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1885-07-31_Extraordinaria. Acta de sesión 1885/07/31_Extraordinaria
Acta de sesión 1885/07/31_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.005/1.1885-07-31_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1885/07/31_Extraordinaria
Data(s) 1885-07-31 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 5 ( Excmo. Sr. Gobernador Presidente Rafael González Besada. Agustín Cobián de Seijas. Florentín Losada, Manuel Rodríguez Cadaval, Luis Sánchez, Gaspar Massó, José Sequeiros Matos, Ilmo. Sr. D. Ramón Romero, Marcial Nieto Campos, Ilmo. Sr. D. Antonio Taboada, Baltasar Fernández Prada, Ramón Gómez Parcero, Augusto Bárcena, Excmo. Sr. D. Antonio López de Neira, José Mª Guerra, Pío Domínguez, Miguel Nine). 1. Leída el acta de la sesión última ha sido aprobada. ------ Folla: 5,11 2. El Excmo. Sr. gobernador manifestó que es de todos conocido el objeto de esta reunión, y por lo mismo se concretaba a rogar a los Sres. diputados que teniendo presente que contando solo en el capítulo de calamidades públicas con 7.000 pesetas es esta cantidad sumamente exigua para atender a las necesidades que pueda originar la invasión del cólera morbo en Galicia, y por lo tanto se sirvan arbitrar recursos para hacer frente a esta mortífera calamidad. De lo tratado y resuelto en las conferencias sanitarias celebradas en Lugo en los días 23 y 24 del corriente podrá enterar a la Corporación el diputado Sr. Guerra como vocal nombrado por esta provincia para representarla en dichas conferencias. El Sr. Guerra después de dar gracias por haber sido nombrado para una Comisión tan honrosa, hizo extensa historia de todo lo ocurrido en las conferencias celebradas en la ciudad de Lugo y pidió que se diese un voto de gracias al Sr. gobernador y Junta inspectora de dicha provincia haciéndose extensivo este voto de gracias a las demás de Galicia rogando por último que se diese lectura a la certificación del acta en la que se condensan todos los acuerdos tomados en las conferencias sanitarias. Acordado así por la Diputación se procedió a su lectura de la cual resultó que se tomaron por unanimidad las siguientes conclusiones o acuerdos: 1º Establecer inspecciones facultativas en las estaciones de Quereño y puntos de Portillo da Canda y Pedrafita por cuenta de las 4 provincias dotadas con dos médicos y un practicante la primera y un médico y un practicante cada una de las otras dos, y mozos auxiliares que los médicos consideren precisos. 2º Para servicio de estas estaciones, se formará por los arquitectos de Ourense y Lugo el proyecto y presupuesto de los barracones indispensables, al no hallarse locales acondicionados construyéndose por cuenta de las 4 provincias anunciándose por las Comisiones provinciales de Lugo y Ourense la subasta o Concurso. 3º Dichos barracones se dotarán del material preciso y desinfectantes propuestos por los representantes facultativos. 4º Si la epidemia se manifestara en algún pueblo de Galicia, se acudiría por todos los medios a aislar los focos de infección, siendo comunes a las 4 provincias los gastos que por este concepto se ocasionen quedando autorizados los respectivos diputados representantes aquí reunidos para de acuerdo con los Sres. gobernadores tomar las medidas que consideren más oportunas luego que se presenten casos sospechosos, participando todo el centro directivo que queda establecido. Si la epidemia se propagase con intensidad cesarán las inspecciones facultativas y los diputados presentes por medio de oficio dirigido al expresado centro directivo manifestarán si queda disuelta la acción mancomunada de las 4 provincias. 5º Emplazados los barracones cada provincia por medio de su respectivo diputado representante nombrará un médico y un practicante con el sueldo diario de 25 ptas. los primeros y 7 ptas. 50 céntimos los segundos, comunicando los nombramientos al centro directivo y el personal de guardas de salud o expurgadores será nombrado por dicho centro a propuesta de los médicos de las respectivas inspecciones y con el sueldo que estos se sirvan fijar teniendo en cuenta las condiciones de localidad. 6º Para la dirección y ejecución de las medidas sanitarias acordadas, se establece en Lugo un centro directivo compuesto del Excmo. Sr. gobernador de aquélla provincia del presidente de la DP y del vicepresidente de la Comisión a la vez diputado representante de aquella provincia. 