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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1873-03-08_ Ordinaria.. Acta de sesión 1873/03/08_ Ordinaria.
Acta de sesión 1873/03/08_ Ordinaria.
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/4.1873-03-08_ Ordinaria.
Título Acta de sesión 1873/03/08_ Ordinaria.
Data(s) 1873-03-08 (Creación)
Volume e soporte Follas, 127-130.
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Se aprobó el acta de la sesión anterior. Hallándose bien acreditada la pobreza y demencia de José Midón Pena vecino de A Estrada, devuélvanse los antecedentes al Sr. Gobernador para que disponga la salida de este demente para el manicomio de Valladolid. Se señala el Jueves 20 del actual para la vista pública de la alzada interpuesta por D. Enrique Campos, contra un acuerdo del Ayuntamiento de Cuntis. Dado cuenta de varios vecinos del Giesta en el distrito municipal de Leama quejándose de que por parte de Antonio Carreijo se ha construido un hórreo en terreno comunal sin que se hubiese vendido con las formalidades que corresponden, se acuerda pasar la instancia a informe del Ayuntamiento. Se desestima la petición de Manuel Gándara y Vila, vecino del distrito de A Guarda para que se le conceda un trozo de terreno comunal para reducirlo a Cultivo, por no estar en las condiciones con que son concedidos estos terrenos por la Diputación. Vista la reclamación que ha producido D. José Suárez, vecino de esta Capital para que los Ayuntamientos de Rodeiro y Dozón, le paguen lo que le están adeudando por ejemplares de la obra "El Cazador de los Topos", se acuerda prevenir al de Rodeiro que conteste e informe en el término de seis días, advirtiéndole que, si no lo hace, se le ordenará el pago que aquel solicita con todas las medidas de rigor, que exige su morosidad; y con respecto al de Dozón dígase a D. José Suárez pruebe el derecho que tiene o de que se crea asistido, toda vez que el Ayuntamiento se lo niega. El Ayuntamiento de Ribadumia reclama una subvención para atender a los gastos de la reparación del puente Arnelas y se acuerda someter este asunto a la decisión de la Diputación provincial. Visto el Oficio del Alcalde de Salvaterra de 23 del mes último sobre la elección municipal y; resultando que por consecuencia de haberse anulado la segunda elección que tuvo lugar en el colegio de Salvaterra, faltan cinco concejales para el completo del Ayuntamiento; Resultando que debiendo verificarse las elecciones generales en la primera quincena del mes de Mayo próximo no hay términos hábiles para la elección parcial según lo dispone el primer párrafo del articulo 43 de la ley municipal: Resultando que, según lo prevenido en el 2º párrafo del citado articulo, deben cubrirse interinamente las vacantes hasta la elección ordinaria entre los concejales que lo hayan sido en épocas anteriores. Se nombran concejales interinos a D. José Grova de Meder, concejal en el año de 1863, D. Santiago Casales de Meder concejal de 1866, D. Santiago Casales de Meder, concejal de 1866, D. José Benito Cambra de Leirado concejal de 1866 y 1867, D. Domingo González y González de Meder concejal de 1868 y D. Fernando Álvarez de Corzanes, concejal de 1868. Vista la reclamación del perito D. Antonio Castro para que se le paguen los honorarios que devengó en la tasación de terrenos comprendidos en el tercer trozo de la carretera de Sotelo a Puente Bea, se acuerda remitir todos los antecedentes a informe del Ingeniero Jefe. Se aprueba la recepción final de las obras ejecutadas para arreglar la oficina del Ingeniero Jefe, el cual remitirá la certificación de todas las obras construidas a fin de satisfacer al contratista el resto de su importe y devolverle el depósito. D. Patricio A. Moreno, constructor de las obras del camino de Meaño, pide que el Ayuntamiento le pague lo que por ella le está adeudando, y se acuerda que se pase la reclamación a informe del mismo Ayuntamiento. Dado cuenta de la solicitud que el Ayuntamiento de A Guarda elevó al Ministerio de Fomento pidiendo que se le permitiese rebajar la dotación de la escuela de niñas de dicha Villa para crear con el producto de esta rebaja otra en la parroquia de Saleidos, y resultando que esto es improcedente según lo dispuesto en los artículos 191 y 194 de la ley de Instrucción pública de 17 de Julio de 1857, se acuerda informar en sentido negativo de conformidad con lo opinado por la Junta provincial de Instrucción primaria. Vista la queja producida por D. Manuel Díaz Méndez contra el Ayuntamiento de Poio porque no le ha admitido la solicitud presentada al mismo, protestando contra su separación de la plaza de Médico Titular, y pretendiéndola al propio tiempo en vista del anuncio de la vacante, y resultando que el Ayuntamiento no cursó la instancia porque el interesado insiste en la indicada protesta, se aprueba la providencia del mismo, toda vez el D. Manuel Díaz, no ha obtado a la plaza en los términos prevenidos en el anuncio de la vacante. Vista la reclamación de D. José Grovas contra el Ayuntamiento de O Grove, porque no ha liquidado por completo lo que le está aún adeudando por los gastos que han ocurrido en la Secretaría del mismo Ayuntamiento, durante el tiempo que fue Secretario, se acuerda pasarlo a informe del Municipio para que manifieste lo que crea conveniente acerca de los descargos de aquel. Se pasan a los Ayuntamientos de Moraña y Marín, los reparos notados por la sección, a sus cuentas. Se pasa también a informe de la Secretaría el proyecto del Reglamento de conservación de los caminos provinciales, para que informe acerca de las multas y después a la Contaduría para que manifieste su opinión sobre la creación de un papel especial de multas. Con lo cual se levantó la sesión por ser pasadas con exceso las horas señaladas para celebrarla.
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