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Acta de sesión 1979/02/15_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.077/1.1979-02-15_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1979/02/15_Extraordinaria

  • Data(s) 1979-02-15 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 167 Señores. Presidente: Sr. Peláez. Vicepresidente: Sr. Puig. Diputados: Sr. Caldas, Sr. Castro, Sr. Durán, Sr. Fernández F., Sr. González, Sr. Mera Rodríguez, Sr. Mestres, Sr. Nogueira, Sr. Núñez, Sr. Rodríguez, Sr. Sanmartín. Secretario: Sr. Rosón. Interventor: Sr. Pedrosa. 1. En el Palacio Provincial de Pontevedra, siendo la hora de las dieciocho del dia quince de febrero de mil novecientos setenta y nueve, se reunen los señores que al margen se expresan bajo la Presidencia del ILtmo. Sr. Don José Luis Peláez Casalderrey, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria que ha sido convocada mediante anuncio inserto en el Boletin Oficial de la Provincia número treinta y cinco de fecha doce del corriente mes de febrero, actuando de Secretario el titular de la Diputación, Don Pascual Rosón Pérez, que da fé del acto. Asiste también el Sr. Interventor de Fondos Provinciales, Don Fernando Pedrosa Roldán. Excusa su asistencia, por causa justificada, el Diputado Sr. Alonso Alvarez. Abierta la sesión por la Presidencia se pasó a tratar de los asuntos consignados en el Orden del Día formado para esta sesión, cuyo resultado es el siguiente. ------ Folla: 167,168 2. Se aprueba el dictamen de la Comisión de Gobierno relación con la transferencia de competencias a la Xunta de Galicia, en la forma que a continuación se expresa: Esta Corporación quiere expresar, como base previa a su informe sobre las propuestas de transferencia de competencias Diputaciones-Xunta, que su criterio en relación con la aplicación de la autonomía regional, es el siguiente: 1.- Considera que la autonomía debe producir para Galicia los beneficios que se derivarán de poder adoptar las decisiones respecto a todas las cuestiones relativas al gobierno regional por los representantes del pueblo gallego, conocedores, de las peculiaridades del territorio, de la población y de la economía, y más próximo a las realidades y a los problemas de cada momento de la Administración Central. 2.- Considera, igualmente, que debe evitarse a toda costa, que la organización autonómica conduzca a duplicar actuaciones, controles y autorizaciones, a encarecer la administración pública y, sobre todo, a mermar la economía de las Corporaciones Locales que, por el contrario entiende debe salir reforzada de esta nueva orientación de la organización política y administrativa del Estado. 3.- En consecuencia, estima que debe procurarse obtener la transferencia del mayor número posible y conveniente de competencias de la Administración Central a favor de la Xunta de Galicia. 4.- Por el contrario, estima que las transferencias de las competencias de las Diputaciones a favor de la Xunta de Galicia deben limitarse a los aspectos de planificación de carácter o repercusión regional, a establecimientos de normativas de carácter general, la aprobación de planes y programas de actuación, a controles de ejecución y a evolución de resultados. 5.- Sin que sea propiamente una transferencia, cree debe establecerse un poder arbitral a favor de la Xunta para resolver los conflictos que puedan plantearse entre decisiones de las Diputaciones Provinciales. 6.- Sobre estas bases se emite sobre cada acuerdo concreto de la Comisión Mixta Xunta-Diputaciones, el siguiente dictamen: I.- Planes Provinciales El Pleno muestra su conformidad con el texto de la Comisión Mixta. II.- Vias Provinciales En la competencia Primera, considera debe modificarse el apartado a), que quedaría así: a) Proyectos de trazado de nuevas carreteras ... (el resto del texto es conforme). La Segunda, debería quedar así: Segunda. La aprobación definitiva de cualquier Plan o proyecto de trazado para construcción de nuevas carreteras provinciales. La Tercera y Cuarta, se mantienen sin variación. Igualmente se muestra conformidad al punto relativo a la elaboración de una Ordenanza de Caminos Vecinales. III.