ATOPO
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Acta de sesión 1872/12/20_ Ordinaria.

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/3.1872-12-20_ Ordinaria.

  • Título Acta de sesión 1872/12/20_ Ordinaria.

  • Data(s) 1872-12-20 (Creación)

  • Volume e soporte Folla, 42.

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Abierta la sesión y leída el acta de la última fue aprobada. Vista la comunicación que ha dirigido el Sr. Gobernador el Alcalde de Caldas alzándose de la providencia dictada en 26 del mes anterior por esta Comisión mandando proceder a la liquidación de los arbitrios que en el año anterior fueron arrendados a D. José Ande, y resultando que a la reclamación que este hizo le falta un requisito esencial cual es el de la vista pública que siempre debe haber en asuntos de esta materia; según lo dispuesto en el articulo 64 de la Ley provincial, se acuerda que, dejando sin efecto la indicada providencia, se anuncie dicha vista para el día 26 del corriente, notificándolo al Alcalde, y al arrendatario. Dado cuenta en vista pública de la reclamación que hizo D. José Barreras contra un acuerdo del Ayuntamiento de Vigo por la exacción de arbitrios municipales devengados por 132 pipas aguardiente. Vista la Real Orden de 16 de Enero de 1871 e Instrucción de la misma fecha que determina la forma de contratar la recaudación del impuesto de consumos por el sistema de los derechos modicos que establecía la derogada Instrucción de 1º de Julio de 1864. Considerando que ninguna de estas disposiciones se refieren a los articulos o especies que vienen consignadas a sujeto que radican en otros municipios. Considerando que 86 pipas de aquel líquido son para una casa de Padrón, a donde fueron dirigidas en los galeones que se mencionan, se deja sin efecto la providencia apelada por lo que respeta a las citadas ochenta y seis pipas, cuyos derechos le serán devueltos a D. José Barreras y se confirma en todo lo demás. Dado cuenta de la queja en vista pública producida contra el mismo Ayuntamiento de Vigo por D. Ventura Álvarez en razón de habersele declarado sujeto al pago de arbitrios municipales, y siendo de necesidad tener a la vista el pliego de condiciones, se acuerda reclamarlo para resolver lo que en justicia corresponda. Siendo estos los unicos asuntos puestos al despacho, se levantó la sesión.

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

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