilitársela la Diputación, con lo cual se compensa esta baja con el incremento de la anterior en la misma suma de 60.000 Ptas. En el Capº II, art. Uº, Partida 181, se consignen las mismas 100.000 pesetas que dió de baja la Intervención en el anteproyecto, para gastos de la Junta Provincial del Censo 100.000 Ptas. con lo cual este Capítulo queda fijado en 100.000 pesetas más En el Capº VIII, art. 1º, después de la 287, con el carácter de nueva, se suprimern las 100.000 pesetas consignadas para gastos de la Junta Provincial del Censo, en atención a que se dejan consignadas en el Capº II, art. Uº 100.000 Ptas. B) Ingresos En el Capº VIII, art. 1º, la segunda partida 57 se elimina a rein- tegrar por la Junta del Censo Electoral en 100.000 Ptas. En el camino Capº VIII, art. 4º, la partida 61, se aumenta la consignación de ingresos no previstos, para compensar la compensar la partida anterior dicha 57, en 100.000 Ptas. En su consecuencia, y de acuerdo con las variaciones anteriormente consignadas, queda fijado el Presupuesto Ordinario en las mismas cantidades globales del anteproyecto y proyecto respectivo, según el detalle que a continuación se expresa: Estado de Gastos Capº I.- Personal activo 147.969.537 Capº II.- Material y diversos 120.107.373 Capº III.- Clases Pasivas 3.142.268 Capº IV.- Deuda 29.708.938 Capº V.- Subvenciones y participaciones en ingresos 78.718.334 Capº VI.- Extraordinarios y de capital 52.485.564 Capº VII.- Reintegrable, indeterminados e imprevistos 3.867.982 Suma el Estado de Gastos 436.000.000 Estado de Ingresos Capº I.- Impuestos directos 24.090.000 Capº II.- Impuestos indirectos 23.800.000 Capº III.- Tasas y otros conceptos 66.805.000 Capº IV.- Subvenciones y participaciones en ingresos 293.253.522 Capº V.- Ingresos patrimoniales 11.720.058 Capº VI.- Extraordinarios y de capital --------------- Capº VII.- Eventuales e imprevistos 16.331.420 Suma el Estado de Ingresos 436.000.000 En definitiva, la Corporación presta aprobación al Presupuesto Ordinario para el Ejercicio de 1973, debiendo exponerla al público por término de quince días hábiles durante los caules se admitirán las reclamaciones que se presenten, debiendo anunciarse tal exposición mediante edictos insertos en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la provincia, según preceptuan los arts. 682 y siguientes de la vigente Ley de Régimen Local. Seguidamente se pasó a conocer del proyecto del Presupuesto Especial de Contribuciones formado para el actual año de 1973, y la Corporación por unanimidad y con la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, convierte el proyecto en Presupuesto Especial de Contribuciones, por estar nivelado tanto en gastos como en ingresos, y cuyo resumen es el siguiente: Estado de Gastos Capº I.- Personal activo 781.746 Capº II.- Material y diversos 15.905.002 Capº VI.- Extraordinario y de capital 1.119.809 Capº VII.- Reintegrables, indeterminados e imprevistos 489.443 Suma el Estado de Gastos 18.296.000 Estado de Ingresos Capº IV.- Subvenciones y participaciones en ingresos 18.293.000 Capº V.- Ingresos patrimoniales 3.000 Suma el Estado de Ingresos 18.296.000 En su consecuencia, la Corporación presta aprobación al Presupuesto Especial de Contribuciones para el Ejercicio de 1973, debiendo exponerlo al público por término de quince días hábiles durante los cuales se admitirán las reclamaciones que se presenten, debiendo anunciarse tal exposición mediante edictos insertos en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la provincia, según preceptúan los arts. 682 y siguientes de la vigente Ley de Régimen Local. ------
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