- Agricultura, Ganadería y Repoblación Forestal Se considera debe añadirse al final del primer párrafo: Se considera Local, en cuanto se refieren a la aprobación de planes o programas de actuación, proyectos de emplazamientos de pantanos, de granjas y campos de experimentación agrícola y otros establecimientos análogos, proyectos de trazado de modificación de cursos de agua y canales de riego. En el párrafo segundo, debe suprimirse el inciso: "-en lo que no se reserve expresamente la Xunta-" y al final debe sustituirse la palabra "aquella", por la expresión "la Xunta". IV.- Acción Forestal (No parece congruente transmitir a la Xunta "todas las competencias" y después recomendar los conciertos Xunta-Diputaciones para desarrollar las competencias que ceda el Estado). Debe añadirse al párrafo Primero lo siguiente: ". . . Complementarias, en cuanto se refiere a la elaboración de programas y planes de fomento y repoblación de la riqueza forestal a nivel regional y la aprobación de los que en cumplimiento de los mismos elaboren las Diputaciones. Los demás párrafos, que tienen carácter de recomendación, se estiman válidos. V.- Industria La Diputación considera que debe aceptarse el texto de la segunda propuesta, que hace suyo. La recomendación sobre la fiscalidad aplicable a las industrias, se estima necesario y conveniente. VI.- Beneficencia A juicio de la Corporación, debe sustituirse la redacción propuesta por lo siguiente: "Las Diputaciones continuarán gestionando sus competencias actuales en materia de Beneficencia y Asistencia Social, aunque atemporándose a los planeamientos y reglamentaciones generales que al respecto pueda estatuir la Xunta, a la que en todo caso, incumbirá la fiscalización del desarrollo de los servicios y evaluación de resultados". La recomendación que se hace a la Xunta en el último párrafo se estima adecuada. VII.- Sanidad A juicio de la Corporación, debe sustituirse la redacción propuesta por la siguiente: "Las Diputaciones continuarán gestionando sus competencias actuales en materia de Sanidad, aunque atemporándose a los planeamientos y reglamentaciones generales que al respecto pueda estatuir la Xunta, a la que en todo caso, incumbirá la fiscalización del desarrollo de los servicios y evaluación de resultados". Las recomendaciones hechas se consideran válidas. VIII. Asistencia Psiquiátrica La Corporación considera que debe sustituirse la redacción propuesta por la siguiente: "Las Diputaciones continuarán gestionando sus competencias actuales en materia de Asistencia Psiquiátrica, aunque atemperándose a los planeamientos y reglamentaciones generales que al respecto pueda estatuir la Xunta, a la que, en todo caso, incumbirá la fiscalización del desarrollo de los servicios y evaluación de resultados". Las recomendaciones hechas se consideran válidas. IX.- Cultura El Pleno se manifiesta conforme con el texto del dictamen de la Comisión Xunta-Diputaciones. X.- Deportes En principio se acepta el texto aprobado; no obstante, la Corporación considera que debe puntualizarse que las consignaciones que puede distribuir la Xunta son las que el Estado asigne a estos fines, pero no las que con cargo a sus fondos propios acuerden destinar a estos fines las Diputaciones. XI.- Transportes. A juicio de la Corporación, debe sustituirse la redacción propuesta por la siguiente. "Las Diputaciones continuarán gestionando sus competencias actuales en materia de Transportes aunque atemperándose a los planeamientos y reglamentaciones generales que al respecto pueda estatuir la Xunta, a la que, en todo caso incumbirá la fiscalización del desarrollo de los servicios y evaluación de resultados". XII.- Aguas Se estima que la propuesta es correcta, salvo el último párrafo, que debería suprimirse por estas ya comprendido en el apartado III - Agricultura. XIII.- Vivienda Conforme a los términos en que se exprese el informe de la Comisión Mixta. XIV.- Concursos y Exposiciones Conforme con los términos en que se expresa el informe de la Comisión Mixta. XV.