7º A dicho centro directivo se dirigirán los médicos para todo lo que consideren conveniente reclamando los desinfectantes y material que precisen, así como remitirán quincenalmente y por cuadriplicado relación justificada de los gastos causados con inclusión de los de personal para hacer los dividendos oportunos entre las 4 provincias para que puedan hacer efectiva la parte correspondiente. 8º El centro queda autorizado para que si la experiencia lo aconseja pueda instalar cualquiera otra inspección facultativa, pueda nombrar con la retribución que considere conveniente persona que se encargue de la contabilidad y correspondencia, para adquirir el material necesario y para nombrar si las circunstancias lo exigiesen otro médico más en cada inspección facultativa en concepto de auxiliar de los ya designados y con la retribución de 15 ptas. diarias. Terminada la lectura propuso el Sr. gobernador que tratándose de un asunto de tanta importancia se debía nombrar una Comisión para que emita dictamen en vista de los antecedentes. Concedida la palabra al Sr. Gómez Parcero dijo que desde luego aprobaba todas las medidas tomadas en Lugo, pero que debiera acordarse antes si a esas medias debía haber otras especiales respecto a esta provincia porque entendía que podían ocurrir casos en que por más de hallarse establecidas las 3 inspecciones facultativas fueron estas deficientes. El Excmo. Sr. gobernador le contestó que a él y a la junta provincial de sanidad incumbía tomar las medidas convenientes del ramo y que la Diputación era la llamada principalmente para la parte económica o sea para facilitar los fondos convenientes; pero que así y todo, formando parte de esta Corporación diputados que ejercen la profesión de medicina podían proponer las medidas que considerasen más oportunas y así se estimó. En virtud de este acuerdo se nombró una Comisión para que emitiese dictamen sobre el asunto de que se trata y pasase a la misma el expediente en el que consta que la Comisión provincial en sesiones de 21 y 30 del actual tomó los siguientes acuerdos: Trasmitido por el Sr. gobernador un telegrama del de Lugo señalando el 23 y 24 del actual para la celebración de las conferencias sanitarias que constan en anteriores acuerdos relativos a este punto; se acuerda designar por representante de la Diputación al vocal de esta Comisión Sr. Don José Mª Guerra con Plenos poderes para en nombre de la misma votar y acordar todo lo que crea necesario al mejor servicio sanitario que sé establezca pudiendo fijar en unión con los demás señores representantes el punto o puntos en que deban verificarse las fumigaciones, reconocimiento de viajeros etc. recabar del Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación el establecimiento de lazaretos si desgraciadamente las circunstancias los hiciesen precisos, fijar la dotación de los facultativos de todos los servicios que se establezcan y demás detalles que requiera la buena organización de asunto de tan vital interés para la salud pública de la región gallega. La Comisión se ha enterado y oído con alta satisfacción las explicaciones de uno de sus vocales el Sr. Don José Mª. Guerra, encargado para representar la Corporación en la reunión que tuvo lugar en ciudad de Lugo los días 23 y 24 del actual con los representantes de las otras 3 Diputaciones de las provincias gallegas, en donde ha reinado mayor concierto respecto a las medidas que debían tomarse a fin de prevenir la invasión de la terrible epidemia del cólera en el país gallego acordando con tal objeto establecer 3 puntos de observación e inspección médica en los sitios denominados Quereño, Portillo da Canda y Pedrafita en donde confluyen las principales vías de comunicación, dotando su personal de un médico y un practicante enviados por cada provincia con los dependientes y auxiliares que se considerasen necesarios según las circunstancias del caso, quedando los representantes de las provincias de Lugo y Ourense encargados de habilitar desde luego los locales para la inspección con todo el mobiliario conveniente, constituyendo obligación formal de responder a partes iguales para los gastos que se ocasionen. En este estado el Sr. Guerra se