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Acta de sesión 1871/06/16_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/1.1871-06-16_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1871/06/16_Ordinaria

  • Data(s) 1871-06-16 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 35 Señores Taboada V.P., Martínez, Besada. 1. Leída el acta de la sesión última ha sido aprobada. En vista de instancia de D. Francisco García Quiben concejal del Ayuntamiento de Campos se le ha concedido licencia por tres meses para atender a negocios de familia. ------ Folla: 35 2. Vista la comunicación de 9 del actual del Jefe del Manicomio de Valladolid participando el ingreso del demente Juan Benito Rosales natural de Marín y resultando que esta Comisión no ha examinado el expediente ignorándose por lo mismo si es pobre, se acuerda reclamarlo del Señor Gobernador si obra en su dependencia y en otro caso que el Ayuntamiento de Marín instruya y remita otro. ------ Folla: 35 3. Ramón Suárez y otros taberneros de Carril solicitan se les exima de satisfacer como industriales cuota alguna desde que participaron al Ayuntamiento que cerraban sus establecimientos y resultaron exacto lo expuesto se acuerda acceder a su pretensión y que las bajas que de estos procesan se cubran del importe del 6% repartido para partidas fallidas y con lo que produzcan las tabernas abierta recientemente y si aun así no llegase que reparta el resto en el año siguiente. ------ Folla: 35 4. Visto el presupuesto carcelario de esta Capital para 1871 -72 y resultando que no se ha sometido a la Junta de partido, se devuelve al Ayuntamiento para que esto tenga cumplido efecto diciéndole que si no produce disidencias o no hay reclamación que es efectivo sin que haya necesidad de que venga a esta Comisión. ------ Folla: 35,36 5. Gabriel Bastos vecino de Matamá en el distrito de Bouzas se queja del Ayuntamiento porque le caiga la contribución que debe satisfacer D. Juan Justo vecino de Madrid solo porque es uno de los colonos que le pagan renta, debiendo cobrarle de D. Francisco Blin de Vigo que es el Administrador de este Señor, y si bien se reconoce en el Ayuntamiento el derecho cuando el propietario no repite en el distrito esto se entiende cuando el colono a exigir la contribución a los colonos, a quien se hace la restauración no satisface de renta tanto como lo que importa el impuesto en cuyo caso debe dirigirse la ejecución contra todos los colonos del mismo foral o de otros, dejando a salvo el derecho de los mismos colonos para que a su vez demanden al Señor principal o al Señoría Manuel Estévez de la misma vecindad también se queja del Ayuntamiento de Bouzas porque como colono de Don José Núñez Novoa le exige la contribución que este debe satisfacer; considerando que al parece en único colono debe el pagar el impuesto en el caso de que la renta importe la contribución y el propietario no resida en el distrito quedándole como a los anteriores el derecho a salvo para demandar al propietario o señorío. ------ Folla: 36 6. Se devuelve para su ejecución el reparto de Villajuan para 1871-72 toda vez que no ha habido reclamación alguna. ------ Folla: 36 7. Visto el acuerdo del Ayuntamiento de Meira de 2 del corriente sobre división electoral del distrito de Domaio, se acuerda aprobarlo porque según resulta del expediente se han llenado todas las formalidades de la ley electoral y municipal sin que hubiese originado reclamación de ningún género quedando el término municipal dividido en tres colegios que son la parroquia de Domaio constituye uno, otro los pueblos de Meira y lugar de Fraga y otro los de Moaña, excepto el lugar de Fraga. ------ Folla: 36 8. Se ha dado cuenta de una comunicación del Depositario de los fondos provinciales manifestando que no es posible formalizar la cuenta de 1869-70 por falta de la del Instituto y se acuerda que con urgencia se reclame esta. ------ Folla: 36 9. El Ayuntamiento de Portas solicita se le apruebe el acuerdo sobre instalación de una feria en los días 11 de cada mes en la dehesa Casal de la parroquia de Santaño y considerando que es conveniente promover las contribuciones para dar salida a los ganados, cereales