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1982-05-29_Ordinaria. Acta de sesión 1982/05/29_Ordinaria
Acta de sesión 1982/05/29_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.080/1.1982-05-29_Ordinaria
Título Acta de sesión 1982/05/29_Ordinaria
Data(s) 1982-05-29 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 1C8075297 De la sesión ordinaria en primera convocatoria, celebrada por el Pleno de esta Excma. Diputación el día, 29 de mayo de 1982 En el Salón de Comisiones de la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra, siendo las nueve horas y cuarenta minutos, del día veintinueve de mayo de mil novecientos ochenta y dos, bajo la presidencia del Ilmo. Sr. Presidente D. Federico Cifuentes Pérez, se reunieron los Sres. Diputados D. José Alfredo Bea Gondar, D. Manuel Brea Porto, D. Jorge Casal Pintos, D. Luis Antonio Crespo Barros, D. César López Freire, D. César José Mera Rodríguez, D. José Antonio Molinos Rivera, D. Luciano Piñeiro Bermúdez, D. Francisco Tizón Pan, con el objeto de celebrar sesión Ordinaria de la Diputación en Pleno, en Primera Convocatoria, con arreglo al correspondiente Orden del Día. También asisten a la sesión desde el momento que se consignara en el cuerpo del acta, los Sres. Diputados: D. Eladio Portela Paz, Vicepresidente, D. José Luis Nogueira Rodríguez, D. Julio Riera Nieves, D. José Javier Varona Para, D. José Campos Medina, D. José Manuel Barros González, D. Julian A. Troncoso Montero, D. Antonio Martínez Vicente, D. Casimiro Fernández Otero, D. Victorino Calvo Piñeiro, D. Jesús Durán Martínez, D. José Manuel Castedo Villar, D. Benigno Rodríguez Quintas, y D. Lino Braulio Velo Amaro. A efecto de votaciones se hace constar que la Corporación esta formada por veintisiete Diputados de hecho y de derecho, incluido el Presidente. Da fe del acto el Secretario General, D. José Fariña Jamardo, y esta presente el Interventor de Fondos Provinciales, D. Fernando Pedrosa Roldan. No asisten los Sres. Diputados D. Modesto Barcia Lago, D. Sergio Iglesias Pazos y D. José Costa Díaz. Declarada abierta la sesión y de orden de la Presidencia se entra seguidamente en el examen del Orden del Día para esta sesión, adoptándose en relación con el mismo los siguientes acuerdos: 1.160.- ACTA ANTERIOR Por unanimidad se aprobó el borrador del acta de la sesión anterior, ordinaria, del día 24 de abril de 1982. ------ Folla: 1C8075297 2.161.- ENTREGA DE CANTIDADES A LA COMUNIDAD DE VECINOS DE SEVIL, PROPIETARIOS DE MONTES VECINALES EN MANO COMÚN La Comisión de Agricultura, a la vista de los acuerdos e informes emitidos y al objeto de clarificar la interpretación del alcance y efectos, acuerda proponer al Pleno para su aprobación, que la interpretación correcta que ha de dársele a la rescisión del Consorcio Forestal, debe ser la siguiente "que las cantidades que han tenido ingreso en la Diputación como beneficio de aprovechamientos forestales, con posterioridad al 11 de noviembre de 1980, aunque respondan a aprovechamientos incluso anteriores a su primer acuerdo de 1978, favorable al cambio de criterios, sean devueltos a los propietarios de los Montes Vecinales, previa reclamación de sus legítimos representantes, en consecuencia, la Comisión de Agricultura, entiende que procede le sea devuelta la cantidad de TRESCIENTAS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTAS SESENTA PESETAS (372.960), reclamada por los vecinos de la comunidad de Sevil (Cuntis), a sus legítimos representantes, y el Pleno, por unanimidad, acepta en su totalidad el dictamen de la Comisión de Agricultura y acuerda la devolución referida de 372.960 pesetas a los vecinos de la Comunidad de Sevil (Cuntis). En este momento se incorpora a la sesión el Vicepresidente, D. Eladio Portela Paz. ------ Folla: 1C8075298 3.162.- APROBACIÓN INICIAL DEL PROYECTO DE INSTALACIÓN DE UN MONTACAMILLAS EN EL SANATORIO PSIQUIATRICO DE O REBULLÓN Se da cuenta del proyecto de instalación de un monta camillas en el Sanatorio Psiquiátrico de O Rebullón, redactado por el Arquitecto D. Ricardo Aguilar Argeriti, y que importa en su ejecución por contrata TRES MILLONES NOVECIENTAS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTAS TREINTA Y DOS PESETAS (3.979.432), siendo el presupuesto para conocimiento de la Administración de CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTAS SESENTA Y SIETE PESETAS (4.187.667). De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Construcciones y Obras públicas, el Pleno por unanimidad acuerda su aprobación inicial y se exponga al público durante el periodo reglamentario a efectos de reclamaciones. ------ Folla: 1C8075298 4.163.- APROBACIÓN INICIAL DEL PROYECTO DE REPARACIÓN DE LA CARRETERA DE PUXEIROS AL AEROPUERTO DE PEINADOR Se da cuenta del proyecto de reparación de la carretera de Puxeiros al Aeropuerto, redactado por el Ingeniero Director de Vías y Obras Provinciales, D. Eloy Fernández- Valdés Rodríguez, y que importa en su ejecución por contrata DIEZ MILLONES SEISCIENTAS CATORCE MIL PESETAS (10.614.000), siendo el presupuesto para conocimiento de la Administración de DIEZ MILLONES SETECIENTAS UNA MIL PESETAS (10.701.000). De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Construcciones y Obras públicas, el Pleno por unanimidad acuerda su aprobación inicial y se exponga al público durante el periodo reglamentario a efectos de reclamaciones. Igualmente y a propuesta de la Presidencia, considerando la urgencia que reviste la ejecución de esta obra y su carácter de excepcionalidad, se acuerda por unanimidad, y de conformidad con lo que dispone el Art. 19 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, reducir a la mitad los plazos de convocatoria para la licitación. ------ Folla: 1C8075298 5.164.- PRESUPUESTOS DE OBRAS ADICIONALES A LAS OBRAS DE VÍAS PROVINCIALES DE CAE Y POS 1.982 (ACUERDO PLENARIO DE 19-XI-81) Se da cuenta del proyecto de propuesta de obras adicionales a las correspondientes al plan de Obras y Servicios y Comarca de Acción Especial de 1981, formuladas por el Ingeniero Director de Vías y Obras, cumplimentando así acuerdo plenario de 19.XI.81. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Construcciones y Obras Públicas, el Pleno por unanimidad acuerda su aprobación así como que estas obras adicionales se adjudiquen a los contratistas adjudicatarios de la obra principal en cada caso. ------ Folla: 1C8075298 6.165.- CONCESIÓN DE AYUDA TÉCNICA PARA CONFECCION DE PROYECTOS MUNICIPALES Estudia el Pleno provincial propuesta que formula la Comisión Informativa de Cooperación- Planes Provinciales, comprensiva de relación de subvenciones a conceder a los Ayuntamientos peticionarios, para financiar en parte el pago de honorarios de confección de Proyectos de obras municipales, con cargo a la Partida de "Ayuda Técnica", consignada en los planes provinciales de Obras y Servicios correspondientes a los años de 1.981 y 1.982. Y, RESULTANDO que en la referida relación están incluidas todas las peticiones formuladas por los Ayuntamientos peticionarios y consideradas como cooperables. RESULTANDO que, de la aplicación del baremo porcentual en vigor a las peticiones formuladas, el total montante de las subvenciones propuestas se eleva a la cantidad de 3.470.110 pesetas. RESULTANDO que dicha cantidad se imputa a la consignación del plan provincial 1981, hasta su total importe de 3.144.380 pesetas, consignadas, siendo el resto - por 325.730 pesetas - aplicado a la Partida del Plan provincial de 1982, de la que resulta un remanente disponible para nuevas peticiones que se formulen, por 2.818.650 pesetas. CONSIDERANDO que la propuesta elevada se ajusta estrictamente a la normativa que rige la concesión de Ayuda Técnica. el Pleno, por unanimidad, acuerda prestar aprobación a la misma, cuya síntesis numérica por Ayuntamientos es la que sigue: SUBVENCIÓN MUNICIPIO Nº DE PROYECTOS CONCEDIDA Caldas de Reis 4 170.050 Cangas de Morrazo 15 230.940 A Cañiza 4 135.250 Cotobade 14 252.360 Creciente 2 38.220 Forcarei 12 387.180 Gondomar 4 127.180 Lalín 6 674.630 A Lama 9 60.840 Marín 11 158.190 Meaño 1 115.840 Mondaríz-Balneario 1 119.300 Pazos de Borbén 8 61.790 Portas 1 20.250 Ponte Caldelas 2 28.050 Pontecesures 1 100.350 Rodeiro 3 113.750 Salceda de Caselas 6 154.780 Salvaterra de Miño 1 23.150 Vila de Cruces 9 281.290 Covelo 3 216.720 Total suman 117 3.470.110 La presidencia pone de manifiesto a los asistentes que los puntos siguientes del Orden del Día, 7 y 8, requieren quórum de la mayoría absoluta para su aprobación, y al no existir la misma en este momento propone y así se acuerda por unanimidad de los asistentes, alterar el Orden del Día de la sesión, en el sentido de pasar a tratar en primer lugar del punto 9 para hacerlo después de los dos puntos anteriores, 7 y 8. Durante la discusión del siguiente punto del Orden del Día se incorporan a la sesión los Diputados D. José Luis Nogueira Rodríguez, D. Julio Riera Nieves y D. José Javier Varona Para. ------ Folla: 1C8075299 7.166.- ESCRITO DEL AYUNTAMIENTO DE MARÍN, SOLICITANDO APLAZAMIENTO DE SUBVENCIÓN PARA PABELLÓN POLIDEPORTIVO Por la presidencia se da cuenta resumida del dictamen de la Comisión, señalando el Sr. Piñeiro Bermúdez que el Ayuntamiento de Marín no renuncia a la subvención, contestando la Presidencia que en efecto no renuncia, sino que solicita reserva o aplazamiento de la misma, lo que no es posible y por ello la Comisión no accede al aplazamiento y le dice al Ayuntamiento de Marín que formule nueva petición. A continuación se producen las siguientes intervenciones: Sr. Piñeiro Bermúdez.- Es que normalmente me imagino que la mayoría de las obras no habrán empezado, y por ello el aplazamiento es posible. Sr. López Freire.- Yo estimo que lo que ellos pedían era que en el plan del 82 se pudiera ver la posibilidad de complementar hasta veinte millones de pesetas. Pero lo que no procede es eso, puesto que las subvenciones se conceden por año, y en este año no se le podría complementar hasta los veinte millones por la sencilla razón de que el Plan es ya por tercios; entonces quedaría un tercio del Consejo Superior de Deportes descolgado del otro tercio. Ahora bien, los seis millones mientras no los apliquen podría seguir haciendo uso de ellos. Sr. Piñeiro Bermúdez.- Entiendo entonces que ellos podrán contratar la obra el año que viene mientras tanto la Diputación no disponga lo contrario, y esto no para ellos sino para todos; podrán contratarla para el año que viene. Por la Presidencia se da lectura al dictamen. Sr. López Freire.- Yo quiero aclarar que lo que pedían en cuanto a los seis millones de pesetas, no esta contenido en la resolución. Pedían los seis millones de pesetas para un nuevo Pabellón en lugar distinto al que le fue concedido y para distinta obra. Y eso no puede ser, porque es nominal para una obra determinada. Lo que pasa es que ahí no se refleja exactamente el contenido de lo que ellos solicitaban. El pabellón que se había concedido que ellos llamaban de San Pedro, ahora quieren realizarlo en otro lugar. Y entonces como la obra fue concedida para dicho pabellón, no se puede aplazar. Sr. Piñeiro Bermúdez.- Cuando ellos hicieron la solicitud y se le concedió la subvención, no habrán dicho exactamente: lo vamos hacer en tal o en cual sitio; lo que pasa es que existe una polémica ahora en el Ayuntamiento con el dichoso Polideportivo, y el Sr. López Freire lo que quiere es cargárselo ya de una vez. Sr. López Freire.