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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1871-04-28_Ordinaria. Acta de sesión 1871/04/28_Ordinaria
Acta de sesión 1871/04/28_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/1.1871-04-28_Ordinaria
Título Acta de sesión 1871/04/28_Ordinaria
Data(s) 1871-04-28 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 20 Señores Gobernador: Martínez, Besada, Casares. 1. Leída el acta de la sesión ultima ha sido aprobada. Vista la instancia producida por José Rodríguez Pérez vecino del distrito de Portas sobre aprovechamiento de piñeiros que su padre sembró en el comunal y resultando que por equidad y aun por justicia le corresponden por ser así la costumbre del país y porque en todo caso aun sembrando en terreno ajeno, siempre tendría derecho a al indemnización de lo gastado a tenor de lo dispuesto en la Ley 38, articulo 28, partida 3ª. Se declara a aquel con derecho a disponer de los arboles, si bien quedando el suelo y despojos de ellos para el común de vecinos y sin perjuicio de la extracción de los arboles cuando a juicio del Ayuntamiento sea necesaria para el mejor disfrute del vecindario y con prohibición de que el José Rodríguez Pérez siembre o haga nuevos plantios en concepto de dueño del cobaje lo que se comunique al Alcalde para que lo haga saber a este por diligencia formal. ------ Folla: 20 2. Dado cuenta del expediente instruido a instancia de D. Francisco Rivadulla vecino de A Estrada sobre establecimiento de una servidumbre de acueducto para servicio de un molino harinero que el Señor Gobernador ha pasado a informe se acuerda manifestarle que si bien la providencia de 13 de Marzo de 1869 que declaró la servidumbre estatal en su lugar sin embargo que al tratar de ejecutarse estaba ya promulgada la Constitución del Estado, en cuyo articulo 14 se declarar que a nadie puede expropiarse de sus bienes a no ser por utilidad común y en virtud de mandamiento Judicial cuyo articulo viene a destruir virtualmente las prescripciones del articulo 126 de la ley de aguas de tres de agosto de 1866, sin que armonice estos artículos el Decreto de 12 de Agosto de 1869, por cuanto este se refiere a la expropiación por causa de utilidad pública y la de que se tata no pasa de ser particular y por lo tanto opina que antes de pasar el expediente al Juzgado se eleve una razonada consulta al Ministerio de Fomento a fin de que recaiga una resolución que aclare las antedichas dificultades. ------ Folla: 20 3. Vistos los expedientes de carreteras de Sanxenxo a Caldas y de Redondela a Moscoso, cuyas obras se hallan terminadas, se acuerda que con las correspondientes citaciones se proceda a la recepción final por el Ingeniero. ------ Folla: 20,21 4. Enterada de la consulta que hace el Alcalde de Ribadumia sobre si el Concejal Don Domingo Antonio Vázquez Padín, debe ser elector mediante a que en el año de 1833, ha estado en presidio y supone que está sujeto a la vigilancia de la autoridad se acuerda que se le diga que la consulta es improcedente y que para la inclusión y exclusión de electores en el censo se atenta a la Ley. Y no habiendo más asuntos de que tratar se levantó la sesión. ------
Ãrea de notas
Nota