ATOPO
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Acta de sesión 1863/03/06_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.999/4.1863-03-06_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1863/03/06_Ordinaria

  • Data(s) 1863-03-06 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 99 1. En la ciudad de Pontevedra a 06/03/1863 bajo la presidencia del sr. Dº Joaquín Yáñez Rodríguez decano de este cuerpo provincial por no poder asistir el sr. gobernador, se reunieron los Srs. D. Joaquín Yañez Rodríguez, vicepresidente, D. Manuel Mosquera, D. Manuel Gómez, D. Francisco Antonio Riestra, D. Alejandro Marquina, D. Ramón Portela, D. Francisco Javier Barros y D. Benito Varela Torres. fue leída el acta de la sesión anterior. ------ Folla: 99 2. Se dio cuenta de una comunicación del sr. gobernador trasladando un oficio de la sección de Fomento en el que se reclama el pago de 1.320 reales, cantidad que se adeuda por la suscripción al Boletín Oficial del Ministerio de Fomento, y que se reclama por el jefe del negociado central. Enterada la Diputación acordó que se hiciese el pago de la mencionada suma; pero considerando que el presupuesto provincial no tiene el desahogo que fuera de desear para atender al pago de suscripciones que por mas que sean de interés, no lo es en general de la provincia, determina que para el próximo año de 1864, se suspenda dicha suscripción. ------ Folla: 99 3. Se dio conocimiento de una comunicación fecha 24/11 último en que la Excma. Diputación de A Coruña acordó remitir un ejemplar de la exposición que elevó a SM, referente a la Ley Hipotecaria y en la que se pedían algunas reformas para que esta Corporación contribuyese a que se llevase a efecto las mismas, si así lo juzgaba oportuno. Enterada esta Diputación de lo que en la citada exposición se manifiesta y conforme con elevar también por su parte una exposición a SM solicitando algunas reformas en la misma Ley, ha nombrado un individuo de su seno para que formule las que crea oportunas sometiéndolas en la próxima sección al juicio de este cuerpo provincial. ------ Folla: 99,100 4. Enterada la Diputación de la solicitud de D. Ramón María Otero y D. Manuel Luces Belova [arrendatarios de cosumos] que con el expediente de su referencia remite el Sr. Gobernador Civil para que en su vista resuelva la Corporación lo que juzgue procedente, acordó manifestar que en su concepto no puede prescindirse de cumplir lo ultimamente ordenado por el Gobierno de SM conforme con los deseos expresados en diferentes veces por esta Diputación al gobierno civil y superioridad. ------ Folla: 100 5. Realizado el pago de lo que expresa la Real Orden de 19/01 último, la Diputación cree se está en el caso atendido al carácter de la pretensión de estos interesados [Manuel luces y Ramón Mª Otero arrandatarios de consumos] y las circunstancias que indican; se les conceda un breve término para tal justificación de los hechos que refieren y a ser ciertos elevase el expediente a la superioridad para la resolución que estime justa. ------ Folla: 100,101 6. Se dio cuenta del dictamen de la Comisión encargada de informar sobre el presupuesto general y el sr. Riestra manifestó no hallarse conforme con la opinión de la mayoría presentando el siguiente voto particular que a la letra dice así: "Por mas que me sea sensible separarme de la opinión de mis dignos compañeros de comisión, no me es posible prestar mi conformidad a las partidas del presupuesto que el gobierno de provincia ha sometido al examen y aprobación de la Diputación en lo que se refiere al capítulo 6º versa sobre subvención para el ferrocarril las razones en que fundo mi disentimiento son las siguientes: no puedo estar conforme con los 440.000 reales que se aplican a subvencionar la construcción de la sección del ferrocarril de Vigo a Ourense encontrando tanto mas extraño que el gobierno de provincia venga pidiendo semejante cantidad no habiendo pendiente obligación alguna legal que la justifique. Es verdad que en 21/10 del año anterior se dictó un acuerdo por la Diputación aceptando la proposición de Dº. Juan Florez que de haberse aprobado por el gobierno de SM dadas las atribuciones para ello hubiera impuesto al de provincia el deber de proponer dicha partida y a la corporación la obligación de aceptarla; pero como quiera que van transcurridos cerca de 5 meses sin que el gobierno hubiese dictado resolución alguna sobre el particular, que por otra parte aunque la dictase hoy en el sentido afirmativo, lo que no es de esperar, no cree el que suscribe pudiera dársele valor alguno por su inoportunidad después de verificar a la subasta de la sección del ferrocarril para que se destinaba; por lo mismo considera debía rebajarse dicha cantidad del presupuesto; esto parece lo procedente a primera vista