- Una sola aclaración Presidente, las obras del Ayuntamiento se hacen con cargo a un proyecto determinado, y ahora se quiere cambiar el proyecto, la cantidad, etc. El año pasado se concedía la subvención en orden a una estimación del valor de la obra; al variar el proyecto y al variar la obra, varía sustancialmente el criterio con el que se aplicarían los seis millones de pesetas. Por lo tanto a eso es a lo que se opone la Comisión. Se ha cambiado el proyecto y se ha cambiado la valoración de la obra y, por lo tanto, no se pueden conceder seis millones para otra obra, porque entonces habría variado la cantidad de la subvención. Sr. Piñeiro Bermúdez.- Sr. Presidente, si es superior la inversión que van hacer no le veo yo el inconveniente. Sr. López Freire.- Da la casualidad de que es inferior, Sr. Piñeiro. Sr. Presidente.- Para una mayor clarificación, antes de la votación voy a leer la petición del Ayuntamiento y el dictamen y propuesta de la Comisión. Una vez efectuada la lectura, se procede a la votación de la propuesta con el siguiente resultado: votos a favor diez; en contra dos (PSG) y abstenciones dos (CD), acordando por tanto: Denegar el aplazamiento de la subvención por importe de SEIS MILLONES DE PESETAS (6.000.000), concedida por el Plan de Infraestrutura Deportiva de 1981, al Ayuntamiento de Marín para construcción de un pabellón Polideportivo, por tener la consideración de fija en dicho ejercicio, e indicar a aquella Corporación la conveniencia de formular nueva solicitud dentro del Plan de Infraestrutura de 1983, una vez resueltos los problemas del nuevo emplazamiento. ------ Folla: 1C8075300 8.167.- APROBACIÓN DEL PLAN DE PENETRACIÓN DE TELEFONOS PÚBLICOS DE SERVICIO, DERIVADO DEL CONVENIO CIA. TELEFONICA- XUNTA DE GALICIA- DIPUTACIÓN PROVINCIAL (PRIMERA Y SEGUNDA FASES) Estudia el Pleno provincial la propuesta del Plan Especial de Penetración del Servicio Telefónico en el Medio Rural, redactado en cumplimiento del Convenio formalizado entre la Compañía Telefónica Nacional de España, la Xunta de Galicia y la Diputación provincial. Y, RESULTANDO que el Plan ha sido elaborado en base a la distribución de Teléfonos- Públicos Servicio en cuadrículas de 4 Km. de lado (1ª fase) y de 2 Km. de lado (2ª fase), formulada por la Compañía Telefónica Nacional de España. CONSIDERANDO que, consultados los Ayuntamientos de la provincia afectados por el, citado Plan, al objeto de aceptación o propuesta de variaciones razonadas, se ha redactado el plan a tenor de las contestaciones formuladas. El Pleno provincial a la vista de la citada propuesta, por unanimidad, acuerda: 1º.- Aprobar el Plan Especial de Penetración del Servicio Telefónico en el Medio Rural, según relación circunstanciada que se acompaña. 2º.- Considerando que a la vista de fundamentadas razones alegadas por diversos Ayuntamientos, la localización de algunos Teléfonos Públicos de Servicio, deducida de la distribución en cuadrículas, resulta claramente irracional y de limitadísima rentabilidad social, por su ubicación, bien en entidades de escasa población, ya en lugares muy próximos unos de otros - siendo por otra muy necesarios en otros mas alejados y de mayor censo, en los que no se prevé su instalación - la Diputación provincial entiende que la aprobación y ejecución del plan deben quedar condicionadas a la posibilidad de introducir modificaciones procedentes en la localización de aquellos TPS cuya ubicación resulte ilógica o inadecuada desde el punto de vista del mejor servicio al interés general. 3º.- La aprobación del plan implica el consiguiente compromiso de cofinanciación de las obras por parte de la Diputación Provincial, en la proporción establecida. A cuyo fin y una vez conocido el montante total del presupuesto de las obras, se habilitara la consignación necesaria para hacer frente al compromiso contraído. ------ Folla: 1C8075300 9.168.- APROBACIÓN PLAN COMPLEMENTARIO ACCIÓN CULTURAL 1982 Después de una aclaración previa de la presidencia acerca del carácter de las representaciones teatrales previstas, de conformidad con el informe favorable de la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Turismo, se acuerda por unanimidad, subordinándolo a que se haga la necesaria modificación y habilitación de crédito, aprobar el plan Complementario de Acción Cultural 1982, por importe total de 4.247.537 pesetas, distribuido en los siguientes capítulos: Para conciertos de órgano 352.580 Ptas. Para el ciclo de E. Macias 660.000 Ptas. Para conciertos de música contemporánea 670.000 Ptas. Para festival internacional de teatro 2.564.957 Ptas. Durante la discusión de este punto del Orden del Día, se incorporan a la sesión los Diputados D. José Campos Medina, D. José Manuel Barros González y D. Julián Antonio Troncoso Montero. ------ Folla: 1C8075300 10.169.- PETICIÓN DE SUBVENCIÓN POR PARTE DE LA FEDERACIÓN PROVINCIAL DE COFRADIAS DE PESCADORES DE PONTEVEDRA, PARA FINANCIAR CAMPAÑAS DE PESCA Y PARA LA ADQUISICIÓN DE UN ORDENADOR, MEDIANTE EL ESTABLECIMIENTO DEL OPORTUNO CONVENIO Una vez leído el dictamen de la Comisión por el Secretario actuante, interviene el Sr. Varona Para quién manifiesta estar un poco sorprendido ante el hecho de que las Cofradías de Pescadores de la provincia de Pontevedra se arreglen con una ayuda de dos millones de pesetas para las campañas que preconizan y adquisición de un ordenador, y como profesional de la pesca le parece que con dicha cantidad no se pueden comprar los impresos para rellenar los datos que el ordenador necesita y por ello le gustaría que le diesen mas detallado el desglose de las partidas, y expresa que considera que la ayuda de la Diputación al sector de la pesca debía ser mas sustanciosa, indicando también que hay una Comisión de Diputados provinciales Costeros para tratar el tema de las Cofradías y que las opiniones de dichos Diputados no han sido interesadas. El Sr. Presidente dice al Sr. Varona que no ha debido examinar el expediente de la Comisión, el Sr. Varona dice que efectivamente es así, por lo que el Presidente dispone se de lectura a la solicitud de la Cofradía que efectúa el Secretario actuante, y a continuación el Presidente señala que lo que la Comisión de Hacienda ha hecho ha sido recoger las dos peticiones exactas de la Federación de Cofradías y proponer al Pleno que dé su visto bueno en cuanto a la fijación de la cifra, facultando a la presidencia para cumplimentar los convenios correspondientes y que naturalmente en el ánimo de la Presidencia esta el contar con la Comisión para instrumentar la operación, una vez que se tenga el acuerdo del Pleno de que se pueda realizar la misma, es decir, que lo que va a aprobar ahora la Corporación, si es que lo acuerda, es la dotación económica para en su día suscribir el convenio y en relación con el mismo dar la subvención establecida. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Economía se acuerda por unanimidad facultar a la Presidencia para el establecimiento de un Convenio con la Federación Provincial de Cofradías de Pescadores de Pontevedra, en el que se fijen las bases de colaboración con el sector pesquero y en el que se recojan la posibles ayudas económicas para financiar las compañas de pesca y facilitar la adquisición de un ordenador, no excediendo de la cantidad total de TRES MILLONES QUINIENTAS MIL PESETAS (3.500.000), aprobándose para ello el crédito extraordinario correspondiente, que se incluirá en el primer expediente de modificación de créditos que se tramite. Al iniciarse la discusión del punto siguiente del Orden del Día, se incorpora a la sesión el Diputado D. Antonio Martínez Vicente. ------ Folla: 1C8075301 11.170.- EXPEDIENTE DE CONCESIÓN DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Economía se acuerda por unanimidad prestar aprobación al expediente de crédito extraordinario para incluir dentro del vigente Presupuesto Ordinario de 1982, por un importe de SEIS MILLONES TRESCIENTAS CUARENTA Y UNA MIL QUINIENTAS OCHENTA Y CUATRO PESETAS (6.341.584), con la finalidad de financiar la obra denominada "Primera fase de cierre y obras complementarias en A Lanzada", utilizando para ello el sobrante existente en la liquidación del Presupuesto Extraordinario "R" que estaba financiado mediante una operación de préstamo concertado con el Banco de Crédito Local de España, que autorizó a la Diputación Provincial a aplicar dicho sobrante para financiar la obra mencionada. El resumen de dicho expediente es el siguiente: ESTADO DE INGRESOS Concepto 956.02 Del Banco del Crédito Local de España (parte del préstamo nº 5346-1, no invertida en el Presupuesto Extraordinario "R" 6.341.584 ESTADO DE GASTOS Partida 631.53312 Proyecto de mejoras en edificios existentes (Campamento de A Lanzada) 6.341.584 NIVELADO El expediente ha de exponerse al público durante un período de quince días habiles a efectos de reclamaciones. ------ Folla: 1C8075301 12.171.- EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Visto el escrito del Sr. Interventor de Fondos provinciales por el que pone de manifiesto que en las oficinas a su cargo se encuentra un documento de gastos realizados que por corresponder a ejercicios ya liquidados, no existe consignación en el Estado de Gastos del vigente Presupuesto para atender al pago de los mismos, cuyo importe total asciende a DOSCIENTAS TRECE MIL DOSCIENTAS PESETAS (213.200), y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Economía, que informa favorablemente la relación que propone la Intervención de Fondos, se acuerda por unanimidad reconocerla como crédito y que sea incluida en el primer expediente de modificación de créditos que se tramite. Dicha relación es del tenor siguiente: Centro de Deficientes Severos-Valverde de Allariz (Ourense), estancias del 4º trimestre de 1981 174.800 Pts. C.O. Santa Catalina de Corouces de Amoeiro (Ourense), estancias diciembre 1981: 12.400 Pts. Dña. María Solla Outón, viuda del que fue peón Caminero D. Eladio Prego Mella, 80% de gastos ocasionados por tratamiento Telecobalto en el Policlínico Vigo, SA. De este último 26.000 Pts. Total 213.200 Pts. Al iniciarse la discusión del siguiente punto del Orden del Día, se incorpora a la sesión el Diputado D. Casimiro Fernández Otero. ------ Folla: 1C8075302 13.172.- CONCESIÓN DE UN CRÉDITO DE 300.069.618 PESETAS, POR EL BANCO DE CRÉDITO LOCAL DE ESPAÑA PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS INCLUIDAS EN PLANES PROVINCIALES Y CONTRATO DE FORMALIZACIÓN DEL MISMO De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Economía se acuerda por unanimidad quedar enterado el Pleno de que por el Banco de Crédito Local de España se ha autorizado la concesión de un crédito a favor de esta Diputación Provincial, por un importe de TRESCIENTOS MILLONES SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTAS DIECIOCHO PESETAS (300.069.618), con destino a la ejecución de las obras incluidas en el Plan provincial de Obras y Servicios de 1982, Plan adicional y plan de la Comarca de Acción Especial, también para 1982. El tipo de interés y comisión anual será del 11,20% y el plazo de amortización de 15 años con uno de carencia. Igualmente y visto el escrito nº 3.950 de 19 del corriente del Banco de Crédito Local de España, se acompaña el proyecto de contrato de préstamo con previa apertura de crédito entre la Excma. Diputación provincial de Pontevedra y el Banco de Crédito Local de España, por un importe de 300.069.618 pesetas, según el contrato tipo aprobado por Orden de fecha 1º de agosto de 1945 (BOE del 4) debidamente adaptado a la legislación y disposiciones anteriores y considerando el informe favorable previo de la Intervención según dispone el nº3 del art. 168 del RD 3250/1976 de 30 de diciembre y el art. 4º de la Ley 40/1981 de 28 de octubre, al igual que el de Secretaría, se acuerda por unanimidad de los Diputados presentes que constituyen la mayoría absoluta legal de miembros de la Corporación, y por tanto con el quórum que se prevé en el nº 2 del artículo 3º de la Ley 40/1981 de 28 de octubre, aprobar el proyecto de contrato referido, del tenor literal siguiente: "PROYECTO DE CONTRATO DE PRÉSTAMO CON PREVIA APERTURA DE CRÉDITO ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PONTEVEDRA Y EL BANCO DE CRÉDITO LOCAL DE ESPAÑA, POR UN IMPORTE DE 300.069.618 PESETAS CLAÚSULAS PRIMERA.