ATOPO
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Acta de sesión 1874/01/22_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.101/1.1874-01-22_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1874/01/22_Ordinaria

  • Data(s) 1874-01-22 (Creación)

  • Volume e soporte Follas: 15-17

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta anterior ha sido aprobada. Seguidamente se vio una instancia de Manuel pena Gil vecino del distrito de Saiar quejándose del Ayuntamiento porque, haciendo con él una excepción, no le permitió tener temporalmente en el monte común unas maderas que a nadie causaban perjuicio, lo cual venían haciendo los demás vecinos, de cuya providencia, lo cual venían haciendo los demás vecinos, de cuya providencia se alzó sin que subiese efecto la apelación, se acuerda que pase original la instancia al Alcalde para que, informando lo que proceda, curse la alzada que el interesado dice haber interpuesto. Vista una instancia de D. Eduardo Ogando y Dª Desamparados Cao maestros de instrucción primaria en el distrito de Sanxenxo quejándose del Ayuntamiento porque no le paga los dos últimos trimestres del año último, se acuerda decirle que si en el improrrogable término de seis días no satisface los créditos que se reclaman se le impondrá la multa con que fueron apercibidos todos los ayuntamientos en virtud inserta en el boletín número 294 del año económico corriente. Dado cuenta de una instancia de D. Miguel Márquez Besada vecino del distrito de Tui pidiendo que se le expida certificado de libertad de quintas para con el poder ordenase; se acuerda que se le expida de lo que resulte de antecedentes. Igualmente se acuerda que se faciliten los datos que reclama el Alcalde de Tui para expedir un certificado de libertad por quintas a favor de Domingo Men Gómez nº 38 del reemplazo de 1867. Dado cuenta de un oficio del señor Gobernador de 20 del actual trasladando un telegrama del Excmo. Sr. Gobernador militar, en el cual se sirve preguntar si la Comisión provincial tendrá inconveniente en pago único pesetas diarias para costear el inquilinato del local destinado a la requisa, se acuerda contestarle que careciendo de fondos para este servicio en el presupuesto autoriza desde luego al Ayuntamiento de Vigo, en cuya ciudad se halla el depósito de caballos, para que abone dicha cantidad hasta que, puesto en conocimiento de la Diputación provincial resuelve lo que considera justo acerca de este asunto. Se pasa a informe del Alcalde de esta Capital un oficio de 19 del actual de veterinario D. Calixto Díaz, dando parte de que siendo el nombrado para la requisa de caballos, se halla reconociéndolos el herrador D. Juan Dadín. Vista la reclamación de D. Manuel Pena Gil vecino de Saiar quejándose del Ayuntamiento porque no cumple el acuerdo de esta Comisión de 21 de febrero del año último sobre derribo de un cercado de la propiedad de aquel, se acuerda oficiar de nuevo al Alcalde para que remita la alzada con todos los documentos referentes a este asunto, con los acuerdos y demás datos que puedan ilustrar la cuestión. Visto que en el presupuesto actual no hay crédito para pagar las 50 pesetas al Contratista del Puente de la Barca según lo acordado en la sesión de 15 del corriente, y existiendo sin necesidad de gastarse la partida de 750 pesetas destinada al arriendo de la granja, se acuerda de conformidad con lo propuesto por la contaduría que las 50 pesetas se paguen por cuenta de las 750 para el arriendo de la granja dándose cuenta en su día a la Excma. Diputación provincial. Siendo pasadas las horas señaladas para las sesiones, se levante la sesión.

Área de notas

  • Nota

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