- Medios materiales De prevalecer los criterios sustentados desde el principio de este acuerdo, sobre la mayoría de las especificaciones de esta propuesta, que podría ser sustituida por una de aplicación general que, diría así: "Para atribuir a los gastos generales de la Xunta y a los que le ocasione la realización de las transferencias propuestas, las Diputaciones entregarán a ésta el 1% del importe de sus Presupuestos Ordinarios, una vez deducida la carga financiera que sobre ellos pese". XVI.- Medios personales Como sucede en el caso anterior, sólo sería necesario dejar válido lo que se refleja en los puntos 2º, 4º, 8º, 9º (sólo el primer párrafo), 10º, 11º y 12º. Este acuerdo se adopta por unanimidad previa abstención de los señores Sanmartin, Nogueira y Rodríguez Blanco, el primero por ser Conselleiro de la Xunta-Secretario de Interior- y los otros dos por ser miembros de la Comisión Mixta de Transferencias, y que se dé traslado del mismo a la referida Xunta. ------ Folla: 168 3. Se dió cuenta de Moción Presidencial que es del tenor literal siguiente: "Considero oportuna dar cuenta a los Sres. Diputados, o miembros de la Corporación Provincial que el Real Decreto 115/79, de 26 de enero, en su art. 7º, apartado a), declara de aplicación al personal de la Administración Local, que se encuentre en situación de activo, y con efectos de 1º de enero de 1979, así como del Real Decreto-Ley 79/78, de 29 de diciembre por el que se fijan los regímenes retributivos para 1979 a los funcionarios del Estado. En aplicación de dicho precepto legal, se han determinado los nuevos básicos, trienios y grados aplicables a todos los funcionarios de plantilla de la Corporación, así como a los interinos y contratados con cargo a vacantes de plantilla. Se mantienen todas las retribuciones complementarias que los dichos funcionarios tenían reconocidas y percibieron en 31-XII-78, en su misma estructura y cuantía, y además, se establece una retribución complementaria, especial y transitoria, a todos aquellos funcionarios cuyos aumentos no alcanzan el incremento mínimo de 42.000 pesetas anuales, excluidos trienios, a que se refiere el art. nº 5, del citado Decreto-Ley. Se propone a la Excma. Corporación la aprobación de las expresadas retribuciones, y su abono a los interesados con los atrasos correspondientes al mes de enero, a partir del presente mes de febrero. Por lo que se refiere al personal del cuadro laboral, a éste no le afecta ni beneficia el Real Decreto invocado, por lo que el indicado personal estará a lo que resulte de sus respectivos Convenios Colectivos o Normas de obligado cumplimiento. No obstante, a este personal laboral se le abonará la gratificación que con cargo a la "Masa Salarial", se le hizo efectivo en 1978, dada la interpretación que merece el apartado 2º del acuerdo adoptado en sesión celebrada el 31 de octubre de 1978. Como éste recuerda, esta gratificación tiene el carácter de "mejora" o "anticipo", y será absorvida por cualquier aumento de sueldo, Convenio Colectivo o Norma de obligado cumplimiento. La Corporación aprueba en todas sus partes la Moción de referencia. ------ Folla: 168 4. En cumplimiento de lo dispuesto por el Real Decreto-Ley 2/79, de 26 de enero desarrollado en el Real Decreto 115/79 de igual fecha, se aprueban las disponibilidades para el primer trimestre del corriente año, en la forma siguiente: Resumen por Capitulos del Presupuesto Ordinario prorrogado para 1979 Presupuesto de Gastos Disponibilidad trimestral Cap. I.- Personal activo 175.848.819 Cap. II.- Material y diversos 113.253.227 Cap. III.- Clases Pasivas 927.798 Cap. IV.- Deuda 22.799.581 Cap. V.- Subvenciones y participaciones en ingresos 53.173.203 Cap. VI.- Extraordinarios y de capital 35.114.439 Cap. VII.