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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1883-05-15_Ordinaria. Acta de sesión 1883/05/15_Ordinaria
Acta de sesión 1883/05/15_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.004/1.1883-05-15_Ordinaria
Título Acta de sesión 1883/05/15_Ordinaria
Data(s) 1883-05-15 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 120 1. Sres. vicepresidente Ramón Romero, Salgado, Patiño y Lois. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 120 2. Diose cuenta del informe emitido por el jefe de caminos provinciales al proyecto de ampliación del edificio en que se halla establecido el Instituto de 2ª enseñanza de esta capital: Visto lo acordado en 24 de abril último y tomando en consideración cuando manifiesta el ingeniero, se acuerda remitir el proyecto y el informe al alcalde de esta capital para la reforma de aquel en la parte que menciona este, todo ello en uso de las facultades que concede a esta comisión el párrafo 3º del art. 98 de la Ley Provincial. ------ Folla: 120 3. Diose cuenta del expediente sobre modificación de la condición 14 del pliego publicado para la contrata de bagajes, y visto cuanto expone el Ilmo. Sr. Gobernador civil en su razonada comunicación de 1º del que rige, así como lo manifestado por la contaduría: Considerando que la condición a que se alude, forma parte del pliego aprobado por la Diputación, la cual viene rigiendo hace 10 años, en las respectivas subastas: Considerando que la modificación que el Sr. Gobernador propone podría dar lugar a un aumento crecido de gastos en el presupuesto de la provincia y que por lo mismo la resolucion que se adopte en el sentido de la reforma, reviste una importancia de tal género que se halla fuera de las atribuciones que concede a esta comisión el párrafo 3º del art 98 de la Ley Provincial, se acuerda decir al Sr. Gobernador que ésta Corporación no cree de su competencia la resolución de este asunto, que podría someterse en su día a la Diputación, ya en una de sus sesiones ordinarias ya en una extraordinaria, convocándola con dicho objeto. ------ Folla: 120 4. Visto el expediente sobre contrata del suministro de bagajes en el año económico de 1883-84, y resultando que se ha celebrado la subasta en 9 del que rige por ante el Ilmo. Sr. Gobernador civil de la provincia adjudicándose provisionalmente el remate en favor de d. Manuel Vidal en la cantidad de 10.700 pesetas que no excede del tipo señalado en el pliego de condiciones; se acuerda declarar la resolución de este asunto de la competencia de esta comisión, como comprendidos en el párrafo 3º del art. 98 de la Ley Provincial, y en su virtud adjudicar definitivamente el remate de dicho servicio a D. Manuel Vidal por la recordada suma de 10.700 pesetas. Trasládese este acuerdo al Sr. Gobernador para su conocimiento y el de la ordenación de pagos. ------ Folla: 121 5. Diose cuenta del expediente relativo al pago de retribuciones al profesor de instrucción primaria de Valga D. Manuel Vicente Cousiño que el Sr. Gobernador remite a informe de esta comisión, en virtud de la solicitud que al mismo elevó D. Ramón Bandín, pidiendo la nulidad de los acuerdos del Ayuntamiento de 15 de febrero y 1º de marzo del año económico pasado: Visto lo informado por el alcalde; y Resultando que en sesión de 15 de febrero de 1882 acordó el Ayuntamiento la concesión de 800 reales al citado maestro en compensación de las retribuciones, en cuyo acuerdo tomaron parte, asistiendo a la sesión como concejales el padre y un primo hermano del d. Manuel Vicente Cousiño: Considerando que si dichos regidores no hubiesen asistido a la sesión no hubiera habido mayoría para tomar acuerdo: Considerando que los concejales interesados en un acuerdo del Ayuntamiento o que afecte a personas de su familia dentro del cuarto grado civil no deben asistir a la sesión mientras se discuta y vote el asunto o asuntos que les afecten, según lo dispuesto en el art. 106 de la Ley Municipal, que a juicio de esta comisión se ha infringido por el Ayuntamiento de Valga al tratar de la concesión de los 800 reales al D. Manuel Vicente Cousiño, se acuerda decir al Sr. Gobernador que procede declarar la nulidad del citado acuerdo. Se levantó la sesión. ------
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