ATOPO
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Acta de sesión 1873/01/24_ Ordinaria.

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/4.1873-01-24_ Ordinaria.

  • Título Acta de sesión 1873/01/24_ Ordinaria.

  • Data(s) 1873-01-24 (Creación)

  • Volume e soporte Follas, 48-51.

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta de la sesión anterior fue aprobada. Dado cuenta de una comunicación de la Directora de la Inclusa de esta Capital participando que un niño expósito procedente de Baiona ha cumplido la edad de siete años, por cuya razón la nodriza hace entrega del mismo, se acuerda decirle lo remita al Hospicio de Vigo, toda vez el expósito pertenece a este partido. Vista la consulta que hace la Contaduría acerca de si los vocales de esta Comisión y los profesores de Escuelas Normales deben sufrir el descuento gradual que señala la ley de presupuestos vigentes, se acuerda como lo propone la Contaduría, que respecto del primer punto o sean los vocales de la Comisión se eleve una consulta al Ministerio, y con respecto a los Maestros de las Escuelas Normales que no haya otra excepción del descuento más que a los maestros de las Escuelas prácticas, excitándose el celo de la Diputación para que reproduzca la exposición que, con motivo de este impuesto, elevó a las Cortes en años anteriores. Vista la reclamación que hace el Director de Caminos D. León Uceda de 343 pesetas 75 céntimos por la indemnización kilométrica de la carretera de Sanxenxo a Caldas, y resultando que el estudio de este camino está aun por aprobar por la Diputación, se acuerda que no puede abonarse, hasta que esto tenga efecto, dicha indemnización. Dado cuenta del expediente sobre la reclamación que hace al Ayuntamiento de Vilagarcía, D. José Peñal Montenegro acerca de la partida de 1.147 reales 25 céntimos que dice le es en deber por efectos suministrados para la Secretaría del Ayuntamiento, se acuerda que el Municipio debe pagar aquella partida, sino presenta los documentos que deben obrar en su poder para justificar el crédito, pero si los presenta cumplirá lo mandado en providencia de 22 de Diciembre de 1870. Visto el parte que acerca del estado ruinoso del Puente "Goldar" sito en la parroquia de Briallos ha dado el Juez Municipal de Portas, se acuerda pedir informe al Alcalde. Se pasa a informe de la Junta provincial de instrucción primaria el expediente instruido en Nigrán acerca del estado en que se halla la Escuela de Priegue. Vista la apatía del Ayuntamiento de Soutomaior, el cual a pesar de los repetidos recuerdos que se le han puesto, no ha informado aun la instancia de D. José María Ocampo profesor de Medicina, se acuerda multar al Ayuntamiento en cinco pesetas a cada uno de los Concejales y diez al Alcalde, puesto que han sido ya apercibidos, concediendo 12 días de termino para hacerla efectiva, en el papel correspondiente, que remitirán a esta Corporación para insertar en él la providencia, concediéndole además 6 días de termino para que cumpla el acuerdo de 19 de Abril último. Visto el presupuesto de material de dibujo extraordinario que el Ingeniero Jefe considera necesario para atender a los gastos que han de ocasionar los proyectos de caminos, replanteos , 1ª, el cual importa 1.755 pesetas, se acuerda aprobarlo, y se autoriza a dicho funcionario para hacer los pedidos que correspondan y remitir una cuenta documentada en la cual reúna todas las parciales, expidiéndose el correspondiente libramiento a justificar. El Sr. Armesto ha producido una proposición verbal pidiendo que el Secretario y Oficiales son responsables de que se de cuenta de ninguna solicitud sin que previamente sea informada por el respectivo Negociado respecto a la legalidad del trámite, la que después de discutida se puso a votación y ha sido aprobada por los Sres. Limeses y Armesto y votó negativamente el Señor Martínez por conceptuarla innecesaria. Con lo cual se levantó la sesión a las once de la noche.

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  • Nota

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