y esto propondría desde luego el que suscribe sino recordarse el que hoy en la provincia otro servicio muy importante a que atender de necesidad cada día mas imperiosa y urgente que halla desatendido lastimosamente ya por unas u otras causas que no descenderá a examinar porque de hacerlo posible sería hallar en ellas responsabilidad para la administración: me refiero a los caminos vecinales en los que nada o muy poco se ha hecho de algunos años a esta parte sin los que los grandes sacrificios que el Estado viene haciendo con la construcción de las carreteras generales, cuya conservación es tan costosa no responderán nunca a su objeto sin que una red bien entendida de caminos vecinales venga a formar las ramas de aquellos troncos a la par que hagan partícipes de sus frutos a los mas retirados pueblos de las mismas. Entiende por lo mismo el que suscribe que a la exigua cifra de 374.793 reales que se destina para dicha atención se agregue la referida cantidad de los 440.000 con lo que en el próximo año económico se podrá dar un gran impulso a dichas otras compensando de esta manera la paralización que han sufrido; dotada hoy la provincia del número de directores de caminos; adelantado es como se hallan en la sección de fomento los trabajos necesarios para la formación de un plan que satisfaga esta justa exigencia del servicio y de la riqueza pública, no hay motivo ni razón alguna que pueda disculpar continuar desatendido; las hay si muy poderosas para que con la debida preferencia y sin levantar mano se le dé debido impulso al desarrollo de este ramo que constituirá uno de los más importantes de aquellos y del bienestar de los pueblos; tal es mas la de no hacer improductivo de gasto de las dotaciones de los directores y la consideración muy atendible de evitar a la provincia la sensible alteración que en los hábitos de trabajo, en sus intereses y hasta en su manera de ser hoy, tendría que sufrir la clase jornalera con la terminación próxima de las diferentes carreteras que el Estado ha construido cuya alteración, repito, no tendría lugar dando el debido impulso al desarrollo de las obras de caminos vecinales, por todo lo que me veo en la sensible necesidad de negar mi conformidad al dictamen y opinión de mis dignos compañeros en esta parte. Pontevedra 06/03/1863. Francisco Antonio Riestra". ------ Folla: 101,103 7. El dictamen de la mayoría de la Comisión dice a la letra: "Excmo. sr: La mayoría de la Comisión encargada de dar su dictamen sobre el presupuesto formado por el gobierno de provincia para el año próximo de 1864 tiene el honor de manifestar, que habiéndolo examinado con la debida atención lo encuentre conforme y arreglado en todos sus gastos a las disposiciones superiores y acuerdos celebrados por VE. Únicamente halla la Comisión digno de observar, que en el capítulo 3º art. 1 se destina una cantidad total de 185.949 reales con destino al gran Hospital de Santiago, por razón de estancias de enfermos y expósitos ingresados por esta provincia; lo notable Excmo. sr. que desde 1859 ha venido aumentándose el cupo correspondiente a esta Diputación haciéndola figurar por mas del doble; pero principalmente es de observar que en 1862 se hayan cargado solo 90.420 reales y para 1863 la cuota dicha doble los 185.949 sin que de algún modo aparezca justificado tan considerable aumento de gastos, ni aún se tengan detalles que los esclarezcan; circunstancias que obligan a meditar sobre semejante situación por mas que muy acertadamente acabe VE de reconocer en sesión del día de ayer la conveniencia, utilidad y necesidad de coadjutor a sostener el gran hospital, como establecimiento filantrópico y humanitario, como escuela práctica de medicina y cirugía, indispensable para la juventud que se dedica al estudio de dichas profesiones en la Universidad Literaria Compostelana y en fin como grande y glorioso recuerdo de la munificencia de nuestro Reyes Católicos, dignos y benéficos apreciadores de las circunstancias de estas provincias, que requieren como indispensables la conservación de un establecimiento central de aquella importancia, en este antiguo reino. La Comisión cree finalmente que VE no puede continuar aceptando semejante recargo, al parecer sin propósito de limitarlos, y mas bien con el resultado probable el que se aumenten; por tal razón no temen los Diputados que suscriben la calificación de suspicaces que atendidos las precedentes indicaciones, debiera acordarse reducir a 90.420 reales tal cifra de los 185.949 presupuestados para el gran Hospital de Santiago con el carácter "de por ahora", e interín VE no adquiera un pleno convencimiento de las causas que motivaron el aumento anual del cupo con que viene contribuyendo esta provincia para aquel dicho establecimiento; y que a este fin se comisione a un individuo de