- El Banco de Crédito Local de España abre un crédito a la Excma. Diputación provincial de Pontevedra, por un importe de 300.069.618 pesetas, con destino a ejecución de obras incluidas en el plan provincial de POS de 1982, Plan Adicional, y plan de la CAE, también para 1982. SEGUNDA.- Para el desarrollo de esta operación, se procederá primeramente a la apertura de una cuenta denominada "Cuenta General de Crédito". En esta cuenta se irán adeudando las cantidades que el Banco desembolse para los fines y hasta el límite señalado en la estipulación anterior, incluidos los gastos de escritura pública que se originen por el concierto de esta operación, intereses y comisión, en su caso. TERCERA.- Dentro del límite fijado en las cláusulas anteriores, la "Cuenta General de Crédito" registrará los anticipos que el Banco haga a la Corporación contratante a cuenta del Presupuesto base de la operación, hasta que se fije la deuda definitiva y se proceda a su consolidación. El interés que devengarán los saldos deudores de esta cuenta será del 11 % anual, salvo lo dispuesto en el párrafo siguiente. En el caso de que la Superioridad dispusiera la modificación del tipo de interés, el Banco cargará intereses a razón del nuevo tipo, previa notificación a la Corporación con tres meses de anticipación; sobre el particular se estará a lo establecido en los párrafos tercero y cuarto de la clausula sexta. La liquidación de intereses sobre los saldos deudores de la cuenta se efectuará al final de cada trimestre natural, en cuya fecha se considerarán vencidos para su reembolso inmediato. La liquidación será notificada a la Corporación, para su comprobación y demás efectos. El primer vencimiento para intereses será el del día final del trimestre natural en que se formalice este contrato. El crédito concedido devengara las siguientes comisiones: a) El 0,20 % anual, por servicios generales, aplicable sobre el mayor saldo dispuesto y, en su caso, sobre el saldo deudor por amortización e intereses vencidos que pueda producirse. b) El 1 % anual, por disponibilidad, sobre las cantidades no dispuestas del crédito concedido, una vez transcurrido el período de carencia o de desarrollo de la operación, señalado en la cláusula quinta, y consolidada la deuda. El saldo de la "Cuenta General de Crédito", constituirá, en todo caso, un crédito líquido a favor del Banco, exigible en los términos de este contrato y al final del período de desarrollo de la operación, la deuda total consolidada con la cual se formulara el cuadro de amortización pertinente, según se previene en la Estipulación quinta. CUARTA.- Las peticiones de fondos con cargo a la "Cuenta General de Crédito" abierta por el Banco se comunicaran por medio de oficios suscritos por el Sr. Presidente, con la toma de razón de los Sres. Interventor y Depositario, debiendo acompañarse en cada caso la certificación de obras que expida el Director Técnico de las mismas, o la de adquisiciones o expropiaciones aprobadas con arreglo a lo previsto en el nº 2 de la Regla 45 de la Instrucción de Contabilidad, que figura como anejo del vigente Reglamento de Haciendas Locales. La Corporación contratante facilitara la gestión comprobatoria que el Banco estime conveniente realizar para cerciorarse de que la inversión de los fondos enviados se efectúa con sujeción a lo previsto en este contrato, en relación con el Presupuesto base de la operación y proyectos de las obras. QUINTA.- Transcurrido el plazo de 1 año, a partir del primer vencimiento trimestral inmediato a la fecha en que se formalice el contrato, o antes al agotarse el crédito concedido o terminarse las obras proyectadas, el saldo deudor de la "Cuenta General de Crédito", constituirá la deuda consolidada de la Diputación provincial de Pontevedra a favor del Banco de Crédito Local de España, salvo que se procediera por la Corporación a su reembolso inmediato. El importe habrá de amortizarse en el plazo de 14 años, a partir del cierre de la "Cuenta General de Crédito", con arreglo al cuadro de amortización, que será confeccionado al efecto, y, por tanto, mediante anualidades iguales, comprensivas de intereses y amortización, que habrán de hacerse efectivas en el domicilio del Banco, al vencimiento de cada trimestre y contra recibo o justificante que indicara la cantidad y la parte de la anualidad de que se trata. El Banco de Crédito Local de España confeccionara el cuadro de amortización según las claúsulas de este contrato y con arreglo al tipo de interés del 11 % anual. SEXTA.- En la fecha en que la operación debe regularizarse por la Corporación, mediante reembolso a metálico o consolidación de la deuda, según el párrafo primero de la cláusula quinta, el Banco notificará a la Corporación para que proceda en consecuencia, efectuando la pertinente liquidación y acompañando el cuadro de amortización correspondiente. El interés del cuadro será, en todo caso, el establecido en el párrafo segundo de la claúsula tercera, salvo lo previsto en el párrafo tercero de la misma cláusula. Cuando resultare distinto al 11 %, la Corporación podrá, en caso de disconformidad, reembolsar seguidamente al Banco el importe que le adeude, dentro del plazo de tres meses, sin devengo alguno por amortización anticipada. Transcurrido dicho plazo sin que se efectúe el reembolso, dará comienzo la amortización, con sujeción al citado cuadro. Toda variación del tipo de interés, tanto sobre los saldos deudores de la "Cuenta General de Crédito", como del cuadro de amortización, respecto del 11 % estipulado, será acordada por el Consejo de Administración del Banco. Cuando la tasa de interés sobre los saldos de la "Cuenta General de Crédito" se elevará en un medio por ciento, o más, sobre el tipo base del 11 %, fijado en las estipulaciones tercera y quinta, podrá la Corporación contratante, si no estuviere conforme con el aumento, renunciar a la parte no utilizada del crédito o aplazar su disposición; y también rembolsar el importe que adeude al Banco, con preaviso de tres meses, sin devengo alguno por amortización anticipada. La petición de reembolso se formulara dentro del plazo de un mes, contado desde la fecha en que sea notificada a la Corporación la indicada elevación; caso contrario, se entenderá convenida la amortización mediante anualidades iguales, siguiendo en este caso las normas de los párrafos primero y segundo de esta cláusula. Cuando se diera el caso de que los intereses o comisiones que se proponga el Banco liquidar sobre la "Cuenta General de Crédito" o establecer en el cuadro de amortización de la deuda, sean de tipo distinto de los autorizados por el Ministerio de Hacienda en la fecha de que se trate, el Banco solicitará la previa aprobación de dicho Ministerio, antes de hacerlos efectivos. SÉPTIMA.- La Corporación podrá anticipar, total o parcialmente, la amortización del préstamo objeto de este contrato. OCTAVA.- El Banco de Crédito Local de España es considerado acreedor preferente de la Diputación provincial de Pontevedra por razón del préstamo, sus intereses, comisión, gastos y cuanto le sea debido y en garantía de su reintegro, afecta y grava de un modo especial los ingresos que produzcan los recursos siguientes: 50 % del recargo provincial sobre las operaciones sujetas al Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas y sobre los Impuestos Especiales de Fabricación. Dicho recurso quedara asimismo afectado en garantía de las operaciones pendientes de amortización, formalizadas con el Banco. Con referencia a estos ingresos la representación de la Corporación declara que se hallan libres de toda carga o gravamen, a excepción de las ya indicadas, constituyendo una garantía de carácter preferente en favor del Banco, procediéndose en cuanto a los recursos citados y a los demás que pudieran afectarse en la forma en que se prevé en la cláusula décima. La Diputación provincial de Pontevedra otorgará el oportuno poder, tan amplio y bastante como en derecho se requiera, a favor del Banco de Crédito Local de España para que dicha Institución perciba directamente las cantidades que sean liquidadas por la Administración Central (órgano central o periférico), autónoma o provincial, procedentes de los recursos mencionados. Este poder que tendrá carácter irrevocable hasta que la Diputación cancele las obligaciones derivadas del presente contrato y de los ya formalizados o que se formalicen con la aceptación en garantía de los recursos de que se trata, consignará asimismo la facultad a favor del Banco de Crédito Local de España de sustituirlo, total o parcialmente, en favor de cualquier persona natural o jurídica que dicha Institución de crédito estime conveniente. Para su otorgamiento queda facultado el Sr. Presidente de la Corporación. Mientras esté en vigor el contrato, la Diputación provincial de Pontevedra no podrá, sin consentimiento del Banco, reducir las consignaciones de los recursos antes indicados, ni alterarlos rebajando sus tarifas y ordenanzas. NOVENA.- En caso de insuficiencia comprobada del importe de las garantías especialmente mencionadas en la cláusula anterior, quedarán ampliadas y, en su caso, sustituidas con aquéllas otras que indique el Banco, en cuantía suficiente para que quede asegurado el importe de la anualidad y un 10 % más. DÉCIMA.- Los recursos especialmente afectados en garantía del cumplimiento de las obligaciones contraídas por la Corporación en el presente contrato, serán considerados, en todo caso como depósito hasta cancelar la deuda con el Banco de Crédito Local de España, no pudiendo destinarlos a otras atenciones mientras no esté al corriente en el pago de sus vencimientos. La corporación contratante cumplirá lo anterior adaptándose a las normas contenidas en el convenio de Tesorería que figura como anejo al contrato formalizado en escritura pública de fecha 26 de abril de 1952, cuyo convenio se considera como parte integrante de este contrato, con la modificación de que los tipos de interés y comisiones serán los que rijan en el momento de la formalización o puesta en ejecución de este contrato, y de que los recursos que se citan en la claúsula segunda del mencionado convenio serán los que se indican en la claúsula octava del presente contrato. UNDÉCIMA.- En caso de reincidencia en el incumplimiento de las obligaciones de pago, el Banco de Crédito Local de España podrá declarar vencidos todos los plazos y hacer efectivo cuanto se le adeude, procediéndose contra todos o cualquiera de los recursos mencionados en las claúsulas octava y novena. En este caso, el Banco hará una liquidación de las cantidades ingresadas y deducidos los gastos ocasionados y los premios de cobranza, se resarcirá de la parte o partes vencidas de la anualidad o anualidades y entregará el sobrante a la Corporación. DUODÉCIMA.- El Banco tendrá en todo momento la facultad de comprobar la realidad de la inversión del préstamo en la finalidad a que se destina. Si advirtiese que se da distinta aplicación a la cantidad prestada, o que dicha aplicación se hace en forma diferente de la necesariamente prevista con arreglo a la legislación vigente, el Banco podrá rescindir el contrato por sí mismo, sin necesidad de resolución judicial, siendo a cargo de la Corporación los daños y perjuicios, gastos y costos. No obstante, en caso de incumplimiento, el Banco requerirá previamente a la Corporación para que dé al importe del préstamo la aplicación pactada, y al no ser atendido este requerimiento, cumplirá las formalidades establecidas en la cláusula undécima, antes de proceder a la rescisión del contrato. DÉCIMO TERCERA.