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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1883-04-12_Ordinaria. Acta de sesión 1883/04/12_Ordinaria
Acta de sesión 1883/04/12_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.004/1.1883-04-12_Ordinaria
Título Acta de sesión 1883/04/12_Ordinaria
Data(s) 1883-04-12 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 106 1. Sres. vicepresidente Ramón Romero, Salgado, Patiño, Lois y Alfaya. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 106 2. Visto que el sr. d. Manuel Murgía ha remitido a esta Diputación ciento cincuenta ejemplares, impresos, de su obra titulada "El Foro" premiada en los Juegos Florales que se celebran en esta capital [Pontevedra]; se acuerda que se repartan en la forma siguiente: dos a cada uno de los sres. senadores y diputados a Cortes y provinciales de esta, tres a la biblioteca de la misma, doce a la Junta de Juegos Florales, con destino a los individuos que formaron el jurado literario y a su archivo, dejando el resto en secretaría para uso de los señores diputados provinciales que formen en lo adelante esta Corporación y Bibliotecas populares, en donde existan, si las solicitasen. Habiendo manifestado el secretario de esta Corporación que fueron entregados en su dependencia cien ejemplares de la obra titulada "Colección de poesías gallegas de algunos autores" se acuerda distribuirlas en la forma siguiente: uno a cada senador y diputado a Cortes y provincial de esta, tres a la biblioteca de la misma y el resto que se archive en Secretaría. ------ Folla: 106,107 3. Diose cuenta de la solicitud dirigida a esta comisión por D. Constantino Candeira González, manifestando que el Ayuntamiento de Salvaterra, de donde es vecino, al exponer al público las listas electorales para concejales, no hizo figurar como elegibles a algunos sujetos que tienen derecho a ello, y en súplica de que se ordene al Ayuntamiento subsane la mencionada falta e incluya al reclamante con aquel carácter. Visto que ha trascurrido el término que la ley electoral fija a las comisiones provinciales en la segunda parte del art. 26; se acuerda no haber lugar a lo que solicita, sin perjuicio del derecho de que se crea asistido para recurrir ante quien corresponda. Se levantó la sesión. ------
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