ATOPO
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Acta de sesión 1883/04/30_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.004/1.1883-04-30_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1883/04/30_Ordinaria

  • Data(s) 1883-04-30 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 113 1. Sres. vicepresidente, Patiño, Lois y Alfaya. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 113 2. Para cumplimentar lo dispuesto en sesión de 10 del que rige, se acuerda rogar al Sr. D. José Riestra López se sirva encargar al establecimiento de D. Ramón Pérez Costales, de la ciudad de A Coruña 400 tubos de linfa vacuna con destino a esta Diputación. ------ Folla: 114 3. Diose cuenta del expediente por el ayuntamiento de Bueu, para venta de solares en el barrio de la playa de dicha villa en el concepto de sobrantes de la vía pública con motivo del plano de alineación de calles mandando levantar por dicha Corporación y resultando que el Ayuntamiento creyéndose autorizado para subastar los aludidos solares, remitió el expediente al Gobierno Civil y el anuncio de la subasta de aquellos para la inserción del mismo en el BOP, cuyos documentos pasó a informe de esta comisión aquella autoridad: Resultando que terminado el plazo de alineación de las casas mandados formar a un arquitecto se expuso al público por el término de 30 días sin que se hubiese interpuesto reclamación alguna y fue aprobado por la Corporación municipal en 22 de agosto de 1881, acordando al propio sacar en su día a pública licitación los sobrantes que resultaron de las alineaciones prácticadas cuya superficie es de 2.095 metros céntimetros cuadrados. Visto los art.os 78 y 85 de la Ley Municipal y especialmente las reglas 1ª y 3ª de este y la RO de 1º de junio de 1880 y 25 de octubre del mismo año. Considerando que es de la exclusiva competencia de los Ayuntamientos la apertura y alineación de calles y plazas y toda clase de vías de comunicación, y que por lo mismo el Ayuntamiento de Bueu estuvo en su derecho para acordar y aprobar la nueva alineación de que se trata: Considerando que los terrenos sobrantes de la vía pública y concedidas al dominio particular pueden ser vendidos voluntariamente por los Ayuntamientos, pero que es necesario la aprobación del Gobierno para todos los contratos relativos a los demás bienes del municipio: Considerando que para explicar el sentido de ambas disposiciones se dieron las citadas Reales órdenes en la última de las cuales se consigna que cuando las sobrantes constituyen varios solares a propósito para edificar, caen si son de importancia dentro de la regla 3ª del art. 85, siendo en este caso precisa la autorización del Gobierno: Considerando que la extensión superficial de que se trata en el expediente no debe reputarse de importancia, dado que no forma ella un solo solar, sino varios y que su valor en el pueblo de Bueu debe ser también escaso. Considerando que las circunstancias de no haberse presentado reclamación alguna contra el proyecto y de que resulta en el expediente necesidad de expropiación forzosa, son motivos bastantes para eximir al Ayuntamiento de acreditar la conveniencia de la reforma y de la declaración de utilidad pública de la nueva alineación; se acuerda informar al Sr. Gobernador que procede a juicio de esta comisión que el Ayuntamiento anuncie la subasta de los solares. ------ Folla: 114 4. Visto el nuevo presupuesto y repartimiento de gastos carcelarios del partido judicial de Ponteareas para el entrante ejercicio de 1883-84; y considerando que se ha cumplimentado el requisito acordado por esta comisión en sesión de 9 del corriente se acuerda aprobarlo. Se levantó la sesión. ------

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