- Este contrato de préstamo, acreditativo de la obligación de pago, tendrá carácter ejecutivo, pudiendo el Banco, en caso de incumplimiento, hacer efectivas todas las obligaciones que contienen y se deriven del mismo, por el procedimiento de apremio administrativo establecido para los impuestos del Estado, el cual procedimiento se ajustará a lo previsto en la RO de 14 de enero de 1930. DÉCIMO CUARTA.- Durante todo el tiempo de vigencia del contrato la Corporación se obliga a remitir al Banco, en los primeros cinco días de cada mes, una certificación librada por el Interventor de Fondos, con el visto bueno del Sr. Presidente, acreditativa de lo que hayan producido durante el mes anterior cada uno de los recursos especialmente afectos al pago como garantía del préstamo. Asimismo deberá remitir anualmente certificación, en su parte bastante, del Presupuesto Ordinario y de su cuenta de liquidación y, en su caso, del Presupuesto base de la operación, cuyos datos se remitirán con la extensión precisa para poder apreciar la cuantía de dichos Presupuestos, de la anualidad consignada para cumplir las obligaciones de este contrato y de los ingresos efectivos durante el ejercicio a que la liquidación se refiera, en total y singularmente, de los recursos afectados en garantía especial y de los conceptos mas importantes. DÉCIMO QUINTA.- La corporación deudora queda obligada a comunicar al Banco todos los acuerdos que afecten en cualquier modo a las estipulaciones de este contrato y especialmente a los recursos dados en garantía, que figuran en el Presupuesto de ingresos, así como a la consignación para pagar al Banco la anualidad prevista en la cláusula quinta, que figurará en el Presupuesto de gastos, a fin de que pueda recurrir legalmente contra los que estime le perjudiquen. Dichos acuerdos no serán ejecutivos hasta que adquieran firmeza, por no haber interpuesto el Banco recurso alguno contra los mismos, o haber sido desestimados los que interponga por resolución firme, dictada en última instancia. DÉCIMO SEXTA.- Serán a cargo de la Corporación las contribuciones e impuestos que graven o puedan gravar el presente contrato de préstamo, sus intereses y amortización, pues el Banco ha de percibir íntegramente, en todos los casos, las cantidades líquidas que se fijen en el cuadro de amortización, o los intereses intercalarios, en su caso o de demora, que constan en las cláusulas de este contrato. Serán también a cargo de la Corporación todos los demás gastos ocasionados por el otorgamiento del presente contrato. DÉCIMO SÉPTIMA.- En lo no previsto en el presente contrato, se estará a lo dispuesto en la ley 13/1971, de 19 de junio, sobre Organización y Régimen del Crédito Oficial y en los Estatutos del Banco, protocolizados en escritura pública de 7 de febrero de 1972, inscrita en el Registro Mercantil de la provincia de Madrid, al tomo 2.817 general, 2.140 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, folio 1º, hoja número 19.327, inscripción 1ª. DÉCIMO OCTAVA.- La Corporación contratante se compromete a consignar en los anuncios de subasta o concurso para la ejecución de las obras que se satisfacen con el importe del préstamo contratado, en el lugar correspondiente de dicho anuncio, referente a la obligación de los licitadores de constituir como preliminar a la presentación de los pliegos la fianza correspondiente, el párrafo que sigue: "También son admisibles para constituir la fianza provisional y definitiva, las Cédulas de Crédito Local, por tener legalmente la consideración de efectos públicos". DÉCIMO NOVENA.- Los Jueces y Tribunales competentes para entender en cuantas cuestiones surjan a consecuencia de la interpretación de este contrato, serán los de Madrid. CLÁUSULA ADICIONAL PRIMERA.- La demora en el pago a sus respectivos vencimientos de las cantidades que por intereses, comisión y, en su caso, amortización, haya de satisfacer la Corporación, devengarán por dicho concepto de demora el mismo tipo de interés que el crédito de que se trata, o sea, el del 11 % anual, mas una comisión del 3 % anual. CLÁUSULA ADICIONAL SEGUNDA.- Las cantidades no dispuestas del crédito, transcurrido el plazo de 3 años, a partir de la fecha de su consolidación, o sea finalizado el período de carencia o desarrollo de la operación, se destinaran a amortización anticipada de dicho crédito." Igualmente y por unanimidad se faculta de un modo expreso al Presidente de esta Excma. Diputación provincial para que en nombre y representación de la misma suscriba con el Banco de Crédito Local de España la escritura de préstamo referida. Al iniciarse el examen del siguiente punto del Orden del Día se incorpora a la sesión el Diputado D. Victorino Calvo Piñeiro. ------ Folla: 1C8075305 14.173.- ORDEN DEL MINISTERIO DE HACIENDA AUTORIZANDO A ESTA DIPUTACIÓN A CONCERTAR PRÉSTAMOS CON LAS CAJAS DE AHORROS PROVINCIAL DE PONTEVEDRA Y MUNICIPAL DE VIGO De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Economía se acuerda por unanimidad quedar enterado el Pleno de que por el Ministerio de Hacienda con fecha 7 del actual mes de mayo, se ha dictado Orden Ministerial mediante la cual se autoriza a esta Diputación Provincial, al amparo de lo establecido en el número 2 del art. 14 de la Ley 44/81 de 26 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 1982, para concertar dos préstamos, uno con la Caja de Ahorros provincial de Pontevedra por importe de DOSCIENTOS MILLONES DE PESETAS (200.000.000), y otro con la Caja de Ahorros Municipal de Vigo por CUATROCIENTAS CUARENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTAS CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA y UNA PESETAS (446.245.171), destinados ambos a cubrir la diferencia producida entre los ingresos estimados y recaudados por los recargos provinciales del Impuesto de Trafico de Empresas e Impuestos Especiales en el Presupuesto Ordinario de 1980. El interés anual es el del 16%, con una comisión de apertura por una sola vez del 0,50% y con un plazo de amortización de 8 años con dos de carencia. La Diputación provincial deberá consignar en su Presupuesto Ordinario para el pago de intereses y amortización de estas operaciones de crédito, cuya carga financiera asume el Estado sin que por lo tanto sea computable a efectos de determinación de la carga financiera total en posteriores operaciones de créditos. ------ Folla: 1C8075305 15.174.- MEMORIA Y CUENTAS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DE 1981 DEL PATRONATO PROVINCIAL DE VIVIENDAS PARA FUNCIONARIOS En relación con este asunto se producen las siguientes intervenciones: Sr. Piñeiro.- Nuestro grupo se opone rotundamente a esto; perseguirá además el acuerdo en caso de que se lleve a cabo, porque entiende que el patrimonio que tiene la Diputación allí es un patrimonio provincial y no un patrimonio de los funcionarios de la Diputación. Entonces si bien estoy de acuerdo con las cuentas, los balances y todo eso, con el último apartado que dice se haga un estudio del inmueble del antiguo Hogar Provincial aprovechando los bajos para dependencias de la Diputación y el vuelo para viviendas, rotundamente no. Sr. Presidente.- Yo creo que realmente el tema no es nuevo, es decir, que hay acuerdos de Corporaciones anteriores adjudicando o estimando que este solar, en el caso de que estuviese desocupado o cuando estuviese desocupado, pasase a formar parte del patrimonio del Patronato. Realmente yo quiero recordar también, ya fuera de la Corporación, que esto dió lugar a una polémica; se redactó el proyecto, el proyecto ya está redactado, y que el tema se dejó ahí. Ahora bien, el acuerdo no es más que estimar o no estimar una petición que hace el Patronato que en su día, naturalmente, este Pleno tendría que hacer firme. El Sr. Interventor de Fondos emite un informe oral sobre el particular del que se desprende la posibilidad de que el solar de referencia haya sido cedido al Patronato provincial de viviendas para funcionarios. Sr. López Freire.- Yo estimo que no es verdad que sea propiedad del patronato; puede haber un acuerdo plenario, pero contra él se puede producir otro acuerdo plenario. Habría que demostrar que las circunstancias han variado, y se hace preciso aclarar dos cosas, una de ellas es que a mí no me consta que exista concesión escrita y otra es que podría llegarse a armonización de las dos cuestiones sin ceder la propiedad, pero si el uso de las viviendas, como ya existen aquí viviendas usadas por funcionarios que son propiedad de la Corporación. Sr. Presidente.- Estamos adelantando acontecimientos, el acuerdo tiene dos puntos, aprobar la rendición de cuentas del Patronato en lo cual me parece que hay unanimidad; y, tomar en consideración un ruego que hace el Patronato de que tan pronto como el inmueble quede libre se haga un estudio, etc., en este caso yo diría que el Pleno se entere de la petición del Patronato, sin comprometerse en absoluto a dar, o a tomar ningún acuerdo sobre esta petición. Sr. Piñeiro Bermúdez.- Entonces no se adopta acuerdo en el segundo punto; quedamos enterados y nada más. Sr. Presidente.- Claro, el Pleno queda enterado de la petición del Patronato en este particular. Seguidamente y por unanimidad de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Economía se aprueban la memoria y cuentas que rinde la Junta del Patronato provincial de Viviendas para funcionarios, correspondientes al año 1981, y cuyo balance de situación es el siguiente: ACTIVO Caja 39.541,00 Efectos a cobrar 720.000,00 Comunidad Alameda 3.394.012,63 Viviendas Alameda 27.978.552,61 Caja Alameda 566.304,29 Suma del Activo 32.698.410,53 PASIVO Capital 539.346,20 Diputacion 5.529.405,00 Banco de Crédito a la Construcción 6.373.509,40 Beneficiarios Alameda 20.256.149,93 Suma del Pasivo 32.698.410,53 En relación con la propuesta de la Junta del Patronato Provincial de viviendas para funcionarios acerca de que en cuanto se ubiquen definitivamente en terrenos de la Ciudad Infantil el Taller de Artes Graficas y el Centro de Formación Profesional, se haga un estudio del inmueble del antiguo Hogar Provincial, aprovechando los bajos para dependencias de la Diputación y el vuelo para viviendas, conforme a lo manifestado con anterioridad en la discusión de este asunto no se adopta acuerdo expreso alguno sobre el particular, quedando simplemente enterados de la formulación de dicha propuesta. Al iniciarse el examen del siguiente punto del Orden del Día, se incorpora a la sesión el Diputado D. Jesús Durán Martínez. ------ Folla: 1C8075306 16.175.- ESCRITO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD SOBRE PRECIO POR SERVICIO DE HEMODIÁLISIS DEL HOSPITAL PROVINCIAL En relación con el dictamen de la Comisión se producen las siguientes intervenciones: Sr. Piñeiro Bermúdez.- Nosotros habíamos acordado, creo que 12.500 pesetas, ellos nos vienen con las rebajas de 12.075, y entiendo que nuestro acuerdo en principio, si lo tomamos unilateralmente, lo debemos seguir manteniendo. Y, por supuesto, tampoco tenemos que estar siempre a lo que diga el INSALUD; me parece que la Corporación debe ser también seria, y si tomamos determinaciones con personas individuales, con un Ente estatal, creo que también deberíamos tomar las mismas. Si a nosotros el hecho de no admitir este precio que nos pone el INSALUD nos supone estar sin cobrar un año, tendremos que estar sin cobrar un año, pero es preciso agotar los recursos y no hacer siempre lo que nos digan. Sr. Portela Paz.