- Reintegrables, indeterminados e imprevistos 2.934.413 Total 404.051.480 ------ Folla: 168 5. Se aprueba la Liquidación del Presupuesto Ordinario del ejercicio de 1978, cuyo resumen es el siguiente: Existencia en Caja en 31-12-1978 318.332.677,91 ptas Restos por cobrar en igual fecha 494.637.116,00 " Suma 812.969.793,91 " Restos por pagar en igual fecha 488.740.147,00 " Diferencia (Superavit) 324.229.646,91 " Este superavit resulta de un exceso de ingresos de 238.560.130 pesetas y una economía en los gastos de 85.669.516 pesetas. La economía en los gastos obedece, fundamentalmente, a las consignaciones previstas en el Capº I del Presupuesto, para atenciones de personal, que no fué necesario hacer efectivas, toda vez que a lo largo del ejercicio no se cubrieran en propiedad la totalidad de las plazas de la plantilla, debido al lento desarrollo de las oposiciones convocadas, muchas de las cuales no pudieron serlo hasta contar con la aprobación de las plazas creadas, que se produjo con considerable retraso. El exceso de ingresos, que no se ha producido en la realidad, puesto que tales cantidades no han tenido entrada todavía en arcas provinciales, es consecuencia de las disposiciones recientemente dictadas por Orden de 27 de enero de 1979, que resolviendo con carácter general lo que nuestra Corporación había sometido a consulta del Ministerio de Hacienda por acuerdo plenario del mes de diciembre del pasado año, señala que en las liquidaciones de los presupuestos de 1978 se contraerán como pendientes de ingresos las cantidades resultantes de deducir de las consignaciones relativas a las participaciones en ingresos del Estado, los ingresos realmente percibidos, siempre que aquellas cantidades estuvieran calculadas conforme a las instrucciones publicadas en su día, como es nuestro caso. Parece innecesario aclarar que la Corporación no ha podido disponer de aquellos ingresos, ni puede hacerlo hasta que esté aprobado el Presupuesto Ordinario de 1979, al que se acumulará el expresado superavit. ------ Folla: 168 6. Queda sobre la Mesa el asunto núm 4 referente a convocatoria para cubrir en propiedad diversas vacantes de plazas de plantilla, en espera de un Decreto acordado por el Consejo de Ministros y todavía sin publicar. ------ Folla: 168 7. Se designan a los Diputados Don Alejo Núñez Pascual y Don Saturno Rodríguez Blanco para formar parte, como Vocales, del Patronato del Centro de Formación Profesional "Hogar Provincial", en su calidad de miembros de las Comisiones de Cultura y Beneficencia, respectivamente y de conformidad con los Estatutos aprobados al efecto. ------ Folla: 168 8. Se aprueba Moción de la Presidencia que dice literalmente lo siguiente: "El Pleno de la Corporación Provincial tomó en el pasado mes de octubre el acuerdo de otorgar una gratificación graciable a su personal, de plantilla o contratado, lo que se llevó a cabo en el pasado mes de noviembre. Posteriormente, el Pleno ratificó la resolución de que a tal gratificación accedieron las Hermanas de la Caridad, que, aún no teniendo el carácter de funcionarios provinciales, prestan un servicio a esta Diputación. En algunas de nuestras Instituciones, pero principalmente en el Hospital Provincial, no han accedido a esta percepción por razones de técnica presupuestaria, los médicos becarios, creando así, en un servicio de funcionamiento homogéneo, una discriminación que atañe aproximadamente al 10% del colectivo. En la Ciudad Infantil y en El Rebullón el total de médicos becarios es de 4 personas. En virtud de lo que antecede, y no siendo posible, en razón a las disposiciones vigentes, solventes ahora la situación expuesta, se propone que en el próximo presupuesto se consigne la cantidad de 22.000 pesetas por cada médico becario en el supuesto de actuación a lo largo de todo el año 1978, en otro caso, la parte proporcional correspondiente. ------ Folla: 168 9. De conformidad con el dictamen emitido por la Comisión Especial, se adjudica el concurso anunciado en los Boletines Oficiales de la Provincia y del Estado nums 296 y 312, de fechas 23 y 30 de diciembre de 1978, respectivamente, para la adquisición de maquinaria y vehículos con destino a los Parques de la Diputación (2 Motoniveladoras; 2 Apisonadoras y 3 Camiones), en la forma siguiente: Las 2 Motoniveladoras a la razón social Finanzauto, S.A. en la cantidad de 11.570.000 pesetas, por ser la oferta que más se ajusta a las condiciones del pliego y tercer mejores características con respecto al escarificador, número de marchas, atenciones de servicios y que coinciden con máquinas que ya hay en el Parque Central, contando además con los servicios de asistencia dentro de la Región. Las 2 Apisonadoras a Maquinaria AF-C, por las máquinas tipo ETH-10, en la cantidad de 4.990.000 pesetas, por estimarse la más aconsejable y que reune las mejores condiciones dentro de las ofertadas. 