Fondos
-
4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1871-10-27_Ordinaria. Acta de sesión 1871/10/27_Ordinaria
Acta de sesión 1871/10/27_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/1.1871-10-27_Ordinaria
Título Acta de sesión 1871/10/27_Ordinaria
Data(s) 1871-10-27 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 70 Señores Martínez, Goyanes, Novoa Limeses. 1. Leída el acta de la sesión última ha sido aprobada. Dado cuenta del expediente instruido en A Estrada sobre derribo de un cubierto y desaparición de una estercolera que tiene inmediata a su casa D. Francisco Trigo el cual apeló de la providencia del Alcalde que, por motivos de ornamento y policía sanitaria, mandará desaparecer y considerando que por la ley municipal vigente incumbe la resolución de este asunto al Ayuntamiento se devuelva para que el mismo en vista del expediente formado, resuelva en uso de sus atribuciones lo que considera más justo, advirtiéndole que el acuerdo del Ayuntamiento es inmediatamente ejecutivo. ------ Folla: 70 2. Visto que el Ayuntamiento de Campo no ha cumplido las providencias de 11 de Mayo y 22 de Septiembre último en las que se le revenía pagase a D. José Frieiro lo que le adeudaba por el tiempo que ha sido Secretario del Ayuntamiento, se acuerda se haga efectiva la multa con que se le ha combinado, y sino la satisface en el plazo de ocho días, se le impone el 5% por vía de apremio. ------ Folla: 70 3. Para la resolución conveniente acuerda pasar a la Junta provincial de Instrucción primaria el expediente sobre supresión de una escuela en Soutomaior, llamando la atención de la Junta local sobre las razones emitidas por el Ayuntamiento. ------ Folla: 70 4. Visto que no se ha cumplimentado el acuerdo de la Excma. Diputación provincial de 25 de Octubre de 1869 por la que se mandó a María García vecina de Aguasantas en Cotobade demoler el cerrado de un terreno comunal que ella confiesa haberse apropiado, se acuerda que aquella providencia se lleve a debido efecto. ------ Folla: 70 5. Dado cuenta de la instancia de D. José Ruynara apoderado de D. Nicolás Mª Borines vecino de Cangas manifestando que ignora la providencia que se haya dictado en el expediente sobre concesión de línea para edificar una casa, cuyo expediente se ha resuelto por providencia de 7 de agosto último y se ha comunicado al Sr. Gobernador en 7 del mismo mes, se acuerda remitir esta instancia al Sr. Gobernador, a quien se ruegue se sirva comunicar aquel acuerdo al Ayuntamiento para que este lo haga a los interesados. ------ Folla: 70 6. Vista una solicitud de D. Juan Pérez Fiel, vecino de Vilagarcía quejándose del Ayuntamiento por no haber atendido las reclamaciones que el mismo ha hecho en tiempo oportuno para la inclusión y exclusión de varios electores en las listas electorales y resultando que el Alcalde remitió el expediente en 19 de octubre con oficio de 15, se acuerda no haber lugar a tratar de este asunto en consideración a que no se remitió la reclamación en tiempo hábil, dejando al interesado su derecho a salvo para recurrir a los Tribunales si le conviniere. ------ Folla: 70,71 7. No habiendo el Ayuntamiento de Meis resuelto oportunamente la reclamación de D. José de la parroquia de Nogueira que ha pedido su inclusión en el padrón de vecinos y careciendo esto ahora de oportunidad para su resolución, se acuerda no haber lugar a resolver, reservando al interesado su derecho para acudir a los Tribunales si le conviniese. ------ Folla: 71 8. Visto que no se ha resuelto la reclamación de Manuel Álvarez vecino del distrito de Salvaterra, pidiendo la inclusión en las listas electorales de varios sujetos, se le deja a salvo su derecho para recurrir a los Tribunales si le conviniere. ------ Folla: 71 9. En vista del expediente instruido en el Ayuntamiento de Meaño sobre variación de los Colegios electorales y estando como están cumplidas las prescripciones legales, se aprueba la segregación de los lugares de Vilariño y Quintans del Colegio de Simes y su anexión al de Meaño como lo propone el Ayuntamiento. ------ Folla: 71 10. Resultando que D. Lorenzo Breijo ha sido separado del cargo de Concejal del Ayuntamiento de Vilagarcía en octubre de 1869 en consecuencia de las facultades extraordinarias que se le habían comunicado a los Gobernadores, cuya reposición solicita ahora, habiendo informado favorablemente el Ayuntamiento y visto el dictamen de la sección, se acuerda de conformidad con la misma que no procede la reposición por necesitarse para ello orín especial del Gobernador supremo, en vista de expediente que debió formarse cuando se decretó la destitución, además de que estando próxima la nueva elección total de los municipios, no tiene la reposición carácter de urgente. ------ Folla: 71 11. Visto el expediente de competencia suscitada al Juzgado de Caldas con motivo de haberse ocupado con materiales un trozo de terreno contiguo a la casa de baños de propiedad de D. José Urrutia y resultando que se invaden derechos de propiedad y que la disposición del Ayuntamiento no ha recaído en materia administrativa, se acuerda informar al Sr. Gobernador que no procede la competencia. Se levantó la sesión. ------
Ãrea de notas
Nota