- Aún estando realmente de acuerdo con lo que acaba de decir el compañero, Sr. Piñeiro, hay dos puntos importantes que matizar. Primero, cómo se llega a la cantidad de 12.500 pesetas. Cuando nosotros facturamos las 12.500 lo hacemos en un momento en que el INSALUD no había tomado criterios fijos para toda la nación sobre los temas de hemodiálisis; sí tenía un contrato tipo en todos los apartados normales de un Hospital, pero no lo tenía en Hemodiálisis. Entonces lo que hicimos fue previamente aplicarles las tasas nuestras. Ahora viene, con esta propuesta que efectivamente es una modificación de un contrato en vigor, pero si no aceptamos este planteamiento, nos vamos a encontrar con que nos van a tener una cantidad bastante importante retenida durante un año o dos, y vamos a tener que ir a un contencioso económico, como hemos ido en otras ocasiones, que no se va a resolver con facilidad. Entonces yo, pragmáticamente, entiendo, como al final el asunto va a ser largo, que es mejor darle una salida efectiva y realista, porque valdrían mas los intereses del primero que de la diferencia. Sr. Varona Para.- Estoy en contra porque se esta postergando un poco la soberanía de la Diputación, que es cosa que debemos defender. Cuando. tomamos un acuerdo, el que sea, establecemos unos costes, los que son, y si estos costes son los que son, son los que deben de ser, por lo tanto entiendo que debemos de mantener el criterio de dureza, reforzando la postura de mi compañero Piñeiro. Sr. López Freire.- Es solamente para decir que la cuantía es fija para todos los Hospitales, de igual categoría en todo el Estado español, y me parece muy correcto que se atienda la petición que se ha hecho. La Presidencia considerando suficientemente debatido el asunto pone a votación el dictamen de la Comisión, que es aprobado por dieciséis votos a favor, cinco en contra de los Diputados presentes del Grupo Socialista y de CD y ninguna abstención, acordando por tanto aceptar la propuesta del INSALUD y, en consecuencia, modificar el acuerdo plenario adoptado en sesión de 14 de abril de 1979, y fijar el precio del Servicio de Hemodiálisis a que se ha hecho mención en la cantidad de 12.075 pesetas, para el presente ejercicio de 1982. ------ Folla: 1C8075307 17.176.- ESCRITO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD SOBRE ESTABLECIMIENTO DE CLÁUSULA ADICIONAL EN EL CONCIERTO ESTABLECIDO ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN Y EL EXTINGUIDO INP EL 28 DE FEBRERO DE 1978 Leído el dictamen de la Comisión, en relación con el mismo se producen las siguientes intervenciones: Sr. Piñeiro Bermúdez.- En principio estoy de acuerdo en la determinación del concepto estancia, los otros dos van bastante enlazados, yo entiendo que lo que el INSALUD pretende evidentemente es incompatibilizar a los médicos. El INSALUD está en su perfecto derecho a incompatibilizarlos, nosotros también estamos en nuestro perfecto derecho, si queremos incompatibilizarlos, y creo en este momento que deberíamos incompatibilizarlos, si no ya, por lo menos en un periodo de adaptación de un año, por ejemplo. Con esto, y a la vista está, hay un montón de médicos parados, no solamente médicos, ATS, Auxiliares, etc. que aplicando esta medida hubieran conseguido ir paliando poco a poco, su situación. Al INSALUD se le ha visto el plumero, y lo que quiere. El INSALUD, al fin y al cabo, es en este momento el Estado, y el Estado es el Gobierno, casi, casi, creo que me van entendiendo; y no me parece coherente una postura con otra; no sé si es que han marcado un gol el INSALUD o la Diputación. Sr. Portela Paz.- Yo entiendo perfectamente que el Sr. Piñeiro tenga la intervención que tuvo, no se trata nada más que de coherencia política; de sostener lo que su Partido está sosteniendo en las Cortes: la Ley de Incompatibilidades de otra forma diferente a como se está debatiendo, y en concreto se está aprobando. Pero, realmente, lo que no podemos hacer nosotros es ser más papistas que el Papa y sacarnos aquí en la Diputación una Ley de Incompatibilidades, para eso esta el Parlamento, para eso están las Cortes, la están ellos debatiendo, están con este tema; yo pienso que lo que hay que hacer es sencillamente aplicarla, y punto. Sr. Piñeiro Bermúdez.- Yo entiendo, Presidente, que la Diputación está en su Pleno derecho para usar y para arbitrar las medidas que considere oportunas en cuanto a contratación de personal. Y esto al fin y al cabo, no sería mas que una medida más. Hay muchísima gente en paro y no tendría por qué haber tanta, y la Diputación, podría paliar esos casi desastres que hay en el empleo. Sr. Portela Paz.- Es que no se trata de una contratación de personal, se trata de la aplicación de una Ley, y se trata de un tema en el que la gravedad es impresionante, porque imagínese el Sr. Piñeiro, que nosotros cogemos ahora mismo y nos sacamos de la manga una Ley de Incompatiblidades, pero lo que va a pasar es que todos los funcionarios de plantilla, con plaza de Médicos en el Hospital, se nos van a ir pasado mañana al contencioso, a toda velocidad. Durante el precedente debate se ausentan, para reintegrarse a la sesión en el momento que se consignara en el cuerpo del acta los Diputados D. César José Mera Rodríguez y D. Jesús Durán Martínez. La Presidencia considerando que el dictamen de la Comisión que se ha debatido consta de tres puntos o apartados, pone a votación los mismos, por separado, con el siguiente resultado: I. Por unanimidad se acuerda considerar conveniente y necesario la determinación del concepto de estancia, al objeto de solucionar las continuas discrepancias que vienen surgiendo en relación a la facturación de gastos remitidos al INSALUD por la atención en el Hospital provincial de pacientes procedentes de la Seguridad Social, y, en consecuencia, aceptar el primer punto de la propuesta del Instituto Nacional de la Salud, incorporándolo como cláusula adicional al concierto referido. II.- Por catorce votos a favor, dos en contra (Grupo Socialista) y tres abstenciones (CD), se acuerda: estimar, en cuanto al segundo punto, que el contenido del mismo establece un mandato para el personal de la propia Seguridad Social, por lo que el citado texto debería ser incluido en todo caso, en los propios Estatutos, Ordenanzas y Reglamentos de la Seguridad Social. III.- Finalmente y por catorce votos a favor, dos en contra (Grupo Socialista), y tres abstenciones (CD), se acuerda: en relación al compromiso por parte de esta Diputación de no mantener relación de servicios con personal que pertenezca a la Seguridad Social, se determina que, debatiéndose en el momento actual en las Cortes Generales de la Nación el estudio de una Ley sobre incompatibilidades, motivos de oportunidad aconsejan no pronunciarse al respecto, señalando al propio tiempo que, de conformidad con el objeto del concierto, no resulta, en todo caso, este el instrumento adecuado para reflejar el referido compromiso. Finalizada la votación, el Sr. Varona Para dice: Una vez pasado el punto, quería hacer una pequeña pregunta al Secretario, ¿existe algún criterio o alguna Ordenanza sobre incompatibilidades de otro tipo de funcionarios de esta Casa que se haya establecido por la Diputación, o que este definida por Administración Local, ajeno a cualquier competencia que puedan tener las Cortes en este sentido? Hay incompatibilidades expresas de algunos funcionarios o grupos de funcionarios de esta Casa; incompatibilidades que hayan sido definidas por la propia Diputación? El Secretario actuante, por indicación de la presidencia contesta al Sr. Varona Para diciendo: que existe una normativa de carácter general que es el Reglamento de Funcionarios, en el que se establecen determinadas incompatibilidades. En relación con esta Diputación, concretamente no puedo precisar si existe una normativa especial, si bien en las convocatorias a la correspondiente oposición o concurso, o en la forma de contratación establecida, se determinan y tienen en cuenta las incompatibilidades de carácter general, es decir las establecidas por la Ley, y también las específicas para la plaza. Sr. Varona Para - O sea que la Diputación puede de hecho, con independencia de lo que pasa en los Cortes, establecer las incompatibilidades que estima oportunas, por tanto no es válida la justificación de que ya en Madrid se está discutiendo la Ley de Incompatibilidades. Y digo esto simplemente como aclaración. Sr. López Freire.- No es correcto lo que dice el Sr. Varona, pues la incompatiblidad se aplicaría, cuando en la oposición correspondiente no figuraba tal incompatibilidad, y a las que ha hecho alusión el Sr. Secretario, figuraban ya en su oposición, y por lo tanto ya sabía que tenía tales incompatibilidades. La Ley de Funcionarios se aprueba corno todas las demás, no es una Ley que se apruebe en la Diputación, por lo tanto si la Diputación, si acordara establecer incompatibilidades sería ir en contra de una Ley del Estado. ------ Folla: 1C8075308 18.177.- ESCRITO DE LOS MÉDICOS DEL HOSPITAL PROVINCIAL SOBRE RETROACTIVIDAD A LA APLICACION DEL COEFICIENTE 5,0 Se da cuenta de escrito de los Médicos del Hospital provincial de fecha 3 de febrero de 1982, quiénes, después de exponer que conocen el acuerdo plenario de 22 de diciembre de 1981, si bien en su poder el 7 de enero de 1982, por el que se les concede el coeficiente 5,0 y otros razonamientos que vuelcan en su escrito, suplican que tal coeficiente 5,0 tenga efectos retroactivos "desde su prestación de servicios a la Excma. Diputación Provincial, con abono de diferencias"; visto asimismo los informes del Jefe de la Sección de Personal, del Sr. Vicesecretario- Asesor Jurídico, y del Sr. Diputado Delegado del Hospital Provincial, quién concluye que considera un deber de justicia, así corno por otros motivos que concreta en su informe, el acceder en parte a lo solicitado por dicho personal médico, y en su consecuencia que las retribuciones del coeficiente 5,0 tengan efectos económicos del día 1º de enero de 1981. En consideración a todo lo expuesto, y otras argumentaciones que obran en el expediente, se acuerda por unanimidad reconocer a los Médicos del Hospital Provincial las retribuciones del coeficiente 5,0 (índice de proporcionalidad 10), con efectos retroactivos de 1º de enero de 1981, retroactividad que también será aplicada a todos los demás Técnicos que les fue reconocido el coeficiente 5,0 en la calendada sesión de 22 de diciembre de 1981, si en tal fecha de 1º de enero de 1981 estuvieran en servicio activo, ya que en los casos de ingreso posterior, la efectividad será desde la fecha en que han tornado posesión de su cargo, o que han entrado efectivamente en el ejercicio de su cometido. Certificación de este acuerdo que se envíe a la Intervención de Fondos y Servicio de Proceso de Datos, con el propósito de que se practique la liquidación correspondiente, se reconozca el crédito una vez que este sea determinado, y se suplemente, o habilite en su caso, la correspondiente partida en el expediente de modificación de créditos que se tramite, con las formalidades previstas en el art. 16 de la Ley 40/81 de 28 de octubre. Durante el examen de este asunto se reintegran a la sesión los Diputados D. César José Mera Rodríguez y D. Jesús Durán Martínez. ------ Folla: 1C8075309 19.178.