1 Camión marca Dokge, tipo C-20-E, con volquete Trilateral, a la Casa "Clersa" en la cantidad de 2.637.389 pesetas; y los dos restantes a José Abad e Hijos, S.A. por los ofertados marca Ebro, P-200-2, con volquete trasero y freno eléctrico, en la cantidad de 5.300.000 pesetas. ------ Folla: 168 10. Se adjudica definitivamente el concurso-subasta anunciado para las obras de "Local y zona de gimnasio y rehabilitación en el Hospital Provincial" a favor del único postor Don Benigno Esperón Sertal, en la cantidad de 3.424.629 pesetas que significa una baja de 34.592 pesetas sobre el tipo de licitación. ------ Folla: 168 11. Se adjudica definitivamente el concurso-subasta anunciado para las obras de "Proyecto de vestuarios de zona deportiva y del personal subalterno en la Ciudad Infantil "Príncipe Felipe" a favor del contratista y único postor Don José Gerardo Torres Abalo, en la cantidad de 2.029.925 pesetas, significando una baja sobre el tipo de licitación de 15.339 pesetas. ------ Folla: 168 12. Se adjudica definitivamente el concurso-subasta anunciado para la ejecución de obras de "Proyecto de distribución de Residencia de antiguos alumnos (masculina) en la Ciudad Infantil Príncipe Felipe", a favor del único ofertante Don José Gerardo Torres Abalo, en la cantidad de 1.150.548 pesetas, que significa una baja sobre el tipo de licitación de 8.694 pesetas. ------ Folla: 168 13. Se adjudica definitivamente el concurso anunciado para la ejecución de las obras de Dispositivo de seguridad y control para quirófanos en el Hospital Provincial a favor del contratista Don Benigno Esperón Sertal, en la cantidad de 2.606.175 pesetas que representa una baja de 66.825 pesetas sobre el tipo de licitación. ------ Folla: 168 14. Se adjudica definitivamente el concurso anunciado para las obras de "Instalación de seguridad y control de quirófanos en el Hospital Provincial" a favor del contratista Don Benigno Esperón Sertal en la cantidad de 6.458.807 pesetas que significa una baja sobre el tipo de licitación de 165.610 pesetas. ------ Folla: 168 15. Se da cuenta del acta de apertura del pliego de "Referencias" del concurso-subasta anunciado para la ejecución de las obras de "Local e incirinador en el Sanatorio de "El Rebullón", de la que resulta haberse presentado una sola plica suscrita por el contratista Don José Gerardo Torres Abalo; se acuerda admitir a dicho licitador a la 2ª fase del concurso-subasta, señalando la fecha de apertura de la oferta económica para el dia 24 del actual, a la hora de las trece. ------ Folla: 168,169 16. Dada cuenta del acta de apertura del pliego de "Referencias" del concurso-subasta anunciado para las obras de "Redistribución" y Capilla de la Zona de la Comunidad en el Hospital Provincial, de lo que resulta haberse presentado solamente una plica que corresponde al contratista Don Benigno Esperón Sertal; se acuerda admitir al mismo a la 2ª fase del concurso-subasta, fijando para el dia 24 del actual y hora de las trece, la fecha de apertura de la oferta económica. ------ Folla: 169 17. Habiendo quedado desiertas, por falta de licitadores, las subastas anunciadas para las obras de: 5 Refugios en el Colegio de Sordomudos de A Lanzada; Instalaciones deportivas en el Colegio de Sordomudos de A Lanzada y Distribución y acondicionamiento de la casa de bajo piso en la Finca Mouriscade, se acuerda anunciarlas por segunda vez y por los tipos de licitación que rigieron en la primera. ------ Folla: 169 18. Se adjudica directamente a Don Benigno Esperón el mobiliario con destino a los servicios del Hospital Provincial Banco de Sangre, Consultas de Medicina, Cirugía B y Cuidados Intensivos, por la cantidad de 1.382.767 pesetas así como el mobiliario para la nueva nave del Lavadero Mecánico de dicho Centro Sanitario por pesetas, previo el cumplimiento de los trámites legales. Y no habiendo sido otro el objeto de esta sesión extraordinaria, la Presidencia da por finalizada la misma a la hora de las veintiuna, firmando los que la intervienen, de todo lo que yo, Secretario, doy fé. ------

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