retiró del salón. En vista de lo cual, la Comisión acuerda otorgar un voto de gracias a dicho Sr. Guerra por haber llenado tan cumplida y dignamente su cometido abonándole por razón de gastos ocasionados en su viaje y representación la cantidad de 300 ptas. y al médico d. Domingo Antonio Pazos que le acompañó como representante de la junta provincial de sanidad, la suma de 200 ptas. que se satisfarán con cargo al capítulo de calamidades, significándose a la vez el agradecimiento de esta Corporación por el servicio que ha prestado. El Sr. Guerra vuelve a tomar parte en la sesión. Se acuerda igualmente nombrar médico para la inspección facultativa, designado por esta provincia a d. Bernardo López Suárez Cobián con las dietas de 25 ptas. diarias según acuerdo tomado en la reunión celebrada en Lugo por los representantes de las provincias y en calidad de practicante a José Portas con las dietas de 7 ptas. 50 céntimos, según lo acordado también en dicha reunión cuyos nombramientos se comuniquen al Sr. gobernador para que les expida los respectivos credenciales y salgan inmediatamente a ponerse a las órdenes del Sr. gobernador de Lugo como presidente de la Comisión inspectora. En vista de todo dicha Comisión compuesta de los señores Parcero, Fernández Prada, Romero López y Domínguez emitió el siguiente dictamen: La Comisión designada para emitir dictamen a la DP respecto a los asuntos tomados por la Comisión Provincial y Junta Regional de Galicia a fin de evitar la invasión del cólera morbo asiático en sus provincias y de combatir su propagación en ellas, caso necesario, así como de proponer los recursos pecuniarios con que haya de atenderse a dichos servicios; encuentra sumamente acertados los acuerdos de la mencionada CP y Junta Regional, tales como constan aquellos en las actas de su referencia, y estos en la certificación librada por el secretario del gobierno de esta provincia, proponiendo a la Corporación se sirva aprobarlos significando a las DDPP de A Coruña, Lugo y Ourense la satisfacción con que ha visto su patriótica conducta en asunto de tan vital interés. En cuanto a los créditos de que haya de echarse mano para atender a los gastos que se originen, la Comisión, teniendo en cuenta que las 7.000 pesetas presupuestadas para calamidades públicas de la provincia son notoriamente, insuficientes, y que el Estado acaba de reconocer un crédito de 26.913 ptas. 87 céntimos con interés de 3% anual desde 1851 a favor de la provincia, cuyo importe no ha sido incluido hasta ahora en presupuesto; que en el que se halla sometido a la autorización del gobierno, se consignaron 108.500 ptas. para obras de nueva construcción de carreteras y 20.333 para la subvención del tranvía de Pontevedra a Marín, opina que pudiera la diputación acordar que la segunda de dichas partidas se adicionase a la primera, a cuyo efecto se solicitase dicha adición del Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación, y que las dos últimas, se transfieran al mismo capítulo de calamidades públicas en la parte que fuere necesaria, solicitando así bien para esto, la autorización correspondiente. Pontevedra Palacio de sesiones a 31 de julio de 1885. Ramón G. Parcero. Baltasar Fernández Prada. Ramón Romero. Pío Domínguez. Puesto a discusión dicho dictamen fue aprobado en todas sus partes por unanimidad confiriendo un voto de gracias al Diputado Sr. d. José Mª Guerra por haber llenado tan cumplidamente su cometido. ------ Folla: 11 3. Vistas las actas de elección de diputado provincial por los partidos de Ponteareas y A Cañiza, de las cuales resulta elegido d. Marcial Carballido Bugallal, se acordó pasasen a la comisión del ramo la que propone sea admitido tal diputado provincial mediante a que no hubo reclamación ni protesta alguna contra su elección; y estando presente dicho Sr. Carballido Bugallal, se dio posesión del cargo y tomó asiento entre los demás señores diputados. ------ Folla: 11,12 4. Se acordó por último dirigir una atenta comunicación por conducto del Sr. Gobernador al Excmo. Sr. D. Raimundo Fernández Villaverde felicitándolo por haber sido nombrado Ministro de la Gobernación. Habiendo sido terminados los asuntos para que estaba convocada la Diputación el Sr. Gobernador levantó la sesión. ------
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