- CONCURSO PARA CUBRIR EN PROPIEDAD LA PLAZA DE RECAUDADOR DE CONTRIBUCIONES E IMPUESTOS DEL ESTADO, EN LA ZONA DE VIGO Por unanimidad se acuerda prestar aprobación a la convocatoria de concurso para cubrir en propiedad la plaza de Recaudador de Contribuciones e Impuestos del Estado, en la Zona de Vigo, así como a sus bases y tabla de méritos, tal como ahora figura redactada por el Servicio de Recaudación de Contribuciones, a excepción de la base VII, Y punto concreto "designación del Tribunal", ya que éste conforme con el tan reciente Real Decreto 712/82 de 2 de abril, se integrará con los siguientes miembros: Presidente.- El de la Excma. Corporación provincial o Diputado en quién delegue. Vocales.- Un representante del Profesorado Oficial designado por el Instituto de Estudios de Administración Local; el representante de la Xunta de Galicia (Consellería de Administración Local); el Secretario de la Corporación provincial o Funcionario de la misma en quién delegue; el Depositario de Fondos Provinciales; y el Jefe del Servicio de Recaudación de Tributos del Estado en esta Diputación Provincial. Secretario.- Actuará como tal, el titular de esta Corporación Provincial, o funcionario Técnico de Administración General en quién delegue. Se le dará la publicidad reglamentaria a dicha convocatoria, y demás tramites para la provisión en propiedad de la mencionada plaza. ------ Folla: 1C8075309 20.179.- ESCRITO DEL COMITE DE EMPRESA DEL HOSPITAL PROVINCIAL SOBRE ELECCIÓN DEL PRESIDENTE Y SECRETARIO, y FUNCIONAMIENTO DEL MISMO Se da cuenta de escrito del Sr. Secretario del Comité de Empresa del Hospital Provincial, de 31 de marzo último, con entrada en el Registro General de esta Diputación el día 2 de, abril siguiente, por el que se remite "Acta de nombramiento de Presidente y Secretario de dicho Comité", acompañando también, Acta global del escrutinio de las elecciones de miembros del indicado Comité. Asimismo queda enterado el Pleno de los informes que obran en el expediente, y también de que en el Hospital provincial en marzo citado, solamente se cuenta con treinta y un productores laborales fijos, aún cuando también presten servicios otros quince productores con contrato "eventual", que finaliza el 31 de diciembre próximo. A la vista de todo ello se acuerda por unanimidad estimar como ilegal el funcionamiento y constitución del Comité de Empresa en el Hospital Provincial, ya que no se cuenta con cincuenta o mas trabajadores fijos, que exige el art. 62 y concordantes del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Ley 81/80, de 10 de marzo, Y que, en su consecuencia, en el Hospital provincial representaran al Personal Laboral tres Delegados de Personal elegidos en forma que regula el Estatuto invocado, facultándose a la Presidencia para que realice los tramites necesarios con el fin de que se logre una resolución que declare nulo por el órgano competente, la constitución de dicho Comité, y demás acciones que procedan. ------ Folla: 1C8075309 21.180.- CONTRATACIÓN DE PERSONAL A la vista de los escritos del Sr. Administrador del Hospital Psiquiátrico Provincial O Rebullón, del Sr. Director del Hospital Provincial, y con el visto bueno de sus respectivos Diputados Delegados, así como la propuesta hecha por el Sr. Diputado Delegado en la Ciudad Infantil "Príncipe Felipe", al amparo de lo dispuesto en el art. 25 del RD 3046/77 de 6 de octubre, se autoriza la contratación de cuatro Auxiliares Psiquiátricos, un Ayudante Cuidador de niños y niñas y un Ayudante Sanitario (antiguo Mozo de Sala), con cargo al crédito por vacante en plantilla de funcionarios, percibiendo, en su caso, los interesados el sueldo inicial de la plaza, el 80% de las retribuciones complementarias, y sin devengo de grado. Estas contrataciones hasta que las plazas se cubran en propiedad, y nunca más allá del plazo de un año, por lo que a los servicios de Ayudante Cuidador de niños y niñas se refiere, y de Ayudante Sanitario, pues las de Auxiliares Psiquiátricos, el plazo máximo será de cuatro meses. Este acuerdo se adopta por unanimidad con quórum de la mayoría absoluta legal de miembros de la Corporación. Asimismo se autoriza la contratación de los servicios de tres Ayudantes Encargados de Parques Comarcales, con cargo acredito por vacante en plantilla de funcionarios. La contratación de estos tres servicios se hace por termino máximo de un año, al final del cuál cesarán los interesados, con la extinción de su contrato, o antes si las plazas llegan a cubrirse en propiedad. Percibirán el sueldo inicial de la plaza, el 80% de las retribuciones complementarias y sin devengo de grado. Este acuerdo adoptado por unanimidad obtuvo el quórum de la mayoría absoluta de miembros de la Corporación, conforme con el arto 3º-2º-i) de la Ley 40/81, de 28 de octubre. Enterada la Comisión de la compra hecha por esta Diputación del Castillo de Soutomaior, y de que en el mismo vienen trabajando dos operarios para el cuidado y limpieza del mismo, se acuerda: a) Que por la Presidencia se formalice contrato de trabajo laboral con D. Segundo Ferradanes Pintos, por plazo de tres años, y como operario sometido a la Reglamentación Nacional de Trabajo en el Campo. b) Que para el próximo Pleno, y previa tramitación del expediente correspondiente, conforme con la Ley 40/81, de 28 de octubre, en su art. 11 y concordantes, se eleve expediente de creación de una plaza de Operario de Servicio, con el fin de que, de prosperar la propuesta, se tramite seguidamente convocatoria de concurso- oposición para provistarla en propiedad; ínterin, se contraten los servicios, de carácter eventual y administrativo, con cargo a crédito por vacante en plantilla de funcionarios, con Dª Mª del Carmen Lorenzo Lusquiños, dada la necesidad de urgencia que los mismos deben prestarse en la finca adquirida por esta Diputación y de que se hizo mención. Asimismo se acuerda que por la Intervención de Fondos se emita informe sobre la consignación disponible para satisfacer las retribuciones eventuales de estos dos productores desde que la finca fue adquirida, y por consiguiente, resulta propietario de la misma esta Diputación, hasta la efectividad de los contratos escritos con los productores relacionados. Se faculta a la presidencia para que lleve a cabo todos los tramites necesarios a los fines indicados para esta contratación. Al iniciarse el examen del punto siguiente del Orden del Día, se incorpora a la sesión el Diputado D. José Manuel Castedo Villar. ------ Folla: 1C8075310 22.181.- CONVOCATORIAS PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE ENCARGADO- JEFE DE ALMACÉN Y UNA DE MÉDICO PSIQUIATRA Por unanimidad se acuerda provistar en propiedad una plaza de Encargado Jefe de Almacén, vacante en la plantilla de funcionarios, la cual esta dotada con el índice de proporcionalidad 4, coeficiente 1,9; asimismo, se aprueba la convocatoria, bases y programa, para la provisión de la misma, mediante el sistema de concurso- oposición libre, debiendo dársele la publicidad reglamentaria. Igualmente y por unanimidad se acuerda provistar en propiedad una plaza de Médico psiquiatra, con dedicación preferente a la Psiquiatría Infantil, dotada con los haberes del índice de proporcionalidad 10, coeficiente 5,0, aprobando simultáneamente la convocatoria, bases y programa, a los que se les dará la publicidad reglamentaria. ------ Folla: 1C8075310 23.182.- PROPUESTA DE AUMENTO DE GRATIFICACIÓN A UN ATS POR AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EN LA CIUDAD INFANTIL "PRÍNCIPE FELIPE" Vista la propuesta formulada por el Administrador General Accidental de la Ciudad Infantil "Príncipe Felipe", que viene avalada con el Vº Bº del Diputado- Delegado del Centro, en orden al aumento de la gratificación especial reconocida a D. Jesús Carrera García, adscrito al Hospital Provincial, por los servicios prestados en la Ciudad Infantil "Príncipe Felipe", se acuerda por unanimidad autorizar tal aumento a un total de 20.000 pesetas mensuales, en base a razones de conveniencia y economicidad, al amparo de lo establecido en el Art. 3-2º-j) de la Ley 40/81, de 28 de octubre, haciéndose constar a los efectos señalados en dicho Texto legal, que este acuerdo ha sido adoptado con el quórum de la mayoría absoluta. ------ Folla: 1C8075310 24.183.- APROBACIÓN Y DECLARACIÓN DE ABONO DE GRATIFICACIONES POR TRABAJOS REALIZADOS FUERA DE LA JORNADA NORMAL De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Personal, se acuerda por unanimidad, aprobar y declarar de abono las gratificaciones por trabajos realizados fuera de la jornada normal a favor del personal de los Centros que a continuación se relacionan: PERSONAL DEL HOSPITAL PROVINCIAL (Mes de abril) Personal de Plantilla: D. Jesús Vidal Troitiño 6.300 D. Marcelino Tome González 5.820 TOTAL 12.120 Personal Laboral: D. Agustín Vidal Rodríguez 4.830 D. Valentín Cal Barreiro 5.235 TOTAL 10.065 PERSONAL SUBALTERNO PALACIO PROVINCIAL (Mes de abril) D. Pancracio Eguren Ortiz 7.845 D. Jaime Estévez Fernández 4.570 D. José Carbia Nodar 2.255 D. Manuel Martínez Martínez 2.025 D. Antonio Blanco Espantoso 3.474 D. José M. Outeda Martínez 2.660 Dª Lourdes Ponce Cruz 1.998 D. Lino Fraguas Freijeiro 2.220 TOTAL 27.047 GUARDAS VIGILANTES PALACIO (Mes de abril 1982) D. Manuel Calvo Álvarez 3.320 D. Antonio López Terceiro 3.320 D. José Manuel Pereira Crespo 6.225 TOTAL 12.865 PARQUE MOVIL PROVINCIAL (Mes de abril 1982) D. José Rodiño Rodiño 12.230 D. Sebastián Lagos Gallego 9.875 D. Emilio Cayo Rodiño 12.245 D. Enrique Grela Barral 12.245 D. Constantino Campos Troitiño 17.380 D. Eulogio Freire Carragal 10.946 TOTAL 74.921 ------ Folla: 1C8075311 25.184.- PROPUESTA DE RECONOCIMIENTO DE CREDITO CON EL FIN DE REINTEGRAR A DOS FUNCIONARIOS DE GASTOS DE FARMACIA, POR ELLOS SUPLIDOS EN EL RESPECTIVO SANATORIO Visto la petición formulada por Dª. Carmen Balañác Fernández, Auxiliar Psiquiátrica adscrita al Hospital Psiquiátrico provincial "O Rebullón" en orden a la concesión de la ayuda económica para paliar los gastos derivados de su intervención quirúrgica en la Clínica Ntra. Sra. de Fátima, de Vigo, en la consideración de que los mismos con la única exclusión de los que corresponden por medicación, se hallan bajo la cobertura de la póliza suscrita entre esta Excma. Diputación Provincial e IMECOSA, se acuerda desestimar tal petición por cuanto los mismos deberían ser sufragados por la citada Entidad. En lo relativo a los gastos de medicación, vista la norma 5.8 de la Orden de 17 de octubre de 1963, se acuerda por unanimidad "reconocer créditos por importe de 11.140 pesetas", que corresponde al 80% del total de los gastos habidos en tal concepto. Asimismo, se acuerda reconocer el crédito por importe de 4.768 pesetas, a favor del Auxiliar de Comedor y Limpieza Dª. Luzdivina Comesaña Leirós, por gastos de medicación que le fueron suministradas en la Clínica Ntra. Sra. de Fátima, de Vigo, y siguiendo la Orden invocada anteriormente. ------ Folla: 1C8075311 26.185.- AMPLIACIÓN DE ACUERDO SOBRE AUTORIZACIÓN PARA REALIZACION DE SERVICIOS FUERA DE LA JORNADA NORMAL Visto el problema suscitado en orden a la aprobación y declaración de abono de las gratificaciones por trabajos realizados fuera de la jornada normal, por personal del Servicio Agrario, cuya propuesta ya fue aceptada por esta corporación provincial en sesión celebrada en febrero de 1982, se acuerda por unanimidad ampliar el citado acuerdo, en el sentido de que quedan fijados como periodo y tiempo en que fueron realizadas tales horas y devengadas tales gratificaciones, los que se reflejan ya en el acuerdo apuntado, añadiendo los que corresponden a turnos de guardia, de domingos y días festivos del presente año 1982. ------ Folla: 1C8075311 27.186.- AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR TRABAJOS FUERA DE LA JORNADA NORMAL Vista la propuesta formulada por el Sr. Administrador del Hospital Psiquiátrico Provincial "O Rebullón", que viene avalada por el visto bueno. del Sr. Diputado Delegado correspondiente, se autoriza la realización de trabajos fuera de la jornada normal, que serán llevados a cabo por D. Ángel Reguera Conde, D. Serafín Extremadouro Sotelino y D. Adolfo Garrido Bouzas, sin que el total de las mismas pueda exceder de quince horas al mes, debiendo, una vez realizadas, expedirse certificación de las mismas por el Jefe del Servicio, al objeto de que, por la Presidencia de esta Corporación, se obtenga la debida conformidad y declaración de abono. Asimismo, vista la propuesta formulada por el Regente de la Imprenta del Hogar Provincial, avalada con el Vº Bº del Sr. Diputado Delegado, se autoriza la realización de trabajos fuera de la jornada normal a realizar por D. Manuel Tomé Sanmartín, D. Ramón Fariña Budelo y D. Isidro Lago Quinteiro, empleados laborales, durante los meses de mayo y junio de 1.982, con un límite máximo de quince horas mensuales, debiendo, una vez realizadas, expedirse certificación de las mismas por el Jefe del Servicio, al objeto de que por la Presidencia se le de la debida conformidad y declaración de abono. Por último, vista la propuesta formulada por la Sección de Rentas y Exacciones en orden a la autorización para la realización de trabajos fuera de la jornada normal por el personal administrativo adscrito a la misma, y que se concreta en dos Administrativos y dos Auxiliares de Administración General, se acuerda acceder a lo solicitado, en base a la urgencia y necesidad de la prestación de tales servicios y a la repercusión económica que estos tienen respecto a los ingresos de esta Diputación Provincial, al amparo del Art. 3º-2 letra j) de la Ley 40/81 de 28 de octubre y criterios corporativos aplicados por analogía al Estatuto del Trabajador. La citada propuesta a la que se accede se concreta en un total de 100 horas para cada uno de los afectados, que se realizarán durante el presente año 1982 y con un presupuesto de coste aproximado de 217.400 pesetas; los servicios serán certificados por el Jefe de la Sección correspondiente, al objeto de que por la Presidencia de esta Corporación se le preste la debida conformidad y declaración de abono. Estos acuerdos han sido adoptados con el quórum de la mayoría absoluta legal de miembros de la Corporación, conforme con la Ley 40 invocada, y por unanimidad. ------ Folla: 1C8075312 28.187.- APROBACIÓN Y DECLARACIÓN DE ABONO DE GRATIFICACIONES POR AMPLIACIÓN DE SERVICIOS De conformidad con el dictamen de la Comisión y por unanimidad se acuerda aprobar y declarar de abono la cantidad de 667 pesetas a favor del funcionario D. Agustín Rial Muiños, en concepto de gratificación por ampliación de servicios prestados en la Ciudad Infantil "Príncipe Felipe" del 1 al 5 del pasado mes de abril. ------ Folla: 1C8075312 29.188.- RECONOCIMIENTO Y DECLARACIÓN DE ABONO DE GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS DE NAVIDAD A UN MIR Teniendo en cuenta que se omitió el abono a D. José Mª Filgueira Lois, MIR adscrito al Hospital psiquiátrico provincial "O Rebullón", de la paga extraordinaria de Navidad correspondiente al año 1981; vista la cláusula 6ª del contrato suscrito con el interesado, y considerando, asimismo, las disposiciones contenidas en la Orden del Ministerio de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social, de 28 de abril de 1981, por unanimidad se acuerda reconocer crédito por importe de 39.927 pesetas, en concepto de gratificación extraordinaria de Navidad 1981, debiendo remitirse certificación de este acuerdo a la Intervención de Fondos Provinciales al objeto de que tal crédito sea tenido en cuenta en el próximo expediente de suplemento de créditos que se tramite dentro del Presupuesto Ordinario del actual ejercicio 1982, de conformidad con lo establecido por el art. 16 de la Ley 40/81, de 28 de junio. ------ Folla: 1C8075312 30.189.- CONVOCATORIA DE CONCURSO PARA ADJUDICACIÓN DE BECAS A MÉDICOS (POST-GRADUADOS), CON DESTINO AL HOSPITAL PROVINCIAL Se queda enterados de la renuncia a la beca que venía disfrutando el Médico D. Fernando Masa Vázquez, considerando rescindida la relación existente entre el renunciante y esta Diputación, con efectos de 19 de abril de 1982. Asimismo se concreta que con fecha 1º de julio próximo se agota el periodo reglamentario de prórrogas, que en virtud de convocatoria al efecto, se produce en relación a la que viene disfrutando D. Javier Pereira García Tizón, en la especialidad de Medicina Interna. Considerando necesario la adjudicación inmediata de tales becas por la exposición de motivos que en su escrito- propuesta recoge el Médico Director del Hospital Provincial, se accede a lo solicitado por éste en sus escritos de 19 y 26 de abril del año en curso, ambos avalados con el Vº Bº del Sr. Diputado- Delegado, y, en su consecuencia, se aprueba por unanimidad la convocatoria y bases del concurso para la adjudicación de dos becas a Médicos, con destino al Hospital Provincial, y de la especialidad de Tocoginecología y Medicina Interna, debiendo dársele la publicidad reglamentaria. ------ Folla: 1C8075312 31.190.- PROTOCOLO En relación con la carta del Obispado de Lugo, invitando a los actos de la Ofrenda de Galicia al Santísimo Sacramento, a celebrar el día trece del próximo mes de junio en la Iglesia Catedral Basílica de Lugo, y siendo la Ciudad y Provincia de Pontevedra, como integrante del Antiguo Reino asociada a la Ofrenda, el Presidente propone y así se acuerda por unanimidad, asistir a dicha celebración, delegando la representación de la Diputación en el Diputado D. Casimiro Fernández Otero, o de no poder asistir este en el Diputado que determine la Presidencia. También y previa lectura por la Presidencia, queda enterado el Pleno: De tarjeta de la Sociedad Geográfica "Alpamayo", saludando a la Corporación; de saluda de la Cofradía de la Veracruz y Misericordia, de Pontevedra, agradeciendo ayuda recibida; del Director de la Revista de Información de las Artes plásticas, agradeciendo subvención; de carta del Presidente del Casino Mercantil e Industrial, de Pontevedra, agradeciendo subvención concedida; de carta de la familia de D. David Pérez Puga, agradeciendo pesame por el fallecimiento del mismo; de carta del Instituto de Investigaciones Agrobiológicas de Galicia, agradeciendo subvención; de carta de la Asamblea Provincial de Pontevedra de la Cruz Roja Española, agradeciendo colaboración prestada; de envío de telegrama al Sr. Presidente del Real Club Celta, felicitándole por el ascenso del Club a Primera División; de tarjeta del Alcalde de Puerto de la Cruz, de envío de telegrama de pésame a D. Saturno Rodríguez Blanco, de Vigo. ------ Folla: 1C8075312 32.191.- DESPACHO URGENTE Por la presidencia se somete a la consideración del Pleno la declaración de urgencia del estudio de la distribución de subvenciones del Tercer Plan de Infraestrutura Deportiva (PID), debido a la premura de plazos que impone el Consejo Superior de Deportes, con posibilidades de pérdida, en caso de demora, de la ayuda de cuarenta y nueve millones de pesetas. Hecha por unanimidad la declaración de urgencia, y por lo tanto, con arreglo a lo dispuesto en el art. 297 de la Ley de Régimen Local, se procedió a la lectura del dictamen de la Comisión Informativa de Deportes, en el que se propone al Pleno la aprobación del referido Plan, con el voto en contra del Sr. Velo Amaro, a la totalidad, y del Sr. Iglesias Pazos, en cuanto a Vila de Cruces. No estando los dos señores Diputados citados para defender su voto, se abre por la presidencia el turno de intervenciones, produciéndose las siguientes: Sr. Barros González.- Parece lamentable la forma en que se ha tratado de resolver este expediente, puesto que se comete una gran injusticia al excluir a un Ayuntamiento de la relación por la falta de un mero requisito formal, como ocurre con otros Aytos, y concretamente con el de Porriño, el cual ya tiene todos los pronunciamientos necesarios para construir un pabellón de deportes. Se ha jugado a cazar gazapos y no se ha tenido la ética de avisar a los Ayuntamientos El Ayto de Porriño va a hacer la obra por encima de todo. Con el procedimiento seguido se aprovecha la política para todo y saldrá incluso a la luz pública que muchos Aytos han cometido una negligencia, cuando realmente no es así. Un hecho llama la atención, y es el de que el otro día el Sr. López Freire defendió con mucha vehemencia un reparto que tenía hecho como justo, y se refería, entre otros requisitos a cumplir, al acuerdo de ejecución de obra, pero ni los acuerdos de A Guarda, Porriño y ningún otro revisten tal carácter, puesto que para tomar dicho acuerdo, hay que disponer previamente de consignación. Por todo ello, este asunto debe quedar sobre la Mesa para un nuevo reparto, que será más justo y, por lo que a Porriño se refiere es de advertir que va a ejecutar una obra de setenta millones, careciendo de medios económicos, por lo que necesita de ayuda, siendo además uno de los pocos Aytos dentro de su categoría, que carece de pabellón polideportivo. La obra se hará con o sin la ayuda de la Diputación, dada su necesidad, pero reitero la injusticia que se comete al negarle la Diputación la subvención o al no comprometerse a concedersela en el siguiente año, máxime cuando la propuesta de la Comisión la formularon los Sres. López Freire y Molinos. Quiero que conste en acta que la Diputación tenía la obligación de avisar a los Aytos de la falta de determinados documentos. Sr. Piñeiro Bermúdez.- El plan ya nació con urgencia y todas las actuaciones referentes al mismo lo han sido, y ahora se cuela el reparto en este Pleno también como urgente. Al desechar por diversas causas muchas solicitudes y el que se presenten fuera de plazo o sin proyecto puede ser razón justificable para la exclusión, pero lo que no le parece correcto es que deseche la petición por no existir acuerdo de financiación, ya que si se pide una subvención en una determinada cuantía, la cantidad restante tiene que ponerla el Ayuntamiento Entiendo que el incumplimiento de las bases del plan por muchos Aytos se lo ha sacado de la manga la Comisión. Sr. Molinos Rivera.- Creo que es importante que hayamos invertido hasta la fecha en deportes unos cuatrocientos cincuenta millones de pesetas. Al Sr. Barros González no le interesa mucho todo el Plan. No es cierto que entre el Sr. López Freire y yo nos hayamos repartido el pastel, ya que en la Comisión hay catorce Diputados, quienes pudieron ver en el correspondiente Negociado los expedientes. Lo que es cierto es que los noventa y ocho millones de pesetas se van a invertir en la provincia y el problema es que no se van a invertir en los Aytos que interesen a cada Diputado. Sr. Castedo Villar.- Nos alegramos de que los noventa y ocho millones se inviertan en la Provincia, pero solicito que se me aclare qué significa textualmente, las obras que no cumplen las Bases del Plan, según se indica las de tipo d), sin acuerdo de financiación. Sr. Molinos Rivera.- Se refiere el plan a aquellas obras en las que, entre la documentación adjunta figure acuerdo en el que esté prevista la financiación de la obra, contando con la aportación de la Diputación, del Consejo Superior de Deportes y la aportación municipal o de otros organismos para el resto del valor del proyecto. Con respecto a tu Ayto, no figura expresamente esa certificación. Sr. Castedo Villar.- Entendemos de una manera distinta lo que es una certificación de acuerdo plenario de financiación y puedo asegurar que figura en cada uno de los proyectos presentados. Sr. Molinos Rivera.