esta comisión autorizado completamente para que sin acción de retribución de gastos se traslade a la ciudad de Santiago y allí por los medios oficiales pede adquirir de la Junta del hospital y vocal representante de VE en la misma, los datos y noticias indispensables para que con plena instrucción de todo, pueda VE deliberar en la próxima reunión ordinaria lo que creyese justo y mas acertado: así entre tanto, no se desatiende la necesidad de este servicio, y con el se conciba la obligación de mirar con exquisito celo por los intereses confiados al de esta Diputación. Los que suscriben tienen el disgusto de que su digno compañero de Comisión no haya asentido con estas limitaciones a la aprobación de lo demás presupuestado consecuente dicho individuo con su voto particular en distinta ocasión en disposición al convenio celebrado por VE con Dº. Juan Florez para llevar a cabo la construcción del ferrocarril de Ourense a Vigo, hoy adjudicado a dicho sr. Florez, opina no deber aprobar el gasto de los 440.000 reales que consignaron para la adquisición de acciones según dicho convenio; la Comisión respeta el deber de consecuencia en que cree necesario insistir el individuo en minoría. VE tiene otras consideraciones de grande importancia para sostener semejante gasto, además de lo sagrado que es hoy el compromiso; porque el sr. Florez lo cumplió por su parte constituyendo el depósito para garantir su proposición según la cual acaba de adjudicársele la subasta; tiene la Diputación que corresponder al voto y deseos del país en general, ante quien fuera mal recibido el ejemplo de esta corporación que dio impulso a la construcción de un ferrocarril en esta provincia y siempre se vería con reprobación la apatía de su primera aspiración? provincial, si se abstuviese de la debida participación en la realización de un gran proyecto en que se basa la felicidad de Galicia y precisamente cuando otras Diputaciones de este antiguo reino ofrecen grandes y mayores sacrificios para que las locomotoras atraviesen sus territorios, y cuando finalmente el auxilio ofrecido al sr. Florez en nada recarga los pueblos de esta provincia, ni impiden atender como hasta aquí a las mas obligaciones provinciales. ------ Folla: 104 8. Por otra parte Excmo. sr. el auxilio ofrecido a la empresa Florez [ferrocarril], tal como está proporcionado dentro de los límites ordinarios del presupuesto, exime a la Diputación de mayores sacrificios para el mismo objeto, y deja a la provincia en desahogada aptitud para emplear esfuerzos extraordinarios, a otro muy importante, cual es el fin que encarece el digno actor de voto particular, esto es, el de dotar a esta provincia pronto y con ventaja, de caminos vecinales que afluyan a las carreteras, a las poblaciones y al ferrocarril siendo venas por donde circule a todas partes la riqueza de nuestros pueblos, especialmente los rurales. A este fin VE se ocupa en la actualidad de formar el plan general de dichos caminos, y en su día con el celo que le distingue escogitará el medio más conveniente para su realización, bien sea por medio del crédito autorizado y otro que VE arbitre. ------ Folla: 104 9. Por último nada hay que objetar la mayoría de la Comisión al presupuesto de ingresos, y por todo es de parecer que VE puede servirse dispensar su aprobación al referido presupuesto para el ejercicio del año próximo, en la forma que la Comisión tiene la honra de proponer. Sin embargo VE en la mayor inteligencia e ilustración que le distingue, podrá acordar otra cosa mas conveniente. Pontevedra. 07/03/1863. Yáñez. Mosquera". ------ Folla: 104 10. Leído el anterior dictamen, la Diputación acordó aprobar en todas sus partes el informe de la Comisión. En lo que se refiere al aumento que tuvo el cupo con que esta provincia contribuye al gran Hospital de Santiago, acordó esta Corporación que desconociendo los antecedentes que motivan semejante recargo, se nombre al sr. D. Benito Varela Torres, Diputado provincial por Caldas de Reis, para que trasladándose a la ciudad de Santiago de Compostela, competentemente autorizado por la Diputación, obtenga oficialmente de la Junta del referido hospital y de acuerdo con el representante de esta provincia en aquella, todos los datos y noticias necesarios para poder informar en la próxima reunión de este cuerpo provincial todo lo que resulte y que debe ser conducente para que la Diputación en su vista, pueda también ultimar sus resoluciones, sobre particulares del presupuesto para 1864 y otras que convengan para llenar en lo sucesivo el servicio de hospitalidad y sostenimiento de expósitos en esta provincia. Acordando por último, que se dé conocimiento de esta resolución al sr. presidente de la Junta del mencionado Hospital de Santiago. ------

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