y demás artículos, se aprueba como lo propone el Negociado y se acuerda comunicarlo al Sr. Gobernador para los efectos del párrafo 2º, articulo 52 de la Ley municipal de 21 de octubre de 1868. ------ Folla: 36 10. Se aprueba también el acuerdo del Ayuntamiento de A Estrada sobre que a la feria mensual de la Consolación se haga extensiva a ganados, paños y demás artículos de vestir, pasándose el expediente al Sr. Gobernador para los efectos del párrafo 2º, articulo 52 de la Ley de 21 de octubre de 1868. ------ Folla: 36,37 11. Visto lo informado por la Contaduría manifestando que por carecer de crédito en el presupuesto en el presupuesto ordinario para satisfacer la certificación de las obras ejecutadas en los meses de Julio y Agosto del año último en el tercer trozo de la carretera de Sotelo a Ponteareas se ha incluido esta obligación en el adicional, se acuerda que siendo como es urgente este pago se efectúe en suspenso hasta que se reciba el presupuesto adicional en cuyo caso se librará en forma. ------ Folla: 37 12. Se ha dado cuenta de la certificación de las obras ejecutadas también en el trozo tercero de la misma carretera de Sotelo a Puentevea en el mes de Abril último importantes doscientos un escudos cuatrocientas ochenta milésimas y se acuerda aprobarla y que un ejemplar se remita al Alcalde de A Estrada para su pago. ------ Folla: 37 13. Resultando vacantes seis concejales del Ayuntamiento de Vigo los cuales constituyen una tercera parte se acuerda aprobar el acuerdo de aquel con arreglo a lo dispuesto en el articulo 43 de la Ley municipal de 20 de agosto de 1870. ------ Folla: 37 14. Visto el acuerdo del Ayuntamiento de Setados que remite el Alcalde con comunicación de 2 del actual manifestando el mal estado de los caminos que comunican con esta Capital y con la del partido se acuerda que se encargue al Ayuntamiento manifieste minuciosamente los recursos con que cuenta además de la subvención acordada por la Excma. Diputación provincial para realizar las obras y si aquellas fueron votados por el Ayuntamiento y asociados, remitirá copia certificada del acta: pregúntesele también cual es el punto de arranque y el de la terminación del trozo que desea construir y la extensión que tiene aproximadamente. ------ Folla: 37 15. Dado cuenta de la comunicación del Sr. Gobernador de 13 del actual remitiendo copias de las comunicaciones de la Admon. de Hacienda dirigidas al Juzgado de Lalín, pidiendo informe sobre la competencia que aquella desea sea interpuesta al Juzgado para conocer de un interdicto de recobrar con motivo de un cauce incrustado en la finca denominada Cruz, se acuerda decir al Sr. Gobernador que puede requerir de inhibición al Juzgado sin perjuicio de lo que en su día se resuelve de un modo definitivo en vista de las actuaciones que también se le reclama , toda vez que hoy por hoy no se puede formar cabal juicio del asunto. ------ Folla: 37 16. No habiendo crédito en el presupuesto corriente determinado para satisfacer el importe de las obras ejecutadas en el trozo 2º de la carretera de Ponteareas a Mondariz, se acuerda de conformidad con lo propuesto por la Contaduría que se abone con cargo a las ciento treinta y cinco mil pesetas aprobadas para subvenciones y otras obras de esta clase. ------ Folla: 37,38 17. En vista del acuerdo tomado por la Excma. Diputación en 14 de abril último mandando rebajar el sueldo a los oficiales Auxiliares escribientes y porteros hasta completar tres mil pesetas y teniendo en consideración la aptitud y otras consideraciones de aquella se reforma la actual plantilla de la manera siguiente: D. Bonifacio Montoto 8.000 r.; D. José Arribas, 6.000; D. Ramón Peinador 6.000; D. Juan Malvar, 6.000; D. Basilio Pintos 6.000; D. Camilo González, 5.000; D. José Cepeda, 3.500; D. Ángel Arnesto 3.000; D. Juan Blanco, 3.000; D. Francisco Meijueiro 3.500; D. Pedro García Barba, 4.000; D. Darío Ulloa, 3.500; D. Augusto de la Pena, 3.500; D. José Patiño 2.750; D. José Viñas, 2.750; D. José Vil Monte, 4.000; D. Manuel López, 3.000; D. Antonio Rodríguez 3.000 r y D. José Pacheco 2.500. Y se levantó la sesión. ------

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