- La certificación enviada por el Secretario del Ayto de Vigo no se ajusta a la Base. Sr. Castedo Villar.- En el Pleno que cita el Secretario del Ayto de Vigo, aunque no se procedió formalmente a la puesta en acta, sí se acordó solicitar de la Diputación las subvenciones precisas para cuatro polideportivos, y en el mismo Pleno se aprobó el Presupuesto Ordinario y el de Inversiones. Pide que quede pendiente el asunto, porque lo que ha habido es un error en el envío de una certificación; lo contrario daría lugar a entender que, una vez más, esta Corporación margina de nuevo a la ciudad de Vigo, y de no hacerse así realmente la Corporación trataría de aferrarse a cuestiones puramente formales para marginar a un número de Aytos determinado, y concretamente a uno, que es el de Vigo. Sr. López Freire.- El primer año se elaboró un Plan que no tenía normativa escrita y por determinados grupos que ahora defienden determinadas subvenciones, se achacó que carecía de estructura y unos objetivos y criterios de selección. El año pasado se aprobó un Plan de Deportes y una distribución, y la única diferencia con el de este año, estriba en que el Consejo Superior de Deportes fijó unos plazos para cumplir la norma, el cual fue aprobado por urgencia por unanimidad, y esa misma unanimidad figuró en cuanto a los plazos de vencimiento en la entrega de documentación, entre otros condicionamientos. La Comisión que estudió el tema, fue una Comisión Ordinaria de catorce Diputados, y no dos, como se ha dicho, y si en la misma hubiesen estado alguno de los Diputados que forman parte de la misma, habrían podido defeder allí con justicia sus reivindicaciones. En el plan figuraban expresamente unos criterios de selección, y los que cumplen estrictamente esos criterios, tendrían preferencia para ser seleccionados, siendo culpa de los Diputados o Alcaldes el que no hayan sabido transcribir según dicho plan el acuerdo de financiación. Se han seleccionado una serie de Aytos, y un aplazamiento significaría premiar la ineficacia y la incompetencia. Sr. Presidente.- Tenemos aproximadamente veinte minutos para asistir a los actos de las Fuerzas Armadas, y creo que están expuestas las consideraciones generales; voy a abrir un segundo turno para que el Sr. Barros pueda contestar a alusiones y concrete algún punto. Sr. Barros González.- Me parece demencial la manera en que se expresa muchas veces el Sr. López Freire, que da la impresión de ser el único inteligente, y ningún vecino de Porriño, entre los que se incluye modestamente su Alcalde, se debe considerar menos inteligente que él, no pudiéndose acusar a él y a su Corporación de ineficaz, y lo que ha ocurrido es que se está detrás de los gazapos para acusar de ineficaz o incompetentes a ciertas Corporaciones. El reparto no se hizo con ninguna clase de justicia y reitero la necesidad de que se dé una oportunidad para aportar una documentación, que realmente existe y que, en el caso de Porriño, se ha omitido. Creo que debe celebrarse un Pleno Extraordinario antes del Ordinario de fin de mes, puesto que el asunto se lo merece, y si hubo falta de requisitos por parte de unos Aytos, debieron de haberse reclamado, cumpliendo así la Corporación provincial con la obligación de dar oportunidades a todos los Ayuntamientos Si los expedientes se vieran antes de la celebración de la Comisión, deberán hacerse las advertencias necesarias. Se hizo referencia de que los miembros de la Comisión se habían reunido para hacer el reparto, pero a mí no se me avisó para nada para el mismo, solo se me avisó para asistir a dicha Comisión. No creo que sea ningún problema recurrir de nuevo a la Comisión de Deportes, y estudiar de nuevo el asunto; yo estaré siempre en contra de este reparto, y, saliéndome de mi espíritu moderado, tendré que protestar, y lo haré en la forma en que sea, porque considero totalmente injusto el mismo, tanto personalmente, como en razón de Diputado provincial o Alcalde de Porriño. Sr. Durán Martínez.- Los hechos los ha explicado perfectamente el Sr. López Freire, y es lamentable que el Ayto de Porriño haya quedado aparte, y no es verdad que estemos en una dinámica de posponer unos acuerdos por una razón que no sea seria, sino que no es procedente que por un caso, seamos responsables ante un grupo numeroso de Aytos que han cumplido a rajatabla las Bases, por lo que propongo que el asunto sea sometido a votación. En este momento el Sr. Presidente vuelve a conceder la palabra a los siguientes señores, por alusiones. Sr. Barros González, quien dice: El Sr. Diputado de A Estrada no ha interpretado bien mis palabras. No estoy hablando del problema de Porriño, sino de dar la oportunidad de un aviso a todos, un plazo de cinco días o parecido. Sr. Piñeiro Bermúdez.- Recuerdo al Sr. López Freire que el Grupo Socialista no esta en la Comisión porque no le ha dejado el Grupo Centrista. Voy a recordarle también que ha vertido una serie de calificativos desagradables sobre los Alcaldes, tratandoles de incompetentes, y voy a demostrar la incompetencia del Sr. López Freire, y también del Sr. Molinos, porque mi Ayto no remitió un proyecto, porque no lo tenía, sino un panfleto para cubrir el expediente, y se le ha dado la subvención. Sr. Castedo Villar.- Felicito al compañero Sr. Durán por sus esfuerzos en hacer creíble algo que no lo es. Si los puntos muchas veces se aprueban por unanimidad, eso demuestra que la oposición en esta casa actúa de una manera responsable, y podríamos esperar también que así se comportara el Grupo de la mayoría del Gobierno. Pido que conste en acta el acuerdo del Ayto de Vigo y se tome como aval el envío de su certificación, de 14 de abril pasado con los porcentajes a financiar, y que el asunto quede pendiente y se convoque un Pleno Extraordinario, posterior a la convocatoria de una Comisión de Deportes en la que esté presente el Grupo Socialista. Sr. López Freire.- Quiero decirle al Sr. Alcalde de Porriño, que me he referido a Alcaldes, Concejales y Diputados, pero no he nombrado a nadie, ni a él personalmente, y él si lo ha hecho conmigo respecto a la inteligencia. Lo único que he dicho es que el Ayto de Porriño no reúne las condiciones fijadas en la Base. Sostengo que Alcaldes, Diputados y Concejales habían demostrado su incompetencia. Las Bases dicen que se seleccionara con carácter preferente a los que cumplen estrictamente el apartado, que entre otros requisitos, exigen que figure expresamente acuerdo en el que se tenga prevista la financiación. Como ha habido Aytos suficientes que han cumplido las Bases del Plan, a estos se les ha concedido la subvención, y sería una injusticia otorgarla a otros. La propuesta de la Comisión se ha debatido, y se ha aprobado por mayoría y no se ha dictaminado por el Sr. López Freire o el Sr. Molinos. Sr. Presidente.- El tema es importante y lamentablemente ha estado presidido por la urgencia en todas sus fases, condicionada por un Convenio con el Consejo Superior de Deportes, lo que lamento, pero creo que la labor de la Ponencia y de la Comisión correspondiente ha sido correcta, y que en el animo de todos esta que la aplicación de ese dinero sea efectiva. Voy a someter a votación la propuesta del Sr. Castedo y el dictamen de la Comisión, y me atrevo a solicitar del Pleno que, se estime que los Aytos, si así lo consideran oportuno, completen sus documentaciones, y se una a la propuesta del Sr. Castedo Villar la del Sr. Barros González. Durante la anterior discusión de este punto, se incorporaron a la sesión los Diputados D. Benigno Rodríguez Quintas y D. Lino Braulio Velo Amaro. Sometido a votación el asunto, dio este resultado: Propuesta de los Diputados Sres. Castedo Villar y Barros González: ocho votos a favor, dieciséis en contra y ninguna abstención. Propuesta de la Comisión: dieciséis votos a favor, ninguna abstención y ocho votos en contra de los Diputados de los Grupos Socialista y CD Y Sres. Velo Amaro y Rodríguez Quintas. Por tanto, por. mayoría absoluta queda aprobado el dictamen de la Comisión Informativa de Deportes en los términos en que esta redactado, y en consecuencia el siguiente acuerdo: La distribución de subvenciones del III Plan de Infraestrutura Deportiva de 1982, correspondiente a obras de Aytos, se hará con arreglo al siguiente Anexo: OBRAS TIPO A) Ayuntamiento - Cuantía de la obra - 66,66% Subvención Barro 3.000.000 - 1.999.800 Cangas (C.N. Castril1ón) 1.663.083 - 1.108.611 A Cañiza 2.800.563 - 1.866.856 Forcarei (Forcarei) 2.244.800 - 1.496.383 Forcarei (Soutelo) 2.135.000 - 1.423.191 A Lama 2.859.924 - 1.906.425 Moraña 1.060.892 - 707.190 Salceda de Caselas 2.880.400 - 1.920.074 Vilanova (Illa) 250.000 - 166.650 Vilanova (Vilanova) 500.000 - 399.960 TOTAL 11.886.528 OBRAS TIPO B) A Cañiza 3.947.800 - 2.631.603 Cotobade 4.148.000 - 2.765.056 Cuntis 8.000.000 - 5.332.800 A Estrada 4.952.479 - 3.301.322 Covelo 4.838.569 - 3.225.390 Fornelos 4.146.883 - 2.913.694 Agolada 8.892.726 - 5.927.891 Lalín 6.412.500 - 4.274.572 Nigrán 6.618.040 - 4.411.585 Salvaterra 7.322.745 - 4.881.341 Silleda (Bandeira) 6.311.235 - 4.207.069 Silleda (Silleda) 6.311.235 - 4.207.069 Valga 10.000.000 - 6.666.000 Vilagarcía 5.844.160 - 3.895.717 TOTAL 58.641.109 OBRAS TIPO C) Ponte Caldelas 15.800.258 - 10.532.245 OBRAS TIPO D) A Guarda 24.720.860 - 16.478.925 El Sr. Barros González quiere que conste en acta, y así se hace, su manifestación de que lamenta "que no se hayan considerado las circunstancias claras de la injusticia que se comete con los intereses de varios Aytos de la Provincia entre los que incluye al de Porriño". ------ Folla: 1C8075316 33.192.- RUEGOS Y PREGUNTAS Por el Sr. Presidente se da cuenta de que, atendiendo a una petición del Sr. Varona, en breve plazo se va a proceder a la sustitución del escudo nacional de la cristalera del Salón. También informa del viaje recientemente efectuado a Venezuela, Caracas, invitado por la Hermandad Gallega de dicha capital, de la que ha recibido toda clase de atenciones. Las jornadas han sido muy interesantes, y el Alcalde de la ciudad glosó la figura de Amado Carballo. Por lo que a la Presidencia respecta, señala que hizo una intervención sobre el significado, futuro y momento actual de las Diputaciones provinciales. Se asistió a una fiesta popular, una romería gallega, y se celebraron reuniones y entrevistas con el Embajador de España, cónsul General y Alcalde de la ciudad de Caracas, líderes políticos, etc., e incluso asistieron a un acto público con el Presidente de la República, quien resaltó su presencia. Por todo ello solicita que conste en acta el agradecimiento de la corporación provincial por la buena acogida y por la deferencia que tuvo la Hermandad Gallega por hacer la invitación, lo que así se hace. El Sr. Varona resalta la inconveniencia de la celebración de los Plenos los sábados, por lo que ruega que se convoquen para distinto día, a horas diferentes, no coincidentes con la jornada laboral, a lo que contesta la presidencia que se harán las pertinentes consultas. El Sr. Quintas formula el ruego de que, habiendo sido presentado a Diputación un anteproyecto sobre los accesos Vigo- Baiona, se estudie la posibilidad de examen y pronunciamiento de la Diputación sobre el tema, indicando el Ilmo. Sr. Presidente que tome nota el Sr. Secretario. Por último el Diputado Sr. Barros González da cuenta del lamentable estado de la carretera de Porriño a Mosende. Y no habiendo mas asuntos que tratar por el Sr. Presidente, siendo las doce horas del expresado día, se da por terminada la sesión y de ella se extiende la presente Acta, que firmarán los asistentes conmigo el Secretario que certifico. Cúmplanse los precedentes acuerdos. ------
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